Download Bajar Archivo
Transcript
Bloque de Concejales Unión Cívica Radical www.concejalesradicales.com.ar Titulo: Servicio de Agua Corriente: exclusividad de prestación a favor de la Municipalidad de Villa Gesell Visto: Los anuncios en los medios de Comunicación de futuras obras para proveer el servicio de Agua Corriente para las localidades de Mar Azul, Mar de las Pampas y Las Gaviotas, y Considerando: Que el mencionado servicio lo cumple eficientemente en la Ciudad de Villa Gesell la dirección de obras Sanitarias de la Municipalidad; Que el agua es un recurso estratégico para el desarrollo del Partido de Villa Gesell, y es necesario fijar políticas para su explotación racional. Que es prioritario conservar en manos del Municipio la prestación del Servicio de Agua Corriente Por ello: El Bloque de Concejales de la Unión Cívica Radical solicita sanción favorable al siguiente proyecto de O RDENANZA Artículo 1: establécese que la prestación del servicio de Agua Corriente en todo el partido de Villa Gesell es de competencia exclusiva de la Municipalidad de Villa Gesell, a través de la Dirección de Obras Sanitarias. Artículo 2: Crease el Programa de Manejo del Agua, que será coordinado por la Dirección de Obras Sanitarias de la Municipalidad. Artículo 3: Serán objetivos del programa: a) la recuperación del agua de lluvia mediante infiltración. b) la explotación razonable y controlada de las perforaciones. c) velar por la calidad del agua corriente. d) el uso racional del agua corriente. Artículo 4: La presente ordenanza solo podrá ser modificada con el voto de los 2/3 de los Bloque de Concejales Unión Cívica Radical www.concejalesradicales.com.ar Concejales que integren el Honorable Concejo Deliberante. Artículo 5: de forma