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Transcript
ESPECIALIZACIÓN EN GESTION PUBLICA DISTRITAL
IV DIPLOMADO
III MODULO – FUNCION ADMINISTRATIVA
LISTADO DE INTEGRANTES
NOMBRE DEL GRUPO: HACENDARIOS UNO
CEDULA
19.170.309
NOMBRE
APELLIDO
Patricia López
Gónzalez
Helmuth Grisales
Aponte
Sandra Milena
Moreno Barrera
Lorenzo Galindo
Galindo
Alejandro Yepes
Chavarro
Martha Rocio Sánchez
Arce
Neyid Vicente Lugo
Cárdenas
Hugo Olaya Reyes
51.871.721
Marisol Diaz Vargas
51.974.476
Olga Lucia Rodríguez
52.160.289
79.813.509
52.295.436
19.459.751
19.415.872
39.538.031
19.269.986
E MAIL
ENTIDAD
[email protected]
Secretaria Distrital
de Hacienda
[email protected]
Secretaria Distrital
de Hacienda
[email protected]
Secretaria Distrital
de Hacienda
[email protected]
Secretaria Distrital
de Hacienda
[email protected]
Secretaria Distrital
de Hacienda
[email protected] Secretaria Distrital
de Hacienda
[email protected]
Secretaria Distrital
de Hacienda
[email protected]
Secretaria Distrital
de Hacienda
[email protected]
Secretaria Distrital
de Hacienda
[email protected] Secretaria Distrital
de Hacienda
ACTIVIDAD UNO
¿El Estado colombiano garantiza la seguridad, la libertad, la igualdad, el
bienestar social, la dignidad humana y, en general, los derechos de los
ciudadanos?
Nosotros creemos que si bien normativamente, especialmente a nivel de la
nueva Constitución Nacional, en la medida que los miembros que
integraban la Asamblea Nacional Constituyente representaba los más
diversos grupo sociales, étnicos, culturales y gremiales, doto de una
estructura jurídica básica, que pretendía solucionar en parte, los problemas
arraigados en el Estado Colombiano, de seguridad, la libertad, la igualdad,
el bienestar social, la dignidad humana y, en general, los derechos de los
ciudadanos, que hasta entonces en términos generales era un deseo del
Estado, pero que no se daba en la practica por culpa, de una parte del
mismo marco político y de otra parte, por falta de voluntad política.
La Constitución Nacional del 91, modernizo el Estado Colombiano, doto de
herramientas normativas a los diversos grupos sociales y a las personas en
particular, de mecanismos de participación ciudadana y acciones para
participar directamente en la defensa de sus derechos y en reclamación de
sus intereses tanto, a nivel de grupo como de particulares.
Se ampliaron los mecanismo de participación del pueblo, el cual con base en
el ejercicio de su soberanía, se tiene le voto, el plebiscito, el referendo, la
consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria
del mandato.
Modernizo el sistema de libertades públicas, al consagrar libertades de
culto; de conciencia; de expresión, pensamiento y opinión; de profesión u
oficio; de enseñanza; de aprendizaje; investigación y cátedra; de reunión y
asociación; y de libertad para participar en la conformación, ejercicio, y
control del poder político, dentro del sistema institucional.
Se establecieron los derechos de la mujer prohibiendo cualquier tipo de
discriminación y procurándole especial atención durante el embarazo; se
consagraron los derechos de los niños, de los adolescentes y de los
ancianos.
Se consagro un Estado descentralizado con autonomía de sus entes
territoriales, dotándoles de igual de oportunidad a los mismos, a través de
ingresos directos del presupuesto nacional.
Sin embargo, a pesar de ese marco legal, es necesario por una parte la
implementación y en algunos casos, la reglamentación de algunas de estas
nuevísimas instituciones para acercarlas a los ciudadanos y volverlas más
ágiles, eficientes, reales y cercanas al ciudadano del “Común”.
Pero también, es necesario la voluntad política del Estado y sus
instituciones, para hacer efectivo ese verdadero Estado Social de Derecho,
participativo, incluyente, participativo e igualitario.
Los organismo de control como las contralorías, defensorías, procuraduría,
veedurías y los organismos no gubernamentales, no siempre hacen su papel
con la verdadera pasión e imparcialidad que se requeriría, para que de
verdad se convirtieran en garantes de los derechos humanos y la defensoría
del bien estar social, en algunos casos, por falta de herramientas legales y
en otras de voluntad y corrupción la interior de las mismas o por estar al
servicios de intereses mezquinos cuando no, políticos.
También es necesario tener presente que en un Estado subdesarrollado
como el nuestro, con muy diversos y grandes recursos naturales pero mal
aprovechados y con escasez de recursos económicos, con una clase
dirigente corrupta, aunque no toda, para una población cada vez más
numerosa y pobre, no basta las solas normas jurídicas y aún la misma
voluntad política de algunos sectores, para que el Estado garantice la vida,
honra y bienes de los ciudadanos, además de la satisfacción, como estado
social, de las condicionas que permitan una vida digna, igualitaria y que
haga efectiva los derechos de los ciudadanos.
En conclusión, el Estado no garantiza adecuadamente la prestación de los
servicios públicos, seguridad social y en general la correcta practica de los
derechos ciudadanos.
Aunque, creemos que algo se ha avanzado, especialmente con la nueva
carta constitucional, pero todavía falta y falta mucho, pero somos
optimistas y creemos que cada uno de nosotros, podemos aportar para que
el estado colombiano haga efectivo y garantice los derechos ciudadanos.
¿Cómo evalúa la legitimidad del Estado colombiano a la luz de la aplicación
de los principios y fines esenciales de la organización política?
En algunos casos, no existe un verdadero desarrollo legal de estas
instituciones y en otros, la ausencia de esa voluntad política, han hecho que
no se cumpla esos propósitos de la Constitución del 91, y es así como
encontramos contrareformas constitucionales impulsadas por el mismo
Gobierno, por la clase política y aún, sectores de la clase dirigente que lo
único que pretenden es hacer nugatoria dicha principios y avances, que lo
que hacen es generar desconfianza hacia las instituciones.
Muchas de las instituciones que garantizan los fines de la organización
política, se encuentra en sus albores, no están lo suficientemente maduras,
para impulsar la aplicación de los principios y fines sociales del Estado social
de derecho.
Algunos sectores de la clase dirigente tradicional, se encuentran arraigadas
en las nuevas instituciones y hacen que estas no avancen.
Por todo lo anterior, los sectores de las personas más desvalidas y
marginadas del Estado, no ven una mejora en su forma de vida y en la por
lo tanto, no creen en el Estado, ni se consideran representados por la clase
política ni por la institucional.
Igualmente, hay sectores de personas de mejores condiciones económicas,
que solo ven al Estado y sus instituciones, como en el mejor de los casos,
un mal necesario, sino un obstáculo al desarrollo de su actividad cotidiana.
¿En qué medida la institucionalidad colombiana permite la realización de la
idea de Estado Social de Derecho?
Aunque suene repetitivo, la constitución del 91, le dio al Estado y sus
instituciones, por lo menos normativa y filosóficamente una directriz a la
política y la actividad de los poderes públicos, con contenido social,
erigiéndolo como una idea regulativa, ya que este debe buscar en sus
actuaciones una justicia social.
De acuerdo con sus respuestas, ¿es posible plantear una noción diferente de
Estado?
Creemos, que más importante que crear una noción diferente de Estado,
debemos, cada uno de nosotros contribuir a que se lleve a la realidad, los
principios consagrados en la constitución del 91.