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Programa
•1.
CONCEPTO DE CONSUMIDORES Y
USUARIOS
a.
Consumidor y usuario
b.
La noción de consumidor en general
c. La noción de consumidor en el ordenamiento
jurídico español
d.
Suministradores de bienes y servicios
e. Plan Estratégico de Protección al consumidor
2002/2005
Ley General de Defensa de los
Consumidores y Usuarios
www.ucm.es/info/di/consumo
La noción de consumidor en el
ordenamiento jurídico español
Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios
Art. 1....2.- A los efectos de esta Ley son consumidores o usuarios las
personas físicas o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan como
destinatarios finales, bienes muebles o inmuebles, productos, servicios
actividades o funciones o cualquiera que sea la naturaleza pública o
privada, individual o colectiva de quienes los producen, facilitan,
suministran o expiden.
La noción de consumidor en el
ordenamiento jurídico español
Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios
Art. 1....2.- A los efectos de esta Ley son consumidores o usuarios las
personas físicas o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan como
destinatarios finales, bienes muebles o inmuebles, productos, servicios
actividades o funciones o cualquiera que sea la naturaleza pública o
privada, individual o colectiva de quienes los producen, facilitan,
suministran o expiden.
La noción de consumidor en el
ordenamiento jurídico español
Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios
QUIENES: personas físicas o jurídicas
HACEN: adquieren, utilizan o disfrutan (tanto consumidor jurídico como consumidor final)
QUE: bienes muebles o inmuebles, productos, servicios actividades o
funciones
CIRCUNSTANCIAS
•como destinatarios finales
•cualquiera que sea la naturaleza pública o privada, individual o
colectiva de quienes los producen, facilitan, suministran o expiden.
La noción de consumidor en el
ordenamiento jurídico español
Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios
Art. 1....2.- A los efectos de esta Ley son consumidores o usuarios las
personas físicas o jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan como
destinatarios finales, bienes muebles o inmuebles, productos, servicios
actividades o funciones o cualquiera que sea la naturaleza pública o
privada, individual o colectiva de quienes los producen, facilitan,
suministran o expiden.
3.-No tendrán la consideración de consumidores o usuarios quienes sin
constituirse en destinatarios finales, adquieren, almacenen o consuman
bienes o servicios, con el fin de integrarlos en procesos de producción,
transformación, comercialización o prestación a terceros
¿Por qué se protege al
consumidor?
(Botana, 1999 –pág. 35) y (Lasarte, 2003 –pág. 65)
Idea:
la situación de inferioridad del consumidor
en el MERCADO frente
al empresario, productor, distribuidor..
De esta idea derivan las excepciones a la noción de consumidor 
Excepciones a
la noción de consumidor
(Botana, 1999 –pág. 35) y (Lasarte, 2003 –pág. 65)
Relaciones entre particulares
La finalidad de las normas protectoras de los consumidores
consiste en defender al particular que contrata con un empresario.
Relaciones entre empresarios
Son expertos en el tráfico mercantil al dedicarse habitualmente a
él, y por ello no necesitarían de una protección específica basada
precisamente en la inexperiencia de uno de los contratantes.
Crítica a las excepciones de
noción de consumidor
Relaciones entre particulares
La protección
del consumidor
exige
extender determinadas
garantías y
La finalidad
de las normas
protectoras
de los consumidores
protecciones
que se encuentran
implícitas
en elcon
bienunoempresario.
servicio con
consiste en defender
al particular
que contrata
independencia de cómo se adquieran (en comercio o por compraventa
entre particulares)
Relaciones entre empresarios
Lo definidor
del consumo
es lamercantil
relación que
se establezca
en el
Son expertos
en el no
tráfico
al dedicarse
habitualmente
a
mercado
sinono
la necesitarían
necesaria protección
de quien va
a constituirse
él, y por ello
de una protección
específica
basadaen
consumidor
como hemos
puede
ser una persona jurídica.
precisamentefinal,
en laque
inexperiencia
de visto
uno de
los contratantes.
Consumidor como
ciudadano con calidad de vida
En el concepto de consumidor (tanto jurídico, como final)
en el ordenamiento jurídico español un elemento esencial:
Alguna de las siguientes acciones: adquirir, utilizar o
disfrutar un bien o un servicio
Sin embargo, se ha establecido que la razón de la protección
al consumidor es
la situación de inferioridad en el MERCADO frente al
empresario, productor, distribuidor..
Consumidor como
ciudadano con calidad de vida
Adquirir
utilizar
disfrutar
Situación de
inferioridad en
el MERCADO
Conceptos sobre consumidor
• Usuario  “Consumidor de un servicio”
• Doble concepto en la LDCU destinatario final:
– Consumidor jurídico (quien adquiere)
– Consumidor final (quien utiliza o disfruta)
• Concepto genérico: potencial destinatario final
– Situación de inferioridad en el mercado
– Calidad de vida. Seguridad...