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ORDENANZA NÚMERO 2.494.VISTO el Expediente Nº
8.473/2006 C.D. (Archivo Nº 319/2006). “C” 4.414/2005.
COORDINADOR DE TURISMO Y PATRIMONIO. Remite Expediente ref. Declarar de Interés
Municipal y Patrimonio Arquitectónico la Iglesia Catedral, Biblioteca Ronco, Museo López
Claro.
Con los Despachos de las Comisiones de Obras Públicas, Vialidad y Transporte y de
Interpretación, Legislación y Seguridad Pública.
TRATADO Y APROBADO POR UNANIMIDAD
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE AZUL
Sanciona con fuerza de Ley la siguiente
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- DECLÁRASE de Interés Municipal, componente del Patrimonio Arquitectónico y
Urbanístico de la ciudad y Partido de Azul a los edificios del Museo Etnográfico y Archivo Histórico
“Enrique Squirru” de Azul, Inmuebles identificados con los siguientes datos Catastrales:
Circunscripción I; Sec. C; Manz. 184; Parc. 8 y Circunscripción I; Sec. C; Manz. 184; Parc. 9ª.ARTÍCULO 2º.- INCORPÓRESE al Inventario Patrimonial.ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo.DADA en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante del Partido de Azul, en la
ciudad de Azul, Provincia de Buenos Aires, a los catorce días del mes de agosto
de dos mil seis.16-08-2006.-lsl-.
FUNDAMENTOS
VISTO lo establecido en el articulado de la Ordenanza Nº 1.314/94 en el sentido de
“Calificar y declarar como de Interés Municipal aquellos bienes muebles o inmuebles cuyos valores
intrínsecos los constituyen en irremplazables por sus características excepcionales y que tengan
relevancia comprobada como componentes de la herencia espíritual o intelectual de la comunidad
asentada dentro de los límites de nuestro Partido y el Decreto Nº 460/04 del Departamento
Ejecutivo Municipal.
Y CONSIDERANDO
Que el edificio del Museo Etnográfico y Archivo Histórico “ENRIQUE SQUIRRU” que se
levanta en las calles San Martín y Ronco, en un solar histórico por cuanto perteneció a Doña
Bernarda Burgos, hija del fundador de Azul (Don Pedro Burgos).
Que es un edificio de gran valor testimonial en si mismo por ser una de las primeras
casas de tipo colonial de dos plantas que existió, construida cerca de 1845.
Que cuando se adquirió en 1940 para convertirlo en Museo s realizaron algunas
reformas de acuerdo a los planos especialmente confeccionados por el Arquitecto Blas Dhers,
para posibilitar su función museológica y en el terreno adyacente sobre calle Alvear, se construyó
en estilo neo-colonial, un anexo que forma un todo con el inmueble primitivo de la esquina.
Conformándose así las salas denominadas actualmente: José Hernández, Martín Fierro, Viejo
Vizcacha, Sargento Cruz, Don Segundo Sombra todas en Planta Baja y en un segundo nivel la
Sala que alberga el Archivo al que se accede por medio de una escalera ubicada en el patio
interior de claras connotaciones andaluzas. El herraje forjado de puertas y ventanas es obra del
maestro Víctor Fittipaldi con la colaboración de la entonces Escuela Industrial Vicente Pereda.
Que posee las colecciones de Platería Mapuche y Pampa más importante del país,
como así también una valiosa colección de Platería gauchesca. Además de una variada muestra
de objetos que hacen a la historia y etnografía de Azul.
Que en sus Salas se encuentra una variada pinacoteca que incluye obras de artistas
como: Martín Malharro, “Claudio Lantier”, Claro Betinelli, Otero Maffoni y otros.
Que allí se encuentran retratos clásicos de jefes indios como los caciques Marcelino y
Cipriano Catriel, y una documentación inédita compuesta por miles de piezas y fotografías donde
está escrita toda la historia de Azul.
Que en el año 1970 se compro la casa contigua, construida en el año 1930 siguiendo
los lineamientos del eclecticismo, a fin de posibilitar el crecimiento del mismo, dotando así de
nuevas salas comunicadas con el edificio existente, junto con sanitarios, un office y un patio
trasero de generosas dimensiones.
Que tales construcciones conforman un espacio armónico que alberga las colecciones
y mobiliario que se exhiben.
Que tales edificios reúnen valores patrimoniales, tanto por sus componentes
arquitectónicos como por su significancia en la vida comunitaria de la ciudad, para ser declarados
de Interés Municipal.
Que tales edificios reúnen sobradas razones para ser considerado de Interés Histórico
para la ciudad de Azul, para ser declarado de Interés Municipal.
Por ello, el Concejo Deliberante del Partido de Azul sanciona con fuerza de Ley la presente
Ordenanza.-
ORDENANZA Nº 2.494/2006.-