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Principales Proyectos de Inversión
Banco de Proyectos de Inversión Nacional
IMPLANTACION FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL - SUBCUENTA DE SUBSISTENCIA
dos regímenes: el contributivo y el subsidiado.
Este último se financia por medio de un
mecanismo de solidaridad intrageneracional y es
operado por el Fondo de Solidaridad Pensional,
FSP. Este mecanismo de tipo asistencial
transfiere recursos directamente a la población
de la tercera edad, en especial a la población en
estado de indigencia, otorgando subsidios
monetarios o en especie2.
Fuente: Ministerio de la Protección Social, 2009
ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN
En la segunda mitad del siglo pasado la
esperanza de vida al nacer, entendida como
la cantidad de años que se espera viva una
persona desde que nace, aumentó en 20
años. En Colombia, la esperanza de vida en
las primeras décadas del siglo era de 28.6
años, en 1950 era de 50 años y para el 2001
ya alcanzaba los 71 años.1
En ese mismo sentido el Departamento
Administrativo Nacional de Estadística
(DANE), señalo que para el año 2000 los
mayores de 60 años ascendían a 2.9 millones
de personas, de los cuales 1.3 millones eran
hombres y 1.6 millones eran mujeres.
Asimismo según la Encuesta Nacional de
Hogares y de acuerdo con los cálculos del
Departamento Nacional de Planeación (DNP)
la población pobre mayor de 65 años a
septiembre de ese mismo año era de 1.3
millones de personas y de éstos 540.000 eran
indigentes. Mientras que en las cabeceras
municipales estaban localizadas 725.000
personas pobres, de las cuales 232.000 eran
indigentes, los más pobres en las áreas
rurales ascendían a 308.700 personas;
confirmando que sobre el total de los adultos
mayores colombianos, el 33% vive en el
campo y representa más del 61% de todos los
mayores que viven en indigencia en el país.
De tal manera que para lograr el objetivo de
proteger al adulto mayor contra el riesgo
económico de la imposibilidad de generar
ingresos, el Estado cuenta con dos
mecanismos principales, sustentados en la
Ley 100 de 1993 y sus decretos
reglamentarios: uno de tipo preventivo y otro
asistencial. El preventivo está sustentado en
el sistema pensional, dentro del cual existen
De igual forma la Ley 100 en su libro IV
establece dos marcos de política social: el
primero tiene que ver con la entrega de auxilios
para los adultos mayores en situación de
pobreza, que fue reglamentado por el decreto
1135 de 1994 y se hizo operativo mediante el
documento Conpes Social 22 de 19943. El
segundo marco se refiere a los servicios sociales
complementarios. El Art. 261 establece que los
municipios o distritos deben garantizar la
infraestructura necesaria para la atención de los
ancianos indigentes y señala que deben elaborar
un plan municipal de servicios sociales
complementarios para la tercera edad como
parte integral del plan de desarrollo. El Art. 262
plantea que el Estado, a través de sus
autoridades y entidades, y con la participación de
la comunidad y las Organizaciones No
Gubernamentales, prestarán servicios sociales
complementarios para la tercera edad en materia
de educación, cultura, recreación y turismo.
Con la reforma pensional dada por la Ley 797 de
2003, se buscó incrementar significativamente
los recursos para la atención directa a los
ancianos y se crea la subcuenta de subsistencia,
reglamentada mediante los decretos 569 del 26
de febrero de 2004 y 4112 del 9 de diciembre de
20044, financiada con el 50% de los recursos del
uno por ciento sobre las cotizaciones de los
aportantes con más de 4 SMMLV5, con los
aportes adicionales entre el 0.2% y el 1% de los
ingresos superiores a 16 SMMLV, las
contribuciones sobre las pensiones mayores a 10
SMMLV y con aportes del presupuesto nacional.
Respecto a la población indígena, el Conpes
Social No. 78 de 2004, asignó recursos para la
población indígena residente en resguardos y
modificó las modalidades de atención del
Programa. El Conpes Social No. 82 de 2004
ajustando la tabla de cofinanciación con
porcentajes de aportes de la nación y las
diferentes entidades territoriales.
Ver Compes Social No 70
Aunque el decreto 1387 de 1995 lo modificó parcialmente
4 El decreto 569 de 2004, derogó el decreto 2681 de 2003, Citado en
Manual Operativo Programa PPSAM, Mayo de 2.007.
5 Salarios Mínimo Mensual Legal Vigente
2
3
FLOREZ, Carmen Elisa. Las transformaciones sociodemográficas
en Colombia durante el siglo XX. Citado en Manual Operativo
Programa PPSAM, Mayo de 2.007
1
1
IMPLANTACION FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL - SUBCUENTA DE SUBSISTENCIA
Principales Proyectos de Inversión
Banco de Proyectos de Inversión Nacional
subsidio de alimentación del programa PNAAM.
El Conpes Social No. 70 de 2003 unificó en
un solo programa la subcuenta de
subsistencia y el Programa de Atención
Integral al Adulto Mayor (PAIAM) para atender
a los adultos mayores en estado de
indigencia, recogiendo los aspectos positivos
del PAIAM e incorporando el nuevo esquema
establecido por la Ley 797. Adicionalmente
estableció los criterios, asignó recursos y
definió los lineamientos generales del nuevo
programa: “Programa de Protección Social Al
Adulto Mayor – PPSAM”.
A continuación se muestra cómo ha
evolucionado el programa, en cuanto al número
de beneficiarios desde el año 2.003.
Grafica No 1: Número de beneficiarios por el
programa 2003-2006
Por otra parte, en el Plan Nacional de
Desarrollo Estado Comunitario: Desarrollo
para Todos (2.006 – 2.010) se planteó ajustar
las modalidades de subsidio para la población
indígena. En esta vía y con el fin de hacer
posible a los potenciales beneficiarios
indígenas disponer de alternativas eficientes
para acceder a los beneficios otorgados por el
PPSAM, los indígenas residentes en
resguardos podrán ser beneficiarios del
subsidio directo, siempre y cuando se elija
esta modalidad para todos los beneficiarios
incluidos en el proyecto, medida que quedo
incluida en el CONPES 105 de 2007.
Adicionalmente, considerando la necesidad
de disponer de alternativas que permitan la
ampliación de cobertura y la coordinación de
los programas dirigidos a la población adulta
mayor y teniendo en cuenta elementos de
equidad y eficiencia en su operación, el
documento Conpes Social 105 de 2007,
estableció las condiciones para la realización
de una prueba piloto orientada a determinar la
efectividad y aceptabilidad de la entrega de
un subsidio integral conformado por un
subsidio económico, de alimentación y
servicios
sociales
complementarios
considerando la viabilidad y sostenibilidad
financiera.
Esta prueba piloto se ha venido adelantando
a partir del segundo semestre de 2007, en
una muestra de municipios del país, dentro de
los cuales se seleccionaron los intervenidos
por el Centro de Coordinación de Acción
Integral de la Presidencia de la República.
En desarrollo de la prueba piloto, en los
municipios seleccionados, el ICBF6 entrega el
subsidio de alimentación y servicios sociales
complementarios a los beneficiarios del
subsidio económico del programa PPSAM y el
Ministerio de la Protección Social entrega
subsidio económico a los beneficiarios del
Fuente: Ministerio de la Protección Social,
citado en Conpes Social 105.
Respecto a las restricciones afrontadas en el
programa, se puede mencionar que la
complejidad en la implementación del programa
llevó a que las entidades involucradas en la
ejecución a no cofinanciar durante el 2004 el
componente
de
servicios
sociales
complementarios, sino dedicar el resto del año a
completar la operatividad del programa, llegar a
la totalidad de los municipios del país y
garantizar la regularidad en los pagos,
lineamiento que se conservó en las siguientes
vigencias7.
La existencia de dos modalidades de subsidios
para esta población ha tenido recientemente
problemas de selección e incluso auto-exclusión
por parte de los beneficiarios, por cuanto la
existencia de diferencias en la magnitud y
características de los subsidios entregados, ha
generado dificultades en la operación de los
programas, particularmente por la expectativa
que tiene la población de querer acceder a una o
a ambas modalidades de subsidio y por la
inequidad que se presenta entre beneficiarios de
programas que, teniendo características
similares, reciben beneficios diferentes8.
Adicionalmente, el PPSAM enfrentó dificultades
en su operación al interior de las comunidades
7
6
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
8
Según Conpes Social 105 de 2.007
Ibíd.
2
IMPLANTACION FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL - SUBCUENTA DE SUBSISTENCIA
Principales Proyectos de Inversión
Banco de Proyectos de Inversión Nacional
indígenas que se benefician solo de la
modalidad indirecta, así como también en la
entrega
de
servicios
sociales
complementarios, los cuales requieren
estudiar alternativas más efectivas en la
perspectiva de ampliación de coberturas
prevista para el cuatrienio 2007 – 20109.
OBJETIVOS DEL PROGRAMA
Este Programa de Protección Social Mayor es
una iniciativa de asistencia que tiene como
objetivo fundamental proteger al adulto
mayor, que se encuentra en estado de
indigencia o de extrema pobreza, contra el
riesgo económico de la imposibilidad de
generar ingresos y contra el riesgo derivado
de la exclusión social.
DESCRIPCIÓN GENERAL10
-Modalidades de Beneficios
Los beneficios de la Subcuenta de
Subsistencia, serán otorgados en las
siguientes modalidades:
1. Un subsidio económico directo, que se
otorga en dinero, el cual se gira directamente
a los beneficiarios.
2. Un subsidio económico indirecto, que se
otorga en Servicios Sociales Básicos, el cual
se entrega a través de los Centros de
Bienestar del Adulto Mayor, Centros Diurnos,
Resguardos Indígenas o a través del Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar.
En ambas modalidades, el subsidio
económico podrá contener adicionalmente
Servicios
Sociales
Complementarios11,
siempre y cuando exista cofinanciación de las
entidades territoriales y/o resguardos
indígenas.
Ibíd.
Tomado de Ficha EBI Código: 1016-00298-9999 y
Decreto 3771 de 2.007
9
10
Los Servicios Sociales Complementarios son
aquellos que se enfocan al desarrollo de actividades de
educación, recreación, cultura, deporte, turismo y
proyectos productivos. Los proyectos presentados
podrán incluir uno o varios de los componentes
descritos.
La población desplazada beneficiaria de estos
subsidios, deberá acreditar tal condición a través
de la certificación que para el efecto expida la
Agencia Presidencial para la Acción Social y la
Cooperación Internacional.
Los Servicios Sociales Básicos comprenden
alimentación, alojamiento y medicamentos o
ayudas técnicas (elementos para atender una
discapacidad y que favorecen la autonomía
personal y su calidad de vida) no incluidos en el
Plan Obligatorio de Salud -POS- del régimen
subsidiado, ni financiadas con otras fuentes.
Podrá además comprender medicamentos o
ayudas técnicas incluidas en el POS, cuando el
beneficiario del programa no esté afiliado al
régimen subsidiado de salud.
Los proyectos productivos también podrán formar
parte de los Servicios Sociales Básicos para la
población beneficiaria, en consideración a las
particularidades culturales, sociales y las
condiciones de habitación o residencia, propias
de cada grupo social beneficiario de estos
subsidios, parametrizadas en el Manual
Operativo.
La asignación de cupos, el valor del subsidio
económico y los componentes que se financien
serán definidos por el Ministerio de la Protección
Social de acuerdo con la disponibilidad
presupuestal y de conformidad con las metas de
cobertura señaladas por el Consejo Nacional de
Política Económica y Social (Conpes). En todo
caso, el valor del subsidio no podrá superar el
(50%) del salario mínimo legal mensual vigente.
La modalidad de subsidio de cada beneficiario,
será establecida en el proyecto y presentada por
el ente territorial. Los indígenas residentes en
resguardos podrán ser beneficiarios del subsidio
directo, siempre y cuando se elija esta modalidad
para todos los beneficiarios incluidos en el
proyecto.
Aparte de los Centros de Bienestar del Adulto
Mayor (CBA´s), otros centros de atención son los
Centros Diurnos, desde los cuales se prestan
servicios de apoyo nutricional y se brinda
atención ocupacional a través de actividades de
tipo educativa, recreativa, cultural, deportiva, de
turismo y/o proyectos productivos. Los adultos
mayores asisten durante el día y no pernoctan en
ellos.
11
Los servicios que brinden estos centros se
prestarán mediante la suscripción de convenios
entre el Administrador Fiduciario, el municipio y
la institución correspondiente o entre el municipio
y el Centro.
3
IMPLANTACION FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL - SUBCUENTA DE SUBSISTENCIA
Principales Proyectos de Inversión
Banco de Proyectos de Inversión Nacional
Monto del Subsidio
Se entrega una parte en efectivo o en
servicios sociales básicos que puede oscilar
entre $ $35.000 y $75.000, y otra parte en
servicios
sociales
complementarios
equivalente a $31.000.
Se establece un rango para la entrega del
subsidio en efectivo y en servicios sociales
básicos, dado que en algunos municipios los
beneficiarios tienen algún ingreso mínimo y
por otra parte, el poder de compra del dinero
no es igual en todos los entes territoriales.
En este sentido la entidad territorial determina
el monto exacto del componente en efectivo o
servicios sociales básicos, dentro del rango
establecido ($35.000 - $75.000), en un
múltiplo de $5.000.
Localización
El proyecto tiene cobertura a nivel nacional y
beneficia a población adulta mayor ubicada
en las zonas urbana y rural del país.
Componentes
De acuerdo con las modalidades de
beneficios expresadas anteriormente y la
unificación del Programa con el ICBF, los
componentes de este proyecto son:
1. Subsidio Económico Directo:
De acuerdo con el Artículo 32, del decreto 3771
de 2.007, respecto a la Presentación de
proyectos, la entidad territorial, el resguardo (o la
asociación de cabildos y/o autoridades
tradicionales indígenas), o el Centro de Bienestar
del Adulto Mayor, diseñará y presentará un (1)
proyecto al Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar - ICBF o la entidad que el Ministerio de
la Protección Social designe para el efecto, las
cuales se encargarán de su aprobación, de
acuerdo con los recursos asignados por el
Conpes y teniendo en cuenta los parámetros
establecidos en el Manual Operativo del
Programa.
- Actores del Programa
1.
El Ministerio de la Protección Social.
2.
El Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar.
3.
El Consorcio Prosperar Hoy
(administrador fiduciario del Fondo de
Solidaridad Pensional).
4.
El Consejo Departamental y/o
Municipal para la Política Social, para la
Atención Integral al Adulto Mayor o de Apoyo
a los Beneficiarios (hace seguimiento y
control de beneficiarios, recibe peticiones,
quejas y reclamos de los beneficiarios y las
traslada a la entidad facultada para la
selección de beneficiarios y al Administrador
Fiduciario).
6.
La Asamblea de Beneficiarios.
7.
El Ente Territorial.
Consiste en la entrega de un subsidio efectivo
que puede oscilar entre $ $35.000 y $75.000;
sólo para adultos mayores que no residan en
CBA´s.
Requisitos para el Acceso
2. Subsidio Económico Indirecto:
1. Ser colombiano.
Consiste en una serie de servicios sociales
complementarios, cuya valoración será de
$31.000, cofinanciados por la Nación y el
Ente Territorial de acuerdo con su categoría.
2. Tener como mínimo, tres años menos de la
edad que rija para adquirir el derecho a la
pensión de vejez de los afiliados al Sistema
General de Pensiones.
Respecto al tema organizacional, el Programa
de Protección Social al Adulto Mayor, PPSAM- es liderado por el Ministerio de la
Protección Social en su planeación,
programación y ejecución. Y por su parte el
Consorcio Prosperar, mediante contrato con
el Ministerio, es el administrador fiduciario
responsable del manejo de los recursos del
PPSAM y de la entrega de los subsidios a
cada uno de los beneficiarios del programa a
través de la red bancaria, entidades que
hagan sus veces o las tesorerías municipales.
3. Estar clasificado en los niveles 1 ó 2 del
Sisbén y carecer de rentas o ingresos suficientes
para subsistir. Se trata de personas que se
encuentran en una de estas condiciones:
Los Requisitos para ser beneficiario de los
subsidios de la Subcuenta de Subsistencia son:
Viven solas y su ingreso mensual no supera
medio salario mínimo legal mensual vigente; o
viven en la calle y de la caridad pública; o viven
con la familia y el ingreso familiar es inferior o
igual al salario mínimo legal mensual vigente; o
residen en un Centro de Bienestar del Adulto
4
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Principales Proyectos de Inversión
Banco de Proyectos de Inversión Nacional
Mayor; o asisten como usuario a un Centro
Diurno.
4. Haber residido durante los últimos diez (10)
años en el territorio nacional.
Dimensiones Red Juntos12
Este programa aporta a la Red de Protección
Social contra la Pobreza Extrema – RED
JUNTOS, a través de las siguientes
Dimensiones y logros básicos:
Cuadro No 1. Dimensiones y logros
básicos
CUMPLE
Ingresos y
Trabajo
Salud
Los adultos mayores de 60 años cuentan con algún medio de
ingreso (monetario o en especie).
Las personas en situación de discapacidad tienen acceso a los
programas de rehabilitación (en particular aquellos basados en
20
la comunidad) y a las ayudas técnicas necesarias para su
autonomía.
La familia dispone, accede y consume alimentos saludables en
cantidad suficiente, de manera permanente y oportuna,
practicando hábitos saludables apra la manipulación,
preparación y consumo de sus alimentos.
Los miembros de la familia cuentan con implementos para
Habitabilidad
30
dormir y alimentarse.
Todos los miembros de la familia conocen los espacios y
oportunidades para acceder a programas y servicios
disponibles en su localidad (organizaciones comunitarias,
37 espacios de recreación y cultura, clubes deportivos, centros de
Dinámica
recreación para niños, jóvenes y para adultos mayores,
Familiar
asociaciones de padres de familia, centros de educación,
ludotecas, etc.) y participan en alguno de ellos.
La familia participa en conjunto en el cuidado e integración
40
social de la persona en situación de discapacidad.
Fuente: Ministerio de la Protección Social. FICHA
CARACTERIZACIÓN DE OFERTA ENTIDADES NACIONALES.
Implantación Fondo de Solidaridad Pensional - Subcuenta de
Subsistencia. Fecha 12/03/08
Nutrición
Cuadro No 2: Adultos mayores beneficiados
con subsidio monetario:
Año
Meta
Resultado %
avance
240.211
-425.634
106,41%
APORTA
Logro Básico
4
En términos de los productos esperados, se
muestran a continuación los logros en cuanto a
número de beneficiarios (que a su vez
constituyen los indicadores a través de los cuales
se le hace seguimiento a este programa):
2.006 200.000
2.007 400.000
Fuente: SIGOB
DIMENSIONES Y LOGROS BÁSICOS RED-JUNTOS.
Dimensión
LOGROS Y RESULTADOS ESPERADOS
21
Se está en proceso de definición de las metas
de beneficiarios(as) y presupuestales para la
población adulta mayor vinculada a la Red
Juntos.
Para el año 2.008, en el caso de los subsidios
monetarios, se proyectó beneficiar a 400 mil
adultos mayores; sin embargo a mayo de 2.008,
ya se ha logrado favorecer con el subsidio
monetario a 459.606 personas13.
Las metas establecidas para el periodo 2006 –
2010 son las que aparecen a continuación:
Cuadro No 3: Metas 2.008 y cuatrienio 20062010
Línea
Meta
Meta
de
2.008
cuatrienio
base
Adultos
mayores
beneficiados
199.889 400.000
600.000
con subsidio
económico
(Acum.)
Número de
4.696.188
subsidios
-programados
por vigencia
Fuente: Plan Nacional de Desarrollo 2.006 – 2.010 y
Ministerio de la Protección Social.
FUENTES DE FINANCIACIÓN14
12
La Red de Protección Social – Red Juntos, busca promover la
incorporación efectiva de los hogares más pobres a las redes
sociales del Estado y asegurar la superación de su condición, a
través de: i. integrar la oferta de servicios sociales, ii. Brindar
transitoriamente acompañamiento familiar y acceso preferente y iii.
Generar un marco de corresponsabilidad con los usuarios.
Los recursos del Fondo de Solidaridad Pensional
para la Subcuenta de Subsistencia tienen el
siguiente origen en:
La Red beneficiará a dos grupos de hogares específicos: i. Los
hogares en extrema pobreza que residen en las zonas más
deprimidas de los municipios del país (55,6% habitantes en las
cabeceras municipales y 44,4% en zonas rurales). ii. Todas las
familias que se hallan afectadas por el desplazamiento por causa de
la violencia.
a) El cincuenta (50%) de la cotización adicional
del 1% sobre la base de cotización, a cargo de
los cotizantes vinculados al Sistema General de
Pensiones cuya base de cotización sea igual o
La Red pretende trabajar fuertemente sobre 53 Logros básicos y
sobre 9 Dimensiones del desarrollo. Los Logros Básicos de cada
Dimensión son el conjunto de condiciones deseables que una familia
en extrema pobreza debe alcanzar para mejorar sus condiciones de
vida.
Tomado de www.sigob.gov.co, Fecha de corte y de
actualización 29/05/2008
13
14
Ley 797 de 2.003 y Decreto 3771 de 2.007
5
IMPLANTACION FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL - SUBCUENTA DE SUBSISTENCIA
Principales Proyectos de Inversión
Banco de Proyectos de Inversión Nacional
superior a cuatro (4) salarios mínimos legales
mensuales vigentes.
b) Los cotizantes con ingreso igual o superior
a 16 salarios mínimos legales mensuales
vigentes tendrán un aporte adicional, sobre su
ingreso base de cotización, así: De 16 hasta
17 SMMLV de un 0.2%, de más de 17 hasta
18 SMMLV de un 0.4%, de más de 18 hasta
19 SMMLV, de un 0.6%, de más de 19 hasta
20 SMMLV, de un 0.8% y superiores a 20
SMMLV de 1%;
c) Los aportes del Presupuesto Nacional, los
cuales no podrán ser inferiores a los
recaudados anualmente por los conceptos
enumerados en los literales a) y b) de este
numeral y se liquidarán con base en lo
reportado por el fondo en la vigencia del año
inmediatamente anterior, actualizados con
base en la variación del índice de precios al
consumidor, certificado por el DANE.
d) Los pensionados que devenguen una
mesada superior a diez (10) salarios mínimos
legales mensuales vigentes y hasta veinte
(20) contribuirán con el 1%, y los que
devenguen más de veinte (20) salarios
mínimos contribuirán con el 2%.
Los recursos mencionados, se incorporan al
Presupuesto General de la Nación. Y para la
vigencia 2008 se apropiaron recursos del
Presupuesto General de la Nación por
$526,061
millones de pesos. Las
apropiaciones de años anteriores al igual que
las proyectadas a futuro se ven en el
siguiente cuadro:
CONTACTOS CLAVES DEL PROYECTO:
Institución: Ministerio de la Protección Social
Funcionario responsable:
Diana Arenas
Pedraza
Cargo: Directora General de Seguridad
Económica y Pensiones
Teléfono: 3305000 Ext. 1730
Dirección: Carrera 13 # 32 - 76
Email: [email protected]
Institución: Ministerio de la Protección Social
Funcionario responsable: Olga lucía Callejas
Cortes
Cargo: Coordinadora Otras Prestaciones
Teléfono: 3305000 Ext. 1780
Dirección: Carrera 13 # 32 - 76
Email: ocallejas@minprotecciónsocial.gov.co
BIBLIOGRAFÍA DEL DOCUMENTO
- Conpes Social 105 de Mayo de 2.007
- Decreto 3771 de Octubre de 2.007.
- Entrevista con funcionarios de la Dirección de
Seguridad Económica y Pensiones -Ministerio de
la Protección Social. Grupo Otras Prestaciones.
- Ficha EBI Código 1016002989999
- Ley 100 de 1.993.
- Ley 797 de 2.003.
- Manual Operativo del Programa de Protección
Social al Adulto Mayor, Mayo de 2.007.
- Plan Nacional de Desarrollo 2.006 – 2.010.
Estado Comunitario: Desarrollo para todos
Cuadro No 4: Apropiaciones del proyecto
2002-2010 (millones de pesos)
INVERSION PGN
RECURSOS
ASIGNADOS
RECURSOS
%
AÑO
*
EJECUTADOS**
Particip.
2007
63
59
93,7%
2008
526.016
497.145
94,5%
2009 ***
28.795
2010 ***
32.563
* Apropiación Vigente. ** Compromisos. ***Vigencias
Futuras
Total
Inversión
$ 2.007 559.064
475.786
Fuente: DNP – DIFP. Ejecuciones del año 2.008,
corresponden hasta el mes de junio.
6
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Principales Proyectos de Inversión
Banco de Proyectos de Inversión Nacional
COMPONENTES
PROPÓSITO
FIN
Descripción
Mejorar la calidad de vida
de las personas adultas
mayores en situación de
indigencia y pobreza
extrema, facilitándoles los
medios para incluirlos
social y económicamente.
Proteger al adulto mayor,
que se encuentra en
estado de indigencia o de
extrema pobreza, contra el
riesgo económico de la
imposibilidad de generar
ingresos y contra el riesgo
derivado de la exclusión
social.
Subsidio
Económico
Directo
Subsidio
Indirecto
Marco Lógico
Indicadores verificables
Medios de Supuestos
verificación
Las
400.000
personas Informes de -beneficiadas en el año 2.008, evaluación de
no
sufrirán
dependencia impacto.
económica y tendrán como
suplir necesidades básicas
personales.
A diciembre de 2.008, estarán
protegidos
socialmente
400.000 personas quienes
contarán con un subsidio
económico que oscila entre
$40.000 y $75.000.
A diciembre de 2.008, se
habrán beneficiado 400.000
personas con el subsidio
económico en el Programa
PPSAM.
Económico A diciembre 31 de 2008, se
habrán beneficiado adultos
mayores pertenecientes a 202
Centros de Bienestar para el
Adulto Mayor (CBA´s).
Informe
consolidado
Consorcio
Prosperar
Hoy
Dentro de las
familias
se
respetará
la
asignación de los
recursos a favor
de los adultos
mayores.
Informe
consolidado
Consorcio
Prosperar
Hoy
Resolución
0415
de
2009.
--
La
atención
brindada por los
profesionales de
los CBA´s es
integral
y
respetuosa para
con los adultos
mayores.
7
IMPLANTACION FONDO DE SOLIDARIDAD PENSIONAL - SUBCUENTA DE SUBSISTENCIA