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ATT. Sra. Alcaldesa
M.I. Ayuntamiento de Villena
D./ª_____________________________________________con D.N.I. _________
con
domicilio en ________________________________de Villena, ante el Acuerdo Plenario de
fecha 13 de Julio 2006, sobre el Expediente de Segregación y de la Desafectación del dominio
público de parte del suelo de la Avda. de la Constitución c/Cardenal Cisneros a Plaza de Mª
Auxiliadora del Anteproyecto de Centro de Ocio de la Plaza de Toros, así como del Pliego de
condiciones económico-administrativas del concurso para la adjudicación del contrato de
concesión para la construcción y explotación de un Centro de Ocio en Villena.
PRESENTO LAS SIGUIENTES ALEGACIONES:
1ºA) Que no estoy de acuerdo con la aprobación del EXPEDIENTE DE SEGREGACIÓN Y
DESAFECTACIÓN, del dominio público del subsuelo de la Avda. de la Constitución, que
permitirá que una Empresa Privada, pueda vender la TERCERA PLANTA de aparcamientos y
hacer negocio con su venta a terceras personas.
1ºB) Según el Informe Jurídico de fecha 6 de Julio 2006, firmado por el abogado D. Antonio
Sánchez López, hace mención al procedimiento administrativo que en el Art.8 del Reglamento
de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986 de 13 de Junio,
dice en el punto 2º “Notificación personal a los particulares que pudieran resultar
afectados por la notificación de la calificación del bien”. Acogiéndome a este enunciado,
solicito de esa Alcaldía, se le notifique personalmente, a cada uno de los vecinos afectados y
con arreglo a Ley la variación de uso que se pretende dar al subsuelo de parte de la Avda. de
la Constitución
2º Acogiéndome al REGLAMENTO ORGÁNICO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA, aprobado
y publicado por ese Ayuntamiento en el año 2004, y según dice su art. 47, solicito la
celebración de una consulta popular (REFERENDUM), para que sea todo el pueblo de Villena,
quién decida si está de acuerdo con que el subsuelo de dominio público de nuestra Ciudad y su
término municipal, se pueda ceder, vender o enajenar a una Empresa privada, particular o
Entidad Pública para que haga negocio con él.
3º Sobre la construcción de los Aparcamientos, exijo que antes que se conozca la empresa
concesionaria, se efectúen dos INFORMES GEOTÉCNICOS sobre el suelo y subsuelo de los
Aparcamientos, por dos Empresas distintas, que determinen que las obras a realizar y el foso
de más de 14 metros de profundidad por casi 17 metros de anchura a escasos metro y medio
de las fachadas, el ancho de la calle apenas rebasa los 20 metros, no afectarán ni deteriorarán
a ninguno de los edificios altos y a las casas tejavanas. Estos informes geotécnicos deben de
estar avalados y visados por los Colegios Oficiales correspondientes.
4º Que se efectúe un estudio para conocer la viabilidad económica del PARKING y la
necesidad de que en este tramo precisamente de la Avda. de la Constitución es necesario un
PARKING de tres plantas, pese a la cantidad de perjuicios que ocasionará a vecinos,
comercios e industrias.
5º Que antes de que se adjudiquen las obras, se efectúe un estudio de IMPACTO MEDIO
AMBIENTAL, sobre la evacuación de HUMOS, RUIDOS (movimiento inusual de vehículos
hasta altas horas de la madrugada), SETECIENTOS COCHES moviéndose en esta Zona de
parking tan excesivamente estrecha y en donde las medianeras de la construcción, discurrirían
a apenas metro y medio de las fachadas, que podría afectar muy gravemente a las personas, a
la flora y a la fauna del lugar, así como UN PLAN CONTRAINCENDIOS, debidamente
supervisado por las Autoridades y Colegios oficiales correspondientes.
1
6º Que el ESTUDIO GEOTÉCNICO establecido en el Anteproyecto a realizar por la Empresa
adjudicataria, sea de obligado cumplimiento y que se excluya la cláusula “ salvo
incompatibilidad con la obra” que figura en la hoja 48 de la memoria, y deberá llevar la
aceptación y el visto bueno de dos técnicos independientes sin ninguna vinculación directa con
la Empresa adjudicataria.
7º Solicito que antes de adjudicar las obras deberá de existir aprobado un PLAN DE
EVACUACIÓN DE VIVIENDAS DE GRAN ALTURA, que determine claramente como se puede
evacuar cualquier edificio de la Zona ante los imponderables de grietas en los edificios,
incendio, corrimientos de tierra, explosión de gas, etc. con una acera de apenas metro y medio
y un foso de más de 14 metros, debidamente aceptado y avalado por el Consorcio de
Bomberos, por Protección Civil, por la Policía Municipal y por la Guardia Civil y por las
Consellerías y Colegios Oficiales correspondientes.
8º Solicito, que antes de que se adjudiquen las obras se haga un ESTUDIO
PORMENORIZADO del impacto que estas obras tendrán sobre el TRAFICO RODADO Y
SOBRE LAS PERSONAS de la Zona y de toda Villena, ya que durante más de tres años
vamos a tener cortada la única vía importante de circulación. También en el mencionado
estudio deberán de figurar las muy fundadas razones que justifiquen tamaño descalabro. Este
estudio deberá de estar aprobado y avalado por la Policía Municipal, por el Consorcio de
Bomberos, por la Guardia Civil y por cualquier autoridad competente en esta materia.
9º En el Anteproyecto no dice, salvo error, que todos los proyectos tengan que estar visados
por el Colegio Oficial correspondiente, y lo debería de decir, como garantía a la calidad del
proyecto.
10º En el Anteproyecto no dice donde están las salidas del parking, con escaleras y ascensores
para minusválidos, y como afectan su ubicación a los vecinos. Por las dimensiones del parking,
sobre 17 metros de anchura y por lo estrecho de la calle a algunos vecinos les pueden tapar
las salidas de las viviendas o sus negocios. Solicito que se especifique.
11º Sobre el Pliego de Condiciones económico-administrativas, en la Hoja 6 dice refiriéndose al
edificio que se ubicará en los actuales Corrales “La patrimonialización de esta construcción
por el concesionario, permitirá obtener unos rendimientos económicos que
determinarán una mayor viabilidad de la propia concesión”. Si lo que dice esto es que para
que se haga un Centro de Ocio, que no es rentable económicamente, también tenemos que
regalar al concesionario los terrenos y el edificio con su parking. NO ESTOY DE ACUERDO,
solicito que este apartado sea excluido del pliego de condiciones.
12º Si como dice en el Pliego de Condiciones económico-administrativas –OBJETO DEL
CONTRATO, en la hoja nº 8, apartado e “ La propiedad del edificio anexo al centro de ocio
que albergará el balneario urbano así como del aparcamiento subterráneo de vehículos,
que serán trasmitidos por el Ayuntamiento al adjudicatario, a la recepción de
conformidad por el primero, de la totalidad de las obras objeto de licitación, llevándose a
cabo en ese momento las operaciones inmobiliarias y registrales necesarias a tal fin”. Si
esto confirma y corrobora lo expresado en el anterior punto VUELVO A ESTAR EN
DESACUERDO. Solicito que este apartado, sea excluido del pliego de condiciones.
13º Si como dice en el Pliego de Condiciones económico-administrativas- CAPÍTULO II-DEL
RÉGIMEN ECONÓMICO FINANCIERO- 9-Retribución del Concesionario- HOJA Nº 12- Punto
nº 2 dice “Los rendimientos económicos a obtener por parte del concesionario en la
explotación de la concesión, estarán constituidos por:
a) El rendimiento económico como concesión demanial del Centro de Ocio, de
acuerdo con los precios que se fijen por el concesionario en su oferta.
2
b) Los ingresos procedentes de la explotación del aparcamiento subterráneo para
vehículos, tanto por las plazas de rotación de los sótanos 1º y 2º, como por los
ingresos procedentes de la venta de las plazas de aparcamiento en régimen de
propiedad del sótano 3º de dicho aparcamiento subterráneo.
c) Los rendimientos económicos por el edificio anexo al centro de ocio que albergará
el balneario, de acuerdo con los precios que se fijen por el concesionario en su
oferta.
d) Las subvenciones que , en su caso, fuere preciso conceder por parte del
Ayuntamiento para el mantenimiento del equilibrio económico del contrato en la
forma y con la extensión previstas en el artículo 248 del TRLCAP.
Si lo que quiere decir todo esto, es que después de “regalarle” un edificio completo con su
aparcamiento, la tercera planta de los aparcamientos para su venta, encima le aseguramos
durante 40 años el EQUILIBRIO ECONÓMICO de la explotación, señores políticos sepan
que estamos endeudando a nuestra Ciudad durante ese tiempo, porque no están
convencidos que el Centro de Ocio, por sí solo sea rentable. Peor no se pueden hacer las
cosas. No estoy de acuerdo. Propongo que el apartado d) sea excluido del pliego de
condiciones.
14º Antes que se adjudiquen las obras, exijo a nuestro Ayuntamiento que suscriba POLIZA
DE SEGUROS A TODO RIESGO a favor de los vecinos y edificios del Aparcamiento por
10 millones de €, para cubrir con la inmediatez que requiere el caso, posibles perjuicios.
15º En el Pliego de condiciones económico-administrativas, dice en la HOJA 14. Punto nº
11- CANON AL AYUNTAMIENTO POR LA CONCESIÓN.- En el Apartado nº 4 (HOJA Nº
15) dice “ El Canon total ofertado no será revisado durante los CUARENTA AÑOS DE
VIGENCIA DEL CONTRATO”. Este punto por sí solo es suficiente para pedir la anulación
total del pliego de condiciones. No se entiende que si a los ciudadanos cada cierto tiempo,
se nos suben los impuestos, para atender las necesidades del pueblo y para mantener sus
gastos, como a una Empresa que viene a ganar dinero a Villena, nuestro Equipo de
gobierno está dispuesto y ha aprobado un pliego de condiciones en donde se especifica
claramente que durante CUARENTA AÑOS pagará la misma cantidad, sin aumento de
ningún tipo. Exijo que el apartado nº 4 quede redactado en los siguientes términos “El
Canon total ofertado, será revisado anualmente durante los cuarenta años de vigencia del
contrato, aumentando o disminuyendo, según corresponda, con el índice de precios al
consumo, o índice que le sustituya”.
16º En el Pliego de condiciones económico-administrativa y en la HOJA Nº 15- CAPÍTULO
III- DERECHOS Y OBLIGACIONES, y en el punto nº 13- DERECHOS DEL
CONCESIONARIO.- En el apartado nº 3 Dice “Derecho al mantenimiento del equilibrio
económico financiero de la concesión, en la forma y extensión prevista en el artículo
248 del TRLCAP”. Nuestro Ayuntamiento no debe ni puede asegurar durante CUARENTA
AÑOS, el equilibrio económico de la concesionaria. Exijo que el apartado nº 3 sea excluido
del pliego de condiciones.
17º En el Pliego de condiciones económico-administrativa en la HOJA Nº 19, apartado nº
16-OBLIGACIONES DEL AYUNTAMIENTO.- En el apartado nº 2 dice “Mantener el
equilibrio-financiero de la concesión, en la forma y condiciones establecidas en el pliego
para lo cual:
a) Compensará económicamente al concesionario por razón de las modificaciones que le
ordenare introducir en la concesión y no se deriven del Pliego o contrato que se
formalice, ni de disposiciones legales de obligado cumplimiento, y que en todo caso
supongan incremento de los costes de concesión o disminución de la retribución del
concesionario.
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b) Revisará la retribución del concesionario cuando ello proceda por romperse el equilibrio
económico de la concesión, de acuerdo con lo previsto en el Pliego, o por aplicación de
la fórmula poli nómica de incremento de la retribución del concesionario que se incluya
en el contrato.
El apartado nº 2, por los motivos expuestos en anteriores alegaciones, exijo su total
anulación del pliego de condiciones, por ser lesivo a los intereses de Villena y sus ciudadanos.
18º CAPÍTULO IV del Pliego de Condiciones económico-administrativa. REGIMEN
JURÍDICO:
HOJA 20- punto 17-GARANTIAS PROVISIONAL Y DEFINITIVA. En el
apartado nº 2, se le exige al adjudicatario una garantía de 1.279.213.89 €, a todas luces
insuficiente para una inversión total de cerca de 32 millones de €. Solicito sea aumentada la
garantía como mínimo en 6 millones de €.
Por lo expuesto,
SOLICITA:
Que se tengan en cuenta las alegaciones presentadas, y en su virtud proceda a anular todos
los acuerdos del Pleno Extraordinario de ese Ayuntamiento de fecha 13 de Julio pasado,
relativos al Anteproyecto de Centro de Ocio, con PARKING incluido, del acuerdo de la
segregación y de la desafectación del dominio público de parte de la Avda. de la Constitución,
así como del Pliego de condiciones económico-administrativas del concurso para la
adjudicación del contrato de concesión para la construcción y explotación de un Centro de Ocio
en Villena. Y acogiéndome al REGLAMENTO ORGÁNICO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA,
aprobado por ese Ayuntamiento en su día si la petición ciudadana cubre el 15% del Censo
Electoral, le ruego encarecidamente considere la CONSULTA POPULAR solicitada en el nº 2
de las Alegaciones presentadas.
Villena, a
de
de 2006
Fdo. D/ª. _________________________
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