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ALESSANDRO BARATTA
CRIMINOLOGIA CRITICA Y CRITICA
DEL DERECHO PENAL
Los efectos del sistema
entendido como aspecto
“institucional” de la reacción al
comportamiento desviado y
del control social
correspondiente
Comportamientos normativos
que consisten en la formación
y en la aplicación de un
sistema penal dado
Objetivos
de la
Sociología
Jurídicopenal
a) Las reacciones no itt.
al comportamiento
desviado, entendidas
como un aspecto
integrante del control
social correspondiente.
b) A las conexiones e/
un sistema penal dado
y la correspondiente
ett. económ-social
Se plantean
problemas en
relación a la
anterior
definición
Relación entre la
sociología
jurídico-penal
con la sociología
criminal
Relación entre
la sociología
jurídico-penal
y la sociología
general
SOCIOLOGÍA
CRIMINAL
Estudia el
comportamiento
desviado con significación
penal, su génesis y su
función dentro de la
estructura social
SOCIOLOGÍA
JURIDICO-PENAL
Estudia propiamente los
comportamientos que
representan una reacción ante
el comportamiento desviado,
los factores condicionantes y los
efectos de esta reacción, así
como las implicancias
funcionales de la misma
respecto de la ett social global
Aún reconociendo esta delimitación, los límites se sobreponen
necesariamente en lo que se refiere a la noción, constitución y
función de la desviación, que pueden ubicarse en conexión
estrecha con la función y los efectos estigmatizantes de la
reacción social, tanto institucional como no institucional
PERSPECTIVA
MICROSOCIOLOGICA
PERSPECTIVA
MACROSOCIOLOGICA
UNIDAD
Delimita objetos
específicos de
indagación
Define un horizonte
explicativo e
interpretativo dentro del
cual se consideran los
fenómenos singulares
ALESSANDRO
BARATTA
“Los impulsos de renovación y profundización crítica
no deben buscarse sólo en el seno de ella misma, sino
además y sobre todo en la sociología general y en los
otros sectores específicos de la sociología general y en
los otros sectores específicos de la sociología con los
cuales se relaciona nuestra disciplina, a saber, en la
teoría del Estado, en la economía política, en la historia
social, así como, en fin, en las tendencias y en los
aportes específicos de las demás disciplinas jurídicas
con lasque tiene relaciones más estrechas. ” (pág. 20)