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REFORMA ASEOS EN SALA MULTIUSOS - COSAMAI
SERVICIO DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS – SECCION PROYECTOS
3 .-CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA SOBRE ACCESIBILIDAD
En la redacción del presente proyecto se ha tenido en cuenta la Normativa sobre Accesibilidad y Supresión
de Barreras Arquitectónicas de Castilla y León (Ley 3/1998, de 24 de junio, de Accesibilidad y Supresión de
Barreras, y Decreto 217/2001, de 30 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Accesibilidad y Supresión
de Barreras). El edificio objeto de proyecto está destinado a Centro Residencia Permanente por lo que su uso está
contemplado en el art. 2 de la citada Ley.
La comunicación horizontal por la planta del edificio queda garantizada por la inexistencia de barreras
arquitectónicas.
Se adjunta ficha ANEJO I
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ANEJO I.- CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA SOBRE ACCESIBILIDAD
Normativa sobre Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas de Castilla y León (Ley 3/1998, de 24 de
junio, de Accesibilidad y Supresión de Barreras, y Decreto 217/2001, de 30 de agosto, por el que se aprueba el
Reglamento de Accesibilidad y Supresión de Barreras)
Título II – Capítulo I – Sección 1ª – Centros Residenciales.
(Aplicable a las áreas de uso público, tanto exteriores como interiores, de los edificios, establecimientos e
instalaciones)
USO DE LA EDIFICACION : Educativo Especial
NORMA
HUECOS DE PASO
Artículo 7.3.5
PUERTAS
Artículo 7.3.6
EXIGENCIAS COMUNES A
BAÑOS, ASEOS, DUCHAS
Y VESTUARIOS
Artículo 9.1
ASEOS
Artículo 9.3.2
SERVICIOS,
INSTALACIONES Y
MOBILIARIO
Artículo 12
— La anchura mínima de todos los huecos de paso será de 0,80 m.
Accesos
Aseos
— A ambos lados de las puertas existirá un espacio libre horizontal
donde se pueda inscribir una circunferencia de Ø 1,20 m.
— Las puertas de vidrio deberán llevar un zócalo protector de ≥0,40 m.
de altura y doble banda horizontal señalizadora a altura entre 0,85
m y 1,10 m y entre 1,50 y 1,70 m.
PROYECTO
CUMPLE
Hojas 825, cm
Hojas 82,5 cm..
CUMPLE
— Exigencias mínimas según el Anexo II del Reglamento
— El itinerario que conduzca desde una entrada accesible del edificio
hasta estos espacios será accesible también.
CUMPLE
— Las puertas de paso dejarán un hueco libre ≥ 0,80 m
— Los espacios de distribución tendrán unas dimensiones tales que
pueda inscribirse una circunferencia de Ø 1,20 m libre de
obstáculos.
— Espacios dotado, al menos, de un inodoro y un lavabo.
— La planta del aseo adaptado tendrá unas dimensiones tales que
pueda inscribirse una circunferencia de Ø 1,50 m (Ø 1,20 m en
practicables) libre de obstáculos.
— Los lavabos estarán exentos de pedestal. Su borde superior a una
altura ≤ 0,85 m. Bajo el lavabo deberá dejarse un hueco mínimo de
0,68 m de altura y 0,30 m de fondo
— El inodoro con su borde superior a 0,45 m, con espacio lateral libre
de anchura ≥ 0,75 m y profundidad ≥ 1,20 m y dos barras auxiliares
de apoyo ≥ 0,60 m de longitud y ≤ 0,75 m de altura. La distancia
entre las barras ≤ 0,80 m, abatibles las que estén en el área de
aproximación.
— Exigencias mínimas según el Anexo II del Reglamento.
— Se regulan:
- Mostradores, barras y ventanillas
- Cajeros y otros elementos interactivos análogos
- Mecanismos de instalación eléctrica y alarmas
- Iluminación
- Elementos de mobiliario adaptado
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
CUMPLE
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ANEJO II.- CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA SOBRE RUIDO DE CASTILLA Y
LEON LEY 5/2009 .Art. 2. Ambito de aplicación Están sujetos a las prescripciones de esta ley todos los emisores
acústicos de titularidad pública, así como las edificaciones de cualquier tipo, en lo referente a
las condiciones acústicas que deben cumplir.
Las obras previstas a ejecutar se acometen en el interior del edificio, afectan
principalmente a acabados interiores e instalaciones, no modifican el uso del edificio y no está
previsto la incorporación de ningún elemento generador de ruido que modifique las actuales
condiciones acústicas del edificio, por lo que no se requiere adoptar ninguna medida correctora
especial, y se entiende cumplidas las condiciones exigidas.
ANEJO III.- PLAZO DE EJECUCION.El presente proyecto de ejecución contempla obras de reforma, se trata de un proyecto
completo susceptible de ser entregado a su uso una vez finalizadas las obras, y contienen los
documentos exigidos en el Art. 123 del R. D. Leg. 3/2011 de 14 de noviembre de Contratos del
Sector Público.
Para la realización de las obras se estima un plazo de ejecución de 1,5 MESES
ANEJO IV.- CLASIFICACION DEL CONTRATISTA.Los contratistas que opten a la ejecución de las obras deberán poseer como mínimo la
siguiente clasificación como Contratistas de Obras del Estado:
Grupo – C, subgrupos 4, categoría – 1
Dado el importe del proyecto, inferior a 350.000,00.- €. de precio cierto, no es
obligatorio la exigencia de clasificación.
ANEJO V.- DECLARACION DE OBRA COMPLETA.De acuerdo a lo establecido en el art. 125 y 127.2 del R. D. 1098/2001 de 12 de octubre
por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones
Públicas, el presente proyecto se refiere a una obra completa susceptible de ser entregada al
servicio correspondiente.
ANEJO VI.- REVISION DE PRECIOS.A la vista del plazo de ejecución de las obras, inferior a un año, y de acuerdo al art. 89
de la del R. D. Leg. 3/2011 de 14 de noviembre de Contratos del Sector Público, no procede la
revisión de precios.
León, Noviembre 2.016
El Arquitecto Técnico Jefe Sección Proyectos S.A.M.
D. Nemesio Martínez Martínez