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DECRETO Nº 1176
Paraná, 2 de mayo de 2013
VISTO:
La conmemoración del Bicentenario de la ciudad de Paraná, capital de la
Provincia de Entre Ríos, el día 25 de junio de 2013; y
CONSIDERANDO:
Que es intención de este Gobierno Provincial integrar los festejos y
evocaciones inherentes al evento enunciado, como oportunidad tanto de
construcción colectiva como de un diseño y perfil de ciudad en el marco del
desarrollo provincial y nacional; y
Que a tales efectos, y a fin de optimizar los recursos y las acciones de allí
emergentes, es propósito de éste Poder Ejecutivo que el diseño, planificación y
ejecución del programa de actividades y actos conmemorativos a desarrollarse
con motivo del bicentenario de la ciudad de Paraná se instrumente en forma
centralizada y coordinada a través de una Unidad de gestión exclusiva; y
Que en ese sentido resulta necesario disponer la creación y pautas iniciales
de funcionamiento de la unidad a cargo de tal coordinación, facultando a la
coordinación del mismo para requerir la participación y colaboración de los
estamentos de la Administración Pública que resulten necesarios para el desarrollo
de la tarea; y
Por ello;
El Gobernador de la Provincia
DECRETA:
Art. 1º — Créase la Unidad de Coordinación Provincial “Paraná 200” en el ámbito
de la Administración Provincial de Entre Ríos, con la misión de ejecutar, a través
de la estructura y logística provincial, la realización de obras, eventos y actividades
vinculadas a dicho festejo, en coordinación directa con las autoridades del
Municipio de la ciudad de Paraná, estableciendo su plazo de vigencia y ejecución
hasta el 25 de junio de 2014.
Art. 2º — La Unidad de Coordinación Provincial “Paraná 200” estará conformada
por miembros designados por los Ministerios del Poder Ejecutivo y organismos
descentralizados, facultándose al coordinador general a requerir la colaboración de
los estamentos necesarios para la consecución del objetivo dispuesto.
Art. 3º — La Unidad de Coordinación Provincial “Paraná 200” dependerá
directamente del Poder Ejecutivo Provincial, designándose coordinador general de
la misma al Sr. Ministro de Planeamiento e Infraestructura, Ing. Juan Javier
García.
Art. 4º — Dispónese que en el plazo de 5 (cinco) días a partir de la emisión del
presente, y por la Coordinación General de la Unidad se elabore y eleve a éste
Poder Ejecutivo el plan maestro de ejecución de obras, eventos y actividades de la
Unidad de Coordinación Provincial “Paraná 200”.
Art. 5º — Facúltase a los Servicios Administrativos Jurisdiccionales y a la
Dirección General de Presupuesto para realizar las adecuaciones presupuestarias
pertinentes a efectos de la realización de las actividades previstas en el marco del
desarrollo de la Unidad de Coordinación Provincial “Paraná 200” de conformidad a
lo establecido precedentemente.
Art. 6º — El presente decreto será refrendado por los señores Ministros
Secretarios de Estado de Gobierno y Justicia, de Economía, Hacienda y Finanzas
y de Planeamiento, Infraestructura y Servicios.
Art. 7º — Comuníquese, publíquese y archívese.
SERGIO D. URRIBARRI
Adán H. Bahl
Diego E. Valiero
Juan J. García