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Transcript
Desafíos para los regímenes
tributarios y la técnica
tributaria de la
economía digital
Balsa, De León, Ferrari, Sartori
Diciembre, 2016
Introducción
Por qué y cómo
•
Economía digital: se ha convertido en una parte importante de la
economía, resultando difícil separarla del resto de la economía a los efectos
impositivos. Marzo 2016: población mundial 7,3 billones – 49,5% usuarios
de internet. Conexión diaria a internet entre 1 y 5 horas y media.
•
Tanto exportadores como importadores de capital deben repensar sus
sistemas tributarios para encarar esos desafíos.
•
Investigación: relevamiento de nuevos modelos de negocios, repaso de
normas vigentes en Uruguay, abordaje de soluciones discutidas a nivel
internacional, alternativas para el gravamen de la economía digital Uruguay
y exposición de razones por las cuales nos decantamos por alguna de ellas
para nuestro país.
2
Modelos de negocios
Tributación en el nuevo escenario digital
Tipos de ingresos en el comercio electrónico
•
Ingresos publicitarios.
•
Adquisición o arrendamiento de contenido digital.
•
Venta de artículos (incluidos los productos virtuales).
•
Ingresos por suscripción de abonos.
•
Venta de servicios.
•
Concesión de licencias sobre contenidos y tecnologías.
•
Venta de datos de usuarios y estudios de mercado personalizados.
•
Gastos encubiertos y productos reclamo.
3
Modelos de negocios
Tributación en el nuevo escenario digital
Principales características de la economía digital potencialmente
relevantes desde la perspectiva fiscal
•
Movilidad.
‐
Movilidad de activos intangibles.
‐
Movilidad de los usuarios.
‐
Movilidad de las funciones comerciales.
•
Utilidad de los datos y participación del usuario.
•
Efectos de Red.
•
Modelos de negocios multilaterales.
•
Tendencia hacia el monopolio u oligopolio.
•
Volatilidad.
4
Modelos de negocios
Tributación en el nuevo escenario digital
Problemática para gravar las nuevas manifestaciones de riqueza
•
Las normas actuales no capturan el uso de datos masivos, en un sistema
sin fronteras donde los intangibles y los nuevos modelos de negocios
crean el valor.
•
Presencia digital puede materializarse a través de (i) recolección de datos
provistos por los usuarios de productos y servicios digitales en un
determinado país X, y (ii) el uso de estos datos para actividades
desarrolladas en esa jurisdicción.
5
Modelos de negocios
Tributación en el nuevo escenario digital
Problemática para gravar las nuevas manifestaciones de riqueza
(cont.)
•
Sin embargo, si la compañía digital está radicada en otro país, el resultado
de esa presencia digital será gravado en ese otro país, aún cuando parte de
la creación de valor sea atribuible al país X.
•
En la medida que tal modelo económico no es contemplado por las normas
tributarias actuales, a nivel internacional, las compañías digitales tomaron
la oportunidad de asignar el valor generado por la recolección,
procesamiento y explotación de datos digitales, en países que aplican bajas
tasas de imposición.
6
Normativa uruguaya
•
Ausencia de normas especificas.
•
Número creciente de transacciones digitales.
•
Ley N° 19.355: responsables por impuestos – Entidades que intermedian en
la oferta y demanda de servicios de transporte de pasajeros prestado por
entidades no habilitadas.
•
Ley N° 19.355: responsables por impuestos – Entidades no residentes que
intermedian en la oferta y demanda de servicios de alojamiento prestado
por entidades no habilitadas.
•
Proyecto de Ley del 14/3/2016: regulación de las actividades de las
prestadores de servicios que se concreten a través de medios informáticos.
7
Normativa uruguaya
Imposición a la renta
•
Determinación de la fuente de las transacciones digitales.
•
Identificar la generación de “valor” asociada a la fuente.
•
Rentas de fuente mixta para localizar la “fuente”.
•
Utilidad de la definición de “Establecimiento permanente” en Uruguay.
•
Precios de transferencia.
8
Normativa uruguaya
Imposición al consumo
•
Determinar el aspecto espacial de transacciones digitales.
•
Objeto: ¿Bien intangible o servicio?
•
Fuente de imposición a la renta versus fuente de imposición para impuesto
al consumo.
•
Sin definir “Importación de servicios”.
•
Definiciones de “exportación de servicios” relacionadas con la economía
digital.
•
Sujetos interviniente en transacciones digitales.
9
Contexto internacional
OCDE
Plan BEPS: trabajo enfocado en combatir las estructuras artificiales y el
traslado de los beneficios de las MNC a jurisdicciones BONT. Propósito:
alinear la imposición con la localización de las actividades económicas.
Recomendaciones:
•
Evitar abuso de CDI (Acción 6) y la configuración de EP (Acción 7):
requiere modificar definición del EP de Agencia y las excepciones a la lista
negativa.
•
Medidas anti elusivas particulares: a través de resultantes de la Acción
2 (neutralización de efectos de instrumentos híbridos), Acción 4
(limitaciones a la erosión de la base imponible a través de pagos
financieros), Acción 5: redefinición de nexus approach para evitar uso
indebido de IP boxes, y Acción 3: eficacia de normas CFC para gravar en
cabeza de la titular de los activos.
10
Contexto internacional
OCDE
•
Reformulación de guías de PT (Acciones 8, 9 y 10): alinear resultados
con creación de valor.
•
En ausencia de presencia física en la jurisdicción donde los bienes y
servicios se consuman: se propone un nuevo concepto de nexo
gravable, basado en lo que denomina “presencia económica significativa”:
ventas, frecuencia de transacciones digitales y número de usuarios.
•
Determinación del resultado atribuible: insuficiencia de principios actuales
(activos, funciones y riesgos?). Redefinición.
•
Cursos de acción alternativos
‐
Aplicación de retenciones en la fuente.
‐
Imposición al consumo e impuestos específicos.
‐
Medidas unilaterales.
11
Contexto internacional
ONU, Unión Europea, Estados Unidos
•
ONU: reivindica derecho de países en vías de desarrollo a gravar en la
fuente tanto servicios (tecnología y comunicación, almacenamiento de datos
en la nube) como regalías. Atribución de beneficios: considerar el valor de
los datos del market country. En materia de PT: aboga por el uso del
método del profit Split (o métodos similares basados en las cadenas de
valor). IVA: no residentes vendedores que pasan determinado umbral,
registro y aplicación de IVA sobre las ventas en el market country.
•
UE: acciones alineadas con el trabajo de la OCDE, pero hay acciones
individuales. Noruega desde 2011 aplica IVA sobre e-services prestados por
proveedores no residentes. Reino Unido grava ingreso de MNC que tienen
un vínculo significativo con el mercado de destino (Diverted Profits Tax).
12
Contexto internacional
ONU, Unión Europea, Estados Unidos
•
EEUU: debate relativo a imposición indirecta que constitucionalmente
compete a los Estados de la Unión y a los municipios.
•
Internet Tax Freedom Act (ITFA) busca evitar que se grave con impuestos el
acceso a internet, el envío de correos electrónicos y el tráfico de información
online. Concebida como disposición provisoria, pero desde 2016 tiene
carácter permanente, pero sólo prohíbe la imposición por parte de más de
un Estado, sin haber dispuesto parámetros claros para el gravamen de las
transacciones virtuales. Jurisprudencia de la Corte Suprema de Estados
Unidos asumió rol relevante.
•
Conflicto entre el estado donde está el consumidor del producto digital y
aquel donde se sitúa su proveedor: sigue vigente y la falta de resolución no
contribuye a aportar lineamientos que permitan dar certeza al gravamen de
las transacciones virtuales, ni internacionales ni domésticas.
•
En imposición sobre la renta (federal), también se discute la redefinición del
concepto de EP para este tipo de negocios (similar a BEPS).
13
Contexto internacional
Latinoamérica
•
En general, carecen de normativa específica en la materia. Brecha entre los
sistemas tributarios latinoamericanos y la celeridad del comercio
electrónico.
•
Aplican normas generales a estas situaciones nuevas y particulares.
•
Foro sobre la Tributación de la Economía Digital (Noviembre 2015):
expertos de diversas Administraciones Tributarias de la región.
•
Posición favorable a gravar en la fuente de generación de la renta para estas
operaciones, y a gravar en el país del beneficiario de los bienes y servicios.
•
No se proponen modificaciones sustanciales a la legislación, ni la creación
de nuevos impuestos “ad hoc”. Se recomienda ajustar métodos de aplicación
de los tributos y el control (énfasis en cooperación internacional). El
gravamen de las operaciones por medios digitales no debiera diferir
sustancialmente del gravamen al comercio tradicional, ya que lo que cambia
es la forma en la que la riqueza se manifiesta.
14
Alternativas de modificaciones
Consideraciones generales
•
Capacidad contributiva.
•
Igualdad.
•
Necesidad de cambios.
•
Evitar los trasplantes automáticos de soluciones que no contemplen las
necesidades y la tradición jurídica del país.
15
Alternativas de modificaciones
Tributación sobre la renta
•
El principio de la fuente como ventaja comparativa.
•
Abstracción del problema de la residencia.
•
Planteamiento de un problema distinto: establecer la fuente.
•
Aggiornamiento del concepto, valor del market country.
•
Incidencia de la incipiente red de CDIs.
•
Redefinición del concepto de EP de manera que abarque casos con nula
presencia física en el país y aclare algunos aspectos relacionados con
actividades auxiliares o preparatorias.
16
Alternativas de modificaciones
Tributación sobre la renta
•
Aplicabilidad del concepto de renta internacional.
•
Posibilidad de determinación en base real.
- Ausencia de presencia física en el market country: atribución de
utilidades requerirá análisis adicional porque las reglas actuales en la
materia deben ajustarse (presencia económica significativa).
- Aplicación práctica de Profit Split; APAs multilaterales.
•
Determinación ficta de renta de fuente uruguaya.
•
Utilización de presunciones.
•
Criterios técnicos adecuados.
•
La retención como instrumento: especial cuidado en su aplicación.
17
Alternativas de modificaciones
Imposición sobre el Valor Agregado
•
Forma alternativa o acumulativa de apreciar la capacidad contributiva
sobre la base del consumo.
•
Imposición en destino: bienes tangibles e intangibles.
•
Prestación de servicios: porción prestada dentro de fronteras.
•
Primer problema: calificación como servicio.
•
Segundo problema: determinación de la porción del servicio llevada a
cabo en el país.
•
Importación de servicios.
18
Alternativas de modificaciones
Impuestos Especiales
•
Simplicidad.
•
Difícil adaptación a avances posteriores.
•
Efectos distorsivos.
•
Debería coordinarse con el resto del sistema.
•
No aconsejable.
19
Muchas gracias
20