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ORDENANZA NÚMERO 2.273.VISTO el Expediente Nº 6.773/2002 C.D.- (Archivo Nº 25/2002) INTEGRANTES DEL BLOQUE
DE LA UNION CIVICA RADICAL. Elevan proyecto de Ordenanza ref. Crear en todo el ámbito
del Partido de Azul el Programa Municipal de Alumbrado Público.
Con el Despacho de la Comisión de Obras Públicas, Vialidad y Transporte.-
TRATADO Y APROBADO POR UNANIMIDAD
EL CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE AZUL
Sanciona con fuerza de Ley la siguiente
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- CRÉASE en todo el ámbito del Partido de Azul el Programa Municipal de
Alumbrado Público.ARTÍCULO 2º.- ESTABLÉCESE como actividades del Programa Municipal de Alumbrado Público
del Partido de Azul:
a) Cambio de luminarias de mercurio existente por luces de sodio.
b) Proveer de columnas de alumbrado a razón de 3 (tres) por cuadra, a las áreas servidas
por cordón cuneta.
c) Mejorar de manera pautada la iluminación de plazas, parques y paseos del Partido de
Azul.
ARTÍCULO 3º.-
AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a celebrar un convenio con la
Cooperativa Eléctrica de Azul Ltda. a los efectos de concretar las acciones necesarias para cumplir
con los objetivos de creación del Programa Municipal de Alumbrado Público.ARTÍCULO 4º.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a disponer los fondos necesarios
originados en el cumplimiento de lo previsto en la Ley 9226, a los efectos de dar cobertura
económica al Programa Municipal de Alumbrado Público.-
ARTÍCULO 5º.- COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo.DADA en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante del Partido de Azul, en la
ciudad de Azul, Provincia de Buenos Aires, a los quince días del mes de
noviembre de dos mil cuatro.-
18-11-2004.-mso-
FUNDAMENTOS
VISTA la necesidad de satisfacer la demanda existente, en términos de alumbrado público, en
vastos sectores del Partido de Azul.
Y CONSIDERANDO
Que se ha agotado el financiamiento del Plan “Luces Bonaerenses”, que durante cuatro años
cubriera con amplitud las necesidades del momento, en materia de alumbrado público.
Que los recursos económicos, en forma casi exclusiva, fueron de origen municipal.
Que, en el marco de las Ordenanzas Nº 508/80, 593/82 y 703/83, es posible producir un
acuerdo con la Cooperativa Eléctrica de Azul Ltda. a los efectos de concretar un Programa de
Alumbrado Público Municipal.
Que este Programa, de largo plazo, estaría en condiciones de dar las respuestas adecuadas
a los justos y reiterados reclamos vecinales.
Que el incremento de calles que cuentan con cordón cuneta así como los parques, plazas y
paseos que requieren un mejoramiento del Servicio justifican largamente el programa propuesto.
Que el plan debería estar destinado al cambio de las luminarias de mercurio existente por
luces de sodio, proveer de columnas a las áreas servidas por cordón cuneta y mejorar la
iluminación de plazas, parques y paseos del Distrito de Azul.
Que los recursos necesarios para cubrir las necesidades económicas del Plan podrían tener
origen en los correspondientes a la Ley 9.226, en un porcentual acordado.
Que la creación de un Programa Municipal de Alumbrado Público debe ser avalado por
Ordenanza.
POR ELLO, el Concejo Deliberante del Partido de Azul sanciona con fuerza de Ley la presente
Ordenanza.ORDENANZA Nº 2.273/2004.-