Download RESUMEN DE LA PÓLIZA SEGURO BLINDAJE PLUS
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
RESUMEN DE LA PÓLIZA SEGURO BLINDAJE PLUS “PLAN SEGURO DEBITO ORO CHIP” 1. ¿Qué riesgos cubre? a) Cubre b) c) d) e) Indemnización por uso indebido de la Tarjeta a causa de hurto o de robo y/o asalto y/o secuestro en cajeros automáticos. Clonación y/o Fraude de la Tarjeta, incluyendo cambiazo. Fallecimiento Accidental a consecuencia del robo y/o asalto y/o secuestro Reembolso de gastos médicos por hospitalización por lesiones Reembolso de gastos de duplicados y reposición de documentos por hurto o por robo y/o asalto y/o secuestro (iii) a) Original o copia certificada de la denuncia policial. b) Fotocopia del documento de identidad del titular de la tarjeta de crédito. c) Presentar el código asignando la fecha y hora del bloqueo de la Tarjeta. d) Presentar los documentos que acrediten el lugar y los consumos y/o retiros de los cajeros automáticos indebidos, señalando la fecha, hora y monto. e) En caso que sea un tercero quien solicite la cobertura en representación del asegurado, deberá presentar carta poder simple con copia del DNI del Asegurado y del representante. 2. ¿Cuáles son las exclusiones? Se encuentran detalladas en el Certificado de Seguro. 3. ¿Cuáles son las causales de resolución del contrato? Cuando se reclame fraudulentamente en base a documentos o declaraciones falsas o cuando la Tarjeta Asegurada no se encuentre activa. 4. ¿Cuál es el procedimiento y plazo para presentar la solicitud de cobertura? Para los siguientes casos: (iv) Indemnización por uso indebido de laTarjeta Aseguradaemitida por el Contratante a causa de hurto o de robo y/o asalto y/o secuestro en cajeros automáticos. (i) (ii) Bloquear la tarjeta sustraída, mediante la llamada a la central de la Entidad Financiera y obtener el código de bloqueocorrespondiente, dentro de un plazo no mayor de cuatro (04) horas de ocurrido el siniestro. Presentar la denuncia policial, en la delegación correspondiente dentro de un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas de ocurrido el siniestro. El Asegurado o la persona que está actuando en su representación deberá acercarse, en un plazo no mayor a dos (2) días hábiles de ocurrido el siniestro, a la Entidad Financiera con los siguientes documentos: La Compañía o sus representantes designados, podrán razonablemente, solicitar documentos adicionales a los definidos líneas arriba para complementar el análisis del siniestro”. Clonación y/o Fraude de TarjetaAsegurada emitida por Contratante (Incluye “Cambiazo”). (i) la el Bloquear la tarjetamediante la llamada a la central de la Entidad Financiera y obtener el código de bloqueo correspondiente, dentro de un plazo no mayor de cuatro (04) horas de tomado conocimiento el Fraude y/o Clonación, vía (ii) (iii) comunicación de la entidad financiera o reportes de estados de cuenta o movimientos. Presentar la denuncia policial, en la delegación correspondiente dentro de un plazo no mayor de veinticuatro (24) horas de ocurrido el siniestro. El Asegurado o la persona que está actuando en su representación deberá acercarse al Contratante, en un plazo no mayor a dos (2) días hábiles de toma conocimiento el Fraude y/o Clonación, con: a) Original o copia certificada de la denuncia policial. b) Fotocopia del documento de identidad del titular de la tarjeta de crédito. c) Presentar el código asignando la fecha y hora del bloqueo de la Tarjeta. d) Presentar los documentos que acrediten el lugar y los consumos y/o retiros de los cajeros automáticos indebidos, señalando la fecha, hora y monto. e) En caso que sea un tercero quien solicite la cobertura en representación del asegurado, deberá presentar carta poder simple con copia del DNI del Asegurado y del representante. (iv) La Compañía o sus representantes designados, podrán razonablemente, solicitar documentos adicionales a los definidos líneas arriba para complementar el análisis del siniestro”. Fallecimiento Accidental a consecuencia del robo y/o asalto y/o secuestro El beneficiario debe acercarse a cualquier tienda del Contratante con los siguientes documentos: a. Carta simple Compañía. b. Certificado defunción. dirigida médico a La de c. Partida de defunción. d. Atestado policial completo, detallando fecha y circunstancias del accidente. e. Protocolo de necropsia completo. Reembolso de gastos médicos por hospitalización por lesiones a consecuencia de robo y/o asalto y/o secuestro El Asegurado pagará el importe de los gastos de la clínica u hospital, y presentará original de facturas de gastos médicos a La Compañía, quién los reembolsará por concepto del tratamiento médico incluyendo medicinas y exámenes especializados necesarios durante el periodo de hospitalización. Los gastos por hospitalización no excederán del máximo de días ni del monto máximo establecido en el Condicionado Particular por día de hospitalización. El Asegurado deberá presentar la siguiente documentación: (i) Informe médico que detalle el tratamiento efectuado, y los días de hospitalización requeridos. (ii) Recetas, solicitudes de exámenes y resultados de los mismos entre otros que permita validar a La Compañía la atención recibida por el Asegurado. Reembolso de gastos de duplicados y reposición de documentos por hurto o robo y/o asalto y/o secuestro. El Asegurado o la persona que está actuando en su representación debe presentar una carta simple dirigida a La Compañía adjuntando la copia de la denuncia policial y los documentos que sustenten los cobros efectuados por los entes emisores respectivos y demás comprobantes de gastos relacionados directamente con la reposición de estos documentos. 5. ¿Cuál es el procedimiento y plazo para efectuar reclamos? Los requerimientos y/o reclamos serán recibidos, en cualquier momento, vía fax al 611-9255, por correo o acercándote a Av. Paseo de la República 3071 en San Isidro, llamando a nuestra Central de Atención al Cliente (Lima) al 611-9230, enviando un correo electrónico a [email protected] ingresando a nuestra página web www.interseguro.com.pe. 6. ¿Cuál es el mecanismo de solución de controversias? Toda controversia, disputa, reclamo, litigio, divergencia o discrepancia, generada entre el Asegurado o Beneficiario y La Compañía serán resueltas mediante un arbitraje de derecho y de acuerdo al procedimiento establecido en la Ley General de Arbitraje (Decreto Legislativo Nº 1071). Esta información se encuentra detallada en el Artículo Nº17 del Condicionado General. 7. ¿Qué es la Defensoría del Asegurado? Es un organismo independiente que garantiza los derechos de los asegurados resolviendo sus reclamos que quedaron disconformes cuando agotaron todas las instancias al interior de su compañía de seguros. Los datos principales son: Dirección: Arias Aragüez 146, San Antonio, Miraflores, Lima - Perú Telefax: 446-9158 Correo electrónico:[email protected] Página web:www.defaseg.com.pe