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MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS
VISION POPULAR ACERCA DE LOS MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS (2002). La
comunidad y su percepción de la justicia y de los MARC.1

Medios que conocen los encuestados para solucionar los conflictos
Las organizaciones comunitarias
El diálogo entre los involucrados
Los órganos competentes del Estado

57%
37%
6%
Conocimiento de medios alternativos de resolución de conflictos
No conocen
Conocen

71%
29%
Encuestados que les interesaría conocer los medios alternativos de resolución de
conflictos
Si están interesados
No están interesados

67%
33%
Razones por las cuales hay interés en conocer los medios alternativos de
resolución de conflictos
Porque beneficiarían la convivencia armoniosa en la comunidad
Para resolver asuntos personales

Razones por las cuales no hay interés en conocer los medios alternativos de
resolución de conflictos
Por falta de interés
Porque desconocen el potencial de estos medios
para la solución efectiva de los conflictos

89%
11%
Opinión sobre aprobar una ley de medios alternativos de resolución de conflictos
Si
No

23%
77%
85%
15%
Razones para aprobar una ley de medios alternativos de resolución de conflictos
Para conferirles fuerza de ley
Porque son una forma de solucionar conflictos entre los individuos y por
tanto de garantizar el acceso a la justicia
Para promover su uso y garantizar que se
apliquen como procedimientos rápidos, sencillos y eficientes
Para desahogar los órganos administradores de justicia
1
43%
33%
19%
5%
ASOCIACIÓN CIVIL CONSORCIO DESARROLLO y JUSTICIA, (2002) “Visión Popular acerca de los Medios Alternativos de Resolución
de Conflictos”, Asociación Civil Consorcio Desarrollo y Justicia, Caracas.
1

Razones para no aprobar una ley de medios alternativos de resolución de
conflictos
Por desconfianza hacia estos métodos
Porque son voluntarios y no ameritan ley que obligue a su cumplimiento

90%
10%
Opinión sobre los efectos de los medios alternativos de resolución de conflictos
Deben tener efectos absolutos (los acuerdos, no ir a otra instancia)
Deben tener efectos relativos (los acuerdos puedan ser revisados en otra instancia)
66%
34%
VISION POPULAR ACERCA DE LOS MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS (2002).
Opinión de los órganos administradores de justicia sobre los MARC.

Opinión respecto de los beneficios que les reportaría la ejecución efectiva de los
medios alternativos de resolución de conflictos
Sería beneficiosa su aplicación
No reportaría ningún beneficio al órgano

97%
3%
Beneficios de los medios alternativos de resolución de conflictos para los
órganos
Desahogo de los órganos
Ahorro de tiempo y dinero
Solución inmediata de conflictos
Imagen institucional resulta favorecida
Economía procesal
Acceso a la justicia

40%
37%
15%
3%
3%
2%
Razones por las cuales los medios alternativos de resolución de conflictos no
reportarían ningún beneficio
Su aplicación no disminuiría los casos que atienden los órganos
No son medios ideales para ser utilizados en las instituciones
No respondieron

Limitaciones con las que se enfrenta el desarrollo efectivo de los medios
alternativos de resolución de conflictos
La ausencia de educación y cultura respecto a los MARC
La insuficiencia de recursos financieros
Las limitaciones impuestas por la ley
La ausencia de mecanismos para obligar a cumplir los acuerdos
La falta de capacitación respecto a los MARC

25%
25%
50%
33%
21%
17%
15%
14%
Opinión respecto a la creación de una ley de medios alternativos de resolución
de conflictos
De acuerdo
En desacuerdo
80%
20%
2

Razones para crear una ley de medios alternativos de resolución de conflictos
Fuerza de ley para las decisiones tomadas a través de los MARC
Desahogo de los órganos de administración de justicia
Mayor acceso a la justicia
Solución rápida de conflictos
Especificar pautas para implementar los MARC
Ahorro de tiempo y dinero para el Estado

41%
16%
16%
15%
6%
6%
Razones para no crear una ley de medios alternativos de resolución de conflictos
Los MARC son de carácter voluntario
Los MARC ya están contemplados en la ley pero no se practican
Los MARC son lentos y complicados

Opinión sobre los efectos de los medios alternativos de resolución de conflictos
Deben tener efectos absolutos
Deben tener efectos relativos

63%
37%
Razones por las cuales deben tener efectos absolutos
Los MARC deben dar solución definitiva al conflicto
Al tener fuerza de ley sus efectos deben ser absolutos
Garantizan el acceso a la justicia
El carácter absoluto genera el desahogo de los órganos

47%
41%
12%
59%
37%
5%
4%
Razones por las cuales deben tener efectos relativos
La Constitución consagra recursos de apelación y doble instancia
Se evita la concentración de poder
La revisión por incumplimiento debe ser considerada
48%
46%
6%
VISION POPULAR ACERCA DE LOS MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS (2002).
Opinión de los usuarios de la Justicia de Paz.

Opiniones positivas sobre el juez de paz en general (98% de los encuestados)
Resuelve los conflictos de la comunidad
Tiene experiencia, accesibilidad y valores éticos
Aconseja y orienta a la comunidad
Lucha por el acceso a la justicia

45%
26%
16%
13%
Opiniones positivas sobre la labor del juez de paz del sector (98% de opiniones
positivas)
Cumple los lapsos previstos en la ley
Resuelve los conflictos efectivamente
Es responsable
Es participativo
Es colaborador
Tiene capacidad de decisión
Es objetivo e imparcial
Orienta a la comunidad
33%
25%
14%
9%
8%
7%
2%
2%
3

Personas que acudieron a la Justicia de Paz y resolvieron sus conflictos
Si
No

88%
12%
Personas que manifestaron que con la experiencia de la Justicia de Paz
aprendieron cómo resolver los conflictos
Si
No
84%
16%
4