Download tema: hechos generadores del iva.

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Momento en que causa el impuesto: en
una transferencia como hecho generador se
entiende causado el impuesto cuando se emite
el documento que da constancia de la
operación. Si se paga el precio o se entrega el
bien real o simbólicamente antes de la
emisión de los documentos respectivos.
Tasa: la tasa del impuesto es el trece por
ciento aplicable sobre la base imponible.
Concepto y Cálculo: la aplicación de la tasa a la base imponible de los hechos
generadores, determina el impuesto que se causa por cada operación
realizada en el periodo tributario correspondiente y que para efectos del
presente impuesto, se denomina “DEBITO FISCAL” Para efectos del presente
impuesto la suma trasladada a los adquirentes o prestarios se denomina
“CREDITOFISCAL”.
Después de analizar cada uno de los anteriores conceptos pasaremos a
profundizar más acerca de los hechos generadores
del IVA.
El hecho generador para cualquier tributo, es el acto tipificado previamente
en la ley que da nacimiento a la obligación del pago del tributo. Al hecho
generador también se le puede encontrar bajo las denominaciones de:
“SITUACION DE HECHO”, “SOPORTE FACTICO”, “PRESUPUESTO DE
HECHO”, “HECHOGENERADOR” u “HECHO IMPONIBLE”.
Sirve para identificar, el momento en que nace la
obligación tributaria; para determinar el sujeto
pasivo principal; para fijar los conceptos gravados
y no sujetos; determinar el régimen jurídico de
obligación tributaria, elegir el criterio para la
interpretación, para determinar los casos de
evasión y definir competencias impositivas.
En relación a la ley del IVA se establecen diversos
hechos generadores que causan el pago del IVA,
los cuales se detallan a continuación.
Hecho Generador es: Como el presupuesto establecido
por ley por cuya realización origina el nacimiento de la
obligación tributaria.
Bienes Muebles Corporales: comprende cualquier bien
tangible que sea transportable de un lugar a otro por si
mismo o por fuerza o energía externa.
La transferencia de dominio a titulo oneroso de bienes
muebles corporales.
Ejemplo: cuando usted compra un televisor, el vendedor le
debe sumar el precio neto o sin IVA del producto la cantidad
que corresponda al IVA.
Compra del televisor
$ 200.00
valor neto o
sea sin IVA
IVA del televisor
$ 2600
Pago total por el televisor
$ 226.00
NOTA: Este precio lo cancelaría ya sea usted consumidor final o
contribuyente.
 El retiro o desafectación de bienes muebles
corporales del activo realizable de la empresa.
 Ejemplo: cuando usted va al supermercado y le regalan
algún producto para promocionarlo, la empresa debe
facturar y gravar con IVA esa operación aun que usted
no la cancela, pero la empresa esta consumiendo el
producto que tiene para venderlo por darle promoción.
 La importación e internaciòn definitiva al país de bienes
muebles corporales y de servicios.
 Ejemplo: cuando alguien trae productos de otro país también
tiene que cancelar el IVA por que si no lo hace ingresa al país en
una forma ilegal y se le conoce como contrabando.
 las prestaciones de servicios.
 Ejemplos: para efectos de impuestos son prestaciones de servicios,
todas aquellas operaciones que no consistan en la transferencia de
dominio de bienes muebles corporales. Prestación de toda clase de
servicios ya sean estos médicos, notariales, restaurantes, y otros.
 Las exportaciones.
 Ejemplo: cuando alguien envía productos a otros países.
Se les recomienda a los alumnos leer y analizar la ley respectiva al tema como
lo es la ley de impuesto a la transferencia de bienes muebles y a la prestación
de servicios IVA. Y hacer referencia también al código tributario. Para que
puedan lograr una mayor comprensión del hecho generador.
ARTICULOS DE IVA.
4, 5, 6, 7, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 19, 28, 45, 46, 47, 48, 49, 51, 52, 53 74, 75.
CODIGO TRIBUTARIO.
16, 19, 30, 38, 39,40 ,41, 42, 43, 44, 45,46, 47, 48, 49, 50, 51, 58, 63, 64, 67.