Download AlimenfosValdiVio

Document related concepts

Sucedáneo de carne wikipedia , lookup

Dieta blanda wikipedia , lookup

Gastronomía vegetariana wikipedia , lookup

Gastronomía de Eslovaquia wikipedia , lookup

Cashrut wikipedia , lookup

Transcript
usa
EXCLUSIVO
INAPI
8 47 41. ,t1. 11. 2CO 9
S0'i
Fecha8
o
IN'JEN1ARIO lAAPI
\111111111
a RENO
SOLICITUD DE REGISTRO
PRODUI
1395886
1 SOLICITANTE
R.U.T.
~A'~'¥'Eo~~'7flffl{}l~at1IVlrf~~A
96.803.220-8
R.U.T.
8'J1.~51~APU, KILO METRO 25, VALDIVIA
Ciudad
Comuna
2 REPRESENTANTE
Apellidos y Nombres
R.U.T.
SARGENT & KRAHN
79.713.300-0
DOlllicilio
Pais
3 MARCA I DENOMINACION
AV ALIMENTOS
DESCRIPCION
Palabra 0
Denominaci6n
SOLICIT ADA
VALDIVIA
ETIQUETA
ETIQUETA CONSISTENTE EN 'AV' DENTRO DE CIRCULO EN COLORES BLANCO
iii.,.·.·(.·..".·~.
~
AlimenfosValdiVio
PUBLICAR DESCRIPCION
(Marque opci6n)
I
4 EN ESTE CUADRO INDICAR CON (X) LA/S CLASE/S
DE PRODUCTOS
01
02
03
04
05
06
07
08
09
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
27
28
29
30
31
32
33
34
X
!j DE LA CLASE
29
ESPECIFICAR
PRODUCTO(S)
CARNE, PESCADO, AVES Y CAZA; EXTRACTOS DE CARNE; FRUTAS Y LEGUMBRES EN CONSERVA, SECAS Y
COCIDAS; JALEAS, MERMELADAS,
COMESTIBLES,
COMPOTAS; HUEVOS, LECHE Y PRODUCTOS LACTEOS; ACEITES Y GRASAS
CLASE 29.
VISITENOS EN: www.inapi.cl
LLENAR POR COMPUTADOR
0 MAQUINA DE ESCRIBIR
I
INFORME SAG.
Observaciones
(Para Productos
Clase 31)
S.A.G. N° Ord./
,.firma Jefe INAPI
Rechazase la Solicitud
de Registro,
del Art. 20 de la L.P.I. Letras
en Virtud
f") 7
It 1
y)
Tribunal de
Propiedad Industrial
Vistos:
A fojas 1, se solicito el registro de la marca mixta "AV ALIMENTOS VALDIVIA"
VALDIVIA LIMITADA,
para distinguir
por LACTEOS
carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y
legumbres en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos, leche y productos
lacteos; aceites y grasas comestibles, c1ase 29;
A fojas 1 vuelta, en ejercicio de la facultad conferida por el articulo 22 de la Ley 19.039, el Director
Nacional del Instituto
Nacional de Propiedad Industrial
por resolucion de fecha treinta de julio del
ano dos mil diez, rechazo de oficio dicho registro fundado
en las causales de irregistrabilidad
contenidas en las letras f) y h) del articulo 20 de la Ley de Propiedad Industrial,
inscrito bajo el numero 812.483,
correspondiente
pescado, mariscos, aves y caza; extractos
cocidas;
a la marca "VALDIVIA",
por el registro
que distingue
carne,
de carne; frutas y legumbres en conserva, secas y
pescados y mariscos en conservas;
jaleas,
mermeladas,
compotas;
huevos,
leche y
productos lacteos; aceites y grasas comestibles, c1ase 29, la que pertenece a PROCESADORA DE
CARNES LA VALDIVIA LIMITADA;
Con
10 relacionado y considerando,
1.- Que, dichas causales de rechazo dicen relacion con las semejanzas graficas y foneticas
determinantes
de los signos, y las que se presten para inducir en confusion,
respecto de la procedencia
0 cualidad
de los productos,
impidiendo
error 0 engano
su adecuada concurrencia
mercantil;
2.- Que, el signo mixto pedido "AV ALIMENTOS VALDIVIA",
distintividad
para su adecuada identificacion
rechazo de oficio "VALDIVIA",
posee, como conjunto,
la suficiente
en el mercado respecto de la marca fundante
del
sin que su coexistencia induzca en confusion, error 0 engano a los
consumidores;
3.- Que, a mayor abundamiento,
el solicitante
tiene inscritas las marcas "LACTEOS VALDIVIA
LTDA." Y "LAS PARCELAS DE VALDIVIA" en la misma cobertura solicitada en autos; y,
4.- Que, por todo 10 anterior, cabe estimar atendibles los fundamentos
del recurso de apelacion de
fojas 32.
Por tanto y de acuerdo con 10 previsto en los articulos 17 bis 6), 20 letras f) y h) Y 22 de la Ley de
Propiedad Industrial,
se revoca la resolucion apelada de fecha treinta de julio del ano dos mil diez,
escrita a fojas 1vuelta, y se declara en su lugar que se otorga el registro pedido, con proteccion al
conjunto.
Dejase constancia
que
procede
la devolucion
al apelante
interposicion del recurso.
Devuelvanse los autos.
Rol TPI N° 1140-2009
Pronunciada por los Ministros Sr. Victor Hugo Rojas Aguirre·
Oscar Torres Zagal.
de la suma
consignada
para
la
lANOTADA EN ESiADO 01
.",,"'-'-