Download Fondos - European Capacity Building Initiative

Document related concepts

Fondo Verde del Clima wikipedia , lookup

Transcript
european capacity building initiative
ecbi
european capacity building initiative
initiative européenne de renforcement des capacités
ecbi
UNFCCC AWG/LCA Negociaciones acerca
de Financiación
Benito Müller
Oxford Climate Policy, and Oxford Institute for Energy Studies
Por el desarrollo sostenido de capacidad en las negociaciones de cambio climático
Indice
1.1. Objetivos
1.2. Papel de la CMNUC
1.3. Principios Rectores
2. Provisión de recursos financieros y actividades de
financiamiento
2.1. Principios
2.2. Fuentes de ingresos financieros
3. Arreglos Institucionales
3.1 La propuesta original del G77
3.2. La versión indiana de la propuesta del G77
3.3. Un mecanismo financiero y tecnológico
4. Fondos
european capacity building initiative
ecbi
1. Objetivos, Ámbito y Principios Rectores
1. Objetivos, Ámbito y Principios Rectores
El mecanismo financiero deberá permitir, mejorar y apoyar las acciones de
mitigación y adaptación por parte de los países en desarrollo, mediante la provisión
de recursos financieros para sufragar la totalidad de los costos incrementales de
tales acciones, incluyendo el costo de la transferencia de tecnología
- Principios de equidad y responsabilidades comunes pero diferenciadas
2. Papel de la CMNUCC
La CP, órgano supremo de la Convención, deberá ejercer su autoridad sobre y orientar
los mecanismos financieros, y deberá decidir sobre su funcionamiento y sobre las
políticas, prioridades programáticas y los criterios de elegibilidad para los
financiamientos.
european capacity building initiative
ecbi
1. Objetivos
El objetivo es establecer el mecanismo financiero de la Convención en conformidad
con el artículo 11 de la UNFCCC con una estructura que cumpla el requisito
establecido en el artículo 11.1 y 11.2 de la Convención.
1. 3 Principios Rectores
3.2. Principios de Desembolso
•
•
•
¿Quién debe recibir financiación? Países en Desarrollo
¿Qué debe ser cubierto? fondos para adaptación, mitigación,
transferencia de tecnología y creación de capacidad, de forma equilibrada
Otros temas
european capacity building initiative
ecbi
3.1. Principios de Recaudación
• ¿Quiénes deberían contribuir? Partes de países desarrollados y otras Partes
desarrolladas incluidas en el Anexo II
• ¿Que deberían contribuir? Recursos adecuados, nuevos y adicionales (a la
AOD), oportunos, predecibles y sostenidos
• ¿Cuánto? Entre 0,5 y 1 por ciento del PIB
• Financiación Consolidada versus fragmentada
• Financiación privada versus pública
2. Suministro de recursos financieros y de actividades de
financiamiento
Principios
•
¿Qué tipo de recursos financieros? Con base en responsabilidades
comunes pero diferenciadas, capacidades respectivas, el derecho al
desarrollo para los países en desarrollo.
•
¿ Quien debe generar los recursos internacionales? Partes de países
desarrollados y otras Partes desarrolladas incluidas en el Anexo II
2. Fuentes de recursos financieros
•
•
•
Contribuciones Valoradas (inter alia: Propuesta Mexicana)
Contribuciones del Mercado de Carbono (inter alia: Propuesta de
Noruega)
Otras propuestas (inter alia: propuesta PMA y suisa)
european capacity building initiative
ecbi
1.
3. Arreglos Institucionales – Propuesta Original del G77
Una entidad internacional será encargada del funcionamiento del mecanismo
financiero mencionado en el artículo 11. La entidad internacional responsable por
el mecanismo financiero deberá ser apoyada por una Secretaría, un Panel Asesor
Científico, un Panel de Supervisión y Evaluación y uno o varios Fiduciarios;
•
Los arreglos institucionales también incluirán un Fondo de Adaptación de la
Convención, un Fondo de Mitigación, un Fondo Multilateral de Adquisición de
Tecnología y un Fondo de Desarrollo de Capacidad. Instrumentos financieros
innovadores, por ejemplo, un Fondo de Capital de Riesgo y un Fondo de Seguros
Climáticos, podrían ser desarrollados y integrados en el mecanismo financiero,
para abordar los riesgos asociados con cambio climático.
•
La gobernanza de estos fondos debe estar bajo la autoridad y orientación de la
CP, con representación equitativa y equilibrada de todas las Partes de una manera
transparente y eficaz. Los fondos deben administrarse con fácil accesibilidad y
bajo costo administrativo.
•
El mecanismo financiero deberá facilitar los vínculos entre diversas fuentes de
financiación y fondos separados para promover el acceso a una variedad de
fuentes de financiación disponibles y reducir la fragmentación. Deberán elaborarse
mecanismos para determinar el papel de los fondos y entidades existentes para la
operación del mecanismo.
european capacity building initiative
ecbi
•
3. Disposiciones Institucionales: La propuesta indiana
El Mecanismo Financiero, creado por la Convención, será administrado por una Junta Ejecutiva
nombrada por el COP de conformidad con la Convención. La Junta Ejecutiva deberá tener una
representación equitativa y equilibrada de todas las Partes dentro de un sistema transparente de
gobernanza, y deberá funcionar bajo la dirección de y rendir cuentas a la Conferencia, que tomará
las decisiones sobre sus políticas, las prioridades programáticas y los criterios de elegibilidad.
•
El Mecanismo Financiero, creado por la Convención, tendrá diferentes ventanas especializadas
para proyectos de financiación, programas y acciones de mitigación, adaptación y transferencia de
tecnología. Cada una de las ventanas de financiación estará asistida por una unidad de evaluación
temática especializada. Las unidades de evaluación temática estarán bajo la autoridad de la Junta
Ejecutiva y, junto con la Secretaría profesional de la Junta Ejecutiva, constituirá la entidad
operacional del mecanismo financiero.
•
Las entidades nacionales, designadas por las partes de los países en desarrollo, aprobaran la
financiación de proyectos, programas, acciones, sujeto a las directrices y procedimientos
establecidos por las unidades de evaluación temática especializados debidamente aprobadas por la
Junta Ejecutiva. Las unidades de evaluación temática, de acuerdo con la orientación de la Junta
Ejecutiva, llevaran a cabo las evaluaciones relevantes para el desembolso de fondos a las entidades
nacionales designadas en virtud de sus respectivas subdivisiones especializadas de financiación.
•
El Mecanismo Financiero de la Convención deberá administrar un sistema de certificación y
registro para recibir y distribuir recursos financieros, a fines de permitir que la Partes de los países
en desarrollo contabilicen sus contribuciones financieras y el apoyo tecnológico hacia el
cumplimiento de sus compromisos en el marco de la Convención y en virtud del párrafo 1 b (iii)
de la Decisión 1/CP
european capacity building initiative
ecbi
•
3. Un Mecanismo Financiero y Tecnológico
• el Órgano Ejecutivo de Finanzas y Tecnología para la Mitigación coordinará los
desembolsos del Fondo de Mitigación de acuerdo a las necesidades, como se indican en
los NAMAs presentados por los países en desarrollo. El Órgano Ejecutivo de Finanzas
y Tecnología para la Adaptación orientará y supervisará los desembolsos del Fondo de
Adaptación, de acuerdo a las necesidades indicadas en los planes nacionales para la
adaptación.
• los Órganos Ejecutivos se apoyarán por nueve grupos técnicos de representantes
gubernamentales, es decir una cada sobre Pesquisa y Desarrollo, Creación de
Capacidad, Transferencia de Tecnologías para la Adaptación y Mitigación y paneles
sobre sistemas de observación y gestión de información para la adaptación, REDD+ y
Mecanismos de Mercado de Carbono.
• los Órganos Ejecutivos deberán administrar un sistema de certificación para
recibimiento de recursos financieros en cumplimiento de los compromisos financieros
de las Partes de países desarrollados en el artículo 4.3 de la Convención.
european capacity building initiative
ecbi
• Los arreglos institucionales para mejorar la aplicación del artículo 11 de la Convención,
deberán incluir la creación de un Mecanismo Institucional y Financiero para abordar
todos los aspectos de cooperación en investigación de tecnología, desarrollo, difusión y
transferencia. La arquitectura básica del Mecanismo Financiero y Tecnológico en el
marco de la Convención estará formada por dos fondos de la Convención, uno para
adaptación y otro para mitigación. Cada una de ellos se regirá por un Órgano Ejecutivo.
4. Fondos
• Fondo Multilateral de Tecnología de Clima
• REDD-plus
• Impactos de Medidas de Respuesta
• Programa de tarifas “feed-in” globales
• Mecanismo de Gestión de Riesgos
• Fondo Mundial de Cambio Climático
• Fondo Multilateral para el Cambio Climático
european capacity building initiative
ecbi
• Fondo de Adaptación AOSIS
• Acceso directo vs. Responsabilidad financiera
• Grandes estructuras, dificultades en definir los
órganos que irán gobernar y implementar las
acciones
• Preocupaciones con ineficiencia, basado en
experiencias pasadas (FMAM), sobretodo si
existen muchos fondos diferentes
european capacity building initiative
ecbi
Fondos
european capacity building initiative
ecbi
Experiencia del Mercado de
Carbono
european capacity building initiative
ecbi
Volatilidad de precios