Download iv. administración de justicia

Document related concepts

ObjectDB wikipedia , lookup

Mapeo objeto wikipedia , lookup

Data Access Object wikipedia , lookup

Transcript
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 148
LUNES 16 DE ENERO DE 2017
B.O.C.M. Núm. 13
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE
38
MADRID
PRESIDENCIA
EDICTO
Calendario de guardias de los Juzgados de Arganda del Rey para el año 2017, que ha
sido aprobado por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior en el acuerdo 1.18.o de la
sesión celebrada en el día de hoy, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 46.2 del Reglamento 1/2005 de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales.
AÑO 2017
ENERO
Jº
FEBRERO
Jº
MARZO
Jº
ABRIL
Jº
1-4
5-11
12-18
19-25
26-31
1
2
3
4
5
1
2-8
9-15
16-22
23-28
5
6
7
1
2
1
2-8
9-15
16-22
23-29
30-31
2
3
4
5
6
7
1-5
6-12
13-19
20-26
27-30
7
1
2
3
4
MAYO
Jº
JUNIO
Jº
JULIO
Jº
AGOSTO
Jº
1-3
4-10
11-17
18-24
25-31
4
5
6
7
1
1-7
8-14
15-21
22-28
29-30
2
3
4
5
6
1-5
6-12
13-19
20-26
27-31
6
7
1
2
3
1-2
3-9
10-16
17-23
24-30
31
3
4
5
6
7
1
SEPTIEMBRE
Jº
OCTUBRE
Jº
NOVIEMBRE
Jº
DICIEMBRE
Jº
1-6
7-13
14-20
21-27
28-30
1
2
3
4
5
1-4
5-11
12-18
19-25
26-31
5
6
7
1
2
1
2-8
9-15
16-22
23-29
30
2
3
4
5
6
7
1-6
7-13
14-20
21-27
28-31
7
1
2
3
4
Nota informativa: la duración de la guardia es de ocho días, comenzando el jueves de
cada semana, hasta el jueves de la semana siguiente. Ahora bien, se considera que el octavo día se está de guardia solo a los efectos de celebrar los juicios rápidos que se hubieren
producido durante dicha semana de guardia.
También hay que tener en cuenta que el relevo del Juzgado de guardia se produce a las
9.00 horas del día en que comienza dicha guardia (cada jueves).
BOCM-20170116-38
CALENDARIO DE GUARDIAS DE LOS JUZGADOS
DE ARGANDA DEL REY
BOCM
B.O.C.M. Núm. 13
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 16 DE ENERO DE 2017
Pág. 149
BOCM-20170116-38
Para el supuesto previsto en el artículo 47 del Reglamento 1/2005 de los aspectos accesorios de las actuaciones judiciales: El Juzgado (Jdo.) que se encuentre de guardia será
coadyuvado, en primer lugar, por el juez que se encuentre de incidencias. Si fuera necesario la colaboración de más Juzgados, serían llamados a coadyuvar sucesivamente en el siguiente orden, respectivamente: el Jdo. número 1 será coadyuvado por los números 2, 3, 4,
5, 6, y, en último lugar, el número 7; el Jdo. número 2, por los números 3, 4, 5, 6, 7 y 1; el
Jdo. número 3, por los números 4, 5, 6, 7, 1 y 2; el Jdo. número 4, por los números 5, 6, 7,
1, 2 y 3; el Jdo. número 5, por los número 6, 7, 1, 2, 3 y 4; el Jdo. número 6, por los números 7, 1, 2, 3, 4 y 5; el Jdo. número 7, por los números 1, 2, 3, 4, 5 y 6; el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, por el juzgado que esté en ese momento de guardia, siguiendo el orden sucesivo en segundo, tercer, cuarto, quinto y sexto lugar.
Madrid, a 28 de noviembre de 2016.—El presidente, Francisco Javier Vieira Morante.
(03/44.799/16)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791