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EL BANCO DE ESPAÑA DESDE UNA PERSPECTIVA GLOBAL (1847-1874)
Pedro Tedde
Universidad San Pablo-CEU
El Banco de España recibió esta denominación en 1856, a raíz de la Ley de
Bancos de 28 de enero de 1856, promulgada durante el Bienio Progresista
de 1854-1856. Según esta norma, de inspiración liberal, en España, a
partir de entonces, habría libertad para crear establecimientos bancarios
en forma de sociedades anónimas, aunque con determinadas
restricciones. Una de ellas era la previa autorización parlamentaria, por
ley. La otra, afectaba a los bancos de emisión, y disponía la existencia de
una sola entidad emisora por ciudad, ya fuera banco independiente o
sucursal del Banco de España, que hasta entonces se había llamado Banco
Español de San Fernando. El Banco de San Fernando había sido fundado
en 1829, con los mismos accionistas y patrimonio del Banco Nacional de
San Carlos, el primer emisor en España, creado en 1782. Por tanto, hay
continuidad temporal directa entre los Bancos de San Carlos, de San
Fernando y de España. En este sentido, puede afirmarse que, de los
bancos centrales europeos hoy existentes, el Banco de España es el
tercero más antiguo, tras el Banco de Suecia (1668) y el Banco de
Inglaterra (1694).
Tanto el Banco de San Carlos, como después el de San Fernando, estaban
limitados en su actividad a Madrid. Allí circulaban sus billetes y facilitaban
préstamos y descuentos a los comerciantes de la capital del Reino. Pero el
principal negocio que desarrollaron fue el adelantamiento de crédito al
1
Tesoro Público, llegando a tener comprometidos con este objeto, en
ocasiones, hasta el 40 por 100 de sus activos totales. El Banco de España, a
partir de 1856, continuaría con este comportamiento, de prestamista de
recursos a corto plazo al Gobierno. Fuera de Madrid, antes de 1856, había
otros dos bancos, uno en Barcelona, abierto en 1844 y otro en Cádiz,
desde 1846 (1).
Es preciso tener en cuenta que, en aquella época, y desde la Edad Media,
el sistema monetario español respondía a un patrón bimetálico oroplata(2). En 1848 había sido hecha una reforma que introdujo la división
decimal de las monedas. Veinte años después, en 1868, otra reforma hizo
de la peseta el centro del sistema monetario, con características casi
idénticas a los de los países signatarios de la Unión Monetaria Latina –
Francia, Italia, Bélgica, Suiza y Grecia- aunque España no llegó a firmar
dicho tratado. La peseta era una pieza monetaria del mismo valor material
que el franco francés, belga o suizo, por lo que puede atribuirse su
conversión en centro del sistema monetario español al deseo de los
gobernantes liberales de facilitar una mayor integración de la economía
española en la europea, en una época de incremento de las relaciones
comerciales y financieras.
A raíz de la Ley de 1856, y a lo largo de los diez años siguientes, fueron
creados 18 bancos emisores en las provincias y otras 39 sociedades
bancarias por acciones, sin capacidad de emisión (3) La mayoría de estas
últimas respondían al modelo del Crédit Mobilier francés, surgido en 1852,
para financiar la construcción del ferrocarril y otras inversiones,
principalmente en industria, infraestructuras de transportes y servicios
urbanos. El Banco de España se limitó a establecer dos sucursales, en
Valencia y Alicante, puesto que en el resto de las ciudades españolas de
importancia mercantil se anticiparon las iniciativas de inversores
particulares para abrir sus propios establecimientos bancarios de emisión
y descuentos.
Así pues, entre 1856 y 1864, había 21 bancos de emisión; el Banco de
España en Madrid, Valencia y Alicante. En el resto de las provincias había
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otros 20 bancos emisores. Todos los bancos de emisión incluyendo al
Banco de España, estaban limitados a su ámbito local.
Hay que tener presente que los bancos de emisión estaban obligados a
cambiar los billetes por metálico cuando sus poseedores los presentaban
al canje en las oficinas de la entidad que los había puesto en circulación. El
banco, a su vez, tenía libertad para canjear dichos billetes -según el valor
legal de cada uno- en oro o plata, según su conveniencia. Esto mismo
ocurría en Francia, Suiza, Bélgica y todas las naciones en que había patrón
bimetálico.
En segundo lugar, hay que tener en cuenta que los billetes del Banco de
España, a diferencia de los del Banco de Inglaterra, no tenían curso legal
en el resto de la nación; es decir, no podían ser utilizados
obligatoriamente en los intercambios mercantiles, aunque las oficinas
públicas los aceptaban en determinados pagos, como en la compraventa
de fincas desamortizadas. Hasta 1874, cuando obtuvo el monopolio de
emisión, los billetes del Banco de España no tuvieron curso legal en toda la
nación, aunque a partir de 1868 fueron aceptados por el Gobierno en el
pago de impuestos directos en cualquier provincia.
En tercer lugar, debe considerarse que el Banco de España no ejercía
habitualmente funciones de banco de bancos, ni mucho menos de banco
central. Es decir, no adelantaba recursos a los bancos en momentos de
crisis de liquidez. Esta competencia no sería ejercida hasta los años
inmediatamente anteriores a la Primera Guerra Mundial. Hay que
recordar que el primer caso en la historia en que un banco actuó como
prestamista en última instancia de otros bancos fue cuando el Banco de
Inglaterra extendió crédito a otras entidades bancarias en la crisis de 1866
y luego en la de 1890.
Con la mencionada ley bancaria de 1856, empezó un ciclo de auge de
inversiones, en ferrocarriles, banca, minas y también, aunque en menor
medida, en otros sectores, caracterizado, sobre todo, por la entrada de
capital extranjero: francés y belga principalmente entre 1856 y 1864, y
británico y francés entre 1868 y 1874. En estos últimos años hubo también
un importante flujo de entrada de capital extranjero en Deuda Pública. En
3
total, se recibieron más de 2300 millones de pesetas, o de francos, de
capital extranjero entre 1856 y 1874 (4). De esta suma, la inversión
principal fue la destinada a deuda pública, que supuso el 45 por 100; en su
mayor parte, estos más de 1.000 millones de pesetas se recibieron entre
1865 y 1874. En segundo lugar, la inversión más cuantiosa fue en
ferrocarriles, casi el 40 por 100, llegada sobre todo entre 1856 y 1864.
El ciclo alcista de la economía española, en buena medida estuvo ligado a
la legislación de libertad económica promulgada en España a mediados del
siglo XIX, sobre todo entre 1854 y 1856, y sobre todo entre 1868 y 1870,
de acuerdo con una política seguida por la mayoría de las naciones
occidentales. A largo plazo, puede afirmarse que el alcance de dicho ciclo
llegó hasta mediados de los años ochenta del siglo XIX, con una tasa de
aumento real del PIB del 1,8 por 100, entre 1850 y 1883.
Sin embargo, en ese período de 33 años hubo tres ciclos diferenciados: en
principio uno alcista, coincidente con la entrada de capital extranjero
dirigido principalmente a inversiones en banca y ferrocarriles, entre 1855
y 1864, seguido por otro de signo contrario, de 1864 a 1869. En estos años
entraron en funcionamiento la mayor parte de las principales líneas
ferroviarias, ofreciendo unos ingresos claramente insuficientes para cubrir
los costes de explotación sumados a los financieros, debido a la elevada
deuda contraída por las compañías ferroviarias. Ante esta perspectiva, la
inversión experimentó una suspensión temporal, las empresas ferroviarias
tuvieron que llegar a acuerdos con sus acreedores, sobre todo con los
obligacionistas, y muchos bancos comprometidos con este sector
suspendieron pagos y liquidaron sus operaciones. De las 39 sociedades de
crédito existentes en España en 1864, sólo subsistían cuatro en 1874.
En segundo lugar, se produjo en 1863 una crisis de liquidez en Europa,
debido a la guerra civil norteamericana, que repercutió en el
encarecimiento de la materia prima de las industrias textiles. Los tipos de
interés subieron en Londres, París y otras ciudades europeas, incluida
Madrid, del 6 al 9 por 100 de 1863 a 1865.
4
En tercer lugar, el Banco de España que tenía comprometidos en créditos
a corto plazo al Tesoro Público una cifra muy elevada: 133 millones de
pesetas a fines de 1864, un 67 por 100 más que el año anterior y casi el 66
por 100 de los activos totales del Banco. Ello quiere decir que el Banco de
España, en plena crisis de liquidez internacional, tenía graves dificultades
para liquidar parte de sus créditos contra el Gobierno; al contrario,
aumentó en estos años su dicha cartera de efectos públicos. En diciembre
de 1865, logró reducirla hasta 93 millones de pesetas, el 70 por 100 de la
correspondiente a 1864, pero tres meses después, volvió a elevarla hasta
los 113,5 millones de pesetas.
La desastrosa situación presupuestaria, a mediados de los años sesenta,
forzaba al Gobierno a elevar su presión sobre el Banco de España (5). Este,
además de subir los tipos de interés, tuvo que restringir al máximo la
concesión de créditos al sector privado y asimismo racionar el canje de sus
billetes por metálico, lo que hizo que se formaran colas ante sus puertas, y
que el papel moneda circulara en el comercio de Madrid con descuento
del 7 por 100 sobre su valor nominal. Hubo también casos de poseedores
de billetes que llevaron al Banco ante los tribunales, acusándolo por su
impago en oro o plata.
El Banco de España dedicó crecientes esfuerzos a comprar oro y plata en
Londres y París, con el fin de ordenar su acuñación en monedas,
aumentando así el metálico en caja. Si entre 1859 y 1862 invirtió 33
millones de pesetas al año en este objeto, entre 1863 y 1866 destinó cada
año más de 50 millones (6). Para ello, es decir, el Banco se vio obligado a
suscribir contratos de crédito con banqueros internacionales, obteniendo
de este modo 102,5 millones de pesetas, entre diciembre de 1863 y
septiembre de 1866 (7). En este último año, el tipo de interés efectivo
imputado a dichas operaciones de crédito por los prestamistas extranjeros
fue del 11 por 100, desde el 5 y 7 por 100 que había alcanzado con
anterioridad, dependiendo de las circunstancias del mercado. La suma
principal la recibió el Banco de banqueros londinenses –sobre todo, Baring
Brothers- coaligados para la ocasión con banqueros parisinos; en total, 93
millones de pesetas. A gran distancia, con 16 millones de pesetas, aparece
la suma prestada por los Rothschild de París y Londres.
5
La economía española de mediados del siglo XIX, incluyendo al Banco de
España, era una economía crecientemente abierta, sobre todo entre 1850
y 1890. En su comercio con el exterior y en las relaciones financieras
internacionales encontró muchas veces recursos para invertir y crédito
para solucionar situaciones críticas. También del exterior llegaban
problemas económicos, como el contagio de la crisis o el crónico déficit
por cuenta corriente, como resulta característico en una economía en
proceso de modernización.
El Gobierno no era ajeno a esta situación. También la Hacienda del Estado
buscó fuentes de financiación en el exterior para cubrir el desequilibrio
presupuestario. Sobre todo, entre 1867 y 1874, el Gobierno español
suscribió contratos con banqueros internacionales para colocar deuda
pública exterior, a corto y a largo plazo. En 1866, el total de deuda del
Estado, interior y exterior, representaba el 69 por 100 del Producto
Interior (8). En 1869, sólo tres años después, dicha proporción subió al
82,5 por 100. Pero en 1874, llegó a alcanzar más del 130 por 100 del PIB.
En concreto, la deuda exterior más que se duplicó en sólo tres años, de
1865 a 1869, y desde 1866 a 1874 se multiplicó por 3,7.
A comienzos de 1874, vencía una obligación importante contraída por el
Tesoro español con la casa Paribas. Pero el Gobierno, en esos momentos,
se encontraba totalmente incapacitado para satisfacer este débito
perentorio. En las provincias del Norte, desde dos años atrás, había una
cruenta y costosa guerra civil, además de afrontarse otra en Cuba contra
los insurgentes, y haber surgido un tercer conflicto con federalistas
radicales en algunos puntos del litoral peninsular. Por ello, el Ministro de
Hacienda acudió al Banco de España para pedirle un crédito voluminoso,
de 125 millones de pesetas, con el cual saldar la deuda con los banqueros
franceses, evitando así la suspensión de pagos internacionales del Estado
español, y también respaldar la deuda a corto plazo con los acreedores
españoles. A cambio, el Banco de España recibiría el monopolio de
emisión de billetes en toda la nación.
En Europa había entonces otros bancos nacionales únicos, comenzando
por el Banco de Francia, desde 1848. Y el Banco de Inglaterra, aunque no
era emisor monopolista, había reforzado su preeminencia de modo muy
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notable desde 1844, considerándose su papel moneda de curso legal en
toda la nación. También en Austria y en Alemania, tras la unificación,
habría bancos emisores oficiales y monopolistas. Pero lo singular, en el
caso de España, fue que el monopolio de emisión en 1874 fue concedido
por un liberal tan señalado como José Echegaray, quien había luchado
pocos años antes por promulgar una legislación en materia de sociedades
absolutamente abierta a la competencia. No fue una cuestión de ideología
económica la que condujo al monopolio, sino la urgente precisión de
recursos financieros para El Tesoro Público lo que lo hizo posible.
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