Download Producción, management y distribución de contenidos culturales en

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
Producción, management y
distribución de contenidos
culturales en la era digital
UAB - CERHUM
12 Febrero, 2007
4ª sesión
Derecho digital




El código como ente regulador
Propiedad intelectual y código
Cultura libre
Creative Commons
El código como ente regulador

¿Cómo funciona la regulación en la era
digital?




regulación en la era digital no significa regulación
de lo digital
¿qué fuerzas reguladoras existen en la era
digital?
¿cómo interaccionan entre ellas?
¿cuáles son las consecuencias, tanto en el
ciberespacio como en el espacio real?
El código como ente regulador
ley
mercado
código
normas
El código como ente regulador
ley
CASTIGO
mercado
código
PRECIO
FÍSICA
normas
COMUNIDAD
El código como ente regulador

¿Qué sucede en el ciberespacio?

ley - copyright, protección menores, etc…





la ley existe; una pregunta diferente es si la ley es
efectiva
normas - no llenar el buzón de nuestros amigos
mercado - servicios de pago, coste del ADSL,…
código - conexión asimétrica, cookies,…
En principio, en el ciberespacio actúan los
mismos entes reguladores… la combinación
quizás será diferente
El código como ente regulador

¿Cómo regulamos?


Ejemplo: evitar el robo de radios de coche



ley: cadena perpetua por el robo de radios
código: chip que si se rompe impide el uso de la radio en
otros coches
El coste puede ser un criterio


los 4 entes reguladores no son una ley de la naturaleza…
el ser humano decide cómo regular
es más barato introducir el chip que mantener presos en
cadena perpetua
Los “valores humanos” pueden ser otro criterio

cadena perpetua por robar una radio es “inhumano”
El código como ente regulador

La realidad no es tan simple… normas,
mercados, ley y código están
interrelacionados de manera compleja



ley influye en mercado: impuestos sobre el
tabaco, subsidios a producción de tabaco
ley influye en código: ciudades accesibles
ley influye en normas: educación sexual
conservadora, educación sexual liberal; planes de
estudio que explican diferentes versiones de la
Historia; etc.
El código como ente regulador

La ley puede regular de manera directa o de
manera indirecta…
ley
mercado
código
normas
El código como ente regulador

Los estados, pues, pueden regular de varias
maneras…




directamente a través de la ley
indirectamente a través del efecto de la ley en los
otros 3 entes reguladores
Lo importante es la transparencia: ¿somos
conscientes de la regulación?
Si no somos conscientes, no podemos
pensar libremente y críticamente
El código como ente regulador




En el ciberespacio, el código es el ente regulador
más potente
El estado y los mercados pueden regular el
ciberespacio a través de la regulación del código
El problema de la regulación a través del código es
que es poco transparente
El mayor “problema” del ciberespacio no es que no
se pueda regular… el problema es que puede
regularse a través del código y sin que nos demos
cuenta
El código como ente regulador




El código abierto limita las posibilidades reguladoras del
código
 ejemplo: sistema de encriptación de Netscape
 ejemplo: sistema de encriptación de DVD
El código abierto limita las posibilidades de regulación
invisible de estados y mercados
El código abierto facilita una sociedad abierta
Las tesis de “Free Culture” trasladan la realidad del
código abierto a la realidad de la cultura

aplicar la filosofía de Richard Stallman a la cultura
Propiedad intelectual y código

¿Cómo protejo mi propiedad?




la protección puede ser estatal o privada
la protección ideal es la que proporciona una
protección óptima con un coste social razonable
el entorno regulador influye en la manera de proteger
mi propiedad: mercado, normas, ley, código
cambios en el entorno regulador cambian la manera
de proteger la propiedad mediante la ley



innovaciones tecnológicas que cambian el código
variaciones del mercado
alteraciones de las normas
Propiedad intelectual y código



la ley, pues, depende de otros 3 factores; por lo
tanto, exige estabilidad en los otros factores antes
de cambiarse
la ley es necesaria cuando los otros 3 factores
hacen vulnerable la propiedad
por lo tanto….


la pregunta no es si la propiedad intelectual puede
protegerse en el ciberespacio …
… la pregunta es de qué maneras podemos proteger la
propiedad intelectual en el ciberespacio… con qué costes
sociales… y en un entorno estable
Propiedad intelectual y código

¿Qué es la propiedad intelectual?



la propiedad protegida por el copyright (ideas) y las
patentes (invenciones, técnicas)
El copyright establece unos derechos sobre la
explotación comercial de la propiedad intelectual
Estos derechos nos son absolutos ni exclusivos…
se otorgan para incentivar la producción de
propiedad intelectual
Propiedad intelectual y código

Los derechos que otorga el copyright están directamente
relacionados con la tecnología





manteniendo la tecnología constante, un endurecimiento del
copyright repercute en más derechos de explotación comercial
manteniendo la ley constante, una innovación tecnológica
repercute en menos derechos de explotación
En otras palabras, código y ley interfieren en la regulación
de los derechos de explotación comercial de la propiedad
intelectual
Históricamente, los cambios tecnológicos han sido lo
suficientemente lentos para que la ley tuviera tiempo de
adaptarse a ellos
La ley se adaptaba para restablecer una protección adecuada
de la propiedad intelectual
Propiedad intelectual y código


El ciberespacio mejora la tecnología de copia y a la
vez disminuye el poder de la ley para proteger la
propiedad intelectual
En el ciberespacio…



el código no puede regular la propiedad intelectual
la ley no puede regular la propiedad intelectual
El “artista” está totalmente “desprotegido”
¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡PÁNICO!!!!!!!!!!!!
Propiedad intelectual y código

Respuesta del gobierno…





ley: endurecer las sanciones del copyright y aumentar su
ámbito de actuación
normas: campañas de sensibilización sobre el valor de la
propiedad intelectual y sobre la maldad de todo aquél que
amenace sus intereses (Internet, piratería)
mercado y código: subsidiar la investigación en sistemas
digitales de protección de derechos (DRM)
ley y código: es ilegal inactivar los sistemas digitales de
protección de derechos
Respuesta basada en los 4 modos de regulación
Propiedad intelectual y código

¿Es correcta esta respuesta política?


es análogo a preguntarse: ¿la respuesta política
se traduce en una protección adecuada de la
propiedad intelectual, con unos costes sociales
razonables?
en términos de cultura… ¿la respuesta política se
traduce en mayores incentivos para la producción
cultural, con unos costes sociales razonables?
Propiedad intelectual y código

Esta política opera como si el ciberespacio
fuera igual que el espacio real, pero…


el código en el ciberespacio tiene un poder de
regulación mucho mayor que la ley --> la
propiedad pasa a regularse por mecanismos
privados, inmunes a mecanismos públicos (ley)
Esta política ignora el balance protección
vs. costes sociales que era inherente al
objetivo inicial de la propiedad intelectual

argumento principal de “Free Culture”
Propiedad intelectual y código

Algunas carácterísticas de la propiedad intelectual antes
del ciberespacio



Algunas carácterísticas después del ciberespacio…




copyright incluye la cláusula de “fair use” (usos razonables)
copyright por tiempos limitados
el “fair use” es ilegal en ciertos casos (ej. eBook de “Alicia…”)
la duración del copyright ha pasado de 30 a 75 años… “copyright
de mickey mouse”
¿Estamos incentivando la creación o protegiendo un
modelo de industria?
¿Dónde nos quejamos si no estamos de acuerdo?
Copyright y Cultura libre


Ley y código se asocian “peligrosamente” para
cambiar la manera de producir cultura
Caminamos hacia un modelo que no permite
reutilizar la cultura libremente para crear



Mickey Mouse vs. Hollywood actual
 Técnica copiada de The Jazz Singer
 Personaje “Steamboat Willie” copiado de Buster Keaton,
“Steamboat Bill Jr.”
Doujinshi (derivado de manga) vs. Copyright actual
Con las leyes actuales, ¿estamos cortando estas u
otras formas de creatividad? (costes sociales)
Copyright y Cultura libre

Modelo actual incentiva producción cultural
dentro de grandes corporaciones audiovisuales


Modelo actual ilegaliza algunas formas
tradicionales de producir cultura


ejemplo: problema del cine independiente con los costes
legales para asegurarse de que no violan el copyright
ejemplo: caso de “Mickey Mouse” analizado antes
Modelo actual ilegaliza nuevas formas de
producción y distribución cultural

ejemplo: distribución en redes p2p
Copyright y Cultura libre

¿Soluciones? - Actitud pasiva



Antes de cambiar la ley, debemos esperar un
tiempo para analizar la evolución del “problema”
La regulación funciona a 4 niveles
Antes de cambiar la ley, veamos cómo el contexto
de código, mercado y normas se adapta al nuevo
contexto tecnológico


ejemplo: caso del VHS
Sólo en un contexto estable podemos crear
leyes con “costes sociales razonables”
Copyright y Cultura libre

¿Soluciones? - Actitud activa



explorar todas las posibilidades del nuevo
contexto tecnológico
congelar la ley para permitir la máxima
creatividad en el mercado, las normas y el código
Ejemplo: proyecto Creative Commons
Creative Commons

¿Por qué nace “Creative Commons”?



Actualmente, toda creación pasa a estar regulada
automáticamente por el copyright
Actualmente, el copyright ha evolucionado
abusivamente para contrarrestar cambios
tecnológicos
Necesitamos una nueva manera de proteger la
creación que permita aprovechar las posibilidades
del nuevo contexto tecnológico
Creative Commons

¿Qué es “Creative Commons”?




Organización sin ánimo de lucro que redacta y
pone a disposición del público licencias diferentes
del copyright, gratuitamente
Copyright - todos los derechos protegidos
Dominio público - ningún derecho
CC - algunos derechos protegidos - “copyleft”
Creative Commons

¿Qué permite “Creative Commons”?



La existencia de obras culturales que podemos
reutilizar para crear de nuevo; sin renunciar a
derechos comerciales
La posibilidad de intercambiar materiales
culturales para producir nuevos materiales, sin la
costosa intermediación de la ley (abogados)
Licencias adaptadas a la globalización: diferentes
derechos para diferentes contextos sociales
Creative Commons

¿Por qué es útil “Creative Commons” hoy?




Internet permite la producción y distribución de contenidos
culturales sin intermediarios
 Pero es necesario un sistema sencillo que permita al
creador delimitar los derechos sobre su obra - y también
sin intermediarios
Internet permite la distribución global de contenidos
culturales
 Pero es necesario un sistema sencillo que permita al
creador establecer licencias globales - sin intermediarios
CC es el brazo legal de Internet como tecnología
innovadora para la producción intelectual en general
CC es también una manera de demostrar que en Internet
otras formas de producción cultural son posibles
Creative Commons

Anita compone una canción…
Creative Commons

Anita quiere plasmar unos derechos sobre su
canción…
Creative Commons

Anita escoge su licencia en la web de CC
Creative Commons

La web de CC lo descompone en 3 pasos
simples…
Creative Commons

Existen 3 versiones para una misma licencia
Creative Commons

La versión digital de la licencia sirve para
marcar la obra de Anita en su web…
Creative Commons

Google, P2P, etc. reconocen la licencia de
Anita para otros usuarios interesados…
Creative Commons

Ingacio necesita una canción no comercial
para su proyecto de video…
Creative Commons

Ingacio puede encontrar la obra de Anita
porque estaba “marcada” con una licencia CC
Creative Commons

Ingacio tiene acceso a la licencia CC, para
saber exactamente lo que Anita permite
hacer con sus obras
Creative Commons

Ingacio utiliza la canción de Anita para su
proyecto de video…
Creative Commons

Tal y como decía la licencia, Ingacio
menciona a Anita en los créditos…
Creative Commons

Tal y como decía la licencia, Ingacio
distribuye su obra con las mismas
condiciones que la obra de Anita
Creative Commons

Colaboración sencilla y sin interemediarios



¡los creadores ni siquiera se conocen!
Efecto “feedback” - obras que reutilizan
deben ser a su vez reutilizables
Efecto “red” - obras reutilizables son obras
que ganan exposición - sin perder derechos
comerciales
Creative Commons

No sólo es Anita e Ingacio…




libros - Cory Doctorow, Lawrence Lessig
conocimiento - MIT open course project
música, video, texto, fotografía, arte, … 1 millón
de obras en un año
Grandes organizaciones también empiezan a
apoyar a CC:



política - Proyecto de Gilberto Gil en Brasil
empresa - Google
expansión global: 40 paises
Lectura para la sesión 5

Seleccionar una de las siguientes lecturas:

“The Open Music Model” - Shuman Ghosemajumder (5 págs.)



“On the reproduction of the musical economy after the Internet” Leyshon, Webb et altres (33 págs.)


nuevo modelo de negocio para P2P
también podéis leer la tesis completa (55 págs.) “Advanced Peer-Based
Technology Business Models” - Shuman Ghosemajumder 2002
análisis exhaustivo de la industria musical hoy en día
Contestar una de estas tres preguntas en el blog:



¿Es posible rentabilizar la distribución de música digital?
¿Cómo cambia la producción de música digital?
¿Cómo cambia el consumo / la experiencia de la música?