Download Cámara de Representantes Provincia de Misiones “2011

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
“2011 – Año Provincial de los Bosques”
Cámara de Representantes
Provincia de Misiones
PROYECTO DE LEY
LA CÁMARA DE REPRESENTANTES DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Adhiérase la Provincia de Misiones a la Ley Nacional Nº 26.279 de
“Régimen para la detección y posterior tratamiento de determinadas patologías en el recién
nacido”.
ARTÍCULO 2.- Conforme a lo dispuesto en el artículo anterior, será obligatorio en todos los
establecimientos asistenciales estatales y privados de la Provincia de Misiones en donde se
produzcan nacimientos la realización, respecto de cada recién nacido, de las prácticas de
control previstas en el Programa Nacional de Prevención de Discapacidades en el Recién
Nacido.
ARTÍCULO 3.- Quedan obligados al cumplimiento de la presente ley como parte de los
servicios hospitalarios y de salud, los obstetras y profesionales médicos que asistan al
nacimiento, o que con posterioridad al parto presten asistencia profesional a los recién
nacidos, siendo responsables de su cumplimiento los titulares de los establecimientos de salud
alcanzados por la presente.
ARTÍCULO 4.- El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Misiones (I.P.S.) como así
los seguros médicos y obras sociales, deberán incorporar como prestación obligatoria la
detección y tratamiento de las siguientes patologías: fenilcetonuria; hipotiroidismo neonatal;
fibrosis quística; galactosemia; hiperplasia suprarenal congénita; deficiencia de biotinidasa;
retinopatía del prematuro; chagas y sífilis, pudiendo la Autoridad de Aplicación ampliar esta
nómina cuando razones de política sanitaria así lo justifiquen.
ARTÍCULO 5.- El Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Misiones, será la autoridad
de aplicación de la presente ley y coordinará con el Sector Público y Privado de Salud el
cumplimiento de la misma.
ARTÍCULO 6.- La autoridad de aplicación deberá realizar campañas de difusión, a través
medios orales, escritos y televisivos, que tengan por finalidad crear en la población la
Cod_veri: 856128
“2011 – Año Provincial de los Bosques”
Cámara de Representantes
Provincia de Misiones
suficiente conciencia sobre la necesidad de tratar y prevenir en forma precoz las enfermedades
que puedan producir discapacidades físicas y psíquicas.
ARTÍCULO 7.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
El presente proyecto de ley, propone la adhesión a la Ley Nacional 26279 de
“Régimen para la detección y posterior tratamiento de determinadas patologías en el recién
nacido”. Dicha norma obliga a que en todo el territorio del país se realice la pesquisa neonatal,
consistente en un examen de muestra de sangre extraída del talón del recién nacido, mediante
el cual se pueden detectar y diagnosticar enfermedades neonatales inaparentes, que de ser
tratadas a tiempo evitarán a futuro un daño irreversible en la salud del paciente.
Si bien la Ley 26279 es una norma nacional, en su artículo 7 se invita a las
provincias a adherir a la misma, por lo cual este proyecto queda claramente justificado, más
aún evidenciando una necesidad de reforzar el imperativo legal previsto en la norma, que en
numerosos casos es desconocido por centros asistenciales provinciales que no lo receptan.
En nuestro país, hay provincias que tienen leyes de adhesión, mientras que otras
solo comparten programas o los están implementando, o envían sus muestras a Buenos Aires,
Cod_veri: 856128
“2011 – Año Provincial de los Bosques”
Cámara de Representantes
Provincia de Misiones
logrando únicamente con esto, que la cobertura se dé solo en niños nacidos mayormente en el
sector público de la salud, más no en el sector privado.
Por otra parte, el beneficio que reporta la realización de la pesquisa neonatal, se
verifica también en el aspecto económico, puesto que el costo de realización de este examen es
claramente inferior al costo del tratamiento de la enfermedad en años posterior, sumando a
ello los años perdidos en calidad de vida y la disminución del coeficiente intelectual en los
niños afectados.
Claramente la realización en forma obligatoria de la pesquisa neonatal respecto de
todos los nacimientos que se produzcan en la provincia de Misiones, redundará no solo en
beneficio para la salud de la población, sino que además se mejorarán varios aspectos de la
política sanitaria actual como son: a) la obtención de un conocimiento más profundo de las
enfermedades pesquisadas y sus incidencias reales en la población; b) el conocimiento de los
giros que con el paso del tiempo va tomando la enfermedad; c) la incorporación de nuevas
enfermedades a la pesquisa, gracias a la estructura ya montada.
Asimismo, a nivel comunitario, la realización de la pesquisa neonatal produce una
mayor exigencia familiar sobre el cuidado de la salud del niño, ya fuere durante su etapa de
gestación, como así en sus primeros años de vida.
Por las consideraciones expuestas y las que en momento oportuno brindaré a mis pares,
solicito el voto afirmativo al presente proyecto de ley.
Cod_veri: 856128
“2011 – Año Provincial de los Bosques”
Cámara de Representantes
Provincia de Misiones
Cod_veri: 856128