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Departamento de Sanidad,
Bienestar Social y Familia
Departamento de Sanidad,
Bienestar Social y Familia
CONSIDERACIONES previas
• La evaluación de la aplicación de la Ley de Dependencia dio
lugar a modificaciones de la misma. A destacar:
 La supresión de niveles en cada uno de los Grados
 La regulación mínimos en la intensidad en los servicios
 El establecimiento de compatibilidad de prestaciones
 La reducción en cuantías de prestaciones, máximas y mínimas.
 La participación del usuario en el coste de servicios
 Unificación de órganos de representación. (En Consejo
Territorial de Servicios Sociales y del SAAD).
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Bienestar Social y Familia
Desarrollo normativo
El 3 de agosto de 2012, se publica resolución del Acuerdo
del Consejo Territorial , en el que:
• Se aprueba la clasificación de la situación de
dependencia en tres Grados: III Gran Dependencia, II
Dependencia Severa y I Dependencia Moderada.
• Criterios para determinar las intensidades de protección,
horas/mes en el Servicio de Ayuda a Domicilio,
diferenciando atención doméstica o del hogar y atención
personal.
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Desarrollo normativo 2
• Ampliación de la prestación económica por asistencia
personal a todos los Grados de dependencia
• Incompatibilidad de prestaciones con los servicios,
salvo con los de prevención de situaciones de
dependencia, de promoción de la autonomía y de
teleasistencia. También son incompatibles las
prestaciones económicas entre sí.
• Establecimiento de nuevos requisitos para el
reconocimiento de la PEEF, relativos tanto a la persona
en situación de dependencia como a la persona
cuidadora.
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Desarrollo normativo
• Establecimiento de criterios comunes en la asignación
de prestaciones en casos de fallecimiento del
dependiente.
• Aprobación, en plazo máximo de 6 meses, de criterios ,
recomendaciones y condiciones mínimas a cumplir en
Planes de Prevención y Promoción de autonomía
personal, con especial consideración, entre otras, para
las personas con discapacidad.
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Bienestar Social y Familia
Desarrollo normativo
• Modificación del calendario. Efectividad del derecho
Grado I N2, que no tuvieran reconocida prestación
antes del 1 de enero de 2012, se realizará a partir del 1
de Julio de 2015, así como a las personas reconocidas
con Grado I.
• Determinación de la capacidad económica y aportación
del beneficiario: calculándose en atención a su renta y a
su patrimonio.
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Desarrollo normativo
• La Capacidad Económica Beneficiario será la correspondiente
a su renta incrementada en:
un 5% de su patrimonio neto a partir de los 65 años
un 3% de los 35 a los 65 años y
un 1% a los menores de 35 años
• La vivienda habitual sólo se tendrá en cuenta para el cálculo
de la CEB, cuando la prestación sea de atención residencial a
través de la Red de Servicios Sociales Pública, concertada o
mediante una prestación vinculada a este servicio.
• Para determinar la CEB, incluida la determinación de las
cargas familiares, será de aplicación, la normativa a impuestos
sobre la Renta de las Personas Físicas y del Patrimonio.
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Desarrollo normativo
• Nadie quedará fuera del Sistema por no disponer de
recursos económicos.
• La capacidad económica mínima, se referencia a la
cuantía mensual del IPREM
• La participación económica se hará de forma progresiva,
no superando el 90% del coste de referencia del
servicio.
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Desarrollo normativo
• Si el beneficiario percibe otra prestación de análoga
naturaleza y finalidad, se sumará a la cuantía calculada
con arreglo a criterios de participación del servicio hasta
el 100% del coste de referencia.
• La capacidad económica será determinada en cómputo
anual. El cálculo de participación en el coste se
computará en términos mensuales calculada como la
doceava parte de su capacidad económica anual.
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Bienestar Social y Familia
Servicios
Servicio de Atención Residencial:
• El coste del servicio se fija entre 1.100 y 1.600 €. Se puede
incrementar hasta un 40%, cuando implique mayor
intensidad de atención o cuidados. Se actualizarán
anualmente con el IPREM.
• La aportación irá destinada en primer lugar a financiar
gastos de manutención y hoteleros.
• Se tendrá en cuenta la distinción entre servicios
asistenciales y de manutención y hoteleros
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Bienestar Social y Familia
• Si el resultado de la fórmula a aplicar es negativo, el beneficiario
no participará en el coste del servicio de atención residencial.
• Los costes de manutención y hoteleros se garantizan en todo o
parte a quienes carezcan de ingresos suficientes.
• Una vez que se determine la participación en el coste de
servicios, se garantiza para gastos personales una cantidad -19%
del IPREM mensual-.
• En casos en que la aportación no sea suficiente para abonar en
su totalidad su participación en el coste del servicio, la
Administración puede compatibilizar los sistemas que tenga
sobre reconocimiento de deuda. En caso de ejecución de deuda
no se llevará a cabo sobre vivienda habitual en casos en que
tengan su vivienda personas a su cargo.
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Servicio de Ayuda a Domicilio
El coste de referencia se fija:
 14 €/hora para servicios de atención personal
 9€/hora para servicios domésticos o del hogar.
Participación del beneficiario: varia según la intensidad del
servicio.
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Servicio de Centro de Día o de Noche
• El coste de referencia , sin incluir gastos de manutención
y trasporte, será de 650 €/mes. Se podrá incrementar
hasta un 25% en caso de que implique una mayor
intensidad de atención o cuidados.
• Las cuantías se actualizarán anualmente con IPREM
• Si la capacidad económica es igual o inferior al IPREM
mensual, no participará en el coste del servicio.
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Servicio de teleasistencia
La persona beneficiaria participará en el coste del servicio
de teleasistencia según su capacidad económica:
• Menos del IPREM mensual: Sin participación
• Entre el IPREM mensual y el 1,5 del IPREM
mensual: un 50%
• Más del 1,5 del IPREM mensual: un 90%
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Prestación vinculada al servicio y de asistente personal
La cuantía de la prestación será del 100% de la máxima
establecida, cuando la capacidad económica del
beneficiario sea igual o inferior al IPREM mensual.
Su cálculo se realiza de acuerdo al coste del servicio y la
capacidad económica
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Prestación económica de cuidados entorno familiar
De acuerdo a la capacidad económica y proporcional al mayor
grado de dependencia.
• Ante la misma capacidad económica de la persona
dependiente, la cuantía resultante de la PEEF no podrá ser
superior a la que correspondiera por la prestación económica
vinculada al servicio.
• La cuantía por asistente personal o para la adquisición del
servicio, a cuyo pago irá destinado el 100% de la prestación,
no podrá ser inferior a la cuantía máxima establecida para la
respectiva prestación.
• Las prestaciones de análoga naturaleza o finalidad se
deducirán de la cuantía inicial de las prestaciones del Sistema.
• La cantidad para gastos personales se incrementará en un
25% para las personas en situación de dependencia por razón
de su discapacidad, en atención a su edad y mayores apoyos
para la promoción de su autonomía personal.
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PROYECTOS NORMATIVOS 2013
Acuerdo sobre criterios, recomendaciones y condiciones
mínimas para la elaboración de los planes de prevención de las
situaciones de dependencia y promoción de la autonomía
personal (*)
Real Decreto por el que se regulan las prestaciones del SAAD
Real Decreto por el que se regula el nivel mínimo de
protección
Orden por la que se regula el sistema de información del SAAD.
(*)Paso a desarrollar el acuerdo relativo a Planes de Prevención….
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PLANES DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN
Finalidad: “Prevenir la aparición o el agravamiento de
enfermedades o discapacidades y de sus secuelas, mediante el
desarrollo coordinado, entre los servicios sociales y de salud, de
actuaciones de promoción de condiciones de vida saludables,
programas específicos de carácter preventivo y de rehabilitación
dirigidos a personas mayores y personas con discapacidad y a
quienes se ven afectados por procesos de hospitalización
complejos”.
Objeto: Disminuir la prevalencia e incidencia de deficiencias y
discapacidades que puedan dar lugar a situaciones de
dependencia o con riesgo de padecerla.
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Bienestar Social y Familia
PLANES DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN
Población a proteger: toda aquella en la que pueda existir riesgo
de sufrir la aparición o el agravamiento de una situación de
dependencia, así como los cuidadores o cuidadoras no
profesionales de ésta.
Objetivos:
•Fomentar la promoción de la autonomía y la prevención de la
dependencia, garantizando la igual de oportunidades en todo el
territorio nacional.
•Contribuir a aumentar la esperanza de vida libre de
dependencia, promover estilos de vida saludables, promocionar
hábitos saludables y de autocuidado.
•Impulsar medidas de prevención de la dependencia en la
población general.
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Bienestar Social y Familia
PLANES DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN
•Reducir el impacto de la dependencia sobre la calidad de vida
de quienes la padecen y quienes ejercen su cuidado,
garantizando que puedan beneficiarse de actividades
preventivas de calidad.
•Promover la sensibilización y la formación de todos los
colectivos profesionales implicados en la promoción de la
autonomía y la prevención de la dependencia.
•Impulsar la investigación orientada a la acción en torno a la
prevención
•Promover el trabajo intersectorial y la participación de la
ciudadanía, especialmente de los colectivos afectados, en el
desarrollo de cada una de las áreas de intervención que se
contemplen.
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Bienestar Social y Familia
PLANES DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN
Todos los planes de prevención tendrán los siguientes
principios:
•Universalidad, dirigidos a lograr que la poblacion en general
mejore su calidad de vida. Serán de responsabilidad publica y
universal.
•Atención personalizada, integral y continua, con la
participación e implicación de la persona, teniendo en cuenta
las condiciones del entorno social, cultural, familiar y laboral.
•Transversalidad, incluyendo medidas de carácter
interdepartamental e interinstitucional
•Igualdad y equidad con perspectiva de género, evitando la
discriminación por razón de sexo, edad, situación social o
económica, así como la procedencia geográfica o étnica y
diversidad cultural.
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Bienestar Social y Familia
PLANES DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN
•Calidad, en todas las medidas se fijaran criterios comunes
que garanticen unos determinados estándares esenciales de
calidad, promoviendo las Administraciones el desarrollo de
una gestión orientada a la optimización de recursos y a la
mejora continua de procedimientos.
•Participación ciudadana, estableciendo canales de
comunicación y fórmulas de colaboración que promuevan y
desarrollen la participación de las entidades sociales en la
identificación y análisis de la situación.
•Cooperación y Coordinación, no sólo entre el sistema
sanitario y servicios sociales sino entre otros sistemas y
políticas públicas, orientadas a prevenir la dependencia. Esta
coordinación conviene establecerla a través de un marco
normativo.
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Bienestar Social y Familia
PLANES DE PREVENCIÓN Y PROMOCIÓN
•Interdisciplinariedad, en las intervenciones promoviendo el
trabajo en equipo y la integración de aportaciones de las
diversas profesiones, tanto de los ámbitos sociales y
sanitarios como de otras que resulten idóneas.
•Proximidad, respondiendo
descentralización.
a
criterios
de
máxima
•Responsabilización, articulando medidas que contemplen la
responsabilidad individual en la participación y la utilización
de los recursos y servicios.
•Sostenibilidad, contemplando a la vez su viabilidad
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SITUACIÓN EN ARAGÓN
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Bienestar Social y Familia
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DATOS ARAGÓN
a 31/12/2012
Población: 1.349.467
48.065 Solicitudes
47.115 Dictámenes
12.179 Resoluciones Grado III
14.152 Resoluciones Grado II
13282 Resoluciones Grado I
7.502 Resoluciones Sin Grado
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DATOS ARAGÓN
a 31/12/2012
21.137 prestaciones reconocidas:
1.044 Servicios Centro de Día
3.103 Servicios de Atención Residencial
3.857 Prestaciones económicas vinculadas a
servicios
13.133 Prestaciones económicas para
cuidados en el entorno familiar
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Bienestar Social y Familia
OBJETIVOS EN MATERIA DE
DEPENDENCIA EN ARAGÓN
 Elaborar normativa autonómica necesaria para
desarrollar las medidas en materia de Dependencia,
contenidas en el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de
julio.
 Realizar un compendio normativo de las diferentes
órdenes publicadas en la Comunidad Autónoma de
Aragón, actualizando las mismas a contenidos de
normativa estatal vigente. (Texto refundido)
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Bienestar Social y Familia
OBJETIVOS EN MATERIA DE
DEPENDENCIA EN ARAGÓN
Actualizar soportes documentales de gestión en
distintos procesos de gestión.
Reelaborar documentos de información
general, así como actualización en página web.
 Implementar y desarrollar el Servicio de Ayuda
a Domicilio en Aragón.
Elaborar un Programa de Prevención Situación
de Dependencia y Promoción de la autonomía
personal, de acuerdo a criterios y líneas que se
acuerden en Consejo Territorial.
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Bienestar Social y Familia
OBJETIVOS EN MATERIA DE
DEPENDENCIA EN ARAGON
 Diseñar e implementar un Plan de seguimiento y
evaluación de SAAD.
 Información y formación a profesionales que
intervienen en el Sistema de Autonomía y Atención a la
Dependencia de contenidos y desarrollo de medidas
contenidas en el Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de
julio, en materia de dependencia.
Departamento de Sanidad, Bienestar Social y
Familia
07.02.2013