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DECRETO Nº 1176 Paraná, 2 de mayo de 2013 VISTO: La conmemoración del Bicentenario de la ciudad de Paraná, capital de la Provincia de Entre Ríos, el día 25 de junio de 2013; y CONSIDERANDO: Que es intención de este Gobierno Provincial integrar los festejos y evocaciones inherentes al evento enunciado, como oportunidad tanto de construcción colectiva como de un diseño y perfil de ciudad en el marco del desarrollo provincial y nacional; y Que a tales efectos, y a fin de optimizar los recursos y las acciones de allí emergentes, es propósito de éste Poder Ejecutivo que el diseño, planificación y ejecución del programa de actividades y actos conmemorativos a desarrollarse con motivo del bicentenario de la ciudad de Paraná se instrumente en forma centralizada y coordinada a través de una Unidad de gestión exclusiva; y Que en ese sentido resulta necesario disponer la creación y pautas iniciales de funcionamiento de la unidad a cargo de tal coordinación, facultando a la coordinación del mismo para requerir la participación y colaboración de los estamentos de la Administración Pública que resulten necesarios para el desarrollo de la tarea; y Por ello; El Gobernador de la Provincia DECRETA: Art. 1º — Créase la Unidad de Coordinación Provincial “Paraná 200” en el ámbito de la Administración Provincial de Entre Ríos, con la misión de ejecutar, a través de la estructura y logística provincial, la realización de obras, eventos y actividades vinculadas a dicho festejo, en coordinación directa con las autoridades del Municipio de la ciudad de Paraná, estableciendo su plazo de vigencia y ejecución hasta el 25 de junio de 2014. Art. 2º — La Unidad de Coordinación Provincial “Paraná 200” estará conformada por miembros designados por los Ministerios del Poder Ejecutivo y organismos descentralizados, facultándose al coordinador general a requerir la colaboración de los estamentos necesarios para la consecución del objetivo dispuesto. Art. 3º — La Unidad de Coordinación Provincial “Paraná 200” dependerá directamente del Poder Ejecutivo Provincial, designándose coordinador general de la misma al Sr. Ministro de Planeamiento e Infraestructura, Ing. Juan Javier García. Art. 4º — Dispónese que en el plazo de 5 (cinco) días a partir de la emisión del presente, y por la Coordinación General de la Unidad se elabore y eleve a éste Poder Ejecutivo el plan maestro de ejecución de obras, eventos y actividades de la Unidad de Coordinación Provincial “Paraná 200”. Art. 5º — Facúltase a los Servicios Administrativos Jurisdiccionales y a la Dirección General de Presupuesto para realizar las adecuaciones presupuestarias pertinentes a efectos de la realización de las actividades previstas en el marco del desarrollo de la Unidad de Coordinación Provincial “Paraná 200” de conformidad a lo establecido precedentemente. Art. 6º — El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado de Gobierno y Justicia, de Economía, Hacienda y Finanzas y de Planeamiento, Infraestructura y Servicios. Art. 7º — Comuníquese, publíquese y archívese. SERGIO D. URRIBARRI Adán H. Bahl Diego E. Valiero Juan J. García