Download CHIP ESTRATEGICO Y CHIP COSTA PARA

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
Para
De
Distribuidores Claro Móvil
María del Pilar Suárez G.
Asunto
BONIFICACION CHIP ESTRATEGICO Y CHIP COSTA
Dando alcance a la carta de Comisiones 2014-DIME01-S247478 del 01 de
Diciembre de 2014, de manera atenta, nos permitimos comunicarles que las
siguientes condiciones de Amigo SIM (Chip Estratégico y Chip Costa) continúan
vigentes durante el mes de Enero de 2016.
Es decir, a partir del 1 de Enero de 2016 y hasta el 31 de Enero de 2016
únicamente se pagarán las condiciones establecidas para dicho periodo.
BONIFICACION AMIGO SIM (CHIP ESTRATEGICO Y CHIP COSTA) :
Condiciones a aplicar en el periodo comprendido del 1 de Enero de 2016
hasta el 31 de Enero de 2016:
Para las activaciones de líneas prepago con Amigo Sim (Chip Estratégico y Chip
Costa) que se realicen en el periodo comprendido entre 1 de Enero de 2016 y el
31 de Enero de 2016, el distribuidor tendrá derecho a recibir dentro de los seis
meses siguientes a la activación de la línea una bonificación mensual del 8% del
valor de las recargas realizadas dentro del respectivo mes. Esta bonificación se
reconocerá, siempre y cuando la línea haya realizado al menos una llamada con
costo.
Así mismo, para el pago de la bonificación y el anticipo se requiere que el cliente
este activo en COMCEL, que los documentos hayan sido debidamente revisados y
aprobados conforme al Contrato de Distribución, políticas y procedimientos de
COMCEL e ingresados a través de los sistemas de activación y de legalización
(Digitación de datos en el Sistema Poliedro) dentro de los tiempos establecidos de
96 horas para Distribuidores de ciudades principales, y 120 horas para
Distribuidores regionales y que las facturas que presente el Distribuidor
discriminen el valor correspondiente a la bonificación y el valor correspondiente al
anticipo, conforme a lo estipulado en el párrafo 3° de la cláusula del Contrato de
Distribución denominada “Conciliación, Compensación, Deducción y Descuentos”
y en el numeral 5 y/o 6 del Anexo A del mismo.
Condiciones a aplicar a partir del 1 de Febrero de 2016:
El Distribuidor podrá vender una tarjeta SIM a los usuarios que tengan teléfonos
GSM desactivados y que operen en frecuencia de 850 Mhz.
Siempre que el cliente de la línea activada en prepago con Amigo Sim (Chip
Estratégico y Chip Costa), dentro de los seis meses siguientes a la fecha de
2016-GSDI01-S001084
04 DE ENERO DE 2016
1
INFORMACION CONFIDENCIAL
activación, realice cargas mensuales por un valor mayor o igual a $10.000,
COMCEL pagará al Distribuidor los siguientes valores:
MES
ANTICIPO 20%
1
2
3
4
5
6
$ 350
$ 350
$ 350
$ 350
$ 350
$ 350
BONIFICACIÓN POR
TOTAL A PAGAR AL
RECARGA
DISTRIBUIDOR
MENSUAL
$ 1.750
$ 2.100
$ 1.750
$ 2.100
$ 1.750
$ 2.100
$ 1.750
$ 2.100
$ 1.750
$ 2.100
$ 1.750
$ 2.100
Igualmente cada vez que el cliente dentro de los seis meses siguientes a la fecha
de activación complete cargas mínimas mensuales de $10.000 (Teniendo en
cuenta las cargas de $1.000, $2.000, $3.000 y $5.000), se reconocerá como una
carga de $10.000 y se generará la bonificación y el Anticipo de acuerdo a la tabla
anterior.
Sólo se reconocerá al Distribuidor los valores descritos en la tabla anterior, por la
primera carga de cada mes durante los 180 días calendarios siguientes a la fecha
de activación de la línea en prepago con Amigo Sim (Chip Estratégico y Chip
Costa) y siempre y cuando se haya realizado al menos una llamada con costo. Así
mismo, para el pago de la bonificación y el anticipo se requiere que el cliente este
activo en COMCEL, que los documentos hayan sido debidamente revisados y
aprobados conforme al Contrato de Distribución, políticas y procedimientos de
COMCEL e ingresados a través de los sistemas de activación y legalización
(Digitación de datos en el Sistema Poliedro) dentro de los tiempos establecidos de
96 horas para Distribuidores de ciudades principales, y 120 horas para
Distribuidores regionales y que las facturas que presente el Distribuidor
discriminen el valor correspondiente a la bonificación y el valor correspondiente al
anticipo, conforme a lo estipulado en el párrafo 3° de la cláusula del Contrato de
Distribución denominada “Conciliación, Compensación, Deducción y Descuentos”
y en el numeral 5 y/o 6 del Anexo A del mismo.
Sin otro particular,
MARIA DEL PILAR SUAREZ G.
Gerente de Servicio y Entrenamiento al Distribuidor
2016-GSDI01-S001084
04 DE ENERO DE 2016
2
INFORMACION CONFIDENCIAL