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UNIVERSIDAD SALESIANA DE
BOLIVIA
UNIDAD 1:
INTRODUCCIÓN
Dra. Carla Paola Aparicio Barrenechea
MEDICINA LEGAL
AUTOR
DEFINICIÓN-CONCEPTO DE
MEDICINA LEGAL
Palmieri
1964
“Conocimientos
Médicos al servicio
de las exigencias de
la Justicia”
MEDICINA LEGAL
AUTOR
Bonet
1980
DEFINICIÓN-CONCEPTO DE
MEDICINA LEGAL
“Es el engranaje que
permite proveer el
ordenamiento jurídico de
una sociedad, del sustrato
biológico en que pueda
sustentarse”
MEDICINA LEGAL
AUTOR
DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL
José
Torres
Torrija
“La aplicación de las
ciencias médicas a la
ilustración de los
hechos investigados
por la justicia”
1991
MEDICINA LEGAL
AUTOR
Rinaldo
Pellegrini
1995
DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL
"La disciplina médica que se
propone el estudio de la
personalidad fisiológica y
patológica del hombre en lo
que respecta al derecho".
MEDICINA LEGAL
AUTOR
DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA
LEGAL
Fernando
Verdú
2000
“Conjunto de conocimientos
médicos y biológicos necesarios
para la resolución de los
problemas que plantea el
Derecho, tanto en la aplicación
práctica de las leyes como en su
perfeccionamiento y evolución”
MEDICINA LEGAL
AUTOR
DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA
LEGAL
Fernando
Verdú
2000
“Rama de la medicina
que se encarga de aplicar
los conocimientos
médicos para las
necesidades de la ley y la
justicia”
MEDICINA LEGAL
AUTOR
DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL
Luis
Hidalgo
y Carpio
2000
"El conjunto de conocimientos
en medicina y ciencias
accesorias indispensables para
ilustrar a los jueces en la
aplicación o en la formulación
de algunas de las leyes".
MEDICINA LEGAL
AUTOR
DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL
Sociedad
Chilena de
Medicina
Legal
2000
“Es la rama de la medicina que
asesora sobre asuntos biológicos,
físicos, químicos o patológicos al
Poder Judicial, entidades
administrativas del Estado y
personas jurídicas que lo
requieran”
MEDICINA LEGAL
AUTOR
DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA
LEGAL
Viera
“La medicina legal es el
Walter puente entre el pensar jurídico
2002
y el pensar biológico. Es la
aplicación de los
conocimientos médicos a los
problemas judiciales”
MEDICINA LEGAL
AUTOR
DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL
Sociedad
Española
de
Medicina
Legal,
2003
“La medicina legal es la disciplina que
efectúa el estudio, teórico y práctico de
los conocimientos médicos y
biológicos necesarios para la
resolución de problemas jurídicos,
administrativos, canónicos, militares o
provisionales, con utilitaria aplicación
propedéutica a estas cuestiones”
MEDICINA LEGAL
AUTOR
DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL
Villanueva
“Es la Ciencia que tiene por objeto
el estudio de las cuestiones que se
presentan en el ejercicio profesional
del jurísta y cuya resolución se
funda total o parcialmente, en
ciertos conocimientos médicos o
biológicos previos”
2006
MEDICINA LEGAL
AUTOR
DEFINICIÓN-CONCEPTO DE MEDICINA LEGAL
Villanueva
et all
“Es el conjunto de conocimientos
médicos y biológicos necesarios
para la resolución de los problemas
que plantea el Derecho, tanto en la
aplicación práctica de las leyes
como es su perfeccionamiento y
evolución”
2006
MEDICINA LEGAL
1. NECESIDAD DE
CONOCIMIENTOS
Clínicos y biológicos para
resolver ciertos problemas
jurídicos, que de otra
manera quedarían
insolubles.
MEDICINA LEGAL
2. FUNCION DOCTRINAL
Que la Medicina aporta, al
proporcionar conocimientos
de naturaleza biológica y
médica al continuo
desenvolverse y
perfeccionarse del Derecho.
SON
SINÓNIMAS??
MEDICINA LEGAL
MEDICINA FORENSE
AMBAS SE REFIEREN A LA RESOLUCIÓN DE
PROBLEMAS MÉDICOS Y BIOLÓGICOS EN SEDE
JUDICIAL
SON DIFERENTES
EN DOCTRINA Y
METODOLOGÍA
MEDICINA FORENSE
AUTOR
DEFINICIÓN-CONCEPTO DE
MEDICINA FORENSE
Fernando
Vedús
“Aplicación de la
Medicina Legal al
foro Judicial”
2000
MEDICINA FORENSE
AUTOR
DEFINICIÓN-CONCEPTO DE
MEDICINA FORENSE
Gisbert
Calabuig
“O Medicina
Legal PERICIAL,
en sede Judicial”
2004
CIENCIAS FORENSES
AUTOR
DEFINICIÓN-CONCEPTO DE CIENCIAS FORENSES
Matte
“Conjunto de
Ciencias y
tecnologías al
servicio de la
Justicia”
1970
CIENCIAS FORENSES
AUTOR
DEFINICIÓN-CONCEPTO DE CIENCIAS FORENSES
Villanueva
“Conjunto de Ciencias y
tecnologías a las que el
jurista recurre para la
búsqueda de la verdad de
las causas criminales,
civiles y sociales”
2006
MEDICINA
ESTADÍSTICAS
TECNOLOGÍAS
MEDICINAL LEGAL
PSIQUIATRÍA FORENSE
ODONTOLOGÍA FORENSE
BIOLOGÍAS
CIENCIAS
FORENSES
CIENCIAS
SOCIALES
CIENCIAS
JURÍDICAS
FÍSICA
QUÍMICA
BIOQUÍMICA
MEDICINA
TECNOLOGÍAS
ESTADÍSTICA
EPIDEMIOLOGÍA FORENSE
BIOLOGÍAS
CIENCIAS
FORENSES
CIENCIAS
SOCIALES
CIENCIAS
JURÍDICAS
FÍSICA
QUÍMICA
BIOQUÍMICA
FÍSICA
TECNOLOGÍAS
MÉDICINA
BIOLOGÍAS
CIENCIAS
FORENSES
CIENCIAS
SOCIALES
CIENCIAS
JURÍDICAS
FÍSICA TÉCNICA
FÍSICA FORENSE
ESTADÍSTICAS
QUÍMICA
BIOQUÍMICA
TECNOLOGÍAS
MÉDICINA
BIOLOGÍAS
CIENCIAS
FORENSES
CIENCIAS
SOCIALES
CIENCIAS
JURÍDICAS
FÍSICA
ESTADÍSTICAS
QUÍMICA FORENSE – TOXICOLOGÍA
BIOQUÍMICA
QUÍMICA
TECNOLOGÍAS
MÉDICINA
QUÍMICA
CIENCIAS
FORENSES
CIENCIAS
SOCIALES
CIENCIAS
JURÍDICAS
FÍSICA
ESTADÍSTICAS
BIOLOGÍA FORENSE
BIOLOGÍA MOLECULAR
GENÉTICA FORENSE
BIOLOGÍA
TECNOLOGÍAS
MÉDICINA
QUIMICA
CIENCIAS
FORENSES
CIENCIAS
SOCIALES
FÍSICA
ESTADÍSTICAS
BIOLOGÍA
PENAL
CIVIL
CANÓNICA
LABORAL
ADMINISTRATIVA
DERECHO
TECNOLOGÍAS
MÉDICINA
QUIMICA
CIENCIAS
FORENSES
CIENCIAS
SOCIALES
SOCIOLOGIA
PSICOLOGÍA
ANTROPOLOGIA
FILOSOFIA
FÍSICA
ESTADÍSTICAS
BIOLOGÍA
DERECHO
TECNOLOGIA
MÉDICINA
QUIMICA
CIENCIAS
FORENSES
FÍSICA
ESTADÍSTICAS
BIOLOGÍA
CIENCIAS
SOCIALES
DERECHO
SER HUMANO
SER BIOLÓGICO
SER SOCIAL
SER PSICOLÓGICO
SER HUMANO
SER BIOLÓGICO
SER HUMANO
SER
PSICOLÓGICO
SER HUMANO
Funciones importantes
que nacen del
Sistema Nervioso
Central.
Estas funciones son:
•Conciencia
•Lenguaje
•Praxia
SER PSICOLÓGICO
•Gnosia
•Memoria
•Inteligencia
SER HUMANO
SER SOCIAL
ECOSISTEMAS
LEY Y DERECHO
Ley es la regla de conducta
obligatoria a la que todos
los miembros de una
comunidad deben
someterse
LEY Y DERECHO
LEYES
Unidas de forma
sistemática
DERECHO
LEY Y DERECHO
Guillermo Cabanellas como
"Colección de principios, preceptos
y reglas a que están sometidos
todos los hombres en cualquier
sociedad civil, para vivir conforme
a justicia y paz; y a cuya
observancia pueden ser
compelidos por la fuerza”
FUNCIONES DE LA
MEDICINA LEGAL
PERICIAL
DOCTRINARIA
CIENTÍFICA
PERICIAL
Es exclusivamente
práctica, es la aplicación de
los conocimientos médicos
en el campo judicial
DOCTRINARIA
Interpretación
de la ley ya
hecha (desde el
punto de vida
médico y legal)
CIENTÍFICA
OBSERVACIÓN
HIPÓTESIS
CONCLUSIONES
CLASIFICACIÓN
1. DERECHO MÉDICO
Conjunto de disposiciones legales que
regulan el ejercicio de la profesión
Médica en general, así como las
obligaciones y derechos del médico
CLASIFICACIÓN
2. CRIMINALÍSTICA
Estudio de las técnica Médicas y
Biológicas usadas en la investigación
Criminal sobre las huellas objetivas de
los hechos delictivos
CLASIFICACIÓN
3. TANATOLOGÍA MÉDICO LEGAL
Estudio del cadáver y de sus fenómenos
evolutivos, así como de las técnicas
más adecuadas para ello
CRONOTANATODIAGNÓSTICO
AUTOPSIAS
NECROPSIAS
CLASIFICACIÓN
4. PATOLOGÍA FORENSE
Estudio de los mecanismos de lesiones
traumática y tipos de muertes
LESIONOLOGÍA
FORENSE
ASFIXIOLOFÍA
FORENSE
CLASIFICACIÓN
5. SEXOLOGÍA FORENSE
Problemas periciales relacionados con la
Libertad sexual, el producto de la
Concepción y el matrimonio
CLASIFICACIÓN
6. PSIQUIATRÍA FORENSE
Estudio del enfermo mental
en sus relaciones
con la legislación
CLASIFICACIÓN
7. TOXICOLOGÍA FORENSE
Estudio de los envenenamientos
como causas de enfermedades
y muertes.
CLASIFICACIÓN
8. MEDICINAL LEGAL LABORAL
Proyección Social de la Medicina
Legal (Incapacidades laborales,
Riesgos, Accidentes y
Enfermedades profesionales
CONOCIMIENTO JURÍDICO Y
BIOLÓGICO
DERECHO
MEDICINA
CONOCIMIENTO JURÍDICO Y
BIOLÓGICO
MEDICINA
DERECHO
MEDICINA
LEGAL
UN POCO DE HISTORIA
•Libro de Moisés
•Libro de Talmud
•Los papiros de
Kahum
•Papiros de Luxor
•De Tebas
•Hsi Yuan
HISTORIA - MESOPOTAMIA
Babilonia - CÓDIGO
HAMMURABI - siglo XVIII
a.C.
- Honorarios médicos
- Cuestiones
Responsabilidad
- Indenminización por
lesiones
HISTORIA - EGIPTO
Conservación de cadáveres
Embalsamamientos
HISTORIA - ISRAEL
Costumbres y
obligaciones
con la actividad
sexual:
* Circuncisiones
* Nulalidad del
matrimonio
* Divorcio
UN POCO DE HISTORIA
• En China: Hsi Yuan Lu
“normas para la supresión
de la injusticia”
- Diferenciaba las heridas
mortales y no mortales
- Comprobar cuando fueron
realizadas las heridas
-Identificación de cadáveres
- Fusión de las gotas de sangre
- Vibración de la cuerda
HISTORIA - CHINA
Costumbres y
obligaciones con la
actividad sexual:
* Circuncisiones
* Nulalidad del
matrimonio
* Divorcio
HISTORIA - INDIA
* Valoración de
lesiones
* Castigos a los
victimadores amputaciones
(manos, naríz)***
UN POCO DE HISTORIA
INVASIÓN DEL IMPERIO
ROMANO
Indemnización por
heridas causadas a otro
Se “tasaban” el precio de
las heridas para efectos
de pago
UN POCO DE HISTORIA
GRECIA:
HIPÓCRATES, Juramento
Hipocrático, que el
médico si proteje la salud
y la vida recibirá honores
y si hace lo contrario
recibirá castigos...
GRECIA:
GALENO, Docimasia
pulmonar
Diferencia existente entre el
pulmón fetal que respiró del
que no lo hizo
UN POCO DE HISTORIA
ROMA:
JUSTINIANO, código que
hace referencia a la
inimputabilidad de los
menores y de los alienados
(estudios de Psicopatología
Forense)
Señala el “Intérvalo Lúcido”
UN POCO DE HISTORIA
ROMA:
PAPA GREGORIO IX, escribe
sobre la nulalidad del
matrimonio
JUAN XXII Y MARTÍN V.,
tribunal de la Rota
resolviendo problema
médico - eclesiásticos
UN POCO DE HISTORIA
ROMA:
SIGLO XVI:
Constitución criminal
Carolina: Código Carolino,
disposiones sobre el Aborto,
violación, infanticidio y la
obligariedad a la AUTOPSIA
CULTURAS CLÁSICAS
ROMA
Reparación de lesiones LEX
CORNELIA DE INJIRIIS, LEX
AQUILIA
Restricción a uso de venenos
(LEX CORNELIA DE SICARIIS
ET VENEFICIIS)
UN POCO DE HISTORIA
HUGO DE LUCCA, es
nombrado el primer perito de
Bolonia
Las escuelas de Medicina
Legal en Medicina y Derecho
tienen apertura en 1249.
UN POCO DE HISTORIA
FRANCIA
•Obligatorio el testimonio
médico por decreto de
Luis IX y Felipe III
• Felipe IV a principios del
siglo XIV “los expertos
cirujanos juraban en el
Tribunal de París”
ETAPA MEDIEVAL
ESPAÑA:
Código de las Partidas Alfonso X de Castilla en el
siglo XIII
ITALIA - ALEMANIA Y
FRANCIA:
* Estudio de lesiones
* Mecanismo - castigo
ETAPA MEDIEVAL
ITALIA - ALEMANIA Y
FRANCIA:
* Sexología médico legal
* Patología mental
* Cuestiones procesales
* estudios en cadáver
UN POCO DE HISTORIA
“Padres” de la Medicina Legal:
Ambrosio Paré (1517-1590)
En 1575 explicó
detalladamente las lesiones
por venenos, por
traumatismos
Público “Informes ante el
Tribunal”
EL RENACIMIENTO
AMBROSIO PARÉ:
Cirugía Europea,
cuestiones médico
legales,
embalsamamientos
EL RENACIMIENTO
EL RENACIMIENTO
JUAN FRAGOSO:
Tratado de las
declaraciones que han de
hacer los cirujanos
acerca de las diversas
enfermedades y maneras
de muerte (1581)
EL RENACIMIENTO
JUAN B. CODRONCHI método testificandi
FORTUNATO FEDELE Relatos medicos a la
corte
EL RENACIMIENTO
RODRIGO DE
CASTRO Medicina y
política
GASPAR BAUHIN
Sexología forense
UN POCO DE HISTORIA
“Padres” de la Medicina
Legal: Pablo Zacchia (15841659).
Publicó “Questiones Médico
Legales”, detectar los
venenos, delitos de carácter
sexual, perfiles criminales y
otros.
EL RENACIMIENTO
EL RENACIMIENTO
GOTTFRIED WELSCH
Partos múltiples y heridas
mortales (1667)
JOHANNES BOHM Heridas mortales (1689)
EL RENACIMIENTO
J. G. ZELLER - Infanticidio
(1691)
NICOLAS DE BLEGNY Informes médicos (1684)
JOHAN SCHREYER Docimasia pulmonar
EL RENACIMIENTO
MICHAEL VALENTINI Corpus juris médico - legale
(1729)
HERMAN TECHMEYER Instituciones médico legales
(1723)
EL RENACIMIENTO
M. ALBERTI - Sistema de
jurisprudencia médica
C.G. LUDWIN DE LEIPZG
(Instituciones médicos
legales (1785)
EL RENACIMIENTO
ANTOINE LOUIS Ahorcadura
BRUHIER
D´ABLANCOURT
Diagnóstico de muerte
(1742)
EL RENACIMIENTO
C. PREVOST Jurisprudencia médica
(1753)
G. CHAMPEAUX - Muerte
por sumersión ( 1768)
EL RENACIMIENTO
RICHARD MEAD - Venenos
(1702)
J. HOWARD Y SAMUEL
FARR - Estado de las
prisiones (1777)
EL RENACIMIENTO
DOMINGO VIDAL - Cirugía
Forense (1783)
Cátedra de Cirugía forense
RONCHI 1789
UN POCO DE HISTORIA
SIGLO XVII:
Código de procesamiento
penal Francés, ordenanzas
criminales de Luis XIV
MALPIGHI: Padre de la
dactiloscopía
UN POCO DE HISTORIA
SIGLO XVIII:
JEAN JACQUES
ROUSSEAU (1712 – 1778)
CESAR BONESSANA
(1738 – 1749)
Iniciadores de la
Criminología
UN POCO DE HISTORIA
SIGLO XVIII:
JUAN PURKINJE (1787 – 1869):
dactiloscopía
ALFONSO DEVERGIE (1798 –
1879): Estudio las
modificaciones que sufre el
cadáver en diferentes medios,
su obra “Medicina Legal: Teoría
y Práctica”
UN POCO DE HISTORIA
SIGLO XVIII:
El Español MATEO J.
ORFILIA (1787 – 1843):
Publicó a los 26 años
su obra “Tratado de
toxicología General”
UN POCO DE HISTORIA
UN POCO DE HISTORIA
ALFONSO DEVERGIE (1798 –
1879): Fundó la primera
sociedad de Medicina Legal
En Alemania: JOHAN
LUDWING CASPER publicó la
obra “Disección Forense y
Manual Práctico de Medicina
Legal”
UN POCO DE HISTORIA
SIGLO XIX
La medicina Legal de consolida
como ciencia y arte, aparecen
figuras como:
AUGUSTE AMBROISE TARDIEU
(1818 – 1879) y CARLOS LIMANN
(1818 – 1891), describieron las
lesiones que son producto de
ASFIXIAS
UN POCO DE HISTORIA
SIGLO XIX
CÉSAR LOMBROSO (1836 – 1909):
Publicó antropología criminal
ALPHONSE LACASSAGNE: señaló
la importancia médico legal del
lugar de los hechos
RAÚL HIPÓLITE BROUARDEL:
Clasificó lesiones por
ahorcamiento y estrangulación
UN POCO DE HISTORIA
SIGLO XIX
BALTHAZARD Y DERVIEUX,
señalaron la importancia de
la identificación humana
mediante la antropometría
(edad, peso, talla y rasgos
personales faciales).
UN POCO DE HISTORIA
Los países europeos de habla
inglesa fueron los últimos en
acoger esta disciplina sin
embargo ya en el siglo XIX eran
los principales centros de
enseñanza. abriendo cátedras de
esta disciplina en sus
universidades.
UN POCO DE HISTORIA
Universidad de Edimburgo: la
primera en crear la cátedra de
Medicina Legal, en el año 1807,
siendo su creador el doctor
Andrés Duncan. Le sucedió en
1822 el doctor Cristison quien fue
por más de 50 años una
verdadera autoridad médicolegal.
UN POCO DE HISTORIA LATINOAMERICA
1756: Creación de la Universidad
de San Felipe, con ello se mejoró la
situación de la Medicina Chilena
En la Colonia y en los primeros
cincuenta años de la República, el
ejercicio de la Medicina dependía
del Protomedicato.
UN POCO DE HISTORIA LATINOAMERICA
Protomedicato
Institución que se regía por
la regla de la Novísima
Recopilación dictada por los
reyes españoles
Existió en Chile
hasta 1875
UN POCO DE HISTORIA LATINOAMERICA
EN LA ARGENTINA
•Nerio Rojas
•Bonet
•R. Ciafardo
•Issac Freindenberg
UN POCO DE HISTORIA LATINOAMERICA
EN BRASIL
•Nina Rodriguez
•Afranio Peixoto
•Leonidio Ribeiro
•Hilario de Carvalho
ARGENTINA:
3 de mayo de 1826
Cuerpo médico legal, Morgue
Judicial, Cuerpo médico de
policia
COLOMBIA:
1825 a 1830, sus precursores
Guillermo Uribe
Actualmente cuenta el centro
Regionales, distritales y muchos
centros de enseñanza
Guillermo Blest Cunningham 1833-1851
Juan Miquel 1851-1860
Vicente Padín del Valle 1860-1868
Pablo Zorrilla 1868-1883
Federico Puga Borne 1883-1897
Gregório Amunategui Solar 1897-1901
Carlos Ibar de la Sierra 1901-1928
Alberto Benítez Sanhueza 1928-1931
Jaime Vidal Oltra 1931-1959
Alfredo Vargas Baeza 1959-1977
Roberto Von Bennewitz Gostlich 1977-1984
Alberto Teke Schlicht 1984-1997
Luis Ciocca Gómez 1997-
BOLIVIA
BOLIVIA
ÉPOCA MILENARIA:
SIRKAS: Cirujanos que
practicaban trepanaciones de
cráneo y otro tipo de cirugías.
KHARISIRI: Médico curandero,
que tenía sus poderes tras
extraer energía de las personas
KALLAWAYA: Médico que
curaba, con ciencia y prevención
BOLIVIA
ALGUNOS PUEBLOS QUE
PRACTICARON LA MEDICINA
LEGAL:
* CHIPAYAS: Con su técnica de
momificación - primeras autopsias
médico - legales en este territorio
* QOLLAS: Apoyan este avance que
apoyan la leyes y la medicina:
No mentiras… No robarás… No
Matarás… No serás adulón...
BOLIVIA
ALGUNOS PUEBLOS QUE
PRACTICARON LA
MEDICINA LEGAL:
* QUECHUAS: Dieron
origen toxicología en
Bolivia, al igual que le
pueblo Guaraní
BOLIVIA
En 1568 el Rey Felipe II de
España crea el
PROTOMEDICATO
“Imponer los médicos titulares;
autorizar curanderos,
empíricos y comadronas para
casos urgentes y diligencias
judiciales”
BOLIVIA
En 1834 se ampliaron:
“Dar licencias a los
oficiales de sanidad, a los
sangradores... Clasificar
y juzgar los delitos
profesionales”
BOLIVIA
Según la resolución
ministerial del 26 de junio
de 1893, el desempeño de
funciones médico legales
fue recomendado a los
cirujanos mayores de los
ejércitos en campaña
BOLIVIA
En el artículo 39 del
decreto supremo del 23
de abril de 1846, se
disponía que los médico
cirujanos se turnaran
mensualmente para el
servicio judicial.
BOLIVIA
La ley del 4 de diciembre
de 1893 promulgada por
Mariano Baptista, crea
los tribunales médicos,
así se regulan las
funciones médico
legales:
BOLIVIA
Art. 17. “En cada capital de
departamento donde haya
tribunal médico, habrá dos
médicos forenses nombrados por
el gobierno a propuesta en terna
del tribunal, para los
reconocimientos médico legales
y cuya dotación se asignará en el
presupuesto departamental”
BOLIVIA
Estos cargos fueron
suprimidos por ley de 5
de diciembre de 1906,
pero fue necesario en
1907 retomar la ley de
1893 con la ley del 25 de
octubre:
BOLIVIA
Art. 1 “ Se restablece el
servicio especial de médicos
forenses en las capitales de
departamento, atribuyéndoles
el Poder Ejecutivo el
nombramiento de estos
funcionarios por medio del
Ministerio de Justicia”
BOLIVIA
Art. 2 El servicio de
médicos Forenses se
llenará en las provincias
conforme a los prescrito en
el inciso V. Art. 2 de la ley
de 5 de diciembre de 1906.
Sobre sanidad Pública.
BOLIVIA
Art. 3 los médicos
forenses en las capitales
de departamento,
tendrán el mismo sueldo
que el juez de partido
respectivo.
BOLIVIA
El decreto
reglamentario del 26 de
febrero de 1908:
Art. 1 En cada capital de
departamento habrá dos
médicos forenses nombrados
por el Ministerio de Justicia.
BOLIVIA
Art. 2 El sueldo será el mismo
que el juez respectivo.
Art. 3 Los médicos de sanidad
provinciales, ejercerán las
funciones de médicos forenses
sin remuneración alguna, siempre
que sea a requerimiento de
autoridad competente.
BOLIVIA
El Decreto Ley N° 10267 del 19
de mayo de 1972: LEY DE
ORGANIZACIÓN JUDICIAL:
Art. 200 La Policía Judicial Técnica
estará constituida por investigadores
profesionales, detectives, médicos
forenses, peritos técnicos en diversas
ramas, asesores jurídicos, fotógrafos
y el personal suficiente de agentes
auxiliares administrativos.
BOLIVIA
CPE: Art. 7 - 158: Ref DHDH: Art3
Toda persona tiene derecho a la
vida, la salud y la
seguridad.
El Estado tiene la obligación de
defender el capital humano
protegiendo la salud de la población
y garantiza la continuidad de sus
medios de subsistencia y
rehabilitación de las personas….
La creación de una Facultad de Medicina
en La Paz, data desde la creación de los
primeros centros de altos estudios de
ésta ciudad. En abril de 1826 el
presidente Antonio José de Sucre , emite
el decreto para la creación del colegio de
Ciencias y Artes de San Simón de
Ayacucho, con siete cátedras , en las que
se incluía "Medicina". Esta cátedra
estaba dividida en ocho partes:
* Anatomía General y Particular.
* Fisiología e Higiene.
* Patología y Anatomía Patológica.
* Terapéutica y Materia Médica.
* Efectos Quirúrgicos, Médicos y
Obstétricos.
* Clínica Quirúrgica-Médica.
* Medicina Legal y Pública.
* Materia Farmacéutica y
*Farmacia Experimental.
Miguel Luna Fundó la
Escuela de Medicina en
Chuquisaca el 3 de
mayo de 1827, una de
las primeras cátedras
fue la de Medicina Legal
El 31 de octubre de 1833,
el Gobierno del Mariscal
Andrés de Santa Cruz,
aprueba el establecimiento
de un "Colegio General de
Ciencias Médicas" en la
ciudad de La Paz.
Obras:
•AGUSTÍN ASPIAZU en 1862
•LUIS GUZMÁN ARAUJO en 1878
•CASTO ROMÁN
•JAIME MENDOZA
•CARLOS MORALES Y UGARTE
•JOAQUIN SALCEDO
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES
FORENSES
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES
FORENSES
Es un órgano dependiente administrativa y
financieramente de la Fiscalía General de
la República, que está encargado de
realizar, con autonomía funcional, todos
los estudios científico - técnicos
requeridos para la investigación de los
delitos o la comprobación de otros hechos
por orden judicial
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES
FORENSES
(Ley No. 1970 Nuevo Código de
Procedimiento Penal de 25 de marzo
de 1999, en su Título II, Capítulo II,
Art. 75º.)
http://www.fiscalia.gov.bo/idif/index.html
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES
FORENSES
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES
FORENSES
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES
FORENSES
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FORENSES
GRACIAS