Download Diapositiva 1 - Acta Sanitaria
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
LEY DE GARANTÍAS DE TIEMPOS MÁXIMOS DE ESPERA EN ATENCIÓN ESPECIALIZADA Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos Espera total para tratamiento quirúrgico TODO ESTE TRAMO ES SOBRE EL QUE Síntoma QUEREMOS ASEGURAR UNOS TIEMPOS Aquí ahora se RAZONABLES DE ESPERAEsperanza MÁXIMOS CON Aguirre sólo espera, lo que cuenta esta espera, y no no pasaba LA LEY DE GARANTÍAS QUE PROPONEMOS el resto del itinerario Consulta ATENCIÓN PRIMARIA. 1ª ESPERA (para consulta) Tratamiento, si no hace falta operación Cirugía 5ª ESPERA Pruebas preoperatorias 4ª ESPERA 1ª Consulta Médico Especialista Pruebas diagnósticas 2ª Consulta Médico Especialista 3ª ESPERA (para 2ª consulta)* *Este tiempo no consta en ninguna lista oficial. 2ª ESPERA (diagnóstica) DIFERENTES PROCESOS POR LOS QUE PASA EL PACIENTE (ITINEARIO ASISTENCIAL) Síntoma Consulta ATENCIÓN PRIMARIA. Antes de entrar Esperanza Aguirre en el Gobierno de la Comunidad, la cita para el médico de familia, o para el pediatra, se recibía el mismo día que se solicitaba. Ahora lo normal es que se demore 3 días o más. Es muy normal un retraso de una semana, y hemos detectado momentos o Centros de Salud con una demora de 9 días. Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos Esta imagen está volviendo a ser demasiado familiar Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos La espera habitual para el especialista tras recibir la petición de consulta por el médico de Atención Primaria es mayor de 80 días. Consulta ATENCIÓN PRIMARIA. Son muy frecuentes las citas diferidas (“deje el volante y ya le llamaremos”) y las “agendas cerradas”. 1ª Consulta Médico Especialista Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos La media de espera para realizarse pruebas diagnósticas habituales (TAC, ecografías…) es superior a ocho meses. 1ª Consulta Médico Especialista Pruebas diagnósticas Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos HASTA AQUÍ, DESDE QUE GOBIERNA ESPERANZA AGUIRRE, EL PACIENTE TIENE QUE ESPERAR CASI TRES MESES MÁS. La segunda consulta al médico especialista (para ver el resultado de las pruebas) no se contabiliza en ningún sitio, pero suele ser más larga incluso que la espera para la primera consulta. Pruebas diagnósticas Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos 2ª Consulta Médico Especialista La espera para realizarse el preoperatorio, que debería ser parte de la espera quirúrgica, no se contabiliza. Se admiten, según la Comunidad, hasta 30 días, sin contar domingos ni festivos, por lo que se pueden ir a 35 días de demora. Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos Pruebas preoperatorias 2ª Consulta Médico Especialista Hasta un 68% de los pacientes que esperan ser operados son considerados “excluidos” y, por tanto no son contabilizados.Esto sólo sucede desde 2004, y sólo en Madrid.Se desconocen las esperas de más de 25.000 pacientes Porcentaje de pacientes excluidos del total de LEQ 70 60 50 40 30 excluidos 20 10 0 Jun 04 6644 13 Jun 05 18372 66 Jun 06 18432 64 Dic 06 25840 68 Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos Cirugía Pruebas preoperatorias NUESTRA PROPUESTA Síntoma Consulta ATENCIÓN PRIMARIA. LA ATENCIÓN PRIMARIA SERÁ UN OBJETIVO PRIORITARIO EN LAS PROPUESTAS SOCIALISTAS. EL AUMENTO DE PLANTILLAS Y DEL NÚMERO DE CENTROS PERMITIRÁ QUE LA CONSULTA CON EL MÉDICO O EL PEDIATRA DE ATENCIÓN PRIMARIA VUELVA A REALIZARSE EN EL MISMO DÍA QUE SE SOLICITA Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos NUESTRA PROPUESTA Para muchas patologías, los Centros Diagnósticos de Alta Resolución (CEDAR), ya en marcha en otras Comunidades, permiten realizar todo este tramo del itinerario ¡ EN UN SOLO DÍA! Tratamiento, si no hace falta operación 1ª Consulta Médico Especialista Pruebas diagnósticas Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos 2ª Consulta Médico Especialista NUESTRA PROPUESTA Para casos más complicados, se deben mejorar todas estas esperas. Nuestra propuesta es Cirugía LEY DE GARANTÍAS DE TIEMPOS MÁXIMOS DE ESPERA Pruebas preoperatorias Consulta ATENCIÓN PRIMARIA. 1ª Consulta Médico Especialista Pruebas diagnósticas Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos 2ª Consulta Médico Especialista NUESTRA PROPUESTA Una Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos Que asegure: 1. Incluir a todos los ciudadanos. 2. Abarcar todo el itinerario asistencial 3. La atención en unos tiempos consensuados científicamente. 4. Respetar la decisión de los ciudadanos si rechazan el centro alternativo. 5. Información transparente, accesible y actualizada. 6. La existencia de un registro contable único y fiable de todas las listas de espera. 7. Control y debate ante los madrileños. Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos UNA LEY QUE ABARQUE TODA LA PARTE ESPECIALIZADA DEL ITINERARIO ASISTENCIAL La espera total es la que realmente cuenta para el paciente. La angustia de desconocer su diagnóstico y la espera para hacerse las pruebas son tan importantes como la espera final para la operación, y en muchas ocasiones más. Artículo 1.1. … en lo referido a intervenciones quirúrgicas, primeras consultas externas y pruebas diagnósticas o terapéuticas Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos UNA LEY QUE INCLUYA A TODOS LOS CIUDADANOS DE MADRID Frente a afirmaciones de Esperanza Aguirre acerca de que ella sólo se refería a los madrileños, nosotros creemos que todos los ciudadanos deben tener iguales garantías Artículo 2.1. Serán beneficiarios de la presente Ley las personas que residan en la Comunidad Autónoma de Madrid Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos UNA LEY QUE GARANTICE LA ATENCIÓN EN TIEMPOS ACEPTADOS CIENTÍFICAMENTE Lejos de seguir en la dinámica de que las decisiones médicas se puedan mover por intereses electoralistas, los tiempos de espera máximos deben ser serios, individualizados por procesos y consensuados con las sociedades científicas. Artículo 3.2. Estos tiempos de respuesta se establecerán por consenso con las sociedades científicas, teniendo en cuenta la gravedad y repercusión de cada proceso Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos UNA LEY QUE NO CASTIGUE A LOS CIUDADANOS QUE CONFÍAN EN LA SANIDAD PÚBLICA Artículo 4.4. El principal motivo de exclusión de la contabilidad de lista de espera es, ahora El rechazo por el usuario de la mismo, el negarse a aceptar la intervención oferta de atención sanitaria que, en un centro distinto al propio, de acuerdo a los puntos normalmente privados concertados. anteriores, pueda hacer el La calidad y las garantías que ofrecen estos Servicio de Salud en otro centro, centros resultan decisivas para que cada no supondrá para el paciente vez más madrileños rechacen ser derivados ninguna demora añadida en el de esta forma. centro sanitario correspondiente Sin embargo, esta decisión supone la para la atención sanitaria expulsión de la contabilidad y puede especializada que motivó su acarrear retrasos mayores en la atención. ingreso en el Registro de Pacientes en Lista de Espera. Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos UNA LEY QUE ASEGURE LA TRANSPARENCIA EN LA INFORMACIÓN El ocultismo y los ardides contables son los que ha presidido la gestión de la lista de espera de la Comunidad de Madrid, hasta el punto de ser expulsado del sistema de contabilidad nacional por el Ministerio de Sanidad. La Comunidad de Madrid ha sacado un decreto expresamente para poder manejar “a su gusto” la contabilidad de listas de espera. Casi el 70% de los pacientes que actualmente esperan una operación son directamente excluídos de la contabilidad. Artículo 5.1. El Servicio de Salud facilitará información mensual, a la que podrán tener acceso todos los ciudadanos, sobre el número de pacientes que figuran en las listas de espera quirúrgica, de consultas externas y de pruebas diagnósticas y terapéuticas de todas las especialidades en los distintos centros y servicios del Sistema Sanitario Público de Madrid. Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos UNA LEY QUE REGULE LA LA EXISTENCIA DE UN REGISTRO ACCESIBLE Y FIABLE La existencia de un único registro de pacientes en espera, accesible y con una adecuada regulación sobre su funcionamiento, es la clave para evitar las manipulaciones o los recuentos “fraudulentos” de la situación de las personas que están esperando atención médica o quirúrgica. Artículo 6.1. Se crea el Registro de pacientes en Lista de Espera del Sistema Sanitario Público de Madrid, adscrito al Servicio de Salud, en el que se inscribirán todos los pacientes Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos UNA LEY QUE COLOQUE LA SITUACIÓN DE LAS LISTAS DE ESPERA EN LA AGENDA POLÍTICA Ante la evolución real de las listas de espera, el Gobierno de la Comunidad de Madrid ha rehusado el debate parlamentario al respecto, refugiándose en las campañas publicitarias de autobombo y en la continua presentación a los medios de datos claramente manipulados. Artículo 7.1. La Consejería responsable de la gestión sanitaria elaborará un Informe Anual de Listas de Espera que será presentado en un Pleno de la Asamblea de Madrid en el primer trimestre de cada año. Ley de Garantías de Tiempos de Espera Máximos