Download Descargar

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
CONVENCIONES
PROBATORIAS
MANUEL LOYOLA
FLORIAN
Juez (T) del 5to JIP-Trujillo
Las convenciones probatorias se
basan en un “pactum”, acuerdo
o consenso inter partes.
De origen Anglosajón.
En el Common Law se admiten:
- Admisión de hechos para hacer
más ágil el juicio. Se evitan
dilaciones concediendo por
anticipado la materia sobre la que
debería declarar (ejemplo
“Cuestión de Honor”).
- Admisión de hechos para evitar
prueba adversa. Se evita la
actuación de pruebas
impresionables (ejemplo
fotografías de un cadáver).
- Admisión de hechos. Se concede
hechos coincidentes
teorías de los casos.
en
las
Convenciones Probatorias en Perú.
Sobre hechos.
Acuerdan un sentido específico a
determinados hechos materia de
prueba.
Sobre medios de prueba.
Acuerdan qué específicos medios
de prueba servirán para probar
determinados hechos.
Panorama Legislativo.
Arts. 350.2 y 352.6 CPP.
- Los demás sujetos procesales
podrán proponer los hechos que
aceptan … el Juez dará por
acreditados obviando su actuación.
- Podrán proponer acuerdos acerca de
los medios de prueba que serán
necesarios para que determinados
hechos se estimen probados.
- El Juez… exponiendo los motivos que
lo justifiquen, podrá desvincularse de
esos acuerdos.
- La resolución sobre CP no es
recurrible.
- El uto de enjuiciamiento indicarán
los hechos que se dieren por
acreditados o los medios de prueba
necesarios para considerarlos
probados.
1. PROBLEMAS SOBRE SU
NATURALEZA.
¿La convención probatoria para
ser tal debe ser un hecho
notorio?.
Art. 156 CPP (Objeto de prueba).No son objeto de prueba:
A) Las máximas de la experiencia,
B) Las leyes naturales,
C) La norma jurídica interna vigente,
D) Aquello que es objeto de cosa
juzgada,
E) Lo imposible
D) Lo notorio
Art. 156 CPP
Las partes podrán acordar que
determinada circunstancia no
necesita ser probada, en cuyo
caso se valorará como un hecho
notorio (para lo cual constará en
acta)
Luego:
¿Convención
Probatoria
=
hecho
notorio?
¿Para que un hechos sea considerado
“notorio” se requiere de acuerdo entre
las partes?
¿Para que un hechos sea considerado
“notorio” se requiere conste en acta?
¿Son las partes quienes declaran un
hecho como “notorio”?
2. PROBLEMAS SOBRE LA
DESVINCULACIÓN.
Art. 350.2 CPP.
El Juez… exponiendo los motivos
que
lo
justifiquen,
podrá
desvincularse de esos acuerdos.
En caso contrario, si no fundamenta
especialmente las razones de su
rechazo, carecerá de efecto la
decisión que los desestime.
1. ¿Qué
Juez
declara
la
desvinculación
de
una
convención?
2. ¿Cuándo una desvinculación del
Juez “carecen de efectos” si no
es recurrible?
3. ¿Quién
declara “carente de
efectos” una desvinculación del
Juez de IP?
4. ¿Existe un reexamen de la
decisión de desvinculación?
¿Qué
Juez
declara
la
desvinculación
de
una
convención?
El JIP en audiencia de control.
¿Cuándo una desvinculación del
Juez “carecen de efectos” si no
es recurrible?
Cuando así lo declara otro Juez.
¿Quién
declara
“carente
de
efectos” una desvinculación del
JIP?
El Juez de Juzgamiento.
¿Cómo lo hace?
Mediante un pedido de reexamen
formulado por las partes.
3. PROBLEMAS SOBRE SU
APLICACIÓN.
- ¿La CP requiere de la presencia física
-con fines de aceptación personaldel imputado?
- ¿Es posible celebrar CP en juicio sin
que previamente hayan sido
propuestas en intermedia?
¿Aceptación personal del
imputado?
No, pues no implica declaración
autoinculpatoria.
No es un reconocimiento de
cargos.
Lo puede postular sólo la defensa
técnica. (Ejemplos)
Caso problemático. Def. Pub. que
no conocen a su patrocinado.
¿En juicio sin previo rechazo en
intermedia?
Si. El Juez de juicio no solo puede
reexaminar una desvinculación.
Si el Juez de juicio puede validar
una declaración autoinculpatoria
(mediante conclusión anticipada)
puede también aceptar hechos
propuestos por las partes que no
importan aceptación de cargos.