Download Instructivo tramite para la adquisición de medicamentos
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
PROCESO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES INSTRUCTIVO: TRAMITE PARA LA ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS EN LOS CENTROS DE PROTECCIÓN SOCIAL BOSQUE POPULAR Y BELLO HORIZONTE Código: I-PS-020 Versión: 0 Fecha: 20/11/2015 Página: 1 de 4 1. Objetivo. Establecer de manera precisa las acciones para la adquisición de medicamentos formulados por el-la profesional de medicina a las personas mayores de los Centros de Protección Social Bosque Popular y Bello Horizonte, a fin de administrar de manera oportuna los medicamentos; ayudando así a garantizar el derecho a la salud de la población institucionalizada. 2. Glosario. a. Formulas médicas: Es el documento legal por medio del cual los-as médicos-as legalmente capacitados prescriben la medicación al paciente para su dispensación por parte del farmacéutico. b. Medicamento: Es uno o más fármacos, dotado de propiedades que permiten el mejor efecto farmacológico de sus componentes con el fin de prevenir, aliviar o mejorar el estado de salud de las personas enfermas, o para modificar estados fisiológicos. c. Copago: Es el aporte en dinero que corresponde a una parte del valor del servicio requerido por el beneficiario; tiene como finalidad ayudar a financiar el sistema de salud. Se cobra sólo a los afiliados beneficiarios (familiares del cotizante). d. Entidad Promotora de Salud (EPS): Es la responsable de la afiliación y registro de los usuarios y del recaudo de las cotizaciones. Deben organizar y garantizar la prestación del POS a los afiliados y de girar al FOSYGA, dentro de los términos de ley, la diferencia entre los ingresos por cotizaciones de sus afiliados. e. Entidades Promotoras de Salud Subsidiado (EPS-S): Entidades que manejan (previo contrato con municipios y departamentos) los recursos que el Estado destina para atender a los beneficiarios del régimen subsidiado, es decir, las personas que no tienen dinero para cotizar al sistema de salud. f. FOSYGA: Fondo de solidaridad y garantía, este fondo fue creado en la Ley 100, con el fin de garantizar la compensación entre las personas de diferentes ingresos y la solidaridad del sistema general de seguridad social. g. POS: Plan Obligatorio de Salud, es el conjunto se servicios de atención en salud a que tiene derecho un usuario en el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Cra. 7 No. 32-16 Ciudadela San Martín Teléfono 327 97 97 www.integracionsocial.gov.co Información Línea 195 F-I-003 PROCESO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES INSTRUCTIVO: TRAMITE PARA LA ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS EN LOS CENTROS DE PROTECCIÓN SOCIAL BOSQUE POPULAR Y BELLO HORIZONTE Código: I-PS-020 Versión: 0 Fecha: 20/11/2015 Página: 2 de 4 h. Establecimiento farmacéutico. Es el establecimiento dedicado a la producción, almacenamiento, distribución, comercialización, dispensación, control o aseguramiento de la calidad de los medicamentos, dispositivos médicos o de las materias primas necesarias para su elaboración y demás productos autorizados por ley para su comercialización en dicho establecimiento. i. Materia prima de control especial o sustancia sometida a fiscalización: (medicamento de control especial) Es toda sustancia cualquiera que sea su origen, que produce efectos mediatos e inmediatos de dependencia psíquica o física en el ser humano; aquella que por su posibilidad de abuso, pueda tener algún grado de peligrosidad en su uso, o aquella que haya sido catalogada como tal, en los convenios internacionales, por el Ministerio de la Protección Social, o la Comisión Revisora del Invima. Dentro de estas se incluyen los estándares de referencia, patrones y reactivos. j. Formato CTC (COMITÉ TÉCNICO CIENTÍFICO): Es la solicitud de recobro ante el FOSYGA por concepto de medicamentos, servicios médicos y prestaciones de salud sin cobertura en el POS suministrados a los afiliados al Régimen Subsidiado y autorizados por el CTC de la EPS. k. Formato Anexo III: Formato para la solicitud de autorización de servicios de salud, puede ser para medios diagnósticos o interconsultas con especialistas. 3. Desarrollo: La persona mayor debe asistir a la cita con el médico general o especialista acompañado de un-a auxiliar de enfermería. A la cita es necesario llevar el formato Informativo donde se diligencian datos relevantes de salud básica de la persona mayor relacionando: Nombre, CC, EPS o EPS-S, diagnósticos médicos, últimos laboratorios, recomendaciones dadas en la cita de control anterior por el médico, estado de salud en los últimos días de la persona mayor y los medicamentos que está tomando actualmente. Durante la cita el medico va a generar la formula médica y en ella van a estar relacionados los medicamentos para el mes o para tres meses, dependiendo sea su enfermedad, por cada medicamento deben estar las especificaciones de administración. Los medicamentos de control especial deben estar en una formula aparte debidamente diligenciada y con copia. Se pueden formular medicamentos que no están dentro del Plan Obligatorio de Salud, para estos medicamentos el médico debe diligenciar la justificación con el formato de CTC. El-la auxiliar de enfermería debe verificar en el momento de la cita que la fórmula se encuentre bien diligenciada. Por cada medicamento debe estar la cantidad, dosis, Cra. 7 No. 32-16 Ciudadela San Martín Teléfono 327 97 97 www.integracionsocial.gov.co Información Línea 195 F-I-003 PROCESO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES INSTRUCTIVO: TRAMITE PARA LA ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS EN LOS CENTROS DE PROTECCIÓN SOCIAL BOSQUE POPULAR Y BELLO HORIZONTE Código: I-PS-020 Versión: 0 Fecha: 20/11/2015 Página: 3 de 4 frecuencia, vía de administración, firma y sello del médico-a. También verificar las fórmulas de medicamentos de control especial y los CTC. Una vez se realice el retorno al Centro de Protección Social, el-la auxiliar de enfermería entrega la formula médica, con copia o CTC según sea el caso; al auxiliar de enfermería que tiene a su cargo la-s persona-s mayor-es, para que sea anexa a la Historia Social y realizar la nota de enfermería. El-la auxiliar de enfermería designado debe preparar el paquete (Fotocopia de la cédula, fórmula, resumen de historia clínica, CTC -si aplica-) para realizar la respectiva autorización en los tiempos establecidos por la EPS. El-la auxiliar de enfermería asignado-a y/o el-la regente de farmacia debe llevar las fórmulas de medicina general a la farmacia del hospital donde la persona mayor es atendida comúnmente y reclamar el medicamento. Una vez sea generada la autorización, el-la auxiliar de enfermería designado-a debe planillar la fórmula para ser reclamada en el establecimiento farmacéutico que la EPSS o EPS disponga. Al reclamarse se debe entregar al-la regente de farmacia del Centro de Protección para el correspondiente ingreso y disposición de almacenamiento de la medicación. 4. Observaciones: Si la persona mayor pertenece al régimen contributivo o algún régimen especial, puede darse el caso que al momento de reclamar la medicación el establecimiento farmacéutico cobre un copago, el pago de este rubro debe informarse a trabajo social para que por medio de un ejercicio de corresponsabilidad con las familias se pueda adquirir este dinero. De requerirse copago y la persona mayor no cuente con red familiar o social de apoyo, el Centro de Protección Social asumirá el costo generado por éste concepto. Cra. 7 No. 32-16 Ciudadela San Martín Teléfono 327 97 97 www.integracionsocial.gov.co Información Línea 195 F-I-003 PROCESO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS SOCIALES Código: I-PS-020 INSTRUCTIVO: TRAMITE PARA LA ADQUISICIÓN DE MEDICAMENTOS EN LOS CENTROS DE PROTECCIÓN SOCIAL BOSQUE POPULAR Y BELLO HORIZONTE Versión: 0 Fecha: 20/11/2015 Página: 4 de 4 5. Administración del instructivo: La administración del Instructivo está a cargo de la Subdirección para la Vejez NOMBRE CARGO ELABORO Miguel Puentes Catalina Pulido Gladys Guzmán Enfermero Equipo técnico CPS Abogada Subdirección para la Vejez Responsable servicio social Centros de Protección Social REVISO Sandra Ávila Giovanna Rivera Juanita Barrero Páez Guzmán Gestora SIG Dirección Territorial Gestora SIG Subdirección para la Vejez Subdirectora para la Vejez APROBO María Antonia Velasco Guerrero Julián Moreno Parra Directora Territorial Lideresa del Proceso de Prestación de Servicios Sociales Dirección Territorial Director Poblacional Cra. 7 No. 32-16 Ciudadela San Martín Teléfono 327 97 97 www.integracionsocial.gov.co Información Línea 195 F-I-003