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ESPECIALIZACIÓN EN GESTION PUBLICA DISTRITAL IV DIPLOMADO III MODULO – FUNCION ADMINISTRATIVA LISTADO DE INTEGRANTES NOMBRE DEL GRUPO: HACENDARIOS UNO CEDULA 19.170.309 NOMBRE APELLIDO Patricia López Gónzalez Helmuth Grisales Aponte Sandra Milena Moreno Barrera Lorenzo Galindo Galindo Alejandro Yepes Chavarro Martha Rocio Sánchez Arce Neyid Vicente Lugo Cárdenas Hugo Olaya Reyes 51.871.721 Marisol Diaz Vargas 51.974.476 Olga Lucia Rodríguez 52.160.289 79.813.509 52.295.436 19.459.751 19.415.872 39.538.031 19.269.986 E MAIL ENTIDAD [email protected] Secretaria Distrital de Hacienda [email protected] Secretaria Distrital de Hacienda [email protected] Secretaria Distrital de Hacienda [email protected] Secretaria Distrital de Hacienda [email protected] Secretaria Distrital de Hacienda [email protected] Secretaria Distrital de Hacienda [email protected] Secretaria Distrital de Hacienda [email protected] Secretaria Distrital de Hacienda [email protected] Secretaria Distrital de Hacienda [email protected] Secretaria Distrital de Hacienda ACTIVIDAD UNO ¿El Estado colombiano garantiza la seguridad, la libertad, la igualdad, el bienestar social, la dignidad humana y, en general, los derechos de los ciudadanos? Nosotros creemos que si bien normativamente, especialmente a nivel de la nueva Constitución Nacional, en la medida que los miembros que integraban la Asamblea Nacional Constituyente representaba los más diversos grupo sociales, étnicos, culturales y gremiales, doto de una estructura jurídica básica, que pretendía solucionar en parte, los problemas arraigados en el Estado Colombiano, de seguridad, la libertad, la igualdad, el bienestar social, la dignidad humana y, en general, los derechos de los ciudadanos, que hasta entonces en términos generales era un deseo del Estado, pero que no se daba en la practica por culpa, de una parte del mismo marco político y de otra parte, por falta de voluntad política. La Constitución Nacional del 91, modernizo el Estado Colombiano, doto de herramientas normativas a los diversos grupos sociales y a las personas en particular, de mecanismos de participación ciudadana y acciones para participar directamente en la defensa de sus derechos y en reclamación de sus intereses tanto, a nivel de grupo como de particulares. Se ampliaron los mecanismo de participación del pueblo, el cual con base en el ejercicio de su soberanía, se tiene le voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. Modernizo el sistema de libertades públicas, al consagrar libertades de culto; de conciencia; de expresión, pensamiento y opinión; de profesión u oficio; de enseñanza; de aprendizaje; investigación y cátedra; de reunión y asociación; y de libertad para participar en la conformación, ejercicio, y control del poder político, dentro del sistema institucional. Se establecieron los derechos de la mujer prohibiendo cualquier tipo de discriminación y procurándole especial atención durante el embarazo; se consagraron los derechos de los niños, de los adolescentes y de los ancianos. Se consagro un Estado descentralizado con autonomía de sus entes territoriales, dotándoles de igual de oportunidad a los mismos, a través de ingresos directos del presupuesto nacional. Sin embargo, a pesar de ese marco legal, es necesario por una parte la implementación y en algunos casos, la reglamentación de algunas de estas nuevísimas instituciones para acercarlas a los ciudadanos y volverlas más ágiles, eficientes, reales y cercanas al ciudadano del “Común”. Pero también, es necesario la voluntad política del Estado y sus instituciones, para hacer efectivo ese verdadero Estado Social de Derecho, participativo, incluyente, participativo e igualitario. Los organismo de control como las contralorías, defensorías, procuraduría, veedurías y los organismos no gubernamentales, no siempre hacen su papel con la verdadera pasión e imparcialidad que se requeriría, para que de verdad se convirtieran en garantes de los derechos humanos y la defensoría del bien estar social, en algunos casos, por falta de herramientas legales y en otras de voluntad y corrupción la interior de las mismas o por estar al servicios de intereses mezquinos cuando no, políticos. También es necesario tener presente que en un Estado subdesarrollado como el nuestro, con muy diversos y grandes recursos naturales pero mal aprovechados y con escasez de recursos económicos, con una clase dirigente corrupta, aunque no toda, para una población cada vez más numerosa y pobre, no basta las solas normas jurídicas y aún la misma voluntad política de algunos sectores, para que el Estado garantice la vida, honra y bienes de los ciudadanos, además de la satisfacción, como estado social, de las condicionas que permitan una vida digna, igualitaria y que haga efectiva los derechos de los ciudadanos. En conclusión, el Estado no garantiza adecuadamente la prestación de los servicios públicos, seguridad social y en general la correcta practica de los derechos ciudadanos. Aunque, creemos que algo se ha avanzado, especialmente con la nueva carta constitucional, pero todavía falta y falta mucho, pero somos optimistas y creemos que cada uno de nosotros, podemos aportar para que el estado colombiano haga efectivo y garantice los derechos ciudadanos. ¿Cómo evalúa la legitimidad del Estado colombiano a la luz de la aplicación de los principios y fines esenciales de la organización política? En algunos casos, no existe un verdadero desarrollo legal de estas instituciones y en otros, la ausencia de esa voluntad política, han hecho que no se cumpla esos propósitos de la Constitución del 91, y es así como encontramos contrareformas constitucionales impulsadas por el mismo Gobierno, por la clase política y aún, sectores de la clase dirigente que lo único que pretenden es hacer nugatoria dicha principios y avances, que lo que hacen es generar desconfianza hacia las instituciones. Muchas de las instituciones que garantizan los fines de la organización política, se encuentra en sus albores, no están lo suficientemente maduras, para impulsar la aplicación de los principios y fines sociales del Estado social de derecho. Algunos sectores de la clase dirigente tradicional, se encuentran arraigadas en las nuevas instituciones y hacen que estas no avancen. Por todo lo anterior, los sectores de las personas más desvalidas y marginadas del Estado, no ven una mejora en su forma de vida y en la por lo tanto, no creen en el Estado, ni se consideran representados por la clase política ni por la institucional. Igualmente, hay sectores de personas de mejores condiciones económicas, que solo ven al Estado y sus instituciones, como en el mejor de los casos, un mal necesario, sino un obstáculo al desarrollo de su actividad cotidiana. ¿En qué medida la institucionalidad colombiana permite la realización de la idea de Estado Social de Derecho? Aunque suene repetitivo, la constitución del 91, le dio al Estado y sus instituciones, por lo menos normativa y filosóficamente una directriz a la política y la actividad de los poderes públicos, con contenido social, erigiéndolo como una idea regulativa, ya que este debe buscar en sus actuaciones una justicia social. De acuerdo con sus respuestas, ¿es posible plantear una noción diferente de Estado? Creemos, que más importante que crear una noción diferente de Estado, debemos, cada uno de nosotros contribuir a que se lleve a la realidad, los principios consagrados en la constitución del 91.