Download Presentación Ley Org Sistema Económico Comunal (REVISADA)

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Transcript
BASE CONSTITUCIONAL
Artículo 112:
Plantea que el Estado garantizará la producción de bienes y servicios que satisfagan las
necesidades de la población.
Artículo 308:
Contempla que el Estado promoverá la empresa familiar, la microempresa y cualquier
otra forma de asociación comunitaria para el trabajo, el ahorro y el consumo, bajo
régimen de propiedad colectiva, con el fin de fortalecer el desarrollo económico del
país, sustentándolo en la iniciativa popular.
Artículo 309:
Argumenta que las industrias populares típicas de la Nación gozarán de protección
especial del Estado.
IMPORTANCIA DE LA LEY
La importancia de esta ley radica en que fomenta la creación y
fortalecimiento de nuevas modalidades y formas asociativas de economía
popular, entendiendo que la nueva Economía Comunal va a orientarse al
desarrollo de actividades de los sectores populares organizados
solidariamente, para garantizar la satisfacción de necesidades básicas,
mediante la utilización de su propia fuerza de trabajo, y la participación
protagónica, en la creación de la organización social que rige su inserción
en el modelo económico socialista nacional, hacia la búsqueda del
desarrollo humano y verdaderamente sustentable.
OBJETO DE LA LEY
Desarrollar y fortalecer el Poder Popular, estableciendo las normas,
principios, y procedimientos para la creación, funcionamiento y
desarrollo del Sistema Económico Comunal con base a proyectos que
las propias comunidades organizadas impulsen para satisfacer sus
necesidades sociales... (Articulo 1)
ESTRUCTURA DE LA LEY
La Ley Orgánica del Sistema Económico Comunal esta conformada por:
 Nueve (9) Capítulos
 Catorce (14) Secciones
 Setenta y siete (77) Artículos
 Cuatro (4) Disposiciones Transitorias
 Una (1) Disposición Derogatoria
 Una (1) Disposición Final
Capítulo I:
Disposiciones Generales (Artículos 1 al 6)
 Objeto
 Finalidad
Definiciones, etc.
Capítulo II :
Del Órgano Coordinador (Artículos 7 al 8)
Regula lo relativo al órgano coordinador y sus competencias.
…/…
Capítulo III:
De las Organizaciones Socio-productivas (Artículos 9 al 39)
Se fijan las formas de organizaciones socio-productivas, estructura
organizativa y funcional, su régimen de constitución, inscripción, registro,
derechos, deberes e integrantes, así como lo relativo a la autoría intelectual en
la producción comunal y el régimen jurídico supletorio en el desarrollo de sus
funciones
Capítulo IV:
Del Sistema Alternativo de Intercambio Solidario (Artículos 40 al 55)
Contiene el régimen del sistema alternativo de intercambio solidario, la
constitución y funcionamiento de los grupos de intercambio solidario, los
derechos y deberes de los consumidores y de los espacios del sistema
alternativo de intercambio solidario y la moneda comunal
…/…
Capítulo V:
De la Gestión Productiva y Administración de los Recursos de las
Organizaciones Socio-productivas (Artículos 56 al 66)
Es donde el legislador estableció lo relativo a la gestión productiva como
proceso de participación popular, los recursos y fondos de las organizaciones
socio-productivas
Capítulo VI:
De los Grupos Vulnerables y de los Pueblos y Comunidades Indígenas
(Artículos 67 al 68)
Regula la participación de estos en el sistema normativo establecido en la ley
…/…
Capítulo VII:
De la red de comercio justo y suministro socialista (Artículos 69 al 72)
Se establece el abastecimiento y distribución de la red de comercio justo y
suministro socialista
Capítulo VIII :
Del Intercambio Comercial Internacional (Artículos 73 y 74)
Regula la promoción de dicho intercambio y el incentivo cambiario
Capítulo IX:
De los delitos y sanciones (Artículos 75 al 77)
Contempla delitos y sanciones, vinculados con el desenvolvimiento del sistema
económico comunal, restricciones u obstáculos a la cadena de producción,
distribución y acceso de bienes y servicios y la difusión de propaganda o
publicidad subliminal, falsa o engañosa.
Disposición Transitoria
Establece el régimen transitorio para la adopción del contenido de la ley
Disposición Derogatoria
Derogatoria del Decreto N° 6.130, con Rango, Valor y Fuerza de Ley para el
Fomento y Desarrollo de la Economía Popular, publicado en Gaceta Oficial de
la República Bolivariana de Venezuela N° 5.890 Extraordinario de fecha 31 de
julio de 2008
Disposición Final
Supedita su entrada en vigencia a su publicación en la Gaceta Oficial de la
República Bolivariana de Venezuela.
Plan de la Patria, Objetivo 2.1:
“Propulsar la transformación del sistema económico, para la transición al
socialismo bolivariano, transcendiendo el modelo rentista petrolero
capitalista hacia el modelo económico productivo socialista, basado en el
desarrollo de las fuerzas productivas”.
“La América Española pedía dos revoluciones a un tiempo, la
Pública y la Económica…”
Simón Rodríguez