Download MUNICIPALIDAD DE VIEDMA Capital de la Provincia de Río Negro

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
MUNICIPALIDAD DE VIEDMA
Capital de la Provincia de Río Negro
Capital Histórica de la Provincia de Río Negro
D E C R E TO
Nº 622/00
Viedma, 23 de Agosto de 2000
VISTO:
El Expediente Nº 200627-D-2000, del registro del Poder Ejecutivo
Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 250/98, se reglamenta el
ordenamiento del transito vehicular en un sector de la planta urbana de Viedma
delimitado por el anexo I, el cual no abarcaba la totalidad de la planta urbana;
Que es necesario continuar con el programa de reordenamiento
incluyendo mas arterias fijando el sentido de circulación y cantidad de manos para
lograr seguridad en el transito tendiendo a la disminución de daños de personas y
bienes;
Que existiendo a su vez un programa de semaforización de la
ciudad es necesaria la definición del sentido de circulación de los encuentros que serán
semaforizados a efectos de determinar el tipo de indicadores lumínicos que se
utilizarán;
Que el encuentro de la calle Rivadavia y Boulevard Ituzaingó se ha
transformado en un nudo vial de mayor peligrosidad, hace necesario la inclusión en el
programa de reordenamiento del sector comprendido por el Barrio Luis Piedra Buena,
calle Rivadavia y Cardenal Cagliero hasta su encuentro con la rotonda pagano;
POR ELLO,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VIEDMA
DECRETA
ARTÍCULO 1º: Ampliar el Decreto Nº 250/98 en su Artículo 5º, agregando a la
redacción del mismo lo siguiente: "Fijar el sentido de circulación que tendrán las
arterias dentro del sector comprendido por el Boulevard Ituzaingó, Cardenal Cagliero,
Mazzarello, Mutualismo, Arró y Zatti, tal como se indica en el Anexo I, el que forma
parte del presente a saber:"
a) Tendrán doble sentido de circulación las siguientes arterias:
Mazzarello María Dominga.
Vallese Hermana Superior Angela.
Rúa Don Miguel.
Mutualismo.
Carbajal Padre Lino.
Arró Andrés.
Tucumán (desde su fin hasta calle Suipacha).
Avda. Zatti Artémides.
Avda. Cardenal Cagliero (desde la rotonda Pagano hasta calle Primera Junta).
b) Tendrán único sentido de circulación noroeste-sudeste, las siguientes arterias:
Congreso de Tucumán.
Avda. Rivadavia.
c) Tendrán único sentido de circulación sudeste-noroeste, las siguientes arterias:
Alem.
d) Tendrán único sentido de circulación sudoeste-noroeste, las siguientes arterias:
Ameghino Florentino.
Rawson.
Suipacha.
e) Tendrán único sentido de circulación noroeste-sudoeste, las siguientes arterias:
Santa Rosa.
España.
Primera Junta.
f) Tendrán doble sentido de circulación noroeste-sudoeste y viceversa las siguientes
arterias entre Avda Cagliero y Avda Rivadavia.
Santa Rosa.
F. Amegino.
ARTÍCULO 2º: Registrar, tomar razón, pasar a la Dirección General de Seguridad,
Salubridad e Higiene a sus efectos, cumplido archivar.
JULIO A BARRENO
GUSTAVO A COSTANZO
Secretario
Intendente Municipal
Y
Ciudad de Viedma
Municipalidad de Viedma
Dr.
de
Servicios
Obras
Públicos