Download Portugal - Iberconceptos

Document related concepts

Traslado de la corte portuguesa a Brasil wikipedia , lookup

Independencia de Brasil wikipedia , lookup

Imperio portugués wikipedia , lookup

Reino Unido de Portugal, Brasil y Algarve wikipedia , lookup

Ultimátum británico de 1890 wikipedia , lookup

Transcript
Javier Fernández Sebastián
(Director)
Diccionario político y social
del mundo iberoamericano
La era de las revoluciones, 1750-1850
[Iberconceptos-I]
Editores
Cristóbal Aljovín de Losada
João Feres Júnior
Javier Fernández Sebastián
Fátima Sá e Melo Ferreira
Noemí Goldman
Carole Leal Curiel
Georges Lomné
José M. Portillo Valdés
Isabel Torres Dujisin
Fabio Wasserman
Guillermo Zermeño
Fundación Carolina
Sociedad Estatal de Conmemoraciones Culturales
Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
Madrid, 2009
Los editores de esta obra expresan su agradecimiento al Grupo Santander por el
apoyo recibido para su difusión.
Fundación Carolina
General Rodrigo, 6, 4.ª planta
28003 Madrid
www.fundacioncarolina.es
Sociedad Estatal de Conmemoraciones Culturales
Fernando el Santo, 15, 1.º
28010 Madrid
www.secc.es
Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
Plaza de la Marina Española, 9
28071 Madrid
http://www.cepc.es
Catálogo general de publicaciones oficiales
http://www.060.es
Quedan rigurosamente prohibidas, sin la autorización escrita de los titulares del
copyright, bajo las sanciones establecidas en las leyes, la reproducción total o parcial
de esta obra por cualquier medio o procedimiento, comprendidas la reprografía y el
tratamiento informático.
© Javier Fernández Sebastián (dir.)
© De esta edición, 2009: Fundación Carolina
© De esta edición, 2009: Sociedad Estatal de Conmemoraciones Culturales
© De esta edición, 2009: Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
NIPO: 005-09-045-2
I.S.B.N.: 978-84-259-1462-1 (CEPC)
I.S.B.N.: 978-84-96411-66-1 (SECC)
Depósito legal: BI-2069-09
Diseño de cubierta: Área Gráfica Roberto Turégano
Imagen cubierta: «Carte nouvelle de la mer du Sud», de Andries de Leth
Fotocomposición e impresión: Composiciones RALI, S.A.
Particular de Costa, 8-10, 7.ª planta
48010 Bilbao
ÍNDICE
Relación de autores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
11
Cuadro sinóptico de voces y autores . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
17
Siglas y abreviaturas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
19
INTRODUCCIÓN. HACIA UNA HISTORIA ATLÁNTICA DE LOS CONCEPTOS POLÍTICOS, por Javier Fernández Sebastián . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
23
1.
2.
3.
4.
Presentación y bases metodológicas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Hipótesis de partida . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Contenido, fuentes y estructura interna del Diccionario . . . . . . . . . .
Las Revoluciones iberoamericanas, doscientos años después. El desafío de la modernidad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
5. Las Revoluciones iberoamericanas como laboratorio político. Historia conceptual y comparatismo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
25
27
32
Agradecimientos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
47
1. AMÉRICA/AMERICANO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
49
El concepto de América en el mundo atlántico (1750-1850): Perspectivas teóricas y reflexiones sustantivas a partir de una comparación
de múltiples casos, por João Feres Júnior. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
51
Argentina - Río de la Plata . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Brasil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Chile . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Colombia - Nueva Granada. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
México - Nueva España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Perú. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Portugal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Venezuela . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
68
80
91
101
116
130
142
153
166
2. CIUDADANO/VECINO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
177
35
40
Ciudadano y vecino en Iberoamérica, 1750-1850: Monarquía o República, por Cristóbal Aljovin de Losada . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 179
Argentina - Río de la Plata . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Brasil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Chile . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
199
211
223
7
Diccionario político y social del mundo iberoamericano
Colombia - Nueva Granada. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
México - Nueva España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Perú. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Portugal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Venezuela . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
234
247
259
271
282
293
3. CONSTITUCIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
305
Ex unum, pluribus: revoluciones constitucionales y disgregación de las
monarquías iberoamericanas, por José M. Portillo Valdés . . . . . . . . 307
Argentina - Río de la Plata . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Brasil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Chile . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Colombia - Nueva Granada. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
México - Nueva España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Perú. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Portugal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Venezuela . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
325
337
352
364
374
383
392
401
413
4. FEDERACIÓN/FEDERALISMO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
423
De los muchos, uno: El federalismo en el espacio iberoamericano, por
Carole Leal Curiel . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 425
Argentina - Río de la Plata . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Brasil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Chile . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Colombia - Nueva Granada. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
México - Nueva España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Perú. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Portugal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Venezuela . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
451
462
473
486
498
506
517
525
536
5. HISTORIA. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
549
Historia, experiencia y modernidad en Iberoamérica, 1750-1850, por
Guillermo Zermeño Padilla. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 551
Argentina - Río de la Plata . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Brasil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Chile . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Colombia - Nueva Granada. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
8
580
593
605
616
628
Índice
México - Nueva España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Perú. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Portugal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Venezuela . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
642
654
666
681
6. LIBERAL/LIBERALISMO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
693
Liberalismos nacientes en el Atlántico iberoamericano. «Liberal» como
concepto y como identidad política, 1750-1850, por Javier Fernández Sebastián . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 695
Argentina - Río de la Plata . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Brasil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Chile . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Colombia - Nueva Granada. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
México - Nueva España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Perú. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Portugal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Venezuela . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
732
744
756
770
783
797
808
824
836
7. NACIÓN. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
849
El concepto de nación y las transformaciones del orden político en Iberoamérica (1750-1850), por Fabio Wasserman . . . . . . . . . . . . . . . . . 851
Argentina - Río de la Plata . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Brasil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Chile . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Colombia - Nueva Granada. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
México - Nueva España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Perú. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Portugal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Venezuela . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
870
882
894
906
919
929
941
953
967
8. OPINIÓN PÚBLICA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
979
Legitimidad y deliberación. El concepto de opinión pública en Iberoamérica, 1750-1850, por Noemí Goldman . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 981
Argentina - Río de la Plata . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Brasil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Chile . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Colombia - Nueva Granada. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
México - Nueva España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
999
1011
1024
1037
1050
1065
9
Diccionario político y social del mundo iberoamericano
Perú. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1077
Portugal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1091
Venezuela . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1104
9. PUEBLO/PUEBLOS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1115
Entre viejos y nuevos sentidos: «Pueblo» y «pueblos» en el mundo iberoamericano, 1750-1850, por Fátima Sá e Melo Ferreira . . . . . . . . . 1117
Argentina - Río de la Plata . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Brasil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Chile . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Colombia - Nueva Granada. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
México - Nueva España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Perú. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Portugal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Venezuela . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1139
1151
1163
1176
1190
1202
1218
1228
1241
10. REPÚBLICA/REPUBLICANO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1251
De la República y otras repúblicas: La regeneración de un concepto,
por Georges Lomné . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1253
Argentina - Río de la Plata . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Brasil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Chile . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Colombia - Nueva Granada. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
México - Nueva España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Perú. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Portugal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Venezuela . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
1270
1282
1293
1306
1321
1332
1345
1357
1369
Apéndice cronológico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1381
Argentina - Río de la Plata . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Brasil. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Chile . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Colombia - Nueva Granada. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
México - Nueva España . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Perú. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Portugal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Venezuela . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
10
1383
1387
1390
1394
1400
1404
1408
1414
1419
NACIÓN
PORTUGAL
Sérgio Campos Matos
E
n las sociedades europeas del Antiguo Régimen coexistieron múltiples
conceptos de nación, ya fuera en el sentido de pueblo que vive en un país o
reino, como en el sentido del conjunto de las élites o como sinónimo de
Estado. En todas ellas se puso de manifiesto la tendencia a la identificación de la
nación con el rey, figura paternal que se erigía en representante máximo del reino,
de la monarquía e incluso de la propia comunidad. Entre el monarca y el pueblo
se establecía una relación simbólica que se expresaba en momentos significativos
de la vida pública (entradas reales, conmemoraciones, etc.). En la Inglaterra del
siglo xvii se fue difundiendo otro concepto –la nación como pueblo soberano– y
en los primeros momentos de la Revolución francesa el de conjunto político formado por los ciudadanos del país (Tulard, 1998, 1002). Pero enseguida se identificó a la nación con el pueblo y con el Estado. En el lugar del rey como objeto de
culto se colocó a la nación, nueva fuente de soberanía, anterior a todo derecho
positivo, principio consagrado en la Declaración de los Derechos del Hombre y
del Ciudadano, de agosto de 1789 (artículo 3). O sea, la monarquía dejaba de ser
el sujeto político más relevante, para dar lugar a un nuevo agente colectivo –la
nación–, entidad ésta que sería, en gran medida, protagonista de la vida política
del diecinueve (Fernández Sebastián, 2003). Y la teoría revolucionaria, sobre todo
de importación francesa, por más que implicara diversas acepciones (Guerra,
2003), acentuaría la idea de que la existencia de la nación se basa en la voluntad
popular.
Los usos del concepto de nación en el caso portugués deben ser comprendidos teniendo en cuenta la especificidad de la situación histórica vivida a partir de
las invasiones francesas (1807-1811): traslado de la corte a Brasil (1807) y transferencia del centro político del Imperio a Río de Janeiro; crisis del antiguo sistema
colonial, que se traduce en el colapso de una economía basada en el tráfico transatlántico; dominio inglés entre 1810 y 1820 y afirmación del nacionalismo liberal
que fundamentaría la primera experiencia política del liberalismo en Portugal
(1820-1823); enfrentamientos políticos y militares (incluyendo dos guerras civiles: en 1832-1834 y en 1846-1847) entre liberales y partidarios de la monarquía
absoluta, así como entre las diversas facciones en el poder, en el largo periodo de
instauración del régimen liberal (1820-1851), hasta cierto punto comparable a la
953
Diccionario político y social del mundo iberoamericano
experiencia española: sincronía de acontecimientos, debilidad de las clases medias, intervención de los militares en la vida política, carácter oligárquico del poder político, caciquismo. Este contexto histórico, junto a la larga experiencia histórica de Portugal como nación, con fronteras estables desde el siglo xiii, dotada
de una relativa unidad lingüística y sin conflictos regionales o étnicos significativos (sobre todo a partir del siglo xviii) deben ser tenidos en cuenta para comprender las vicisitudes de los usos de este término.
Procedente del latín (natio, onis), el término nación se difundió en la lengua
portuguesa en el siglo xiv, siendo aplicado, con frecuencia, a los judíos. Designaba entonces a una comunidad de origen, con sentido étnico. Pero en ocasiones adquirió un sentido territorial (Albuquerque, 1974, 66) y lingüístico, reflejando así la extensión de una conciencia nacional que lentamente se iba
afirmando entre las élites. En el siglo xvi surge ya con el significado de «agrupamiento político autónomo» (Houaiss, III, 2580). También en otras lenguas
(castellano, francés e inglés), además de los usos de sentido étnico, se registran
usos de sentido político, situación que aún continúa prevaleciendo durante el
siglo xviii (Chiaramonte, 2003, 69-71). A comienzos de esta centuria, en un
diccionario que expresa la conciencia de la Ilustración europea, además del sentido político, surge una diferenciación en relación a la noción de pueblo: nación
es un «nombre colectivo, que se dice de la Gente que vive en alguna gran región,
o Reino, bajo el mismo Señorío. En esto se diferencia nación de pueblo, porque
nación comprende muchos pueblos; y así Beirões, Minhotos, Alentejanos, etc., componen la nación portuguesa [...]; Castellanos, Aragoneses, Andaluces, etc.,
componen la nación española» (Bluteau, 1716, V, 658; subrayado nuestro). En
los diccionarios del siglo xix, el sentido de resonancia étnica sigue siendo común («gente de un país»), junto a la vinculación a un territorio o la pertenencia
a un país, dotado de un Estado y de leyes propias. Sin dejar de exponer este
sentido, Morais e Silva retomará asimismo la idea de que una nación comprende
pueblos «diversos los unos de los otros por diferencias locales y físicas o políticas y morales». Pero incluye también la concepción organicista de nación
como «cuerpo de ciudadanos», dividido en muchas clases y que incluye al pueblo (Morais, 6ª ed., 1858, t. II, 408).
En el marco temporal contemplado, conviene distinguir tres momentos particularmente significativos en los usos del término nación y, sobre todo, en los
debates en torno a sus significados:
1. Hasta 1808 no fue muy usado por la élite política, que prefería los términos reino y monarquía, a menudo escritos en mayúsculas: véase, por ejemplo, la
Dedução Cronológica e analítica (1767) y el Compêndio Histórico do estado da
Universidade de Coimbra (1771), dos obras clave en la legitimación doctrinaria
del pombalismo. Estos dos últimos conceptos –Reino y Monarquía– adquirían a
veces el sentido de Estado. En términos geográficos, abarcaban no sólo el territorio metropolitano, sino también los territorios ultramarinos (el rey se designaba
Rei de Portugal, dos Algarves daquém e dalém-mar em África, Senhor da Guiné
e da Conquista Navegação do Comércio da Etiópia, Arábia, Pérsia e Índia...). Lo
954
Sérgio Campos Matos
Nación – Portugal
mismo, por lo demás, podría decirse, aunque con variantes que importará señalar,
del término nación. Los conceptos de nación y reino con frecuencia eran usados
de forma indiferenciada, incluso en obras tan significativas como las de los ilustrados Luís António Verney (1746) y Ribeiro Sanches (1760) o, más tardíamente,
de autores como Ricardo R. Nogueira (1866 [1795-1796]) y Rodrigues de Brito
(1992 [1803]). La palabra nación es usada por autores como Pascoal de Melo Freire (1788) en el marco de una idea regalista: la Nación, en mayúscula, nótese, es
protegida por el monarca. Esa protección es un «supremo derecho» que no depende de ningún pacto con el pueblo. La soberanía es hereditaria, no puede ser
conferida por el pueblo, que no la tenía. Pero también, en divergencia con Melo
Freire, por António Ribeiro dos Santos, quien, partiendo de una concepción orgánica de la monarquía, procura marcar los límites entre los derechos del Príncipe
y los derechos inviolables de la Nación, entre el dominio patrimonial de los bienes regios y el dominio nacional (Pereira, s. f., 252-260 y 321). Para ello invoca las
leyes fundamentales definidas en las supuestas Cortes de Lamego (una tradición
mítica inventada en el segundo cuarto del siglo xvii), lo que implica una revalorización del papel de las cortes, procurando así moderar la soberanía real. Tendía a
justificarse la posición del rey invocando a la nación.
El tradicionalismo recibió, no obstante, otros matices: la felicidad de una nación depende de la eficacia de la acción del príncipe y la propia soberanía es el
«reconocimiento de la voluntad divina» (y no el producto de la voluntad general):
así pensaba el Marquês de Penalva en la primera obra en que se expone en Portugal el tradicionalismo contrarrevolucionario (Penalva, 1799, 39). Penalva sostiene
una teoría providencialista y dinástica de la nación que legitima el poder absoluto
del monarca. Y se adopta una concepción organicista, el «cuerpo de la Nación» a
que se refiere, en cuanto que totalidad, se identifica exclusivamente con el rey. No
sorprende, pues, que critique las teorías contractualistas entonces en boga. También resulta significativo que, del lado de un reformista partidario de la fisiocracia
como Rodrigues de Brito, se afirme la intención de «consolidar la nación y el
trono en una sola persona moral en que se respeten y amen sus mutuos intereses,
y su mutua felicidad y conservación» (Brito, 1992 [1803], 7).
Pero conviene destacar una diferencia entre los casos de España y Portugal:
mientras que España era una monarquía compuesta, y aún tardíamente se hablaba
de «reinos» y «provincias» de las Españas (y no de España), en Portugal el carácter unitario del Estado prevaleció siempre. Agregado de reinos, la Monarquía
española no poseía aún existencia jurídica unitaria en el siglo xviii, si bien, durante esa centuria, las nociones de nación y de patria tenderán a centrarse en una
única entidad: España (Guerra, 2003, 49). En el caso portugués surgen en ocasiones, durante el siglo xviii, expresiones como «Monarquía y sus dependencias»
(Sousa, 1946 [1732]) y «Reinos y sus dominios» (Compêndio histórico... 1771).
Pero el sentido unitario del Estado y de la nación no se ve afectado por tales designaciones. La idea de que la nación incluía sus dominios imperiales era indiscutible. Así, por ejemplo, para un gobernador de la capitanía de Bahía (Brasil), a
finales del siglo xviii –D. José de Portugal–, la nación portuguesa era una sola e
indivisible en la diversidad de sus partes. Y su referente era el Estado, la Monar955
Diccionario político y social del mundo iberoamericano
quía (Jancsó y Pimenta, 2000, 145). El territorio y la memoria histórica comunes
también eran invocados, ya en las primeras décadas del diecinueve.
2. A finales de 1808, en una proclama de los gobernadores del reino (representantes del poder político, ya entonces radicado en Río de Janeiro) que exhortaba a los portugueses a la resistencia contra los ocupantes franceses, el término
nación es ya central (al contrario de reino): «Vale más combatir por la independencia de la nación que servir de víctima a los caprichos de un tirano. A la nación
que quiere ser libre, ninguna fuerza la puede tornar esclava. Una nación levantada en masa tiene una fuerza irresistible» (Gazeta de Lisboa, 50, 9-12-1808, 3;
subrayados nuestros). El concepto aparece ya en un sentido de singular colectivo
(«la masa de la Nación» que «empuña las armas»), entidad dotada de voluntad
propia, autónoma en relación a la figura del monarca que se encontraba lejos del
teatro europeo, aunque a él asociada. Se combatía contra un ejército invasor que
no era, a fin de cuentas, sino el resultado de la Revolución francesa y del Imperio
que la había sucedido. Tal como en España, en un sentido moderno, una conciencia nacionalista nacía en Portugal al calor del enfrentamiento contra la ocupación
francesa y, poco después, también contra las arbitrariedades del poder británico
(Silbert, 1998). Si entendemos el nacionalismo no sólo como ideología, sino como
doctrina sobre el Estado y movimiento político y social, es discutible que se pueda adoptar el concepto de nacionalismo al caso portugués en el tiempo de las invasiones francesas (1807-1811). Pero no hay duda de que, en el marco de ese enfrentamiento –en Portugal conocido como Guerra Peninsular y no como Guerra
de Independencia, como sucedió en España–, que se prolonga en un conflicto
contra la tutela británica hasta la Revolución liberal de 1820, se fue desarrollando
una conciencia nacionalista entre las élites militares, políticas e intelectuales.
En 1808, en un periódico de combate contra la ocupación francesa traducido
del español, se reivindicaba la convocatoria de Cortes generales, condición necesaria para alcanzar la felicidad de la nación, y se defendía la idea de la soberanía
popular (Semanário Patriótico, t. I, nº 1, 1808, 34). En otros diarios y también en
numerosos panfletos antinapoleónicos, el concepto de nación adquiría gran protagonismo como entidad de resistencia al invasor francés. Tal entidad surge dotada de cualidades morales –libre, orgullosa, generosa, poseedora de una memoria
histórica única–, por oposición a otra nación, infame y opresora, Francia: «Cada
nación tiene su orgullo particular, y se atribuye exclusivamente cualidades, que la
distinguen de todas las demás Naciones del Universo [...]; sesenta millones gimen
bajo la influencia de una sola Nación» (O Telégrafo Português ou Gazeta antiFrancesa, 13, 6-II-1809, [3-4]). El ideario liberal iba penetrando en las élites, sobre todo a través de la prensa periódica publicada en Londres y París por los
exiliados que allí se encontraban. Evidentemente, se trataba de una minoría que,
sobre todo desde el exterior, procuraba difundir nuevas ideas críticas en relación
a la sociedad estamental y al poder político que dominaría en Portugal hasta 1834,
con el final de la Guerra Civil (1832-1834) y, definitivamente, del Antiguo Régimen político. Debe notarse, sin embargo, que en aquel año de 1808, una profunda
y original transformación (original si consideramos otras experiencias imperiales
956
Sérgio Campos Matos
Nación – Portugal
modernas) se había operado en el espacio político del estado portugués: con el
traslado del príncipe D. João y de la corte a Río de Janeiro, de sede del poder
político, Portugal había pasado a ocupar una posición subalterna en el Imperio
(aún más evidente cuando Brasil fue elevado a reino en 1815). En adelante pasaría
a usarse la designación de Reino Unido de Portugal y Brasil. Esta inversión de
papeles con la gran colonia suramericana sería inmediatamente denunciada en
términos críticos por la prensa liberal: Portugal había pasado a ser una colonia de
su colonia (Loureiro, 1973 [1816], 56).
Pero el término nación todavía era usado puntualmente en el sentido de Imperio, abarcando a portugueses y brasileños, y partes geográficamente distintas.
Así, Hipólito da Costa, redactor del Correio Brasiliense, defendía en 1814 que
Brasil fuera el centro del Imperio (como de hecho entonces sucedía), o sea, que
pasase a detentar la hegemonía en el Reino Unido. Portugal y Brasil eran, en esta
acepción, partes de la misma monarquía, esto es, del mismo Estado. En la misma
línea, tal como la Constitución de Cádiz, la Constitución portuguesa de 1822
establecía que «la Nación Portuguesa es la unión de todos los Portugueses de
ambos hemisferios» (art. 20) y que el respectivo territorio formaba el «Reino
Unido de Portugal, Brasil y Algarves», pasando a continuación a enumerar sus
diversas partes en los varios continentes.
Distinta de la posición de Hipólito da Costa era la de otros periodistas, doctrinarios de la causa liberal en el exilio británico. Así, por ejemplo, Rocha Loureiro y José Liberato Freire de Carvalho defendían que Portugal debía recuperar «el
lugar hegemónico en el imperio luso-brasileño»: de ahí que subrayaran la necesidad de que la familia real regresara a Portugal. No deja de ser significativo, en este
sentido, que estos mismos autores evolucionaran de la apología del sistema imperial luso-brasileño a un discurso nacionalista en que los intereses portugueses
surgen ya en oposición a los brasileños (Alexandre, 1993, 434-440). La oposición
de ambos a Inglaterra será recurrente, sin embargo, llegando José Liberato a hacer responsable de la decadencia nacional la dependencia de Portugal en relación
a su aliada (Carvalho, 1843).
3. 1820-1823. Aunque radical en el plano del discurso, la primera experiencia
política liberal portuguesa, por su corta duración, no llegó a transformar significativamente las estructuras de la sociedad de Antiguo Régimen. En el vintismo
(1820-1823), que se inscribe en una ola revolucionaria que se extiende por esos
años en la Europa mediterránea (España, Italia, Grecia), se difunde un concepto
de nación muy marcado por la Revolución francesa. En la Constitución de 1822,
se establecía en términos inequívocos el principio de la soberanía de la nación,
bien distante de la teoría iusdivinista que había legitimado la autoridad en el origen divino del poder: «La soberanía reside esencialmente en la Nación. No puede
sin embargo ser ejercida sino por sus representantes legalmente elegidos. Ningún
individuo o corporación ejerce autoridad pública, que no se derive de la misma
Nación» (art. 26). Y el artículo 121 establecía que «la autoridad del Rey procede
de la Nación». El rey dejaba de ser representante de la nación (la representación
pasaba exclusivamente a las Cortes). Como diría más tarde el historiador Alexan957
Diccionario político y social del mundo iberoamericano
dre Herculano, esta constitución era casi republicana, pues, en la práctica, vaciaba
casi totalmente los poderes políticos del monarca, reduciéndolo a un mero símbolo del Estado. Aunque en vigor durante un periodo muy corto (hasta marzo de
1823), en la Constitución de 1822 se consagró por primera vez la doctrina de la
autodeterminación de la nación y su precedencia en relación a todo derecho y
autoridad, principio éste que sería retomado en los textos constitucionales posteriores. También en el léxico político de la prensa periódica del Trienio liberal el
concepto de nación fue uno de los más destacados: la nación es concebida como
una totalidad, una voluntad general dotada de autonomía. Es la entidad política
central, pero también una persona moral dotada de virtudes, de intereses, de dignidad, cuyo bien y felicidad se desea. Es un concepto que polariza los ideales del
liberalismo e implica ya un sentido de exclusión en relación al extranjero (Verdelho, 1980, 198-200). Marcada por el concepto francés ligado a la revolución, tal
como en las Cortes de Cádiz, se distancia de ella, empero, al mantenerse vinculada al antiguo imaginario histórico, a una visión orgánica de cuerpo político y al
tópico del pacto entre monarquía y pueblo, entre gobernantes y gobernados.
La palabra nación adquiere un lugar central en el discurso político del primer
liberalismo. Está presente, por ejemplo, en la jura por el rey de las bases de la
Constitución ante las Cortes (1821), y también en el juramento de los diputados.
Por el contrario, el término reino pierde protagonismo (si exceptuamos la prensa
realista, contrarrevolucionaria), si bien sigue siendo usado para designar a las naciones extranjeras (ibíd, 205-206). A este respecto, resulta significativo que, en la
Carta Constitucional otorgada por D. Pedro en 1826, este último término vuelva
a ocupar un lugar destacado en el propio título –«Carta Constitucional para el
Reino de Portugal, Algarves y sus dominios»– y en el articulado, empezando por
su definición en que el concepto de nación surge subordinado: «El Reino de Portugal es la Asociación política de todos los Ciudadanos Portugueses. Ellos forman una Nación libre e independiente» (art. 1). Y aunque el concepto de nación
surja diversas veces en este texto constitucional, en el marco de la doctrina política que lo informa ocupa un lugar subalterno. Añádase a ello que el rey es tenido
como representante de la nación, a la par de las Cortes (art. 12). Y que, en el
preámbulo, D. Pedro, «Por gracia de Dios, Rey de Portugal...», hace saber «a
todos mis Súbditos Portugueses, que Soy Servido Decretar Dar y Mandar jurar
[...] por los Tres Órdenes del Estado la Carta Constitucional abajo transcrita, la
cual de ahora en adelante regirá esos mis Reinos y Dominios...». Es decir, la concesión de este texto constitucional, que estaría en vigor (con breves interrupciones) hasta la implantación de la República (1910), era aún un acto propio del
Antiguo Régimen, en que se invocaba la inspiración divina y, como destinatarios,
a los súbditos (no ciudadanos) portugueses. El principio de legitimidad subyacente es el monárquico, al contrario de las Constituciones de 1822 y de 1838, que
se fundamentan en un principio de legitimidad democrática (Miranda, 1997, 256)
y que fueron redactadas por asambleas constituyentes elegidas expresamente con
ese propósito. La Constitución de 1838, elaborada en un contexto político singular (expresa un compromiso entre un liberalismo más radical y los moderados),
retomará el principio de la soberanía nacional. En ella, la nación era definida
958
Sérgio Campos Matos
Nación – Portugal
como «asociación política de todos los portugueses» (y no sólo «de todos los
ciudadanos portugueses» como se establecía en la Carta Constitucional de 1826),
esto es, un cuerpo político autónomo, dotado de una voluntad.
4. Construido por las élites intelectuales y políticas en contacto con culturas
de importación –francesa, española, inglesa–, el de nación es uno de los conceptos
clave del lenguaje político del liberalismo. Pero no siempre es el más usado (en el
discurso liberal se recurre con frecuencia a los términos Patria y Reino). El carácter abstracto de la palabra no impide que, a través de ella, se definan actitudes
muy concretas. Entendida como asociación política o totalidad autónoma de ciudadanos o de los portugueses, traduce bien un sentido de inclusión y solidaridad
entre sus miembros. Pero, ¿quién quedaba incluido en la nación? ¿Súbditos?
¿Ciudadanos? Y éstos, ¿quiénes eran? ¿Quién era excluido? Éste es un punto
sintomático. Mientras que en la Constitución de 1822 «todos los Portugueses son
ciudadanos», en la Carta Constitucional está presente la distinción entre ciudadanos activos y pasivos (estos últimos, de acuerdo con un criterio censitario, no
podían votar). En ambos textos constitucionales se excluye a los extranjeros y a
los no católicos. Y no se hace ninguna referencia a las mujeres, que no tenían
derecho a voto en las elecciones. Dicho criterio, social y capacitario, excluía del
sufragio a diversas categorías de ciudadanos (en el texto de 1822, criados de servir, vagabundos, clero regular, analfabetos). Y en la Carta de 1826, el mismo domina no sólo en la definición de los electores sino también de aquellos que son
elegibles. O sea, se estaba aún muy lejos de los conceptos de sufragio universal y
de ciudadanía tal como son entendidos actualmente en el mundo occidental.
Dos debates tuvieron la mayor relevancia en la definición del concepto de
nación desde el punto de vista de la relación entre inclusión y exclusión. En primer lugar, ante la presión de los acontecimientos en América del Sur, la discusión acerca de la cuestión brasileña desarrollada en las Cortes constituyentes y
en el espacio público: ¿Tenía Brasil capacidad para convertirse en una nación y
en un Estado independiente? Para la mayor parte de los periódicos liberales, la
respuesta era negativa (y algunos defendían incluso el envío de una fuerza militar para dominar una situación que cada vez más escapaba al control de Lisboa).
Muchos consideraban que la nación era indivisible y abarcaba todos los territorios administrados por los portugueses. Otros, contrarrevolucionarios, veían en
la separación de Brasil la desagregación del Imperio y de la Monarquía portuguesa. Por último, desde marzo de 1821, una tercera posición acabó por sostener
la posibilidad de la secesión con Brasil, revalorizando Portugal y las restantes
partes del Imperio, especialmente las africanas (Alexandre, 1993, 601-660). En
este debate, no sólo estaba en juego la definición geográfica y territorial de la
Nación, del Imperio y de la Monarquía, sino también opciones políticas diversas, en ruptura o no con el pasado. Mouzinho da Silveira, ministro de Hacienda
de D. Pedro IV, gran reformador liberal (1832), vería en la separación de Brasil
«un acontecimiento aún más fértil en consecuencias de lo que fue su descubrimiento», que había impuesto «un modo de estar fácil, pero precario» (ley de
30-VI-1832, Pereira, 1979, 202).
959
Diccionario político y social del mundo iberoamericano
Otro debate público que se plantea poco tiempo después de la independencia
de Brasil (1822) es el que incide sobre el conflicto de legitimidad entre D. Pedro
y D. Miguel como sucesores de D. João VI (1823-1834). Este debate entre los
partidarios del sistema liberal y los partidarios del Antiguo Régimen político se
prolongó durante años y movilizó argumentación histórica muy diversa. La cuestión que aquí interesa es la definición de nación. En este sentido, una de las líneas
de fuerza centrales, tanto en el discurso liberal como en el discurso absolutista, es
la oposición nación/facción. Está claro que, mientras que en el primer caso la
facción «usurpadora» (Manifesto dos direitos de Sua Magestada Fidelíssima a
Senhora D. Maria II, 4) es la de los miguelistas, en el segundo el enemigo es reducido a una facción militar rebelde (José Acúrsio das Neves in Manique, 1872,
60 y «Manifesto do Senhor D. Miguel I», ibíd., 158-159). En ambos casos estaba
en cuestión la definición de la totalidad de la nación («nación entera»), que para
los liberales estaba representada por la Cámara de los Diputados (Cortes) y para
los legitimistas, partidarios de D. Miguel, en la reunión de los Tres Estados (Cortes a la manera antigua), convocadas por D. Miguel en 1828 para legitimar su
elevación al trono.
Evidentemente, defendían concepciones encontradas de la sociedad: sociedad
moderna, de clases y sociedad de Antiguo Régimen, dividida en órdenes. Pero la
lógica de inclusión/exclusión que dominaba la polémica no pasaba sólo por las
opciones políticas. Para los liberales, ¿los defensores del estado absoluto formaban parte de la nación? ¿o bien eran enemigos interiores? Y la plebe o populacho,
¿formaba parte de la nación? A este respecto, Almeida Garrett, uno de los más
lúcidos teorizadores del liberalismo en Portugal, era bien consciente de que una
nación se compone de «ignorantes» y de «ilustrados» (más tarde Herculano distinguiría la plebe o populacho del pueblo) (Herculano, s. f. [1852-1873] 302-303).
Tenía noción de la insuficiencia del espíritu de ciudadanía entre los portugueses.
Tal como Herculano, no excluía a los ignorantes (aunque, a su ver, sólo los ilustrados «viven, piensan y conocen lo que conviene o no conviene a la comunidad»). Y sabía que, en el contexto de la revolución liberal de 1820, el cuerpo da
nación, es decir, la «masa general», había permanecido indiferente a los acontecimientos (Garrett, s. f. 70). En contrapartida, en el calor de la polémica pública
acerca de la legitimidad, en 1826, consideraba a los miguelistas extraños a la nación (Garrett, 1990 [1826], 49, 62-63). Pero no sólo los realistas eran, a su entender, un cuerpo extraño, también los jacobinos estaban desprovistos de costumbres, de patriotismo y de religión.
Los liberales progresivamente identificaban nación y Estado, recusando la
soberanía del rey. Para ellos, la nación expresa una nueva lealtad política, un nuevo sujeto/objeto de culto que tiende a sustituir al rey, figura más concreta. La
nación tiende a identificarse con el Estado liberal, es un nuevo concepto de nación-Estado que se estructura. Por su parte, los tradicionalistas mantenían una
teoría providencialista y dinástica. Los miguelistas, herederos de estos últimos,
usaban indiferenciadamente los términos nación y patria (Lousada, 1987, 139).
Por ejemplo, Faustino da Madre de Deus (1825) consideraba a la nación una entidad moral, una e indivisible. A su entender, no se confundía con pueblo ni con
960
Sérgio Campos Matos
Nación – Portugal
ciudadanos, como entendían los liberales. Por consiguiente, sólo podía ser representada por un individuo que la personificaba: el rey. Y la experiencia histórica
justificaba el presente y el futuro: si los portugueses estaban constituidos en
«cuerpo de la Nación» desde hacía más de seis siglos y si la soberanía nunca había
sido ejercida por representantes elegidos, ¿cómo podían los liberales afirmar que
sólo ellos podían ejercerla? ¿Y no debía la nación portuguesa su existencia política a D. Afonso Henriques? (Deus, 1825, 42 y 89). En los albores de la instauración del orden liberal, los adversarios políticos tendían a ser considerados enemigos y, por consiguiente, a ser excluidos del todo nacional.
Entre los primeros teóricos liberales (caso de J. B. da Rocha Loureiro y de
José Liberato), lo mismo que después, ya en la década de 1840, en autores tan
influyentes como Herculano, dominaba una concepción organicista de nación
–la nación como «individuo moral» o «cuerpo moral»–. Pero también miguelistas como Madre de Deus se referían al cuerpo de la nación supuestamente constituido (en términos anacrónicos) ya desde mediados del siglo xii. Por el contrario, tanto para Alexandre Herculano como para otros teóricos del liberalismo, la
nación, aún inexistente en los primeros reinados de la dinastía de Borgoña, se
construyó en un largo proceso de siglos y se explica no por cualquier teoría providencialista o dinástica, sino en términos de racionalidad política, invocando la
voluntad y el carácter nacional: «Somos independientes porque lo queremos ser:
he aquí la razón absoluta, cabal, incontrastable, de nuestra individualidad nacional» (Herculano, 1985 [1842], 209). Y no sólo: invocaba igualmente la memoria
histórica y el carácter nacional, tan corriente entre los románticos. Este concepto voluntarista, que además, no olvidaba la violencia, la decadencia y el lado
negro que existe en el devenir histórico de todos los pueblos –incluyendo el
portugués–, no podía, evidentemente, agradar a los partidarios de una actitud
triunfalista en relación a la gloria nacional: era el caso de sus adversarios en la
polémica acerca del llamado milagro de Ourique (A. Caetano do Amaral y el
Padre Recreio), una tradición providencialista de fundación, según la cual, en la
víspera de una batalla contra los musulmanes (Ourique, año 1139), Cristo habría
anunciado la victoria y la creación de un gran Imperio al primer rey de Portugal,
D. Afonso Henriques.
La fundamentación histórica de la idea de nación ocupó un lugar destacado
en la legitimación del orden liberal. Tal como en España, los primeros liberales
desarrollaron el llamado constitucionalismo histórico. En oposición al Estado
absoluto, invocaron las Leyes Fundamentales (una supuesta antigua Constitución Portuguesa), instituciones medievales como las cortes y los concejos. Y, en
lugar de inventar fundadores míticos muy difundidos en la cultura portuguesa
desde el siglo xvi hasta inicios del siglo xix –caso de Túbal, nieto de Noé, supuestamente primer poblador del reino de Portugal–, inventaron nuevos héroes de la
gesta liberal y del pasado nacional.
Entre mediados del siglo xix y la década de 1870 se desarrolla en Portugal una
intensa y amplia polémica política acerca del iberismo: la posibilidad de integración de los Estados y naciones ibéricos bajo forma unitaria o federal. En ella están
en oposición teorías diversas de nación: 1) un concepto contractualista y demo961
Diccionario político y social del mundo iberoamericano
crático de Iberia, cuyo territorio coincidiría con los límites geográficos de la península; la adhesión voluntaria de los pueblos a esta gran Iberia resultaría de la
persuasión (se apartaba la idea de conquista, que evocaba la memoria de la monarquía unitaria desde Felipe II, que había abarcado toda la península Ibérica, de
1580 a 1640); 2) un concepto de nación-genio apoyado en una teoría esencialista
de carácter nacional y en la idea de que la frontera política correspondía a una
diversidad lingüística, cultural y, en ciertos casos, étnica y geográfica.
Oliveira Martins (1872) retomaría la teoría política y voluntarista de Herculano, dándole un sentido de nación moral más marcado, lo que lo aproxima a Ernest
Renan (1882), en oposición al concepto étnico de Teófilo Braga (1872). Importa
señalar que en la década de 1870 prosigue todo un debate acerca del concepto de
nación aplicado al caso portugués. En él se definen dos posiciones antagónicas: la
idea de una nación natural, producto de la geografía y de una base étnica no siempre
claramente definida (Mozárabes, Celtas, Lusitanos), teorizada por Teófilo Braga; y
un concepto de nación conciencia o nación moral que, dirigida por la voluntad de
su élite, se fue estructurando en torno a una voluntad y a una memoria colectiva
(Oliveira Martins). Este debate no se puede limitar a la alternativa nación étnica y
nación cívica –extremadamente reductora cuando es aplicada a la teorización sobre
las naciones europeas, como estudios recientes han demostrado (véase Baycroft y
Hewitson, 2006)– y se prolongaría por el siglo xx, con múltiples variantes.
Fuentes y bibliografía
Fuentes primarias
Actas da Câmara dos Pares do Reino de Portugal (1826-1838; 1842-1880): Lisboa,
Imprensa Nacional, http://debates.parlamento.pt/mc.
Bluteau, Rafael (1716): Vocabulário português e latino..., Lisboa, Pascoal da Sylva, vol. V.
Câmara dos Senhores Deputados da Nação Portuguesa (1822-1880): http://debates.parlamento.pt/mc.
Braga, Teófilo (1872): Teoria da história da literatura portuguesa, Oporto, Imprensa portuguesa.
Brito, Rodrigues de (1992): Memórias políticas sobre as verdadeiras bases da
grabdeza das nações e principalmente de Portugal [1803-1805], introd. de J.
Esteves Pereira, Lisboa, Banco de Portugal.
Carvalho, José Liberato Freire de (1830): Ensaio histórico-político sobre a constituição e o governo do reino de Portugal..., Lisboa, Imprensa Nevesiana,
1843, 2ª ed.
Compêndio histórico do estado da Universidade de Coimbra no tempo da invasão
dos denominados jesuítas...(1771): Lisboa, Régia Oficina Tipográfica.
962
Sérgio Campos Matos
Nación – Portugal
Dedução cronológica e analítica (1768): Lisboa, Oficina de Miguel Menescal da
Costa.
Deus, F. Madre de (1825): Os povos e os reis, Lisboa, Imprensa Régia.
Diário das Cortes Gerais e Extraordinárias da Nação Portuguesa (1821-1822):
http://debates.parlamento.pt/mc.
Dicionário Houaiss da língua portuguesa (2003): Lisboa, Temas e Debates, 3
vols.
Freire, Pascoal de Melo (1788): Instituições de Direito Civil Português, http//
www.iuslusitaniae.fcsh.unl.pt.
Garrett, Almeida (s. f.): Portugal na balança da Europa, Lisboa, Livros Horizonte.
Garrett, Almeida (1990): Doutrinação liberal, introd. y selección de L. A. Costa Dias Lisboa, Pub. Alfa.
Herculano, Alexandre (1980): História de Portugal desde o começo da monarquia até ao fim do reinado de Afonso III [1846], pref. y notas críticas de José
Mattoso, Venda-Nova/Amadora, Livraria Bertrand, vol I.
Herculano, Alexandre (s. f.): Opúsculos [1982-1985], org. introd. y notas de
Jorge Custódio y J. Manuel Garcia, Lisboa, Ed. Presenta, vols. I y IV.
Loureiro, João Bernardo da Rocha (1973): Memoriais a D.João VI [1816-1824],
ed. y comentario de G. Boisvert, París, FCG.
Manifesto dos direitos de Sua Magestade Fidelíssima, a Senhora Dona Maria Segunda; e exposição da questão portuguesa (1829): Londres, Richard Taylor.
Manique, Francisco A. C. de Pina (1872): Portugal desde 1828 a 1834, Lisboa,
Tip. de Sousa e Filho [reproduce los discursos de proposición de D. Miguel
por D. Francisco Alexandre Lobo, de José Acúrsio das Neves y el Assento
dos três Estados do Reino, todos de 1828].
Martins, J. P. de Oliveira (1872): Os Lusíadas. Ensaio sobre Camões e a sua
obra..., Oporto, Imprensa Portuguesa.
Miranda, Jorge (2001): O constitucionalismo liberal luso-brasileiro, Lisboa, CNCDP [reproduce los textos de las constituciones portuguesas del siglo xix].
Morais e Silva, Antônio de (1858): Dicionário da língua portuguesa [1789], Lisboa, Oficina de Simão Tadeu Ferreira, 6ª ed.
Nogueira, Ricardo Raimundo (1866): Prelecções sobre a história do Direito Pátrio, Coimbra, Impr. da Universidade.
Penalva, Marquês de (1799): A dissertação a favor da Monarquia, Lisboa, Régio
Oficina Tip.
963
Diccionario político y social del mundo iberoamericano
Renan, Ernest (1996): Qu’est-ce qu’une Nation? Et autres écrits politiques [1882],
s.l., Imprimerie Nationale.
Sousa, António Caetano de (1946): História genealógica da casa Real Portuguesa
[1732], Coimbra, Atlântida Ed.
Publicaciones periódicas
Gazeta de Lisboa, Lisboa, 1808-1820.
O Telégrafo Português ou Gazeta anti-Francesa, Lisboa, 1808-1809.
Semanário Patriótico, Lisboa, 1808-1809.
Fuentes secundarias
Alburquerque, Martim de (1974): A consciência nacional portuguesa. Ensaio de
história das ideias políticas I, Lisboa, s.n.
Álvarez Junco, José, Beramendi, Justo y Requejo, Ferrán (2005): El nombre
de la cosa. Debate sobre el término nación y otros conceptos relacionados, Madrid, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
Alves, José A. dos Santos (2005): Ideologia e política na imprensa do exílio. O
Portuguez (1814-1826), Lisboa, Imprensa Nacional, 2ª ed.
Baycroft, Timothy y Hewitson, Mark (2006): What is a nation? Europe 17891914, Nueva York, Oxford University Press.
Catroga, Fernando (1985): «Nacionalismo e ecumenismo. A questão ibérica na
segunda metade do século xix», Cultura, História e Filosofia, Lisboa, vol.IV,
pp. 419-463.
Chiaramonte, José Carlos (2003): «Metamorfoses do conceito de nação durante os séculos xvii e xviii» en István Jancsó (org.), Brasil: formação do Estado
e da Nação, São Paulo, Hucitec, 2003, pp 61-92.
Delannoi, Gil y Taguieff, Pierre-André (dir.) (1991): Théories du nationalisme, París, Ed.Kimé.
Fernández Sebastián, Javier (2003): «El momento de la nación. Monarquía,
Estado y Nación en el lenguaje político del tránsito entre los siglos xviii y
xix», en Antonio Morales Moya, 1802, España entre dos siglos, Madrid,
SECC, vol. 2, pp. 55-78.
Ferrari, Jean y Wunenburger, Jean-Jacques (dirs.) (s. f.): L’idée de nation. Actes du colloque organisé à Dijon, 13-14, Nov. 1986, Dijon, Ed. Université de
Dijon.
964
Sérgio Campos Matos
Nación – Portugal
Guerra, François-Xavier (2003): «A nação moderna: nova legitimidade e velhas
identidades», en István Jancsó (org.), Brasil: formação do Estado e da Nação,
São Paulo, Hucitec, 2003, pp 33-60.
Hespanha, António Manuel (2004): Guiando a mão invisível. Direito, estado e
lei no liberalismo monárquico português, Coimbra, Almedina.
Hespanha, António Manuel (2005): «Pequenas repúblicas, grandes estados. Problemas de organização política entre Antigo Regime e liberalismo», O poder
local em tempo de globalização, Coimbra, Imprensa da Universidade.
Hroch, Miroslav y Malecková, Jitka (2000): «Nation: a survey of the term in
european languages», en A Leoussi ed., Encyclopaedia of nationalism, New
Brunswick, Transaction Publ.
Kemilainen, Aira (1964): Nationalism: problems concerning the word, the concept and classification, Jyvaskyla, Kustantajat Publishers.
Jancsó, István y Pimenta, João Paulo (2000): «Peças de um mosaico (ou apontamentos para o estudo da emergência da identidade nacional brasileira», Viagem incompleta (1500-2000), dir. de Carlos G. Mota, São Paulo, SENAC, pp.
127-175.
Lousada, Maria Alexandre (1987): O miguelismo (1828-1834). O discurso político e o apoio da nobreza titulada, Lisboa, policop.
Matos, Sérgio Campos (1998): Historiografia e memória nacional no Portugal
oitocentista (1846-1898), Lisboa, Edições Colibri.
Matos, Sérgio Campos (2006): «Iberismo e identidade nacional (1851-1910)»,
Clio, Nova Série, nº 14-15, pp. 349-400.
Maurício, Carlos (2007): «Os significados de nação antes da Idade Contemporânea» (en prensa).
Miranda, Jorge (1997): Manual de Direito Constitucional, Coimbra, Coimbra
Ed, 6ª ed.
Pereira, José Esteves (s.f. [1983]): O pensamento político em Portugal no século
XVIII, Lisboa, Imprensa Nacional-Casa da Moeda.
Pereira, Miriam H. (1979): Revolução, finanças, dependência externa, Lisboa, Sá
da Costa.
Renaut, Alain (1999): «Postérité de la querelle entre Lumières et Romantisme: le
débat sur l’idée de nation», Histoire de la Philosophie Politique, t. III, Lumières et romantisme, París, Calmann-Lévy.
Ribeiro, Maria Manuela Tavares (1990): Portugal e a Revolução de 1848, Coimbra, Minerva História.
Silbert, Albert (1998): Portugal na Europa oitocentista, Lisboa, Ed. Salamandra.
965
Diccionario político y social del mundo iberoamericano
Silva, Armando Malheiro da (1993): Miguelismo, ideologia e mito, Coimbra, Livraria Minerva.
Torgal, Luis M. Reis (1973): Tradicionalismo e contra-revolução. O pensamento e acção de José da Gama e Castro, Coimbra, Universidade de Coimbra.
Tulard, J. et alii. (1998): Histoire et dictionnaire de la Révolution Française
1789-1799, París, R. Laffont.
Vargues, Isabel Nobre (s. f.): A Aprendizagem da cidadania em Portugal (18201823), Coimbra, Minerva História.
Verdelho, Telmo dos Santos (1980): As palavras e as ideias na Revolução liberal
de 1820, Lisboa, INIC.
966