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PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA ARGENTINA
FACULTAD DE DERECHO
PROGRAMA
CARRERA:
ABOGACÍA
AÑO: 4 º
MATERIA:
FILOSOFÍA DEL DERECHO
CURSO: 01/07
PROFESOR:
Hugo Alberto VERDERA
TURNO: MB
CARGA HORARIA: 3 hs.
a) OBJETIVOS
PRIMERA PARTE: INTRODUCCIÓN, FUNDAMENTO Y CONTENIDOS DE LA
FILOSOFÍA DEL DERECHO Y DEL DERECHO NATURAL
OBJETIVO GENERAL: Que el alumno aprehenda la esencialidad “metafísica” (el “ser” del
derecho); el “fundamento último” del derecho (teleología jurídica) y el “conocimiento” del
derecho (gnoseología jurídica), para que valore adecuadamente la concepción realista
clásica del derecho, y la necesidad ontológica de la revaloración y vigencia de la doctrina
del Derecho Natural.
UNIDAD I: NOCIÓN PRELIMINAR DE FILOSOFÍA DEL DERECHO.
OBJETIVO: Que el alumno comprenda la esencia del espíritu filosófico como exigencia
natural humana al conocimiento de la realidad y sus causas primeras, ubicando así el
derecho en su fundamento real.
UNIDAD II: NOCIÓN PRELIMINAR DE DERECHO NATURAL
OBJETIVO: Que el alumno descubra la realidad del Derecho Natural y su vinculación
ontológica con “lo justo”, para poder comprender la relación intrínseca entre “lo justo
natural” y “lo justo positivo”.
UNIDAD III: NOCIÓN DE DERECHO
OBJETIVO: Que el alumno adquiera la comprensión filosófica del derecho, sus diversos
sentidos analógicos y sus propiedades.
UNIDAD IV: EL DERECHO Y LA JUSTICIA.
OBJETIVO: Que el alumno incorpore intelectivamente la vinculación entitativa entre
“derecho” y “justicia”, dilucide el concepto y los tipos de justicia, para estar en condiciones
de comprender la problemática del denominado “derecho injusto”.
UNIDAD V: LAS CAUSAS DEL DERECHO.
OBJETIVO: Que el alumno profundice el conocimiento del derecho, en base a su análisis
metafísico realista, partiendo por ende de su determinación “causal”.
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UNIDAD VI: DERECHO NATURAL Y DERECHO POSITIVO.
OBJETIVO: Que el alumno analice la necesidad de compatibilizar la problemática
“Derecho Natural-Derecho Positivo”, y las consecuencias derivadas de la actitud “antiiusnaturalista”.
UNIDAD VII: EL CONOCIMIENTO JURÍDICO.
OBJETIVO: Que el alumno aborde las principales soluciones al problema gnoseológico y
adquiera una visión crítica del mismo y sus implicancias en el ámbito de lo jurídico.
UNIDAD VIII: LAS PRINCIPALES CRÍTICAS AL IUSNATURALISMO REALISTA
CLÁSICO Y SUS RESPUESTAS ACTUALES
OBJETIVO: Que el alumno comprenda críticamente las principales oposiciones al
iusnaturalismo realista clásico y esté en condiciones de elaborar las refutaciones teóricas y
prácticas a las críticas actuales al mismo.
SEGUNDA PARTE: FUNDAMENTOS HISTÓRICO-FILOSÓFICOS
OBJETIVO GENERAL: Que el alumno comprenda la dimensión histórica del derecho,
consecuencia de la historicidad natural del hombre, ser dotado de libre albedrío en devenir
temporal finalístico.
UNIDAD IX: ORIGEN DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO. ISRAEL. GRECIA. ROMA.
OBJETIVO: Que el alumno adquiera conocimientos básicos sobre el origen y el desarrollo
de la Filosofía del Derecho, comprendiendo los antecedentes del Derecho Natural en
Israel, Grecia y Roma.
UNIDAD X: EL CRISTIANISMO Y EL DERECHO
OBJETIVO: Que el alumno aprehenda el aporte fundamental del Cristianismo y su visión
del hombre en la elaboración perfectiva de la teoría iusnaturalista, y valore
adecuadamente la síntesis lograda por el pensamiento cristiano con respecto a los
requerimientos de la Razón y de la Fe, y sus implicancias determinantes en la
comprensión del derecho.
UNIDAD XI: IRRUPCIÓN DEL DERECHO NATURAL MODERNO.
OBJETIVO: Que el alumno analice críticamente el fenómeno del abandono progresivo del
pensamiento jurídico clásico, basado en la decadencia del concepto realista del Derecho
Natural y su paulatina sustitución por el denominado “Derecho Natural Moderno”, a través
del estudio de sus causas, escuelas y principales autores.
UNIDAD XII: APOGEO DEL DERECHO NATURAL MODERNO
OBJETIVO: Que el alumno profundice el conocimiento del proceso de desarrollo del
positivismo jurídico, considerando la reacción antimetafísica y sus consecuencias, a través
del análisis de sus causas, escuelas y principales autores.
UNIDAD XIII: LA ÉPOCA CONTEMPORÁNEA : EL CUESTIONAMIENTO AL
IUSPOSITIVISMO EN EL SIGLO XX
OBJETIVO: Que el alumno analice críticamente el fenómeno de la profundización de la
desintegración del pensamiento jurídico clásico, y la reacción anti-iuspositivista, a través
del estudio de sus causas, autores y principales escuelas.
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UNIDAD XIV: LA ÉPOCA CONTEMPORÁNEA: CORRIENTES IUSFILOSÓFICAS
ACTUALES
OBJETIVO: Que el alumno analice las modernas vertientes de la filosofía contemporánea,
comprendiendo las elaboraciones jurídicas anglosajonas, la filosofía analítica y postanalítica.
UNIDAD XV: LA ÉPOCA CONTEMPORÁNEA: VERTIENTES ACTUALES DEL
IUSNATURALISMO
OBJETIVO: Que el alumno analice las modernas vertientes de la filosofía contemporánea
iusnaturalista clásica, comprendiendo las elaboraciones jurídicas enroladas en el realismo
jurídico, comprendiendo sus alcances y elementos de juicio, a los fines de elaborar
respuestas críticas eficaces.
b) CONTENIDOS
PRIMERA PARTE: INTRODUCCIÓN, FUNDAMENTO Y CONTENIDOS DE LA
FILOSOFÍA DEL DERECHO Y DEL DERECHO NATURAL
UNIDAD I: NOCIÓN PRELIMINAR DE FILOSOFÍA DEL DERECHO.
1. CONCEPTO DE FILOSOFÍA. La definición de la filosofía. Definición real de la
filosofía. Su distinción respecto de la experiencia, de la ciencia positiva y de la
teología.
2. NOCIÓN PRELIMINAR DE DERECHO. Necesidad de un concepto previo y
provisional de derecho. Noción elemental de derecho.
3. EL ARTE DEL DERECHO. Su especificidad. El aporte de la elaboración jurídica
romana.
4. FILOSOFÍA DEL DERECHO. Su necesidad e importancia.
5. LA PROBLEMÁTICA PRINCIPAL DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO: el “ser” del
derecho (metafísica jurídica); el “fundamento último” del derecho (teleología
jurídica); el “conocimiento” del derecho (gnoseología jurídica).
6. EL FUNDAMENTO DEL DERECHO: La condición ontológica de la persona. Santo
Tomás y la Filosofía del Derecho.
UNIDAD II: NOCIÓN PRELIMINAR DE DERECHO NATURAL
1. LO JUSTO NATURAL. División clásica del derecho.
2. EXISTENCIA DEL DERECHO NATURAL. Existencia de “títulos” y de “medidas”
naturales.
3. LA NATURALEZA HUMANA Y LA NATURALEZA DE LAS COSAS EN LA
DETERMINACIÓN DE LO JUSTO NATURAL.
4. CLASES DE DERECHOS NATURALES. Derechos originarios y derechos
subsiguientes. Derechos primarios y derechos derivados.
5. CONTENIDOS Y MEDIDAS DE DERECHO NATURAL. Qué bienes son derechos
naturales. Medida natural del derecho.
6. LO JUSTO NATURAL Y LA NATURALEZA HUMANA Y SU CONDICIÓN
HISTÓRICA. Naturaleza y condición histórica. Influencia de la condición histórica en
lo justo natural. Límites de la historicidad en relación con lo justo natural.
COROLARIO: RELACIONES ENTRE LO JUSTO NATURAL Y LO JUSTO
POSITIVO. Precisión de lo “justo positivo” y sus relaciones esenciales con lo “justo
natural”.
UNIDAD III: NOCIÓN DE DERECHO
1. LOS SENTIDOS DEL TÉRMINO "DERECHO" Y "JUS". Su etimología. La
etimología del término “derecho” y sus contrarios. Significaciones “no jurídicas” del
término “derecho“. Acepciones “jurídicas” del término “derecho”. Sus diversos
correlatos objetivos.
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2. ANALOGÍA DEL TÉRMINO "DERECHO". El concepto de “analogía”.Los
analogados principales: la conducta jurídica debida u obligación (el derecho como
"ipsa res iusta"; sentido de la palabra "res" en esa expresión.); la norma jurídica; el
poder jurídico (o derecho subjetivo).
3. EL DERECHO COMO “LO JUSTO”. El derecho como objeto de la justicia. Análisis:
la acción misma (acción humana y acción exterior); b) el objeto mismo de la acción
justa (alteridad, obligatoriedad y se específica “ratio debiti” objetiva).
4. EL DERECHO COMO NORMA. La norma como modelo de “derechura”. La norma
como modelo imperativo (u “ordenación racional”) de conducta. La norma como
“cierta razón” del Derecho. Esquemas de la norma jurídica según Kelsen, Cossio,
Quintas y esta cátedra. Norma y ley. DEFINICIÓN DE LA LEY. Visión clásica y
visión moderna de la ley. El derecho como sistema de leyes o normas. LEY
NATURAL Y DERECHO NATURAL: Existencia, definición, contenido y caracteres
de la ley natural. Derecho natural y ley natural.
5. EL DERECHO COMO PODER O FACULTAD (DERECHO SUBJETIVO). La
definición de “derecho” según Francisco Suárez. Análisis. Comparación con la
definición de Santo Tomás. El concepto de “derecho subjetivo” en el pensamiento
tomista. Validez de la noción de “derecho subjetivo”.
6. LAS PROPIEDADES DEL DERECHO. Propiedades genéricas: “humanidad”;
“historicidad”; “racionalidad”; “legalidad”; “dialecticidad”. Propiedades específicas:
“sociabilidad y politicidad”; “validez específica”; “moralmente objetivo”; “vigencia”;
“con carácter coactivo”.
UNIDAD IV: EL DERECHO Y LA JUSTICIA.
1. ANÁLISIS DE LA JUSTICIA Y DE LO JUSTO. Presupuesto inicial realista: las cosas
están repartidas y las cosas están o pueden estar en poder de otros.
2. ETIMOLOGÍA DE “JURÍDICO”, “JUSTO” Y “JUSTICIA” Análisis de la fórmula de la
justicia: “dar a cada uno lo suyo”. Noción de lo justo: como derecho; como igual; el
título y la medida de lo justo.
3. DIVERSOS SENTIDOS DEL TÉRMINO "JUSTICIA". La justicia como ideal La
justicia objetiva. "Juridicidad" y justicia. La justicia como virtud: sus sentidos
metafórico y propio.
4. CLASES FUNDAMENTALES DE RELACIONES DE JUSTICIA (DIVISIÓN DE LA
JUSTICIA). Justicia conmutativa, distributiva, legal. Respuestas aristotélica y
tomista.
5. LA PROBLEMÁTICA DE LA DENOMINADA “JUSTICIA SOCIAL”. Diversidad de
posiciones. Análisis. La respuesta del realismo jurídico.
6. EL PROBLEMA DEL DENOMINADO “DERECHO INJUSTO”. Distintas posiciones y
la respuesta iusnaturalista realista.
UNIDAD V: LAS CAUSAS DEL DERECHO.
1. EL SENTIDO DE LA DETERMINACIÓN CAUSAL EN EL DERECHO. Esencialidad
de una interpretación metafísica del derecho. Evidencia de la inevitabilidad de la
determinación causal del derecho.
2. LA CAUSA MATERIAL. Concepto y división. Características: la acción humana
objetiva y exterior.
3. LA CAUSA FORMAL. Concepto y división.
4. LA CAUSA EJEMPLAR. Concepto. Especificación de las distintas ejemplaridades
jurídicas..
5. LA CAUSA EFICIENTE. Concepto y clasificación. Características: las normas
naturales y positivas del derecho.
6. LA CAUSA FINAL: Esencialidad de la concepción finalista del derecho. Concepto y
división. El bien común político. Bien común, orden y seguridad jurídicos. Bien
común político y bien particular.
UNIDAD VI: DERECHO NATURAL Y DERECHO POSITIVO.
1. LOS FUNDAMENTOS ÚLTIMOS DEL DERECHO. Relaciones entre las normas
jurídicas naturales y las normas jurídicas positivas.
2. DERECHO NATURAL Y DERECHO POSITIVO Y SU ARTICULACIÓN EN EL
SISTEMA JURÍDICO. La unidad entre el derecho natural y el derecho positivo.
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3.
4.
5.
6.
Positivación y formalización del derecho natural. El derecho natural y el sistema de
garantía de efectividad del derecho. El derecho natural y la interpretación del
derecho.
ACTITUDES POSITIVISTAS Y JUSNATURALISTAS. Diversas concepciones
positivistas. Diversas posiciones jusnaturalistas. Intentos para lograr una posición
intermedia.
DEL DERECHO POSITIVO AL DERECHO NATURAL. Insuficiencias lógica,
humana y social del positivismo jurídico. Derecho positivo "per accidens" y
derecho positivo "per se".
EL DERECHO DE GENTES Y SU ÍNDOLE NATURAL O POSITIVA. Distintas
interpretaciones. La respuesta iusnaturalista realista.
IUSNATURALISMO Y IUSPOSITIVISMO EN LA SISTEMÁTICA DE LAS
DOCTRINAS JURÍDICAS. División fundamental de Filosofía del Derecho positivista
y iusnaturalista.
UNIDAD VII: EL CONOCIMIENTO JURÍDICO.
1. DISTINCIÓN ENTRE “CONOCER” Y “SABER”. Introducción. La inducción como
tránsito de la experiencia al saber. Noción y división del saber.
2. GRADOS DEL CONOCIMIENTO JURÍDICO: experiencial, científico, filosófico,
teológico. La prudencia en el conocimiento jurídico.
3. GNOSEOLOGÍA Y DERECHO: Verdad y certeza.
4. LA PROBLEMÁTICA FUNDAMENTAL DE LA GNOSEOLOGÍA Y SU REFLEJO EN
LA FILOSOFÍA DEL DERECHO. Fundamento último del derecho y la racionalidad
del hombre.
5. POSIBILIDAD DEL CONOCIMIENTO (VERDADERO Y CIERTO): Dogmatismo y
escepticismo, generales y jurídicos. MEDIOS DEL CONOCIMIENTO: racionalismo y
empirismo, generales y jurídicos. El apriorismo y el intelectualismo, generales y
jurídicos. OBJETO Y ALCANCE DEL CONOCIMIENTO: idealismo y realismo,
generales y jurídicos. Sentidos del término "realismo", en general y en el derecho.
6. DERECHO Y TOMISMO: El tomismo como realismo físico, metafísico y moral, y el
derecho. Verdad y derecho. “Intellectus et ratio”. Racionalidad humana y
conocimiento práctico.
UNIDAD VIII: LAS PRINCIPALES CRÍTICAS AL IUSNATURALISMO REALISTA
CLÁSICO Y SUS RESPUESTAS ACTUALES
1. FUNDAMENTO DE LAS CRÍTICAS AL IUSNATURALISMO REALISTA CLÁSICO.
Necesidad de la vigencia de un “tomismo esencial”. Sentido y alcances del mismo.
2. PRINCIPALES CRÍTICAS AL IUSNATURALISMO REALISTA CLÁSICO Y SU
REFUTACIÓN. Enumeración y explicación última de las mismas.
3. CRÍTICAS “CONFESIONALES”: “teologismo”; “moralismo”; “autocracia feudal”.
4. CRÍTICAS “RACIONALES”: “inmovilismo”; “racionalismo”; “deductivismo”; “carácter
“pre-científico”; “tautologismo”; “ineficaz”.
5. ANÁLISIS ESPECÍFICO DE LA DENOMINADA “FALACIA NATURALISTA”.
6. NEGATIVIDAD METAFÍSICA Y GNOSEOLÓGICA DEL IUSPOSITIVISMO
FRENTE AL IUSNATURALISMO.
SEGUNDA PARTE: FUNDAMENTOS HISTÓRICO-FILOSÓFICOS
UNIDAD IX: ORIGEN DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO. ISRAEL. GRECIA. ROMA.
1. INTRODUCCIÓN: 1) La Historia de la Filosofa del Derecho. 2) El problema del
origen de la Filosofa del Derecho.
2. ISRAEL: 1) Singularidad del pueblo de Israel. El denominado "milagro hebreo". 2) El
Antiguo Testamento: El Decálogo como compendio de Derecho Natural. La regla
aúrea. El concepto de justicia vétero-testamentario; el extranjero; el fundamento del
poder; el fundamento de las leyes humanas. 3) Verdades fundamentales contenidas
en el Antiguo Testamento, que constituyen ideas básicas para la elaboración del
Derecho Natural: 1) Existencia de Dios como ser personal y distinto del mundo; 2)
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3.
4.
5.
6.
El hombre ser personal; 3) La bondad de lo creado y, por ende, de la naturaleza
humana; d) Dios es el fundamento último del Derecho Natural.
GRECIA: 1) Periodo Cosmológico: a) El derecho y la justicia en los comienzos de
la filosofía griega (del mito a la filosofa). b) Los presocráticos: Anaximandro,
Parménides, Heraclito , Pitágoras. 2) Periodo Antropológico: a) Los sofistas.
Caracteres generales de la sofistica. Representantes principales: Caliclés, Hippías,
Antifón, Protágoras. b) Sócrates y su influencia.
GRECIA: Periodo Sistemático: a) Platón. Su pensamiento jurídico. La idea de la
justicia. b) Aristóteles. Su concepción teleológica del derecho y del hombre. La
virtud. La justicia y sus clases. La equidad. 4) Periodo Ético: a) Epicuro y su
escuela. b) El estoicismo: Zenón, Cleantes, Crisipo. c) El escepticismo académico:
Carnéades.
ROMA Y LA FILOSOFÍA DEL DERECHO: El tránsito del pensamiento griego al
romano. El marco histórico. Cicerón. Su teoría del Derecho Natural. El "Humanismo
Jurídico".
ROMA Y LA FILOSOFÍA DEL DERECHO: Los juristas romanos. La jurisprudencia.
Los jurisconsultos clásicos. La universalización del Derecho Romano. El Derecho y
sus clases: ius civile, ius gentium, ius naturale. Séneca: Su pensamiento sobre el
derecho en general. Su concepto de ius humanum, ius commune generis humani y
ius gentium.
UNIDAD X: EL CRISTIANISMO Y EL DERECHO
1. LA ANTIGÜEDAD CRISTIANA: 1) Filosofía del Derecho, Derecho Natural y
Cristianismo. 2) El Nuevo Testamento. 3) San Pablo.
2. LA PATRÍSTICA: 1) Apologetas y Santos Padres. Visión de conjunto.
Características más significativas. 2) San Agustín: Teocentrismo y Derecho
Natural; la ley y el orden ley eterna y ley natural; ley humana. 3) Vigencia del
Derecho Natural en el cristianismo primitivo.
3. LA DOCTRINA MEDIEVAL HASTA LA ESCOLÁSTICA: 1) La compilación de
Justiniano. Influencia de cristianismo en su contenido. 2) San Isidoro de Sevilla. Su
concepción jurídica. El Derecho Natural. El Derecho de Gentes. El Derecho Civil.
Subordinación del poder al derecho.
4. LA ESCOLÁSTICA: SANTO TOMAS DE AQUINO: 1) Su importancia en la Filosofa
del Derecho y el Derecho Natural. 2) La novedad de su sistema frente al
agustinismo político-jurídico. 3) Fundamentos metafísicos y gnoseológicos del
tomismo. El realismo metafísico. 4) La ley. Su esencia. Ley eterna. Ley natural.
Relación de la ley humana con la ley natural. Ley divino positiva. El Derecho. Sus
notas. Divisiones del Derecho. Las causas del Derecho. 5) La justicia. Sus clases.
EL DERECHO NATURAL EN LA ESCOLÁSTICA FRANCISCANA: 1) San
Buenaventura. 2) Duns Scoto.
5. REACCIÓN CONTRA EL REALISMO EN EL SIGLO XIV: 1) Irrupción de un nuevo
contexto histórico-espiritual. 2) Marsilio de Padua: escepticismo religioso y
naturalismo político. Su teoría de la ley y de la política. El laicismo. 3) Guillermo de
Occam: el nominalismo y voluntarismo; relativismo subjetivista ético; el fideísmo. El
concepto del Derecho Subjetivo. La influencia de Occam.
6. LA ESCUELA ESPAÑOLA DEL DERECHO NATURAL: 1) Los inicios de la
Segunda Escolástica. Cayetano. 2) La Escuela dominica: Francisco de Vitoria.
Domingo de Soto. 3) La Escuela jesuita: Luis de Molina. Francisco Suárez: el
tránsito del objetivismo al subjetivismo jurídico.
UNIDAD XI: IRRUPCIÓN DEL DERECHO NATURAL MODERNO.
1. DESINTEGRACIÓN DEL PENSAMIENTO JURÍDICO CLÁSICO. 1) Características
generales del pensamiento jurídico moderno. 2) Consecuencias resultantes del
pensamiento jurídico moderno.
2. DECADENCIA DEL DERECHO NATURAL CLÁSICO. 1) El Renacimiento y la
Reforma protestante. Características generales. El denominado “humanismo
jurídico”. Alcances específicos de la Reforma protestante en lo jurídico. 2) El
tránsito del pensamiento jurídico clásico al pensamiento jurídico moderno
3. LA ESCUELA DE DERECHO NATURAL Y DE GENTES: Hugo Grocio. Principios
sustentados: su concepto de “naturaleza” y de “derecho natural”.
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4. EL DERECHO NATURAL EN INGLATERRA : Thomas Hobbes. El marco político
sustentatorio de la elaboración hobbesiana. El derecho natural en Hobbes.
5. EL DERECHO NATURAL EN FRANCIA: Rousseau. El nuevo concepto de
“naturaleza” y el “contrato social”. El derecho natural en Rousseau.
6. BARUCH SPINOZA. Su filosofía. El derecho natural en Spinoza.
UNIDAD XII: APOGEO DEL DERECHO NATURAL MODERNO
1. LOS MAESTROS DEL DERECHO NATURAL MODERNO: Principales expositores:
Pufendorf, Thomasio, Wolf.
2. LA INFLUENCIA DE KANT: 1) La filosofía de Kant. 2) El idealismo trascendental o
crítico. 3) La moral kantiana. Distinción entre moral y derecho. 4) La metafísica
kantiana del derecho. 5)El Derecho Natural en Kant.
3. LA MODERNA CIENCIA DEL DERECHO: La reacción antimetafísica. Aparición de
la moderna Ciencia del Derecho. Los supuestos que posibilitaron su aparición.
4. LA ESCUELA HISTÓRICA DEL DERECHO. 1) Antecedentes: Juan Bautista Vico;
Montesquieu. 2) Sus principales representantes: Gustavo Hugo, Jorge Federico
Puchta, Federico Carlos de Savigny.
5. LA ESCUELA DE LA EXÉGESIS. Concepto esencial constitutivo. Circunstancias
históricas concretas. Principios rectores sustentados.
6. PARTICULARISMO DE LA POSICIÓN DE RUDOLF VON IHERING.
UNIDAD XIII: LA ÉPOCA CONTEMPORÁNEA:
IUSPOSITIVISMO EN EL SIGLO XX
EL
CUESTIONAMIENTO
AL
1. INTRODUCCIÓN. 1) Características generales. 2) Precursores: Rudolf Stammler,
Francisco Geny, Giorgio del Vecchio.
2. TEORÍAS ANTI-IUSPOSITIVISTAS. 1) Teorías de la naturaleza de la cosa: Gustav
Radbruch; Hans Welzel. 2) Teorías valorativistas: Helmut Coing; Luis Recaséns
Siches. 3) Iusnaturalismo y valorativismo protestante: Eric Wolf; Emil Brunner.
3. POSITIVISMO NORMATIVISTA-LEGALISTA: HANS KELSEN. La “Teoría Pura” del
Derecho. LA CRÍTICA DE KELSEN A LA DOCTRINA DEL DERECHO NATURAL.
Exposición y refutación.
4. LA ESCUELA DE UPSALA: Alf Ross. El empirismo jurídico. Su concepto del
derecho. Las normas jurídicas. Las fuentes del derecho. La interacción del derecho
y la sociedad. Consideraciones críticas al pensamiento iusjurídico de Ross.
5. LA TEORÍA FUNCIONAL DEL DERECHO: Norberto Bobbio. Principios
constitutivos: la superación del positivismo jurídico formalista centrada en la
“estructura del derecho”. Exigencias del “análisis funcional” del derecho. Resultados
y consecuencias derivadas. Apreciación crítica.
6. LA ESCUELA EGOLÓGICA DEL DERECHO. Carlos Cossio. El derecho como
experiencia. La influencia de Hans Kelsen y su interpretación por Cossio. La lógica
del ser y lógica del deber ser en la teoría egológica. Análisis y crítica.
UNIDAD XIV: LA ÉPOCA CONTEMPORÁNEA: CORRIENTES IUSFILOSÓFICAS
ACTUALES
1. LA FILOSOFÍA JURÍDICA ANGLOSAJONA. EL Utilitarismo jurídico. Influencia de
Bentham.
2. EL REALISMO JURÍDICO NORTEAMERICANO O JURISPRUDENCIA
SOCIOLÓGICA NORTEAMERICANA. Realismo conductista. Oliver Wendell
Holmes
3. LA FILOSOFÍA ANALÍTICA: H.L.A. HART y la Escuela Analítica inglesa.
4. LA POST-ANALÍTICA: JOHN RAWLS. Su doctrina: 1) La justificación ética; 2) Los
denominados “juicios maduros en equilibrio reflexivo”: la justicia. 3) La noción de
“posición original” o de “contrato social”. Consideraciones críticas.
RONALD DWORKIN. Su filosofía jurídica: 1) Su concepto del derecho; normas y
principios. 2) La teoría de la adjudicación. 3) Su anti-positivismo jurídico (ideológico,
teórico, metodológico o conceptual). El iusnaturalismo dworkiniano. Apreciaciones
críticas de la elaboración de Dworkin.
5. INFLUENCIA EN LA ARGENTINA: CARLOS NINO. Su concepción iusfilosófica.
Análisis y crítica.
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6. EL PENSAMIENTO FILOSÓFICO JURÍDICO DEL MARXISMO. Análisis del
pensamiento jurídico de Carlos Marx. El iusmarxismo posterior: la versión
estructuralista; la versión voluntarista. Apreciaciones críticas.
UNIDAD XV: LA ÉPOCA CONTEMPORÁNEA: VERTIENTES ACTUALES DEL
IUSNATURALISMO
1. EL REALISMO JURÍDICO CLÁSICO: Comprensión y alcances: conjunto de autores
que tienen como común denominador partir de las enseñanzas de Aristóteles y
Santo Tomás de Aquino.
2. PRINCIPALES EXPRESIONES: Francisco Olgiati, Enrique Rommen, Giuseppe
Graneris,
3. EL PENSAMIENTO JURÍDICO DE LOUIS LACHANCE. Su obra fundamental: “El
concepto de Derecho según Aristóteles y Santo Tomás”. Desarrollo de su
elaboración. Análisis crítico.
4. LA FILOSOFÍA DEL DERECHO DE MICHEL VILLEY. Características generales de
su obra. Elementos constitutivos de su iusfilosofía: 1) La definición del derecho; 2)
La metodología jurídica; 3) Las fuentes del Derecho, 4) El lenguaje jurídico.
Consideraciones críticas sobre su concepción iusfilosófica.
5. LA FILOSOFÍA DEL DERECHO DE GEORGES KALINOWSKI. El concepto del
derecho, el fundamento del derecho y la concreción del derecho en su elaboración
iusfilosófica. Análisis y crítica.
6. LA FILOSOFÍA DEL DERECHO DE JOHN FINNIS. Su concepción del derecho. Ley
natural y derecho naturales. Los “absolutos morales”. Aristóteles, Santo Tomás y
los absolutos morales. Análisis y crítica de su elaboración iusfilosófica.
c) BIBLIOGRAFÍA
BIBLIOGRAFÍA GENERAL
a. FUENTES
1. ARISTÓTELES:
2. CICERÓN:
3. DE SOTO, DOMINGO:
4. DE VITORIA, FRANCISCO:
5. HOBBES, THOMAS:
6. KANT, MANUEL:
7. KELSEN, HANS:
8. PLATÓN:
9. SAN AGUSTÍN:
10. SANTO TOMÁS DE AQUINO:
11. SUÁREZ, FRANCISCO:
Ética Nicomaquea (hay varias ediciones castellanas).
Política (id.).
Retórica (id.).
De legibus (Las Leyes), Madrid, I.E.P., 1970.
De Republica (La República) (id.)
De iustitia et iure (La Justicia ye el Derecho) (5 ts.), Madrid, I.E.P., 1967.
Relecciones teológicas, Madrid. B.A.C., 1960.
Derecho Natural y de Gentes, Buenos Aires, EMECÉ, 1949.
Leviatan (hay varias ediciones castellanas).
Fundamentación de la metafísica de las costumbres (ib.).
La teoría pura del Derecho, Buenos Aires, Eudeba, 1960.
La República (hay varias ediciones castellanas).
Las Leyes (id.).
La Ciudad de Dios (id.).
Suma Teológica (hay varias ediciones castellanas ).
Suma contra los gentiles (id.).
In decem libros Ethicorum Aristotelis ad Nicomachum (id.).
Tratados de la "Justicia" y de la "Ley" y sus comentarios; ed. bilingüe de
la B.A.C., Madrid.
Las Leyes (“De Legibus”)(hay varias ediciones castellanas).
b. BIBLIOGRAFÍA GENERAL
1. CASARES, TOMAS:
1. CASUABÓN, JUAN ALFREDO:
2. CATHREIN, VICTOR:
3. CORTS GRAU, JOSÉ:
4. DEL VECCHIO, JORGE:
5. DUJOVNE, LEÓN:
6. FOSBERY, ANÍBAL E.:
La justicia y el derecho, Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1997 (reimpr. de
la edición de los CCC, 1945).
“El conocimiento jurídico”, EDUCA, Bs. As., 1984.
“Historia de la Filosofía”, Abeledo-Perrot, Bs. As., 1995.
“Nociones generales de lógica y filosofía”, Ángel Estrada, Bs. As., 1989.
“Introducción al Derecho” (Vol. I-VI), ARIEL, Bs. As., 1979-1980.
"Filosofía del Derecho".
“Historia de la Filosofía del Derecho”, Editora Nacional, Madrid, 1942.
Persona, Estado y Derecho, Madrid, IEP, 1957.
La Filosofía del Derecho de Hegel a Kelsen, Buenos Aires, Omeba, 1963.
“La Cultura Católica”, Ed. Tierra Media, Bs. As., 1999.
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7. GALÁN Y GUTIÉRREZ, E.:
8. GARCÍA MAYNEZ, G.:
9. GILSON, ETIENNE:
10. GÓMEZ ROBLEDO, A.:
11. GRANERIS, GIUSEPPE:
"La filosofía política de Santo Tomás de Aquino".
Teorías sobre la justicia en los diálogos de Platón, Méjico, UNAM, 1987.
"El realismo metódico".
Meditación sobre la justicia, Méjico, FCE, 1966.
Contribución tomista a la filosofía del derecho, Buenos Aires, Eudeba,
1977.
"El concepto de derecho".
“Derecho subjetivo y derechos humanos – Doctrina solidarista”, AbeledoPerrot, Bs. As., 2000.
"Introducción crítica al Derecho Natural", Editorial MiNos, México, 1997(
hay edición de EUNSA, 1981).
El problema de la verdad en la moral y en el Derecho, Buenos Aires,
Eudeba, 1979.
Crítica del Derecho Natural, Madrid, Taurus, 1966.
12. HART, H. L.:
13. HERNÁNDEZ, HÉCTOR H.:
14. HERVADA, JAVIER:
15. KALINOWSKY, G.:
16. KELSEN, HANS:
17. LACHANCE:, LOIS:
18. LAMAS, FÉLIX ADOLFO:
19. LEGAZ Y LACAMBRA, L.:
20. LLAMBÍAS DE AZEVEDO, J.:
21. MASSINI, CARLOS IGNACIO:
22. MESSNER, JUAN:
23. MILLÁN PUELLES, ANTONIO:
24. MONTEJANO, BERNARDINO:
25. OLGIATI, FRANCISCO:
26. RAMÍREZ, SANTIAGO:
27. RADBRUCH, GUSTAVO:
28. REALE, MIGUEL:
29. RECASÉNS SICHES, LUIS:
30. ROMMEN, HEINRICH:
31. ROSS, ALF:
32. SÁNCHEZ CAMACHO, M.:
33. SANCHO IZQUIERDO,
S./HERVADA, J:
34. TRUYOL Y SERRA, ANTONIO:
35. UTZ, ARTURO:
36. VERDERA, HUGO ALBERTO:
37. VERDROSS, ALFREDO,
37. VERNAUX, ROGER:
38. WENZEL, HANS:
39. WOLF, ERIC:
El concepto de derecho según Aristóteles y Santo Tomás, Buenos Aires,
1953.
El Derecho y los derechos del hombre, Madrid, Rialp, 1979.
La experiencia jurídica, Buenos Aires, IEF, 1991.
La Concordia Política, Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1975.
Ensayo sobre el orden social, Buenos Aires, IEF, 1985, (2da ed. 1990).
Los Principios Internacionales, Buenos Aires, Forum, 1974.
Filosofía del Derecho, Barcelona, Bosch, 1961.
El pensamiento del Estado y del Derecho en la Antigüedad, Buenos Aires,
Librería Jurídica, 1956.
"Sobre el realismo jurídico".
“La desintegración del pensar jurídico en la Edad Moderna”.
“Ensayo crítico acerca del pensamiento filosófico-jurídico de Carlos
Marx”
“Filosofía del Derecho”
“La prudencia jurídica”.
Ética social, política y económica a la luz del Derecho Natural, Madrid,
Rialp, 1967.
Sobre el hombre y la sociedad, Madrid, Rialp, 1976.
Curso de Derecho Natural, Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1978.
Ideología, racionalismo y realidad, Buenos Aires, Abeledo-Perrot, 1981.
El concepto de juridicidad en Santo Tomás de Aquino, Navarra, EUNSA.
La prudencia, Madrid, Palabra, 1979.
Filosofía del Derecho, Madrid, ERDP, 1959.
Fundamentos del Derecho, Buenos Aires, Depalma, 1976.
Panorama del pensamiento jurídico en el siglo XX, Méjico, Porrúa, 1963.
El Estado en el pensamiento católico, Madrid, IEP, 1956.
"Sobre la justicia y el derecho"EUDEBA, Bs. As., 19
"Ética y filosofía de analítica".
Compendio de derecho natural, EUNSA, Pamplona, 1980.
Historia de la Filosofía del Derecho y del Estado, Madrid, Revista de
Occidente, 1961.
Ética Social, Barcelona, Herder, 1988.
“El bien común y el bien particular”, Volumen II-1998, Ciclos de Cultura
y Ética Social, Fundación Aletheia, CIES Editorial, Buenos Aires.
“ La Filosofía del Derecho en el Mundo Occidental”, Méjico, 1962.
"Epistemología general o Critica del conocimiento".
Derecho Natural y Justicia Natural, Madrid, Aguilar, 1957.
El problema del Derecho Natural, Barcelona, Ariel, 1960.
El origen de la ontología jurídica en el pensamiento griego, Córdoba,
U.N.C., 1965.
BIBLIOGRAFÍA POR UNIDADES
UNIDAD I: NOCIÓN PRELIMINAR DE FILOSOFÍA DEL DERECHO.
JUAN A. CASAUBÓN:
ALBERTO CATURELLI:
MIGUEL SANCHO IZQUIERDOJAVIER HERVADA:
“Nociones generales de lógica y filosofía”, Ángel Estrada y Cía., Bs. As.,
1989.
“La Filosofía”, Editorial Gredos, Madrid, 1977.
“Compendio de Derecho Natural”, EUNSA, Pamplona, 1980, Tomo I,
Capítulo I: Concepto elemental de Derecho Natural.
9/21
JORGE GUILLERMO PORTELA:
RODOLFO VIGO (h):
GIUSEPPE GRANERIS:
CARLOS IGNACIO MASSINI:
CARLOS IGNACIO MASSINI:
“La ubicación de la Filosofía del Derecho en la Filosofía”, Prudentia
Iuris, Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la
U. C. A., Nro. XVI, Agosto 1985, pp. 109-120.
“Las causas del derecho”, Abeledo-Perrot, Bs. As., 1983, Primera Parte:
Metafísica y Derecho.
“Contribución tomista a la filosofía del derecho”, Capítulo I: Filosofía y
Derecho.
“La Prudencia Jurídica. Introducción a la gnoseología del derecho”,
Abeledo-Perrot, Bs. As. 1983, Apartado: “La filosofía Jurídica, Necesidad
y significado, para el jurista del estudio de la Filosofía del Derecho”, pp.
123-144.
"Sobre el realismo jurídico", Abeledo-Perrot, Bs. As., 1978.
Capítulo I, El concepto del derecho, pp. 13-28.
UNIDAD II: NOCIÓN PRELIMINAR DE DERECHO NATURAL
“Introducción crítica al Derecho Natural”, Editorial MiNos, México,
1997( hay edición de EUNSA, 1981), Capítulo III. Lo justo natural.
MIGUEL SANCHO IZQUIERDO-JAVIER HERVADA: “Compendio de Derecho Natural”, EUNSA,
Pamplona, 1980,Tomo I, Capítulo I.
CARLOS IGNACIO MASSINI:
"El derecho, los derechos humanos y el valor del derecho”,
Abeledo-Perrot, Bs. As., 1987, Segunda Parte, El Derecho Natural,
Precisiones fundamentales a la filosofía del derecho natural, pp.
73-89.
JAVIER HERVADA:
UNIDAD III: NOCIÓN DE DERECHO
JAVIER HERVADA:
DANIEL ALEJANDRO HERRERA:
BENITO RAFFO MAGNASCO:
SERGIO RAÚL CASTAGNO:
JUAN A. CASAUBÓN:
ERNESTO PUEYRREDÓN,
ERNESTO PUEYRREDÓN:
GUIDO SOAJE RAMOS:
LUIS GUILLERMO BLANCO:
MIGUEL SANCHO IZQUIERDOJAVIER HERVADA:
RODOLFO VIGO (h):
GIUSEPPE GRANERIS:
CARLOS IGNACIO MASSINI:
CARLOS IGNACIO MASSINI:
HÉCTOR H. HERNÁNDEZ:
“Introducción crítica al Derecho Natural”, Editorial MiNos, México,
1997( hay edición de EUNSA, 1981). Capítulo VI. La ley natural.
“Derecho natural y ley natural”, Prudentia Iuris, Revista de la
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la U. C. A., Nro. XXIXXII, Diciembre 1989, pp. 53-71.
“”La esencia racional de la ley según Santo Tomás”, Prudentia
Iuris, Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la
U. C. A., Nro. II, Diciembre 1980, pp. 19-26.
“La racionalidad de la ley”, Austral, Depalma, Bs. As., 1995.
“Introducción al Derecho”, ARIEL, Bs. As., 1979, Volumen
3,“Derecho”, Cap. I, Derecho: Etimología y acepción del término;
Cap. II, Derecho Objetivo: su sentido en las escuelas aristotélica y
tomista y su sentido actual; Cap. V, Derecho y Moral.
“El concepto de derecho”, Revista Universitas, U. C. A., Año 4, Nro.
14, Abril 1970, pp. 14-23.
“El Derecho (Aproximación a su esencia)”, Prudentia Iuris, Revista
de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la U. C. A., Nro.
II, Diciembre 1980, pp. 27-34.
”El concepto del derecho” (mimeo), Instituto de Filosofía Práctica,
Bs. As., 1977.
“El derecho entendido como potestad (Acerca del dualismo
‘derecho objetivo-subjetivo’)”, Prudentia Iuris, Revista de la
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la U. C. A., Nro. XI,
Diciembre 1985, pp. 122-150.
“Compendio de Derecho Natural”, EUNSA, Pamplona, 1980,Tomo I,
Capítulo I: Concepto elemental de Derecho Natural.
“Las causas del derecho”, Abeledo-Perrot, Bs. As., Primera Parte:
Metafísica y Derecho, 1983.
“Contribución tomista a la filosofía del derecho”, EUDEBA, Bs. As.,
1977, Capítulo I: Filosofía y Derecho.
"Sobre el realismo jurídico",o I. Abeledo-Perrot, Bs. As., 1978, Capítulo I.
"El derecho, los derechos humanos y el valor del derecho”,
Abeledo-Perrot, Bs. As., 1987. Primera Parte, La noción del
derecho, pp. 15-70.
“Derecho subjetivo y derechos humanos – Doctrina solidarista”,
Abeledo-Perrot, Bs. As., 2000. Capítulo III: ¿Qué es el Derecho
Subjetivo (Su naturaleza categorial), pp. 117-130.
UNIDAD IV: EL DERECHO Y LA JUSTICIA.
TOMÁS D. CASARES:
FEDERICO A. TORRES LACROZE:
JORGE GUILLERMO PORTELA: en
HUGO ALBERTO VERDERA:
“La Justicia y el Derecho”, Abeledo-Perrot, Bs. As., 1991.
“Ensayos Iusnaturalistas”, Abeledo-Perrot, Bs. As., 1994, Capítulo
V: El problema de la ley injusta en Santo Tomás, pp. 53-56.
“Introducción al Derecho”,de J. A. Casaubón, Volumen 2,“ La
justicia”, Ariel, 1979.
“El concepto de justicia social”.
10/21
Bibliografía previamente citada, en sus lugares respectivos.
UNIDAD V: LAS CAUSAS DEL DERECHO.
“Visión crítica de la historia de la Filosofía del Derecho”, Capítulo I: El
derecho y el saber jurídico en el realismo clásico.
RODOLFO VIGO (h):
“Las causas del derecho”, Segunda Parte: Las Causas del Derecho.
RODOLFO VIGO (h):
“Las causas intrínsecas del derecho”, Prudentia Iuris, Revista de la
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la U. C. A., Nro. V,
Diciembre 1981, pp. 51-60.
AGUSTÍN PINTO:
“La noción de bien común según la filosofía tomista”, Prudentia
Iuris, Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la
U. C. A., Nro. III, Abril 1981, pp. 7-24.
JUAN M. BARGALLO CIRIO:
“Bien Común y perfección personal”, Prudentia Iuris, Revista de la
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la U. C. A., Nro. III,
Diciembre 1981, pp. 25-50.
BERNARDINO MONTEJANO:
“El Bien Común en la Doctrina Pontificia”, Prudentia Iuris, Revista
de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la U. C. A., Nro.
III, Diciembre 1981, pp. 67-86.
HUGO ALBERTO VERDERA:
“La problemática del bien común y del bien particular a la luz del
pensamiento de Santo Tomás”.
Bibliografía citada en Unidades precedentes, en sus lugares respectivos.
RODOLFO VIGO (h):
UNIDAD VI: DERECHO NATURAL Y DERECHO POSITIVO.
Bibliografía previamente citada.
JAVIER HERVADA:
JUAN ANTONIO MARTÍNEZ MUÑOZ:
“Introducción crítica al Derecho Natural”, Capítulo III. Lo justo
natural, Editorial MiNos, México, 1997( hay edición de EUNSA,
1981).
“Sobre el sentido del Derecho natural”, Anuario Jurídico Económico
Escurialense, Nro. 31 (1998), pp. 155-198.
UNIDAD VII: EL CONOCIMIENTO JURÍDICO.
JUAN A. CASAUBÓN:
JUAN A. CASAUBÓN:
JUAN A. CASAUBÓN:
DOMINGO BASSO:
CARLOS IGNACIO MASSINI:
“El conocimiento jurídico”, EDUCA, Bs. As., 1984.
“Actitudes gnoseológicas y concepciones de la norma jurídica”,
Prudentia Iuris, Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias
Políticas de la U. C. A., Nro. XiV, Diciembre 1984, pp. 29-39.
“Introducción al Derecho, Volumen 2,“ La actividad cognoscitiva
del hombre”, Ariel, 1979.
“Acerca del conocimiento especulativo y del conocimiento práctico”,
Prudentia Iuris, Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias
Políticas de la U. C. A., Nro. XiV, Diciembre 1984, pp. 3-28.
“La Prudencia Jurídica. Introducción a la gnoseología del derecho”,
El conocimiento práctico, Abeledo-Perrot, Bs. As., 1983.
UNIDAD VIII: PRINCIPALES CRÍTICAS AL IUSNATURALISMO REALISTA CLÁSICO Y
SUS RESPUESTAS ACTUALES
RODOLFO VIGO (h):
BERNARDINO MONTEJANO:
CARLOS IGNACIO MASSINI:
“Visión crítica de la Historia de la Filosofía del Derecho”, Rubinzal y
Culzoni Editores, Santa Fe, Argentina, 1984, Capítulo IV, pp. 227258.
“Curso de Derecho Natural”, Capitulo VII: “Análisis de algunas
críticas al Derecho Natural”, pp. 239-247.
“El derecho, los derechos humanos y el valor del derecho”,
Segunda Parte [(Sobre la “falacia naturalista; publicados ambos
artículos en la Revista Sapientia, Nros. 152 (1984) y 162 (1986)]
UNIDAD IX: FUNDAMENTOS HISTÓRICO-FILOSÓFICOS: ORIGEN DE LA FILOSOFÍA
DEL DERECHO. ISRAEL. GRECIA. ROMA.
M. SANCHO IZQUIERDO-J. HERVADA. “Compendio de Derecho Natural” , EUNSA, Pamplona, 1980.
FEDERICO A. TORRES LACROZE:
“Ensayos Iusnaturalistas”, Abeledo-Perrot, Bs. As., 1994, Capítulo
II, El Derecho Natural en la Biblia, pp. 23-25.
BERNARDINO MONTEJANO:
“Curso de Derecho Natural”, Abeledo-Perrot, Bs. As., 1986 (hay
nueva edición actualizada, 1999).
MICHEL VILLEY:
“El Derecho, perspectiva griega, judía y cristiana”, Ghersi, Bs. As.,
1978.
ANTONIO TRUYOL Y SERRA:
“Historia de la Filosofía del Derecho y del Estado”, Madrid, Revista
de Occidente, 1961.
CASIMIRO ARMANDO VARELA:
“Los orígenes del pensamiento jurídico en la Grecia Antigua”,
Prudentia Iuris, Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias
Políticas de la U. C. A., Nro. XII, Abril 1984, pp. 67-82.
11/21
ALFREDO DI PIETRO:
“Significado y papel de la ley en Roma”, Anuario de Filosofía
Jurídica y Social. Asociación Argentina de Derecho Comparado,
Abeledo-Perrot, Bs. As. 1986, Volumen 6, pp. 47-80.
UNIDAD X: FUNDAMENTOS HISTÓRICO-FILOSÓFICOS: EL CRISTIANISMO Y
DERECHO.
EL
M. SANCHO IZQUIERDO-J. HERVADA. “Compendio de Derecho Natural”.
BERNARDINO MONTEJANO:
“Curso de Derecho Natural”, Abeledo-Perrot, Bs. As., 1986 (hay
nueva edición actualizada, 1999).
MICHEL VILLEY:
“El Derecho, perpectiva griega, judía y cristiana”, Ghersi, Bs. As.,
1978.
MICHEL VILLEY:
“El pensamiento jus-filosófico de Aristóteles y de Santo Tomás”,
Ghersi, Bs. As., 1981.
ANTONIO TRUYOL Y SERRA:
“Historia de la Filosofía del Derecho y del Estado”, Madrid, Revista
de Occidente, 1961.
FULVIO RAMOS:
“La justicia en San Agustín”, Prudentia Iuris, Revista de la Facultad
de Derecho y Ciencias Políticas de la U. C. A., Nro. XVI, Agosto
1985, pp. 92-97.
GUILLERMO JORGE YACOBUCCI:
“Notas introductorias al estudio del pensamiento político y jurídico
de San Agustín”, ”, Prudentia Iuris, Revista de la Facultad de
Derecho y Ciencias Políticas de la U. C. A., Nro. XI, Diciembre
1983, pp. 74-97.
JUAN A. CASAUBÓN:
“La justicia en el pensamiento neotomista”, Anuario de Filosofía
Jurídica y Social. Asociación Argentina de Derecho Comparado,
Abeledo-Perrot, Bs. As. 1983, Volumen 3, pp. 103-135.
JUAN A. CASAUBÓN:
“La noción de ley en la Edad Media”, Anuario de Filosofía Jurídica y
Social. Asociación Argentina de Derecho Comparado, AbeledoPerrot, Bs. As. 1986, Volumen 6, pp. 103-135.
JUAN A. CASAUBÓN:
“La ley natural según Santo Tomás de Aquino”, conferencia de
Agosto de 1986, en las Segundas Jornadas Tomistas de Ética
Social.
ANTONIO BASCUÑAN RODRÍGUEZ:
“Observaciones sobre la distinción entre derecho natural y derecho
positivo en la teoría del derecho de Tomás de Aquino”, Revista de
Ciencias Sociales, Valparaíso, Chile, Nro. 41, 1996, Primero y
Segundo Semestre, pp. 301-322.
HÉCTOR H. HERNÁNDEZ:
“Derecho subjetivo y derechos humanos – Doctrina solidarista”,
Abeledo-Perrot, Bs. As., 2000. Capítulo X: “Tomás de Aquino, el
derecho y el derecho subjetivo”, pp. 260-269.
ANÍBAL E. FOSBERY:
“La Cultura Católica”, Ed. Tierra Media, Bs. As., 1999, Primera
Parte, Capítulo XI: “Santo Tomás de Aquino y su formulación de la
cultura católica”, pp. 227-268.
JOSÉ ANTONIO IGLESIAS:
“Una introducción a Guillermo de Ockahm. Sus doctrinas política y
jurídica”, Prudentia Iuris, Revista de la Facultad de Derecho y
Ciencias Políticas de la U. C. A., Nro. XVI, Abril 1984, pp. 83-102.
JORGE GUILLERMO PORTELA:
“”El Voluntarismo en Duns Escoto y la noción de contrato”,
Prudentia Iuris, Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias
Políticas de la U. C. A., Nro. II, Diciembre 1980, pp. 49-60.
AVELINO FOLGADO:
“La Ley y el Derecho en San Agustín”, Anuario Jurídico Económico
Escurialense, Nro. 31 (1998), pp. 9-46.
UNIDAD XI: FUNDAMENTOS HISTÓRICO-FILOSÓFICOS: IRRUPCIÓN DEL DERECHO
NATURAL MODERNO.
CARLOS IGNACIO MASSINI:
BERNARDINO BRAVO LIRA:
MIGUEL SANCHO IZQUIERDOJAVIER HERVADA:
RODOLFO LUIS VIGO (h):
PH. I. ANDRÉ-VICENT:
ANTONIO TRUYOL Y SERRA:
MARÍA LILIANA LUKAC DE STIER:
“La desintegración del pensar jurídico en la Edad Moderna”
(Capítulos I-VII).
“El racionalismo moderno: configuración y proyecciones”, Prudentia
Iuris, Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la
U. C. A., Nro. XIX-XX, Mayo 1986-Diciembre 1988, pp. 51-76.
“Compendio de Derecho Natural”, Tomo II, Capítulo VI, Apartados
2, 3 y 4.
“Visión crítica de la Historia de la Filosofía del Derecho”, Rubinzal y
Culzoni Editores, Santa Fe, Argentina, 1984, Capítulo II.
“Génesis y desarrollo del voluntarismo jurídico”, Ghersi, Bs. As.,
1978.
“Historia de la Filosofía del Derecho y del Estado”, Madrid, Revista
de Occidente, 1961.
“El fundamento antropológico de la filosofía política y moral en
Thomas Hobbes”, Universidad Católica Argentina, Bs. As.. 1999.
UNIDAD XII: APOGEO DEL DERECHO NATURAL MODERNO
Igual bibliografía a la de la Unidad anterior.
12/21
UNIDAD
XIII:
FUNDAMENTOS
HISTÓRICO-FILOSÓFICOS:
LA
ÉPOCA
CONTEMPORÁNEA. EL CUESTIONAMIENTO AL IUSPOSITIVISMO EN EL SIGLO XX
RODOLFO VIGO (h):
RODOLFO VIGO (h):
CAMILO TALE:
EUGENIO BULYGIN:
JUAN A. CASAUBÓN:
ENRIQUE ZULETA PUCEIRO:
Héctor H. Hernández,
JULIO C. CUETO RÚA:
JULIO C. CUETO RÚA:
DANTE CRACOGNA:
ANTONIO TRUYOL Y SERRA:
GUSTAVO RADBRUCH:
ERIK WOLF:
“Visión crítica de la Historia de la Filosofía del Derecho”, Rubinzal y
Culzoni Editores, Santa Fe, Argentina, 1984, Capítulo III.
“Perspectivas iusfilosóficas contemporáneas. Ross-Hart-BobbioDworkin-Villey”, Abeledo-Perrot, Bs. As., 1991.
“Exposición y refutación de los argumentos de Hans Kelsen contra
la doctrina del derecho natural”, Revista Sapientia, Volumen LI,
Fascículo 199, pp. 81-102.
“Alf Ross y el realismo escandinavo”, Anuario de Filosofía Jurídica
y Social. Asociación Argentina de Derecho Comparado, AbeledoPerrot, Bs. As. 1981, pp. 75-89.
“Estudio crítico sobre la lógica del ser y la lógica del deber ser en la
teoría egológica”, Revista Ethos, Instituto de Filosofía Práctica,
Nros. 2/3, 1978.
“Critical Legal Studies y la renovación de la teoría jurídica
norteamericana”, Anuario de Filosofía Jurídica y Social. Asociación
Argentina de Derecho Comparado, Abeledo-Perrot, Bs. As. 1987,
pp. 109-123.
“Nota crítica y reseña a la obra ‘Oposiciones fundamentales a la
teoría egológica del derecho’”, Revista Ethos, Instituto de Filosofía
Práctica, Nro. 1, (1973), pp. 336-343.
“La jurisprudencia sociológica norteamericana”, Anuario de
Filosofía Jurídica y Social. Asociación Argentina de Derecho
Comparado, Abeledo-Perrot, Bs. As. 1981, Nro. 1, pp. 59-73.
“Carlos Cossio: el derecho como experiencia”, Anuario de Filosofía
Jurídica y Social. Asociación Argentina de Derecho Comparado,
Abeledo-Perrot, Bs. As. 1987, pp. 131-136.
“Acerca de la norma fundamental en Cossio”, Anuario de Filosofía
Jurídica y Social. Asociación Argentina de Derecho Comparado,
Abeledo-Perrot, Bs. As. 1987, pp. 137-150.
“Historia de la Filosofía del Derecho y del Estado”, Madrid, Revista
de Occidente, 1961.
“Filosofía del Derecho”, Madrid, 1959.
“El problema del derecho natural”, Ariel, Barcelona, 1960.
UNIDAD XIV: FUNDAMENTOS HISTORICO-FILOSOFICOS:
CONTEMPORÁNEA: CORRIENTES IUSFILOSÓFICAS ACTUALES
RODOLFO VIGO (h):
HÉCTOR H. HERNÁNDEZ:
ENRIQUE LÓPEZ CASTELLÓN:
HUGO BLIFFELD:
RICARDO A. GUIBOURG:
CARLOS IGNACIO MASSINI:
LA
“Perspectivas iusfilosóficas contemporáneas. Ross-Hart-BobbioDworkin-Villey”, Abeledo-Perrot, Bs. As., 1991.
“El contrato social como fundamento de la justicia en Rawls”,
Revista Ethos, Instituto de Filosofía Práctica, Nro. 19-20, (19811982), pp. 215.
“Sobre la prioridad de la Justicia” (El contexto de la teoría de
Rawls), Revista Agustiniana, Nro. 114, Sep/Dic 1996, pp. 931-968.
“La justicia en Rawls”, Anuario de Filosofía Jurídica y Social.
Asociación Argentina de Derecho Comparado, Abeledo-Perrot, Bs.
As. 1987, pp. 47-56.
“Hart y la escuela analítica inglesa”, Anuario de Filosofía Jurídica y
Social. Asociación Argentina de Derecho Comparado, AbeledoPerrot, Bs. As. 1981, Nro. 1, pp. 91-105.
“Filosofía analítica y derechos humanos (Consideraciones sobre la
obra de Carlos S. Nino ‘Ética y Derechos Humanos’)”, Revista
Ethos, Instituto de Filosofía Práctica, Nro. 12-13, (1984-1985), pp.
337-352.
UNIDAD
XV:
FUNDAMENTOS
HISTORICO-FILOSOFICOS:
LA
CONTEMPORÁNEA: VERTIENTES ACTUALES DEL IUSNATURALISMO
RODOLFO VIGO (h):
RODOLFO VIGO (h):
GEORGES KALINOWSKI:
LOIS LACHANCE:
CARLOS I. MASSINI:
CARLOS I. MASSINI:
ÉPOCA
ÉPOCA
“Visión crítica de la Historia de la Filosofía del Derecho”, Rubinzal y
Culzoni Editores, Santa Fe, Argentina, 1984, Capítulo III.
“Perspectivas iusfilosóficas contemporáneas. Ross-Hart-BobbioDworkin-Villey”, Abeledo-Perrot, Bs. As., 1991.
“Concepto, fundamento y concreción del Derecho”, Abeledo-Perrot,
Bs. As., 1982.
“El concepto de derecho según Aristóteles y Santo Tomás”,
Buenos Aires, 1953.
“Estudio preliminar” en la obra precitada de Kalinowski.
“La concepción analógica del derecho según Georges Kalinowski”,
Prudentia Iuris, Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias
Políticas de la U. C. A., Nro. XVI, Agosto 1985, pp. 68-91.
13/21
JOHN FINNIS:
“Ley natural y derechos naturales”,
CRISTÓBAL ORREGO S.:
“Estudio Preliminar” en la obra precitada de Finnis.
CARLOS IGNACIO MASSINI CORREAS: “La Nueva Escuela Anglosajona de Derecho Natural”, en Revista
de Ciencias Sociales, Facultad de Derecho y Ciencias Sociales,
Universidad de Valparaíso, Chile, Nro. 41.
GUIDO SOAJE RAMOS:
“John Finnis y el derecho natural”, Anuario de Filosofía Jurídica y
Social. Asociación Argentina de Derecho Comparado, AbeledoPerrot, Bs., pp. 77-101.
GUIDO SOAJE RAMOS:
“Nota crítica y reseña a la obra ‘Ley natural y derechos humanos’
de John Finnis, Revista Ethos, Instituto de Filosofía Práctica, Nro.
10-11 (1982-1983) pp. 344-370.
RENATO RABBÍ-BALDI CABANILLAS: “La filosofía jurídica de Michel Villey”, EUNSA,, 1990.
HÉCTOR H. HERNÁNDEZ:
“Nota crítica y reseña a la obra precitada de Rabbí-Cabanillas, ,
Revista Ethos, Instituto de Filosofía Práctica, Nro. 19-20, (19811982), pp. 201-205.
JOSÉ MARÍA PODESTÁ:
“El método del Derecho Natural en Villey”, Prudentia Iuris, Revista
de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la U. C. A., Nro.
XVI, Agosto 1981, pp. 103-110.
PEDRO JOSÉ COVIELLO:
“El Derecho, ¿Realidad o norma moral? A propósito de la tesis de
Michel Villey”, Prudentia Iuris, Revista de la Facultad de Derecho y
Ciencias Políticas de la U. C. A., Nro. XXIX, Junio 1992, pp. 49-68.
GUIDO SOAJE RAMOS:
“Diferentes concepciones de derecho natural”, Revista Ethos,
Instituto de Filosofía Práctica, Nro. 10-11 (1982-1983) pp. 317-338.
Reproducido en “El iusnaturalismo actual”, Carlos I MassiniCorreas (compilador), Abeledo-Perrot, 1996, pp. 320-346.
d) MÉTODOS DE EVALUACIÓN
1.
2.
3.
Los alumnos rendirán dos evaluaciones escritas anuales (parciales), en las fechas
asignadas por la Facultad, de acuerdo al Cronograma de Actividades Anuales.
Deberán aprobar ambas evaluaciones. En caso de ser reprobados en alguna de
ellas, rendirán un parcial recuperatorio. La no aprobación y/ ausencia no justificada a
las precitadas evaluaciones, significará la no aprobación de la regularidad de la
materia.
En el examen final, los alumnos rendirán de acuerdo al Programa de Examen, que
incluye además los textos obligatorios, que formarán parte de la evaluación.
Aprobado por Consejo Directivo 05/07/01 -Acta 542-
14/21
PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA ARGENTINA
FACULTAD DE DERECHO
PROGRAMA DE EXAMEN
CARRERA:
ABOGACÍA
AÑO: 4 º
MATERIA:
FILOSOFÍA DEL DERECHO
CURSO: 01/07
PROFESOR:
Hugo Alberto VERDERA
TURNO: MB
CARGA HORARIA: 3 hs.
UNIDAD I
1. CONCEPTO DE FILOSOFÍA. 1) LA DEFINICIÓN “REAL” DE LA FILOSOFÍA. 2) SU
DISTINCIÓN CON RESPECTO DE LA EXPERIENCIA, DE LA CIENCIA POSITIVA
Y DE LA TEOLOGÍA.
2. EL DERECHO COMO NORMA. ESQUEMAS DE LA NORMA JURÍDICA.
DEFINICIÓN DE LA LEY. LEY NATURAL Y DERECHO NATURAL: EXISTENCIA,
DEFINICIÓN, CONTENIDO Y CARACTERES DE LA LEY NATURAL. DERECHO
NATURAL Y LEY NATURAL.
3. LOS FUNDAMENTOS ÚLTIMOS DEL DERECHO. RELACIONES ENTRE LAS
NORMAS JURÍDICAS NATURALES Y LAS NORMAS JURÍDICAS POSITIVAS.
4. CRÍTICAS “RACIONALES” AL IUSNATURALISMO CLÁSICO.
5. DESINTEGRACIÓN
DEL
PENSAMIENTO
JURÍDICO
CLÁSICO.
CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL PENSAMIENTO JURÍDICO MODERNO.
CONSECUENCIAS RESULTANTES.
6. LA ESCUELA DE UPSALA: ALF ROSS.
TEXTOS OBLIGATORIOS:
1. JOSEF PIEPER:
2. BERNARDINO MONTEJANO:
“Defensa de la Filosofía”, Edit. Herder, Barcelona, 1989 (Capítulo I: pp.
11-24; Capítulo II: pp. 25-35;Capítulo IX: pp.125-141)
“Actitud del jurista cristiano ante el Derecho Natural”.
UNIDAD II
1. NOCIÓN PRELIMINAR DE DERECHO. NECESIDAD. NOCIÓN ELEMENTAL DE
DERECHO.
2. EL DERECHO COMO PODER O FACULTAD (DERECHO SUBJETIVO).
3. DERECHO NATURAL Y DERECHO POSITIVO Y SU ARTICULACIÓN EN EL
SISTEMA JURÍDICO.
4. ANÁLISIS ESPECÍFICO DE LA DENOMINADA “FALACIA NATURALISTA”.
5. DECADENCIA DEL DERECHO NATURAL CLÁSICO. EL RENACIMIENTO Y LA
REFORMA PROTESTANTE. EL TRÁNSITO DEL PENSAMIENTO JURÍDICO
CLÁSICO AL PENSAMIENTO JURÍDICO MODERNO
6. LA TEORÍA FUNCIONAL DEL DERECHO: NORBERTO BOBBIO.
TEXTOS OBLIGATORIOS:
1. CARLOS IGNACIO MASSINI:
2. ARISTÓTELES:
“Necesidad y significado, para el jurista del estudio de la Filosofía del
Derecho”.
“Ética nicomaquea”, 1134 b (lib. V, c. 7) (derecho natural y derecho
legal).
15/21
UNIDAD III
1. EL ARTE DEL DERECHO. SU ESPECIFICIDAD. EL APORTE DE LA
ELABORACIÓN JURÍDICA ROMANA.
2. LAS PROPIEDADES DEL DERECHO. PROPIEDADES GENÉRICAS Y
PROPIEDADES ESPECÍFICAS.
3. ACTITUDES POSITIVISTAS Y JUSNATURALISTAS.
4. NEGATIVIDAD METAFÍSICA Y GNOSEOLÓGICA DEL IUSPOSITIVISMO
FRENTE AL IUSNATURALISMO.
5. LA ESCUELA DE DERECHO NATURAL Y DE GENTES: HUGO GROCIO.
6. LA ESCUELA EGOLÓGICA DEL DERECHO. CARLOS COSSIO.
TEXTOS OBLIGATORIOS:
1. SÓFOCLES:
“Antígona”, (Diálogo del rey Creonte y Antígona).
2. CRÍTICAS AL DERECHO NATURAL DE NORBERTO BOBBIO Y DE CHARLES EISEMANN. (Alcances y
refutación, en MONTEJANO: “Curso de Derecho Natural”).
UNIDAD IV
1. FILOSOFÍA DEL DERECHO. SU NECESIDAD E IMPORTANCIA.
2. ANÁLISIS DE LA JUSTICIA Y DE LO JUSTO.
3. DEL DERECHO POSITIVO AL DERECHO NATURAL. INSUFICIENCIAS LÓGICA,
HUMANA Y SOCIAL DEL POSITIVISMO JURÍDICO. DERECHO POSITIVO "PER
ACCIDENS" Y DERECHO POSITIVO "PER SE".
4. ORIGEN DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO. INTRODUCCIÓN: 1) LA HISTORIA
DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO. 2) EL PROBLEMA DEL ORIGEN DE LA
FILOSOFÍA DEL DERECHO.
5. EL DERECHO NATURAL EN INGLATERRA: THOMAS HOBBES.
6. LA FILOSOFÍA JURÍDICA ANGLOSAJONA. EL UTILITARISMO JURÍDICO. LA
INFLUENCIA DE BENTHAM.
TEXTOS OBLIGATORIOS:
1. ARISTÓTELES:
2. SAN AGUSTÍN:
“Ética nicomaquea”, V, 5 (Sobre justicia y ius, lo justo natural);
“Retórica”, I, 13 (Sobre la ley).
“La Ciudad de Dios”, XIX, 13, 1 (Definición del orden. Su vinculación
esencial con el concepto de ley).
UNIDAD V
1. LA PROBLEMÁTICA PRINCIPAL DE LA FILOSOFÍA DEL DERECHO. 1) EL “SER”
DEL DERECHO (METAFÍSICA JURÍDICA); 2) EL “FUNDAMENTO ÚLTIMO” DEL
DERECHO (TELEOLOGÍA JURÍDICA); EL “CONOCIMIENTO” DEL DERECHO
(GNOSEOLOGÍA JURÍDICA).
2. ETIMOLOGÍA DE “JURÍDICO”, “JUSTO” Y “JUSTICIA”.
3. EL DERECHO DE GENTES Y SU ÍNDOLE NATURAL O POSITIVA.
4. ISRAEL. 1) SINGULARIDAD DEL PUEBLO DE ISRAEL. EL DENOMINADO
"MILAGRO HEBREO". 2) EL ANTIGUO TESTAMENTO. EL DECÁLOGO COMO
COMPENDIO DE DERECHO NATURAL. 3) VERDADES FUNDAMENTALES
CONTENIDAS EN EL ANTIGUO TESTAMENTO, QUE CONSTITUYEN IDEAS
BÁSICAS PARA LA ELABORACIÓN DEL DERECHO NATURAL.
5. EL DERECHO NATURAL EN FRANCIA: ROUSSEAU.
6. EL REALISMO JURÍDICO NORTEAMERICANO O JURISPRUDENCIA
SOCIOLÓGICA NORTEAMERICANA. OLIVER WENDELL HOLMES.
TEXTOS OBLIGATORIOS:
1. SAN ISIDORO DE SEVILLA:
“Etimologías”.
2. LOS JURISTAS ROMANOS GAYO, ULPIANO Y PAULO: Sus conceptos del ius.
UNIDAD VI
1. EL FUNDAMENTO DEL DERECHO. LA CONDICIÓN ONTOLÓGICA DE LA
PERSONA. SANTO TOMÁS Y LA FILOSOFÍA DEL DERECHO.
2. DIVERSOS SENTIDOS DEL TÉRMINO "JUSTICIA".
3. IUSNATURALISMO Y IUSPOSITIVISMO EN LA SISTEMÁTICA DE LAS
DOCTRINAS JURÍDICAS.
16/21
4. GRECIA: 1) PERIODO COSMOLÓGICO. 2) PERIODO ANTROPOLÓGICO.
SÓCRATES Y SU INFLUENCIA.
5. BARUCH SPINOZA. SU FILOSOFÍA. EL DERECHO NATURAL EN SPINOZA.
6. LA FILOSOFÍA ANALÍTICA: H. L. A. HART.
TEXTOS OBLIGATORIOS:
1. TOMÁS HOBBES:
2. FÉLIX ADOLFO LAMAS:
“Leviatán”, Parte Primera, Capítulo XIV (Análisis y crítica de su concepto
de “derecho de la naturaleza” o “ius naturale”.
“El problema de la distinción entre ciencia y filosofía aplicado al
Derecho”.
UNIDAD VII
1. LO JUSTO NATURAL.
2. CLASES FUNDAMENTALES DE RELACIONES DE JUSTICIA (DIVISIÓN DE LA
JUSTICIA).
3. DISTINCIÓN ENTRE “CONOCER” Y “SABER”.
4. GRECIA: PERIODO SISTEMÁTICO: A) PLATÓN. B) ARISTÓTELES. PERÍODO
ÉTICO: A) EPICURO Y SU ESCUELA. B) EL ESTOICISMO. C) EL
ESCEPTICISMO ACADÉMICO.
5. LOS MAESTROS DEL DERECHO NATURAL MODERNO:
PRINCIPALES
EXPOSITORES: PUFENDORF, THOMASIO, WOLFF.
6. LA POST-ANALÍTICA: JOHN RAWLS.
TEXTOS OBLIGATORIOS:
1. SANCHO IZQUIERDO-HERVADA:
2. SANTO TOMÁS DE AQUINO:
“Significación de la palabra ‘naturaleza’”.
“Suma Teológica”, 2-2, q. 57, a. 2: “Si el derecho se divide
adecuadamente en derecho natural y positivo”.
UNIDAD VIII
1.
2.
3.
4.
EXISTENCIA DEL DERECHO NATURAL.
LA PROBLEMÁTICA DE LA DENOMINADA “JUSTICIA SOCIAL”.
GRADOS DEL CONOCIMIENTO JURÍDICO.
ROMA Y LA FILOSOFÍA DEL DERECHO. EL TRÁNSITO DEL PENSAMIENTO
GRIEGO AL ROMANO. CICERÓN.
5. LA INFLUENCIA DE KANT: EL DERECHO NATURAL EN KANT.
6. INFLUENCIA EN LA ARGENTINA: CARLOS NINO.
TEXTOS OBLIGATORIOS:
1. SENTIDO DE LA DETERMINACIÓN CAUSAL EN EL DERECHO.TEXTOS DE ARISTÓTELES Y SANTO
TOMÁS: Análisis y aplicación al conocimiento filosófico del Derecho.
2. ETIENNE GILSON:
“La especificidad del orden filosófico”.
UNIDAD IX
1. LA NATURALEZA HUMANA Y LA NATURALEZA DE LAS COSAS EN LA
DETERMINACIÓN DE LO JUSTO NATURAL.
2. EL PROBLEMA DEL DENOMINADO “DERECHO INJUSTO”.
3. GNOSEOLOGÍA Y DERECHO.
4. ROMA Y LA FILOSOFÍA DEL DERECHO. LOS JURISTAS ROMANOS. LA
JURISPRUDENCIA.
LOS
JURISCONSULTOS
CLÁSICOS.
LA
UNIVERSALIZACIÓN DEL DERECHO ROMANO. EL DERECHO Y SUS CLASES.
5. LA MODERNA CIENCIA DEL DERECHO: LA REACCIÓN ANTIMETAFÍSICA.
6. EL PENSAMIENTO FILOSÓFICO JURÍDICO DEL MARXISMO.
TEXTOS OBLIGATORIOS:
1. LA ACUSACIÓN CRÍTICA AL DERECHO NATURAL DE LA DENOMINADA “FALACIA NATURALISTA”
en HANS KELSEN, HANS KLUG y seguidores.
2. RODOLFO VIGO (h):
“Las causas intrínsecas del derecho”.
UNIDAD X
1. CLASES DE DERECHOS NATURALES.
2. EL SENTIDO DE LA DETERMINACIÓN CAUSAL EN EL DERECHO.
17/21
3. LA PROBLEMÁTICA FUNDAMENTAL DE LA GNOSEOLOGÍA Y SU REFLEJO EN
LA FILOSOFÍA DEL DERECHO.
4. LA ANTIGÜEDAD CRISTIANA: 1) FILOSOFÍA DEL DERECHO. DERECHO
NATURAL Y CRISTIANISMO. 2) EL NUEVO TESTAMENTO. 3) SAN PABLO.
5. LA ESCUELA HISTÓRICA DEL DERECHO.
6. EL REALISMO JURÍDICO CLÁSICO CONTEMPORÁNEO: COMPRENSIÓN Y
ALCANCES.
TEXTOS OBLIGATORIOS:
1. HÉCTOR H. HERNÁNDEZ:
2. JUAN JACOBO ROUSSEAU:
“Tomás de Aquino, el derecho y el derecho subjetivo”, pp. 260-269.
“Discurso acerca del origen y los fundamentos de la desigualdad entre los
hombres”. Análisis y crítica de su concepto de naturaleza.
UNIDAD XI
1. CONTENIDOS Y MEDIDAS DE DERECHO NATURAL.
2. LA CAUSA MATERIAL DEL DERECHO.
3. POSIBILIDAD DEL CONOCIMIENTO (VERDADERO Y CIERTO). MEDIOS DEL
CONOCIMIENTO. OBJETO Y ALCANCE DEL CONOCIMIENTO.
4. LA PATRÍSTICA. 1) APOLOGETAS Y SANTOS PADRES. 2) SAN AGUSTÍN. 3)
VIGENCIA DEL DERECHO NATURAL EN EL CRISTIANISMO PRIMITIVO.
5. LA ESCUELA DE LA EXÉGESIS.
6. VERTIENTES ACTUALES DEL IUSNATURALISMO. SUS PRINCIPALES
EXPRESIONES: FRANCISCO OLGIATI, ENRIQUE ROMMEN, GIUSEPPE
GRANERIS.
TEXTOS OBLIGATORIOS:
1. CICERÓN:
2. SANTO TOMÁS DE AQUINO:
“Tratado de las Leyes” (“De Legibus”), Libro Segundo.
“Suma Teológica”, 1-2, q. 94, c.: “Si la ley natural es una y la misma para
todos los hombres”.
UNIDAD XII
1. LO JUSTO NATURAL Y LA NATURALEZA HUMANA Y SU CONDICIÓN
HISTÓRICA. COROLARIO: RELACIONES ENTRE LO JUSTO NATURAL Y LO
JUSTO POSITIVO.
2. LA CAUSA FORMAL DEL DERECHO.
3. DERECHO Y TOMISMO.
4. LA DOCTRINA MEDIEVAL HASTA LA ESCOLÁSTICA. 1) LA COMPILACIÓN DE
JUSTINIANO. 2) SAN ISIDORO DE SEVILLA.
5. PARTICULARISMO DE LA POSICIÓN DE RUDOLF VON IHERING.
6. EL PENSAMIENTO JURÍDICO DE LOUIS LACHANCE.
TEXTOS OBLIGATORIOS:
1. LA ACUSACIÓN DE KELSEN DE “AUTOCRACIA FEUDAL” A LA DOCTRINA DEL DERECHO
NATURAL.
2. BERNARDINO MONTEJANO:
“El Bien Común en la Doctrina Pontificia”.
UNIDAD XIII
1.
2.
3.
4.
LOS SENTIDOS DEL TÉRMINO "DERECHO" Y "JUS".
LA CAUSA EJEMPLAR DEL DERECHO.
FUNDAMENTO DE LAS CRÍTICAS AL IUSNATURALISMO REALISTA CLÁSICO.
LA ESCOLÁSTICA: SANTO TOMAS DE AQUINO. EL REALISMO METAFÍSICO.
EL DERECHO NATURAL EN LA ESCOLÁSTICA FRANCISCANA. 1) SAN
BUENAVENTURA. 2) DUNS SCOTO.
5. EL CUESTIONAMIENTO AL IUSPOSITIVISMO EN EL SIGLO XX.
INTRODUCCIÓN: 1) CARACTERÍSTICAS GENERALES. 2) PRECURSORES:
RUDOLF STAMMLER, FRANCISCO GENY, GIORGIO DEL VECCHIO.
6. LA FILOSOFÍA DEL DERECHO DE MICHEL VILLEY.
TEXTOS OBLIGATORIOS:
18/21
1. FRANCISCO SUÁREZ:
2. CARLOS IGNACIO MASSINI:
“De Legibus”, Libro I, Cap. II, 5. Análisis y comparación de su definición
de “derecho”con la definición de Santo Tomás.
“El conocimiento práctico – Introducción a sus cuestiones fundamentales”.
UNIDAD XIV
1. ANALOGÍA DEL TÉRMINO "DERECHO".
2. LA CAUSA EFICIENTE DEL DERECHO.
3. PRINCIPALES CRÍTICAS AL IUSNATURALISMO REALISTA CLÁSICO Y SU
REFUTACIÓN. ENUMERACIÓN Y EXPLICACIÓN ÚLTIMA DE LAS MISMAS.
4. REACCIÓN CONTRA EL REALISMO EN EL SIGLO XIV. 1) IRRUPCIÓN DE UN
NUEVO CONTEXTO HISTÓRICO-ESPIRITUAL. 2) MARSILIO DE PADUA. 3)
GUILLERMO DE OCCAM.
5. TEORÍAS ANTI-IUSPOSITIVISTAS. 1) GUSTAV RADBRUCH; HANS WELZEL. 2)
HELMUT COING; LUIS RECASÉNS SICHES. 3) ERIC WOLF; EMIL BRUNNER.
6. LA FILOSOFÍA DEL DERECHO DE GEORGES KALINOWSKI.
TEXTOS OBLIGATORIOS:
1. HÉCTOR H. HERNÁNDEZ:
2. SÉNECA:
“Tomás de Aquino, el derecho y el derecho subjetivo”.
“De beneficiis”. Su pensamiento respecto al derecho en general y su
concepto de ius humanum, ius commune generis humani y ius gentium.
UNIDAD XV
EL DERECHO COMO “LO JUSTO”.
LA CAUSA FINAL DEL DERECHO.
CRÍTICAS “CONFESIONALES” AL IUSNATURALISMO CLÁSICO.
LA ESCUELA ESPAÑOLA DEL DERECHO NATURAL: 1) LOS INICIOS.
CAYETANO. 2) LA ESCUELA DOMINICA: FRANCISCO DE VITORIA. DOMINGO
DE SOTO. 3) LA ESCUELA JESUITA: LUIS DE MOLINA. FRANCISCO SUÁREZ.
5. POSITIVISMO NORMATIVISTA-LEGALISTA: HANS KELSEN. LA “TEORÍA PURA”
DEL DERECHO. LA CRÍTICA DE KELSEN A LA DOCTRINA DEL DERECHO
NATURAL.
6. LA FILOSOFÍA DEL DERECHO DE JOHN FINNIS.
1.
2.
3.
4.
TEXTOS OBLIGATORIOS:
1. FÉLIX ADOLFO LAMAS:
2. FEDERICO A. TORRES LACROZE:
“La mención del derecho en la antigüedad”. Análisis del desarrollo en el
pensamiento griego y romano.
“El problema de la ley injusta en Santo Tomás”.
TEXTOS OBLIGATORIOS PARA EL EXAMEN
1. JOSEF PIEPER:
2. ANÍBAL E. FOSBERY:
3. CARLOS IGNACIO MASSINI:
4. ARISTÓTELES:
5. SÓFOCLES:
“Defensa de la Filosofía”, Edit. Herder, Barcelona, 1989:
Prólogo (pág. 5): “Muchas cosas, necesarias y grandes, como el derecho,
están desamparadas por la naturaleza. Han de ser defendidas por el
poderoso, que tiene en esto, no sólo su quehacer, sino también su
legitimación. Ahora bien, el ejercicio del poder del intelecto, para el bien
como para el mal, es la argumentación”.
Capítulo I: pp. 11-24; Capítulo II: pp. 25-35;Capítulo IX: pp.125-141
“La Cultura Católica”, Ed. Tierra Media, Bs. As., 1999, Primera Parte,
Capítulo XI: “Santo Tomás de Aquino y su formulación de la cultura
católica”, pp. 227-268.
“La Prudencia Jurídica. Introducción a la gnoseología del derecho”,
Abeledo-Perrot, Bs. As. 1983. Apartado: “Necesidad y significado, para el
jurista del estudio de la Filosofía del Derecho”, pp. 123-144.
“Ética nicomaquea”, 1134 b (lib. V, c. 7)
“En el derecho político una parte es natural, y la otra es legal. Es natural lo
que, en todas partes, tiene la misma fuerza y no depende de las diversas
opiniones de los hombres; es legal todo lo que, en principio, puede ser
indiferente de tal modo o del modo contrario, pero que cesa de ser
indiferente desde que la ley lo ha resuelto” (Ver texto y análisis en
IZQUIERDO-HERVADA, “Compendio de Derecho Natural”, tomo I, pp.
39 y ss.).
“Antígona”, Editorial Porrúa, México, 1996, pp. 187-208.
Diálogo del rey Creonte y Antígona , p. 195. (Ver análisis del argumento y
diálogo en IZQUIERDO-HERVADA, “Compendio de Derecho Natural”,
tomo I, p. 82).
19/21
“Tratado de las Leyes” (“De Legibus”), Editorial Porrúa, México, 1991,
Libro Segundo, pp. 116-117. Puede verse el texto en MONTEJANO,
“Curso de Derecho Natural”, pp. 323-324.
7. FÉLIX ADOLFO LAMAS:
“La experiencia jurídica”, Libro Segundo: La experiencia jurídica,
Capítulo II: El término “derecho”, Apartado II. “La mención del derecho
en la antigüedad”. Análisis del desarrollo en el pensamiento griego y
romano, pp. 298- 307.
8. SANCHO IZQUIERDO-HERVADA:
“Compendio de Derecho Natural”. Tomo I, Capítulo I, XIII: Significación
de la palabra “naturaleza”, pp. 49-55.
9. FRANCISCO SUÁREZ:
“De Legibus”, Libro I, Cap. II, 5. Análisis y comparación de su definición
de “derecho”con la definición de Santo Tomás (Ver MASSINI, “La
desintegración del pensar jurídica en la Edad Moderna”, Apéndice, pp. 81100; SANCHO IZQUIERDO-HERVADA: “Compendio de Derecho
Natural”, tomo II, pág. 285 y ss.).
10. FEDERICO A. TORRES LACROZE:
“Ensayos Iusnaturalistas”, Abeledo-Perrot, Bs. As., 1994, Capítulo V: El
problema de la ley injusta en Santo Tomás, pp. 53-56.
11. HÉCTOR H. HERNÁNDEZ:
“Derecho subjetivo y derechos humanos – Doctrina solidarista”, AbeledoPerrot, Bs. As., 2000. Capítulo X: “Tomás de Aquino, el derecho y el
derecho subjetivo”, pp. 260-269.
12. BERNARDINO MONTEJANO:
“Actitud del jurista cristiano ante el Derecho Natural”, en “Curso de
derecho Natural”, Apéndice, pp. 335-341. (Publicado también en la
Revista Universitas, de la U. C. A., Año II, Nro. 6, 1968).
13. SENTIDO DE LA DETERMINACIÓN CAUSAL EN EL DERECHO.TEXTOS DE ARISTÓTELES Y SANTO
TOMÁS: Análisis y aplicación al conocimiento filosófico del Derecho.
ARISTÓTELES:
“Segundos analíticos”, I, 2, 71 b 30: “No tenemos
ciencia de una cosa sino cuando hemos conocido la causa”.
SANTO TOMÁS DE AQUINO: “In I Metaph.”, lect. 1): Cada uno es
tanto más sabio, cuanto más accede al conocimiento de la causa”.
14. RODOLFO VIGO (h):
“Las causas intrínsecas del derecho”, Prudentia Iuris, Revista de la
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la U. C. A., Nro. V,
Diciembre 1981, pp. 51-60.
15. BERNARDINO MONTEJANO:
“El Bien Común en la Doctrina Pontificia”, Prudentia Iuris, Revista de la
Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la U. C. A., Nro. III,
Diciembre 1981, pp. 67-86.
16. SANTO TOMÁS DE AQUINO:
“Suma Teológica”, 2-2, q. 57, a. 2: “Si el derecho se divide
adecuadamente en derecho natural y positivo”. (Puede verse el texto en
MONTEJANO, “Curso de Derecho Natural”, pp. 325-326).
17. TOMÁS HOBBES:
“Leviatán”, Parte Primera, Capítulo XIV (Ver texto en MONTEJANO,
“Curso de Derecho Natural”, pp. 325-326). Análisis y crítica de su
concepto de “derecho de la naturaleza” o “ius naturale”. (Ver LUKAC DE
STIER, “ El fundamento antropológico de la filosofía política y moral en
Thomas Hobbes”, pp. 223 y ss.).
18. JUAN JACOBO ROUSSEAU:
“Discurso acerca del origen y los fundamentos de la desigualdad entre los
hombres”. Análisis y crítica de su concepto de naturaleza (Ver texto en
MONTEJANO, “Curso de Derecho Natural”, pp. 325-326).
19. ETIENNE GILSON:
“El realismo metódico”, Capítulo III, “La especificidad del orden
filosófico”, pp. 117-147.
20. FÉLIX ADOLFO LAMAS:
“La experiencia jurídica”, Libro Segundo: La experiencia jurídica,
Capítulo VII, Apartado I, 2: “El problema de la distinción entre ciencia y
filosofía aplicado al Derecho”, pp. 475-483.
21. CARLOS IGNACIO MASSINI:
“El conocimiento práctico – Introducción a sus cuestiones fundamentales.
1. Naturaleza del conocimiento. 2. La sensibilidad y el conocimiento. 3. El
saber práctico. 4. Distinción entre el saber especulativo y el saber práctico.
5. Continuidad del saber teórico y el práctico. 6. Los niveles del saber
práctico. 7. Notas aclaratorias a los niveles del saber práctico. 8. La
jerarquía de los saberes prácticos. 9. Conclusión”. En “La Prudencia
Jurídica. Introducción a la gnoseología del derecho”, Abeledo-Perrot, Bs.
As., 1983.
22. CRÍTICAS AL DERECHO NATURAL DE NORBERTO BOBBIO Y DE CHARLES EISEMANN. Alcances y
refutación, en MONTEJANO: “Curso de Derecho Natural”, Capitulo VII:
“Análisis de algunas críticas al Derecho Natural”, pp. 239-247.
23. LA ACUSACIÓN CRÍTICA AL DERECHO NATURAL DE LA DENOMINADA “FALACIA NATURALISTA”.
Texto de la misma en KELSEN, HANS: “Teoría pura del Derecho”, Bs.
As., 1968, pp. 103 y ss; KLUG, HANS: “Problemas de la filosofía del
derecho”, Sur, Bs. As., 1966, pp. 11 y ss. Enunciación y refutación. Ver
MASSINI: “El derecho, los derechos humanos y el valor del derecho”,
Segunda Parte [(Sobre la “falacia naturalista; publicados ambos artículos
en la Revista Sapientia, Nros. 152 (1984) y 162 (1986)]; en RODOLFO
VIGO (h): “Visión crítica de la Historia de la Filosofía del Derecho”,
Rubinzal y Culzoni Editores, Santa Fe, Argentina, 1984, Capítulo IV, pp.
227-258.
24. LA ACUSACIÓN DE KELSEN DE
“AUTOCRACIA FEUDAL” A LA DOCTRINA DEL DERECHO
NATURAL. Texto de la misma en KELSEN, HANS, “Esencia del valor
de la Democracia”, Labor, Barcelona, 1934, pp. 150 y 154 (Se repite y
analiza la misma en RODOLFO VIGO (h): “Visión crítica de la Historia
6. CICERÓN:
20/21
de la Filosofía del Derecho”, Rubinzal y Culzoni Editores, Santa Fe,
Argentina, 1984, Capítulo IV, pp. 227-258.
25. ARISTÓTELES:
“Ética nicomaquea”, V, 5 (sobre justicia y ius, lo justo natural);
“Retórica”, I, 13 (sobre la ley). Ver textos en IZQUIERDO-HERVADA,
“Compendio de Derecho Natural”, tomo I, pp. 98-100.
26. SÉNECA:
“De beneficiis”. Ver los textos sobre su pensamiento respecto al derecho
en general y su concepto de ius humanum, ius commune generis humani y
ius gentium. Ver textos y análisis en IZQUIERDO-HERVADA,
“Compendio de Derecho Natural”, tomo I, pp. 112-114.
27. LOS JURISTAS ROMANOS GAYO, ULPIANO Y PAULO: Sus conceptos del ius. Ver textos y análisis en
IZQUIERDO-HERVADA, “Compendio de Derecho Natural”, tomo I, pp.
116-120.
28. SAN AGUSTÍN:
“La Ciudad de Dios”, XIX, 13, 1 (definición del orden). Ver el análisis del
texto y su vinculación esencial con el concepto de ley, en SANCHO
IZQUIERDO-HERVADA: “Compendio de Derecho Natural”, tomo I,
Capítulo II, Apartado 3: “La Antigüedad cristiana”, pp. 134-136.
29. SAN ISIDORO DE SEVILLA:
“Etimologías”. Ver textos y análisis en SANCHO IZQUIERDOHERVADA: “Compendio de Derecho Natural”, tomo I, Capítulo III, pp.
147-149.
30. SANTO TOMÁS DE AQUINO:
“Suma Teológica”, 1-2, q. 94, c.: “Si la ley natural es una y la misma para
todos los hombres”. Ver el análisis del texto en CASAUBÓN: “La ley
natural según Santo Tomás”, pp. 49 y 50; SANCHO IZQUIERDOHERVADA: “Compendio de Derecho Natural”, tomo I, Capítulo IV,
“inmutabilidad”, pp. 204-206.
21/21