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DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA SERVICIOS DE OBRA PÚBLICA Y TRANSPORTE Al contestar refiérase al oficio Nº 0096 2 de enero, 2002 FOE-OP-2 Ingeniero Carlos Pereira Esteban. Director Ejecutivo CONSEJO DE SEGURIDAD VIAL Estimado señor: Asunto: Se consulta si un eventual acuerdo con el Banco Centroamericano de Integración Económica para la implementación de un sistema de tarjeta chip en los procesos de emisión y control de las licencias de conducir se ajusta a las directrices de esta Contraloría sobre la legalidad y eficiencia en el manejo de los fondos públicos en materia de inversiones. Se da respuesta al oficio Nº 2401-2001 del 16 de octubre de 2001, en el que se expone, en términos generales, la eventual implementación de un sistema de tarjeta chip en los procesos de emisión y control de las licencias de conducir en el que el Banco Centroamericano de Integración Económica asumiría la instalación de los equipos a cambio de un pago anual por parte del Consejo de Seguridad Vial, por lo que se consulta si dicho negocio se ajusta a los principios de legalidad y eficiencia en materia de inversiones. En primer término cabe indicar que esta Contraloría no es competente para determinar en forma previa a la firma de un acuerdo, si un eventual negocio jurídico en que tenga participación el Estado se ajusta o no a los principios de legalidad y eficiencia en el manejo de fondos públicos o de inversiones, ya que éste es un aspecto que debe ser valorado por la propia Administración, sin perjuicio de que en una etapa posterior esta Contraloría ejerza sus potestades de fiscalización sobre lo actuado, momento en el cual se verificará, entre otros aspectos, el apego a los principios de legalidad y eficiencia en el manejo de los fondos públicos comprometidos en ese negocio. La determinación de las necesidades, problemas, prioridades, recursos disponibles para satisfacerlos y los medios más adecuados para su cumplimiento son aspectos de carácter administrativo que deben ser verificados por la propia Administración. En segundo lugar, el planteamiento que realiza el Consejo de Seguridad Vial para que esta Contraloría se pronuncie con respecto a la legalidad y eficiencia del negocio que se pretende realizar es insuficiente y demasiado general como para emitir un DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA SERVICIOS DE OBRA PÚBLICA Y TRANSPORTE Lic. Carlos Pereira Esteban -2- 2 de enero, 2002 pronunciamiento al respecto. La "Propuesta para Uso de la Tecnología Chip en Procesos de Confección y Control de Licencias" no es un documento apropiado en el que esta Contraloría pueda verificar el acatamiento a los principios de legalidad y eficiencia, ya que por una parte, como se ya se indicó, en esta etapa prenegocial son aspectos que debe estudiar la propia Administración, sino además porque no es factible emitir un pronunciamiento con fundamento en una documentación que posteriormente puede ser modificada al momento de plasmar en forma concreta los derechos y obligaciones de cada una de las partes contratantes. Incluso en el mismo documento presentado a esta Contraloría se señala que "este documento es un borrador inicial de ideas y que en caso de una alianza con el BCIE y MOPT, se hace necesario formar un equipo de trabajo para afinar una serie de conceptos y procesos para lograr un documento final con todos los requerimientos necesarios para lograr un éxito que repercuta en la acción gubernamental de cara a un mejoramiento en la calidad y alfabetización tecnológica de la población en general y lograr un cambio de paradigma en la operativa del recurso humano y de los sistemas de información del MOPT", con lo que se confirma la ausencia de elementos de valoración para que esta Contraloría rinda el pronunciamiento que se le solicita. En conclusión, por no ser competente esta Contraloría para pronunciarse en esta etapa negocial acerca del eventual contrato a firmar entre el Banco Centroamericano de Integración Económica y el Consejo de Seguridad Vial, se omite pronunciamiento acerca de la legalidad y eficiencia de dicho negocio por ser un aspecto que corresponde valorar a la propia Administración. Atentamente Lic. Roy Ramos Morales Abogado Fiscalizador RRM/bcr Ci Auditoría Interna. MOPT Secretaría Técnica Archivo Central. Ni: 21920 Criterios y dictámenes