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ORDENANZA N° 2410-CM-13
DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE ADHIERE A LA LEY PROVINCIAL 4804.
REGULACIÓN EXPENDIO DE SAL.
ANTECEDENTES
Ley provincial 4804.
Proyecto de Comunicación Provincial 278/13.
Programa Nacional, -Sal + Vida.
FUNDAMENTOS
A fines del año 2012 se sancionó la Ley provincial 4804, la cual regula el expendio y
ofrecimiento de sal en los establecimientos gastronómicos, tanto públicos como privados en
el territorio de Río Negro.
La mencionada iniciativa persigue disminuir el consumo de sal en la población, con el
objetivo de favorecer las prácticas saludables.
En este sentido, la norma apunta a evitar el uso indiscriminado de sal. Como objetivo de
fondo, podemos subrayar que favorecer este tipo de acciones representa disminuir la
importante carga sanitaria que representan las enfermedades cardiovasculares,
cerebrovasculares y renales.
En los fundamentos del Proyecto de Ley 83/2012, que luego se convirtiera en la Ley N°
4804 se expresa:
La Organización Mundial de la Salud (OMS) señala que el aumento de la presión
arterial en el mundo es el principal factor de riesgo de muerte y el segundo de
discapacidad por enfermedad cardíaca, accidente cerebro vascular e insuficiencia renal.
La dieta alta en sal sostiene la OMS, aumenta el riesgo de hipertrofia ventricular
izquierda y daño renal siendo también una causa posible de cáncer gástrico, tiene posibles
asociaciones con la osteoporosis, y un aumento en la severidad del asma. Debido que los
alimentos con sal producen sed es posible que también contribuyan a la obesidad entre los
niños y los adolescentes a través de la asociación con un mayor consumo de bebidas de
altas calorías.
Y continúa: "Por otra parte, las estadísticas de causa de mortalidad en nuestra
provincia señalan a las enfermedades del aparato circulatorio como la primera causa de
muerte por encima del año de vida, y entre las diez principales causas de egresos
hospitalarios.
Cabe destacar, que el Ministerio de Salud de la Nación, posee bajo su órbita la Comisión
Nacional de Prevención y control de Enfermedades Crónicas no transmisibles, con el objeto
de fomentar la prevención y el control de este tipo de afecciones. Además este Ministerio
ha puesto en marcha el Programa Menos Sal Más Vida, siendo una política que apunta a
disminuir el consumo de sal de la población en su conjunto.
“2013, año del 30º aniversario de la recuperación de la Democracia”
Dentro de los componentes del programa, se encuentran el de concientizar a la población
sobre la necesidad de disminuir la incorporación de sal en las comidas; reducción
progresiva de sal en los alimentos procesados mediante acuerdos con la industria de
alimentos y reducción del contenido de sal en la elaboración del pan artesanal.
Científicos y médicos que estudian las afecciones relacionadas con la hipertensión
arterial, consideran que la medida que se adopte respecto a la reducción de sal en las
comidas, ayudará significativamente a reducir los episodios cardiovasculares como la
muerte por infartos de miocardio o ataques cerebro-vasculares.
Por lo expuesto, creemos sustancial adherirnos a Ley Provincial 4804, con el fin de
promover la reducción de sal en los barilochenses.
AUTORES: Concejales Leandro Lescano y Carmen Giménez (AFSP).
El proyecto original Nº 340/13, fue aprobado en la sesión del día 6 de junio de 2013, según
consta en el Acta Nº 1003/13. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art.
38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
ORDENANZA
Art. 1°)
Se adhiere a la Ley Provincial 4804, la cual regula el expendio de sal en
establecimientos tanto públicos como privados, con el fin de promover y
fomentar la disminución del consumo de sal en la población.
Art. 2°) Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido,
archívese.
“2013, año del 30º aniversario de la recuperación de la Democracia”