Download Diapositiva 1

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
LA ESTATUTARIZACIÓN.
Una posibilidad de mejora.
Alfonso Sánchez Nieto
Subinspector de Servicios Sanitarios
Jefe del Servicio de Prestaciones y Usuarios de la O.P.P. de Cuenca
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS (Hasta las transferencias)
La
Ley
fundacional
del
Seguro
Obligatorio
de
Enfermedad de 1942, artículo 44, hace la primera
referencia a la Inspección de Servicios Sanitarios.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS (Hasta las transferencias)
El Reglamento de 1943, que desarrolla la mencionada
Ley, señala como funciones de la Inspección las siguientes:
• Comprobar partes de enfermedad, inspeccionar prestaciones
sanitarias y conciertos.
• Velar porque el enfermo cumpla las prescripciones del médico
del seguro y que no abuse en la utilización de los servicios.
• Proponer medidas profilácticas y comprobar la eficacia y la
prestación del servicio farmacéutico y de las recetas
dispensadas.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS (Hasta las transferencias)
El Decreto 2605/1974, Texto refundido de la Ley General
de la Seguridad Social, en su artículo 124, confería a los
Inspectores Médicos y Farmacéuticos la consideración de
autoridad pública.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS (Hasta las transferencias)
La Orden de 28 abril 1978, que aprueba el Estatuto de
Personal del I.N.P., crea el Cuerpo Sanitario de la Seguridad
Social, integrado por las escalas de:
• Médicos Inspectores.
• Farmacéuticos Inspectores.
• A.T.S. Visitadores.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS (Hasta las transferencias)
El R.D. 2664/1986 homologa el régimen del personal de
la Seguridad Social con el de la Administración Civil del
Estado (A partir de entonces, la Ley 30/1984 será de
aplicación a todo el personal de la Administración del
Estado).
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS (Hasta las transferencias)
La Ley General de Sanidad 14/1986 en su artículo 30
establece que todos los Centros Sanitarios, así como las
actividades de promoción y publicidad, estarán sometidos a
la Inspección.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS (Hasta las transferencias)
La Circular 3/1999 del INSALUD, indica que
corresponde a la Inspección Sanitaria el ejercicio de las
funciones enumeradas en los siguientes bloques:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.
Evaluación de Centros y Servicios Sanitarios.
Actuaciones de Acreditación.
Centros y Servicios Concertados.
Procedimientos disciplinarios y sancionadores.
Prestaciones Sanitarias.
Prestación Farmacéutica.
Incapacidad Temporal y Permanente.
Salud Laboral.
Responsabilidad Sanitaria.
Reintegro de Gastos.
Atención a los Usuarios.
Confidencialidad de bases de datos sanitarios.
Otras funciones.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS (Hasta las transferencias)
En noviembre de 2001, el INSALUD publica la Cartera de
Servicios de la Inspección Sanitaria, la misma comprende:
• Incapacidad Temporal y Salud Laboral.
• Evaluación Sanitaria.
• Gestión de Riesgos.
• Prestaciones Sanitarias.
• Otras actividades.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
ANTECEDENTES HISTÓRICOS (Hasta las transferencias)
El Real Decreto 1476/2001 traspasa a la Comunidad
Autónoma de Castilla-La Mancha las funciones y servicios
del INSALUD.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA NUEVA ERA (El servicio de Salud de Castilla-La Mancha)
La Ley 8/2000 de Ordenación Sanitaria de Castilla la
Mancha, crea el Servicio de Salud de Castilla-la Mancha. En
su artículo 33.1 indica que el personal que lleva a cabo
funciones de inspección gozará de la condición de agente
de la autoridad a todos los efectos.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA NUEVA ERA (El servicio de Salud de Castilla-La Mancha)
El Decreto 1/2002 aprueba la estructura y funciones de
los Servicios Centrales y Periféricos del SESCAM. En el
mismo
se
establece
que la
Inspección
y Evaluación
Sanitaria es función de la Secretaría General del SESCAM.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA NUEVA ERA (El servicio de Salud de Castilla-La Mancha)
La Ley 18/2002 modifica la Ley 3/1998 de Ordenación de
la Función Pública de Castilla la Mancha en los siguientes
términos:
• Crea la Escala Superior de Inspección y Evaluación Sanitaria
con las especialidades de medicina y farmacia.
• Crea la Escala Técnica de Inspección y Evaluación Sanitaria.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA NUEVA ERA (El servicio de Salud de Castilla-La Mancha)
Por no haber sido expresamente derogada, debemos
considerar plenamente vigente la Circular 3/1999 del
INSALUD sobre Organización y Funciones de la Inspección
Sanitaria.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA NUEVA ERA (El servicio de Salud de Castilla-La Mancha)
La
Inspección
Sanitaria
debe
ser
la
encargada
de
garantizar y proteger los derechos sanitarios de los
ciudadanos de CLM (Ley de Garantías, Segunda Opinión,
derechos y obligaciones recogidos en la ley 41/2002 básica
reguladora de autonomía del paciente… etc).
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA NUEVA ERA (El servicio de Salud de Castilla-La Mancha)
La
Inspección
Sanitaria
debe
comprometerse
con
la
administración sanitaria a través de un contrato de
Gestión.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA NUEVA ERA (El servicio de Salud de Castilla-La Mancha)
El objetivo final debe ser alinear definitivamente la
Inspección con la nueva gestión sanitaria del SESCAM.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
La Ley 55/2003, Estatuto Marco, indica que tiene por
objeto “establecer las bases reguladoras de la relación
funcionarial
especial
Servicios de Salud”.
del
personal
estatutario
de
los
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
El Estatuto Marco, en su Disposición adicional décima,
indica: “Los servicios de salud podrán establecer la
aplicación del régimen estatutario previsto en esta Ley a
las estructuras administrativas y de gestión del servicio de
salud respectivo”.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
Para el ingreso en las escalas Superior o Técnica de
Inspección y Evaluación es imprescindible tener titulación
de:licenciado
en
Medicina,
Diplomado en Enfermería.
licenciado
en
Farmacia,
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
El Art. 61 de la Ley 14/1986, General de Sanidad,
prevé el acceso ”sin restricciones” de la Inspección
Médica, a la historia clínica de los pacientes.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
La Ley 41/2002, en su art 16.5 indica: El personal sanitario
de inspección tiene acceso a las historias clínicas en el
cumplimiento de sus funciones de comprobación de la
calidad de la asistencia, el respeto de los derechos
del paciente o cualquier otra obligación del centro.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
Como personal sanitario, DEBEMOS viajar en el mismo
tren que nuestros compañeros estatutarios de Atención
Primaria y Atención Especializada.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
Las normas aplicables a todo el personal sanitario del
Servicio de Salud deben ser las mismas.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
La Ley 44/2003, de Ordenación de las Profesiones
Sanitarias,
regula
el
desarrollo
profesional
reconocimiento para los profesionales sanitarios.
y
su
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
En la propuesta de Carrera Profesional del SESCAM se
establece:
1. APLICACIÓN: personal sanitario estatutario con dedicación
exclusiva.
2. ESTRUCTURA: en cuatro grados (25 años para licenciados
sanitarios, 28 años para diplomados sanitarios).
3. EVALUACIÓN: los factores a evaluar se agrupan en tres
bloques: actividad y competencia asistencial, formación
docencia e investigación, implicación y compromiso con la
organización.
4. RETRIBUCIONES.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
La Productividad por Objetivos:
1. Fijación de Objetivos por unidad.
2. Cuantía económica por el cumplimiento de los mismos.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
Diferencias retributivas en 2006
Personal sanitario del SESCAM. – Inspección Médica.
• Entre las distintas categorías laborales, se produce una
diferencia retributiva que oscila entre 2.500 y 14.000 euros
anuales.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
El SESCAM debe ofertar la ESTATUTARIZACIÓN al
personal sanitario de Inspección. Como al resto del
personal sanitario estatutario debe reconocérsenos el
derecho a:
• Carrera Profesional.
• Productividad por objetivos.
• Acceso a puestos de Gestión Sanitaria a partir de nivel 23 y
que puedan ser cubiertos por personal con titulación sanitaria.
• Concurso de traslados dentro del Sistema Nacional de Salud.
LA ESTATUTARIZACIÓN. Una posibilidad de mejora.
MUCHAS GRACIAS