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UNIVERSIDAD RAFAEL LANDÍVAR
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
LICENCIATURA EN INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y FORENSE (PFS)
"LA IMPORTANCIA DE UNA ADECUADA CADENA DE CUSTODIA EN DELITOS DE HOMICIDIOS
Y ASESINATOS"
TESIS DE GRADO
VICTOR HUGO MÉRIDA ESCOBEDO
CARNET20932-07
HUEHUETENANGO, AGOSTO DE 2013
CAMPUS "SAN ROQUE GONZÁLEZ DE SANTA CRUZ, S. J." DE HUEHUETENANGO
UNIVERSIDAD RAFAEL LANDÍVAR
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
LICENCIATURA EN INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y FORENSE (PFS)
"LA IMPORTANCIA DE UNA ADECUADA CADENA DE CUSTODIA EN DELITOS DE HOMICIDIOS
Y ASESINATOS"
TESIS DE GRADO
TRABAJO PRESENTADO AL CONSEJO DE LA FACULTAD DE
CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
POR
VICTOR HUGO MÉRIDA ESCOBEDO
PREVIO A CONFERÍRSELE
EL TÍTULO Y GRADO ACADÉMICO DE LICENCIADO EN INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y FORENSE
HUEHUETENANGO, AGOSTO DE 2013
CAMPUS "SAN ROQUE GONZÁLEZ DE SANTA CRUZ, S. J." DE HUEHUETENANGO
AUTORIDADES DE LA UNIVERSIDAD RAFAEL LANDÍVAR
RECTOR:
P. ROLANDO ENRIQUE ALVARADO LÓPEZ, S. J.
VICERRECTORA ACADÉMICA:
DRA. MARTA LUCRECIA MÉNDEZ GONZÁLEZ DE PENEDO
VICERRECTOR DE
INVESTIGACIÓN Y
PROYECCIÓN:
DR. CARLOS RAFAEL CABARRÚS PELLECER, S. J.
VICERRECTOR DE
INTEGRACIÓN UNIVERSITARIA:
DR. EDUARDO VALDÉS BARRÍA, S. J.
VICERRECTOR
ADMINISTRATIVO:
LIC. ARIEL RIVERA IRÍAS
SECRETARIA GENERAL:
LIC. FABIOLA DE LA LUZ PADILLA BELTRANENA DE
LORENZANA
AUTORIDADES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
DECANO:
DR. ROLANDO ESCOBAR MENALDO
VICEDECANO:
MGTR. PABLO GERARDO HURTADO GARCÍA
SECRETARIO:
MGTR. ALAN ALFREDO GONZÁLEZ DE LEÓN
NOMBRE DEL ASESOR DE TRABAJO DE GRADUACIÓN
LIC. AMADO EPIFANIO MARTINEZ HERRERA
TERNA QUE PRACTICÓ LA EVALUACIÓN
LIC. MELINGTON LEONID RODAS RIOS
DEDICATORIA
A DIOS
Por darme la vida, permitirme ser su hijo y por todas las bendiciones que me ha
permitido poseer.
A MIS PADRES
Hugo René Mérida y Placida Escobedo Herrera. Por ese ejemplo de entrega al servicio
de Dios y por mi formación que gracias a ellos soy lo que soy.
A MI HIJO
David Mérida, por llenar mi vida de muchas alegrías y para que este éxito sea un
ejemplo a seguir.
A MI AMADA ESPOSA
Karina Guevara. Por su amor incondicional y por ser mí ayuda idónea en todo tiempo.
A MIS CATEDRATICOS
Por ser punta de lanza en el proceso de mi profesionalización.
A MI ASESOR
Amado Martínez. Por su valioso tiempo, y esfuerzo para que este trabajo se culminara.
A MIS COMPAÑEROS Y AMIGOS
Jenny, Vera, Nory, Dalila, Coni, Jorge, Mauro, Yoao, Fernando, Obdulio, Víctor, Maicor,
Hugo, Deivis Ricardo, Juan Carlos, Argelia y a todos los que por una u otra razón no
pudieron continuar sus estudios. Gracias por su amistad y por los buenos momentos.
RESPONSABILIDAD: “El autor será el único responsable del contenido y las
conclusiones de la presente tesis”.
INDICE
RESUMEN........................................................................................................
i
INTRODUCCION..............................................................................................
ii
CAPITULO I
LA CADENA DE CUSTODIA EN DELITOS DE HOMICIDIO
1.1 DEFINICIONES……………………………………………………………pág.
1
1.1.1 lugar Del Hecho…………………………………………………………
8
1.1.2 Indicio................................................................................................
9
1.1.2 Evidencia…………………………………………………………………
9
1.1.3 Prueba…………………………………………………………………….
9
1.2 BREVES ANTECEDENTES HISTORICOS DE LOS MEDIOS DE
PRUEBA…………………………………………………………………………
10
1.2.1 Época Equivocada………………………………………………………
10
1.2.2 Época Empírica………………………………………………………….
10
1.2.3 Época Científica…………………………………………………………
10
1.3 BREVES ANTECEDENTES HISTORICOS SOBRE CRIMINALISTICA Y
LA IMPORTANCIA DE LA CADENA DE CUSTODIA………………………
11
1.3.1 Importancia de la Cadena de Custodia...........................................
16
1.4 BREVES ANTECEDENTES HISTORICOS SOBRE EL HOMICIDIO Y
ASESINATO……………………………………………………………………
17
1.4.1 Diferencia Entre Homicidio y Asesinato……………………………..
17
1.4.2 Clasificaciones Generales Sobre Homicidio………………………..
19
1.4.2.1 Homicidio Doloso…………………………………………….
19
1.4.2.2 Homicidio Involuntario………………………………………
20
1.4.2.3 Homicidio preterintencional…………………………………
20
1.4.2.4 Homicidio Simple…………………………………………….
20
1.4.2.5 Homicidio Calificado…………………………………………
21
1.4.2.6 Calificado Por Atenuación o Atenuado……………............
21
1.4.3 Regulación Del Homicidio y Asesinato en Varios Países…………
22
1.4.3.1 Argentina……………………………………………………..
22
1.4.3.2 España………………………………………………………..
22
1.4.3.3 México………………………………………………………..
23
1.4.3.4 Guatemala…………………………………………………...
23
1.5 SIGNIFICADO Y EVIDENCIAS FISICAS………………………………...
24
1.5.1 Pasos Generales para la Búsqueda de Evidencia Física...
25
1.6 EVIDENCAS FISICAS CATEGORICAS.................................................
27
a). Marcas de Herramientas…………………………………………………
27
b). Impresiones Digitales y Palmares……………………………………….
27
c). Material Orgánico, Botánico y Zoológico……………………………….
27
d). Fragmentos Vítreos y Plásticos…………………………………………
28
e). Pisadas e Impresiones……………………………………………………
28
f). Pintura………………………………………………………………………
28
g). Fragmentos de Madera…………………………………………………..
28
h). Polvo……………………………………………………………………….
28
i). Cigarros Fósforos y Cenizas…………………………………………….
28
j). Papel………………………………………………………………………..
28
k). Tierra………………………………………………………………………...
29
l). Fibras…………………………………………………………………………
29
m). Herramientas y Armas……………………………………………………..
29
n). Grasa y Aceite………………………………………………………………
29
o). Material de Construcción y Embalaje……………………………………
29
p). Documentos………………………………………………………………..
29
q). Contenedores………………………………………………………………
29
r). Fragmentos Metálicos………………………………………………………
30
s). Pelo…………………………………………………………………………...
30
t). Sangre………………………………………………………………………
30
u). Material Inorgánico o Mineral…………………………………………….
30
v). Misceláneas………………………………………………………………...
30
1.7 IMPORTANCIA DE LA CADENA DE CUSTODIA EN DELITOS DE HOMICIDIO Y
ASESINATO.............................................................................................
31
1.7.1 Legalidad del Proceso....................................................................
31
1.7.2 Legalidad de la Custodia................................................................
32
1.7.3 Seguridad Jurídica de Sujetos en Procesos...................................
32
1.7.4 Éxito o Fracaso del Proceso...........................................................
34
1.7.5 Protestas de Litigantes...................................................................
35
1.7.6 Impugnaciones...............................................................................
36
CAPITULO II
CLASIFICACION DE LA EVIDENCIA
2.1 CLASIFICACION BASADA EN LA CLASE MATERIAL O INMATERIAL
DE LA EVIDENCIA…………………………………………………………….
37
2.1.1 Evidencia Psíquica …………………………………………………….
37
2.1.2 Evidencia Física………………………………………………………...
38
2.2 CLASIFICACION BASADA EN LA APROXIMACION DE LOS HECHOS
A LA MENTE DEL JUEZ (TIPO DE EVIDENCIA)………………………….
40
2.3 CLASIFICACION SEGÚN LA PROCEDENCIA DE LA EVIDENCIA……..
43
2.3.1 Evidencia Demostrativa………………………………………………...
43
2.3.2 Evidencia Física…………………………………………………………
44
2.3.3 Evidencia Experimental………………………………………………...
44
2.3.4 Evidencia Infografica……………………………………………………
44
2.4 CLASIFICACION CON REFERENCIA A LA EXPERTICIA
DEL TESTIGO…………………………………………………………………...
46
2.5 CLASIFICACION BASADA EN EL TAMAÑO DE LA EVIDENCIA
FISICA…………………………………………………………………………….
50
2.5.1 Macro Elementos………………………………………………………...
51
2.5.2 Evidencia Física de Tamaño Regular………………………………….
51
2.5.3 Evidencia Traza…………………………………………………………..
52
2.6 CLASIFICACION BASADA EN LA CAPACIDAD PARA RECONSTRUIR
DETALLES EN LA ESCENA DEL CRIMEN………………………………….
53
2.6.1 Evidencia Transitoria…………………………………………………….
53
2.6.2 Evidencia Condicional…………………………………………………..
54
2.6.3 Evidencia Patrón………………………………………………………...
55
2.7 CLASIFICACION DERIVADA DE LA IMORTANCIA DE LA EVIDENCIA
FRENTE A LOS HECHOS…………………………………………………….
56
CAPITULO III
LA EVIDENCIA SEGÚN LA DISCIPLINA FORENSE QUE LA ESTUDIA
3.1 EVIDENCIAS ESTUDIADAS POR LABORATORIOS DE CIENCIAS
BASICAS………………………………………………………………………….
58
3.1.1 Evidencias en Botánica Forense………………………………………..
60
3.1.2 Evidencia en Entomología Forense…………………………………….
61
3.1.3 Evidencia de Acústica Forense………………………………………….
63
3.1.4 Evidencia de Impresión …………………………………………………..
63
3.1.5 Evidencia de Toxicología Forense………………………………………
64
3.1.6 Evidencia de Drogas de Abuso………………………………………….
64
3.2 EVIDENCIAS ESTUDIADAS POR UNIDADES MÉDICAS………………….
65
3.2.1 Evidencia en Patología Forense………………………………………..
65
3.2.2 Evidencia de Clínica Forense …………………………………………..
66
3.2.3 Evidencia en Odontología Forense…………………………………….
66
3.3 EVIDENCIAS ESTUDIADAS POR UNIDADES PSICOLOGICAS…………
67
3.3.1 Psiquiatría Forense………………………………………………………
67
3.3.2 Evidencia en psicología Forense………………………………………
67
3.4 EVIDENCIAS ESTUDIADAS POR LABORATORIOS DE
CRIMINALISTICA………………………………………………………………..
68
3.4.1 Evidencia en Balística Forense…………………………………………
68
3.4.2 Evidencia en Documentologia y Grafología Forense………………...
68
3.4.3 Evidencia en Dactiloscopia Forense…………………………………...
69
3.4.4 Evidencia en Fotografía Forense……………………………………….
69
3.4.5 Evidencia en Topografía, Dibujo y Planimetría Forense……………..
70
3.5 EVIDENCIAS ESTUDIADAS POR OTRAS DISCIPLINAS FORENSES….
71
3.5.1 Evidencia en Antropología Forense……………………………………
71
3.5.2 Evidencia en Geología Forense………………………………………..
71
3.5.3 Evidencia Digital………………………………………………………....
72
CAPITULO IV
MANEJO DEL LUGAR DE LOS HECHOS
4.1 CONOCIMIENTOS CONFIRMACION Y VERIFICACION DE LA
NOTICIA CRIMINAL EN DELITOS DE HOMICIDIO Y ASESINATOS......
73
4.1.1 Definición………………………………………………………………...
73
4.1.2 Limites…………………………………………………………………….
73
4.1.3 Aspectos Relevantes……………………………………………………
73
4.2 ASEGURAMIENTO DEL LUGAR DE LOS HECHOS EN ESCENAS DE
HOMICIDIO Y ASSINATO………………………..........................................
74
4.2.1 Definición…………………………………………………………………
74
4.2.2 Limites…………………………………………………………………….
74
4.2.3 Aspectos Relevantes……………………………………………………
74
4.3 OBSERVACION, ANALISIS Y VALORACION DEL LUGAR DE LOS
HECHOS EN ESCENAS DE HOMICIDIO Y ASESINATO..........................
75
4.3.1 Definición…………………………………………………………………
75
4.3.2 Limites…………………………………………………………………….
75
4.3.3 Aspectos Relevantes……………………………………………………
76
4.4 FIJACION DEL LUGAR DE LOS HECHOS EN ESCENAS DE HOMICIDIO
Y ASESINATO.................................................……………………………….
76
4.4.1 Definición…………………………………………………………………
76
4.4.2 Limites……………………………………………………………………..
77
4.4.3 Aspectos Relevantes…………………………………………………….
77
4.5 RECOLECCIÓN, EMBALAJE Y ROTULADO DE LOS INDICIOS
ENCONTRADOS EN LA ESCENA DE HOMICIDIO Y ASESINATO………
78
4.5.1 Definición………………………………………………………………….
78
4.5.2 Limites………………………………………………………………………
78
4.5.3 Aspectos Relevantes……………………………………………………..
78
4.6 ENVIO DE LOS ELEMENTOS MATERIALES DE PRUEBA O
EVIDENCIA AL ALMACEN TRANSITORIO………………………………….
79
4.6.1 Definición………………………………………………………………….
79
4.6.2 limites………………………………………………………………………
79
4.6.3 Aspectos Relevantes…………………………………………………….
80
4.7 ENVIO DE LOS ELEMENTOS MATERIALES DE PRUEBA AL
LABORATORIO AUTORIZADO O ALMACEN DE EVIDENCIAS………….
80
4.7.1 Definición…………………………………………………………………
80
4.7.2 Limites……………………………………………………………………..
80
4.7.3 Aspectos Relevantes…………………………………………………….
81
4.8 RECEPCION Y ANALISIS DE LOS ELEMENTOS DE PRUEBA
O EVIDENCIAS EN EL LABORATORIO AUTORIZADO……………………
82
4.8.1 Definición………………………………………………………………….
82
4.8.2 Limites……………………………………………………………………...
82
4.8.3 Aspectos Relevantes……………………………………………………..
82
4.9 RECEPCION Y ANALISIS DE LOS ELEMENTOS MATERIA DE PRUEBA
O EVIDENCIAS EN EL ALMACEN DE EVID ENCIAS……………………….
83
4.9.1 Definición…………………………………………………………………..
83
4.9.2 Limites………………………………………………………………………
83
4.9.3 Aspectos Relevantes……………………………………………………...
83
4.10 DISPOSICION FINAL DE LOS ELEMENTOS MATERIA DE PRUEB A O
EVIDENCIA……………………………………………………………………...
84
4.10.1 Definición…………………………………………………………………..
84
4.10.2 Limites………………………………………………………………………
84
4.10.3 Aspectos Relevantes……………………………………………………..
84
4.11 LA CADENA DE CUSTODIA EN LAS ETAPAS DEL PROCESO PENAL
GUATEMALTECO……………………………………………………..............
85
4.11.1 La Cadena de Custodia en la Etapa Preparatoria..............................
85
4.11.2 La Cadena de Custodia en la Etapa Intermedia...............................
85
4.11.3 La Cadena de Custodia en la Etapa del Debate...............................
86
4.12 PERSONAS QUE INTERVIENEN EN LA ESCENA DEL CRIMEN
Y SU ROL……………………………………………………………………….
88
4.12.1 El agente o Auxiliar Fiscal como Director de la Investigación.
En una Escena del Crimen…………………………………………..
88
4.12.2 El Papel del Patrullero en la Escena del Crimen………………….
90
4.12.3 El Papel del Investigador Policial en La Escena del Crimen…….
91
4.12.4 El Papel del Perito en la Escena del Crimen………………………
92
4.12.5 Algunas Formas de Recolección, Embalaje y Recomendaciones
Practicas Para el Manejo de Elementos Materia de Prueba Física
Encontradas en el Lugar de los Hechos o Escena del Crimen
(Protocolo)………………………………………………………………..
94
CAPITULO V
5.1PRESENTACION Y ANALISIS DE DATOS ESTADISTICOS………………
99
5.2INTERPRETACION Y DISCUCIÓN DE RESULTADOS…………………......
105
CONCLUSIÓNES…………………………………………………………...................
109
RECOMENDCIONES.............................................................................................
111
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS.......................................................................
113
ANEXOS.................................................................................................................
117
RESUMEN EJECUTIVO
Es común ver en los medios de comunicación como la policía muestra en conferencia
de prensa, elementos probatorios y evidencias de la comisión de un delito, sin respetar
escrupulosamente la cadena de la custodia que debe primar sobre ellos, restando así
toda credibilidad sobre su carácter probatorio. Estos hechos de repetirse en el nuevo
proceso penal por el carácter adversarial, fácilmente puede ser cuestionado en sede
judicial con el efecto de que la prueba sea rechazada y no valorada, lo que conllevaría
si es la única prueba incriminatoria a una absolución injusta.
En la actualidad no existe en nuestro código procedimientos penales y normas precisas
que regulen la cadena de custodia del material probatorio y solo lo podemos encontrar
en la doctrina de la ciencia de la criminalística, lo cual en la práctica resulta difícil su
comprensión y aplicación por todos los encargados de la investigación del delito. Este
vació ha sido violado en infinidad de casos por los peritos encargados de obtener las
evidencias en las escenas del crimen, lo cual afecta la pureza de las pruebas, cuando
no se cuenta conuna adecuada cadena de custodia, en delitos de homicidio y
asesinatos.
Con esta investigación se pretende, afirmar que la Cadena de Custodia, es todo un
conjunto de procedimientos de seguridad, destinados principalmente a garantizar que el
elemento material probatorio o evidencia física identificado, fijado, recolectado,
embalado y rotulado, es el mismo que estaba en el lugar explorado y que se encuentra
en igualdad de condiciones fenomenológicas a las que allí tenía.
El Ministerio Público, al tener el deber de la carga de la prueba, es la institución
encargada de la conservación bajo custodia de las especies recogidas durante la
investigación, debiendo asegurarse de su intangibilidad para lo cual debe de adoptar
las medidas necesarias para evitar que se alteren de cualquier forma; ello con la
finalidad de poder formar, en un futuro, convicción en el Juzgador al momento de emitir
pronunciamiento; este punto de vista tiene como fundamento el hecho de que en el
modelo acusatorio, el juicio, es la estación procesal donde se actúan las pruebas en
toda su dimensión; pruebas que servirán de base para la sentencia. Por estos
fundamentos, la conservación de los objetos, documentos y/o evidencias de la
investigación, es determinante como medio probatorio, por lo que su individualización,
adecuado recojo y conservación, debe de ser el correcto para así poder llevarlo a juicio.
INTRODUCCIÓN
Considerando nuestras leyes guatemaltecas como referencia para la impartición de
justicia y por la situación que vive nuestro país con respecto a la delincuencia la cual se
ha proliferado en la mayoría de los ámbitos de nuestra sociedad y por la violencia que
observamos; es necesario que existan datos que sirvan de referencia para la correcta
manipulación y conservación de los indicios encontrados en la escena de los hechos y
poder trabajar efectivamente la localización, fijación, documentación, rotulación,
embalaje y cadena de custodia esto con el fin de
consideren
perecederos
proteger los indicios que se
de una manera adecuada para evitar la degradación,
alteración o destrucción de cada uno que se considere valioso, para posteriormente ser
utilizado cuando en el debido proceso sea requerido.
Ya que en nuestra legislación no existe una forma o un procedimiento adecuado de
cómo debe de protegerse o llevarse a cabo la cadena de custodia en el proceso penal,
debido a que en algunos artículos de nuestro
Código
describe que El Ministerio
Público deberá proteger las que se consideren pruebas para ser presentadas durante
el debate, en otro artículo menciona que cuando fuere factible se recogerán y
conservaran los elementos probatorios que se consideren útiles, también menciona que
las cosas y documentos que puedan relacionarse con un delito y sean considerados de
suma importancia deberán ser protegidos de la mejor manera posible pero no menciona
la forma adecuada de cómo custodiarlos y protegerlos.
Una de las razones que ha motivado a realizar la presente investigación es establecer
laimportancia que tiene realizar una adecuada cadena de custodia, en delitos de
homicidio y asesinatos, desde
el procesamiento de la escena del crimen hasta el
procedimiento penal actual en Guatemala.
La indicación anterior, no significa otra cosa que la intención clara del legislador de
dotar a la prueba de una relevancia especial con el propósito de causar, en el juzgador,
convicción con sustento material respecto de determinado hecho, se trata de decir
pues, que el valor probatorio que se le pueda dar a determinado objeto puede resultar
trascendental en el curso de un proceso, esto trae consigo asimismo, trabajar
adecuadamente el tema de la cadena de custodia con el propósito de que no se alteren
las posibles huellas y/o evidencias existentes en los objetos que sean custodiados.
Para cumplir con éste propósito es necesario el conocimiento de las pautas e
indicaciones que para la cadena de custodia existen.
Es importante precisar que las personas encargadas de la custodia permanente de las
evidencias que forman parte de la Cadena de Custodia, deben de contar con una
preparación antelada que no sea solo teórica, debiendo de contar además con
capacitación a nivel de Post Grado en Ciencias Forenses, Criminalística o Peritación
Criminalística, ya que estas Ciencias son indispensables para una correcta aplicación e
interpretación de lo normado respecto a Cadena de Custodia en el Código Procesal
Penal; confiar la seguridad de las evidencias a manos inexpertas o sin capacitación al
respecto, es poner en riesgo los medios probatorios, dejando latente la existencia de la
impunidad, que con el nuevo modelo procesal también presentaría celeridad.
Soy de la opinión que este tema es tan importante, porque permitirá analizar la
importancia de una adecuada cadena de custodia
para proteger los indicios
encontrados en escenas de homicidio y asesinato, ya que es necesario evaluar la
manera en que son protegidos los indicios que se consideran perecederos y de vital
importancia en el proceso penal guatemalteco.Conocer las
técnicas
para que los
indicios encontrados en la escena de los hechos no sufran ninguna alteración y su
naturaleza sea la misma cuando en el debido proceso sean requeridos.
Finalmente con la presente investigación se pretende determinar que la Cadena de
Custodia, es un conjunto de procedimientos ineludibles, en los que prima en tema de
seguridad, estos procedimientos se encuentran destinados principalmente a garantizar
que el elemento material probatorio o la evidencia física hallada, una vez que ha
cumplido con sus requisitos (identificación, recolección, embalaje y rotulación), sea la
misma que se encontró en la escena del crimen. Lo que se busca con este
procedimiento es que la evidencia permanezca (lo más posible) en igualdad de
condiciones fenomenológicas a las que tuvo cuando fueron recolectadas.
La cadena de custodia es un tema, que debe ser abordado con mayor profundidad en
la doctrina y por la jurisprudencia, porque toda prueba que se quiera actuar se verá
siempre ligado a la construcción de la cadena de la custodia, por esta razón estimamos
que en la obtención, incorporación y actuación de la prueba se debe de cumplir
escrupulosamente los procedimientos dispuestos en la normatividad sobre la cadena de
custodia, solo así se legitimara una sentencia sea esta condenatoria o absolutoria, para
los casos de homicidio y asesinatos que se suscitan en la cabecera departamental de
Huehuetenango.
CAPITULO I
LA CADENA DE CUSTODIA EN DELITOS DE HOMICIDIO
1.1 Definiciones
De acuerdo con el Diccionario de la Real Academia de la lengua por cadena debemos
entender “serie de muchos eslabones enlazados entre sí. Se hacen de hierro, plata y
otros metales o materiales”. O “sucesión de hechos acaecimientos, obras etc.,
relacionados entre sí” o “continuación de sucesos “.1
Por su parte, por el verbo
custodiar debemos entender el “guardar con cuidado y vigilancia”.2
Para Ricardo Mora Izquierdo y María Dolores Sánchez Prada “La cadena de custodia
es el sistema de aseguramiento de la evidencia física, compuestos por personas,
normas, procedimiento, información, contenedores, lugares, que al avalar el
cumplimiento del principio de mismidad, garantiza la autenticidad de la evidencia que se
recolecta y analiza, y que se exhibe en la audiencia pública del juicio oral.3
Así mismo para Arévalo Benjamín, “cadena de custodia es el sistema de seguridad que
garantiza que la evidencia que llega al laboratorio para análisis es la misma que estaba
en la escena exploratoria y que se encuentra en el mismo “Statu quo” que tenía en este
sitio; igualmente, que es la misma evidencia que una vez analizada, se devuelve al
solicitante y que se lleva a la audiencia pública del juicio, acompañada del dictamen
pericial respectivo.4 Unas de las formas mediante las cuales el Ministerio público puede
identificar los objetos o indicios obtenidos en el lugar de los hechos es la demostración
de que se ha cumplido una estricta cadena de custodia.
Un indicio antes de ser
presentado ante el juez penal, debe haber recurrido diferentes etapas, de tal suerte,
que el mismo pueda ser considerado como prueba durante el proceso penal.
1
Real Academia Española, “Diccionario de la Lengua Española”. 22ª- ed. España 2001,pág. 262
Real Academia Española, Op. Cit. Pág.487.
3
Mora Izquierdo, Ricardo. María Dolores Sánchez Prada “La evidencia física y la cadena de custodia dentro del
procesamiento penal acusatorio, Editores Gráficos, Colombia,Ltda,2007, Pág. 190
4
Autores citados por Bernal Arévalo, Benjamín,” Técnicas de investigación criminal en el sistema acusatorio”,
Ediciones Jurídicas Andrés Morales, Colombia, 2011, pág., 540
2
22
El indicio debe ser sujeto a determinados experimentos y confrontaciones antes de
adquirir la calidad de prueba.De acuerdo con una concepción jurídica, Pedro López
Calmo y Pedro Gómez Silva consideran que “LaCadena de Custodia es un
procedimiento establecido por la normalidad jurídica, que tiene elpropósito de garantizar
la integridad, conservación e inalterabilidad de los elementos materiales de prueba
como documentos, muestras (orgánicas o inorgánicas), armas de fuego, proyectiles,
vainas, armas blancas, estupefacientes y sus derivados, etcétera , entregados a los
laboratorios criminalísticos o forenses por la unidad competente a fin de analizar y
obtener, por los expertos, técnicos o científicos, un concepto pericial.
Su importancia reside en garantizar el manejo idóneo de los elementos materia de
prueba desde el momento de su identificación en el lugar de los hechos, pasando por
los diferentes laboratorios, hasta el envió del peritaje a la unidad correspondiente” 5.En
el Manual del Fiscal del Ministerio Público de la República de Guatemala encontramos
que
la cadena de la custodia “es el mecanismo a través del cual se asegura que la
cosa secuestrada, incautada o recogida, no ha sido alterada o cambiada por otra, al
momento de practicar sobre ella un procedimiento. La cadena de custodia suele ser el
primer punto de ataque al que recurrirá la defensa para desvirtuar la valoración de
evidencias presentadas por la acusación.”
En este manual se mencionan los documentos básicos sobre técnicas de investigación,
impresiones digitales, toxicología forense del Ministerio Público (MP)
y se menciona
que la cadena de la custodia se refiere a la fuerza o calidad probatoria de evidencia.
6
Deberá probarse (si en caso fue referido por la Corte) que la evidencia presentada sea
realmente la misma evidencia recuperada en la escena del crimen. Para cumplir este
requerimiento debemos tener un régimen minucioso de la posesión de una adecuada
cadena de custodia en delitos de homicidio y asesinato en nuestro país.
5
6
Ibíd. Pág. 542.
Manual del Fiscal del Ministerio Público “La cadena de Custodia” pág.247
23
También en el Manual del Fiscal Del Ministerio Público de La República de Guatemala
encontramos algunas Reglas Generales las cuales mencionamos a continuación:

Establecer mecanismos que garanticen la autenticidad de los elementos probatorios
recolectados y examinados.

La cadena de custodia está conformada por los funcionarios y personas bajo cuya
responsabilidad se encuentren los elementos probatorios respectivos, durante las
diferentes etapas del proceso penal.

La cadena de custodia se inicia con la autoridad que recolecta los elementos de
prueba, desde el momento en que se conoce el hecho punible, y finaliza con el juez
de la causa y los diferentes funcionarios jurisdiccionales.

Los procedimientos de custodia deben aplicarse a todo elemento probatorio.

Es responsabilidad de todo funcionario conocer y ejecutar los Procedimientos
Generales y específicos establecidos para tal fin.

Cada una de las personas que participen en el proceso de Cadena de Custodia es
responsable del control y registro de su actuación directa dentro del proceso.

Al momento de recolectar los elementos probatorios se debe dejar constancia en el
acta de diligencia correspondiente, haciendo la descripción completa de los mismos,
registrando su naturaleza, el sitio exacto de donde fue removido o tomado y la firma
del funcionario que los recolectó.

Toda muestra o elemento probatorio debe tener el “Registro de cadena de custodia”.
Por consiguiente toda transferencia de custodia debe guardar consignada en el
registro indicado: Fecha, Hora, Nombre y Firma de quien recibe y de quien entrega.

Toda muestra o elemento probatorio, debe llegar debidamente embalada y rotulada
de acuerdo con lo establecido en el “Manual para solicitud de dictamen y envío de
elementos materia de prueba”.

Todo funcionario que analiza muestras o elementos probatorios, debe dejar en el
dictamen constancia escrita de la descripción detallada de los mismos, así como de
las modificaciones realizadas sobre estos.7
7
Ibíd. pág. 250
24

La cadena de custodia implica que tanto los elementos probatorios como los
documentos que los acompañan, se deben mantener siempre en lugar seguro.
Por lo que entendemos que el
procedimiento que se debe seguir en cuanto a la
evidencia en la escena, y en todo proceso de investigación, es que la evidencia o
indicios encontrados en la escena de homicidio o asesinato
deben tener una
Recolección adecuada, conservación correcta y una entrega fiscalizada.
En la Enciclopedia de Criminalística y Criminología CCI Tomo III Investigación
Encontramos descritas las Etapas de la cadena de Custodia donde la relacionan con un
proceso integral que puede prolongarse en el tiempo. Técnicamente la duración de
toda la cadena de custodia va desde el momento en que las autoridades llegan al lugar
presunto lugar de los hechos hasta que la investigación concluye (en el juicio) o
precluye por términos de los plazos legales o insuficiencia de pruebas entre otros por lo
que simplifican la cadena de custodia en seis grandes momentos.8
a. Recolección de la prueba en el lugar de los hechos: El primer paso donde el oficial
a cargo de la escena es el primer custodio, quien ha de velar porque los indicios
permanezcan intactos y ha de entregar la coordinación del lugar al jefe del equipo
de investigadores.
b. Embalaje: Consiste en extraer los indicios de la escena y empacarlos de forma
adecuada. El embalaje ha de mantener el indicio estable, sin que sufra alteración o
daño alguno, es posible que entre la recolección y el embalaje se produzca algún
deterioro de la evidencia, de ocurrir, ha de informarse de este hecho, que hará parte
de la cadena de custodia ya que la cadena de custodia es el registro fidedigno de
todo lo que le acontece a la evidencia desde que es recolectada en la escena de los
hechos hasta que es presentada ante el juez.
c. Transporte: Este punto se enfoca a las diferentes etapas que tiene que pasar el
indicio para llegar a su análisis el cual deberá garantizar la integridad de la prueba,
evitar su perdida y asegurar que debe llegar a su destino en el menor tiempo
8
Etapas de la cadena de custodia. Enciclopedia ccriminalística,ccriminología e investigación 1ª ed. Bogotá D.C,
CCI Tomo III, sigma Editores Ltda. pág. 1263 y 1264.
25
posible, algo importante cuando se trate de indicios efímeros que pueden perder sus
propiedades con el paso del tiempo; en esos casos el peritaje en el laboratorio debe
realizarse a la mayor brevedad.
d. Almacenamiento:9Las evidencias deben almacenarse hasta que llegue el momento
del juicio. El lugar de almacenaje debe presentar las condiciones físicas ideales
para que no sufra deterioro y estén protegidas para que ningún accidente ocasione
su perdida.
e. Disponibilidad: Las evidencias deben estar a disposición de las autoridades
policiales judiciales y de la defensa del sindicado, Cada vez que una evidencia sea
custodiada, debe quedar constancia
de la persona que tuvo acceso a ella
detallando fechas y demás.
f. Análisis: Es la etapa propia del peritaje. No siempre las evidencias salen del
laboratorio en el mismo estado en el que llegaron, debido a que algunas técnicas
son invasivas y pueden alterar la evidencia, lo importante es que se detallen los
procedimientos aplicados en su análisis y se describa el estado en que quedo el
indicio luego del análisis.
El Autor Anner Garrido en su escrito Anatomía del Crimen hace un
análisis sobre la
cadena de custodia según el Código Procesal Penal guatemalteco donde menciona que
desde su punto de vista particular en Guatemala se ha intentado implementar medidas
que tiendan a asegurar las evidencias, no se observa la adecuada aplicación de la
cadena de la custodia, debido a las siguientes razones:
a. En ocasiones no se utilizan embalajes de acuerdo con las técnicas de
investigación. Se ha observado que han utilizado bolsas de papel Manila para
guardar cualquier tipo de objeto, sean cabellos, ojivas,vainas,cuchillos entre
otros.
b. Tardanza en acudir a la escena del crimen, esto da lugar a que las evidencias se
contaminen por la acción del ambiente.
c. Los bomberos son los primeros en llegar a la escena del crimen. En caso de que
la persona ya se encuentre fallecida, deben abstenerse de realizar funciones que
9
. Ibíd. Pág. 1264 y 1265
26
tiendan a modificar la escena, sin embargo, en la realidad se han evidenciado
casos donde manipulan las evidencias más de lo necesario, lo cual implica
contaminación de las mismas.
d. Los elementos de la Policía Nacional Civil (PNC) no actúan con la
profesionalidad requerida, puesto que en ciertas circunstancias, lejos de
preservar la escena del crimen, algunos elementos de esa institución recogen las
armas de fuego y las introducen a las radio patrullas, sin técnica ni embalaje,
dando lugar a la contaminación, cuyas consecuencias incidirán en el resultado
del proceso.
e. En ocasiones no se presenta el Auxiliar Fiscal al lugar de los hechos, como
consecuencia, los embalajes no se certifican con su firma y sello, lo cual da lugar
a posibles alteraciones o sustituciones en tanto lleguen al lugar de análisis o
almacenamiento.
f. Se ha establecido, en ocasiones, la falta de coordinación entre el personal del
Ministerio Público y la Policía Nacional Civil. 10
Como puede apreciarse, para la correcta aplicación de la cadena de custodia se
requiere de la capacitación y efectividad de las entidades encargadas y que forman
parte de ella en cada uno de sus eslabones. Podemos notar entonces que en
Guatemala la cadena de custodia no se trabaja de una manera adecuada y esto
conlleva a la falta de evidencia en los casos de asesinato y homicidios En mi opinión, la
falta de recursos económicos del sistema judicial trae como consecuencia estos
problemas, sumado a la falta de capacitación al personal que allí labora, para la
manipulación de cada una de ellas.
Por lo que observamos la importancia de una adecuada cadena de custodia en delitos
de homicidio la cual debería estar plasmada en nuestros cuerpos normativos ya que en
el artículo187 describe la inspección y Registro y menciona en el segundo párrafo que
10
http/www.anatomia del Crimen. net,Garrido, Anner “Anatomía del Crimen Pág. 2,( consulta 09 -10-2012)
27
cuando fuere posible, se recogerán y conservaran los elementos probatorios que se
consideren útiles. De igual forma el artículo 198 primer párrafo describe La Entrega De
cosas De Secuestro donde menciona que las cosas y elementos relacionados con el
delito que puedan ser de importancia para la investigación serán depositados y
conservados del mejor modo posible. Así también en el artículo 201 relacionado al
procedimiento en su segundo párrafo menciona que los efectos secuestrados serán
inventariados y puestos bajo segura custodia a disposición del tribunal correspondiente,
pero no menciona la forma adecuada de proteger cada indicio relacionado a los delitos
de homicidio y asesinato
Podemos notar que varios escritores coinciden con la definición de lo que representa la
importancia de la cadena de custodia ya que mediante la interrupción o falta de algún
eslabón en la cadena de custodia pueden llegar a ser fatales, aunque no siempre es así
puesto que puede ocurrir que por determinadas circunstancias, no todas las personas
que tuvieron en sus manos los indicios de un caso determinado pueden rendir su
testimonio ante el juez de la causa, o que no hubiesen tenido la posibilidad de cumplir
con los protocolos establecidos para documentar la cadena de custodia (como por
ejemplo, que no se cuente con el formato creado por el estado para tal efecto). Lo que
realmente debe de importar es la documentación de que las pruebas ofrecidas en el
proceso correspondan a los indicios obtenidos en el lugar de los hechos y en la
averiguación previa que dio lugar a la causa penal en que se actúa, además de que
dichos indicios nunca fueron modificados o alterados de forma alguna durante su larga
travesía.
Por lo tanto, la cadena de custodia es un procedimiento de control que se aplica al
indicio, que bien puede ser una mancha, una huella, un medio de comisión, un objeto
material, o bien, el producto de un delito. Desde su localización y procesamiento por
parte del personal a cargo hasta que la autoridad competente ordene su conclusión. El
propósito de este procedimiento consiste en que dichos elementos materiales (indicios)
no sean alterados, modificados, cambiados, o destruidos.
28
El termino delito se deriva del vocablo latino “delinquere”, por el cual se debe entender
el “quebrantamiento de la ley “. En el derecho romano el término delinquere se utilizó
para diferenciarlo del de “Crimen” para designar a los delicta privada. 11 También
significa abandonar, apartarse del buen camino o alejarse del sendero señalado por la
ley.
Por otro lado Servio Tulio Ruiz, basa el concepto formal de delito como la base para
lograr un análisis estructural o normativo. Concibe el delito igual a un hecho o conducta
típica, igual a una sanción criminal, cuya ecuación representa la forma más simple del
delito. También afirma que la conducta típica es todo acontecer humano, positivo o
negativo, correspondiente a una descripción legislativa (tipo) violatorio de una
prohibición o mandato penal, que acarrea una consecuencia jurídica consistente en una
sanción criminal.12 Por lo que entendemos que delito es simple y sencillamente el
quebrantamiento de la ley o una norma, aunque para el tema de los delitos de homicidio
o asesinato que abordamos es la privación de la vida. El cual
Según nuestra
Constitución Guatemalteca en el artículo 3º.- lo enmarca como un derecho inherente al
ser humano desde su concepción, el cual es un deber garantizado por el estado
Guatemalteco.
1.1.1 Lugar Del Hecho
Sitio donde se debe comprobar la comisión de conductas punibles, producto de un
presunto homicidio, suicidio, muerte natural, accidental, hurto, violación o cualquier
delito tipificado en una norma penal, el cual podemos mencionar que está sujeto a
investigación. Para el autor Antonio Dellpine es el lugar donde acaeció el suceso o se
emitió una acción y el recorrido que los protagonistas del crimen hayan realizado para
su comisión, desenvolvimiento, consumación y ocultamiento.13 Con ello comprendemos
que lugar de los hechos es aquel donde ha ocurrido una acción típica, antijurídica,
11
12
delito Real Academia Española, Op.Cit., Pág. 450.
Tulio Ruiz, Servio, La estructura del delito, Editorial Temis, Colombia1978, Pág. 5-6
13
“Manual de normas y procedimientos para el procesamiento de la escena del crimen en casos de delitos contra
la vida e integridad de la persona” Guatemala 2009 pág. 7
29
culpable y punible, sujeto a investigación por parte de la autoridad correspondiente, en
nuestro país según el artículo 251 de la constitución es el Ministerio Público
el
encargado de ejercer la persecución penal en dicho lugar, así como las investigaciones
en delitos de acción pública.
1.1.2 Indicio
Indicar, señalar o hacer conocer algo.
Son todos los elementos u objetos de origen
orgánico o inorgánico que son encontrados en el lugar de los hechos. También puede
ser todo rastro, vestigio, huella, circunstancia en general, todo hecho conocido
debidamente comprobado, susceptible de llevarnos, al conocimiento de otro
desconocido.14
1.1.3 Evidencia
Todo lo que demuestra, aclara o confirma la verdad de cada hecho o punto en litigio ya
sea a favor de una u otra parte.
1.1.4 Prueba
Es toda cosa que pueda exhibirse para demostrar la verdad, acerca de un hecho
dudoso; y las pruebas son las que proporcionan los medios para llegar a la verdad, una
vez que el juez lo determine como valederas dentro del proceso penal.
14
Loccit
30
1.2BREVES ANTECEDENTES HISTORICOS DE LOS MEDIOS DE PRUEBA
1.2.1 Época Equivocada
Característica de los tiempos antiguos, basados en las ordalías o juicios de Dios por
combate, fuego, o agua, para probar la verdad de las acusaciones, bajo el principio de
que Dios castiga al culpable y absuelve al inocente. En cualquier forma el acusado
perdía15.
1.2.2 Época Empírica
Basada en la declaración Testifical.
El sospechoso era sometido a una serie de
presiones físicas y psicológicas para admitir su culpabilidad.
1.2.3 Época Científica
Medios de prueba basado en trabajo, técnicas científicas realizados en los indicios
recolectados en el lugar de los hechos por expertos en un área del conocimiento, dentro
del pensamiento criminalistico.
Vemos que los medios de prueba a través de la historia se han manejado erróneamente
y es hasta la época científica donde se da a entender la importancia que conlleva la
cadena de custodia en la recolección, y protección de cada indicio encontrado en la
escena del crimen para luego ser utilizado cuando se requiera.
15
http:// Criminalistica.net. Oporto Díaz Carlos lección sobre cadena de custodia consulta 12-10-2012.
31
1.3 BREVES ANTECEDENTES HISTORICOS SOBRE CRIMINALISTICA Y LA
IMPORTANCIA DE LA CADENA DE CUSTODIA
El nacimiento del concepto de evidencia física y la posibilidad de aplicar a ella los
avances de la ciencia y de la tecnología han marcado un importante impacto sobre la
efectividad del esclarecimiento de los hechos criminales.Esto es lo que ha ocurrido en
Estados Unidos y Europa en los últimos tiempos, con la revolución forense de los años
ochenta, originada por la aplicación del ADN a la investigación judicial, la cual ya hemos
venido observando en varios países , desde hace algunos años.
Resulta irónico reconocer que la idea de aplicar la ciencia a la investigación criminal fue
un resultado derivado de la ficción. Efectivamente con el trabajo novelístico de Sir
Arthur ConanDoyle creador del místico detective “Sherlock –Holmes quien en su
primera novela policiaca “A Study in Scarley” Introdujo en 1887, la ciencia como
herramienta para la detección y esclarecimiento de los crímenes.
16
Para ese entonces
la ciencia estaba en su infancia, Doyle, médico de la época, era un hombre, con mucho
sentido práctico, se dice que no dejaba las historias a su gran imaginación, sino que
ensayaba las escenas tirándose al suelo y observando el material que se adhería a la
actividad que luego haría el detective Holmes para descubrir sus famosas pistas.
Se hablo del método de Sherlock Holmes, quien usaba la cinta métrica y una gran lupa
redonda en su bolsillo, el caminaba sin hacer ruido, al llegar al lugar de los hechos se
arrodillaba con sus herramientas, y hablaba consigo mismo todo el tiempo y se olvidaba
del mundo exterior, se emocionaba cuando encontraba pistas interesantes con el caso
que estaba analizando, y prestaba suma atención entre la distancia de las marcas de
las evidencias visibles.
En este mismo periodo de tiempo comienza el “boom” Tecnológico de la fotografía y es
la policía Belga, la primera en utilizar como ayuda para identificaciones Criminales, Esta
forma de mantener archivos fotográficos, fue seguida en 1823 por la policía francesa y
16
Saferstein Richard, Forensic Science: Winds of Change “Criminalistics, An Introduction to Forensic Science,
Prentice. Hall,eigth edition.2003,pág 16
32
norteamericana.La fotografía
ha significado una gran ayuda para la mejora de la
memoria, sin embargo graves errores históricos han demostrado la relativa confiabilidad
de la fotografía como medio de identificación fehaciente. Por ejemplo un trágico error
de falsa identificación fue el caso del famoso estafador William Thomas en 1896, fue
confundido con el londinense Adolph Beck quien estuvo en prisión 8 años y fue
reconocido como inocente en 1904 cuando Thomas volvió a estafar estando Beck tras
las rejas, lo que demostró que aunque las fotos de los dos hombres mostraban
similitudes: hombres fornidos, con abundante bigote tipo mostacho que hacia desviar la
atención de las características de las caras, la fotografía no estaba protegida de la
equivocación17. Sin embargo en estos tiempos ha ido evolucionando a gran escala para
fijar y documentar toda clase de escenas y de evidencias.
El primer intento de identificación de criminales lo hizo en 1879 el antropólogo y médico
francés AlphoneBertillon, quien desarrollo un sistema complejo de antropometría,
Mediciones de la talla del pie, las medidas de la talla sentado, la de los brazos
extendidos, largo y ancho de la cabeza, talla de la oreja derecha y otras medidas, eran
signos valiosos para identificar a personas.Aunque este sistema defectuoso
denominado “Bertillonaje” duro solamente 2 décadas hasta que fue reemplazado por las
huellas Digitales le mereció a bertillon el titulo de padre de la identificación.
Varios individuos contribuyeron al desarrollo de la dactiloscopia, sin embargo se le
reconoce especial merito a Francis Galton (1822- 1911) Quien realizo y publico el
primer estudio sobre el tema. Su más importante contribución fue el desarrollo del
método de clasificación para el archivo de huellas digitales. Su obra “fingerPrints”
publicada en 1892 presento la evidencia estadística de que las huellas digitales son
únicas. Los principios generales para la identificación personal que escribió Galton se
siguen aplicando hoy en día, y es uno de los métodos más efectivos en pises
desarrollados que cuentan con base de datos universales.El primer detective científico,
18
17
18
de la vida real fue el austriaco Hans Gross (1847-1915) autor del libro “Investigación
Ibid. pág. 6
SafersteinRichard,Forensic Science Op. Cit. Pág. 9
33
Criminal “(HandbuchfurUntersuchungsrichter) en el que dio vida a las ideas ficticia de
Sherlock Holmes.
Gross abogaba por la medicina Forense, balística y serología e
inclusive se refiere a la contratación de un minerologo y un botánico pues él asegura en
su libro que pesa más el análisis de residuos de tierra en los zapatos del sospechoso
que un pesado interrogatorio,
por lo que es a él que se le atribuye el invento del
término “Criminalística”.
Un discípulo de Gross fue el francés Edmundo Locard quien en 1877-1966 describió
por primera vez la idea de la evidencia traza quien fue educado en medicina y derecho
su famosísimo y trascendental
“principio de intercambio” el cual enuncia que dos
elementos puestos en contacto intercambian materia entre si Locard lucho contra sus
contemporáneos quienes no creían que la ciencia pudiera auxiliar a la justicia. Empezó
su ánimo trabajo forense con un solo microscopio y un estetoscopio , junto con otros
elementos básicos de laboratorio creando así, el primer laboratorio forense del mundo,
conoció luego como el laboratorio criminal de la Policía de Lyon Locard, comprobó
antes de un año, el valor de esa obra cuando resolvió los casos de falsificación de las
monedas.
En 1912 ayudo a esclarecer un homicidio de una mujer determinando que el culpable
era su enamorado, el determino marcas de estrangulación en el cuello de la mujer,
seguidamente fue a la celda del sospechoso y cuidadosamente raspo el detritus bajos
sus uñas y en su laboratorio descubrió que el material consistía en células epiteliales
(piel) tapadas con polvos rojizos. El polvo probó ser una mezcla de almidón de arroz,
estearato de magnesio, oxido de zinc. Bismuto y oxido de hierro un pigmento conocido
como rojo veneciano,Locard le pidió a la policía analizar los cosméticos en el cuarto de
la víctima y descubrió que los polvos faciales tenían las mismas características, estos
resultados fueron suficientes para que el sospechoso se declarara culpable y la policía
confiara cada vez más en su invento y análisis en el laboratorio.
Dada la importancia de las manchas de sangre en las escenas de crimen, la medicina
forense de mitad del siglo busco incansablemente la manera de identificarlas y hasta
34
ese momento un examen microscopio daba como resultado con sangre fresca mas no
con sangre seca pues las células rojas se deshacían y perdían su identidad.Los
intentos de identificación química de la sangre eran relativos, pero el trabajo del Dr.
Kant Landsteiner (1868-1943) represento un importante avance para la identificación
de personas a través de lo que se denomino grupos sanguíneos A, B, O y AB.
El descubrimiento de Landsteiner tuvo repercusiones forenses gracias al Dr. Leonel
Lattes (1887-1954) profesor del instituto de Medicina Forense de la Universidad Turín,
quien aplico la clasificación sanguínea con el fin de determinar la procedencia de las
manchas de sangre. Con este sistema el Dr. Leone Lattes puso en práctica el trabajo
del Dr. Landsteiner auxilio en el esclarecimiento de varios casos médicos forenses por
lo que muchos laboratorios forenses siguen practicando estas técnicas creadas por
Kant Landsteiner.
En el campo del examen de armas de fuego se debe mencionar el nombre del coronel
del ejército estadounidense Calvin Goddard quien realizo el primer trabajo de
individualización de armas de fuego. Quien realizo estudios comparativos entre las
balas extraídas de la víctima con las disparadas con las armas sospechosas,
Goaddard estableció el microscopio de comparación como herramienta indispensable
para el estudio balístico.19 Invento que hasta nuestros días se siguen practicando con
proyectiles encontrados en una escena del crimen y comparados con los percutados
por un arma, mediante cotejo y análisis balístico correspondiente.
El más grande Grafólogo de la época fue Albert S. Osbon (1858-1936) quien desarrollo
los principios fundamentales del examen de documentos cuestionados. Es el
responsable de la aceptación de esta disciplina en las cortes.
Durante sus primeros
años como testigo perito fue expuesto a la furia de jueces que no permitían que
colocaran una pizarra en los tribunales o que introdujera evidencia revelada por el
microscopio. En los años 30s. Osbon testificaba, en los tribunales donde parecía un
laboratorio donde enseñaba su obra
19
de nombre “Documentos Cuestionados”,
Saferstein, Richard. “Criminalistic” Seventh Edicion, 2001.Pretice HallNew Jersey. Pág. 3
35
publicado en el año 1910 el cual todavía se considera
texto estándar en este
campo.Entre las figuras importantes de la historia reciente de las ciencias forenses
ocupa un lugar sobresaliente el Dr. AlecJeffreys, quien con su equipo de la Universidad
de Leicester en Inglaterra, descubrió que las porciones de la estructura de ADN de
ciertos genes son únicas en cada persona.
Por tal razón Jeffreys denomino el proceso de aislar y leer estos marcadores como
“DNA fingerprinting” ahora conocidos como tipificación del ADN o huella genética.La
aplicación forense de la genética humana revoluciono la Investigación Criminal. El
potencial forense de la evidencia biológica es invaluable por su gran capacidad
individualizante. El Dr. Rolando Menzel profesor de física de Texas TechUniversity se
considera el pionero de la aplicación del rayo laser en la criminalística especialmente en
la localización y visualización de huellas latentes y otros tipos de evidencias como lo
son las biológicas sangre, semen, tejidos y cabellos lo cual sirve para exonerar a
sospechosos inocentes mandados a la cárcel y para incluir como sospechosos a los
culpables.
En el año 1914 se creó la primera oficina de Medicina legal con el fin de darle un giro a
las diferentes ramas de la medicina y contribuir con el esclarecimiento de actos
criminales, “con esto estamos convencidos que la mayor diferencia entre el siglo XX,
que acabamos de dejar atrás y el siglo XXI, que estamos comenzando, apenas, será
indudablemente el desarrollo vertiginoso de la Ciencia y la Tecnología , que
indudablemente impactara, no solamente en crecimiento y desarrollo de las Ciencias
forenses, sino que también facilitara una investigación criminal moderna, básica para
fundamentar una verdadera justicia penal efectiva que coadyuve a cimentar la paz que
tanto necesitamos”.20
Concebimos que La investigación criminalistica desde tiempos antiguos es un
procedimiento, con aplicación de diversas técnicas especificas, por medio del cual se
puede descubrir los acontecimientos reales, la verdad histórica de los hechos
20
Ley 906 de 2004. Nuevo Código de procesamiento Penal Colombiano Art. 267, 406 y 408
36
probablemente constitutivos de delito, que permite su persecución y aplicación de
soluciones con la mayor eficacia posible es aquí donde una adecuada cadena de
custodia juega un rol importante en el esclarecimiento de delitos de homicidio y
asesinato con el auxilio
ciencias como la Medicina Legal, Fotografía , Grafología
Documentoscopia, balística , Dactiloscopia entre otras, las cuales se relacionan a la
criminalistica, para completar el proceso de transformación técnico jurídica de vestigio,
indicio, evidencia y prueba en el proceso penal, es por ello que, en nuestro país es
necesario poner en práctica todas y cada una de esas técnicas para hacer efectivas las
investigaciones y así cumplir eficaz y legalmente con la función persecutora de los
delitos de homicidio y asesinato y por ende de los delincuentes.
1.3.1 Importancia de la Cadena de Custodia
Vemos entonces que La Cadena De Custodia es un conjunto de procedimientos de
seguridad, destinados principalmente a garantizar que el elemento material probatorio o
evidencia física al momento de ser localizado, fijado, recolectado, delimitado, embalado,
rotulado, es el mismo que estaba en el lugar exploratorio y se encuentra en igualdad de
condiciones fenomenológicas a las que allí tenia. Por lo que vemos que en delitos de
Homicidio y Asesinato es de vital importancia ya que el mínimo error en la manipulación
y custodia de cada indicio, se verá reflejado al momento de relacionar a un individuo
con el hecho delictivo. Lo notamos en nuestro diario vivir cuando miembros de la Policía
Nacional Civil capturan flagrantemente a un sujeto cometiendo un posible delito de
Homicidio, o Asesinato, donde observamos que manipulan inadecuadamente los
elementos materia de prueba como por ejemplo: Arma blanca, arma de fuego,
casquillos, proyectiles útiles, entre otros.
De igual forma es de suma importancia la pronta respuesta en la protección y
conservación de la Escena del Crimen de posibles contaminaciones por medio de
Curiosos, Bomberos Voluntarios, Reporteros, e incluso de ellos mismos lo cual no es
raro en nuestro país ya que lo hemos observado por medio de la televisión, y en las
noticias de periódicos donde se ve que sostienen las posibles pruebas incriminatorias
37
con las manos sin protección alguna , impregnando sus huellas sobre las superficiesde
los indicios, sujetos a investigaciones técnicas y científicas. Las cuales desde el
momento en que son manipuladas sin guantes, pinzas y recipientes acordes a su
naturaleza, ya son evidencias
alteradas,pertenecientes a los eslabones de nuestra
importante y valiosa cadena de custodia, objeto de estudio en nuestro presente trabajo.
Por tal razón entidades como bomberos voluntarios y agentes de la policía nacional civil
en nuestro país contribuyen de igual manera con el trabajo adecuado de la cadena de
custodia, ya que cada persona que tiene acceso a proteger y manipular los indicios
encontrados en la escena del crimen pasa a serun engranaje importantes para
mantener protegida y custodiada la escena del crimen hasta que miembros del
Ministerio público acudan al lugar de los hechos y poder así, trabajar correctamente la
recolección y el resguardo de cada indicio ya que la inadecuada manipulación de la
evidencia al ser diligenciada se verá reflejada en el resultado de una condena ya sea
absolutoria o condenatoria.
1.4BREVES ANTECEDENTES HISTORICOS SOBRE EL HOMICIDIO Y
ASESINATO
El homicidio es el resultado de una acción u omisión mediante el cual se priva de la vida
a otra persona ya sea dolosa o culposamente. El término procede etimológicamente del
latín homicidíum, y éste del griego ouoc (homόs), similar o semejante, y latino caedere,
matar: el cual se puede traducir,matar a un semejante. Es una conducta reprochable, es
decir típica, antijurídica y por regla general culpable (excepto en casos de
inimputabilidad, donde no se es culpable pero sí responsable penalmente), que consiste
en atentar contra el bien jurídico de la vida de una persona física.
1.4.1 Diferencia Entre Homicidio y Asesinato
El homicidio se diferencia del asesinato por su carencia de alevosía, ensañamiento u
otras circunstancias, y generalmente por no matar con motivos miserables o vacuos,
38
como la promesa remuneratoria o recompensa, o en general, el ánimo de obtener lucro
de la actividad homicida.Un homicidio puede ser justificable legalmente si se produjo
por alguna de las causas de ausencia de responsabilidad penal, entre las que se
encuentran la legítima defensa, la prevención de un delito más grave (estado de
necesidad), el cumplimiento de una orden de un mando superior, o de un deber legal.
Hay diversos apelativos para los homicidios y asesinatos según la relación que guarden
el homicida y su víctima; por ejemplo, dándole muerte al cónyuge, se convierte en
uxoricidio; a los padres, en parricidio; o magnicidio si la víctima era la máxima
representación del Estado. Cabe anotar que todas estas clases de homicidios pueden
acarrear consecuencias jurídicas diferentes.
Este crimen, siendo voluntario, tenía pena de muerte entre los judíos. En el Capitulo
XXI del Éxodo, en el XXXV de los Números, en el XIX del Deuteronomio y en el XXI del
mismo libro, se leen varias leyes concernientes al homicidio voluntario e involuntario.
Además, Jesucristo por San Mateo en el Capitulo. V. dice: quien matare será
condenado a muerte en juicio. Últimamente, por el Capitulo. XXII del Apocalipsis,
vemos que los homicidas no entrarán en el reino de Dios. En el Ática había un tribunal
llamado Phreattis, el cual entendía de los homicidios. Por lo común, solo juzgaba de
aquellos que acusados de homicidas en su país, se habían fugado o bien de aquellos
que habiendo cometido un homicidio involuntario, se habían hecho después culpables
de otro premeditado. Los jueces se reunían cerca de la playa del mar y el acusado sin
permitirle desembarcar, defendía su causa desde una lancha. Si resultaba culpable, era
abandonado a la merced de las ondas y de los vientos. Tencer fue el primero que se
justificó de este modo probando que era inocente de la muerte de Ayax.
En Atenas el homicidio involuntario era castigado con un año de destierro. El homicidio
voluntario tenía pena de la vida pero se dejaba al culpable la libertad de huir antes de
proferirse la sentencia y en este caso se contentaban con confiscarle sus bienes y dotar
su cabeza. Para este crimen había en Atenas tres tribunales:

El Areopago para la muerte premeditada
39

El Palladium para la involuntaria.

El
Epidelfiniumpara
aquellos
matadores
que
pretendían
haberlo
hecho
legítimamente.
En los tiempos antiguos muchas veces bastaba hacer algunas expiaciones para
salvarse o ser absuelto de un homicidio.En Roma las primeras leyes hechas por Numa
condenaban a muerte los homicidas. Tulio Hostilio hizo otra ley para castigar a los
homicidas con motivo de la muerte cometida por uno de los Horacios. Por ella dispuso
que los decemvirosserian los jueces de esta clase de delitos, de cuya sentencia podía
apelar el reo al pueblo: pero sí la sentencia quedaba aprobada o confirmada, el
culpable era ahorcado de un árbol, después de haber sido azotado, en la ciudad o fuera
de ella.
Por la ley Comelia de Sicariisdecretada por Lucio Cornelio Sila, siendo dictador en el
año 673 de Roma, estableció algunas distinciones: si el culpable era un hombre ilustre
o rico, se le castigaba con destierro, si era un hombre cualquiera se le cortaba la
cabeza y si un esclavo, se le crucificaba o se le hacía combatir con las bestias feroces.
Después con el tiempo, se reparó esta injusticia condenando a muerte indistintamente a
todo homicida. Por el Concilio de Trento se dispuso que no se ordenase jamás al
homicida voluntario y que solo pudiese hacerse con el involuntario o casual cuando
hubiese motivos muy urgentes y después de aprobadas las preces.
1.4.2 Clasificaciones Generales Sobre Homicidio
El homicidio tiene cinco clasificaciones generales atendiendo el elemento subjetivo del
agente:
1.4.2.1 Homicidio Doloso:
Cuando exista la intención positiva de inferir la muerte a la víctima. Es decir, que el
sujeto activo tiene la capacidad de querer y entender las consecuencias de su conducta
40
y producir el resultado de muerte. Según el artículo 11 del Código Penal Guatemalteco
según decreto 17-73 es cuando el sujeto activo del delito sin perseguir ese resultado
ejecuta el acto.
1.4.2.2 Homicidio Involuntario:
También llamado homicidio culposo o negligente: cuando se conoce el posible
resultado de muerte y sin embargo se cree poder evitarlo, pero falla y ésta se produce.
También se presenta cuando definitivamente se ignora dicho resultado, pero de igual
forma se mata. La punibilidad en este caso surge amparada por el deber que toda
persona tiene de abstenerse de causar daño a otra, y las acciones carentes de
intención y omisiones que conlleven a la muerte serán susceptibles de juzgarse
conforme a las leyes penales. En nuestro Código Penal Guatemalteco actualmente lo
encontramos tipificado en el artículo 127.
1.4.2.3 Homicidio Preterintencional:
Hace mención al desbordamiento de las intenciones del causante, en las que
primitivamente se quiso dañar, pero que desafortunadamente resultó matándola. Por
ejemplo, si se desea simplemente golpear a alguien para causarle unas magulladuras, y
se termina matándolo. Se ha afirmado que el homicidio preterintencional es un punto
medio entre el dolo y la culpa; dolo frente a la acción y culpa frente al resultado. En
nuestro cuerpo normativo guatemalteco se encuentra en el artículo 126 donde
menciona que el culpable es sancionado con prisión de dos a diez años.
1.4.2.4 Homicidio Simple:
Aquél que se comete a falta de las cuatro agravantes, que son premeditación, alevosía,
ventaja y traición.
En nuestro código a esta división pertenecen: el Homicidio
Cometido en Estado de Emoción Violenta articulo 124, El Homicidio
41
En Riña
Tumultuaria articulo 125, El Homicidio Preterintencional articulo 126 El Homicidio
Culposo articulo 127. La Inducción al Suicidio articulo 128 El Infanticidio articulo 129 y la
suposición de Muerte articulo 139
1.4.2.5 Homicidio Calificado:
La calificación de los homicidios se subdivide en:
Calificación por agravación o agravado: en aquellas circunstancias que harán más
extensa la sanción penal
a) En razón del vínculo entre el autor y la víctima: parricidio.
b) En razón del modo elegido por el autor para cometerlo

Alevosía.

Ensañamiento.

Sevicias graves.

Veneno.
c) En razón de la causa:

Por pago o promesa remuneratoria.

Homicidio criminis causa.
d) Cometido con un medio idóneo para crear un peligro común: (incendio, inundación,
descarrilamiento, etc.)
e) En razón de la cantidad de personas. En el código penal Guatemalteco según
decreto 17-73 a esta división pertenece: El Parricidio según artículo 131, El Asesinato
según artículo 132 y La Ejecución Extrajudicial según artículo 132 Bis.
1.4.2.6 Calificado por atenuación o atenuado:
a) Homicidio cometido bajo emoción violenta u homicidio emocional.
b) Homicidio preterintencional.
El homicidio se considera una conducta, y podemos clasificarla como Conducta de
Acción cuando el sujeto activo efectúa los movimientos corpóreos necesarios para
42
producir el resultado de la muerte del sujeto pasivo, y Conducta de Omisión u Omisión
Impropia, en la que el sujeto activo deja de hacer lo que de él se esperaba como tutor
de una vida y debido a ello se produce como resultado la muerte del sujeto pasivo. Por
ejemplo, una madre que deja de alimentar a su hijo, con el resultado de la muerte de
éste, sería un caso de homicidio por omisión, puesto que la madre es responsable de
mantener con vida a un individuo que no puede hacerlo por sí mismo.
Dentro del homicidio encontramos dos tipos de sujetos:

Sujeto Activo: Es aquel que ejecuta la conducta de acción o de omisión, para
producir el resultado de muerte; es decir, el homicida.

Sujeto Pasivo: Es el individuo titular del bien jurídico "vida". Es diferente de la
víctima que contempla tanto al sujeto pasivo como a las demás personas que se
vieron afectadas por la comisión del delito.
1.4.3 Regulación Del Homicidio Y El Asesinato En Algunos Países
1.4.3.1. Argentina
Artículo principal: Homicidio (Argentina).
El homicidio en el Código Penal de la Nación Argentina en los artículos 79 a 84. Prisión
de 8 a 25 años a quien matare a una persona siempre y cuando en este código no se
impusiere otra pena.
1.4.3.2. España
Artículo principal: Homicidio (España).
El homicidio, para el Código Penal español vigente del año 1995, es un delito que
atenta contra el bien jurídico vida humana independiente. Se encuentra regulado en el
artículo 138: "El que matare a otro será castigado, como reo de homicidio, con la pena
de prisión de diez a quince años". La figura recogida del artículo 138 disposición es
eminentemente dolosa. El homicidio cometido por imprudencia grave, se recoge en el
artículo 142 (así como el homicidio imprudente con armas o vehículos de motor y el
homicidio por imprudencia profesional).
43
Es necesario señalar que en el Derecho español, no se encuentra recogido el homicidio
preterintencional; aplicándose, en la mayoría de los casos, un concurso ideal de delitos
entre el homicidio y la figura delictiva de que se trate. Tampoco existen otras figuras
específicas como el parricidio o el uxoricidio, ya que en el Derecho penal español el
castigo se fundamenta en la violación del bien jurídico y no se castiga el hecho de
matar a una persona u otra. Para estos casos, podría utilizarse como agravante, la
circunstancia mixta de parentesco del artículo 23 del Código Penal.
1.4.3.3. México
Según el artículo 302 del Código Penal Federal Mexicano, comete delito de Homicidio
aquel que priva de la vida a otro. En el código actual están tipificados los delitos de
homicidios y asesinatos en los artículos del 302 al 308
1.4.3.4. Guatemala
Artículo 123 del Código Penal, Decreto Numero 17-73 Homicidio: comete homicidio
quien diere muerte a alguna persona. Al homicida se le impondrán prisión de 15 a 40
años.21El asesinato está tipificado en el artículo 132 donde menciona que comete
asesinato quien matare a una persona:
1). Con alevosía.
2). Por precio, recompensa, promesa, ánimo de lucro.
3). Por medio o en ocasión de inundación, incendio, veneno, explosión, desmoronamiento, derrumbe de edificio u otro artificio que pueda ocasionar gran estrago.
4). Con premeditación conocida
5). Con ensañamiento
6). Con impulso de perversidad brutal
7). Para preparar, facilitar, consumar y ocultar otro delito o para asegurar su resultado
O la impunidad para sí o para coparticipes o por no haber obtenido el resultado que
se hubiere propuesto al intentar el otro hecho punible.
21
www.etimologiadehomicidio/asesinato.net ,homicidios de Chile, consulta 04-11-2012
44
8). Con fines terroristas o en desarrollo de actividades terroristas.
Al reo que asesinare se le impondrá prisión de 25 a 50 años, sin embargo, se le
aplicara la pena de muerte en lugar del máximo de prisión, si por las circunstancias del
hecho y de la ocasión, la manera de realizarlo y los móviles determinantes, se revelare
una mayor particular peligrosidad del agente.
A quienes no se le aplique la pena de
muerte por este delito, no podrá concedérsele rebaja de pena por ninguna causa.
1.5 SIGNIFICADO Y EVIDENCIAS FISICAS
Cuando se exploran los objetivos principales de la investigación, en el escenario del
delito, de homicidio y asesinato las áreas de importancia pueden resumirse de la
siguiente manera: Colección y acopio de la evidencia física, reconstrucción del hecho,
identificación y eslabonamiento del sujeto con el escenario del suceso y establecimiento
de la causa probable de arresto. En la presentación de tales objetivos, el área policial
encargada de la colección, preservación y documentación de la evidencia así como la
investigación en el lugar de los hechos, ha descubierto en ello el auxilio de varias
ciencias, Con el propósito de desarrollar una comprensión del rol prominente que juega
la evidencia física en el entorno legal contemporáneo, una evolución perspectiva es una
necesidad.
Básicamente hay tres caminos que se auxilian entre sí, para coadyuvar en la solución
de un hecho, confesión del sujeto, manifestaciones de una víctima o testigo, y la
información obtenida a través de la evidencia física.
Dejando de lado los aspectos jurídicos involucrados con la confesión y siguiendo con el
orden antes establecido digamos que los dichos de testigos pueden ser no dignos de
confianza, dependiendo ello de una persona que ha presenciado un delito de homicidio
o asesinato y las condiciones físicas que rodearon su visión del mismo. La evidencia
física es finalmente inanimada y provee realidades o hechos imparciales; se ha dicho
muchas veces que constituye el testigo mudo del evento, Si se le utiliza con eficacia
45
puede desarrollar una serie de afirmaciones conflictivas y confusas ofrecidas por
testigos que observaron el mismo incidente al mismo tiempo.
1.5.1 Pasos Generales para la búsqueda de Evidencia Física
El siguiente listado intenta ser alimento para el pensamiento antes que la imposición de
un sistema inalterable y contiene los pasos lógicos a seguir para lograr con el menor
margen de error, la detección, y secuestro adecuado de la evidencia física:
Acceso al Lugar
Aseguramiento y protección del mismo;
Inspección preliminar:
Descripción Narrativa
Fotografiado
Revelamiento Planimétrico
Evaluación de la evidencia en forma de impresiones dactilares latentes.
Evaluación de la evidencia física
Búsqueda detallada
Recolección registro, señalización, y preservación de la evidencia.
Investigación final para asegurar que el estado del escenario del hecho ha sido
documentado tan completamente como fuera posible;
Abandono del Lugar.
Para evitar la contaminación del lugar y lograr y ganar la posibilidad mayor de
documentar la condición original del escenario, todo el personal interviniente puede
hacer el máximo esfuerzo por asegurarlo y protegerlo.
Es necesario asegurar y
proteger como dos conceptos separados pero interrelacionados, antes de que el área
completa pueda estar realmente protegida, debe estar primero realmente asegurada.
Esto último se necesitara que en principio se fije el perímetro del escenario, luego de lo
cual todos los esfuerzos posibles estarán dirigidos a prevenir la alteración de las
condiciones originales. En tal sentido, el control de todas las personas que puedan
46
ingresar tiene extrema significación.La inspección preliminar el paso de la investigación
donde se desarrollan los fundamentos básicos de la administración, organización y
logística, para satisfacer las necesidades de un escenario en particular. Los propósitos
específicos más significativos de la inspección son:
a) Establecer control administrativo y emocional;
b) Delinear la extensión del área de búsqueda;
c) Organizar los métodos y procedimientos que se necesiten;
d) Determinar las necesidades y potencialidades del personal humano y equipo.;
e) Desarrollar una teoría general del delito;
f) Identificar y proteger la evidencia en tránsito;
g) Preparar una descripción narrativa de la escena;
h) Con el propósito de cumplir con estos casos, la inspección preliminar comienza
cuando se toma conciencia que el lugar ha sido totalmente asegurado y protegido.
En términos de conducción exitosa, la inspección preliminar es el paso más importante
ya que promueve un plan organizado de acción y evita la actividad física impensada
que destruiría la evidencia pertinente. La inspección narrativa se prepara durante los
escalones preliminares de la inspección, esta forma es para describir la escena tal y
como fue encontrada la cual no debe confundirse Con la utilización de bosquejos
(Croquis) fotografías y anotaciones detalladas los que se llevan a cabo por aparte. Esta
inspección puede describirse de tres formas diferentes; manuscritas (Notas) Con
grabaciones de voz, o bien en video, los que permiten agregar imagen y sonido
simultaneo.
Los lugares donde se han cometido delitos no permanecerán perturbados por mucho
tiempo;
por ende, deben ser fotografiados tan pronto como sea posible,
preferiblemente antes que cualquier persona sea autorizada de ingresar. Las vistas
fotográficas exteriores deben tender a establecer la ubicación de la escena desde una
distancia que incluya un punto de referencia. Así mismo deberán existir tomas a media
distancia para fijar las posiciones de detalle de la evidencia cercanamente relacionada,
y finalmente, registro con acercamiento suficiente para captar detalles individuales.
47
El relevamiento planimetrico previo al que realiza el profesional adecuado consiste en la
representación grafica manual de las condiciones en las que se encuentra el escenario.
La misma no reemplaza al material fotográfico y debe ser utilizada para mostrar las
dimensiones de los muebles, ventanas, puertas etc. Distancias de diferentes objetos a
lugares
de entrada y salida;. Distancias entre diferentes objetos y medidas que
identifiquen la exacta ubicación de cada evidencia, tomadas desde dos puntos de
referencia.Evaluada la evidencia en forma de impresiones dactilares latentes, armas,
vainas, proyectiles, impactos manchas, fibras etc., y practicada una última búsqueda
final detallada, se procederá a la recolección, registro, señalización y preservación de la
evidencia, con la intervención de los especialistas del caso. Al respecto se destaca la
importancia que reviste la preservación e identificación de elementos, mediante el
auxilio de contenedores apropiados cajas bolsas etcétera.
1.6 EVIDENCIA FÍSICAS CATEGÓRICAS
a). Marca De Herramientas (huellas de efracción)
Se incluyen todas las condiciones físicas en las que se resuelve evidente que un objeto
utilizado como herramienta, actuó sobre otro, creando impresiones, marcas de fricción u
otras estriaciones, un destornillador, cortafríos, paragolpes de automóvil, o el cañón de
un arma pueden producir huellas de herramientas.
b). Impresiones Digitales y Palmares
Comprende esta división todas las impresiones latentes o visibles incluyendo también
las de pie descalzo y las de guantes y otros tejidos.
c). Material Orgánico, Botánico y Zoológico
Se clasifica típicamente
en esta categoría los excrementos, residuos de origen
botánico y manchas de comida.
48
d). Fragmentos Vítreos y Plásticos
Trozos de vidrios o plásticos, rotos o astillados, descubiertos en lugares donde se
sospecha que ha habido un accionar delictivo.
e). Pisadas e Impresiones
Huellas de patinada (o frenada) y arrastre, huella de pie calzado depresiones en tierra
blanda o vegetación y toda otra forma de huella, las marcas de herramientas no
deberías estar incluidas en esta categoría.
f). Pintura
Liquida o seca, en posiciones donde pudo haber sido transferida a transeúntes. Áreas
con pintura fresca, superficies agrietadas o descascaradas, de ventanas y colisiones
entre vehículos, son ejemplos frecuentes.
g). Fragmentos de Madera
Los ejemplos más frecuentes son la fragmentación y el astillado de la madera hecha
por un ofensor al patear o romper por golpe un lugar de ingreso.
h). Polvo
Hechos donde el polvo (todas las formas de contaminación en superficies) ha sido
perturbado por el ofensor en el acto criminal.
i). Cigarrillos Fósforos y Cenizas
El descubrimiento de cualquiera de estos materiales combustibles o sus restos en
ubicaciones, que sugieran su relación con los ofensores que puedan tener relación con
un linchamiento, lo cual es típico en nuestro país.
j). Papel
Casos donde el papel mismo puede ser investigado en su posición o ubicación original,
y donde las impresiones latentes y otras substancias contaminantes puedan estar
presentes en su superficie.
49
k). Tierra
La presencia de tierra o material similar en lugares donde la identificación o
individualización parezca posible.
l). Fibras
Se incluyen ambas, naturales y sintéticas descubiertas primariamente en rincones o
bordes o en superficies donde las fuerzas electrostáticas o mecánicas provocan una
transferencia.
m). Herramientas y Armas
Casos en los que armas fueran encontradas en la escena de los hechos o en
automóviles, y donde existiera una fuerte posibilidad de que tales objetos estuvieran
involucrados en un acto criminal.
n). Grasa y Aceite
Cualquier lubricante o sustancia similar, que a veces posee contaminación ambiental,
encontrada en un lugar que sugiera relevancia en un hecho delictuoso.
o). Material de Construcción y Embalaje
Todas aquellas substancias encontradas en área de trabajo y que no pertenezcan a
ninguna de las otras categorías.
p). Documentos
Papel Escrito o impreso, capaz de ser relacionado con una persona o instrumento en
particular, ejemplos notas dejadas en suicidios o robos.
q). Contenedores
Todas las botellas, cajas, latas y otros contenedores que contengan substancias u otros
recibos de naturaleza informativa.
50
r). Fragmentos Metálicos
Materiales encontrados cerca de maquinaria industrial y escenas de colisiones y otros
desechos con alta probabilidad de ser transferido a los ofensores.
s). Pelo
Cualquier pelo o (cabello) humano o animal encontrado en un ambiente, con razonable
probabilidad de ser vinculado con un ofensor.
t). Sangre
Cualquier sangre sospechosa, liquida o seca, animal o humana, presente en una forma
que sugiera relación con la ofensa o los individuos involucrados.
u). Material Inorgánico o Mineral
Substancias inorgánicas que no caigan en ninguna otra categoría
v). Misceláneas
Todo otro fenómeno físico.22
Con esta pequeña división sobre las evidencias físicas categóricas notamos la
importancia que tiene la fijación, documentación, preservación, seguridad embalaje,
registro continuidad, envió y análisis de cada evidencia encontrada en la escena del
crimen para su requerimiento en el proceso, por lo que es necesario que las personas
encargadas de recolectarlas y embalarlas, conozcan estas categorías para poder así
maniobrarlas con un cuidado adecuado y correcto.
22
Guzmán ,Carlos Manual de Criminalística,Buenos Aires, ediciones la Rocca, 2000 pág. 36 - 42
51
1.7 IMPORTANCIA DE LA CADENA DE CUSTODIA EN LOS DELITOS DE
HOMICIDIO Y ASESINATO
1.7.1 Legalidad del Proceso
En Guatemala todo proceso deberá ser legal de acuerdo a los cuerpos normativos que
nos rigen según el artículo 8 de la Constitución Política de la República de Guatemala
todo detenido tiene derechos y deberá ser informado inmediatamente de sus derechos
en forma que le sean comprensibles, especialmente que puede
proveerse de un
defensor, el cual podrá estar presente en todas sus diligencias policiales y judiciales. El
detenido no podrá ser obligado a declarar sino ante autoridad judicial competente. De
igual manera en el artículo 12 de la Constitución Política de la República de Guatemala
y en el artículo 20 del Código Procesal Penal, la defensa de la persona y sus derechos
son inviolables. Nadie podrá ser condenado, ni privado de sus derechos, sin haber sido
citado, oído y vencido en proceso legal ante juez o tribunal competente y
preestablecido.
Ninguna persona puede ser juzgada por Tribunales Especiales o
secretos, ni por procedimientos que no estén establecidos legalmente.
SI consultamos en la CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
(Pacto de San José) en su Artículo 8. Encontramos las GARANTIAS JUDICIALES
donde menciona que:
1.Toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un
plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial,
establecido con anterioridad por la ley, en la sustanciación de cualquier acusación
penal formulada contra ella, o para la determinación de sus derechos y obligaciones
de orden civil, laboral, fiscal o de cualquier otro carácter.
2. Toda persona inculpada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia
mientras no se establezca legalmente su culpabilidad. Durante el proceso, toda
persona tiene derecho, en plena igualdad, a las siguientes garantías mínimas:
a) derecho del inculpado de ser asistido gratuitamente por el traductor o intérprete, si
no comprende o no habla el idioma del juzgado o tribunal;
52
b) comunicación previa y detallada al inculpado de la acusación formulada;
c) concesión al inculpado del tiempo y de los medios adecuados para la preparación
de su defensa;
d) derecho del inculpado de defenderse personalmente o de ser asistido por un
defensor de su elección y de comunicarse libre y privadamente con su defensor;
e) derecho irrenunciable de ser asistido por un defensor proporcionado por el Estado,
remunerado o no según la legislación interna, si el inculpado no se defendiere por sí
mismo ni nombrare defensor dentro del plazo establecido por la ley;
f) derecho de la defensa de interrogar a los testigos presentes en el tribunal y de
obtener la comparecencia, como testigos o peritos, de otras personas que puedan
arrojar luz sobre los hechos;
g) derecho a no ser obligado a declarar contra sí mismo ni a declararse culpable, y
h) derecho de recurrir del fallo ante juez o tribunal superior.
3. La confesión del inculpado solamente es válida si es hecha sin coacción de
ninguna naturaleza.
4. El inculpado absuelto por una sentencia firme no podrá ser sometido a nuevo juicio
por los mismos hechos.
5. El proceso penal debe ser público, salvo en lo que sea necesario para preservar
los intereses de la justicia.
Entendemos entonces que cuando se habla de la legalidad del proceso se debe realizar
de acuerdo a un marco legal ya preestablecido o sea cuando el estado quiere abusar
del poder arbitrario que la ley le ha otorgado es como un freno donde el principio le
presenta por medio de la legislación un alto de hasta dónde puede o debe llegar.
1.7.2 Legalidad de la Custodia
En nuestro Código Procesal Penal Guatemalteco en el artículo 187 describe la
Inspección y Registro en el segundo párrafo menciona que cuando fuere posible, se
recogerán o conservaran los elementos probatorios útiles. De igual forma en el artículo
53
198 del mismo código primer párrafo, describe la Entrega de Cosas de Secuestro
donde indica que las cosas y documentos relacionados con el delito o que pudieran ser
de importancia para la investigación y los sujetos a comiso serán depositados y
conservados del mejor modo posible.
Así también en el articulo 201 relacionado al Procedimiento segundo párrafo menciona
que los efectos secuestrados serán inventariados y puestos bajo segura custodia, a
disposición
del
tribunal
correspondiente,
en
el
Almacén
Judicial,
según
la
reglamentación que dicte la Corte Suprema de Justicia pero no menciona la forma
adecuada de proteger cada uno de ellos, ni tampoco si se trata de indicios biológicos,
de genética forense, botánicos, de acústica forense, substancias toxicológicas,
estupefacientes evidencia traza entre otras, menos describe cuales están relacionadas
a unidades medicas, psicológicas, laboratorios de criminalística o a las estudiadas por
otras disciplinas forenses.
También en el artículo 314 segundo párrafo menciona que El ministerio Público podrá
dictar las medidas razonablemente necesarias para proteger y aislar indicios en los
lugares en que se esté investigando un delito, a fin de evitar la contaminación o
destrucción de rastros, evidencias y otros elementos materiales.
Es por ello que estimamos, que en este cuerpos normativos, debería tener estipulado
claramente en un capitulo y epígrafe,
que es, la cadena de custodia y la manera
adecuada de proteger cada indicio según su naturaleza su forma y estado.
Vemos cuán importante es la cadena de custodia en el proceso penal para valorar la
prueba la cual debe ser resguardada, para cuando sea incorporada al proceso goce de
pureza y transparencia de acuerdo a la ley, y durante las etapas procesales es decir
que la ley no permite que evidencias que se asocian a un delito de homicidio y
asesinato sean obtenidas ilegalmente con el fin de favorecer a una de las partes.
54
1.7.3 Seguridad Jurídica de Sujetos en Procesos
Se refiere a que todos los sujetos procesales que intervienen en el proceso penal
tienen derechos y obligaciones. Por ejemplo El Ministerio Público tiene la obligación de
presentar sus pruebas la cual puede ser su tesis acusatoria, por el contrario el acusado
juntamente con la defensa tiene la facultad o el derecho de aportar la prueba para
demostrar su inocencia en el acto delictivo al cual se le asocia aunque no es su
obligación ya que toda persona procesada es inocente por imperativo legal ya que la
Constitución Política de la República de Guatemala establece en el artículo 14 que: una
persona es inocente hasta que no se pronuncie una sentencia de carácter condenatoria
en su contra aunque todavía no se considera culpable ya que la persona condenada
todavía puede impugnar y oponerse a las resoluciones que pronuncien los miembros
del tribunal. Cumpliendo entonces explícitamente con lo que la constitución menciona
de acuerdo la seguridad de los sujetos procesales
1.7.4 Éxito o Fracaso del Proceso
El éxito o fracaso de un proceso depende de una prueba contundente ya que si la
misma no demuestra ser efectiva, libre de gravámenes no podrá entonces destruir ese,
estado de inocencia que le asiste al procesado es aquí donde el Ministerio Público
juega un rol importante si nos referimos a delitos de homicidio y asesinato puesto que
es donde de su tesis acusatoria bien fundamentada demostrara desde ya un posible
éxito o fracaso. Es por ello que, la cadena de custodia pasa a ser el alma de un
proceso penal, porque desde que el indicio es localizado, documentado, fotografiado,
delimitado, levantado, embalado, rotulado, resguardado, trasladado, analizado y
posteriormente presentado ante el tribunal, para otorgársele valor probatorio pasara
entonces a llamarse prueba la cual acompañara de principio a fin al proceso.
Por tal razón entidades como bomberos voluntarios y agentes de la policía nacional civil
en nuestro país contribuyen de igual manera con trabajar adecuadamente la cadena de
custodia, protegiéndola y resguardándola hasta que miembros del Ministerio Público
acudan al lugar de los hechos para poder trabajar correctamente la recolección y el
55
resguardo de cada indicio ya que la inadecuada manipulación de la evidencia al ser
diligenciada se verá reflejada en el resultado de una condena ya sea absolutoria o
condenatoria.
1.7.5 Protestas de Litigantes
La mayoría de litigantes objeta que la cadena de custodia inicia con el trabajo del
Ministerio Público pero al momento que el Auxiliar Fiscal y encargados de la escena
acuden al lugar, miembros de la policía nacional civil ya cuentan con algunas
evidencias en sus manos y debido a la falta de capacitación y conocimientos en la
manipulación de las mismas sufren alteraciones y esa es la razón por la que impugnan
la cadena de custodia. En el Artículo 281 del Código Procesal Penal Guatemalteco
menciona que: No podrán ser valorados para fundar una decisión judicial, ni utilizados
como presupuestos de ella, los actos cumplidos con inobservancia de las formas y
condiciones previstas en este código,
El Ministerio Público y las demás partes solo podrán impugnar las decisiones judiciales
que les causen gravamen, con fundamento en el defecto, en los casos y formas
previstos en este código siempre que el interesado no haya contribuido a provocar el
defecto.Entonces los litigantes podrán protestar las diligencias cuando no se cumpla
con lo estipulado en el articulo 281 o sea cuando en un delito de homicidio o asesinato
se alteren las evidencias custodiadas por ejemplo: un sobre que contiene evidencias en
custodia se encuentre en mal estado, o la manipulación que hacen los agentes de la
policía nacional civil sobre un arma blanca o arma de fuego, al momento que es
maniobrada sin guantes o sin las técnicas pertinentes los cual no es de sorprenderse en
nuestro país ya que en los noticieros televisivos y noticias de periódico encontramos
agentes de la Policía Nacional Civil maniobrando inadecuadamente indicios que
pudieran servir de sustento en un proceso penal.
56
1.7.6 Impugnaciones
Son mecanismos de defensa que utilizan las partes para poder oponerse a las
resoluciones que dicten los tribunales de sentencia o los jueces de primera instancia
también entendemos que es un recurso que se interponen contra la resolución de un
juez cuando no está apegada a derecho con el fin de que otro tribunal revoque la
resolución.
En el artículo 399 de nuestro Código Procesal Penal describe la
Interposición donde enmarca que para que sean admisibles los recursos deberán ser
interpuestos en las condiciones de tiempo y modo que determine la ley, de igual
manera en el articulo 398 segundo párrafo menciona que cuando proceda en aras de la
justicia, el Ministerio Público podrá recurrir a favor del acusado, las partes civiles
recurrirán solo en lo concerniente a sus intereses. El defensor podrá recurrir
automáticamente en relación al acusado.
Por ejemplo si El Ministerio Público no está de acuerdo con la Falta de Merito a favor de
una persona sindicada de cometer un delito de homicidio o asesinato puede plantear su
recurso de apelación en contra de esa resolución a la sala correspondiente para
razonar y resolver lo conducente a la resolución que pronuncio el juez de primera
instancia la cual podrá ser aceptarla o revocarla.
Concebimos entonces qué son protestas donde los abogados litigantes impugnan para
que no se dé valor probatorio
cuando a su criterio existe la
posibilidad de una
evidencia asociada a un delitos que haya sido alterada por ejemplo un cuchillo
impregnado de sangre el cual ha sido expuesto a la lluvia a la intemperie o a un mal
embalaje, el dictamen pericial va, arrojar un resultado no totalmente negativo pero no va
a dar un parámetro de certeza, es entonces donde los litigantes plantean su
impugnación debido a que la justicia se debe aplicar con un conocimiento casi absoluto
de la verdad, pero si los análisis de laboratorio arrojan un sesenta por ciento de certeza
no es un parámetro suficiente para condenar a una persona ya que en Guatemala en
los tribunales se está ventilando la libertad o culpabilidad de una persona.23
23
Constitución Política de la República de Guatemala Art. 8,12,14,20
Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de san José) Articulo 8 Código Procesal Penal
Guatemalteco Art. 187, 201, 314, 281,398 y 399.
57
CAPÍTULO II
CLASIFICACIÓN DE LA EVIDENCIA
2.1 CLASIFICACIÓN BASADA EN LA CLASE MATERIAL O INMATERIAL DE
LAEVIDENCIA
Un primer criterio de clasificación es diferenciar si la información de la evidencia
proviene de un elemento material o es, al contrario, de clase inmaterial es decir si esta
información está contenida en una cosa, o, si, más bien consiste en el relato de una
persona.Desde este punto de vista se puede hablar de dos clases distintas de
evidencias, las cuales dependen de la forma como la información se arrima al juicio.
2.1.1Evidencia Psíquica
Es la información producida por la actividad psíquica de una persona, aportada
mediante su relato
en el juicio. Por lo tanto es inmaterial, o mental.La evidencia
psíquica puede ser testimonial, o puede ser también “Evidencia Pericial” que se refiere
a un concepto o a la opinión de un perito o “testigo experto”, fundamentada sobre bases
técnicas, científicas, o experienciales, consignada y documentada en un informe
pericial, expresada y sustentada también bajo la gravedad del fundamento, al contestar
las preguntas del interrogatorio y del contra interrogatorio de las partes, en un juicio
oral.24
La evidencia testimonial
es aquella que corresponde a la información, brindada el
juicio, por el relato juramentado en una persona, a quien le consta algo, relevante,
relativo a los hechos juzgados. Por ejemplo la información que suministra una
persona,bajo la gravedad del juramento, a quien le consta algo, relacionados con los
hechos juzgados, porque lo vio, lo tocó, lo sintió, lo olió, lo oyó o lo degusto.
Es decir que la información que el sujeto posee entro por cualquiera de sus órganos de
los sentidos y el individuo la recuerda y la reproduce verbalmente en el juicio oral, al
24
Mora, izquierdo, Ricardo. Seminario- Taller sobre la gestión de la prueba. Diplomado sobre el nuevo
procedimiento penal acusatorio en Colombia, universidad del rosario.2004.
58
contestar las preguntas del interrogatorio y del contra interrogatorio de las partes,
después de haberse comprometido a decir “toda la verdad de lo que conoce”25 Cuando
el testigo declara en juicio, está información se torna en material de evidencia, razón
por la que la legislación de otros países se denomina evidencia testimonial tal como
sucede en los tribunales norteamericanos, o evidencia testifical,26
La legislación
Colombiana da a esta clase de información el nombre de “prueba testimonial” y tal
como ya se mencionó, se considera una de las formas para llevar conocimiento al juez.
Al tener en cuenta que el testimonio es, ante todo, una producción de la mente,
pensamos que la “evidencia testimonial” es una de las variedades de la evidencia
psíquica, entendida a su vez como aquella que no es material, ni tangible, sino el
producto de la actividad mental de la persona, aportada como un relato en el juicio. DE
hecho la testimonial es la forma más común de evidencia y se usa como base y
vehículo, para aducir, introducir y explicar otras formas de evidencia.
2.1.2 Evidencia Física
Corresponde a aquella de naturaleza material, es tangible y genera, también,
información útil al juzgador. O puede decirse que es todo elemento material, grande o
pequeño, que permite objetivar una observación y que siendo de naturaleza diversa y
distintos orígenes, guarda siempre una relación con los hechos investigados, porque
sirvió para producirlos o porque es una consecuencia de los mismos; queda claro que
se origina o se transfiere durante la comisión del hecho.27
En este grupo se incluyen los vestigios, las huellas, las trazas, los rastros y cualquier
objeto o elemento físico que aporta la información por sí mismo,(Evidencia Real) o a
través de medios científicos o técnicos usados al estudiarlo, mediante exámenes,
análisis o cotejos periciales,(Evidencia Forense). Un ejemplo de la evidencia real seria
25
Código de procesamiento penal Colombiano Art. 389.
Reglas de evidencia de Puerto Rico, Regla numero 3Medios de prueba.2002
27
Mora Izquierdo Ricardo, María Dolores Sánchez Prada, La evidencia Física y la Cadena de Custodia dentro del
procedimiento penal Acusatorio, Bogotá Colombia Enero 2007, Colombia Ltda. .Editores Gráficos. Pág. 86 y 87
26
59
un cuchillo que se exhibe en el juicio y del que se alega que fue utilizado para cometer
un crimen, o el pantaloncito interior de la niña víctima del abuso sexual.El juez, el jurado
y las partes pueden observarlo y obtienen información de esa observación sin requerir
intermediaciones, ni interpretaciones de otras personas.
Es por esa razón que en el argot forense se oye decir que esta evidencia “habla por sí
misma”.En cambio, el segundo caso, correspondería por ejemplo, a una mancha de
sangre recogida en la escena de los hechos y cuya procedencia solo se conoce luego
de someterla a análisis especializados de ADN.En este caso se requiere que el experto
que la analizó testifique sobre su procedencia, pues ese dato solo se pudo obtener,
después de aplicar ayuda técnico- científica que permitió extraer de la mancha tal
información, pues la mera observación de ella, por parte del juez, no provee referencias
relevantes con fines de identificación.Como la información obtenida a partir del análisis
de la mancha de sangre la cual requirió de la intervención de un experto científico,
también se le da a esta el nombre de “Evidencia Científica”.
Tenemos entonces que denominaremos Evidencia Científica a “la información
proporcionada por un experto científico, consignada en un informe pericial, y sustentada
bajo juramento, en el juicio oral, a contestar las preguntas del interrogatorio y contra
interrogatorio de las partes.”Precisamente por su carácter de ser tangible muchos
autores llaman a la Evidencia Física, Evidencia Tangible o Evidencia Real justamente
por su carácter material que hace que aparezca en el juicio tal cual es y no
representada por otros medios.En múltiples ocasiones, ver una imagen o escuchar un
sonido resulta clave para comprender una historia, aun cuando nuestro relator sea claro
y ameno. Esto, forma parte de nuestra experiencia más elemental, en la vida cotidiana,
también inunda la realidad del juicio .una imagen o un sonido puede iluminar más cerca
de un hecho que la declaración en prosa de muchos testigos.
Precisamente por su cualidad material y tangible, la evidencia física o evidencia real se
considera, en general, más confiable que las demás formas de evidencia.Una variedad
especial de evidencia física es la “Evidencia Documental” o evidencia documentaria que
60
se llama también genéricamente ”escritos” tales como letras, contratos, cuentas,
cheques, testamentos, notas, impresos, pintura, esquemas, grabaciones y cualquier
material similar.28Definimos genéricamente a la evidencia documental como “cualquier
cosa producto de la mente humana, que contiene los hechos o es representativa o
declarativa de ellos testimonial. Contiene los hechos o es representativa o declarativa
de ellos.
Psíquica
EVIDENCIA
Real
Científica
Pericial
Física
Forense
Documental
Técnica
Apreciamosque la unión de la prueba psíquica y física, aportada mediante el juicio. Se
refiere a un concepto o a la opinión de uno o varios peritos o “testigos expertos”,
fundamentada sobre bases técnicas, científicas, en una o varias ciencias con el único
fin de, demostrar la participación de un sindicado en la consumación de un hecho ilícito.
2.2 CLASIFICACIÓN BASADA EN LA APROXIMACIÓN DE LOS HECHOS A LA
MENTE DEL JUEZ (TIPO DE EVIDENCIA).
Al momento que se presentan cualquiera de las clasificaciones descritas anteriormente
sean las evidencias psíquicas, o físicas entendemos que la prueba pasa a estar en “la
mente del juez” para explicar que solamente cuando el juez queda procesalmente
convencido de algo, más allá de cualquier duda, o más allá de la duda razonable, según
28
Ibíd. Mora Izquierdo Ricardo, María Dolores Sánchez Prada pág. 87
61
otras legislaciones, como la norteamericana, es que se ha producido una prueba en ese
caso especifico.Si no se efectúa en la mente del juez ese cambio psicológico que
constituye el convencimiento sobre algo, se dirá que no se produjo o no hubo prueba en
ese caso.29
Ya hemos visto que gracias al principio de inmediación de la prueba, que es una
característica del procedimiento acusatorio, todas y cada una de las pruebas deberán
producirse en la audiencia pública del juicio oral, de manera que las partes deben
arribar al juicio las evidencias que consideren necesarias, con el fin de probar las
aseveraciones hechas dentro de su teoría del caso. De acuerdo con lo visto hasta
ahora referente a la prueba física, las partes pueden llevar a la audiencia del juicio tanto
las evidencias psíquicas, ya sean testimoniales o periciales y/o evidencias físicas, o
reales y también evidencias documentales.El objetivo de llevar las evidencias a juicio,
no es otro que poner la mente del juez en relación con los hechos investigados.
Si este contacto entre la mente del juez y los hechos se hace directamente, sin
necesidad de que la mente del juez tenga que hacer inferencia, ni deducción alguna
sobre los hechos, a esta se le denomina Evidencia Directa. Al respecto, el profesor
Chiesa escribió: “La Evidencia Directa es aquella que de ser creída por el juzgador
establece el hecho que se quiere probar, sin necesidad de ulterior inferencia, Así ocurre
con el testimonio de un testigo que declara haber visto al acusado agredir a la víctima”.
El ejemplo mencionado constituye una evidencia de clase testimonial y de tipo directo. 30
También se da la evidencia de clase física y de tipo directo como seria la exhibición en
la corte, de la herida producida a un individuo por su agresor, o a la inhibición del arma
con la cual se realizo ha herida a la víctima de un delito de lesiones personales, por
ejemplo:
Las buenas prácticas de la investigación recomiendan documentar la evidencia física, lo
cual puede realizarse a través de diversos medios como la fotografía, el video y el
dibujo técnico. Es una forma de volver permanente a la evidencia transitoria; por
29
Ibíd. Mora Izquierdo Ricardo, María Dolores Sánchez Prada pág. 89
Chiesa Aponte E.L Derecho Procesal Penal de Puerto Rico y Estados Unidos, Editorial Forum 1995 vol.III: Pág.
368
30
62
ejemplo las equimosis o moretones en el cuerpo de una víctima, que seguramente se
han de reabsorber sin dejar huella alguna, se convierte en evidencias verificables a
través de una fotografía.
De la mismo manera, una evidencia no transportable a la sala de audiencias, se
convierte en evidencia transportable a través de ese medio o de uno similar. Por
ejemplo la distribución de las salpicaduras de unas manchas de sangre en una de las
paredes de la escena de un homicidio, se pueden llevar a juicio en un casete de
videograbadora. Esta clase de evidencia
se denomina técnicamente Evidencia
Documentada y deberá ser presentada en el juicio por la persona que tomo la
fotografía, filmo el video o la película, o realizo el plano topográfico. Si ante la
presentación de la evidencia, la mente del juez debe hacer alguna inferencia de un
hecho hacia otro hecho, o alguna deducción para quedar en contacto con los hechos
investigados, a ese tipo de evidencia se le denomina “Evidencia Indirecta” puesto que
relaciono la mente del juez indirectamente con los hechos.
Este tipo de evidencia, usualmente se refiere a circunstancias de tiempo, de modo y de
lugar, o a otras, por tal razón también se le denomina evidencia circunstancial. En
ocasiones también se le denomina evidencia “presuntiva” Porque permite presumir algo
respecto
de
los
hechos
investigados,
como
cuando
un
sujeto
desaparece
misteriosamente de una playa solitaria, seis meses después de haber enviado a un
amigo una carta en la cual mencionaba que la muerte le solucionaría muchos de sus
problemas y que estaba teniendo ideas suicidas. En este caso se trata de una evidencia
presuntiva de su muerte.31El mismo Chielsea dijo al respecto: “La evidencia directa o
Circunstancial es la que tiende a establecer el hecho que se quiere probar mediante
inferencias, sin que sea suficiente el solo creer la evidencia presentada.
Así en el caso de asesinato u homicidio contra “A” En relación con la víctima”, la
evidencia de que “B” (la victima) había agredido a un hijo del acusado, es evidencia
indirecta de que “A” cometió los hechos imputados, en cuanto tiende a establecer un
31
Ibíd. pág. 368
63
motivo para el crimen.”
32
En el caso citado en el ejemplo anterior, se trata de una
evidencia de clase testimonial y de tipo indirecto o circunstancial. También podríamos
postular el ejemplo de una evidencia de clase física y de tipo indirecto, como sería un
guante supuestamente perteneciente al sindicado, encontrado en la casa de la víctima y
exhibido ante la corte por un investigador, testigo de la acusación, en el caso de un
delito de homicidio. Ni la prueba directa ni la indirecta es más importante la una que la
otra, ambas son de gran utilidad dentro de la controversia probatoria que se debe dar
en un juicio público, inspirado y reglamentado dentro de la filosofía del procedimiento
adversarial.
Directa
EVIDENCIA
Indirecta o Circunstancial
2.3 CLASIFICACIÓN SEGÚN LA PROCEDENCIA DE LA EVIDENCIA
Esta clasificación se refiere a la procedencia de la Evidencia, es decir a su
origen.Cuando la referencia se hace a evidencia que realmente proviene de los hechos
o tomo parte en ellos, se denomina “Evidencia Original” puesto que no fue elaborada
por terceras personas. En cambio, cuando el perito fabrico o construye la evidencia se
denomina “Evidencia Demostrativa”.
2.3.1 Evidencia Demostrativa
La ley de Procedimiento Penal Colombiano incluye esta otra clase de evidencia para
referirse al material de soporte que puede utilizar el perito para ilustrar y explicar su
32
.Mora Izquierdo Ricardo, María Dolores Sánchez Prada ,Op. cit pág. 93
64
testimonio en el juicio. En nuestro país todas las evidencias deberían ser demostrativas
cuando son presentadas ante el juez.
2.3.1.1Física
En el caso de presentar a la corte un objeto tangible, como una maqueta del lugar
donde ocurrieron los hechos, o una fotografía ampliada, acotada o señalada, de una
firma manuscrita estampada en una letra de cambio.
2.3.1.2Experimental
Cuando se monta un experimento, para que sea apreciado por la corte, como en el
caso de manchar a propósito, una prenda de sangre y dejarla secar, para demostrar
luego en qué proporción se escoge, con relación a la prenda original.
2.3.1.3Infogràfíca
(La derivada de infografía forense) como en el caso de una simulación animada, en
computador,
sobre
accidente
de
tránsito.
También
se
consideran
evidencia
demostrativa los diagramas, planos, dibujos, fotografías, experimentos y cualquier otro
recurso que le ayude a dar claridad al testimonio pericial y que el juez admite, por ser
pertinente y relevante.Logramos entender entonces que la evidencia demostrativa es
aquella que fue construida por el experto, con posterioridad a los hechos, con el fin de
facilitar la contestación de las preguntas del interrogatorio o del contra interrogatorio,
por ejemplo un plano para ilustrar la posición de la víctima, con relación al victimario, o
una película sobre una determinada intervención quirúrgica realizada a otro paciente,
exhibida con el fin de familiarizar al juez con la técnica operativa y la manera correcta
de realizar la operación.
Además la evidencia demostrativa ilustra el testimonio del perito, ayuda a esclarecer los
hechos, demuestra las afirmaciones, o re-crea una evidencia que ya ha sido presentada
65
en el juicio.En ocasiones se ha llamado también evidencia demostrativa a la que hace
parte y viene incluida en el informe pericial elaborado por el experto, como por ejemplo
una fotografía tomada con la cámara del microscopio de comparación balística, en la
que aparecen comparativamente
los micro rayados del proyectil incriminado y del
proyectil recuperado en el disparo de prueba.
En un concepto propio esta evidencia no es una variedad de la evidencia demostrativa
y debería ser llamada, con más propiedad, evidencia documentada.Si la ilustración,
experimento, fotografía, película, video, grabación, dibujo o maqueta usada por el perito
es fundamento alegatos de las partes y aporto información importante para la
comprensión del hecho y el juez la utilizo en su deliberación y deben de utilizarse para
que los jueces de otras instancias, al resolver los recursos procedimentales, tengan
disponibles los mismos elementos que tuvo el primer juez al fallar, entonces, a esa
información se le denomina evidencia demostrativa.
Si no fuese así, sino que se trata de apoyos logísticos que facilitan la labor del perito en
juicio, pero que no tiene mayor trascendencia en la decisión del juez, ni en la alegación
de las partes, seguramente ese material no se clasificaría como evidencia demostrativa,
sino mas bien, cumpliría un papel de ayuda audiovisual. 33La importancia de hacer la
diferenciación anterior, reside en que, si lo que el perito expone en el juicio se considera
evidencia demostrativa, ella debe ser sometida a descubrimiento, dentro de la audiencia
de formulación de acusación,
pues va ha ser utilizado como elemento evidencial
posteriormente en el juicio y la contraparte debe conocerlo desde antes de ese evento
para poder ejercer la confrontación de la evidencia, dentro de la controversia
probatoria.La aceptación de la evidencia demostrativa debe regirse en general por las
reglas de admisibilidad de la evidencia, respetando la discrecionalidad del juez, para
admitir o inadmitir la misma.
33
Mora Izquierdo Ricardo, María Dolores Sánchez Prada. Op. Cit. , Pág.93-95
66
CLASIFICACION DE LA EVIDENCIA SEGÙN SU PROCEDENCIA
Original
EVIDENCIA
Física
Demostrativa
Experimental
Infografíca
2.4 CLASIFICACIÓN CON REFERENCIA A LA EXPERTICIA DEL TESTIGO
La prueba pericial hasta los años 70 y 80 en casi todo el territorio de América, era una
prueba autónoma, el juez en uso de su iniciativa investigadora podía nombrar peritos y
elaborar cuestionarios con destino a ellos y el recibía el dictamen pericial directamente
del experto y después de correrle traslado a las partes y de evacuar las solicitudes de
explicación , aclaración, adición y ampliación, o de tramitar la objeción presentada, por
escrito, de daba al peritaje su valor probatorio correspondiente de acuerdo con las
normas de la sana critica. Luego la prueba pericial perdió su autonomía para volverse
subsidiaria de la prueba testimonial, donde el juez perdió su iniciativa investigadora y
ya no puede designar peritos, ni elaborar cuestionarios con destino a ellos.
34
Es aquí donde el perito ya no escribe dictámenes sino que presenta, a la parte que lo
ha designado, un informe pericial, que para poder ser considerado como evidencia, es
necesario que el experto comparezca a la audiencia del juicio a sustentar su informe
oralmente, contestando las preguntas del interrogatorio y del contra interrogatorio de las
partes, posteriormente el juez decidirá, de acuerdo con las normas de la sana critica, si
lo dicho por el perito constituye o no prueba.
Tenemos entonces que pueden existir, según el nuevo sistema acusatorio, tres clases
diferentes de testigos: los testigos comunes, los testigos expertos y los testigos peritos.
34
Mora Izquierdo, Ricardo. “El nuevo rol del perito en el nuevo sistema acusatorio colombiano”-Curso la prueba
pericial en el sistema acusatorio colombiano ICITAP 2004
67
Los testigos comunes es nuestra primera variedad, son los que no tienen experticia
referente a los hechos sobre los cuales declaran, solo testifican sobre aquello que les
consta, por haberlo apreciado por sus órganos de los sentidos y rinden, bajo juramento,
en la diligencia de audiencia pública del juicio, la llamada evidencia testimonial.La
declaración que se hace, en la corte, bajo juramento y que se refiere a aquello que le
consta al testigo, por haberlo percibido por medio de sus órganos de los sentidos es
llamada, también por algunos autores evidencia de hecho.La segunda variedad es la
del testigo experto, quien posee, como el perito, un conocimiento especializado sobre la
ciencia, una técnica, un arte, un oficio, una afición o un idioma, pero no se le ha
designado para realizar una prueba pericial dentro del proceso.
En las audiencias públicas se les permite opinar y su opinión puede ser usada en la
controversia probatoria para contradecir o aún para impugnar otros testimonios.
En ocasiones esta persona pudo presenciar los hechos, por ejemplo como médico,
quien juega billar en un estacionamiento abierto al público y presencia la agresión de
que fue objeto otro jugador y luego se le llama a declarar como un testigo común, pero
debido a sus conocimientos, se le permite opinar, con propiedad, como testigo experto,
por ejemplo, sobre el estado de la gravedad del lesionado en el momento de
embarcarlo en la ambulancia que lo condujo al hospital.
Otro ejemplo es el cirujano que atendió al herido y lo intervino quirúrgicamente o el de
médico psiquiatra que trata al paciente afectado de una enfermedad mental, ellos
comparecen a la corte, pero no como peritos, sino como testigos expertos quienes
aportan su conocimiento especializado para opinar acerca del origen, la gravedad de la
patología o sobre el pronóstico del sujeto, o sobre el tratamiento que le administraron al
paciente.Un ejemplo adicional seria el mecánico que viaja en calidad de pasajero en un
bus que se accidenta por una falla en la suspensión del vehículo.El puede declarar en
el juicio como testigo experto, puesto que inmediatamente después del accidente,
constato en el estado en que se encontraban los frenos y la suspensión del bus
accidentado.
68
También puede declarar en un juicio, como testigo experto, el profesional que asesoro a
alguna persona de las partes, fiscalía o defensa, en el análisis crítico de un
procedimiento pericial o del informe pericial, generado por tal actividad a quien se le
pide su opinión sobre las técnicas utilizadas por el perito del caso, sobre el contenido de
citado informe pericial y/o sobre las conclusiones del mismo. Básicamente se utiliza su
declaración juramentada para la refutación técnica de una experticia.Ellos rinden
testimonio en calidad de testigos “técnicos”, pero no tienen opiniones y solo relatan lo
que les consta, pero no del hecho en sí, sino de su trabajo, por ejemplo por haber
encontrado una evidencia durante la exploración, que hicieron a una escena
secundaria.En algunas ocasiones se les acepta opiniones sobre puntos genéricos, por
ejemplo si es frecuente tal o cual característica en cierta clase de evidencia levantada
por ellos.
La tercera variedad es la de los testigos peritos, quienes poseen un conocimiento
especializado sobre el tema especifico del saber humano ellos también declaran bajo
juramento, en forma de opiniones, o de otras formas y les está permitido sacar
deducciones y hacer inferencias expertas llamadas conclusiones, dentro de la
elaboración de la llamada evidencia pericial. Tal como se menciono anteriormente, la
evidencia testimonial y la evidencia pericial son dos variedades de la llamada evidencia
psíquica, por ser ambas el producto de la mente de una persona, presentando, bajo
juramento, a la corte en forma de relato verbal, al contestar las preguntas elaboradas
por las partes en sus interrogatorios y contrainterrogatorios.Vale la pena distinguir entre
una conclusión y una opinión argumentada.
La inferencia hecha por el experto es una opinión, en cambio un resultado verificable
cuya explicación se basa en una ciencia es una conclusión. Por ejemplo la cifra de
alcohol en la alcoholemia no es una opinión, es el resultado cuantificable de una
medición, por lo tanto es una conclusión, veamos otro ejemplo, citado por la medicina
legal:
35
Un perito declaró en el juicio oral que la causa de la muerte había sido una
35
Sánchez Prada, María Dolores. Taller sobre juicio oral. Universidad Nacional de Colombia. Cátedra de
Medicina Legal. año 1999
69
asfixia mecánica por ahorcamiento y el perito señaló, que dados los antecedentes del
caso, la edad de la víctima, las declaraciones de la familia, la estadística forense y otras
observaciones, se trataba de un suicidio.
Si a ese perito se le hace la pregunta de: Si con los mismos hallazgos del cadáver, pero
con información de contexto diferente, por ejemplo con un escenario de los hechos
distintos, con un relato de la familia modificado y con un informe del investigador en el
que relata el interés de un tercero por eliminar al muchacho, ¿el perito cambiara su
opinión? Y desde luego que el perito responderá efectivamente, dada la información de
referencia distinta, el cambiara su opinión sobre la manera de muerte. El conocimiento
especializado que posee el perito puede provenir de sus estudios científicos, técnicos o
artísticos, en cuyo caso generalmente, ostentara un titulo que lo acredita como experto
en ese campo del saber humano.
Por ejemplo, si la evidencia encontrada en la escena del crimen es una mancha de
sangre, se hace necesario que un profesional certificado en el análisis del ADN, sea
quien la estudie para extraer de ella la información sobre el perfil genético de su fuente
y así proseguir la investigación criminal sobre los posibles sospechosos.
A esta clase de evidencia se le denomina internacionalmente Evidencia Forense y las
ciencias forenses se ocupan de su estudio y desarrollo. Dado que la Evidencia Forense
ofrece altos niveles de confiabilidad e instruye de manera importante en le mente del
juez, y sus resultados suelen aceptarse como verdades científicas, es que el manejo de
la evidencia física, los métodos de análisis y los analistas deben someterse a un alto
nivel de exigencia y a controles que aseguren la calidad de los procedimientos, como
medio para generar confianza en sus resultados.36
Cuando la información que un experto brinda como evidencia está basada en la
aplicación de un conocimiento empírico, fundamentado en su pericia personal o basado
36
James, Stuart H. and Nordby, John J. “Forensic Science” Second Edition.2005. Taylor & Francis.
“ForensicEvidence Pág. 60 y 61
70
en un aprendizaje practico obtenido por la investigación individual o por el ejercicio
continuo de un idioma, un oficio, un hobby o algún deporte, puede clasificarse como
Evidencia fundamentada en conocimiento experiencial y no científico. La diferencia
entre estos dos tipos de evidencia la de hecho y la forense es el estudio científico de las
mismas por ejemplo sobre el funcionamiento y desgaste de un motor de un vehículo
involucrado en un accidente de tránsito, podría ser brindada por dos tipos distintos y
expertos:
El típico mecánico que ha pasado buena parte de su vida diagnosticando este tipo de
daños, y quien fundamenta su opinión en lo que ha visto y ha aprendido durante su vida
laboral, y el ingeniero mecánico con título universitario, quien conoce los principios de
la física y de la ingeniería y está capacitado para desarrollar procedimientos basados en
la ciencia, los cuales aplica al estudio del motor en cuestión. En el primer caso el juez
debe valorar esta información como una opinión fundamentada en la experiencia y en el
segundo caso, debe valorarla como una conclusión científica. Por supuesto, luego de
que se le demuestre la validez del principio científico, la idoneidad de la técnica, la
calificación del experto y la confiabilidad del resultado presentado. Así las cosas, el juez
debe ser consciente de la clasificación, en el momento de asignar el valor probatorio a
la videncia presentada en el juicio.
2.5 CLASIFICACIÓN BASADA EN EL TAMAÑO DE LA EVIDENCIA FÍSICA
La evidencia física puede clasificarse también, de acuerdo con su tamaño, en tres
grupos:
1). Macro elementos
2). Evidencia Física Regular
3). Evidencia Tranza
71
2.5.1 Macro Elementos
Esta clase de evidencia está definida en la legislación colombiana como:“Objetos de
gran tamaño, como aeronaves, vehículos automotores, maquinarias, grúas, y otros
similares”. Ellos pueden ser evidencia en sí mismos o pueden ser soporte o
contenedores de evidencia más pequeña.37La importancia de esta clasificación consiste
en que el Código Procesal Penal Colombiano les confiere manejo especial para efectos
de demostrar su cadena de custodia y diferencia de nuestra legislación Guatemalteca
no se encuentra regulado específicamente la cadena de custodia solamente algunos
artículos hablan a grandes rasgos sobre la evidencia y la importancia de protegerla y
presentarla cuando sea requerida.
Por ejemplo en el Artículo 266 de la legislación Colombiana menciona los destinos de
los macro elementos. Materiales probatorios, donde después de que sean examinados,
fotografiados, grabados o filmados, serán devueltos al propietario, poseedor o al
tenedor legitimo según el caso, previa demostración de la calidad involucrada, siempre
cuando no haya sido medios eficaces para la comisión del delito. Nuestro Código
Procesal Penal Guatemalteco no demuestra la manera o forma adecuada de, manejar
este tipo de evidencia.
2.5.2 Evidencia Física De Tamaño Regular
Se refiere a la evidencia física de tamaño corriente, ni de muy grande tamaño ni de muy
pequeño, no es necesario hacer mucha explicación sobre este grupo de elementos,
pues se trata
de la evidencia física que hemos estado estudiando, con mayor
frecuencia, a lo largo de la presente tesis. Como ejemplos tendríamos: Un revolver, una
computadora, un puñal, una cinta de video un disco digital, un zapato, una prenda de
vestir, un florero, una raqueta de tenis, un guante de boxeo o cualquier otro elemento
37
Código de procedimiento penal Colombiano., MacroelementosProbatorios.Ley 906 de 2004 .Art 256 y 266.
72
catalogable como evidencia física, la cual se puede transportar ligeramente de un lugar
a otro.
2.5.3 Evidencia Traza
En el mundo de las ciencias forenses se denomina de esta forma, a aquella evidencia
de tamaño minúsculo, que requiere de ciertos equipos y procedimientos especiales
para ser descubierta, presentada y analizada, es decir para su manejo y procesamiento.
Su nombre se deriva del uso en química de la expresión “Traza” para referirse a los
elementos de la tabla periódica que se encuentra en pequeñas cantidades. Ya se
explico en el capitulo anterior, que fue el médico francés Edmundo Locard (1877 –
1966) quien se refirió por vez primera a esta clase particular de evidencia. Aunque no la
llamó de esta manera, fue el científico Locard, quien señaló el valor de esta evidencia al
enunciar su famosísimo “Principio de Intercambio” en el cual enuncia que “cuando dos
cuerpos se ponen en contacto intercambian partículas evidénciales entre sí”.38
La importancia de conocer esta clasificación es que la evidencia traza se maneja de
manera distinta a la evidencia común, pues dado su tamaño y en muchas ocasiones su
naturaleza, es muy frágil, con un alto riesgo de pérdida y sobre todo es evidencia no
visible a los ojos de personas no entrenadas, este tipo de evidencia es de gran utilidad
debido a que su naturaleza no es invisible al ojo humano porque si el malhechor no la
detecta, tampoco la puede alterar, lo que la hace aún más interesante para el
esclarecimiento del caso que se intenta investigar. La traza de cualquier tipo de material
biológico con contenido celular tal como saliva, sangre, pelos, sudor, orina, lagrimas,
semen, o similares, permiten conocer información suficientemente valida como para
identificar la fuente, (El individuo donante o proveedor de ese vestigio).
La contaminación de la evidencia con esta clase de evidencia traza es de alto riesgo,
puesto que puede transferirse de manera fácil e imperceptible. Las trazas no son solo
dejadas en la escena por los actores y víctimas del delito, también la policía, los
38
Saferstein, Richard. Criminalistic,an Introduction ToForensic Science. Eighth edition.2004. Pág. 151
73
detectives, criminalistas en nuestro país Bomberos curiosos ejercito Ministerio Público y
cualquier otra persona que visite la escena, puede transferir a ella, involuntariamente
elementos traza. Para ello entendemos que si no se logra demostrar que la evidencia
traza se transfirió durante la comisión del hecho y no antes o después de él, se podrá
alegar contaminación. Por lo que al comprender la clasificación de acuerdo al tamaño
de la evidencia enmarcamos que en nuestros cuerpos normativos no se define
claramente estos tipos de divisiones por lo que sería recomendable plasmarlos en
nuestras leyes y de esa manera dar a conocer en forma clara y precisa la forma y
características de cada tipo de evidencia.
2.6 CLASIFICACIÓN BASADA EN LA CAPACIDAD PARA RECONSTRUIR TALES
DETALLES EN LA ESCENA DEL CRIMEN
Esta
forma
novedosa
de
clasificar
la
evidencia
es
tomada
del
libro
CrimeScenceHandbook, escrito por el famoso detective y científico forense Henry Lee.
Donde el menciona que la mayor utilidad de la evidencia física se relaciona con su
capacidad para reconstruir la escena del crimen, debido a que mucha de la información
que se recolecta en una escena esta en forma de evidencia física. Si la inspección de la
escena no se realiza de manera oportuna y experta se puede perder evidencia clave
para esclarecer el caso. Es por ello que es muy importante esta clasificación, donde
tanto el criminalista como el detective deben tener información sobre este tipo de
elementos para preservarlos y documentarlos lo antes posible, evitando así que pasen
desaparecidos y se pierdan. Basado en esto, la evidencia física puede ser clasificada
así:39
2.6.1 Evidencia Transitoria
Se trata de elementos que dada su naturaleza, o su opinión, duran poco tiempo en la
escena o son fáciles de modificar. Por ejemplo, los olores. Las temperaturas, y algunos
fenómenos físicos o biológicos que son de común hallazgo en escenas de incendios y
39
Lee Henry, Crime ScenceHanhbook, Academia press 2001 pág. 25
74
explosiones. También en el caso de las lesiones personales, delitos sexuales,
embriaguez y otras intoxicaciones agudas, se puede hablar de evidencia transitoria,
dado que las alteraciones anatómicas o funcionales se resuelven y desaparecen con
cortos periodos, El color de las llamas y la cantidad de humo suministrarían información
valiosa para determinar la temperatura e intensidad de un incendio ,Por ejemplo, de la
escena del incendio se desprende olor a gallina o kerosene con llamas de color rojo
oscuro, se puede sospechar temperatura promedio de 550° C y si por el contrario la
llama es de color blanco con olor a sulfuro, se calcularían temperaturas de 1298° C.
El olor almendras amargas que presenta un cadáver al momento de la necropsia,
puede ser una evidencia que guía al médico forense a sospechar de una intoxicación
por cianuro.40En varias ocasiones esta evidencia puede ser importante para esclarecer
el hecho, pero el tiempo de permanencia en el lugar, tan breve, es una dificultad que
debe ser advertida para proceder en consecuencia.
2.6.2 Evidencia Condicional
Es aquel elemento físico que se produce por condiciones de clima, de lugar, de espacio
o debido a eventos con particulares, por ejemplo, condiciones de iluminación, de
humedad, posición de las partes del cuerpo del cadáver o la localización precisa de
otras piezas evidenciales y su relación con el cadáver puede incluirse como evidencia
condicional.
La visibilidad de la escena puede ser modificada por la hora, por la
nubosidad, la lluvia y otras condiciones del medio ambiente, información que es
necesario documentar para poder reconstruir la escena y lo que en ella ocurrió. Es
importante registrar y documentar la evidencia condicional para explicar acertadamente,
por ejemplo, lo sucedido en un accidente de tránsito o en un aéreo, al igual que la
evidencia transitoria, es necesario registrar y documentar esta evidencia lo más pronto
posible, con relación a los hechos investigados, precisamente para que no se pierda o
se modifique.
40
. Lee Henry, Crime ScenceHanhbook, Op. Cit Pág. 27
75
2.6.3 Evidencia Patrón
En este tipo de evidencia se pueden clasificar las marcas, impresiones salpicaduras,
melladuras, fracturas, mordeduras, estriaciones, muescas, trayectorias huellas, entre
otras. Que quedan en la escena como consecuencias del contacto de dos superficies,
en cumplimiento de las leyes de la física. Ese contacto se produce obedeciendo las
leyes físicas y químicas que rigen la naturaleza, las cuales se cumplen
indefectiblemente, tales como, la ley de gravedad , la dureza de la superficie solidas, la
viscosidad de fluidos, la densidad de la materia etc. Estas marcas quedan en la escena
de una manera típica, que permiten conocer información sobre la velocidad, la presión,
la fuerza, el tamaño, la forma o la dirección que siguió el elemento que la origino, pues
han ocurrido de tal manera que si se produjesen en las mismas condiciones se
repetirían resultados iguales.
También se pueden presentar distintas variedades de esta evidencia en la escena del
crimen. Como ejemplo se pueden citar las salpicaduras de sangre, las fracturas de
vidrios, las marcas de la difusión de fuego, la posición de muebles, la trayectoria de los
proyectiles, las marcas de llantas y las huellas de la suela de zapatos, las cuales, según
el caso, pueden ser consideradas evidencia patrón y por lo tanto presentan un gran
potencial para construir la escena. Es aquí donde el investigador desde el momento en
el que se aproxima a la escena deberá relacionar la presencia de las evidencias
transitorias, poniendo a trabajar sus sentidos como el del olfato, oído y gusto, en las
condicionales o también llamadas en nuestro país perecederas, las diferente
habilidades para tomarlas y protegerlas de inmediato aunque demore un poco mas con
las evidencias patrón, puesto que de ese momento depende el inicio y la eficiencia de
una adecuada cadena de custodia.
76
2.7 CLASIFICACION DERIVADA DE LA IMPORTANCIA DE LA EVIDENCIA
FRENTE A LOS HECHOS
Uno de los criterios que se tiene en cuenta, por el juez, para definir si admite o no
admite una evidencia para ser presentada en la corte es la “relevancia” que el juez
adquiere a la evidencia o el criterio que permite clasificarla como evidencia relevante o
evidencia irrelevante. En los juicios que se celebran con presencia de jurado de
conciencia, en los países que utilizan el sistema acusatorio, la determinación de que la
evidencia no es relevante porque no aportaría al jurado ningún elemento que le permita
hacer una inferencia relativa a los hechos, o no le demuestra directamente el hecho
discutido, llevaría al juez a ordenar que tal Información fuese removida del proceso en
general, ninguna corte admite la evidencia irrelevante, es decir, aquella que no tenga
una importancia determinada dentro del proceso.
Según El Diccionario de la Real Academia de la lengua Española, Relevancia es
“Cualidad y condición de relevante. Importancia. Significación”41. Es por ello que
entendemos que una evidencia es relevante, si tiene tendencia a hacer que la
existencia de un hecho derivado de una acción con consecuencias civiles o penales,
sea más o menos probable de lo que sería sin dicha evidencia.El autor Frekelton, trae
otra definición operacional de evidencia relevante, cuando dice; “Es la evidencia que si
fuese aceptada, podría afectar racionalmente, (directa o indirectamente) la valoración
de probabilidad de existencia de un hecho discutido en el proceso”.42 De la relevancia
de la evidencia se derivan dos consecuencias, a saber.

Su admisibilidad, es decir si es o no admisible en el juicio y

Su valor probatorio relativo.
Si el juez considera que la evidencia que se propone para ser presentada en el juicio
oral no es relevante, y dará su aprobación para que sea presentada en el juicio oral, es
41
42
Evidencia relevante Diccionario de la lengua Española. Real Academia Española. XXII Edición. 2001
Evidencia relevante Freckelton,I. Enciclopedia of ForensicSciencesEdition. 2004 pág. 713
77
decir diría que es admisible para ser sometida a la controversia probatoria, mediante el
interrogatorio y contra interrogatorio de los testigos;El valor probatorio, puede
entenderse como un juicio valorativo, hecho por el juez, según el cual, la evidencia
podría afectar racionalmente el avalúo de probabilidad en la ocurrencia de un hecho en
discusión dentro del proceso. La relevancia de una evidencia determinada es, entonces,
dependiente del contexto de cada caso en particular y debe ser considerada dentro de
este criterio. Por lo tanto resulta de significancia mínima, en términos de establecer
precedentes.
Por lo que es necesario que en nuestro país tanto fiscales, peritos, investigadores y
jueces conozcan las diferentes clasificaciones
en las que se dividen las
evidenciasexpuestas anteriormente y ello de lugar a que las mismas sean relevantes al
momento de proteger la cadena de custodia y así presentarla cuando sean necesario o
requeridas en el proceso judicial respectivo.
78
CAPITULO III
LA EVIDENCIA SEGÚN LA DISCIPLINA FORENSE QUE LA ESTUDIA
3.1 EVIDENCIAS ESTUDIADAS POR LABORATORIOS DE CIENCIAS BÁSICAS
Tradicionalmente la evidencia forense se ha dividido o clasificado de acuerdo con la
disciplina forense que la estudia. Para procurar una mayor cobertura sobre distintos
tipos de evidencia, en esta ocasión, se prefiere señalar la ciencia
forense que se
encarga de cada uno de estos análisis. A continuación se mencionaran las evidencias
que se estudian, con mayor frecuencia, valiéndose de la aplicación de las ciencias
forenses, en cada uno de los laboratorios o unidades forenses. Para una mayor
comprensión del tema los hemos clasificado de esta manera:

Biología

Evidencia Biología Forense
Esta disciplina se encarga del análisis de vestigios de naturaleza biológica que se
encuentra en la escena de los hechos, este material resulta de gran importancia, pues
su análisis permite conocer marcadores genéticos que ayudan a identificar
sospechosos; Uno de los mayores avances en las ciencias forenses del último siglo ha
sido la identificación humana por análisis de ADN. El acido desoxirribonucleico o ADN
es considerado” la molécula fundamental de la vida” pues contiene toda la información
responsable de la estructura y funciones de las células, tejidos, órganos, aparatos,
sistemas y en fin, el ser humano es su totalidad. Se hereda por partes iguales de cada
uno de los padres biológicos.
El ADN se localiza a través del cuerpo humano en todas sus células nucleadas de
forma idéntica. Por esta razón el ADN que se halla en las células sanguíneas es el
mismo que se encuentra en la piel. Músculos, dientes, hueso, y cualquier tejido del
sujeto.El ADN de una persona se conforma completamente desde la concepción y
permanece constante a través de toda su vida. No hay dos personas con el mismo
ADN, con excepción de los gemelos idénticos u homocigóticos, que provienen de la
79
fecundación del mismo único ovulo y que comparten el mismo saco amniótico durante
la gestación; Su análisis se basa en el estudio de regiones de ADN que varían de un
individuo a otro.
El ADN presentes en las células recuperadas de una evidencia biológica, es extraído y
luego por técnicas de gran sensibilidad y especificidad se seleccionan los fragmentos
de ADN que se van a estudiar. El patrón obtenido de ese análisis, muestra un perfil
genético que luego es comparado con el ADN proveniente de las personas involucradas
en el hecho que se investiga.El gran aporte del análisis del ADN en el campo de la
criminalística es su capacidad para individualizar e identificar personas y cosas y si a
ello se le suma la gran sensibilidad de las técnicas, las cuales permiten realizar el
estudio de muestras muy pequeñas, con altos niveles de certeza, se comprende la
utilidad y potencial criminalistico de estas evidencias biológicas.
Es por lo anterior que desde el punto de vista científico se considera que el análisis de
ADN es la prueba más confiable, hasta el momento, para la determinación de la
paternidad y la identificación humana. El material de donde con mayor frecuencia, se
extrae y analiza el ADN es:
SANGRE: Es una evidencia muy frecuente en los crímenes violentos. La sangre fresca
o seca es material ideal para realizar análisis de ADN. Aún manchas de pequeño
tamaño resultan ideales para esta clase de análisis debido a su durabilidad y facilidad
de conservación.
SEMEN: Esta categoría incluye material fresco o seco, de procedencia humana o
animal. Esta evidencia puede estar presente en pequeñas cantidades, en forma de
manchas, por ejemplo sobre la tela de la ropa anterior, o adherida a alguna superficie
en forma de costra seca, por ejemplo sobre la piel.
SALIVA: Igualmente puede encontrarse infiltrado un material textil, por ejemplo una
grasa o un pañuelo y también, es posible encontrar saliva en la boquilla de un cigarro.
Si ella ha arrastrado material celular de la mucosa oral, se podrá determinar,
frecuentemente, la huella genética del fumador.
80
PELOS. De origen humano o animal, permiten hacer conexiones forenses y establecer
relaciones entre la escena con víctimas o sospechosos. Si se encuentra con bulbo o
raíz es posible hacer análisis de ADN para lograr identificaciones. Es una evidencia
valiosa, que a veces no se observa a simple vista, razón por la cual, en la escena se
debe desarrollar una búsqueda metodológica y meticulosa, para evitar la pérdida de
esta importante traza.
OTROS FUIDOS ORGANICOS: Cualquier fluido humano o animal, puede arrastrar
material celular, por lo que estos fluidos son susceptible de análisis ADN. Por ejemplo la
orina y el sudor son materiales valiosos para la investigación.
TEJIDOS En biología, un tejido es un conjunto de células con características
determinadas. Cualquier tejido animal o humano puede ser susceptible de análisis
genético. En caso de lucha y agresión mutua, es posible encontrar vestigios de piel,
bajo las uñas de los participantes. Este tipo de evidencia cobra especial importancia en
delitos de homicidio o violación sexual, pues es frecuente que la víctima, al tratar de
defenderse, aruñe a su agresor. Por lo que es necesario preservar este material, el
cual es una de las actividades que los médicos forenses deben realizar de manera
inmediata cuando están examinando esta clase de víctima.
3.1.1 Evidencia en Botánica Forense
La botánica forense es el estudio de las plantas y otro material vegetal aplicado a la
investigación de casos judiciales o policivos. El estudio del material vegetal utilizado en
la alimentación humana y animal, del usado en casos de intoxicaciones criminales en
delitos como homicidio, las lesiones personales, los delitos de estafa, secuestro ,delitos
sexuales y otros, así como en casos de suicidios e intoxicaciones accidentales y del
usado como estimulantes en casos deportivos se constituyen en evidencias forenses,
Igualmente en algunos casos partículas vegetales o granos de polen han permitido
esclarecer hechos en los que no necesariamente estas evidencias han sido
protagonistas, sino “simples detalles” que relacionan a una persona con la escena del
delito y/o la víctima.
81
La botánica forense es de utilidad también en casos de investigaciones sobre el
mejoramiento vegetal, la manipulación genética y el tráfico de especies en peligro de
extinción, entre otros. En casos de responsabilidad profesional medica, esta evidencia
cobra importancia en el estudio de tratamiento por medicina naturista. Por lo que el
estudio de polen con fines de investigación policiva o judicial llamado Palinología
forense se encuentra bastante desarrollado en Europa y Estados Unidos y actualmente
es un análisis de rutina solicitado por las autoridades en diferentes países. 43
Aunque en nuestro país todavía esta ciencia no se pone en práctica científicamente se
han investigado casos en los que se relaciona a personas a un homicidio o asesinato
con tan solo demostrar que tuvo vínculos en un hecho al poseer tierra de una especie
en sus vestimentas, vemos la importancia y relación que tiene esta ciencia en el
esclarecimiento de casos y al igual que muchos países han tenido éxito en la aplicación
de estas técnicas,
Guatemala debería de auxiliarse de esta ciencia para la
investigación de homicidios o asesinatos y así contribuir con el derecho a la vida que
proclama nuestra constitución.
3.1.2 Evidencia En Entomología Forense
La determinación del lapso transcurrido entre la muerte y el hallazgo del cadáver, es
siempre de interés, aunque no sea para fines penales. A la familia, los amigos y por
supuesto a las autoridades les interesa conocer esta información. La entomología es el
estudio de los insectos, cuando este conocimiento se aplica a los que ponen sus
huevos en los cadáveres y en los restos óseos o a las larvas que los colonizan, se
habla de entomología forense. En este caso la evidencia física no solo son los restos
humanos, sino los insectos (huevos, pupas, larvas y moscas) que se encuentran en los
casos de descomposición cadavérica.
43
Mora Izquierdo, Ricardo, y Dolores, Sánchez María. Op. Cit. Pág.110-112.
82
El desarrollo, la especie del insecto y otros datos como temperatura, clima, y medio
ambiente permiten al entomólogo forense determinar un periodo aproximado de tiempo
de muerte o inclusive tener opinión científica acerca de si el cadáver ha sido movido o
cambiado de lugar, Igualmente el entomólogo forense puede ayudar a determinar si la
evidencia entomológica encontrada en el sospechoso o en sus pertenencias proviene
de la escena del crimen. Si recordamos que el principio de intercambio, se aplica
también a esta clase de evidencia, la cual puede ser transferida
de la escena al
asaltante. Debido a que los insectos se alimentan del cuerpo en descomposición puede
suceder que sustancias venenosas, drogas ilícitas u otras sustancias, también se
encuentren en los insectos, e inclusive, que puedan ser afectados por aquellas.

Evidencia Física

Evidencia De Física Forense
Los laboratorios de Física Forense, aplican la ciencia Física para dilucidar casos que
tienen implicaciones policivas o judiciales. En los casos de investigación de accidentes
de tránsito, la Física Forenses resulta de gran utilidad para establecer la dirección que
traía un vehículo antes de colisionar con un elemento fijo o móvil, por ejemplo: De
manera similar, se utiliza esta disciplina forense para establecer la velocidad de los
vehículos en casos de los llamados choques simples, al igual que en los que ha habido
víctimas con lesiones fatales y no fatales. En todos estos casos las huellas de frenada
de vehículo, sobre la superficie de rodamiento se convierte en una evidencia física de
primordial importancia en la investigación de los hechos.
44
Existen otros casos
forenses, en los cuales los conocimientos de la Fiscalía se deben aplicar al estudio de
la evidencia, pues resulta necesario establecer los hechos valiéndose de los
conocimientos de la óptica, la acústica, la dinámica o la cinética.
44
. Mora Izquierdo, Ricardo y Dolores Sánchez María.Op. Cit. Pág. 114-121
83
3.1.3 Evidencia De Acústica Forense
Con la modernidad de la civilización llegaron medios tecnológicos que permiten que la
voz sea un medio idóneo de comunicación como lo fuera la escritura, por ello el
teléfono, el radio y las grabaciones de la voz humana proveen novedosa evidencia para
la investigación criminal; la espectrografía de la voz permite convertir el sonido en
imágenes visuales, es decir, un discurso puede verse como una grafica de altibajos,
Esta tecnología de impresión de la voz permite realizar cotejos y asociar sospechosos
con las grabaciones estudiadas. De manera que este tipo de evidencia física resulta de
gran importancia
en la investigación de los hechos ocurridos en secuestros,
extorciones, chantajes y amenazas, efectuados por sujetos supuestamente anónimos,
usando el teléfono como vehículo de comunicación para proferir sus coacciones los
espectrogramas se utilizan como evidencia coadyuvante valiosa en el procedimiento de
la identificación humana.
3.1.4 Evidencia de Impresión
Es este el nombre genérico que se le asigna al estudio de aquellas marcas o huellas
dejadas por la presión de un elemento sobre otro. Se incluyen huellas de pisadas,
huellas de llantas, marcas sobre superficies blandas, fracturas y rupturas, marcas de
mordeduras en piel o en alimentos y marcas producidas por herramientas.
El
levantamiento y la preservación de esta clase de evidencia es asunto de expertos
denominados, en general, criminalísticas de marcas y herramientas. Como se debe
tener un cuidado especial para no modificar ni dañar esta evidencia y para fijarla y
recortarla de manera específica, estos procedimientos no deben improvisarse en el
lugar del hecho, ni al analizarla en los laboratorios, La evidencia de impresión es de
invaluable ayuda para la reconstrucción del hecho y para el posible cotejo pericial.
84
3.1.5 Evidencia de Toxicología Forense
En el laboratorio de toxicología forense se analiza y estudia gran variedad de evidencia
sospechosa de causar envenenamiento e intoxicaciones a los seres humanos, a los
animales o a las plantas. Es usual que se trate de examen de fluidos orgánicos
procedentes de cadáveres o de personas sobrevivientes a las intoxicaciones o de
muestras extraídas a consumidores de sustancias bajo control. En realidad esta
disciplina se encarga del análisis de tóxicos que, de alguna forma, tiene implicaciones
legales, en este campo se hace especial énfasis a los análisis de alcohol y las drogas
de abuso, estas sustancias son muy frecuentes en la investigación de homicidios,
asesinatos, delitos sexuales, lesiones personales y accidentes de tránsito.
En muy usual que en laboratorios de toxicología reciba numerosa evidencia recuperada
durante la necropsia forense, Las viseras humanas, tales como cerebro, hígado, riñón,
pulmón, y fluidos como la sangre, orina, contenido gástrico, humor vítreo y bilis son
examinadas en búsqueda de sustancias toxicas que expliquen la causa de muerte, por
lo que estos especímenes se consideran evidencias forenses de gran valor.
3.1.6 Evidencia de Drogas de Abuso
Mientras que los laboratorios de toxicología se ocupan del análisis de especímenes de
origen animal o humano, el laboratorio de estupefacientes analiza principalmente,
sustancias encontradas en la escena del hecho, o incautadas a sospechosos de
consumo o tráfico de drogas. El termino de “Droga” en el contexto forense, se refiere a
sustancias de origen natural o sintético que causa dependencia psicológica o física y
cuyo uso se encuentra controlado por las leyes de nuestro país pero no deja nada claro
con la cantidad para el consumo solamente menciona la cantidad razonable pero no
habla de una droga en especial ni da una cantidad determinada.
La función de estos laboratorios es analizar y estudiar
estas substancias pero en
Guatemala el Instituto Nacional de Ciencias Forenses es el ente encargado del análisis
85
de las mismas con el objeto de dar un veredicto sobre el tipo y la cantidad de las
diferentes drogas que se encuentran circulando actualmente en nuestro país.
Guatemala debería de auxiliarse de cada una de estas ciencias descritas anteriormente
como lo hacen otros países y de esa manera investigar eficientemente los delitos de
homicidios o asesinatos y así contribuir con el derecho a la vida que proclama nuestra
Constitución Guatemalteca en su artículo 3º. Y por ende con el estado de derecho en el
proceso penal.
3.2 EVIDENCIAS ESTUDIADAS POR UNIDADES MÉDICAS
3.2.1 Evidencia en Patología Forense
El cadáver es considerado como la evidencia más importante en la investigación de
homicidios,
suicidios y asesinatos y en los casos de muerte con repercusiones
solamente civiles, la necropsia o autopsia médico legal es el método científico que
permite conocer la información útiles que requiere un investigador, además de permitir
el descubrimiento y recuperación de otras evidencias físicas relacionadas con el
cadáver y con el hecho investigado. Aunque los resultados esperados de una necropsia
médico legal se pudieran restringir al diagnostico sobre la manera, el mecanismo y la
causa de muerte, la realidad de la investigación, exige mucha más información al
patólogo forense.
El cadáver es una apreciada fuente de información, Desde los hallazgos encontrados
en la superficie del cadáver, tal como señales de trauma o marcas especiales, hasta los
más precisos detalles encontrados en el examen interno y desde luego en los
exámenes microscópicos y de laboratorio que se realizan a tejidos y fluidos, pueden ser
datos que permitan conocer lo que realmente ocurrió en la escena para esclarecer el
móvil que pudo ser utilizado en el crimen cualquiera que sea.
86
3.2.2 Evidencia de Clínica Forense
La clínica forense es la especialidad de la medicina legal encargada de descubrir,
evaluar, preservar, documentar y estudiar la evidencia física presente en personas
sobrevivientes a las agresiones o los accidentes, así mismo en casos de violencia
conyugal, maltrato infantil, accidentes de tránsito, violencia contra ancianos, violación,
abuso sexual, lesiones personales y otras valoraciones médicas de interés médico legal
hacen parte de esta experticia; Los signos de trauma tales como edemas, equimosis,
abrasiones, avulsiones, heridas, esguinces, tuxaciones, y fracturas entre otras, son
evidencia física que el médico forense debe reconocer y registrar como tal. En esta
evidencia se considera un auxiliar indispensable para el médico forense a la fotografía,
ya que es el registro fotográfico la prueba documental más clara y concisa al momento
de requerirla en el juicio, para demostrar con claridad las partes del cuerpo donde se
señalan todo este tipo de lesiones y heridas.
3.2.3 Evidencia en Odontología Forense
Esta ciencia ha sido una herramienta de mucha importancia en casos criminales o
accidentales en donde los cadáveres son encontrados en estado avanzado de
descomposición o reducidos a restos óseos, o mutilados de tal manera que no cuentan
con las características tradicionales que permitan hacer una identificación, son
entonces los elementos más utilizados para esclarecer, de una manera confiable, la
identidad de las personas. Las características individualizantes derivadas del estudio
de las 5 caras de cada uno de los 32 dientes de un adulto, permiten mediante cotejo
forense establecer la correspondencia entre la carta dental pre-mortem y la postmortem, igualmente, según el caso, el experto puede tener una opinión seria sobre si la
huella de mordida es una marca de ofensa o de defensa.
Por lo tanto esta ciencia es muy efectiva para sustentar una opinión científica sobre la
identificación de un ser humano.
45
45
Tanto la evidencia patológica como las obtenidas
Glass, R. Tom “Forensic Science” Cap 6.Forensic Odontology.Ed.2005.pag 86-89
87
en clínicas medicas odontológicas y hospitales son importantes por la relación que
pueden tener en un momento dado ya que cada una habla por si misma de acuerdo a
sus características y naturaleza , es por ello que los odontólogos de nuestro país juegan
un papel muy importante en la investigación de homicidios y asesinatos por los archivos
que manejan de cada paciente que atienden, por lo que es necesario que se tome en
cuanta esta profesión al momento de recabar información en el esclarecimiento de un
hecho en nuestro país.
3.3 EVIDENCIAS ESTUDIADAS POR UNIDADES PSICOLÓGICAS.
3.3.1 Psiquiatría Forense
Se define esta ciencia forense, como la sub-especialidad de la Medicina encargada de
emitir opiniones sobre valoraciones, diagnósticos y tratamientos acerca de la salud o
enfermedad mental de personas envueltas en casos judiciales o policivos. Al momento
de auxiliarnos de esta ciencia para el esclarecimiento de un hecho delictivo se le
denomina evidencia psicológica o evidencia psíquica y está constituida por una serie de
hallazgos intangibles que hace el especialista cuando realiza la lectura del expediente,
las entrevistas clínicas, el examen mental. O los exámenes paraclínicos o de
laboratorio, complementario.
La evidencia psíquica es inmaterial, producto de la
actividad mental ser sujeto y puede ser producida por un testigo común como evidencia
testimonial de hecho, o por un testigo común como evidencia testimonial de hecho, o
por un testigo experto como evidencia pericial de opinión.
3.3.2 Evidencia en Psicología Forense
La psicología se puede definir como el estudio del comportamiento o la ciencia de la
conducta y la comunicación. Cuando este conocimiento se aporta al buen desarrollo de
procesos policiales o judiciales, se denomina Psicología Forense. Además, la
Psicología Forense se puede ocupar de la práctica de entrevistas psicológicas, y de la
realización de test psicológicos para medir la inteligencia, investigar la consistencia de
88
un testimonio, determinar las características de personalidad, tratar de localizar un daño
cerebral, por las manifestaciones psicológicas del mismo y para precisar las aptitudes
de una persona frente a una determinada actividad laboral o académica, y por ende nos
es de gran utilidad al momento de investigar la certeza de una declaración en un
proceso ante un juez en relación a un acto ilícito o contrario a la ley, ya que si se trata
de un testimonio sobre delito de homicidio o asesinato de esa declaración podría
depender varios años de prisión o de libertad.
3.4 EVIDENCIAS ESTUDIADAS POR LABORATORIOS DE CRIMINALÍSTICA
3.4.1 Evidencia en Balística Forense
Las armas de fuego son los instrumentos más frecuentes utilizados por los criminales
para llevar a cabo sus acciones, es por ello que proyectiles, Vainas, cartuchos,
revolvers, pistolas, rifles y municiones en general, se constituyen en evidencia
importante para análisis y comparación; Las características indivudualizantes que
poseen las armas de fuego, que imprimen en proyectiles y vainas, al accionarse el
mecanismo de disparo, se convierten en información que alimenta sistemas complejos
de información. El más conocido y usado hasta ahora es el IBIS El cual es un sistema
de información que trabaja como una gigantesca base de datos que registra las
imágenes de las características individualizantes de las armas, vainas y proyectiles, que
han sido analizadas e inicia búsqueda automáticas con el fin de hallar semejanzas si un
proyectil de origen desconocido fue disparado de un arma conocida.
Estos avances tecnológicos se están convirtiendo en herramientas críticas que ayudan
efectivamente a investigadores y criminalisticos, en particular y a la justicia, en general.
3.4.2 Evidencias en Documentologia y Grafología Forense
Estas son dos de las más antiguas disciplinas forenses, las cuales se encargan de
estudiar gran variedad de documentos, los cuales se encuentran cuestionados, o
89
existen sospechas sobre su autenticidad o falsedad, su autoría, uni-procedencia, o que
presentan alteraciones que hacen necesario estudiar las características manuscritas del
amanuense o realizar análisis físico-químico de tintas. Las evidencias documentales
que se analizan con mayor frecuencia en laboratorios son: Títulos, cheques,
Pasaportes, Visas, Tarjetas de debito, y crédito, y carnés. También convierte citar
evidencia documental encontrada en el lugar de los hechos, por ejemplo cartas de
amenazas, chantajes, secuestros o notas suicidas que frecuente acompañan estas
escenas.46 En nuestro país se manejan todas estas clases de documentos y
mayormente las notas por amenazas y extorciones y en ocasiones terminan en
asesinatos.
3.4.3 Evidencia en Dactiloscopia Forense
Las huellas digitales están catalogadas como una de las evidencias más importantes el
uso de esta marca personal e indivudualizante que la piel de los dedos y las manos
deja que la escena de un hecho, ha sido reconocido por la criminalística desde hace
centurias. Las huellas digitales hacen parte de aquellas evidencias patrón que permiten
la individualización y la posterior identificación de las personas; Las características que
le tributan a las huellas digitales su inconmensurable valor en la investigación criminal
son tres: las huellas digitales se forman “in útero”, de manera que ya se encuentran
presentes desde el nacimiento del sujeto. Las huellas digital es única en cada individuo
y no se modifican durante la vida, a menos, que ocurra daños graves en la piel de los
pulpejos.
3.4.4 Evidencia en Fotografía Forense
La fotografía y la video grabación son ayudas indispensables cuando se trata de fijar
una escena, antes de ser explorada y de documentar la relación que guardan entre si
46
Sub-comité Inter-Institucional de Documentologia y Grafología Forense de Colombia. “Manual Unificado de
Servicios en Documentologia y Grafología Forense” Ed. 2002 Pág. 5
90
los diversos elementos. Además estas ayudas visuales y audiovisuales son de gran
utilidad cuando se trata de fijar la evidencia física misma, para descubrir su naturaleza
y/o su estado, como sucede en el caso de la macro evidencia o macro elementos
anteriormente comentados. En otras ocasiones, la fotografía misma es una Evidencia
Documental, básica para probar un determinado tema de prueba, como por ejemplo,
una fotografía de un niño desnudo, exhibiendo sus órganos genitales en una pose
sugerida, dentro de la investigación y tipificación del delito de pornografía de menores.
La actividad del laboratorio de fotografía como productor de evidencia pericial en muy
importante, además en casos investigados directamente por los expertos de este
laboratorio como sucede en adulteraciones, duplicaciones y plagios de fotografía,
videos, microfilmes y películas de cine.
3.4.5 Evidencia en Topografía, Dibujo y Planimetría Forense
Con estas disciplinas forenses ocurre algo similar a lo descrito para la fotografía
forense, es decir que pueden producir evidencia pericial propia, emanada de casos en
los que se requiera al aporte especifico de estas ramas del saber humano, por ejemplo,
cuando se realiza un estudio y un informe pericial subsecuente para dilucidar si el plano
de una construcción estaba o no ajustado a las medidas y a las condiciones
topográficas de un terreno determinado.
Pero pueden producir, además, evidencia para ilustrar o apoyar un informe pericial de
otras disciplinas, por ejemplo de patología forense, para describir en un dibujo la
localización y la forma de las heridas de una víctima, o de balística forense para ilustrar
las posibles posiciones de una víctima con respeto a la del tirador, mediante un plano
elaborado a escala, y que incluyan las dimensiones y los accidentes del terreno, como
las curvas del nivel, la localización de árboles e inmuebles y la posición en la cual
quedó el cadáver, por ejemplo en el caso de un homicidio o un asesinato.
91
3.5 EVIDENCIAS ESTUDIADAS POR OTRAS DISCIPLINAS FORENSES
3.5.1 Evidencia en Antropología Forense
Los restos óseos son la evidencia por excelencia para el antropólogo forense, en ellos
se puede determinar, con frecuencia la edad, el sexo la raza, la estatura,
malformaciones, congénitas o accidentales y como ya se menciono, en muchos casos,
se pueden determinar inclusive, huellas de trauma y el tiempo de muerte. Los restos
óseos como evidencia, son también de interés para la antropología forense. En muchas
ocasiones la historia del cuerpo después de muerto es de gran interés forense o
policial. Los cambios pos-mortem que puede sufrir un cadáver, afectarían diagnósticos
relacionados con tiempo estimado de muerte, razón por la cual el antropólogo
especialista en esta materia es requerido frecuentemente.
3.5.2 Evidencia en Geología Forense
La geología ha sido incorporada en fechas más o menos reciente al acervo de las
ciencias forenses, para determinar, por ejemplo si las características
de la tierra
encontradas en la suela del zapato, son similares a las descritas como provenientes de
un terreno, después de haber realizado un estudio del suelo. En estos casos la
evidencia puede ser física, como la que estudia mediante exámenes, análisis, cotejos,
también evidencia pericial como la rendida en el informe como en la declaración del
experto forense en el juicio. En nuestro país no existen casos donde científicamente se
haya comprobados que la geología fuera la base para lograr el esclarecimiento de
algún caso, solo empíricamente ha logrado aportar evidencias donde el juez las ha
valorado como pruebas en la investigación de homicidios por haber encontrado restos
de plantas y tierra en las vestiduras del sindicado.
92
3.5.3 Evidencia Digital
La cibernética y las ciencias forenses encuentran un punto común, cuando los delitos
se llevan a cabo con auxilio de computadores y otros sistemas digitales. La evidencia
digital es cada vez más común en el mundo de la investigación. Los expertos en esta
clase de evidencia deben estas conscientes de la fragilidad de ella, pues su pérdida o
alteración es de gran riesgo. Hay muchas razones para esta preocupación
generalizada: Primero, la tecnología de la información invaden hoy todos los aspectos
de la sociedad: los teléfonos celulares, los ordenadores, el internet, las redes sociales y
los sistemas de guía abordo para automóviles ya no son juguetes para unos pocos
privilegiados o para fanáticos de la tecnología.
Segundo, estos nuevos instrumentos manipulan la información y esta información
puede ser útil en una investigación, tanto si se específica para delitos contra
ordenadores o dispositivos digitales, como si se trata simplemente de delitos en que
estos participan. Tercero, porque es importante para el adecuado funcionamiento de
nuestros sistema legal, y para proteger los derechos de todas las partes, que se traten
las pruebas digitales con el mismo cuidado que cualquier otra pieza de evidencia
potencial. Finalmente, en un entorno interconectado, donde es posible que un delito
tenga lugar en un país y tanto la víctima como el sospechoso vivan en otros países, es
esencial que se alcancen el mismo nivel de competencia en todas las jurisdicciones,
para garantizar que los datos sobre la investigación o las pruebas originales puedan
intercambiarse eficazmente, cuando sea necesario.
Guatemala a nivel mundial es uno de los países donde la tecnología llega en muchas
ocasiones tarde ,es por ello que en muchos de los casos cuando se denuncian delitos
informáticos no se encuentra personal capacitado para ello, lo que demuestra una
debilidad en las instituciones encargadas de impartir justicia y averiguación de la
verdad, no está demás mencionarlo que es urgente que personal capacitado en esta
materia forme parte de los investigadores del Ministerio publico ya que los avances
tecnológicos acaparan cada día más nuestro mercado comercial y labor.
93
CAPITULO IV
MANEJO DEL LUGAR DE LOS HECHOSEN DELITOS DE HOMICIDIO Y
ASESINATO
4.1 CONOCIMIENTO CONFIRMACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LA NOTICIA
CRIMINAL
4.1.1 Definición
Actividades que se despliegan con el fin de verificar la ocurrencia de una posible
conducta punible, en la escena de homicidio, o asesinato e iniciar la recopilación de la
información general para su confirmación.
4.1.2 Limites
Inicia con la recepción de la información, con la primera autoridad que llega al lugar o
lugares de los hechos y personas relacionadas con la ocurrencia del hecho y finaliza
con el procedimiento de aseguramiento del lugar de los hechos.
4.1.3 Aspectos Relevantes
Una vez verificada la noticia criminal, inicia labores tendientes a obtener la información
necesaria para reportarla a la central de las comunicaciones.La información que se
reciba debe ser completa y precisa, de ello depende la toma de decisiones sobre la
naturaleza y cantidad de recursos que debe de utilizarse en el lugar de los hechos
cuando estamos frente a una escena de homicidio o asesinato y sobre la necesidad de
informar a otras entidades de socorro, paramédicos y fuerza públicas entre otras. Al
finalizar este procedimiento de manera inmediata, debe darse inicio al aseguramiento
del lugar de los hechos.47 La verificación de la noticia criminal debe ser de manera
47
Manual de procedimientos para Cadena de Custodia. Fiscalía General de la Nación Colombia. 2004 Pág. 25
94
pronta y efectiva ya que de ahí dependerá la aproximación al lugar de los hechos para
la protección de la escena y lograr recabar la mayor cantidad de evidencias posibles.
4.2 ASEGURAMIENTO DEL LUGAR DE LOS HECHOS EN ESCENAS DE
HOMICIDIO Y ASESINATO
4.2.1 Definición
Actividad que se adelanta para garantizar el aseguramiento o protección del lugar de
los hechos con ocasión de una posible conducta punible, a fin de evitar la pérdida o
alteración de los elementos, materia de prueba o evidencia física.
4.2.2 Limites
Aplica a la primera autoridad que haga presencia en el lugar de los hechos lo ideal es
que sea personal del Ministerio Público una vez que se ha confirmado la noticia criminal
y finaliza con la entrega del lugar de los hechos al servidor designado para el manejo de
la diligencia correspondiente.
4.2.3 Aspectos Relevantes
Quien efectúa el aseguramiento del lugar de los hechos debe de evitar el ingreso de
personas no asignadas a la diligencia como periodistas, parientes, amigos, curiosos, y
miembros de instituciones de alto rango entre otros. El agente policial que proteja el
lugar de los hechos, debe permanecer en el mismo, hasta que se produzca su entrega
con el fin de encaminar la investigación y retirarse una vez sea autorizado por el
personal competente. En caso que la policía no haga presencia en el lugar de los
hechos la protección del mismo es responsabilidad de la primera autoridad que la
aborda.48Lo cual es vital cuando se trata de una escena de homicidios, o asesinatos.
48
. Ibíd.pág. 31
95
Como es típico en nuestro país existe deficiencia en el procesamiento de la escena del
crimen debido a que los primeros en acudir a la escena seria curiosos, bomberos
voluntarios, luego la policía nacional civil , reporteros, y en último lugar personal del
Ministerio Público lo que dificulta y complica la investigación y recopilación de indicios
ya que se ven alterados por la mala manipulación del personal que acudió primero a la
escena y por ende quedo contaminada, por lo que es necesario que personal de
bomberos voluntarios, policía nacional civil, sean dotados de conocimientos técnicos
científicos para aproximarse lo más pronto posible a la escena, protegiéndola y así
contribuir con el personal capacitado del Ministerio Público en el procesamiento
eficiente y eficaz de la misma. Ya que el mínimo error en la recopilación, conservación y
traslado de cada indicio podría dejar impune un posible hecho delictivo.
4.3 OBSERVACIÓN, ANÁLISIS Y VALORACIÓN DEL LUGAR DE LOS
HECHOS
4.3.1 Definición
Corresponde a las actividades metodológicas referentes al procesamiento del lugar de
los hechos para llevar a cabo una eficaz investigación, dándole aplicación a los
métodos de búsqueda de los elementos, materia de prueba o evidencia física.
4.3.2 Limites
Aplica a la policía nacional asignada en nuestro país al Ministerio Público y lugares
relacionados con la comisión de la presunta conducta punible, se desarrolla durante la
inspección del lugar de los hechos, inspección de cadáver o inspecciones, a lugares
distintos al del hecho, y finaliza con el procesamiento de la escena o lugar de los
hechos.
96
4.3.3 Aspectos Relevantes
Una vez recibida la escena o lugar de los hechos el servidor designado para el manejo
de la diligencia, se ubicara en un punto focal realizando una vista preliminar con el fin
de establecer vías de ingreso y salidas del lugar. Determinara una ruta de ingreso al
mismo, por parte del personal autorizado sin alterar el estado original de la escena o los
indicios. El servidor encargado del manejo de la diligencia, determinara el método de
búsqueda a utilizar de acuerdo a las características del lugar de los hechos, en el caso
de nuestro país es el fiscal o auxiliar fiscal del ministerio Público quien aplica este
método con el fin de no dejar ningún indicio fuera de poder ser analizado y
posteriormente procesado.
De todas las actividades realizadas en este procedimiento, se dejara constancia dentro
del acta de inspección técnica al lugar de los hechos, a lugares relacionados o
inspección de cadáver, registrando además, nombre, cedula de vecindad o
identificación y firmas respectivas con el fin de tener referencias de la personas quienes
procesaron la o las escenas. Una vez finalizado este procedimiento, se inicia el de
fijación del lugar de los hechos.49 Es aquí donde el auxiliar fiscal juega un papel
importantísimo debido a que de él depende el método de búsqueda que será utilizado el
recorrido de la escena para lograr una investigación correcta.
4.4 FIJACIÓN DEL LUGAR DE LOS HECHOS EN ESCENA DE HOMICIDIO Y
ASESINATO
4.4.1 Definición
Corresponde a las actividades desarrolladas que permiten la descripción detallada del
lugar de los hechos, en relación a la escena de homicidio y de asesinatos y la
localización de los elementos materia de prueba o evidencias utilizando las técnicas
establecidas.
49
Ibíd. pág. 32
97
4.4.2 Limites
Aplica a la policía o quien por la vía excepcional haga sus veces al lugar de los hechos,
a los lugares relacionados con este, personas y elementos materia de prueba o
evidencias, inicia al finalizar el procedimiento de observación, análisis y valoración del
lugar de los hechos y finaliza con la elaboración de los informes y entrega de material
respectivo.
4.4.3 Aspectos Relevantes
El coordinador del grupo (Fiscal o Auxiliar fiscal) deberá encargado del procesamiento
de la escena deberá verificar previamente que se cuente con los equipos, elementos y
materiales necesarios para la realización de esta actividad, verificando que los mismos
estén en perfecto estado de funcionamiento. El grupo designado para la diligencia
deberá ingresar al lugar de los hechos respetando las rutas de acceso previamente
establecidas y dependiendo de la naturaleza de los elementos o evidencias
encontradas.El grupo designado para la fijación, debe trabajar de manera coordinada
con los demás técnicos que se requieren en la inspección para identificar la orientación
del lugar, puntos de amarre no removibles, la ubicación y la distancia de los indicios,
correlacionando la fotografía, plano, narración respectiva en el acta de inspección
judicial o a cadáver.
En el caso de nuestro país es de mucho interés las tomas panorámicas que según las
los principios de la fotografía forense son muy necesarios los cuales son la vista
panorámica de varios puntos alrededor de la escena planos medios a una distancia
considerable de cada indicio en referencia con el anterior y posterior y los planos en
detalle para dar referencia de la forma cercana y tamaño de cada indicio para discutir
acerca de él, cuando en el proceso sea necesario.50 La fotografía es de suma
importancia en la captura, fijación y documentación de los indicios localizados en el
lugar del los hechos por lo que el equipo que se utiliza debe ser sofisticado, de calidad y
50
Ibíd.Pág. 43
98
el personal designado para ello contar con, conocimientos y pericia para llevar a cabo
su función.
4.5RECOLECIÓN, EMBALAJE Y ROTULADO DE LOS INDICIOS ENCONTRADOS
EN ESCENAS DE HOMICIDIOS Y ASESINATOS
4.5.1 Definición
Actividad que se desarrolla para la recolección embalaje y rotulado, en forma adecuada,
de los elementos materia de prueba, o evidencia para ser enviados a los
correspondientes laboratorios o bodegas de evidencias, en condiciones de preservación
y seguridad que garanticen la integridad, continuidad, autenticidad, identidad y registro,
de acuerdo a su clase o naturaleza.
4.5.2 Limites
Aplica a los agentes de la policía o a quienes se aproximen al lugar de los hechos
lugares o personas relacionadas con la comisión de la presunta conducta punible donde
se encuentren o aporten los elementos materia de prueba o evidencias físicas. Inicia
con la finalización del procedimiento de fijación del lugar de los hechos o
documentación de los indicios termina con el envió de estos al laboratorio de forma
adecuada y segura, evitando riesgos, en la transportación de los indicios.
4.5.3 Aspectos Relevantes
Aplica a los encargados de procesar la escena, el análisis valoración documentación y
fijación del lugar de los hechos, dará inicio al procedimiento de recolección, embalaje y
rotulado de los elementos materia de prueba o evidencia que se hayas encontrado o
aportado; Quien recolecte, embale, o rotule los elementos materia de prueba o
evidencia, deberá observar las condiciones de bioseguridad o protección uso de
guantes, tapabocas gorros, gafas caretas y equipos, entre otros según la naturaleza de
99
los elementos, o evidencia en el lugar de los hechos. El servidor designado o
encargado para el manejo de las diligencias (líder de la escena) designara quien es la
persona que embalara, rotulara, y custodiara los elementos de prueba con el fin de que
no sean alterados y sea una persona la responsable si esto llegara a suceder.
Por ningún motivo se almacenara indicios que no sean perfectamente embalados,
rotulados y sellados por las personas a cargo del procesamiento de la escena o lugar
de los hechos.51Una vez que los indicios ahora evidencias, son entregados al agente
del Ministerio Público, este se ve obligado a tomar las medidas necesarias para evitar
que estas se alteren, destruyan o desaparezcan, razón por la cual deberá tomar una
serie de medidas mismas como por ejemplo que se preserven adecuadamente, que
sean entregados a las autoridades correspondientes, hacer constar en la averiguación
previa el registro de la cadena de custodia un anexo para describir quienes intervinieron
en la cadena de custodia, así como el personal que tuvo a bien el traslado de las
evidencias al laboratorio correspondiente.
4.6 ENVIO DE LOS ELEMENTOS MATERIALES DE PRUEBA O EVIDENCIA AL
ALMACEN TRANSITORIO
4.6.1 Definición
Corresponde a las actividades desplegadas del Ministerio Público al momento de
terminar el procesamiento de la escena o el lugar de los hechos. Es el traslado de los
indicios custodiados hacia el almacén transitorio, anteriormente a ser remitidos al
laboratorio para el respectivo análisis pericial.
4.6.2 Limites
Aplica a los encargados del procesamiento de la escena del crimen, inicia al finalizar la
recolección y el embalaje rotulado y sellado de los elementos materia de prueba o
51
Ibíd. Pág. 49
100
evidencia física y termina con la recepción de los indicios en el laboratorio autorizado o
almacén general de evidencias.
4.6.3 Aspectos Relevantes
Los indicios se podrán guardar o mantener de manera transitoria en los almacenes de
los organismos destinados para este fin. Cuando los indicios sean biológicos y
requieran de un cuidado especial se podrá acudir a entidades de salud pública que
garanticen dichas condiciones para su almacenamiento transitorio. Este almacén
transitorio procederá en los casos siguientes:Cuando el laboratorio autorizado o el
almacén general de evidencias no se encuentre en servicio. Cuando la complejidad de
la diligencia no permita el traslado inmediato de los indicios al laboratorio autorizado o
almacén general de evidencias. Cuando por razones de fuerza mayor o caso fortuito
sea imposible el traslado de forma inmediata al laboratorio autorizado o almacén
general de evidencias.52
4.7 ENVIO DE LOS ELEMENTOS MATERIALES DE PRUEBA O EVIDENCIA
AL LABORATORIO AUTORIZADO O ALMACEN DE EVIDENCIAS
4.7.1 Definición
Corresponde a la actividades que se desarrollan para facilitar el envió de los elementos
materia de prueba o evidencias al laboratorio autorizado o almacén de evidencias.
4.7.2 Limites
Aplica a la policía Nacional o a la primera autoridad que conozca la escena y la procese
como es el caso en nuestro país del Ministerio Público y embala los indicios
encontrados en el lugar de los hechos, inicia con la disposición de estudio o
52
Ibíd. Pág. 57
101
almacenamiento de los indicios, y termina con la recepción de los mismos en el
laboratorio autorizado o almacén de evidencias.
4.7.3 Aspectos Relevantes
Los indicios deberán estar previamente fijados y documentados acorde con los
procedimientos establecidos en los reglamentos que para este proceso sean destinados
ejemplo en nuestro país es el código penal y el manual del fiscal en que rige la manera
adecuada en que se deben proteger los indicios documentados. Toda persona que
deba recibir un elemento material probatorio o evidencia física, antes de hacerlo,
revisara el recipiente que lo contiene y dejara constancia del estado en que se
encuentre. El embalaje solo se podrá abrir por el perito designado para su estudio o
análisis salvo que en los sitios de recepción del elemento por motivos de seguridad
personal se tenga duda del contenido del embalaje en cuyo caso se procederá abrir el
contenedor con la ayuda del personal conocedor en el manejo de dichas evidencias por
ejemplo Fiscales o Auxiliares fiscales del Ministerio Público.
Al momento de realizar el traspaso a los custodios transportadores, se les deberá
informar sobre las condiciones de preservación, almacenamiento, y seguridad que
requiera cada indicio.53 Esto con el fin de conservar intacta la cadena de custodia y
mantenerprotegida cada una de las evidencias que la conforman, como lo menciona
Pedro Calmo en su escrito Técnicas de Investigación Criminal donde menciona que es
un procedimiento de control que se aplica a cada indicio desde su localización hasta
cuando sea requerido por la autoridad correspondiente.
53
Ibíd. Pág. 63
102
4.8 RECEPCION Y ANALISIS DE LOS ELEMENTOS MATERIA DE PRUEBA O
EVIDENCIAS EN EL LABORATORIO AUTORIZADO
4.8.1 Definición
Corresponde a las actividades desplegadas por los laboratorios autorizados para la
recepción de los indicios con el fin de realizar los estudios o análisis solicitados por las
autoridades judiciales.
4.8.2 Limites
Aplica a los laboratorios autorizados y a las personas que intervienen en el
procedimiento. Inicia con el recibo de los indicios y finaliza con la entrega del informe
pericial.
4.8.3 Aspectos Relevantes
Toda persona que deba recibir un elemento material probatorio o evidencia física, antes
de hacerlo, revisara el recipiente que lo contiene y dejara constancia del estado en que
se encuentre. Cuando fuere necesario el laboratorio autorizado que haya recibido los
indicios para su estudio y análisis, podrá apoyarse en otros laboratorios autorizados de
entidad pública, con el fin de dar un informe científico y apegado a la realidad del
crimen cometido con lo que vemos la importancia de una adecuada cadena de custodia
para no dañar ni alterar
ningún
indicio o prueba pertinente que relacione a una
persona a un hecho determinado.54 Aunque eso de apoyarse en otros laboratorios
autorizados se puede prestar a que existan alteraciones en la naturaleza de las
evidencias encontradas, por lo tanto esta actividad es necesaria que sea realizada por
personal profesional en la materia debido a la delicadeza que implica la manipulación
de los indicios sometidos a investigación, los cuales servirán posteriormente para
demostrar la participación de una persona en un hecho delictivo.
54
Ibíd. Pág.67
103
4.9 RECEPCION Y ANALISIS DE LOS ELEMENTOS MATERIA DE PRUEBA O
EVIDENCIAS EN EL ALMACEN DE EVIDENCIAS
4.9.1 Definición
Actividad que se desarrolla con el fin de garantizar la recepción y custodia del elemento
materia de prueba de evidencia en los almacenes de evidencia en condiciones de
seguridad y preservación debida.
4.9.2 Limites
Aplica a los servidores o personas encargadas de custodiar o administrar el almacén
general de evidencias. Inicia con el recibo de los indicios en el almacén y finaliza con
la ubicación de cada indicio en el almacén.
4.9.3 Aspectos Relevantes
El embalaje solo se podrá abrir por el perito designado para el estudio o análisis salvo
que en los sitios de recepción del elemento por motivos de seguridad personal, se
tenga duda del contenido del embalaje en cuyo caso se procederá abrir en presencia de
personal capacitado para descubrir alguna amenaza a la naturaleza del mismo por
ejemplo algún explosivo o sustancias que pudieran ser amenazas para la salud como
ocurrió hace algunos años en Estados Unidos con el problema de ántrax y otras
substancias peligrosas a la salud humana.55 No está demás mencionar que para este
tipo de función se debe tener habilidades especiales por las propiedades físicas y
químicas de las substancias en el caso de las peligrosas y perecederas así también el
desarrollo, manipulación, análisis y control de la mismas dentro y fuera del laboratorio
debido a los factores de tiempo y clima a los que son expuestos.
55
Ibíd. pág. 77
104
4.10 DISPOSICION FINAL DE LOS ELEMENTO MATERIA DE PRUEBA O
EVIDENCIA
4.10.1 Definición
Actividades que se desarrollan para precisar el destino de los elemento materia de
prueba o evidencia física por parte de la autoridad judicial competente.
4.10.2 Limites
Aplica a los elementos materia de prueba física y a las personas que intervienen al
momento del procesamiento de la escena de los hechos.
4.10.3 Aspectos Relevantes
El fiscal a cargo del caso sobre el o los delitos cometidos determinara los elementos
materia de prueba o evidencias físicas con las cuales argumentará en el proceso penal
cuando sea requerido por parte del juez a cargo y en las audiencias del debido
proceso.56 Con esto nos queda claro que las evidencias recabadas en la escena del
crimen deberán hablar por si solas durante estas etapas. De acuerdo con Guillermo
Colín Sánchez, la valoración de las pruebas: “Es el acto procedimental, caracterizado
por un análisis conjunto de todo lo aportado en la investigación (Relacionando unos
medios de prueba con otros) para así, obtener un resultado, en cuanto a la conducta del
hecho, certeza o duda, y en cuanto a la personalidad del delincuente.”57
Por lo tanto el Ministerio Público debe ser claro, cabal y preciso en la demostración de
las evidencias y planteamiento de hipótesis que presente ante el juez, quien puede
basar su razonamiento con base en las pruebas ofrecidas, admitidas y desahogadas en
56
Ibíd. Pág. 111
57
Colín Sánchez, Guillermo, Derecho Mexicano de procedimientos penales, 18a. ed., Porrúa, México,1999,Pág.
434.
105
el proceso, de acuerdo con una serie de reglas fijadas por los ordenamientos
procesales, El juzgador debe actuar conforme a su conciencia y conocimiento, y no
permitir que factor externo alguno impida el contacto de este con el esclarecimiento de
los hechos reales.
4.11 LA CADENA DE CUSTODIA EN LAS ETAPAS DEL PROCESO PENAL
GUATEMALTECO
4.11.1 La Cadena de Custodia en la Etapa Preparatoria
Es en esta etapa donde el Ministerio Publico fundamenta su acusación mediante las
exigencias del delito de acuerdo a las circunstancias de tiempo, modo y lugar y la
descripción del o los elementos de convicción para demostrar y sustentar su hipótesis
acusatoria de acuerdo con el artículo 82 del Código Procesal Penal Guatemalteco.
Estaríamos hablando del primer momento de la prueba el cual consiste en la
Proposición para diligenciar una prueba que se considere de utilidad para el
esclarecimiento de la verdad en otras palabras el fiscal hace referencia de la que hasta
ahora es nuestra cadena de custodia para relacionar al sindicado con el delito que se
le imputa.
4.11.2 La Cadena de Custodia en la Etapa Intermedia
En esta etapa ya no se presenta la evidencia en la audiencia correspondiente
solamente se asume que se conserva embalada y custodiada de la mejor manera
posible en el almacén de evidencias del Ministerio público la cual si es un arma blanca
o arma de fuego se considera que ya fue objeto de análisis técnicos y científicos los
cuales pueden ser balísticos o de huellas dactilares Individualmente con su dictamen
pericial. Si el Ministerio Público solicita la apertura a juicio podrá mencionar que el
arma que se le incauto al procesado el día de la detención es percutible o no,
solamente se hace mención de la prueba material resguardada y custodiada por el
Ministerio público. Estaríamos entonces frente al segundo momento de la prueba o sea
106
el Ofrecimiento en la audiencia de ofrecimiento de prueba para ser recepcionada o
diligenciada durante la etapa del debate.
4.11.3 La Cadena de Custodia en la Etapa de Debate
En esta etapa, si es admitida la acusación durante la fase intermedia se señala la fecha
para el debate donde El Ministerio Público deberá acreditar la veracidad de la
inculpación sobre los hechos y presentar la evidencia material para sustentar la
acusación, la cual fue presentada en la audiencia de ofrecimiento de la prueba es aquí
donde cada una de las partes tanto el Ministerio Público como el abogado defensor
tiene el momento del Diligenciamiento o presentación durante el debate para demostrar
una vez más la participación del sindicado en el hecho que se le atribuye.
En esta etapa el juez verifica el exacto cumplimiento de la cadena de custodia para
que la evidencia pueda ser valorada como prueba y funde su decisión judicial el
artículo 281 del Código Procesal Penal habla de la actividad procesal defectuosa
donde este principio menciona que: No podrán ser utilizadas para fundar una decisión
judicial, ni utilizados como presupuestos de ella, los actos cumplidos con inobservancia
de las formas y condiciones previstas en este código, salvo que el defecto haya sido
subsanado o no se hubiera protestado oportunamente de él. El Ministerio Público y las
demás partes solo podrán impugnar las decisiones judiciales que les causen gravamen,
con fundamento en el defecto, en los casos y formas previstas por este código siempre
que el interesado no haya contribuido a provocar el defecto. Se procederá del mismo
modo cuando el defecto consista en la omisión de un acto que la ley prevé.
Entonces el juez no puede darle valor a un indicio el cual conlleva actos cumplidos con
inobservancia de las formas y condiciones previstas en el Código procesal Penal
Guatemalteco. El cuarto momento es el de la valoración el cual es a cargo del tribunal
cuando ya se haya recepcionado o diligenciado la prueba y posteriormente pasar el
tribunal a deliberar o a razonar sobre el proceso y posteriormente a dictar sentencia.
107
Hemos visto la importancia que juega la protección y conservación de la cadena de
custodia en el esclarecimiento de los ilícitos penales en nuestro país pero también
vemos algunas deficiencias en nuestras leyes. En nuestro Código Procesal penal
guatemalteco en el artículo 187 describe la Inspección y Registro menciona en el
segundo párrafo que cuando fuere posible, se recogerán o conservaran los elementos
probatorios útiles. De igual forma en el artículo 198 del mismo código primer párrafo,
describe la Entrega de cosas de Secuestro donde menciona que
las cosas y
documentos relacionados con el delito o que pudieran ser de importancia para la
investigación y los sujetos a comiso serán depositados y conservados del mejor modo
posible.58
Así también en el articulo 201 relacionado al Procedimiento segundo párrafo menciona
que los efectos secuestrados serán inventariados y puestos bajo segura custodia, a
disposición
del
tribunal
correspondiente,
en
el
Almacén
Judicial,
según
la
reglamentación que dicte la Corte Suprema de Justicia pero no menciona la forma
adecuada de proteger cada uno de ellos, ni tampoco si se trata de indicios biológicos,
de genética forense, botánicos, de acústica forense, substancias toxicológicas,
estupefacientes evidencia traza entre otras, menos si describimos las mencionadas
anteriormente las cuales están relacionadas a unidades medicas, psicológicas,
laboratorios de criminalística o a las estudiadas por otras disciplinas forenses.
Es por ello que concluimos que este nuestros cuerpos normativos, deberían tener
estipulado claramente que es la cadena de custodia y la manera adecuada de proteger
cada indicio según su naturaleza su forma y su estado.
58
Código procesal penal Guatemalteco Decreto 51-92 Reformado Art. 187,198 y 201
108
4.12 PERSONAS QUE INTERVIENEN EN UNA ESCENA DEL CRIMEN Y SU
ROL
4.12.1El Agente o Auxiliar Fiscal Como Director De La Investigación En
Una Escena Del Crimen
El papel del agente o auxiliar fiscal en el lugar donde se cometió el delito, de homicidio
o asesinato es la máxima autoridad ya que por mandato legal él dirige la investigación y
tiene a su cargo la dirección de la Policía Nacional Civil, debe de garantizar el inicio de
la cadena de custodia al momento de que sea embalado cada indicio y así avalar una
etapa preparatoria optima para poder incorporar a juicio los indicios y evidencias
recabadas con las formalidades que la ley establece. Es el custodio del manejo de la
evidencia.
El modulo 4 del Proceso penal, denominado rol de los operadores de justicia en la
escena del crimen, indica que el agente o auxiliar fiscal debe de ejercitar la actividad de
dirección de la siguiente manera:

Respaldar con su autoridad, las decisiones de los policías para alejar del perímetro
de la escena al personal no autorizado, si el policía no lo hace, exigirle que cumpla
su obligación de mantener despejado el lugar.

Cumplir las exigencias legales del acto y que respeten los derechos de las
personas involucradas.

Plasmar lo inspeccionado en documento que resuma las actuaciones de
conformidad con el Artículo 313 del Código Procesal Penal (Fraccionar Acta
Respectiva).

Describir de manera detallada los rastros, huellas y estado de las cosas.

Asegurarse que el acta contenga una descripción minuciosa de las evidencias que
el hecho delictivo hubiese dejado.

Asegurarse que la Policía nacional Civil o quien haga la investigación, cumpla con la
cadena de custodia de las evidencias dejando constancia de ellas en el acta.
109

Cerciorarse que el técnico o perito recabe en su totalidad de las evidencias
detectadas y que se inicie la cadena de custodia.

Documentar, de ser posible, la inspección (además del acta) con fotografía y planos.

Ordenar la realización de pruebas técnicas, pertinentes a realizar en el laboratorio,
indicando su propósito.59

La función principal del agente o auxiliar fiscal en la escena del crimen es la de
dirigir la escena del crimen y debe velar por que sea requisada de forma adecuada,
por medio del personal de la DICRI y así buscar, descubrir, revelar, y recoger las
huellas, impresiones, señales y rastros que se presenten.
La Guía Práctica del investigador criminalista del Ministerio Público (1999) indica que es
función del agente o auxiliar fiscal:

Asegurar el perímetro de la escena del crimen, ya que si a su arribo se encuentra
delimitado y en las afueras del área resguardada puedan encontrar indicios
importantes, deben ampliar el lugar de trabajo.

Evitar que se contamine la prueba, debe de dirigir la investigación de modo que no
se contamine la escena, debe velar que cada técnico realice el trabajo que le
corresponde de forma adecuada, y preservar de esa forma los instrumentos, con
que se cometió el delito, elementos que contienen huellas o rastros del delito,
elementos que son productos del fruto del delito o efecto de este.

Es necesario tomar en cuenta todo, pero llevar al proceso solo lo pertinente.

Debe formularse hipótesis delictivas, al inicio de la investigación es necesario contar
con varias.

Evitar convertir un crimen perfecto, por una mala investigación, no existe un crimen
perfecto debido a que todo delito deja huella.

Documentar todo, no puede confiar en su memoria.
59
Instancia Coordinadora del sector justicia. Modulo 4 del proceso penal rol de los operadores de justicia en la
escena del crimen. pág. 6
110

La investigación estará completa, cuando se tenga las respuesta a las siguientes
preguntas:
¿Qué sucedió?
¿Cómo lo hizo? (Modus operandi)
¿Por qué se cometió? (móvil)
¿Donde se realizo el delito?
¿Quién o quienes cometieron el delito?
¿Cuándo sucedió?
¿Qué daño causo o pretendió causar?60
4.12.2 El Papel del Patrullero en la Escena del Crimen
El modulo número 4 del Proceso Penal, denominado rol de los operadores de justicia
en la escena del crimen indica que el patrullero debe:

Anotar la hora en que tiene conocimiento del hecho, la forma en que se entero,
quien le avisó.

Anotar la hora de llegada a la escena del crimen y las condiciones atmosférica.

Prestar atención y ayuda a personas heridas.

Proteger y aislar la escena del crimen de espectadores, testigos, periodistas,
familiares u otros.

Solicitar esfuerzos en caso sea necesario.

Evitar que se contamine la escena, impedir que se toquen armas, objetos u otros
indicios que se encuentren en el lugar.

Proteger la escena colocando un acordonamiento para evitar que curiosos o
personas extrañas ingresen a la escena.

Desplazar objetos que tengan potencial de prueba que puedan ser destruidos por
elementos externos.
60
Ministerio Público. Guía práctica del investigador criminalista pág. 14
111

Si el sospechoso se encuentra en el lugar o en las cercanías, tomar las medidas
necesarias para su aprehensión caso de flagrancia.

Asegurarse que se tomaron los nombres y datos necesarios de testigos.

En caso de ser el primero en acudir a la escena del crimen, debe avisar al Ministerio
Público y al investigador policial.

Debe de evitar pasear dentro de la escena del crimen innecesariamente y el
desplazamiento de objetos.
4.12.3 El Papel del Investigador Policial en la Escena del Crimen
El modulo número 4 del Proceso Penal denominado rol de los operadores de justicia en
la escena del crimen indica que las atribuciones del investigador policial son:

En ausencia del agente fiscal o juez de paz asume el rol que le corresponde a ellos,
por lo que en la escena del crimen en cuyo bien jurídico es el patrimonio toma el
papel de dirección.

Debe acordonar la escena para evitar su contaminación.

Asegurarse que los técnicos procesen la totalidad de evidencias, debe documentarla
por medio de fotografías y levantar plano de la escena del crimen.

Recibir la información obtenida por el patrullero, para posteriormente corroborarla y
cotejarla.

Informar al fiscal acerca de lo recabado.

Investigar en lugares aledaños para verificar si existen testigos.

Entrevistar testigos.

Velar por que el fotógrafo realice adecuadamente su trabajo.

Llevar los indicios personalmente al laboratorio, dejando constancia de ello, para dar
inicio de esa forma a la cadena de custodia.

Posteriormente debe seguir las instrucciones que el agente fiscal dirija.
El artículo 112 del Código Procesal Penal establece las siguientes funciones a la Policía
Nacional Civil:

Investigar los hechos punibles perseguibles de oficio.
112

Impedir que estos sean llevados a consecuencias ulteriores.

Individualizar a los sindicados.

Reunir los elementos de investigación útiles para dar base a la acusación o
determinar el sobreseimiento.

Ejercer otras actividades que le asigne el mismo cuerpo legal.
Es aquí donde vemos que tanto el investigador policial como el juez de paz no poseen
los conocimientos científicos, solamente empíricos, para el procesamiento adecuado
para procesar la escena del crimen y custodiar los indicios recabados
lo cual
demuestra una debilidad más en las instituciones de justicia y por ende en el proceso
penal guatemalteco.
4.12.4 El papel del Perito en la Escena del Crimen
Es necesario dar una definición de perito para entender su rol en la escena del
crimen:Es el especialista, conocedor, práctico, versado en una ciencia, arte u oficio
quien posee titulo estatal de haber terminado estudios o de poseer experiencia en una
rama del conocimiento, en una actividad cualquiera. 61En Guatemala no hay un requisito
especifico para ser perito tampoco existen casas de estudio que otorguen el grado
académico de “Perito Criminalista” a diferencia de otros países donde capacitan a
peritos extendiéndoles un titulo facultativo para ejercer el cargo, además debe
registrarse como tal asignándole un numero de perito que deberá indicar en cada
dictamen que realice.
El Ministerio Público busca en un perito a una persona con capacidades técnicas
requerida según la rama científica en la que se desempeñara, además posteriormente
le imparte los conocimientos necesarios a través de cursos impartidos en la unidad de
capacitación del Ministerio Público –UNICAP- aunque a veces el perito no se puede
capacitar en nuestro país debido al poco recurso
61
en las diferentes ramas de la
Perito Criminalista, Caballenas, Guillermo. Diccionario Enciclopédico de derecho usual 24ª. Ed Argentina, editorial
Heliasta,1996.Pág. 221
113
criminalística por lo que decide viajar hacia el extranjero para obtener conocimiento en
determinada técnica o ciencia .
El papel del perito en una escena del crimen es buscar evidencias físicas que ayuden al
esclarecimiento del hecho sujeto a investigación, donde actúa bajo la dirección directa
del agente o auxiliar fiscal.Con lo anteriormente descrito, vemos la importancia que
tiene el agente o auxiliar fiscal, patrullero, investigador policial y perito en la ubicación,
fijación documentación y procesamiento en el manejo de la escena del crimen es decir
que en la mayoría de los casos son estas personas las encargadas de mantener la
naturaleza intacta de los indicios encontrados y posteriormente custodiados y
trasladados a los diferentes laboratorios para su respectivo análisis según se considere
necesario, con el fin de que no sufran ninguna alteración a favor o en contra del
sindicado cuando sean requeridos durante las fases del proceso penal Guatemalteco.
114
4.12.5 ALGUNAS FORMAS DE RECOLECCIÓN, EMBALAJE Y RECOMENDACIONES PRACTICAS PARA EL MANEJO DE ELEMENTOS MATERIA
PRUEBA O EVIDENCIAS FISICAS ENCONTRADAS EN EL LUGAR DE
LOS HECHOS O ESCENA DEL CRIMEN
TIPO DE
ELEMENTO
Armas de fuego
RECOLECCIÓN
(PROTOCOLO)
EMBALAJE
PRECAUCIONES
Tomar por la empuñadura
En cajas de cartón, atar a
Si dentro del tambor se
o guardamontes con
la altura del cañón o la
encuentran vainas, marcar
guantes.
empuñadura
con cintas el alveolo en la
parte exterior teniendo en
cuenta la posición en que
se encontraban, así mismo
retirar los cartuchos si los
hubiere.
En armas automáticas y
semiautomáticas
que
se
encuentren desaseguradas
se
procede
proveedor
a
y
quitar
retirar
el
cartucho de la recamara,
teniendo el cuidado de no
alterar
las
impresiones
dactilares.
Si el arma no se puede
manipular y se encuentra
desasegurada colocar en el
embalaje
un
rótulo
que
destaque peligro
Proyectiles,
Cartuchos y
vainas
Con Pinzas de punta y
Por separado y envueltas
Recolectarlas
con
sumo
cubiertas con guantes
en papel, en cajas de
cuidado para no alterar su
cartón o bolsas plásticas
estado original y natural a
como se encontró.
Armas Corto
Punzantes
Agarrar y levantar por la
empuñadura y la punta con
En cartón, y atar el arma
para evitar inmovilizarla
guantes.
115
Colocar cinta para proteger
la punta.
Líquidos
Con guantes, goteros o
Frasco de polietileno de
jeringas esterilizados, para
alta densidad, o vidrio
análisis
esterilizado
microbiológico
únicamente.
Alimentos
Con
No agregar ningún
elemento a la muestra
(limpio
y
original,
o
No agregar persevantes a la
vidrio
o
muestra.
seco)
guantes
o
recolectores limpios.
Empaque
frasco
de
plástico.
Con
Ropa
guantes,
y
por
separado cada prenda.
En
bolsas
de
papel,
No hacer cortes, enviar las
aislando con papel cada
piezas completas y secas,
prenda.
proteger las manchas si las
tuviere.
Medicamentos
Sólidos en Estado
Liquido
Estupefacientes
Sólidos
Con guantes, espátulas o
Enviar
el
pinzas, dejar en envase
completo,
y
original.
Con guantes, espátula, y
blíster
Recoger como mínimo un
caja
blíster o frasco o ampollas,
original, bolsa de papel o
tomar toda la muestra y
plástico.
marcar el embase.
Bolsa de plástico
Recoger de 1 a 3 gramos
la
elementos de protección
representativos.
personal.
Estupefacientes
En Solución
Con guantes, jeringa o
Si
está
en
proceso
frascos de vidrio limpio y
homogenizar y tomar de
seco guantes y elementos
100 a 500 ml. En frasco
de protección personal.
de vidrio y enviar al
Aplicación de PIPH.
laboratorio.
Con frasco limpio y fresco,
Frasco
de
vidrio
Substancias
Controladas
Solidas
y elementos de protección
polietileno,
personal.
densidad de 60 ml.
sólidos.
Substancias
Controladas
Liquidas
Con guantes, espátula y
En
Aplicación PIPH.
elementos de protección
aproximadamente
personal.
gramos.
Muestra de Suelo
Con imán o pala plástica
Bolsa plástica de papel, o
de
bolsa
116
o
Aplicar PIPH, Líquidos no
alta
se debe embalar con los
plástica
5
No
mezclar
suelo
con
en Explosiones
con guantes.
tarro de plástico.
metales.
Lazos Cuerdas y
Sogas
Con guantes y pinzas.
Bolsas de papel.
No
Cabellos, Pelos y
Fibras
Con pinzas o con guantes.
desate
los
nudos,
proteja y marque las puntas.
En
bolsas
plásticas
individualmente.
Deben
estar
secos,
no
doblar los cabellos o pelos,
no adherir a cinta o algún
otro objeto pegante.
Muestras Secas
Frotar
con
humedecido,
esterilizada
hisopo
con
o
agua
Embalar el hisopo en
Dejar
secar
tuvo seco
embalar.
antes
de
solución
salina.
Impresiones
Dactilares
Se utilizan los reactivos
Trasplantar
adecuados
revelada,
según
la
superficie.
cuenta
la
huella
teniendo
los
elementos
Si no es posible el revelado
en
en el lugar, embalar el
diferentes
elemento para analizarlo en
para
este
el laboratorio.
procedimiento,
depositándolas en bolsas
plásticas, si no es posible
el trasplante, fijarla.
Vidrios
Restos Óseos
Con guantes.
Atar a un cartón o caja
Inmovilizar
del mismo material
fracturas en el elemento.
Con guantes y elementos
Embalados de acuerdo a
Todos deben quedar en un
de bioseguridad.
su tamaño en papel y a
solo
su
cajas),
vez
en
bolsas
plásticas.
para
empaque
prendas
junto
evitar
(bolsa
con
o
las
recolectadas
durante la exhumación
Residuos de
Disparo en Mano
Con
Casetes de audio
video y Cds.
kit
procedente
de
Tubos de polietileno y
Toma de muestra hasta
laboratorio oficial
luego bolsas plásticas
máximo 6 horas.
Con guantes
Forrar
117
con
papel
de
aluminio, cubrir con cinta
de seguridad y embalar
con una bolsa plástica
Guatemala cuenta con el Reglamento Del Almacén De Evidencias Del Ministerio
Público según Acuerdo número 40-2004, donde encontramos la Cadena de custodia
en su capítulo
número 7 en el cual notamos que comprende los distintos
procedimientos que deben seguirse desde la búsqueda, revelación, fijación,extracción,
conteo, embalaje, control, transporte, protección y conservación de la evidencia con el
propósito del resguardo y conserva de sus características y valor probatorio de un
hecho reñido con la ley.
Según información recabada en la Fiscalía Departamental del Ministerio Público
deHuehuetenango el almacén de evidencias cuenta con una problemática muy notoria
debido a que:
1. Las instalaciones del almacén son inadecuadas para proteger y custodiar las
evidencias debido a que cuentan con un área de 45 mts2.Lo que lo hace estar
colapsado hasta el día de hoy.
2. Al proteger evidencias de todo tamaño, y lo reducido del espacio hace que las
evidencias se alteren o destruyan.
3. Por ser un almacén Departamental se obtiene la recepción y custodia de
evidencias provenientes de las fiscalías de Santa Eulalia y La democracia
Huehuetenango.
4. En ocasiones se almacenan las evidencias fuera del almacén en condiciones
inadecuadas por carecer de espacio.
118
5. Se viola lo estipulado en el artículo25 de este reglamento cuando menciona que
por ningún motivo se aceptara una evidencia alterada, forzada y que no
garantice su seguridad y hermeticidad.
6. También al momento que los agentes de la Policía Nacional Civil custodian
protegen y trasladan las evidencias de un lugar a otro lo hacen con total
desconocimiento técnico, lo que hace que en ocasiones seextravíen algunos
elementos en su trayecto.
Por lo que es necesario que para tener una efectiva y adecuada cadena de custodia se
tome en cuenta lo siguiente:
1. Se tengan las instalaciones adecuadas para proteger y custodiar todas y cada
una de las evidencias dentro del almacén correspondiente.
2. sean capacitados tanto los miembros de la Policía Nacional Civil, Bomberos
Voluntarios y personal del Ministerio Púbico para contribuir con la manipulación
adecuada de las evidencias dentro de la cadena de custodia y por ende con el
proceso penal guatemalteco.
119
CAPITULO V
5.1 PRESENTACIÓN Y ANALISIS DE DATOS ESTADÍSTICOS
Para el análisis de los datos recabados a través del instrumento dirigido a Jueces,
Fiscales y abogados litigantes de la cabecera departamental de Huehuetenango, fueron
calculados en porcentajes, interpretados y graficados en diagrama de barras para su
interpretación, obteniendo los siguientes resultados. Se presenta a continuación las
tablas conteniendo los procesos estadísticos aplicados a los resultados obtenidos para
determinar la importancia de una adecuada cadena de custodia en delitos de homicidio
y asesinato”.
GRAFICA No. 1
DESCONOCIMIENTO DE LA CADENA DE CUSTODIA POR PARTE DE LOS
OPERADORES DE JUSTICIA
90%
80%
70%
60%
50%
40%
30%
20%
10%
0%
85 %
CONOCEN
DESCONOCEN
15 %
Fuente de Campo:
Del total de la muestra el 85%, de operadores de justicia desconocen a que se
refiere el concepto la cadena de custodia, en comparación con el 15% de sujetos
evaluados que si tienen conocimiento de lo que es una cadena de custodia, dentro
de los procesos.
120
GRÁFICA No. 2
ES ADECUADO EL PROCEDIMIENTO DE LA CADENA DE CUSTODIA QUE
REALIZA EL MINISTERIO PÚBLICO
80%
70%
60%
50%
40%
30%
20%
10%
0%
MUY BUENA
BUENA
70%
DEFICIENTE
20%
10%
Fuente
De Campo
Del total de la muestra evaluada se determina que el 70% de operadores de justicia
consideran que el procedimiento de la cadena de custodia que realiza el Ministerio
Público es deficiente, el 20% lo considera buena y únicamente el 10% muy buenay
confiable.
GRÁFICA No. 3
TIENE CONOCIMIENTO DE ALGÚN CASO DE DELITO DE HOMICIDIO Y/O
ASESINATO DONDE SE PUDO HABER ALTERADO LA CADENA DE CUSTODIA EN
HUEHUETENANGO.
80%
70%
60%
50%
40%
30%
20%
10%
0%
NO
80%
SI
20%
Fuente de Campo:
121
Del total de la muestra evaluada se determina que el 80% de operadores de justicia
consideran que en muchos casos de homicidio y/o asesinato, se ha alterado el
procedimiento de la cadena de custodia que realiza el Ministerio Público, mientras
que el 20% considera que no se han alterado la cadena de custodia en tales casos.
GRÁFICA No. 4
TIENEN CONOCIMIENTO LA POLICÍA NACIONAL CIVIL Y BOMBEROS
VOLUNTARIOS COMO PROTEGER LAS EVIDENCIAS DEL CRIMEN
90%
80%
70%
60%
50%
40%
30%
20%
10%
0%
88%
NO
SI
12%
Del total de sujetos evaluados, el 12% afirma que la Policía Nacional Civil y Bomberos
Voluntarios si tienen conocimiento para proteger las evidencias del crimen, en contra
parte con el 88% que refiere que la Policía Nacional Civil y Bomberos Voluntarios,
desconocen
técnica y procedimientos adecuados para proteger las evidencias del
crimen, cuando estos se suscitan.
122
GRÁFICA No. 5
CARACTERÍSTICAS QUE GARANTIZAN LA PUREZA DE LA PRUEBA EN LA
ESCENA DEL CRIMEN
35%
Que sea restringida el área
de la escena
30%
25%
20%
15%
Que no exista manipulación
35%
30%
10%
25%
5%
Qué se relacione al Hecho
10%
Que la prueba sea Genuina
0%
Del total de la muestra se establece que, el 35% de sujetos argumentan que una de
las características para que la prueba mantenga su pureza la constituye que la
misma sea genuina, el 30% refiere que dicha prueba esté relacionada con el hecho
cometido. El 25% de la muestra evaluada propone que no exista manipulación de
las evidencias y únicamente el 10% sugiere que sea restringida el área de la escena
del crimen.
GRÁFICA No. 6
EL TRABAJO QUE REALIZA EL INACIF EN RELACIÓN AL ANÁLISIS DE LAS
EVIDENCIAS ES EFICIENTE
45%
40%
35%
30%
25%
20%
15%
10%
5%
0%
POCO EFICIENTE
45%
EFICIENTE
35%
MUY EFICIENTE
20%
Fuente de Campo:
123
Del Total de sujetos evaluados el 45% describe que el trabajo que realiza el Inacif
en el análisis de evidencias es muy eficiente, el 35% de la muestra afirma que es
eficiente y únicamente el 20% describe que es poco eficiente para el análisis de las
pruebas recabadas dentro de la escena del crimen.
GRÁFICA NO. 7
DEBERÍA DE ESTAR LEGISLADO EL PROCEDIMIENTO PARA PROTEGER LA
CADENA DE CUSTODIA EN EL CÓDIGO PROCESAL PENAL GUATEMALTECO
100%
98%
80%
60%
NO
40%
20%
SI
2%
0%
Fuente de Campo:
Del total de la muestra evaluada el 98% de operadores de justicia de los diferentes
órganos jurisdiccionales afirman que el procedimiento para proteger la cadena de
custodia en las diferentes escenas del crimen debería estar legislado y únicamente
el 2% argumenta que no es necesario para el debido proceso.
124
GRÁFICA No. 8
QUE RECOMENDACIONES DARÍA USTED AL MINISTERIO PÚBLICO PARA
MEJORAR Y PROTEGER LA CADENA DE CUSTODIA
70%
60%
50%
PROFESIONALIZACIÓN
40%
30%
62%
TECNIFICACIÓN
20%
10%
CAPACITTACIÓN
26%
12%
0%
Fuente de Campo:
De los sujetos evaluados el 62%, propone como sugerencias para el Ministerio
Público en el proceso de proteger y mejorar la cadena de custodia la
capacitación de los peritos en diferentes áreas, el 26%, refiere que se tecnifique
al personal encargado de obtener las evidencias y el 12% propone la
profesionalización.
125
5.2
INTERPRETACION Y DISCUSIÓN DE RESULTADOS
El trabajo bibliográfico realizado da resultados congruentes con la realidad que se
investigó puesto que por medio del trabajo de campo se ha tratado de fundamentar lo
que se expresa a través de la teoría, entorno la importancia de una adecuada cadena
de custodia en delitos de homicidio y asesinato de la cabecera departamental de
Huehuetenango.
La presente investigación se basó principalmente en establecer si el Ministerio Público y
otros operadores de justicia realizan una adecuada cadena de custodia en los delitos de
homicidio y asesinato que se dan en la cabecera departamental de Huehuetenango,
tomando en cuenta que en la actualidad no existen suficientes peritos especializados en
cada una de las áreas de criminalística, que pueden llevar a cabo un trabajo más
científico, eficiente, responsable y seguro, con lo cual se garantice la cadena de
custodia, de lo contrario se viciarían los resultados y las evidencias, perdiendo su
pureza y genuinidad.
La muestra estuvo constituida por veinte operadores de justicia, entre Jueces, Fiscales,
y Abogados de la cabecera departamental de Huehuetenango. Los
resultados
obtenidos a través de la boleta de Opinión son los siguientes:
Del total de la muestra evaluada el 85%, de operadores de justicia
entre jueces,
fiscales y abogados litigantes, se pudo establecer que la mayoría desconocen a que se
refiere la cadena de custodia, tomando en cuenta que la cadena de custodia es el
sistema de aseguramiento de la evidencia física, compuestos por personas, normas,
procedimientos, información, contenedores, lugares, que al avalar el cumplimiento del
principio de mismidad, garantiza la autenticidad de la evidencia que se recolecta y
analiza, y que se exhibe en la audiencia pública del juicio oral, en comparación con el
15% de sujetos evaluados que si tienen indicios o algún conocimiento de lo que es una
cadena de custodia, dentro de los procesos judiciales. Ya que en la actualidad los
órganos jurisdiccionales no cuentan con peritos especializados en cada una de las
126
ciencias complementarias para una eficiente y científica investigación, tal y como lo
establece la criminalística.
Del total de la muestra evaluada dentro los órganos jurisdiccionales se puedo
establecer que el 70% de operadores de justicia consideran que el procedimiento de la
cadena de custodia que realiza el Ministerio Público es deficiente, tomando en
consideración que el personal encargado del procesamiento de las evidencias en la
escena del crimen no cuenta con la capacidad técnica, las herramientas necesarias y
los conocimientos necesarios para realizar este proceso en forma científica y eficaz,
para garantizar la inalteración y contaminación de la cadena de custodia; mientras que
el 20% de sujetos consideran que el procedimiento de la cadena de custodia es bueno,
y únicamente el 10% lo consideran muy buenoy confiable.
Los elementos físicos que se recaudan por un investigador como consecuencia de un
acto delictivo, pueden servir en una etapa de juicio para demostrar que la teoría del
caso que se expone ante el juez es cierta y verificable, y además que sirve para
verificar la verdad en una actuación penal.
Del total de la muestra evaluada se determina que el 80% de operadores de justicia
consideran que en muchos casos de homicidio y/o asesinato, se ha alterado el
procedimiento de la cadena de custodia que realiza el Ministerio Público, en virtud de
que en muchos casos no existen lugares apropiados para garantizar la protección de
los indicios vinculados con la cadena de custodia; además, los lugares donde se
almacenan los elementos físicos de pruebas, no llenan las condiciones ambientales y
de seguridad que permitan garantizar la preservación de las mismas, lo cual altera
nocivamente una substancia u organismo por efectos recibidos de la actividad humana
o por la presencia de determinados gérmenes microbianos. Mientras que el 20% de
operadores de justicia evaluados consideran que no se altera la cadena de custodia en
tales casos.
127
Del total de sujetos evaluados, el 88% afirma que la Policía Nacional Civil y Bomberos
Voluntarios no cuentan con los conocimientos técnico-científicos y en criminalística para
la protección y manipulación de los indicios recabados en la escena del crimen; ya que
en muchos casos son los primeros en acudir a la escena del crimen, manipulando,
alterando y contaminando la cadena de custodia, lo cual desfavorece el trabajo que
posteriormente realizan los peritos del Ministerio Público porque ya está alterada la
evidencia. Un 12% refiere que la Policía Nacional Civil y Bomberos Voluntarios, si
conocen
la técnica y procedimientos adecuados para proteger las evidencias del
crimen, cuando estos se suscitan.
De muestra total se establece que en relación a las características que garanticen las
pruebas en la escena del crimen, el 35% de sujetos argumentan que la prueba sea
genuina como una de las características primarias, pero el Ministerio Público y demás
órganos jurisdiccionales no cuentan con el equipo apropiado para garantizar la pureza
de la prueba, un 30% refiere que dicha prueba, esté relacionada con el hecho cometido;
es decir que en muchos casos las pruebas no se relacionan con el delito cometido lo
que frustra la investigación en el debido proceso. El 25% de la muestra evaluada
propone que no exista manipulación de las evidencias y únicamente el 10% sugiere que
sea restringida el área de la escena del crimen, para no contaminar las evidencias. De
ahí parte la importancia de realizar una adecuada cadena de custodia en el proceso
penal Guatemalteco con el fin que las evidencias no sean manipuladas incorrectamente
o innecesariamente y tratar que su naturaleza se mantenga intacta, y de esa manera
colaborar con el estado de derecho en nuestro país.
De los de sujetos evaluados el 45% describe que el trabajo que realiza el Inacif en el
análisis de evidencias es muy eficiente, el 35% de la muestra afirma que es eficiente y
únicamente el 20% describe que es poco eficiente para el análisis de las pruebas
recabadas dentro de la escena del crimen. Es importante que cuando se trata de
informes médicos el Inacif es más eficiente, que en casos donde el análisis sea más
profundo, lo cual requiere contar con personal preparado y equipo especializado para
garantizar el análisis de las evidencias.
128
De la muestra evaluada el 98% de operadores de justicia de los diferentes órganos
jurisdiccionales más afines al tipo de investigación afirman que el procedimiento para
proteger la cadena de custodia en las diferentes escenas del crimen deberían estar
legislado para garantizar su protección y pureza y únicamente el 2% argumenta que no
es necesario para el debido proceso, lo cual en la actualidad se le da mayor
importancia, de ahí las deficiencias que se muestra el Ministerio Público para presentar
pruebas fehacientes.
De los sujetos evaluados el 62%, propone como sugerencias para el Ministerio Público
en el proceso de proteger y mejorar la cadena de custodia la capacitación de los peritos
en diferentes áreas afines a la criminalística, lo cual facilitaría el trabajo en el proceso
de investigación, mientras que el 26%, de los operadores de justicia sugieren que se
tecnifique al personal encargado de obtener las evidencias, ya que en mucho casos no
cuentan con la capacidad y conocimientos técnicos necesario para realizar este tipo de
trabajo y únicamente el 12% propone la profesionalización del personal que sería otra
opción muy valiosa para los peritos encargados de recoger las evidencias en las
escenas del crimen.
129
CONCLUSIÓNES
1. La cadena de custodia es el registro escrito, documentado y probatorio, que tiene
como propósito detallar minuciosamente a las personas relacionadas con un
indicio, desde el momento en que la misma ha sido recolectada, hasta la
presentación como evidencia ante un tribunal.
2. La deficiente e inadecuada formación de
fiscales y auxiliares fiscales del
Ministerio Público en Guatemala es uno de los aspectos mayoritariamente
criticados en la actualidad como debilidad de dicha institución al no contar con
todo su personal capaz y eficiente, para la pronta y debida resolución de los
delitos de homicidio y asesinato en nuestro país.
3. El Ministerio Público a través de la Dirección de Investigaciones Criminalísticas
(DICRI) es el ente encargado por mandato legal de la investigación y la
persecución penal conjuntamente con la División de Investigación Criminal
(DINC) de la Policía Nacional Civil; por lo tanto es el encargado de recabar todos
los medios de convicción necesarios que demuestren la posible participación de
un delincuente en la comisión de un hecho delictivo.
4. En nuestra legislación no existe un procedimiento adecuado para proteger la
cadena de custodia en el proceso penal, ya que en algunos artículos de nuestro
Código
describe que El Ministerio Público deberá
proteger las que se
consideren pruebas para ser presentadas durante el debate en otro artículo
menciona que cuando fuere factible se recogerán y conservaran los elementos
probatorios que se consideren útiles, pero no menciona la forma adecuada de
cómo custodiarlos y protegerlos.
130
5. El Estado Guatemalteco en el afán de atacar y castigar efectivamente los hechos
delictivos relacionados a delitos de homicidios y asesinatos, deberían de
capacitar al personal de instituciones que se hacen presentes en la escena del
crimen entiéndase, policía nacional civil, bomberos voluntarios, personal del
Ministerio Público, reporteros entre otros, con el fin de mantener intacta la
escena y evitar contaminación en toda clase de indicios que
considerarse útiles.
131
puedan
RECOMENDACIONES
1. Es indispensable y obligatorio que, todo operador de justicia conozca todo lo
relacionado con la cadena de custodia, para no contaminar, dar la opción a
sustituir, deteriorar o perder la evidencia en la escena del crimen hasta llegar a la
valoración de las mismas durante el debate oral y público o cuando sean
requeridas.
2. Que el Ministerio Público debe darle prioridad a la capacitación de su personal
que interviene en la escena del crimen, ya que de ellos depende la correcta
recolección de los indicios que posteriormente sirven como prueba fundamental
en un determinado proceso, creando así, lugares especiales para la instrucción
de los mismos y seleccionando de una forma cuidadosa a su personal, que
tengan valores, principios, ética, y el deseo de contribuir con la justicia penal en
nuestro país.
3. Que el Organismo Judicial como ente encargado de impartir justicia, debe de
tomar en cuenta la importancia y análisis de los peritajes balísticos relacionados
a delitos de homicidios y asesinatos, la cadena de custodia y el embalaje
correcto y adecuado de cada indicio encontrado en el lugar de los hechos para
evitar alteraciones, modificaciones y evitar la violación al derecho de defensa y el
debido proceso.
4. Que es necesario que exista un procedimiento adecuado para el manejo de la
cadena de custodia, legislado en nuestro código procesal penal vigente y de esa
forma mantener su naturaleza inalterable hasta la etapa
contribuir con el estado de derecho en Guatemala.
132
del debate y así
5. Que el estado de Guatemala debería de analizar críticamente el papel que ha
realizado el personal de cada una de las instituciones que se aproximan a la
escena del crimen, para asegurar y proteger el lugar de los hechos de toda
manipulación que pueda dañar o alterar la naturaleza original de cada indicio
localizado,
documentado,
fotografiado,
embalado,
rotulado,
trasladado,
custodiado y analizado, con el fin de contribuir a trabajar una adecuada y efectiva
cadena de custodia en delitos de homicidio y asesinatos en nuestro país.
133
BIBLIOGRAFIAS
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acusatorio”, Ediciones Jurídicas Andrés Morales, Colombia.
Caballenas, Guillermo “Diccionario Enciclopédico de derecho usual”. 24ª. ed
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136
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[email protected] de consulta 15-09-2012 a las
09:00 pm.)
137
ANEXOS
UNIVERSIDAD RAFAEL LANDIVAR DE GUATEMALA
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y SOCIALES
CARRERA LICENCIATURA EN INVESTIGACION CRIMINAL
Y FORENSE
CÉDULA DE ENTREVISTA
ENCUESTA DIRIGIDA A JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA PENAL Y DELITOS
CONTRA EL MEDIO AMBIENTE, FISCALES Y ABOGADOS DE LA CABECERA
DEPARTAMENTAL DE HUEHUETENANGO
“LA IMPORTANCIA DE UNA ADECUADA CADENA DE CUSTODIA EN DELITOS DE
HOMICIDIO Y ASESINATOS”
OBJETIVO: Analizar la importancia de una adecuada cadena de custodia para proteger
los indicios encontrados en escenas de homicidio y asesinato.
INSTRUCCIONES: De manera atenta se solicita su colaboración a efecto de responder con
veracidad las interrogantes que se le presentan a continuación marcando una “x” en el lugar
correspondiente; los datos obtenidos serán confidenciales y la información será de uso
exclusivo de esta investigación.
Aspectos Relacionados a la Cadena De Custodia
1. Que es la cadena de custodia para usted?____________________________
________________________________________________________________
2. Conoce usted un procedimiento adecuado para el manejo de la cadena de
custodia?Si___________ No__________
Cual?__________________________________________________________
3.
Considera adecuado el procedimiento de la cadena de custodia que realiza el
Ministerio Público?
Si________ No___________
Porqué?________________________________________________________
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4. Tiene usted conocimiento de algún caso de delito de homicidio y/o asesinato
donde se pudo haber alterado la cadena de custodia en Huehuetenango.
Si___________ No___________
Cuantos________________________________________________________
5.
Considera usted que instituciones como la Policía Nacional Civil, Bomberos
Voluntarios, tienen el conocimiento o la instrucción de cómo deben de protegerse las
evidencias encontradas en la Escena del Crimen.
Si___________ No____________
Qué opina usted?________________________________________________
6. Que características considera usted que deben de tener un indicio encontrado en la
escena de los hechos para ser considerado prueba?_________________
___________________________________________________________________
___________________________________________________________
7. Considera usted que el trabajo que realiza el INACIF en relación al análisis de
las evidencias es suficiente?
Si____________ No____________
Porque? _______________________________________________________
8. Considera usted que indicios relacionados algún caso se han extraviado en el
manejo de la cadena de custodia y no han sido entregados en el debate?
Comentario ____________________________________________________
_______________________________________________________________
9. Considera usted que debería de estar legislado el procedimiento adecuado
proteger la cadena de custodia en el Código procesal penal Guatemalteco?
Si___________
No_____________
Porque? _______________________________________________________
10. Que recomendaciones daría usted al ministerio Público para proteger la
cadena de custodia que se relaciona a delitos de homicidio y/o asesinato?
_____________________________________________________________
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