Download MUNICIPALIDAD DE VIEDMA Capital de la Provincia de Río Negro
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
MUNICIPALIDAD DE VIEDMA Capital de la Provincia de Río Negro Capital Histórica de la Provincia de Río Negro D E C R E TO Nº 622/00 Viedma, 23 de Agosto de 2000 VISTO: El Expediente Nº 200627-D-2000, del registro del Poder Ejecutivo Municipal, y; CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto Nº 250/98, se reglamenta el ordenamiento del transito vehicular en un sector de la planta urbana de Viedma delimitado por el anexo I, el cual no abarcaba la totalidad de la planta urbana; Que es necesario continuar con el programa de reordenamiento incluyendo mas arterias fijando el sentido de circulación y cantidad de manos para lograr seguridad en el transito tendiendo a la disminución de daños de personas y bienes; Que existiendo a su vez un programa de semaforización de la ciudad es necesaria la definición del sentido de circulación de los encuentros que serán semaforizados a efectos de determinar el tipo de indicadores lumínicos que se utilizarán; Que el encuentro de la calle Rivadavia y Boulevard Ituzaingó se ha transformado en un nudo vial de mayor peligrosidad, hace necesario la inclusión en el programa de reordenamiento del sector comprendido por el Barrio Luis Piedra Buena, calle Rivadavia y Cardenal Cagliero hasta su encuentro con la rotonda pagano; POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VIEDMA DECRETA ARTÍCULO 1º: Ampliar el Decreto Nº 250/98 en su Artículo 5º, agregando a la redacción del mismo lo siguiente: "Fijar el sentido de circulación que tendrán las arterias dentro del sector comprendido por el Boulevard Ituzaingó, Cardenal Cagliero, Mazzarello, Mutualismo, Arró y Zatti, tal como se indica en el Anexo I, el que forma parte del presente a saber:" a) Tendrán doble sentido de circulación las siguientes arterias: Mazzarello María Dominga. Vallese Hermana Superior Angela. Rúa Don Miguel. Mutualismo. Carbajal Padre Lino. Arró Andrés. Tucumán (desde su fin hasta calle Suipacha). Avda. Zatti Artémides. Avda. Cardenal Cagliero (desde la rotonda Pagano hasta calle Primera Junta). b) Tendrán único sentido de circulación noroeste-sudeste, las siguientes arterias: Congreso de Tucumán. Avda. Rivadavia. c) Tendrán único sentido de circulación sudeste-noroeste, las siguientes arterias: Alem. d) Tendrán único sentido de circulación sudoeste-noroeste, las siguientes arterias: Ameghino Florentino. Rawson. Suipacha. e) Tendrán único sentido de circulación noroeste-sudoeste, las siguientes arterias: Santa Rosa. España. Primera Junta. f) Tendrán doble sentido de circulación noroeste-sudoeste y viceversa las siguientes arterias entre Avda Cagliero y Avda Rivadavia. Santa Rosa. F. Amegino. ARTÍCULO 2º: Registrar, tomar razón, pasar a la Dirección General de Seguridad, Salubridad e Higiene a sus efectos, cumplido archivar. JULIO A BARRENO GUSTAVO A COSTANZO Secretario Intendente Municipal Y Ciudad de Viedma Municipalidad de Viedma Dr. de Servicios Obras Públicos