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Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
Núm. 7315 - 23.2.2017
CVE-DOGC-B-17052120-2017
DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE SALUD
ACUERDO GOV/15/2017, de 21 de febrero, por el que se aprueba el Plan de acción enfrente del virus de la
inmunodeficiencia humana y otras infecciones de transmisión sexual 2016-2020.
La Ley 15/1990, de 9 de julio, de ordenación sanitaria de Cataluña, regula el Plan de salud de Cataluña como el
instrumento indicativo y el marco de referencia para todas las actuaciones públicas en la materia dentro del
ámbito de la Generalidad de Cataluña, con una vigencia quinquenal. Asimismo, el artículo 64 de esta Ley
establece que corresponde al Departamento de Salud formular los criterios generales de la planificación
sanitaria y también fijar los objetivos, índices y niveles básicos a alcanzar en las materias que se incluyen en el
Plan de salud de Cataluña.
El Plan de salud para el periodo 2016-2020, aprobado por el Acuerdo GOV/101/2016, de 19 de julio, propone
unas áreas prioritarias de salud que se han destacado porque son causa de mortalidad, de morbilidad, de
discapacidad, de dependencia y, en cualquier caso, de padecimiento y dolor, y que se focalizan, entre otras, en
reducir el impacto de enfermedades prevalentes, como la producida por la infección por el VIH y las infecciones
de transmisión sexual (ITS). Dentro del área de las enfermedades transmisibles, se han priorizado las
actuaciones para la detección precoz de la infección por el VIH, la sífilis, la gonorrea, la infección por clamidia y
la tuberculosis.
La Comisión Interdepartamental del Sida en Cataluña (CISC), creada por el Decreto 352/1999, de 13 de
diciembre, como órgano colegiado adscrito al Departamento de Salud, que aglutina las diferentes entidades y
sectores implicados en la lucha contra el VIH, y que tiene como objetivos facilitar la adopción y la
implementación de las medidas necesarias para evitar la propagación de la infección por el VIH, la mejora de la
calidad de vida de las personas infectadas y la continuidad en la creación de un entorno favorable para integrar
a las personas afectadas, aprobó el Plan de acción enfrente del VIH/sida 2010-2013.
Ahora, la CISC ha aprobado el Plan de acción enfrente del virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) y otras
infecciones de transmisión sexual (ITS) para 2016-2020 con el fin de dar continuidad a las acciones que se
han ido desarrollando con buenos resultados con respecto al VIH/sida y llevar a cabo un conjunto de acciones
para mejorar la situación actual de esta enfermedad en Cataluña, así como de otras ITS, y con la finalidad de
facilitar la adopción e implementación de las medidas necesarias para reducir la incidencia de la infección por el
VIH y otras ITS, mejorar el acceso al tratamiento y la calidad de vida de las personas infectadas, así como
reducir la estigmatización que representa la infección por el VIH y otras ITS, mediante la acción comunitaria
para la inclusión social.
El nuevo Plan presenta dos importantes elementos nuevos: por una parte, incorpora las acciones para hacer
frente también a otras ITS, visto el aumento de los casos en nuestra sociedad y su interrelación con el VIH, y,
por otra parte, este Plan da más relevancia a la perspectiva cualitativa de la evaluación, que permite acercarse
a la realidad con más profundidad.
El Plan se ha elaborado sobre la base de una metodología participativa de las instituciones, la comunidad
científica, el mundo local y el tercer sector, con el fin de presentar una herramienta sostenible y viable
mediante el consenso.
Por todo ello, a propuesta del consejero de Salud, el Gobierno
Acuerda:
--1 Aprobar el Plan de acción enfrente del virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) y otras infecciones de
transmisión sexual (ITS) 2016-2020, que se adjunta como anexo a este Acuerdo.
--2 El desarrollo del Plan se tiene que ajustar a las disponibilidades establecidas anualmente por las leyes de
ISSN 1988-298X
http://www.gencat.cat/dogc
DL B 38014-2007
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Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya
Núm. 7315 - 23.2.2017
CVE-DOGC-B-17052120-2017
presupuestos de la Generalidad de Cataluña.
--3 Este Acuerdo se tiene que publicar en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, excepto el anexo, que
se podrá consultar a través de la página web del Departamento de Salud (www.gencat.cat/salut) y estará a
disposición de las personas interesadas en la Secretaría de Salud Pública del Departamento de Salud (calle de
Roc Boronat, 81-95, 08005 Barcelona).
Barcelona, 21 de febrero de 2017
Joan Vidal de Ciurana
Secretario del Gobierno
(17.052.120)
ISSN 1988-298X
http://www.gencat.cat/dogc
DL B 38014-2007