Download Despacho de Comisión Impuesto a las Ganancias
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Asunto: Impuesto a las Ganancias. El presente despacho de comisión tiene como fin dar respuesta a las diferencias que surgen de las evaluaciones de las capacidades de las empresas motivadas en el criterio de tratamiento y exposición del Impuesto a las Ganancias. Se ha realizado un estudio y análisis de los distintos casos que se presentan; resumidamente son: El Impuesto a las Ganancias se encuentra expuesto y reflejado en el Estado de Resultados, con lo cual el resultado del ejercicio a considerar es después de dicho impuesto. El Impuesto a las Ganancias se expone y se muestra en el pasivo como provisión para el pago de dicho impuesto; Además de estos dos casos enunciados anteriormente, se encuentran situaciones en las cuales el tratamiento de dicho impuesto se menciona en el acta de asamblea ordinaria, situación en la cual se dispone generalmente el uso de Resultados no Asignados para el pago de dicho impuesto; y, por último, Existen casos en los cuales no se observa en la documentación presentada tratamiento alguno del tema en consideración. Estos dos últimos casos o situaciones encontradas plantean la necesidad de determinar un criterio a seguir por esta Comisión de Clasificación a los efectos de equiparar la evaluación realizada a las empresas con motivo de otorgar las capacidades. En los dos primeros casos, el reflejo y el reconocimiento del impuesto incide en el monto de las capacidades otorgadas –ya que dicho importe es bien o un pasivo o un resultado negativo. En los dos últimos casos, dicho importe no se expresa ni se considera, con lo cual estas empresas tendrían un beneficio sobre aquellas que sí tienen en cuenta el tema en cuestión. En conclusión, a los efectos de equiparar los análisis y las evaluaciones realizados a las empresas, esta Comisión de Clasificación estima conveniente descontar como pasivo el Impuesto a las Ganancias determinado en aquellos casos en los cuales no se contemple en los Estados Contables presentados el tratamiento y la exposición de dicho concepto. DESPACHO DE COMISION: La Plata, 18 de octubre de 2012.