Download Versión 16

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
COMITÉ ÉTICO DE INVESTIGACIÓN CLÍNICA DE
LA RIOJA (CEICLAR)
PROCEDIMIENTOS NORMALIZADOS DE TRABAJO
Fecha: 28 de Febrero Fdo.: Presidente del CEICLAR
de 2014
Fdo.: Secretario del CEICLAR
Nombre y Firma:
Eduardo Mirpuri Merino
José Ignacio Torroba Terroba
Versión 16 (28 de Febrero de 2014)
1
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
ÍNDICE:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
PRINCIPIOS BÁSICOS Y MARCO LEGAL
IDENTIFICACIÓN
MISIÓN, ADSCRIPCIÓN Y ÁMBITO DE ACTUACIÓN
COMPOSICIÓN Y ESTRUCTURACIÓN
DESIGNACIÓN Y RENOVACIÓN DE SUS MIEMBROS
FUNCIONES
PERIODICIDAD DE LAS REUNIONES
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Y NÚMERO DE COPIAS
a. ENSAYO CLÍNICO CON MEDICAMENTOS
b. MODIFICACIÓN RELEVANTE DE UN ENSAYO AUTORIZADO Y
ESTUDIOS POST-AUTORIZACIÓN
c. ESTUDIO POST-AUTORIZACIÓN
d. ESTUDIO POST-AUTORIZACIÓN RETROSPECTIVO
e. OTROS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN
f. VERIFICACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN RECIBIDA
g. LUGAR DE PRESENTACIÓN
9. PLAZOS DE EVALUACIÓN Y RESPUESTA
10. PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN Y CRITERIOS DE TOMA DE
a. DECISIONES
11. ORDENES DEL DÍA Y ACTAS
12. SEGUIMIENTO
13. INTERCOMUNICACIÓN ENTRE CEICLAR E INVESTIGADOR,
PROMOTOR, GERENCIA DE LOS CENTROS, AEMPS, OTROS CEIC’s
Y CENTRO COORDINADOR DE CEIC’s.
14. ARCHIVO Y DESTRUCCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
15. INFRAESTRUCTURA
16. REVISIÓN Y MODIFICACIÓN DE LOS PNT’s
17. FORMACIÓN CONTINUADA Y ASISTENCIA A REUNIONES,
CURSOS, ETC.
ANEXOS:
Anexo 1: Modelo Carta Acompañamiento.
Anexo 2: Resumen Ensayos Clínicos.
Anexo 3: Compromiso del investigador principal
Anexo 4: Curriculum vitae del investigador principal.
Anexo 5: Compromiso con las normas de Buena Práctica Clínica.
Anexo 6: Idoneidad de las instalaciones.
Anexo 7: Idoneidad del investigador principal y sus colaboradores.
Anexo 8: Modelo póliza de seguro.
Anexo 9: Asunción de responsabilidad.
Anexo 10: Dictamen del CEICLAR cuando actúa como CEIC-R.
2
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Anexo 11: Informe del CEICLAR cuando actúa como CEIC local en
protocolos de Ensayo Clínico.
Anexo 12: Dictamen del CEICLAR para modificación de protocolo en
Estudios de Investigación.
Anexo 13: Dictamen del CEICLAR para estudios post-comercialización
Anexo 14: Dictamen del CEICLAR para otros proyectos de investigación.
Anexo 15: Hoja de seguimiento de los proyectos de investigación.
Anexo 16: Lista guía para la evaluación de los protocolos.
Anexo 17: Certificación de la composición del CEICLAR.
Anexo 18: Modelo de Hoja de Información al paciente.
Anexo 19: Hoja de comunicación al CEICLAR de las causas de no
reclutamiento
3
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
1. PRINCIPIOS BÁSICOS Y MARCO LEGAL
Los ensayos clínicos con medicamentos, bien diseñados y realizados, se
consideran la mejor herramienta científica de que disponemos para demostrar
la eficacia y/o seguridad de una nueva medida profiláctica, diagnóstica ó
terapéutica. Sin embargo es necesario conciliar la investigación en seres
humanos con la protección y salvaguarda de los derechos de los sujetos de la
investigación. Por este motivo se han ido elaborando por la comunidad
científica una serie de documentos que en su momento fueron aceptados como
recomendaciones y posteriormente sus principios fueron recogidos en normas
de rango legal, cuyo cumplimiento se ha hecho irrenunciable. Entre ellos el
Código de Nuremberg (1947), la Declaración de Helsinki (1964), el Informe
Belmont (1978), el Convenio de Oviedo (1997) y la revisión de la Declaración
de Helsinki (2000) de Edimburgo y su posterior Aclaración (2001).
Los Comités Éticos de Investigación Clínica (CEIC’s) se crean en España por
Real Decreto 944/1978, de 14 de abril, que regula los ensayos clínicos de
productos farmacéuticos y preparados medicinales, desarrollado por la Orden
Ministerial de tres de Agosto de 1982, que establece su composición,
estructura y funciones. Los ensayos clínicos con medicamentos fueron objeto
de regulación en el Título Tercero de la Ley 25/1990, de 20 de Diciembre, del
Medicamento, y en su desarrollo reglamentario, el Real Decreto 561/1993, de
16 de abril, que establecen los requisitos para la realización de ensayos
clínicos con medicamentos, que por imperativos de transposición y adaptación
a la Directiva 2001/20/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de cuatro de
abril de 2001, quedó derogado y reemplazado por el actual Real Decreto
223/2004, de seis de febrero, que regula los ensayos clínicos con
medicamentos. La Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de
los medicamentos y productos sanitarios, que derogó la Ley 25/1990, del
Medicamento, actualiza en su título III, art. 58-63, la normativa sobre ensayos
clínicos.
La Ley 29/2009 y el R.D. 223/2004 incorporan en su totalidad la aproximación
de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados
Miembros de la Unión Europea sobre la aplicación de buenas prácticas clínicas
en la realización de ensayos clínicos con medicamentos de uso humano,
armonizando las legislaciones de dichos Estados en esta materia, teniendo en
cuenta los principios básicos para la realización de ensayos clínicos con seres
humanos, fundamentados en la protección de los derechos y la dignidad del ser
humano con respecto a la aplicación de la biología y la medicina y la
salvaguarda de su intimidad y protección de sus datos, en aplicación de la Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal y la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, Básica Reguladora de la
Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en materia de
Información y Documentación Clínica.
4
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Especial mención merece la obligación de aplicar las Normas de Buena
Práctica Clínica (CPMP/ICH/135/95) a la planificación, realización, registro y
comunicación de todos los ensayos clínicos, como conjunto de requisitos éticos
y científicos de calidad reconocidos a escala internacional y que garantizan la
fiabilidad de sus resultados.
En el caso de E.C. con población pediátrica, se aplicará la normativa
especifica: Regulación (EC) No 1901/2006 del Parlamento Europeo, de 12 de
diciembre de 2006 y consideraciones éticas de ensayos clínicos con
medicamentos en población pediátrica.
Atendiendo a la necesidad de que el Comité Ético de Investigación Clínica de
La Rioja creado mediante Decreto 10/1995, de dos de marzo, se adaptase y
fuese acreditado conforme a las estipulaciones introducidas por el Real Decreto
223/2004 y se ajuste al actual modelo organizativo del Sistema Sanitario de La
Rioja, el Consejo de Gobierno de La Rioja, aprobó el Decreto 71/2005, de dos
de diciembre, que crea el Comité Ético de Investigación Clínica de La Rioja
(CEICLAR).
El Real Decreto 223/2004, dedica su capítulo III a los Comités Éticos de
Investigación Clínica y la Ley 29/2006 de garantías y uso racional de los
medicamentos y productos sanitarios, lo recoge en su título III. En ellos se
establece su composición, los medios e infraestructura con los que deben
contar para ser acreditados por la autoridad sanitaria competente en cada
Comunidad Autónoma, y sus normas generales de funcionamiento. De acuerdo
con ellas, estos Comités deberán elaborar y seguir en su actuación unos
Procedimientos Normalizados de Trabajo (PNT’s), que como mínimo se
referirán a:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
h)
i)
La composición y requisitos que deben cumplir sus miembros.
La periodicidad de las reuniones que al menos deberá ser mensual.
El procedimiento para convocar a sus miembros.
Los aspectos administrativos incluyendo la documentación que debe
presentarse.
Los casos en que se pueda realizar una revisión rápida de la
documentación correspondiente a un ensayo clínico y el procedimiento
que debe seguirse en estos casos.
La evaluación inicial de los protocolos y sistema de seguimiento de los
ensayos.
Los mecanismos de toma de decisiones.
La preparación y aprobación de las actas de las reuniones.
El archivo y conservación de la documentación del comité y de la
relacionada con los ensayos clínicos evaluados por éste.
5
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
2. IDENTIFICACION
Consejería de Salud y Servicios Sociales
Comité Ético de Investigación Clínica de La Rioja (CEICLAR)
Centro de Investigación Biomédica de La Rioja (CIBIR), 3ª planta
Piqueras, 98
26006 Logroño (La Rioja)
Personas de contacto:
Secretario técnico: José Ignacio Torroba Terroba. Tfno: 941 298541. Ext.
88541
Secretaria administrativa: Mª Belén Vázquez Lázaro. Tfno. 941- 278867. Ext.
89867 Fax: 941- 278887
Correo electrónico: [email protected]
3. MISIÓN, ADSCRIPCIÓN Y ÁMBITO DE ACTUACIÓN
El CEICLAR velará por la protección de los derechos, seguridad y bienestar de
los ciudadanos en el contexto de la investigación clínica y en el terreno de los
avances científicos relacionados con su salud, prestando especial atención a
los ensayos en los que se puedan incluir sujetos vulnerables, tales como
menores de edad o sujetos con incapacidad.
Actuará con plena independencia para el cumplimiento de sus fines y, como
órgano colegiado, está adscrito a la Consejería de Salud del Gobierno de La
Rioja, sin participar de su estructura jerárquica.
Para su funcionamiento deberá ser acreditado mediante la oportuna resolución,
por el Consejero competente en materia de Salud en orden a su adecuación a
los requisitos que sobre sus funciones, composición, medios e infraestructura,
establece el Real Decreto 223/2004 y la Ley 29/2006. Esta acreditación se
realizará y revalidará por periodos de cuatro años.
Una vez constituido, el Comité adaptará su funcionamiento a lo dispuesto sobre
órganos colegiados, en el Capítulo IV del Título I de la Ley 3/2003, de 3 de
marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La
Rioja, y en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
El ámbito geográfico de actuación del CEICLAR es todo el territorio de la
Comunidad Autónoma de La Rioja.
6
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
4. COMPOSICIÓN Y ESTRUCTURA
El CEICLAR estará constituido por al menos nueve miembros de manera que
se asegure la independencia de sus decisiones, así como su competencia y
experiencia en relación con los aspectos metodológicos, éticos y legales de la
investigación clínica, entre los que figurarán:
-
-
Médicos, uno de los cuales será especialista en farmacología clínica.
Un farmacéutico especialista en farmacia hospitalaria.
Un diplomado universitario en enfermería.
Un miembro independiente de los centros en los que se lleven a cabo
proyectos de investigación que requieran evaluación por parte del
Comité.
Dos miembros ajenos a las profesiones sanitarias, uno de ellos
Licenciado en Derecho.
Un representante de las Comisiones de Investigación existentes en La
Rioja, propuesto por el Gerente del Servicio Riojano de Salud.
Un representante de los Comités de Ética Asistencial existentes en La
Rioja, propuesto por el Gerente del Servicio Riojano de Salud.
Un representante de la Fundación Rioja Salud, propuesto por su
Gerente.
Un farmacéutico de atención primaria.
En la elección de los miembros se tendrá en cuenta su formación específica en
metodología de la investigación, bioética y legislación. Los responsables de las
respectivas gerencias propondrán de entre sus médicos asistenciales, al
menos a un representante de la atención hospitalaria o extra-hospitalaria.
Composición actual del CEICLAR:
Por Resolución 283/2009, de 30 de septiembre, del Consejero de Salud, los
miembros actuales del Comité son:
D. José Ignacio Torroba Terroba, farmacéutico especialista en farmacia
hospitalaria.
Dª Mª Teresa Ruiz-Clavijo Díez, farmacéutica de atención primaria.
D. Enrique Ramalle Gómara, diplomado universitario de enfermería.
D. Fernando Antoñanzas Villar, catedrático de Economía Aplicada de la
Universidad de La Rioja.
Dª. Rebeca Sanz Alcalde, licenciada en Derecho.
D. José Antonio Oteo Revuelta, médico, en representación de las
Comisiones de Investigación existentes en La Rioja.
Dª. Juana Hernández Hernández, médico, en representación de los
Comités de Ética Asistencial existentes en La Rioja. (Resolución
400/2009 de 18 de Noviembre)
D. Manuel Márquez de Prado Urquía, médico, en representación de la
Gerencia de Área.
7
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
D. Eduardo Mirpuri Merino, biólogo, en representación de la Fundación
Rioja Salud.
D. Carlos Sola Lapeña, médico, en representación de la Fundación
Hospital Calahorra.
D. Jesús Honorato Pérez, médico farmacólogo clínico.
Estructura Organizativa del CEICLAR:
El CEICLAR se estructura en Presidente, Vicepresidente, Secretario, Vocales,
Secretaría Administrativa y, cuando proceda, un técnico adscrito al Comité. La
elección de Presidente, Vicepresidente y Secretario se realizará por votación
entre los miembros del CEICLAR, precisándose mayoría simple de los votos y
la presencia al menos de dos tercios de los miembros.
Actualmente, estos cargos recaen en los siguientes miembros:
Presidente: D. Eduardo Mirpuri Merino
Vicepresidente: Dña. Juana Hernández Hernández
Secretario: D. José Ignacio Torroba Terroba
Se constituirá además una Comisión Permanente con capacidad para dar
respuesta a cuestiones calificadas como no relevantes por el acuerdo del pleno
y para evaluar aclaraciones o modificaciones que afecten a aspectos formales
del protocolo, para las que no sea necesaria la discusión en Pleno Esta
Comisión recogerá su actividad en actas propias e informará de sus decisiones
y actuaciones en la siguiente reunión plenaria. Estará compuesta por el
Presidente del CEICLAR, o en su caso el Vicepresidente, el Secretario y un
vocal elegido entre los miembros por mayoría simple. Su renovación se hará
cada cuatro años, coincidiendo con la renovación del Comité, ó bien a petición
de uno de sus miembros o cese anticipado.
Por unanimidad, el vocal elegido es: D. Enrique Ramalle Gómara.
Podrán establecerse grupos de trabajo específicos para revisar y proponer
actuaciones concretas, según acuerdo de la Comisión Permanente. Sus
propuestas deberán ser elevadas para acuerdo, si procede, a dicha Comisión
Permanente. Estarán compuestos por los miembros que designe la Comisión,
entre los que se encontrarán el Presidente, o Vicepresidente, Secretario y los
vocales que se designen en función de los temas encomendados.
Funciones específicas del Presidente:
1) Ostentar la representación del Comité.
2) Velar por el cumplimiento de la legislación aplicable y de los PNT’s.
3) Presidir, dirigir y moderar las reuniones del Comité.
4) Decidir junto con el Secretario el orden del día de las convocatorias.
5) Firmar, junto con el Secretario, las actas de las reuniones una vez
aprobadas.
8
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
6) Realizar y firmar, junto con el Secretario, la Memoria Anual del CEICLAR
7) Ejercitar su derecho al voto de calidad en caso de empate en las
cuestiones sometidas a votación.
El Vicepresidente asumirá todas las funciones y responsabilidades del
Presidente, en ausencia ó por delegación de éste.
Funciones específicas del Secretario:
1) Recibir y registrar la fecha de presentación de cada solicitud.
2) Comprobar que la documentación requerida está completa y solicitar la
que falte, en su caso.
3) Establecer, junto con el Presidente, el orden del día de las convocatorias
4) Efectuar la convocatoria de las sesiones, enviando y adjuntando a todos
los miembros del CEICLAR:
a) Convocatoria de las reuniones y orden del día.
b) Borrador del Acta de la reunión anterior.
c) Los documentos y protocolos necesarios para el estudio de los
temas a tratar.
5) Redactar el acta de cada reunión y firmarla junto con el Presidente, una
vez aprobada.
6) Comunicar y firmar las decisiones del CEICLAR a los promotores,
investigadores, AEMPS, otros CEIC’s y CEIC de referencia (CEIC-R).
7) Introducir los datos y decisiones que correspondan en las aplicaciones
informáticas del Ministerio de Sanidad y Consumo de ensayos clínicos
(SIC-CEIC) cuando se actúe como CEIC-R o como CEIC implicado y de
estudios post-comercialización (GESTO).
8) Mantener un registro informatizado y actualizado de toda la actividad
generada en el CEICLAR.
9) Mantener actualizado el archivo con toda la información y
documentación de cada expediente.
10) Realizar y firmar, junto con el Presidente, la memoria anual del
CEICLAR.
11) Mantener la correspondencia con los promotores, investigadores,
direcciones-gerencias de las centros en los que se realizarán los
estudios, autoridades sanitarias, otros CEIC’s, etc.
12) Informar sobre la recepción de convocatorias de reuniones, de cursos de
formación, etc., de interés para los miembros del CEICLAR.
Las actividades señaladas en los puntos uno, dos, cuatro, seis, ocho, nueve,
diez y 11 serán realizadas con la colaboración de la secretaría administrativa
que da apoyo al CEICLAR, quien podrá también asistir a las reuniones del
Comité cuando sea requerido, (para ello, sin voz ni voto y respetando el
principio de confidencialidad en todos los asuntos tratados).
9
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Funciones de los vocales:
1) Asistir a las reuniones del Comité.
2) Evaluar y presentar los protocolos que les sean asignados, en el tiempo
y la forma establecida por estos procedimientos.
3) Velar por el cumplimiento de estos PNT’s.
4) En caso de ausencia del Secretario, el Presidente designará un vocal
para que actúe como secretario suplente.
5. DESIGNACIÓN Y RENOVACIÓN DE MIEMBROS
Los miembros del CEICLAR serán nombrados por el Consejero competente en
materia de Salud. Su designación se hará por un periodo de cuatro años,
transcurridos los cuales continuarán en sus funciones hasta que se produzca
un nuevo nombramiento. En el momento de su incorporación, cada uno de los
miembros designados presentará su currículo profesional, que deberá ser
actualizado cuando se produzcan cambios relevantes.
Los miembros podrán volver a ser nombrados. No podrán ser renovados de
una sola vez más de la mitad de los miembros del Comité, al objeto de
garantizar la continuidad en el seguimiento de los ensayos clínicos.
La pertenencia al CEICLAR tiene carácter voluntario.
Para proceder a la renovación de miembros, el CEICLAR promoverá la
designación de los representes cuya competencia recae en otras Instituciones
y propondrá, a ser posible, una terna de personas por puesto, para su posterior
elección y nombramiento por el Consejero competente en materia de Salud.
En ningún caso un miembro del CEICLAR podrá delegar sus funciones ó ser
sustituido provisionalmente.
La pertenencia al Comité será incompatible con cualquier clase de intereses
derivados de la fabricación, comercialización, distribución y venta de
medicamentos y productos sanitarios. Los miembros del CEICLAR, expertos
ajenos, personal de la secretaría administrativa y los profesionales sanitarios
en periodo de formación que eventualmente puedan ser conocedores de los
protocolos y de las deliberaciones, realizarán una declaración de ausencia de
conflicto de intereses en este sentido, así como de respeto a las normas de
confidencialidad, cuando se incorporen al Comité y cuando surja alguna
circunstancia que así lo aconseje.
Ni el CEICLAR ni ninguno de sus miembros en su calidad de tal, podrán recibir
directa ni indirectamente remuneración alguna por parte del promotor del
ensayo, lo que no excluye la participación de miembros del CEICLAR como
investigadores con todas sus consecuencias, en cuyo caso no podrán participar
10
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
en la evaluación ni en el dictamen de los protocolos en los que participen como
investigadores.
De acuerdo con el art. 14.4 del RD223/2004, cuando se evalúen proyectos de
procedimientos quirúrgicos, técnicas diagnosticas o productos sanitarios, se
convocará a un experto en estos temas, que actuará con voz pero sin voto. Así
mismo cuando en los proyectos se incluyan menores de 18 años o sujetos
incapacitados, se convocará a un experto en la población incluida con voz pero
sin voto.
Cuando el CEICLAR así lo considere, podrá recabar el asesoramiento de
expertos ajenos al Comité, los cuales respetarán el principio de
confidencialidad en sus actuaciones.
Sustitución y renovación de sus miembros
Serán causa de sustitución las siguientes:
- A petición propia.
- Ausencias injustificadas a más de un tercio de las reuniones convocadas
en el periodo de un año a contar desde su nombramiento como miembro
del CEICLAR.
- Incumplimiento reiterado de los PNT’s.
- Haber cumplido el tiempo máximo de pertenencia al CEICLAR.
El tiempo máximo de pertenencia al CEICLAR será de dos periodos de
acreditación (ocho años) para todos sus miembros. Los cargos de Presidente y
Secretario se renovarán cada cuatro años, pudiéndose ratificar por un periodo
adicional máximo de dos años.
6. FUNCIONES DEL CEICLAR
El CEICLAR desempeñará con carácter general las siguientes funciones:
- Evaluar los aspectos metodológicos, éticos y legales de los ensayos
clínicos que le sean remitidos, según los criterios de evaluación que
establece la legislación española.
- Evaluar el balance riesgo/beneficio de los estudios y proyectos de
investigación que le sean remitidos.
- Evaluar las modificaciones relevantes de los proyectos aprobados.
- Evaluar los proyectos de investigación y los estudios post-autorización
que le sean remitidos, según las normas propias para este tipo de
estudios.
- Evaluar los estudios epidemiológicos que le sean remitidos, incluyendo
observaciones en la práctica de la salud pública, estudios
observacionales, estudios de casos y controles y de cohortes, con
excepción de aquellos que investigan brotes epidémicos de
enfermedades ó los que se realizan a partir de recogida de datos ya
11
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
-
disponibles y de dominio público, recogiendo la información de forma
anónima.
Emitir dictamen con la decisión resultante de las evaluaciones
anteriormente citadas.
Realizar el seguimiento de los ensayos clínicos, proyectos de
investigación y estudios post-autorización, desde su inicio hasta la
recepción del informe final.
Toda evaluación experimental de productos, sustancias, medicamentos,
técnicas diagnósticas ó terapéuticas que se apliquen en seres humanos deberá
contar con el informe favorable del CEICLAR como requisito previo para
poderse iniciar en La Rioja.
6.1. Ensayos clínicos con medicamentos:
En este caso, la intervención del CEICLAR se ajustará a lo que se establece en
la sección 2ª del capítulo IV del Real Decreto 223/2004: “Del Dictamen de los
Comités Éticos de Investigación Clínica” y a las recomendaciones remitidas en
su momento por el Comité Coordinador de Comités Éticos de Investigación
Clínica.
6.1.1. EVALUACION COMO CEIC DE REFERENCIA
1. Evaluación de los aspectos metodológicos, éticos y legales de los ensayos
clínicos que les sean remitidos para dictamen
1.1) La pertinencia del ensayo clínico, teniendo en cuenta el conocimiento
disponible.
1.2) La pertinencia de su diseño para obtener conclusiones fundamentadas con
el número adecuado de sujetos en relación con el objetivo del estudio.
1.3) Los criterios de selección y retirada de los sujetos del ensayo, así como la
selección equitativa de la muestra.
1.4) La justificación de los riesgos e inconvenientes previsibles en relación con
los beneficios esperables para los sujetos del ensayo, para otros pacientes y
para la comunidad.
1.5) La justificación del grupo control (ya sea placebo o un tratamiento activo).
1.6) Las previsiones para el seguimiento del ensayo.
1.7) La idoneidad de la información escrita para los sujetos del ensayo y el
procedimiento de obtención del consentimiento informado, y la justificación de
la investigación en personas incapaces de dar su consentimiento informado.
1.8) El seguro o la garantía financiera previstos para el ensayo.
1.9) El plan previsto para el reclutamiento de los sujetos.
1.10) Las cantidades y, en su caso, previsiones de remuneración o
compensación para los investigadores y sujetos del ensayo.
1.11) La idoneidad del investigador y de sus colaboradores (en su centro).
1.12) La idoneidad de las instalaciones (en su centro).
12
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
2. Evaluación de las modificaciones relevantes de los ensayos clínicos
autorizados.
El CEIC de referencia es responsable de evaluar las modificaciones relevantes
de los ensayos aprobados. En aquellos casos excepcionales en que las
modificaciones relevantes pudieran suponer un cambio en el juicio previo
acerca de la adecuación local de equipos investigadores o instalaciones (p.
ejem.incorporación de una nueva técnica dentro de los procedimientos del
estudio), será el CEIC local el que emita un informe, pudiendo retirarse del
estudio en caso de un informe negativo.
3. Realización del seguimiento del ensayo, desde su inicio hasta la recepción
del informe final.
El CEIC de referencia es el responsable de evaluar la nueva información que
sea remitida por el promotor y que pudiera modificar el dictamen inicialmente
emitido, así como los informes de seguimiento anuales y el informe final.
Asimismo es el responsable de recibir la notificación de los acontecimientos
adversos graves e inesperados posiblemente relacionados que hayan ocurrido
en España. Así como cualquier información que suponga un cambio importante
en el perfil de seguridad del producto investigado. Esta información es remitida
a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, quien tiene
responsabilidad en su evaluación y a la vez tiene acceso a la información de
ámbito europeo.
6.1.2. EVALUACION COMO CEIC LOCAL
El CEIC local, de forma voluntaria puede transmitir al CEIC de referencia sus
apreciaciones sobre los aspectos generales arriba mencionados para su
consideración, de forma no vinculante.
Su responsabilidad es la emisión de un informe sobre aspectos locales.
1. Emisión del informe local de los ensayos clínicos remitidos para dictamen.
El CEIC local es el responsable de evaluar la idoneidad del equipo investigador
y de las instalaciones para la realización del ensayo. El CEIC local debe
transmitir un informe sobre estos aspectos al CEIC de referencia. Para ello
evaluará:
1.1 La idoneidad del investigador y de sus colaboradores.
Se tendrá en cuenta la cualificación del investigador principal y sus
colaboradores. Son aspectos a considerar la acreditación de formación en
normas de Buena Práctica Clínica, participación en otros ensayos, resultados
de inspecciones y auditorías previas, asistencia al tipo de pacientes en los que
se realiza la investigación y publicaciones en el campo en que se plantea la
investigación.
1.2 La idoneidad de las instalaciones.
13
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Se tendrá en cuenta la calidad de las instalaciones necesarias para la correcta
realización del ensayo (incluyendo recursos humanos, laboratorios, técnicas de
imagen,..). Se prestará especial atención a las instalaciones requeridas para
realizar procedimientos o seguimiento distinto del habitual en la práctica
clínica.
El CEIC local no es el responsable de evaluar los acuerdos económicos entre
el promotor y el centro pero en ocasiones debe considerarlos para dictaminar
sobre la idoneidad local.
La hoja de información al participante o documento de consentimiento
informado no deben modificarse localmente. El documento aprobado por el
CEIC de referencia sufrirá habitualmente un proceso de“personalización”
(nombre del hospital, médico responsable, persona y datos de contacto,..) y,
eventualmente, un proceso de traducción a otros idiomas. El promotor y el
investigador local (y no el CEIC local) son los responsables de la corrección de
los datos locales y de la traducción correcta y fidedigna de la información al
paciente.
Aunque el suministro de la medicación por parte del promotor o centro, no es
un aspecto a evaluar por el CEIC, este podrá asesorar o informar a la dirección
del centro
2. Papel del CEIC local en las modificaciones al ensayo
La evaluación de las modificaciones al ensayo es responsabilidad del CEIC de
referencia.
Las modificaciones que afecten a aspectos locales (cambios equipo
investigador, adecuación de las instalaciones e incorporación de centros)
deben ser evaluadas por el CEIC local, que transmitirá su informe al CEIC de
referencia y al promotor. No es necesario que el CEIC de referencia emita un
nuevo dictamen. Tras la evaluación de estos cambios locales, el CEIC local
podrá modificar su informe positivo y retirarse del estudio.
3. Papel del CEIC local en el seguimiento del ensayo
Conocerá los acontecimientos adversos graves e inesperados y posiblemente
relacionados que hayan ocurrido en su área de influencia; así como cualquier
información que suponga un cambio importante en el perfil de seguridad del
producto investigado.
Conocerá la marcha del ensayo en el ámbito de su competencia a través de los
informes anuales de seguimiento y el informe final que le será remitido
6.2. Estudios post-autorización con medicamentos:
Se procederá de acuerdo con la Orden SAS 3470/2009, de 16 de diciembre,
por la que se publican las directrices sobre estudios post-autorización de tipo
observacional para medicamentos de uso humano, siendo el dictamen del
14
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
CEICLAR el correspondiente al órgano competente de la Comunidad
Autónoma.
Si el EPA está ya aprobado por otro CEIC acreditado en España, se aceptará
su dictamen, salvo que concurran circunstancias locales excepcionales.
Se emitirá su dictamen tomando en consideración, en particular, las siguientes
cuestiones:
1) Exista interés científico para orientar la práctica clínica y favorecer el uso
racional de los medicamentos.
2) El diseño elegido sea el adecuado para responder al objetivo planteado
3) No se aplique ninguna intervención, ya sea diagnóstica o de
seguimiento, que no sea la habitual de la práctica clínica.
4) Se expresen específicamente en el protocolo los procedimientos que se
emplearán para garantizar que la realización del estudio no modifica los
hábitos de prescripción del médico, ni induce a la prescripción.
5) Utilización del medicamento en estudio en las condiciones reflejadas en
su Ficha Técnica autorizada.
6) Cumplimiento de las normas éticas internacionalmente aceptadas y
respeto a los derechos de intimidad, confidencialidad y protección de
datos de los sujetos.
7) Conste, si así procede, la información escrita y el consentimiento
informado a los sujetos o a sus representantes legales.
8) El alcance de las compensaciones que se ofrecerán a los
investigadores.
9) Además de lo anterior y como norma general, el CEICLAR tomará en
consideración todo lo dispuesto en la citada Orden 3470/2009.
En todos los EPAs, los promotores deberán remitir información completa del
estudio, aprobaciones, si procede e investigadores participantes al CEICLAR.
6.3. Otros proyectos de investigación:
Se ponderarán:
a) Adecuación del protocolo a la hipótesis y objetivos del estudio.
b) Diseño del estudio: criterios de inclusión, recogida de datos, acceso a
la documentación, identificación de sujetos, etc.
c) Compromiso e idoneidad de los investigadores.
d) Información escrita que se proporcionará a los sujetos o a sus
representantes legales.
e) Respeto a los derechos de intimidad, confidencialidad y protección de
datos de los sujetos.
f) Ausencia de conflictos de interés.
g) Memoria económica y recursos financieros.
El CEICLAR realizará el seguimiento de los ensayos clínicos, estudios postautorización y proyectos de investigación, desde su inicio hasta la recepción del
15
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
informe final. Para facilitar su realización, el investigador principal y el promotor
deberán remitir periódicamente a este Comité información sobre la situación del
estudio cumplimentando la hoja del anexo 15.
Para garantizar el cumplimiento de las Normas de Buena Práctica Clínica en la
realización de los estudios de investigación, entre la documentación a aportar
por el promotor y que acompaña a la solicitud de evaluación, se incluirá el
compromiso con estas Normas firmado por el investigador principal, según
modelo del anexo 5.
7. PERIODICIDAD DE LAS REUNIONES
El CEICLAR se reunirá como mínimo una vez al mes, exceptuando si así se
estima oportuno, el mes de agosto. Las reuniones en convocatoria ordinaria
serán uno de los siete últimos días del mes, en cuyo caso el Presidente podrá
adelantar ó retrasar la convocatoria de la reunión.
El Presidente podrá convocar reuniones extraordinarias en caso de ser
necesarias para el buen funcionamiento del CEICLAR y reuniones de urgencia
en caso de que se presenten asuntos a tratar que así lo requieran. También se
podrán convocar reuniones extraordinarias ó de urgencia en caso de que lo
soliciten al Presidente, por escrito, la mitad más uno de los miembros del
Comité.
La convocatoria de cada reunión del CEICLAR, junto con la documentación
correspondiente, se enviará por correo electrónico a todos los miembros al
menos con siete días de antelación, con el fin de disponer del tiempo suficiente
para la evaluación de los temas a tratar. Las reuniones extraordinarias se
convocarán con un mínimo de 48 h. de antelación. Del mismo modo, la
antelación mínima para desconvocar una reunión, será de 48 horas.
8. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
8.1. Solicitud de evaluación de un ensayo clínico con medicamentos de
acuerdo con el Real Decreto 223/2004:
- 1 solicitud de evaluación. Identificará al ensayo clínico mediante el
código de protocolo del promotor, el título y cuando proceda el Nº
EudraCT. Irá firmada por el solicitante. La solicitud deberá estar firmada
por el promotor ó por una persona ó entidad autorizada por el mismo.
Cuando el solicitante no sea el promotor se deberá presentar con la
solicitud un documento en el que el promotor autorice al solicitante a
firmar en su nombre. El solicitante será a todos los efectos el interlocutor
con el CEICLAR y será quien reciba los documentos oficiales
relacionados con el ensayo. En el caso de ensayos multicéntricos se
16
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
especificarán todos los centros españoles donde se propone la
realización del ensayo, los CEIC’s implicados y el CEIC-R (anexo 1).
-
-
-
-
-
1 formulario de solicitud según el Anexo 1A de “Instrucciones para la
realización de ensayos clínicos” de la AEMPS.
1 resumen de protocolo (anexo 2).
1 protocolo en español y firmado por el investigador principal.
1 cuaderno de recogida de datos (CRD).
1 manual del investigador. En el caso de medicamentos autorizados
en algún Estado Miembro de la Unión Europea, si el medicamento se
utiliza en el ensayo en las mismas condiciones autorizadas, el Manual
del Investigador podrá sustituirse por la Ficha Técnica autorizada.
Cuando los medicamentos en investigación estén autorizados en
España y el protocolo admita la posibilidad de utilizar cualquier marca
comercial, el Manual del Investigador podría consistir en una información
general equivalente a la de la ficha técnica aplicable a todas las
especialidades farmacéuticas que tengan igual composición.
1 hoja de Información para el sujeto del ensayo y del
consentimiento informado. La hoja de información deberá estar
identificada con una fecha y un número de versión. (anexo 18).
1 compromiso con las Normas de Buena Práctica Clínica firmado por
el investigador principal (anexo 5).
1 idoneidad del equipo investigador y de las instalaciones (anexos 6
y 7).
1 curriculum vitae del investigador principal (anexo 4).
1 compromiso firmado del Investigador y sus colaboradores (anexo
3).
1 memoria económica del ensayo coincidente con lo que se recoja en
el modelo de contrato.
1 póliza del seguro obligatorio (y renovación anual si procede), (anexo
8). En los casos previstos en el artículo 8.3 del Real Decreto 223/2004
de ausencia de seguro ó de seguro con cobertura parcial, deberá
acompañarse documento de asunción de responsabilidad en caso de
daños producidos como consecuencia del ensayo firmado por el
promotor, investigador del centro y director-gerente en el que se realice
el ensayo clínico (anexo 9).
1 delegación del promotor en la CRO (Organización de
investigación por contrato) de la gestión administrativa del ensayo
clínico.
Envío formato papel y electrónico de toda la documentación
anterior.
Para que el ensayo clínico pueda ponerse en marcha en La Rioja será
necesario el dictamen favorable del CEIC-R en el caso de ensayos
multicéntricos, ó el del CEICLAR cuando el ensayo se realice solamente en La
Rioja. También será necesaria la aprobación por la AEMPS y la autorización de
17
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
la Gerencia del centro donde se vaya a realizar el estudio, materializada en la
firma del contrato entre las partes.
8.2. Solicitud de modificaciones relevantes a un ensayo clínico autorizado
de acuerdo con el Real Decreto 223/2004 y estudios post-autorización.
Constará de los siguientes documentos:
- 1 solicitud de evaluación de enmienda (anexo 1).
- 1 formulario de solicitud en el caso de ensayos clínicos, según modelo
del Anexo 1C de “Instrucciones para la realización de ensayos clínicos”
de la AEMPS.
- 1 enmienda con todos aquellos documentos que se modifiquen.
Incluirá resumen y exposición de motivos de los cambios.
- 1 aceptación de la enmienda firmado por los investigadores
coordinador y principal (anexo 3).
- Envío en formato papel y electrónico de toda la documentación
anterior.
8.3. Solicitud de evaluación de un estudio post-autorización de acuerdo
con el Real Decreto 1344/2007, de 11 de octubre, por el que se regula la
farmacovigilancia de los medicamentos de uso humano y la Orden SAS
3470/2009, de 16 de diciembre, por la que se publican las directrices sobre
estudios post-autorización de tipo observacional para medicamentos de
uso humano.
- 1 solicitud de evaluación (Anexo 1).
- 1 protocolo del estudio (identificado mediante código, versión y fecha),
incluyendo el cuaderno de recogida de datos.
- 1 resumen del protocolo, según modelo de la AEMPS.
- 1 ficha técnica del medicamento.
- 1 hoja de información para los sujetos y del consentimiento
informado (anexo 18).
- 1 resolución de la AEMPS que clasifique el EPA.
- 1 compromiso con las Normas de Buena Práctica Clínica firmado por
el investigador principal (anexo 5).
- 1 relación de investigadores y centros de La Rioja donde se llevará a
cabo el estudio.
- 1 escrito de notificación del estudio a la AEMPS.
- 1 compromiso del investigador coordinador y de los investigadores
participantes en La Rioja (anexo 3).
- 1 curriculum vitae del investigador principal (anexo 4).
- 1 memoria económica.
- 1 certificado de delegación del promotor a la CRO de la gestión
administrativa del estudio post-autorización.
- Envío en formato papel y electrónico de toda la documentación
anterior.
18
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Este tipo de estudios estará sujeto a la firma previa de contrato entre las partes.
8.4. Información a remitir por los promotores de estudios postautorización EPA-SP, EPA-LA, EPA-AS, EPA-OD y No-EPA al CEICLAR, si
el estudio cuenta ya con una aprobación de un CEIC acreditado en
España, como órgano competente de la Comunidad Autónoma:
- 1 protocolo aprobado completo, versión y fecha.
- 1 aprobación de un CEIC acreditado.
- 1 aprobación de la AEMPS en EPA-SP, EPA-LA y EPA-AS. En EPAOD y No-EPA 1 resolución de la AEMPS que asigne esta
clasificación.
- 1 relación de centros e investigadores participantes en La Rioja.
- Envío en formato papel y electrónico de toda la documentación
anterior.
Este tipo de estudios estará sujeto a la firma previa de contrato entre las partes.
8.5. Solicitud de evaluación de otros proyectos de investigación:
- 1 solicitud de evaluación (Anexo 1).
- 1 protocolo del estudio (identificado mediante código, versión y fecha).
- 1 hoja de información para los sujetos y del consentimiento
informado (anexo 18).
- 1 compromiso del investigador principal y sus colaboradores (anexo
3).
- 1 curriculum vitae del investigador principal (anexo 4).
- 1 memoria económica, recursos financieros y su procedencia para
la realización del estudio. En ella solo se incluirá el apartado “gastos de
gestión” cuando el proyecto tenga una financiación externa privada.
- Envío en formato papel y electrónico de toda la documentación
anterior.
8.6 Verificación de la documentación recibida
Tras la recepción de la documentación aportada, la secretaria administrativa
del CEICLAR comprobará que está completa, comunicando las posibles
incidencias al secretario técnico del Comité, quien decidirá sobre las acciones
a realizar para subsanar las posibles deficiencias del proyecto, poniéndose en
contacto con el promotor a través de la secretaria administrativa, antes de que
pueda ser evaluado.
8.7 Contrato
El contrato firmado entre las partes, tramitado por la unidad de gestión de la
Fundación Rioja Salud, estará en todo momento a disposición del CEICLAR.
19
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
8.8 Lugar de presentación
La documentación requerida se dirigirá a:
Consejería de Salud
Comité Ético de Investigación Clínica de la Rioja (CEICLAR)
Mª Belén Vázquez Lázaro (secretaria administrativa)
Centro de Investigación Biomédica de La Rioja (CIBIR)
Piqueras nº 98-3ª Planta
26006 Logroño (La Rioja)
Teléfono 941 -278867
Correo electrónico: [email protected]
9. PLAZOS DE EVALUACIÓN Y RESPUESTA:
Como norma general el plazo máximo para la evaluación inicial de un protocolo
por el CEICLAR será de 30 días desde la presentación de toda su
documentación en la secretaría administrativa del Comité. En este plazo el
CEICLAR puede hacer las observaciones y comprobaciones correspondientes,
solicitar información adicional y aceptar ó denegar las solicitudes presentadas,
interrumpiéndose los plazos solamente cuando se soliciten aclaraciones y, en
este caso, hasta la recepción de su respuesta. Si no se recibe contestación en
20 días se entenderá que el promotor desiste de la realización del estudio.
Las decisiones tomadas en cada reunión serán comunicadas al solicitante en
un plazo máximo de cinco días hábiles.
En cada reunión se evaluarán los proyectos presentados en la secretaría del
CEICLAR al menos diez días antes de la fecha de la reunión.
Ensayos clínicos multicéntricos:
Son aquellos en los que participan dos ó más centros ubicados en España. En
este caso y de acuerdo con el Real Decreto 223/2004 se emitirá un único
dictamen, emitido por el CEIC-R, con independencia del número de CEIC’s
implicados, a partir de la fecha de registro de entrada de la documentación, se
establecen los siguientes plazos:
- En los cinco días siguientes al de su entrada, el CEICLAR validará la
documentación presentada y, si es CEIC-R, notificará acuse de recibo
de la solicitud válida y el calendario de evaluación a los CEIC’s
implicados, al solicitante y a la AEMPS.
- El día sexto se considerará como el primer día del procedimiento y el
CEIC-R dará de alta el ensayo en la aplicación informática SIC-CEIC,
que automáticamente envía un mensaje a todos los CEIC’s implicados,
al promotor solicitante y a la AEMPS, con los datos de identificación del
20
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
-
-
-
-
ensayo ó en su caso de la modificación, y el calendario previsto de
evaluación.
Del día séptimo al décimo: Presentación de las respuestas a las
aclaraciones mayores solicitadas en el mes actual ó en el anterior. El
CEIC-R debe comprobar que la respuesta del promotor a las
aclaraciones es válida y comunicar el calendario de evaluación a los
CEIC’s implicados y al promotor, dándoles de alta en la aplicación SICCEIC en el plazo máximo de cinco días.
Reunión del CEICLAR: un día dentro de los últimos siete días del mes
para evaluar los protocolos nuevos, las modificaciones relevantes y la
respuesta a las aclaraciones solicitadas.
Antes del día 3 del mes siguiente se comunicará al CEIC-R el informe de
la evaluación (que podrá ser favorable, desfavorable ó con objeciones) a
través de la aplicación SIC-CEIC.
Entre los días 4 y 15: reunión del CEICLAR cuando sea CEIC-R, para
revisar los informes de los CEIC’s implicados y preparar el dictamen.
El día 15 del mes será la fecha límite para que el CEIC-R notifique el
dictamen a los CEIC’s implicados, al promotor solicitante y a la AEMPS.
Cuando el CEICLAR sea el CEIC-R tendrá un plazo máximo de 60 días
naturales para emitir un dictamen definitivo motivado sobre el ensayo y podrá
pedir información al solicitante una sola vez. El plazo máximo para emitir el
dictamen definitivo en el caso de modificaciones relevantes, es de 35 días
naturales. El cómputo del plazo de evaluación se detendrá desde que el
CEICLAR, como CEIC-R, solicite aclaraciones, hasta que se reciba la
respuesta a las mismas. Dicha respuesta deberá ser presentada por el
solicitante entre los días 16 y 20 del mes en curso ó, a lo sumo, del mes
siguiente. La ausencia de respuesta en dicho plazo motivará un dictamen
desfavorable por parte del CEICLAR cuando actúe como CEIC-R.
En los ensayos clínicos con medicamentos de terapia celular xenogénica no
existe limitación de plazo. En los ensayos clínicos de medicamentos de terapia
génica, terapia celular somática (no xenogénica) y que contengan organismos
modificados genéticamente, el plazo será de 90 días naturales, que se podrá
prorrogar otros 90 días naturales si se recaba algún informe de expertos.
Ensayos clínicos unicéntricos, estudios post-autorización y resto de
proyectos de investigación:
Se respetarán los siguientes plazos:
- Los protocolos nuevos y las modificaciones ó comunicaciones a lo largo
del seguimiento de los protocolos aprobados se presentarán en la
secretaría del CEICLAR cualquier día laborable.
- En los siguientes cinco días a su presentación en el CEICLAR, se
validará la documentación presentada y se notificará al promotor su
admisión a trámite o la subsanación de deficiencias.
21
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
-
-
-
Se evaluará en la primera reunión en la que se disponga de tiempo
suficiente para distribuirlo a todos los miembros, pero nunca más tarde
de 30 días desde su presentación.
Antes de cinco días después de su evaluación se comunicará al
solicitante el dictamen (favorable, desfavorable ó petición de
aclaraciones).
Si se han solicitado aclaraciones, la respuesta a las mismas se evaluará
en la primera reunión después de su recepción y se emitirá el dictamen
definitivo (aprobación ó denegación).
Los estudios post-autorización de seguimiento prospectivo, según el artículo 18
del Real Decreto 711/2002, de 19 de julio, por el que se regula la
farmacovigilancia de medicamentos de uso humano, deben ser introducidos en
la aplicación informática de la AEMPS para este tipo de proyectos (GESTO).
10. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN Y CRITERIOS PARA LA TOMA DE
DECISIONES:
El CEICLAR ejercerá sus funciones, especificadas en el apartado cuatro de
estos PNT’s, en dos modalidades: en pleno ó en comisión permanente.
Procedimiento de revisión en pleno:
Se aplicará en los siguientes casos:
1) Para la evaluación de todos los ensayos clínicos nuevos que se definen
como tales de acuerdo al Real Decreto 223/2004.
2) Para la evaluación de las aclaraciones mayores y las modificaciones
relevantes de los ensayos multicéntricos, tanto si el CEICLAR participa
como CEIC implicado o de referencia.
3) Para los estudios post-autorización según el Real Decreto 711/2002 y el
Anexo VI de la Circular 15/2002.
4) Para evaluar cualquier proyecto de investigación que le sea sometido
para su informe preceptivo.
5) Para la toma de decisiones que afecten al funcionamiento y
procedimientos de trabajo del CEICLAR.
Para la constitución válida del pleno será necesaria la presencia de al menos la
mitad mas uno de sus miembros y la presencia del Presidente y el Secretario ó
de quienes les sustituyan en sus funciones.
El quórum se mantendrá desde el comienzo de la reunión hasta el final de la
misma. Del mismo modo, si no existiese quórum, la reunión del comité quedará
suspendida.
Procedimiento de evaluación:
Previamente a la reunión del Comité, al menos con siete días de antelación, el
Presidente y el Secretario podrán designar, si así lo estiman oportuno, a dos
ponentes por estudio (ensayo clínico, ensayo post-autorización ó proyecto de
22
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
investigación) para aquellos estudios que hayan sido aprobados por el CEIC-R
u otro CEIC. La evaluación por parte de los miembros, podrá realizarse a
criterio particular, mediante la cumplimentación de la hoja de evaluación
(modelo del anexo 16).
Aquellos estudios que carezcan de evaluación previa por un CEIC de
referencia, serán evaluados en sesión plenaria del Comité.
Los miembros ajenos a las profesiones sanitarias valorarán más
específicamente los aspectos éticos y legales, prestando especial atención al
contenido y comprensibilidad de la hoja de información al paciente y al
procedimiento de obtención del consentimiento informado, la póliza del seguro,
el reclutamiento de los pacientes, memoria económica, idoneidad del
investigador y de las instalaciones, etc.
Criterios para la toma de decisiones:
El CEICLAR, en sus decisiones, velará por la protección de los derechos,
seguridad y bienestar de los ciudadanos en el contexto de la investigación
clínica y en el terreno de los avances científicos relacionados con su salud,
prestando especial atención a los ensayos en los que se puedan incluir sujetos
vulnerables, tales como menores o incapaces.
Las decisiones se tomarán por consenso, cuando esto no sea posible ó cuando
alguno de los miembros del comité lo requiera, se procederá a votación. Será
necesaria mayoría simple de los votos de los miembros del CEICLAR
asistentes, para que la decisión sea considerada válida. En caso de empate en
la votación, se tomará en cuenta el voto de calidad del Presidente del
CEICLAR. Si algún miembro así lo desea, podrá solicitar que conste en acta su
voto y argumentación contraria a la decisión adoptada.
En caso de que el investigador principal ó alguno de sus colaboradores sea
miembro del CEICLAR no podrá participar en la evaluación ni en el dictamen
de su propio protocolo.
Podrán ser convocados a las reuniones del CEICLAR expertos ajenos al
comité, si así se considera oportuno. Su intervención en la evaluación de los
protocolos que les hayan sido asignados será con voz pero sin voto.
De acuerdo con el art. 14.4 del RD 223/2004, cuando se evalúen proyectos de
procedimientos quirúrgicos, técnicas diagnósticas o productos sanitarios, se
convocará a un experto en estos temas, que actuará con voz pero sin voto. Así
mismo cuando en los proyectos se incluyan menores de 18 años o sujetos
incapacitados, se convocará a un experto en la población incluida con voz pero
sin voto.
23
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Se permitirá la asistencia a las sesiones plenarias de profesionales sanitarios
en periodo de formación (MIR, FIR, PIR y otros), previa solicitud y con la
conformidad del presidente del CEICLAR.
Los miembros del CEICLAR, la secretaria administrativa, expertos ajenos al
Comité y profesionales sanitarios en periodo de formación, respetarán el
principio de confidencialidad tanto para la documentación recibida, como para
su evaluación y el proceso deliberativo en el seno de sus reuniones.
Procedimiento de revisión en la Comisión Permanente
Se aplicará:
1) Dar respuesta a cuestiones calificadas como no relevantes por el pleno
2) Para evaluar aclaraciones o modificaciones que afecten a aspectos
formales del protocolo, para las que no sea necesaria la discusión en
pleno.
3) Para autorizar un estudio tras evaluar la conformidad de la respuesta de
los promotores a la solicitud de aclaraciones.
Tipos de dictámenes:
Los dictámenes del CEICLAR podrán ser de:
a) Aprobación definitiva (anexos 10, 11, 12, 13 y 14).
b) Solicitud de aclaraciones o de información complementaria. La
aprobación definitiva queda condicionada a la recepción y conformidad
de la respuesta recibida en formato electrónico y/o original firmado.
(anexos 10, 11, 12, 13 y 14).
c) Denegación definitiva. Contra esta resolución cabe interponer recurso de
alzada ante la Consejería de Salud de La Rioja, conforme a lo
establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de
13 de enero. (anexo 10-14). Esta expresión debe constar en los
dictámenes denegatorios.
El resumen de las deliberaciones y los acuerdos adoptadas en el seno del
Comité se recogerán en las correspondientes actas, que redactadas por el
secretario técnico, deberán ser aprobadas en la sesión siguiente del Comité.
Duración de las reuniones y protocolos pendientes:
La duración de las reuniones estará sometida al número de proyectos a evaluar
por el Comité Ético de Investigación Clínica. En cualquier caso, las reuniones
no se prolongarán más allá de las 2 horas. Si quedase algún proyecto
pendiente de evaluar, sería revisado en las reuniones extraordinarias
convocadas a tal efecto en los siete días siguientes a la reunión.
24
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
11. ÓRDENES DEL DÍA Y ACTAS.
Las reuniones del CEICLAR en sesiones plenarias, permanentes o grupos de
trabajo, precisan de convocatoria firmada por el secretario técnico, que incluya
fechas, lugar y hora de las reuniones y orden del día.
En la orden del día constarán como mínimo los siguientes puntos:
- 1º. Lectura y aprobación, si procede, del acta de la reunión anterior.
- Siguientes puntos: información del Sr. Presidente o del Secretario Técnico
sobre actuaciones y situación de asuntos del Comité; proyectos de
investigación y enmiendas a evaluar en la sesión; respuesta a aclaraciones
solicitadas sobre proyectos pendientes de dictamen; escritos y comunicaciones
recibidas desde la sesión anterior; y
- Último punto: ruegos y preguntas.
La convocatoria con la orden del día se remitirá a todos los miembros del
CEICLAR al menos con siete días de antelación. En la misma se solicitará la
confirmación de asistencia.
Los resúmenes de las deliberaciones se recogerán en las actas, en las que se
seguirá el orden del día, salvo que por unanimidad de los asistentes se acuerde
su alteración. En el acta quedará reflejado que, para cada estudio evaluado se
ponderaran los aspectos establecidos en el RD 223/2004 art. 14.6 y Orden
SCO/256/2007.
Sus acuerdos se recogerán expresamente: tanto los referentes a aprobaciones,
solicitudes de aclaraciones, como a denegaciones, advirtiendo en estos últimos
casos de la posibilidad de recurso en la forma legal establecida.
De lo tratado, la Secretaría Técnica elaborará el correspondiente borrador de
acta, que se enviará con la documentación correspondiente, con la
convocatoria de la siguiente reunión. En esta reunión se aprobará, si procede,
la citada acta, que firmada por Presidente y Secretario técnico, se archivará
convenientemente.
En el acta se incorporarán, textualmente, a petición de los miembros que así lo
manifiesten, las intervenciones referidas a debates planteados.
12. SEGUIMIENTO DE LOS ENSAYOS CLINICOS, ESTUDIOS POSTCOMERCIALIZACIÓN Y PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN:
Con la aprobación de cada ensayo clínico, el CEICLAR requerirá al
investigador principal y al promotor los siguientes informes de seguimiento del
estudio en el Centro:
Responsabilidades del Investigador principal:
25
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
El CEICLAR remitirá al equipo investigador con el dictamen de aprobación, el
Anexo 15 de estos PNT’s titulado “Modelo de Hoja de Seguimiento de Ensayos
Clínicos”. Dicho anexo, una vez cumplimentado por el investigador deberá ser
remitido al CEICLAR:
con periodicidad anual hasta el cierre del estudio en el centro.
si no se hubiesen reclutado pacientes, cumplimentar y enviar al
CEICLAR los datos requeridos en el anexo 19.
Responsabilidades del Promotor/CRO:
Para ensayos clínicos:
• Fecha efectiva de comienzo del estudio en cada uno de los centros
participantes en La Rioja (inclusión del primer paciente en el centro).
• Notificación de todas las sospechas de reacciones adversas que sean a
la vez graves e inesperadas, en el plazo máximo de 15 días, asociadas
al producto en investigación y que hayan ocurrido en pacientes incluidos
en La Rioja.
• El plazo será de siete días si se trata de reacciones adversas que
produzcan la muerte o supongan una amenaza para la vida del sujeto
incluido en el ensayo.
• Informe periódico de seguridad anual hasta el final del ensayo Sin
perjuicio de ello el promotor presentará un informe de seguridad “ad hoc”
siempre que aparezca un problema relevante.
• Notificación del cierre del ensayo clínico en el plazo de 90 días,
contados desde la finalización del ensayo clínico, el promotor. En caso
de terminación anticipada, en el plazo de 15 días, el promotor enviará un
informe que incluya los datos obtenidos hasta el momento de esa
finalización anticipada, así como los motivos de ésta y, en su caso, las
medidas adoptadas en relación con los sujetos participantes en el
ensayo.
• Informe final con los resultados del estudio, en el plazo de un año desde
el final del ensayo.
• Informe anual sobre la marcha del ensayo clínico cuando la duración del
estudio sea superior a un año (anexo 15).
En al caso de estudios post-autorización:
Fecha efectiva de comienzo del estudio en cada uno de los centros
participantes en La Rioja (inclusión del primer paciente en el centro).
Las sospechas de reacciones adversas graves ocurridas en el ámbito de
actuación de este Comité, las cuales deberán ser notificadas en el plazo
máximo de 15 días naturales desde que se tuvo conocimiento de la
sospecha de reacción adversa. Esta notificación se hará al Centro
Autonómico de Farmacovigilancia de La Rioja.
Cualquier incidencia relevante (interrupción, modificación sustancial del
protocolo, problema grave de seguridad...) que pueda producirse en el
transcurso del estudio.
Informe de seguimiento anual (anexo 15).
26
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Informe final del estudio.
Para facilitar el adecuado seguimiento de estas actuaciones, el Comité está
trabajando en la implantación de un programa informático de gestión y archivo.
En caso de incumplimiento del envío de los informes de seguimiento, el Comité
requerirá por escrito y con acuse de recibo su recepción. El incumplimiento
reiterado de esta obligación será tenido en cuenta en la valoración de la
idoneidad del promotor, CRO y/o equipo investigador en posteriores proyectos
de investigación. Así mismo, el Comité comunicará esta circunstancia a la
autoridad sanitaria competente para el posible establecimiento conjunto de
medidas correctoras.
13. SISTEMA ESTABLECIDO PARA LA COMUNICACION ENTRE EL
CEICLAR Y EL INVESTIGADOR, EL PROMOTOR, LA GERENCIA DE LOS
CENTROS, LA AEMPS Y OTROS CEIC’s
El secretario técnico, con el apoyo de la secretaria administrativa, será la
persona encargada de mantener al día la conveniente comunicación derivada
de la introducción de datos y consulta, en las aplicaciones informáticas SICCEIC y GESTO, promovidas por la AEMPS para la necesaria coordinación de
actuaciones sobre evaluación de ensayos clínicos y estudios postcomercialización entre los distintos CEIC’s, CEIC-R y Centro Coordinador de
CEIC’s.
El dictamen del CEICLAR (Anexos 10/13), será enviado a:
1. En E.C. multicéntricos:
1.1. Cuando el CEICLAR actúa como CEIC-R:
1.1.1. Promotor del estudio en SIC-CEIC
1.1.2. AEMPS en SIC-CEIC
1.1.3. CEICs implicados en SIC-CEIC
1.1.4. Investigador principal junto con la Hoja de seguimiento (Anexo 15)
1.1.5. Dirección-gerencia del centro donde vaya a realizarse el estudio
en La Rioja
1.1.6. Gerente de la Fundación Rioja Salud.
1.2. Cuando el CEICLAR actúa como CEIC implicado:
1.2.1. CEIC-R en SIC-CEIC.
1.2.2. Investigador principal junto con la Hoja de seguimiento (Anexo 15)
1.2.3. Dirección-gerencia del centro donde vaya a realizarse el estudio
en La Rioja.
1.2.4. Gerente de la Fundación Rioja Salud.
27
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
2. En EPA-SP no aprobados por otro CEIC acreditado y Proyectos de
Investigación:
2.1. Promotor del estudio.
2.2. Investigador principal junto con la Hoja de seguimiento (Anexo 15).
2.3. Dirección-gerencia del centro donde vaya a realizarse el estudio en La
Rioja.
2.4. Gerente de la Fundación Rioja Salud.
El Informe de conformidad de documentación en EPA-SP, EPA-LA, EPA-AS,
EPA-OD y No-EPA ya aprobados por otros CEICs acreditados, se enviará a:
1. Dirección-gerencia del centro donde vaya a realizarse el estudio en La
Rioja.
2. Gerente de la Fundación Rioja Salud.
Esta comunicación se realizará antes de los cinco días siguientes a la fecha de
la reunión en la que se tomó la correspondiente decisión, incorporándolo a las
bases de datos SIC-CEIC o GESTO, según afecte a ensayos clínicos o
estudios post-comercialización. Con el dictamen final se emitirá también un
certificado para cada ensayo, con la composición actualizada del CEICLAR
(anexo 17).
Cuando de los informes finales se deduzca que no se han podido reclutar
pacientes en La Rioja, se solicitará al investigador principal la enumeración de
las causas (anexo 19), quien deberá remitirlos al CEICLAR antes del 30 de
junio o del 15 de diciembre.
14. ARCHIVO Y DESTRUCCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN
Como norma general todos los originales de los documentos en formato papel,
CD y/o electrónico, se archivarán por la secretaria administrativa del Comité
siguiendo procedimientos de seguridad habituales: armarios específicos con
llave, que garantizan la confidencialidad de los datos.
El acceso a esta documentación sólo se autoriza a los miembros de la
Comisión Permanente y a la secretaria administrativa del CEICLAR.
Documentos generales:
1) Composición, teléfonos, direcciones de contacto y correos electrónicos
de todos sus miembros.
2) Nombramientos, ceses y renuncias de los miembros.
3) Currículum vitae y titulación específica de los miembros.
4) Procedimientos Normalizados de trabajo.
5) Memoria de actividades del CEICLAR desde su acreditación.
6) Resoluciones de acreditación y renovaciones de la acreditación, así
como actas y documentación relacionada con los procedimientos de
inspección de las Autoridades Sanitarias.
28
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
7) Declaraciones de ausencia de intereses y confidencialidad de los temas
tratados, de todos los miembros del Comité y de aquellos asistentes
técnicos o en proceso de formación que acudan a las reuniones.
Documentos custodiados por cada protocolo:
1) Solicitud de evaluación y código EudraCT.
2) Protocolo, Cuaderno de Recogida de Datos y Manual del Investigador.
3) Compromiso del investigador principal y colaboradores.
4) Idoneidad del equipo de investigación y de las instalaciones
5) Solicitud de aclaraciones.
6) Texto correspondiente cargado en la aplicación SIC-CEIC por el
CEICLAR y/o por otros CEIC’s, incluido el de referencia o en la
aplicación GESTO.
7) Respuesta del promotor a las aclaraciones solicitadas.
8) Escritos de aprobación del CEICLAR o del CEIC-R.
9) Notificaciones de efectos adversos e informes anuales de seguridad.
10) Modificaciones del protocolo, si las hubiere.
11) Informes de seguimiento, tanto del investigador como del promotor.
12) Otra documentación: análisis intermedios, suspensiones temporales,
solicitud de asesoramiento, etc.
13) Hoja de Información al paciente y consentimiento informado.
14) Compromiso con las Normas de Buena Práctica Clínica.
15) Memoria económica del ensayo.
16) Póliza del seguro obligatorio (y renovación anual si procede), y en los
casos previstos en el artículo 8.3 del Real Decreto 223/2004 de ausencia
de seguro o de seguro con cobertura parcial, deberá acompañarse
documento de asunción de responsabilidad en caso de daños
producidos como consecuencia del ensayo.
17) Certificado de delegación del promotor a la CRO (Organización de
Investigación por contrato) de la gestión administrativa del ensayo
clínico, si lo hubiese.
18) Notificación fin de ensayo clínico.
19) Informe anual, de seguridad o final de resultados del ensayo.
20) Notificación de adopción de medidas urgentes por motivos de seguridad
(si procede).
21) Comunicación de finalización del ensayo en España o globalmente.
22) Asunción de responsabilidad (anexo 9).
23) El soporte digital con la documentación solicitada.
Documentos custodiados por reunión:
1) Convocatoria y orden del día.
2) Acta firmada por Presidente y Secretario.
Otros documentos de interés:
1) Legislación vigente aplicable
2) Publicaciones relacionadas
3) Bibliografía general y específica (memoria de reuniones y cursos, etc.).
29
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
El archivo de los documentos custodiados por protocolo se mantendrá siete
años después de aprobado el estudio, si bien en proyectos de corta duración
(menos a 1 año) este período podrá ser de 4 años en cumplimiento de lo
legalmente establecido (3 años desde la finalización del ensayo clínico).
Incluirá todos los documentos originales presentados por el promotor, así
como los anexos y documentación adicional remitida a lo largo de la realización
del estudio.
Destrucción de documentos:
Pasado el tiempo de custodia se procederá a la destrucción de los documentos
mediante un procedimiento que asegure la imposibilidad de recomposición de
los mismos.
Asimismo, después de cada una de las sesiones del Comité, la secretaria
administrativa destruirá con los mismos criterios la documentación revisada y
que acompaña la orden del día. Los miembros que no acudan o excusen su
asistencia a las Sesiones del Comité, deberán entregar la documentación a la
secretaria administrativa del Comité en la próxima reunión o en su defecto, en
un plazo nunca superior a 15 días después de la siguiente reunión, para
proceder, de este modo, a su destrucción.
Protección de datos
Los registros de datos de carácter personal, tanto manuales como
automatizados, estarán sujetos a lo dispuesto en la Ley 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
15. INFRAESTRUCTURA DEL CEICLAR
La Secretaría Administrativa del CEICLAR se ubicará en el Centro de
Investigación Biomédica de La Rioja (CIBIR). Los medios que la Fundación
Rioja Salud debe proporcionar al CEICLAR para su normal funcionamiento, se
proveerán de personal administrativo, que conformará la secretaria
administrativa, en cuya sede estará ubicado el archivo de la documentación,
en condiciones de garantía de seguridad y confidencialidad. La
correspondencia se dirigirá, a nombre del CEICLAR, a esta sede.
La Secretaría Administrativa dependerá y actuará en coordinación en los
aspectos funcionales, durante los períodos en que se dedique a esta actividad,
con el Presidente y el Secretario técnico del CEICLAR.
La Secretaría Administrativa, desarrollará entre otras, las siguientes funciones:
a) Recepción y clasificación de la documentación dirigida al CEICLAR.
b) Revisión de la documentación para detectar si falta algún escrito,
procediendo a su reclamación al promotor, cuando proceda.
30
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
c) Avisar al Secretario Técnico del CEICLAR de la recepción de
documentación.
d) Tramitación administrativa de los escritos derivados del normal
funcionamiento y respuesta a solicitudes planteadas.
e) Trámite administrativo de los escritos derivados del cumplimiento de los
acuerdos adoptados en acta.
f) Atención telefónica y comunicación a la Secretaría Técnica, en función
del contenido de las preguntas.
g) Archivo y destrucción de la documentación.
h) Organización del envío de la documentación que acompaña a las
convocatorias de reunión necesaria para que los miembros procedan a
su evaluación.
16. REVISIÓN Y/O MODIFICACIÓN DE LOS PNT’s:
La presente versión del documento ha sido aprobado por el Comité Ético de
Investigación Clínica de La Rioja, (CEICLAR) a fecha de: 28 de Febrero 2014.
Cada versión del documento ha de ser sometida a aprobación por parte del
Comité Ético de Investigación Clínica de La Rioja, (CEICLAR) y deberá estar
firmada por el Presidente y el Secretario del Comité.
Cualquier modificación sustantiva del documento que dé lugar a una nueva
versión del mismo, deberá ser sometida igualmente a aprobación por parte del
Comité y deberá ser firmada por el Presidente y el Secretario del CEICLAR.
Tanto la hoja de firmas como la fecha de aprobación del documento deberá
estar incluida en la versión del documento en vigor.
Los PNT’s aprobados en sesión plenaria del CEICLAR incorporarán de forma
automática todas las exigencias legales y procedimientos administrativos
acordados por el Centro Coordinador de CEIC, que le afecten.
Se revisarán estos PNT’s cuando se haya modificado la mitad ó más de los
miembros que constituyan el CEICLAR en el momento de aprobar la versión
vigente de los PNT’s
Por solicitud de al menos la mitad más uno de los miembros del CEICLAR,
mediante escrito dirigido al Presidente y siempre con propuestas concretas
para cada apartado a revisar.
Los PNT’s se revisarán obligatoriamente cada cuatro años, en ausencia de
cualquiera de las circunstancias anteriormente reseñadas.
Los PNT´s incorporarán fecha de aprobación y número de versión.
31
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Igualmente los PNT´s serán publicados y puestos a disposición de los
interesados a través de las siguientes páginas web:
• Fundación Rioja Salud.
• CIBIR
• Agencia Española del Medicamento
A partir de la versión 15, se mantendrá archivo electrónico de las sucesivas
versiones de los PNT. Hasta su fecha, se conservan informatizadas las
versiones 2, 3, 4, 5, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 14.1 y 14.2.
17. FORMACIÓN CONTINUADA Y ASISTENCIA A REUNIONES, CURSOS,
ETC. DE INTERÉS PARA LOS MIEMBROS DEL CEICLAR
El Comité difundirá entre sus miembros, información sobre la realización de
cursos, jornadas, etc. que pudieran ser de interés, promoviendo su asistencia.
La Fundación Rioja Salud, proveerá los fondos suficientes para financiar la
asistencia de los miembros interesados a foros de debate, reuniones y cursos
relacionados con la actividad propia del CEICLAR, encargándose así mismo de
promocionar la formación continuada de sus miembros.
Se mantendrá un archivo con los eventos formativos relacionados con el
CEICLAR a los que acudan sus miembros, a los que se acompañarán las
correspondientes memorias resumen de su contenido.
32
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Anexo 1
MODELO CARTA ACOMPAÑAMIENTO
SOLICITANTE (el mismo que conste en el formulario de solicitud:
Persona u Organización:…………………………………………………………………………………
Persona de contacto:……………………………………………………………………………………..
Teléfono:………………………………
Fax:………………………………………….
Correo Electrónico:………………………………………………………………………………………..
TIPO DE PROMOTOR:
□ Compañía Farmacéutica.
□ Investigador/Sociedad Científica/Universidad/Centro Sanitario.
□ Otros, Especificar: ……………………………………………………………………….
ESTUDIO:
□ Ensayo Clínico con medicamentos (R.D. 223/2004)
□ Ensayo Clínico con productos sanitarios (R.D. 414/1996 y Circular 7/2004 AEMPS)
□ Estudio post-autorización SP (Orden SAS 3470/2009)
□ Otros, (especificar)………………………………………………………………………………..
TÍTULO:
………………………………………………………………………………………………………………..
………………………………………………………………………………………………………………..
………………………………………………………………………………………………………………..
Nº EudraCT:…………………………………………………………………..
Cº Protocolo del Promotor:…………………………………………………..
Versión/Fecha:…………………………………………………………..……
Fase del EC:…………………………………………………………………..
TIPO DE ESTUDIO:
□ Unicéntrico
□ Multicéntrico
□ Nacional
□ Internacional
Especificar CEIC de referencia:……………………………………………………………………………
Especificar CEICs implicados:……………………………………………………………………………..
Especificar investigadores principales y centros participantes en la Comunidad Autónoma de La
Rioja:
Investigador
Centro
Servicio
LA DOCUMENTACIÓN QUE SE REMITE SE REFIERE A:
33
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
□
Solicitud de autorización de ensayo clínico y envío de documentación.
□
□
□
□
□
□
□
□
□
□
□
Protocolo (Versión………………………….)
Formulario de solicitud.
Hoja de Información para el sujeto del ensayo / Consentimiento Informado (Versión
…………………………………….)
Manual del Investigador.
Documento idoneidad investigador y colaboradores.
Documento idoneidad de las instalaciones.
Copia póliza del seguro.
Documento asunción responsabilidad.
Procedimientos y material utilizado en el reclutamiento.
Copia asesoramientos científicos.
Compromiso investigadores.
□
Respuesta a las aclaraciones solicitadas.
□ Modificaciones del ensayo autorizado.
- Especificar tipo de modificación:………………………………….................................................
……………………………………………………………………………………………………………
□ Otros documentos:
□ Notificación fin de ensayo clínico.
□ Informe anual, de seguridad o final de resultados del ensayo.
□ Notificación de adopción de medidas urgentes por motivos de seguridad.
□ Comunicación de interrupción o finalización prematura del ensayo por motivos
de falta de eficacia o seguridad.
□ Comunicación de interrupción o finalización prematura del ensayo por otros
motivos.
□ Comunicación de finalización del ensayo en España o globalmente.
DOCUMENTACIÓN ADICIONAL
□
Asesoramiento científico.
□ AEMPS
□ EMEA
□ Otras Agencias de otros países (especificar………………..................................)
Otra información relevante (especificar………………………………………………………….
…………………………………………………………………………………………………………..)
□
Lo que firmo en ……………………………………a …………de…………..de………..
Firma del solicitante:
SR. PRESIDENTE DEL COMITÉ ÉTICO DE INVESTIGACIÓN CLÍNICA DE LA RIOJA
Anexo 2
34
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
RESUMEN ENSAYOS CLÍNICOS
1. IDENTIFICACIÓN DEL PROTOCOLO
.. Número EUDRACT:_____________________
.. Código de protocolo del promotor:_________________
.. Versión/Fecha:_____________________
2. TÍTULO DEL EC
3. IDENTIFICACIÓN DEL PROMOTOR
4. ASPECTOS RELEVANTES SOBRE LA FINANCIACIÓN DEL ESTUDIO
5. INVESTIGADOR COORDINADOR DEL ESTUDIO EN ESPAÑA.
DIRECCIÓN DE SU CENTRO DE TRABAJO
6. CEIC DE REFERENCIA (cuando proceda)
7. CENTROS DONDE SE PREVÉ REALIZAR EL ENSAYO (ver Anexo 1)
8. JUSTIFICACIÓN Y PERTINENCIA DEL ESTUDIO
La justificación debe ser una exposición breve y concisa de:
- situación actual del problema terapéutico y del fármaco empleado en el estudio.
- descripción de los conocimientos actuales del problema en cuestión.
- qué aportará el ensayo en relación con lo que ya se conoce,
- exposición de los datos disponibles sobre el fármaco en estudio, se deberá incluir información
sobre si se trata de un fármaco ya comercializado en España u otro país, si las indicaciones
autorizadas coinciden con las del ensayo y si se empleará en condiciones de uso distintas
- planteamiento de la hipótesis de trabajo, si procede se deberá indicar claramente si se va a
probar una hipótesis de superioridad o de no inferioridad en cuanto a la eficacia.
9. DISEÑO
Como mínimo deberá especificar:
- si el ensayo será unicéntrico o multicéntrico, nacional o internacional,
- si será de grupos paralelos o de grupos cruzados,
- los métodos de asignación aleatoria, incluyendo la técnica utilizada para asegurar la
integridad del proceso de asignación.
- tipo de control (placebo, activo, ambos).
- forma de enmascaramiento (abierto, simple ciego, doble ciego)
10. OBJETIVO PRINCIPAL: se describe el objetivo principal del estudio (eficacia, seguridad,
farmacocinética, búsqueda de dosis, etc).
El objetivo deberá estar razonado en función del interés para el desarrollo del estudio y/o desde
el punto de vista terapéutico, debe reflejar la pregunta principal a responder y ser concreto,
relevante para la cuestión a investigar y factible.
11. FÁRMACO EXPERIMENTAL Y CONTROL.
ADMINISTRACIÓN, GRUPO TERAPÉUTICO
DOSIS,
FORMA
FÍSICA,
VÍA
DE
35
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Descripción del tratamiento que se administrará, incluyendo el nombre de todos los
medicamentos, la pauta de dosificación, la vía / modo de administración y la duración del
período de tratamiento. En este apartado, si procede, se justificará la elección del tratamiento
control para la consecución del objetivo del estudio y si es aceptable desde el punto de vista
ético el uso de placebo (en caso de emplearse). En caso de que no sea comparativo se debe
justificar la ausencia de grupo comparador. Descripción de los procedimientos para evaluar el
cumplimiento del sujeto.
12. VARIABLE PRINCIPAL DE VALORACIÓN
13. POBLACIÓN EN ESTUDIO Y NÚMERO TOTAL DE PACIENTES
Se debe definir el método de cálculo del tamaño muestral y la información empleada para su
cálculo. Se debe incluir una estimación de la posible perdida de pacientes.
Descripción del proceso de reclutamiento; incluyendo información sobre el origen de los
pacientes (hospitalizados, consultas externas) y los medios utilizados para el reclutamiento
(anuncios, páginas web, folletos….).(según proceda).
Se definirán las características principales, condiciones y requisitos relevantes de la población
participante en el en el estudio (Ej. respuestas a tratamiento previo, pacientes NAIVE al
tratamiento, pacientes procedentes de consulta especializada…).
14. ANÁLISIS ESTADÍSTICO
Descripción de los métodos estadísticos que se van a emplear, incluyendo el calendario de
cualquier análisis intermedio que se haya planteado.
Definición del tipo de análisis (por intención de tratar, por protocolo) y descripción de los sujetos
que se incluirán en el análisis (p. ej. todos los aleatorizados, todos los tratados, todos los
evaluables, etc.)
15. CONSIDERACIONES ÉTICAS
Se deberán especificar en este apartado las consideraciones éticas relacionadas con el
ensayo;
• Evaluación del beneficio/riesgo que se podría obtener de los resultados del estudio en
relación con los riesgos y las posibles molestias a las que los pacientes son sometidos.
• Si participan en el estudio poblaciones vulnerables (niños, sujetos incapacitados temporal o
indefinidamente) se debería justificar la inclusión de las mismas.
• Si existen compensaciones económicas previstas se debería especificar la cantidad y los
conceptos.
• Como se dará la información a los sujetos participantes, a los familiares o a los
representantes legales según proceda.
• Identificación y justificación (si procede) de las exploraciones adicionales a las que se
someterá a los sujetos del estudio.
• Acceso directo a los datos. Se debe especificar que se permitirán las monitorizaciones,
auditorias, revisiones del CEIC e inspecciones reguladoras relacionadas con el ensayo,
facilitando el acceso directo a los documentos / datos originales.
• Se justificará la elección del tratamiento control para la consecución del objetivo del estudio y
si es aceptable desde el punto de vista ético el uso de placebo (en caso de emplearse).
16. DURACIÓN DEL TRATAMIENTO
36
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Es importante definir el tiempo exacto en que el paciente permanece formalmente dentro del
ensayo clínico teniendo en cuenta los distintos períodos de desarrollo (reclutamiento, periodo
basal, seguimiento, cierre). Siempre y cuando proceda, se incluirá una breve descripción del
plan de tratamiento y seguimiento del paciente una vez finalizado el estudio y de aquellos a los
que se retire del ensayo.
17. EVALAUCIÓN DE LA SEGURIDAD DEL ESTUDIO (Este apartado se incluirá en aquellos
casos en los que por el perfil de seguridad del fármaco empleado en el estudio o por los
objetivos del estudio se necesite de un manejo que difiera de los procedimientos habituales en
cuanto a la evaluación de la seguridad)
18. CALENDARIO Y FECHA PREVISTA DE FINALIZACIÓN
Es importante definir y aclarar el día-inicio y el día-fin de estudio. Incluir la fecha de finalización
global del estudio y la fecha de finalización del estudio en España.
REFERENCIAS
- Detailed guidance on the application format and documentation to be submitted in an
application for an Ethics Committee opinion on the clinical trial on medicinal products for human
use (26/04/2004)
- Detailed guidance for the request for authorisation of a clinical trial on a medicinal product for
human use to the competent authorities, notification of substantial amendments and declaration
of the end of the trial (18/10/2005)
- Medicamentos. Ensayos clínicos. Real Decreto 223/2004, de 6 de febrero, por el que se
regulan los ensayos clínicos con medicamentos. Boletín Oficial del Estado nº 33 (7 de Febrero
de 2004).
- Medicamentos: Ensayos clínicos. Real Decreto 561/1993, de 16 de abril, por el que se
establecen los requisitos para la realización de ensayos clínicos con medicamentos. Boletín
Oficial del Estado nº114 (13 de mayo de 1993).
-Aclaraciones sobre la aplicación de la normativa de ensayos clínicos con medicamentos de
uso humano a partir del 1 de mayo de 2004 versión nº 3, septiembre de 2005).www.agemed.es
ANEXO I:
Investigador principal
Centro
37
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Anexo 3
COMPROMISO DEL INVESTIGADOR PRINCIPAL
Don/Doña
Del Servicio de
Del Centro
CERTIFICA:
Que conoce y acepta participar como Investigador Principal en el estudio de investigación titulado
Que se compromete a que cada sujeto sea tratado y controlado siguiendo lo establecido en el protocolo
autorizado por el Comité Ético de Investigación Clínica de La Rioja y por la Agencia Española del
Medicamento
Que respetará las normas éticas y legales aplicables a este tipo de estudios
Que dicho estudio se realizará contando con la colaboración de los siguientes investigadores colaboradores:
Asimismo cuenta con la colaboración de los Servicios:
Siendo aceptado por el Jefe de Servicio:
Nombre y firma del Investigador Principal:
Nombre y firma del Investigador Colaborador nº 1:
Nombre y firma del Investigador Colaborador nº 2:
Nombre y firma del Investigador Colaborador nº 3:
Nombre y firma del Responsable de Servicio o Unidad donde se realiza el ensayo
Servicios colaboradores:
Nombre y firma del Jefe de Servicio de
Nombre y firma del Jefe de Servicio de
Nombre y firma del Jefe de Servicio de
En Logroño a
de
de
38
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Anexo 4
CURRICULUM VITAE DEL INVESTIGADOR PRINCIPAL
1. Nombre y apellidos:
2. Trabajo actual (indicar categoría, Servicio y Hospital así como dirección del centro de
trabajo):
3. Formación académica y año en el que se obtuvo (incluir si grado de doctor):
4. Especialidad (indicar donde se obtuvo y fecha):
5. Cursos de postgraduado relevantes para la Investigación Clínica p.e. cursos de normas de
Buenas Prácticas Clínicas (lugar y fecha):
6. Experiencia profesional previa (indicar categoría, servicio y hospital):
7. Experiencia en Investigación Clínica limitada a los últimos 10 años (ensayos clínicos con
medicamentos en los que ha participado y en calidad de qué, otros ensayos clínicos, otros
proyectos financiados y fuente de financiación):
8. Otros méritos relacionados con la cualificación profesional:
9. Publicaciones relevantes (limitada a los últimos 10 años (señalar exclusivamente las
relacionadas con la investigación clínica):
Firma
Fecha
39
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Anexo 5
COMPROMISO CON LAS NORMAS DE BUENA PRÁCTICA CLÍNICA
Don/Doña
Del Servicio de
Del Centro
Investigador Principal en el estudio de investigación titulado:
SE COMPROMETE A:
1. Utilizar en las diferentes hojas de recogida de datos un código disociado
para identificar a los pacientes y al cual sólo él tendrá acceso. Las
iniciales de los participantes ordenadas de forma conocida junto con la
fecha de nacimiento y el sexo, así como el número completo de la
historia clínica, se consideran códigos de fácil asociación y, por tanto, no
se utilizarán en el estudio
2. La revisión y el acceso a la historia clínica y a otros documentos de los
sujetos donde pueda haber datos que afecten a su intimidad personal
por parte de terceras personas, sólo será posible con el consentimiento
expreso del paciente. En caso contrario, los citados documentos
deberán enmascararse con objeto de garantizar el anonimato y proteger
la intimidad del paciente.
3. La distribución de los medicamentos objeto del estudio, se realizará a
través del servicio de farmacia.
4. Informar de la fecha de inicio del estudio
5. Informar anualmente de la marcha del estudio, así como de la
modificación o interrupción del protocolo.
6. Comunicar cualquier acontecimiento adverso grave que ocurra durante
el desarrollo del estudio.
7. Aportar, una vez finalizado el estudio, copia del informe final remitido al
promotor
8. Si el estudio se publica, aportar un ejemplar del trabajo.
En Logroño a
de
de
Firmado, el Investigador Principal
40
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Anexo 6
IDONEIDAD DE LAS INSTALACIONES
Centro:
Investigador Principal:
Servicio:
Para la realización del proyecto de investigación:
Título:
Nº EUDRACT:
Código de protocolo:
SE HACE CONSTAR:
•
Que el Centro cuenta con los recursos humanos y materiales para llevar a cabo el
proyecto de investigación citado.
•
Que se ha informado y obtenido la colaboración de todos los servicios implicados y en
particular del Servicio de Farmacia, que es quien controlará y dispensará los
medicamentos en investigación.
•
Que tras evaluar los procedimientos necesarios para la realización de este estudio de
investigación se han considerado idóneas las instalaciones del centro
Enumeración de los procedimientos y recursos materiales considerados relevantes para la
realización del proyecto de investigación:
•
•
•
En Logroño a
de
de
Firmado el Investigador Principal
Vº Bº Jefe del Servicio
41
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Anexo 7
IDONEIDAD DEL INVESTIGADOR PRINCIPAL Y SUS COLABORADORES
Centro:
Investigador Principal:
Servicio:
Para su participación en el estudio de investigación:
Título:
Nº EUDRACT:
Código de protocolo:
SE HACE CONSTAR:
•
Que cuento con los recursos humanos necesarios para llevar a cabo el estudio de
investigación, sin que ello interfiera en las tareas asistenciales que tengo habitualmente
encomendadas ni en la realización de otro tipo de estudios.
•
Que el equipo investigador que se necesita para realizar este proyecto de investigación
es el propuesto a continuación, y tras su evaluación se ha considerado idóneo
Nombre del Investigador Principal y de sus Colaboradores (adjuntar currículums vitae):
•
•
•
En Logroño a
de
de
Firmado el Investigador Principal
Vº Bº Jefe del Servicio
42
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
MODELO PÓLIZA DE SEGURO
El abajo firmante __
Seguros,
_________________
______ _____________
Anexo 8
____________, en representación de la Cía. de
con NIF no. __ ____________ y domicilio social en ___
_,
CERTIFICO
Que [Nombre Promotor] es promotor del ENSAYO CLÍNICO código de protocolo
___________ titulado "______________" y que se va a realizar en los centros y por los
investigadores principales incluidos en la solicitud de autorización de ensayo clínico (y
eventuales modificaciones relevantes) remitida a la AEMPS.
1. Que para tal fin, [Nombre Promotor], tiene suscrita una póliza de seguros de
Responsabilidad Civil (Nº. _________) con esta Compañía que cubre los daños y
perjuicios que como consecuencia del ensayo pudieran resultar para las personas en
que hubiera de realizarse, por un importe asegurado de [al menos el límite legal de
250.000 €] (_________ €) por paciente sometido a ensayo con un límite máximo de [al
menos el límite legal de 2.500.000 €] por siniestro, independientemente del número
de pacientes que reclamen.
2. Que dicha póliza de Responsabilidad Civil cubre las responsabilidades del promotor,
el investigador principal y sus colaboradores, así como las del Hospital o centro donde
se lleve a cabo el ensayo clínico.
3. Se garantiza que la precitada póliza responde entera y adecuadamente al legal
mandato del aseguramiento que se contiene en la Ley 25/1990 de 20 de Diciembre, del
Medicamento y a su desarrollo reglamentario mediante el Real Decreto 223/2004 de 6
de Febrero por el que se regulan los ensayos clínicos con medicamentos.
4. La validez de este seguro es hasta el 1 de Enero de 20___, renovable por periodos
de 1 año. [en este caso, debe incluirse una cláusula de compromiso de renovación en
el contrato que se firme con el Centro], o
La validez de este seguro es hasta el __ de _____ de 20___, quedando cubierto el
ensayo hasta su terminación, y estando la prima pagada para todo el período de
duración del ensayo.
Este Certificado tiene únicamente validez a efectos de información y no confiere ningún
derecho al Tenedor del mismo. Igualmente, no se configura como ampliación o modificación de
las coberturas otorgadas por la póliza arriba mencionada cuyas condiciones regulan en todo
caso, las prestaciones y obligaciones de las partes contratantes.
Y para que así conste, se expide el presente Certificado en __...........____ a
Anexo 9
43
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
ASUNCIÓN DE RESPONSABILIDAD
D/Dª. [Promotor] con D.N.I. __ ………
____ y domicilio a efectos de notificaciones en
______, _____________, ___ _____
actuando en nombre y representación de
[Nombre
Promotor],
con
domicilio
social
en
__
....
______,
calle
__..........................................______ nº _____ .
D/Dª. [Director Gerente del Centro] con D.N.I. __ ………
____ y domicilio a efectos de
notificaciones en ______, _____________, ___ _____
actuando en nombre y
representación de [Director Gerente del Centro], con domicilio social en __ .... ______, calle
__..........................................______ nº _____ .
D/Dª. [Investigador Principal] con D.N.I. __ ………
____ y domicilio a efectos de
notificaciones en ______, _____________, ___ _____
actuando en nombre y
representación de [Investigador Principal], con domicilio social en __ .... ______, calle
__..........................................______ nº _____ .
DECLARA
I.
Que [Nombre Promotor], es promotor del ENSAYO CLÍNICO código de protocolo
_____
______ titulado “______________”.
Que [Nombre Director Gerente del Centro], es Director Gerente del Centro donde se
va a realizar el ENSAYO CLÍNICO citado.
Que [Nombre Investigador principal], es Investigador principal del ENSAYO
CLÍNICO citado.
II.
Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.3 del Real Decreto 223/2004 de 6
de febrero que regula los ensayos clínicos con medicamentos, y a los efectos previstos
en el artículo 16 del mismo texto legal para los supuestos de ausencia de seguro o de
seguro con cobertura parcial, asumen la responsabilidad de los daños producidos
como consecuencia del ensayo clínico arriba referenciado, en el marco y con los límites
previstos para el promotor en el referido Real Decreto 223/2004.
Y para que así conste, se expide el presente documento en _
a_____de____________de 20_.
___
El Promotor
El Director Gerente
Del Centro
El Investigador
Principal
Fdo:
Fdo:
Fdo:
Anexo 10
44
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
DICTAMEN DEL COMITÉ ETICO DE INVESTIGACIÓN CLÍNICA DE LA
RIOJA (en caso de actuar como CEIC-R)
D ...…………………………………………………………………………………………………
Secretario del Comité Ético de Investigación Clínica de La Rioja
CERTIFICA
que este Comité ha evaluado la propuesta del promotor ...…………………………………..…
para que se realice el estudio:
NºEUDRACT ……………………………………………………………….
Código de protocolo del promotor:……………………………………………………
Versión/fecha del protocolo……………………………………………….
Hoja de información al paciente/sujeto (versión/fecha)……………………………………………….
Título:………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………
Promotor:…………………………………………………………………….
Y tomando en consideración las siguientes cuestiones:
•
•
•
•
•
La pertinencia del estudio, teniendo en cuenta el conocimiento disponible, así como los
requisitos del Real Decreto 223/2004, de 6 de febrero y las normas que lo desarrollan.
Los requisitos necesarios de idoneidad del protocolo en relación con los objetivos del
estudio, justificación de los riesgos y molestias previsibles para el sujeto, así como los
beneficios esperados.
El seguro o la garantía financiera previstos.
El procedimiento para obtener el consentimiento informado, incluyendo la hoja de
información para los sujetos, el plan de reclutamiento de sujetos y las compensaciones
previstas para los sujetos por daños que pudieran derivarse de su participación en el
ensayo.
El alcance de las compensaciones económicas previstas y su posible interferencia con
el respeto a los postulados éticos.
Este Comité emite un DICTAMEN FAVORABLE para que este estudio sea realizado en el
centro…………………………………………por ....……...………………………………………. como
investigador principal.
Por tanto, este Comité, como Comité de referencia, habiendo tenido en cuenta los dictámenes
de los demás CEICs implicados acepta que dicho ensayo clínico sea realizado en los centros
siguientes por los investigadores principales que se relacionan a continuación:
Centro………………………………………… por ....……...……………………………..………. como
investigador principal (repetir tantas veces como sea necesario)
45
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
(SI PROCEDE INCLUIR LA FRASE: así como la respuesta recibida del promotor a las
aclaraciones solicitadas), emite un DICTAMEN DESFAVORABLE para la realización de dicho
estudio, por los motivos que se especifican a continuación:
1. …………………………………………………………………………………………………………….
2. …………………………………………………………………………………………………………….
3. …………………………………………………………………………………………………………….
SOLICITA LAS ACLARACIONES que se listan a continuación:
Consideraciones sobre aspectos generales:
1. Listar solicitud de aclaraciones/modificaciones referentes a aspectos científicos,
metodológicos o éticos del protocolo y la documentación anexa pertinente (manual del
investigador y cuaderno de recogida de datos).
2. Listar solicitud de aclaraciones/modificaciones referentes a la hoja de información al
paciente/sujeto (versión especificada en los datos de identificación del ensayo).
3. Listar solicitud de aclaraciones/modificaciones referentes a aspectos administrativos
considerados generales por el Real Decreto 223/2004, de 6 de febrero (seguro o
garantía financiera previstos para el ensayo).
Consideraciones sobre aspectos locales recibidos (incluir las consideraciones para cada uno
de los CEIC de manera independiente):
El Comité Ético de Investigación Clínica (nombre)…………………………………………………….
Solicita aclaraciones/modificaciones referentes a:
1. Cuestiones relacionadas con la idoneidad del investigador y de sus colaboradores.
2. Cuestiones relacionadas con la idoneidad de las instalaciones.
3. Cuestiones relacionadas con las cantidades y, en su caso, previsiones de
remuneración o compensación para los investigadores y sujetos del ensayo y los
aspectos relevantes de cualquier acuerdo entre el promotor y el centro, que han de
constar en el contrato previsto en el artículo 30 del Real Decreto 223/2004, de 6 de
febrero.
Conclusión: Por tanto, se pospone el dictamen final hasta la recepción de la respuesta a las
ACLARACIONES solicitadas.
Lo que firmo en Logroño a ..... de ……………….... de …
Firmado:
El Secretario del CEICLAR
46
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Anexo 11
INFORME DE CEIC LOCAL A PROTOCOLO DE ENSAYO CLÍNICO
INFORME DEL COMITÉ ÉTICO DE INVESTIGACIÓN CLÍNICA DE LA RIOJA
Nº EUDRACT:……………………………………………………………………
Código de protocolo del promotor:………………………….........................…………………………
Versión/fecha del protocolo……………………………………………………..
Hoja de información al paciente/sujeto (versión/fecha)………………………
Título:………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………
Promotor:………………………………………………………………………….
El Comité Ético de Investigación Clínica de La Rioja, en su reunión del (fecha)…………………..,
Tras la evaluación realizada de la propuesta del promotor relativa al estudio especificado, y
teniendo en consideración las siguientes cuestiones:
1. Cuestiones relacionadas con la idoneidad del investigador y de sus colaboradores.
2. Cuestiones relacionadas con la idoneidad de las instalaciones.
3. Cuestiones relacionadas con las cantidades y, en su caso, previsiones de
remuneración o compensación para los investigadores y sujetos del ensayo y los
aspectos relevantes de cualquier acuerdo entre el promotor y el centro, que han de
constar en el contrato previsto en el artículo 30 del Real Decreto 223/2004, de 6 de
febrero.
4. Consideraciones generales del ensayo .
Emite un INFORME FAVORABLE para la realización de dicho ensayo en el
centro………………………………………………………………………………………………………..
Emite un INFORME DESFAVORABLE para la realización de dicho ensayo en el
centro………………………………………………………………………………………………………..
SOLICITA LAS ACLARACIONES que se listan a continuación sobre aspectos locales:
1. ……………………………………………………………………………………………………...
2. ……………………………………………………………………………………………………...
3. ……………………………………………………………………………………………………...
4.
Lo que firmo en ……………………………a …………..de …………de………….
El Secretario del CEICLAR
47
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Anexo 12
DICTAMEN DEL COMITÉ ÉTICO DE INVESTIGACIÓN CLÍNICA
DE LA RIOJA (para modificaciones de protocolos de estudios de
investigación)
D
Secretario del Comité Ético de Investigación Clínica de La Rioja
CERTIFICA
Que este Comité ha evaluado la propuesta del promotor relativa a la
modificación:
Nº de modificación ……………………………………………………….
Versión/fecha previa del protocolo … …………………
Versión/fecha actual del protocolo …………………
perteneciente al estudio:
Nº EUDRACT ........................................................
Código de protocolo del promotor ..........................
Hoja de información al paciente/sujeto (versión/fecha)
…………………………….
Título ……………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………………………………..
…………………………………………………………………………………………..
…………………………………………………………………………………………..
..........................................................................................................................................
.............................................................................................................................................
Promotor.............................................................
Este Comité,
emite un DICTAMEN ……………………….para la realización de la modificación al
estudio en los centros pertinentes.
(SI PROCEDE INCLUIR LA FRASE: así como la respuesta recibida del promotor a
las aclaraciones solicitadas a la modificación presentada), emite un DICTAMEN
DESFAVORABLE para la realización de la modificación al estudio en los centros
pertinentes, por los motivos que se especifican a continuación:
1. …………………………………………………………………………………….
2. …………………………………………………………………………………….
48
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
SOLICITA LAS ACLARACIONES que se listan a continuación:
1. .................................................................................................................................
2. …………………………………………………………………………………….
3. …………………………………………………………………………………….
Conclusión: Por tanto, se pospone el dictamen final de la modificación presentada hasta
la recepción de la respuesta a las ACLARACIONES solicitadas.
Lo que firmo en ...Logroño a..... de………………... de …
Firmado:
El Secretario del CEICLAR
Anexo 13
49
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
(Para estudios post-autorización)
DICTAMEN DEL COMITÉ ETICO DE INVESTIGACIÓN CLÍNICA DE LA
RIOJA
D. ...…………………………………………………………………………………………………
Secretario del Comité Ético de Investigación Clínica de La Rioja
CERTIFICA
que este Comité ha evaluado la propuesta del promotor ...…………………………………..…
para que se realice el estudio:
Código de protocolo del promotor:……………………………………………………
Versión/fecha del protocolo……………………………………………….
Hoja de información al paciente/sujeto (versión/fecha)……………………………………………….
Título:………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………
Promotor:…………………………………………………………………….
Y tomando en consideración las siguientes cuestiones:
•
•
•
•
•
La pertinencia del estudio, teniendo en cuenta el conocimiento disponible, así como los
requisitos del la Orden SAS 3470/2009 de 16 de diciembre y las normas que lo
desarrollan.
Los requisitos necesarios de idoneidad del protocolo en relación con los objetivos del
estudio, justificación de los riesgos y molestias previsibles para el sujeto, así como los
beneficios esperados.
El seguro o la garantía financiera previstos.
El procedimiento para obtener el consentimiento informado, incluyendo la hoja de
información para los sujetos, el plan de reclutamiento de sujetos y las compensaciones
previstas para los sujetos por daños que pudieran derivarse de su participación en el
ensayo.
El alcance de las compensaciones económicas previstas y su posible interferencia con
el respeto a los postulados éticos.
Este Comité emite un DICTAMEN FAVORABLE para que este estudio sea realizado en el
centro…………………………………………por ....……...………………………………………. como
investigador principal.
o
Por tanto, este Comité, como Comité de referencia, habiendo tenido en cuenta los dictámenes
de los demás CEICs implicados acepta que dicho ensayo clínico sea realizado en los centros
siguientes por los investigadores principales que se relacionan a continuación:
Centro………………………………………… por ....……...……………………………..………. como
investigador principal (repetir tantas veces como sea necesario)
50
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
(SI PROCEDE INCLUIR LA FRASE: así como la respuesta recibida del promotor a las
aclaraciones solicitadas), emite un DICTAMEN DESFAVORABLE para la realización de dicho
estudio, por los motivos que se especifican a continuación:
1. …………………………………………………………………………………………………………….
2. …………………………………………………………………………………………………………….
3. …………………………………………………………………………………………………………….
SOLICITA LAS ACLARACIONES que se listan a continuación:
Consideraciones sobre aspectos generales:
4. Listar solicitud de aclaraciones/modificaciones referentes a aspectos científicos,
metodológicos o éticos del protocolo y la documentación anexa pertinente (manual del
investigador y cuaderno de recogida de datos).
5. Listar solicitud de aclaraciones/modificaciones referentes a la hoja de información al
paciente/sujeto (versión especificada en los datos de identificación del ensayo).
6. Listar solicitud de aclaraciones/modificaciones referentes a aspectos administrativos
considerados generales por el Real Decreto 223/2004, de 6 de febrero (seguro o
garantía financiera previstos para el ensayo).
Consideraciones sobre aspectos locales recibidos (incluir las consideraciones para cada uno
de los CEIC de manera independiente):
El Comité Ético de Investigación Clínica (nombre)…………………………………………………….
Solicita aclaraciones/modificaciones referentes a:
4. Cuestiones relacionadas con la idoneidad del investigador y de sus colaboradores.
5. Cuestiones relacionadas con la idoneidad de las instalaciones.
6. Cuestiones relacionadas con las cantidades y, en su caso, previsiones de
remuneración o compensación para los investigadores y sujetos del ensayo y los
aspectos relevantes de cualquier acuerdo entre el promotor y el centro, que han de
constar en el contrato previsto en el artículo 30 del Real Decreto 223/2004, de 6 de
febrero.
Conclusión: Por tanto, se pospone el dictamen final hasta la recepción de la respuesta a las
ACLARACIONES solicitadas.
Lo que firmo en Logroño a ..... de ……………….... de
Firmado:
El Secretario del CEICLAR
Anexo 14
(Para Proyectos de Investigación)
51
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
DICTAMEN DEL COMITÉ ETICO DE INVESTIGACIÓN CLÍNICA DE LA
RIOJA
D. ...…………………………………………………………………………………………………
Secretario del Comité Ético de Investigación Clínica de La Rioja
CERTIFICA
Una vez evaluado el Proyecto de Investigación:
Titulo: ……………………………………………………………………………………………………….
Código de protocolo del promotor:………………………………………………………………………
Versión/fecha del protocolo……………………………………………………………………………….
Hoja de información al paciente/sujeto (versión/fecha)……………………………………………….
que se va a llevar a cabo en el centro ……………………………por …………………………como
investigador principal.
El Comité Ético de Investigación Clínica de La Rioja (CEICLAR) manifiesta que no se han
encontrado aspectos metodológicos, éticos y legales que impidan su realización; por lo que se
emite un DICTAMEN FAVORABLE.
•
En caso de DICTAMEN DESFAVORABLE:
El Comité Ético de Investigación Clínica de La Rioja (CEICLAR) manifiesta que se han
encontrado aspectos metodológicos éticos y legales que impidan su realización; por lo que se
emite un DICTAMEN NO FAVORABLE y SOLICITAMOS LAS ACLARACIONES siguientes:
1 ª.2ª.3ª.Conclusión: Por tanto, se pospone el dictamen final hasta la recepción de la respuesta a las
ACLARACIONES solicitadas.
Lo que firmo en Logroño a ..... de ……………….... de
Firmado:
El Secretario del CEICLAR
Anexo 15
HOJA DE SEGUIMIENTO DE LOS PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN
52
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
1. IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO
Título:
Código:
Promotor:
Investigador principal:
Centro:
Versión:
2. SITUACIÓN ACTUAL DEL PROYECTO
1)
2)
3)
4)
Fecha de inicio (inclusión del primer paciente):
Número de sujetos incluidos hasta el momento:
Número total de pacientes previstos para incluir:
Período en que se encuentra el estudio:
a. Reclutamiento
b. Seguimiento
c. Finalizado
d. Finalizado sin incluir pacientes. Causas
e. No iniciado. Causas
5) Reacciones adversas
6) Número de pacientes que han abandonado o se han retirado del estudio:
a. Por abandono / a requerimiento del paciente. Nº
b. Por toxicidad inaceptable. Nº
c. Por progresión de la enfermedad / falta de respuesta. Nº
d. Otros (especificar y nº):
7) Número de pacientes que han terminado el período del estudio:
8) Fecha prevista de finalización del estudio:
9) Observaciones:
Logroño a ..... de ……………….... de
Firmado, el investigador principal
NOTA: Este informe se remitirá al inicio y con periodicidad anual hasta la finalización del estudio.
53
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Anexo 16
LISTA GUÍA PARA LA EVALUACIÓN DE LOS PROTOCOLOS
A
D
I
1. JUSTIFICACIÓN DEL ENSAYO: en función de la fase de desarrollo del fármaco,
patología en estudio, etc.
2. DEFINICIÓN DEL OBJETIVO DEL ESTUDIO: objetivo principal y secundarios,
hipótesis “a priori”, etc.
3.- CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LOS PACIENTES: criterios de inclusión/exclusión
4. DEFINICIÓN DEL TRATAMIENTO: control adecuado, no tratamientos asociados,
cumplimiento, etc.
5. ALEATORIZACIÓN: asignación aleatoria ciega, estratificación, descripción del método,
etc.
6. ENMASCARAMIENTO: necesario, simple o doble ciego, doble enmascaramiento u
otros, eficaz
7. VARIABLE PRINCIPAL DE VALORACIÓN: objetiva, clínicamente relevante
8. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LA RESPUESTA: objetivos-subjetivos, sensibles,
específicos, validados, éxito/fracaso, seguimiento
9. PÉRDIDAS: antes y después de la aleatorización, retiradas, abandonos, etc.
10. DISEÑO ESTADÍSTICO: predeterminación de la muestra, diferencia relevante,
errores alfa y beta, % de pérdidas, test estadísticos, etc.
11. ACONTECIMIENTOS ADVERSOS: hoja de recogida, algoritmo de causalidad,
notificación al CEICLAR y autoridades sanitarias
12. CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE BUENA PRÁCTICA CLÍNICA
13. ADECUACIÓN DEL GRUPO CONTROL (placebo o tratamiento activo)
14. SELECCIÓN EQUITATIVA DE LA MUESTRA
15. COMPENSACIÓN POR DAÑOS / SEGURO DE RIESGOS
16. MINIMIZACIÓN DE RIESGOS: relación riesgo/beneficio, riesgo no superior o mayor
que el mínimo, etc.
17. HOJA DE INFORMACIÓN PARA LOS SUJETOS: contenido –objetivo, descripción
del estudio, beneficios y riesgos, alternativas, voluntariedad, etc. –fácil comprensión
18. OBTENCIÓN DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO: Art. 7 del RD 223/2004
19. EVALUACIÓN ECONÓMICA: Cantidades y, en su caso, previsiones de remuneración
o compensación para los investigadores y sujetos del ensayo y los aspectos relevantes
de cualquier acuerdo entre el promotor y el centro, que han de constar en el contrato (Art.
30 del RD 223/2004)
20. COMPETENCIA DEL EQUIPO INVESTIGADOR: experiencia en investigación, otros
estudios en marcha, obligaciones asistenciales
21. PLAN PREVISTO PARA RECLUTAMIENTO DE LOS SUJETOS
A = Adecuado, D = Dudoso, I = Incorrecto, NA = No Aplicable
54
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
NA
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Anexo 17
CERTIFICACIÓN SOBRE LA COMPOSICIÓN DEL CEICLAR
TÍTULO:
Nº EUDRACT:
CÓDIGO DE PROTOCOLO:
PROMOTOR:
D....…………………………………………………………………………………………………..……
SECRETARIO DEL COMITÉ ÉTICO DE INVESTIGACIÓN CLÍNICA DE LA RIOJA
HACE CONSTAR QUE:
•
•
•
•
-
En la reunión del Comité celebrada el día….…de…….……………..de
, se acordó
emitir informe de aprobación correspondiente al estudio citado.
En dicha reunión se cumplieron los requisitos establecidos en la legislación vigente
(Real Decreto 223/2004, de 4 de febrero, y Decreto 71/2005, de 2 de diciembre, de la
Comunidad Autónoma de La Rioja) para que el acuerdo de este Comité sea válido.
El CEICLAR, tanto en su composición, como en sus Procedimientos Normalizados de
Trabajo, cumple con las Normas de Buena Práctica (CPMP/ICH/135/95).
La composición actual del CEICLAR es la siguiente:
Presidente:
- D. Eduardo Mirpuri Merino
Vicepresidenta:
- Dña. Juana Hernández Hernández
Secretario:
José Ignacio Torroba Terroba
Vocales:
D. Fernando Antoñanzas Villar
D. Enrique Ramalle Gómara
D. Jose Antonio Oteo Revuelta
Dª Mª Teresa Ruiz-Clavijo Díez
D. José M. Márquez de Prado Urquía
Dª. Rebeca Sanz Alcalde
D. Carlos Sola Lapeña
D. Jesús Honorato Pérez
Logroño,
de
de
Firmado:
El Secretario del CEICLAR
55
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Anexo 18
MODELO DE HOJA DE INFORMACIÓN AL PACIENTE
TÍTULO DEL ESTUDIO:
CÓDIGO DEL PROMOTOR:
PROMOTOR:
INVESTIGADOR PRINCIPAL (Médico del estudio, si excepcionalmente se trata de otro
profesional se debe indicar) (Incluir Nombre, servicio, forma de localizarle):
CENTRO:
INTRODUCCIÓN
Nos dirigimos a usted para informarle sobre un estudio de investigación en el que se le invita a
participar. El estudio ha sido aprobado por el Comité Ético de Investigación Clínica
correspondiente y la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, de acuerdo a
la legislación vigente, el Real Decreto 223/2004, de 6 de febrero, por el que se regulan los
ensayos clínicos con medicamentos.
Nuestra intención es tan solo que usted reciba la información correcta y suficiente para que
pueda evaluar y juzgar si quiere o no participar en este estudio. Para ello lea esta hoja
informativa con atención y nosotros le aclararemos las dudas que le puedan surgir después de
la explicación. Además, puede consultar con las personas que considere oportuno.
PARTICIPACIÓN VOLUNTARIA
Debe saber que su participación en este estudio es voluntaria y que puede decidir no participar
o cambiar su decisión y retirar el consentimiento en cualquier momento, sin que por ello se
altere la relación con su médico ni se produzca perjuicio alguno en su tratamiento.
DESCRIPCIÓN GENERAL DEL ESTUDIO: (Este aparatado no debería exceder las 2 hojas. La
información contenida debe ser relevante, expresada en términos claros y comprensibles para
los sujetos. No se deben incluir criterios de inclusión/exclusión ni la descripción detallada de
cada visita)
Se debe explicar en qué consiste, qué objetivo persigue, la metodología (cuando el estudio
sea doble ciego, se debe decir que “ni el médico ni el paciente sabrán cuál es el tratamiento
que va a recibir”), cuanto dura, los inconvenientes y riesgos derivados del estudio (número
de visitas y pruebas complementarias a las que se someterá, reflejando claramente cuales
se van a hacer de forma extraordinaria por su participación en el estudio).
Debe explicarse el procedimiento de “asignación al azar” (cuando proceda) así como las
probabilidades de recibir cada uno de los tratamientos.
** Nota aclaratoria: en este documento aparecen en letra normal los aspectos que quedan fijos para todos los estudios,
en cursiva los aspectos variables dependiendo de las características del estudio, pero que deben obligatoriamente
cumplimentarse, y en rojo aparecen instrucciones y aspectos que son variables dependiendo de las características del
estudio pero que podrían no tener que aparecer en el consentimiento en determinados casos.
En este apartado se debe explicar si procede la existencia de placebo y definirlo: forma
farmacéutica (p. ejem.: comprimido o cápsula) con el mismo aspecto que el fármaco x, pero
que no contiene sustancia farmacológicamente activa.
Se debe indicar el número total de sujetos que se van a incluir.
56
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Se deberían añadir las responsabilidades del sujeto, no sólo en relación a los procedimientos
del estudio, sino también a notificar cualquier evento adverso que le suceda o cambios en
medicación.
BENEFICIOS Y RIESGOS DERIVADOS DE SU PARTICIPACIÓN EN EL ESTUDIO.
Se deben comentar los beneficios esperados para el sujeto y la sociedad y añadir que es
posible que no obtenga ningún beneficio para su salud por participar en este estudio.
Se debe explicar brevemente la experiencia previa del fármaco/s en estudio, los posibles
acontecimientos adversos (en términos que el sujeto pueda comprender y de forma concisa, si
se conocen porcentajes se deben incluir).
Se debe decir si el fármaco está o no está comercializado.
En el caso de los riesgos si se trata de un estudio doble ciego, los acontecimientos adversos de
los fármacos deberían aparecer juntos sin que se puedan, “en teoría”, diferenciar unos de
otros.
En este apartado se debe incluir cualquier tipo de riesgo debido a las pruebas que se
realizan como consecuencia del estudio.
En el caso de participación de mujeres en edad fértil debería existir un apartado específico
sobre el embarazo o lactancia.
La obtención gratuita de la medicación, los resultados de las pruebas, el seguimiento
estrecho…. No deben ser incluidas como beneficio de la participación al paciente.
TRATAMIENTOS ALTERNATIVOS.
Se debe explicar brevemente, si existen, las otras alternativas terapéuticas eficaces en la
actualidad para el tratamiento de su enfermedad, que podría recibir en caso de no participar en
el estudio (incluso se debe explicar que podría recibir los mismos fármacos que se le ofrecen
en el estudio como sería el caso por ejemplo de EC fase IV).
Añadir que el médico del estudio le dará más información si lo desea.
SEGURO (cuando proceda)
El Promotor del estudio dispone de una póliza de seguros que se ajusta a la legislación vigente
y que le proporcionará la compensación e indemnización en caso de menoscabo de su salud o
de lesiones que pudieran producirse en relación con su participación en el estudio.
CONFIDENCIALIDAD
El tratamiento, la comunicación y la cesión de los datos de carácter personal de todos los
sujetos participantes se ajustará a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. De acuerdo a lo que establece la
legislación mencionada, usted puede ejercer los derechos de acceso, modificación, oposición y
cancelación de datos, para lo cual deberá dirigirse a su médico del estudio.
Los datos recogidos para el estudio estarán identificados mediante un código y solo su médico
del estudio/colaboradores podrá relacionar dichos datos con usted y con su historia clínica. Por
lo tanto, su identidad no será revelada a persona alguna salvo excepciones (si existe alguna
situación especial por la que se necesitara conocer la identidad del sujeto para cumplir con
57
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
algún requisito del estudio se debe explicar en este apartado), en caso de urgencia médica o
requerimiento legal.
Sólo se transmitirán a terceros y a otros países los datos recogidos para el estudio que en
ningún caso contendrán información que le pueda identificar directamente, como nombre y
apellidos, iniciales, dirección, nº de la seguridad social, etc. En el caso de que se produzca este
cesión, será para los mismos fines del estudio descrito y garantizando la confidencialidad como
mínimo con el nivel de protección de la legislación vigente en nuestro país.
El acceso a su información personal quedará restringido al médico del estudio/colaboradores,
autoridades sanitarias (Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios),
Comunidades Autónomas (inspección), al Comité Ético de Investigación Clínica y personal
autorizado por el promotor, cuando lo precisen para comprobar los datos y procedimientos del
estudio, pero siempre manteniendo la confidencialidad de los mismos de acuerdo a la
legislación vigente.
COMPENSACIÓN ECONÓMICA
El promotor del estudio es el responsable de gestionar la financiación del mismo. Para la
realización del estudio el promotor del mismo ha firmado un contrato con el centro donde se va
a realizar y con el médico del estudio.
Su participación en el estudio no le supondrá ningún gasto y le serán reintegrados los gastos
extraordinarios (p. ejem. Comidas y traslados) (excepcionalmente, si no procede por las
características del estudio, se suprimirá, pero explicándolo en la carta de presentación al
CEIC). Usted no tendrá que pagar por los medicamentos del estudio.
(En los casos en los que se haya previsto por las características del estudio compensar a los
pacientes por el tiempo dedicado al estudio o por las molestias que se le ocasionen, se debe
incluir en este apartado).
OTRA INFORMACIÓN RELEVANTE
Cualquier nueva información referente a los fármacos utilizados en el estudio y que pueda
afectar a su disposición para participar en el estudio, que se descubra durante su participación,
le será comunicada por su médico lo antes posible.
Si usted decide retirar el consentimiento para participar en este estudio, ningún dato nuevo
será añadido a la base de datos y, puede exigir la destrucción de todas las muestras
identificables previamente retenidas para evitar la realización de nuevos análisis.
También debe saber que puede ser excluido del estudio si el promotor o los investigadores del
estudio lo consideran oportuno, ya sea por motivos de seguridad, por cualquier acontecimiento
adverso que se produzca por la medicación en estudio o porque consideren que no está
cumpliendo con los procedimientos establecidos. En cualquiera de los casos, usted recibirá una
explicación adecuada del motivo que ha ocasionado su retirada del estudio.
Al firmar la hoja de consentimiento adjunta, se compromete a cumplir con los procedimientos
del estudio que se le han expuesto.
Cuando acabe su participación recibirá el mejor tratamiento disponible y que su médico
considere el más adecuado para su enfermedad, pero es posible que no se le pueda seguir
administrando la medicación del estudio. Por lo tanto, ni el investigador ni el promotor
adquieren compromiso alguno de mantener dicho tratamiento fuera de este estudio.
58
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
ESTUDIOS CLÍNICOS EN MENORES DE EDAD (Cuando proceda)
Le informamos que al tratarse de la participación de su hijo que tiene más de 12 años de edad,
se le va a entregar a él mismo una hoja de información y consentimiento informado, adaptados
a su capacidad de entendimiento y deberá firmarlos ( la autorización la otorgará el tutor
responsable). Además, de acuerdo a la legislación vigente, el promotor del estudio ha puesto
en conocimiento del Ministerio Fiscal que se van a incluir menores de edad en el mismo.
DATOS DE CONTACTO
Se indicará identificación completa del investigador principal, dirección, teléfono de contacto o
dirección de correo electrónico, que facilite la comunicación del paciente, en caso de necesidad
o consulta.
MANIPULACIÓN DE MUESTRAS DE SANGRE BIOLÓGICAS PARA ESTUDIOS GENÉTICOS
consentimiento independiente en el que figure tipo de análisis, finalidad, almacenamiento y
anonimización de las muestras.
59
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Código del Estudio:
Yo (nombre y apellidos)
…………………………………………………………………………………………….
He leído la hoja de información que se me ha entregado.
He podido hacer preguntas sobre el estudio.
He recibido suficiente información sobre el estudio.
He hablado con:
…………………………………………………………………………………….
(nombre del investigador)
Comprendo que mi participación es voluntaria.
Comprendo que puedo retirarme del estudio:
1º.- Cuando quiera.
2º.- Sin tener que dar explicaciones.
3º.- Sin que esto repercuta en mis cuidados médicos.
- Presto libremente mi conformidad para participar en el estudio y doy mi
consentimiento para el acceso y utilización de mis datos en las condiciones detalladas
en la hoja de información.
- Accedo a que las muestras de sangre o tejidos obtenidas para el estudio puedan ser
utilizadas en el futuro para nuevos análisis relacionados con la enfermedad o fármacos
del estudio no previstos en el protocolo actual (quedando excluidos los análisis
genéticos, siempre y cuando no formen parte de los objetivos del estudio):
□
□
SÍ
NO
Firma del paciente:
Firma del investigador:
Nombre:
Fecha:
Nombre:
Fecha:
Versión
Fecha:
Código del Estudio:
60
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Yo (nombre y apellidos)……………………………….………………………………………………..en
calidad de ……………………..……………………………….(relación con el participante)
de…………………………….…………………………………..(nombre y apellidos del participante).
He leído la hoja de información que se me ha entregado.
He podido hacer preguntas sobre el estudio.
He recibido suficiente información sobre el estudio.
He hablado con:
…………………………………………………………………………………….
(nombre del investigador)
Comprendo que la participación del paciente es voluntaria.
Comprendo que puede retirarse del estudio:
1º.- Cuando quiera.
2º.- Sin tener que dar explicaciones.
3º.- Sin que esto repercuta en sus cuidados médicos.
- En mi presencia se ha dado a …………………………………………………….(nombre
del participante) toda la información pertinente adaptada a su nivel de entendimiento y
está
de
acuerdo
en
participar.
Presto
mi
conformidad
para
que…………………………………………………………………(nombre del participante)
participe en este estudio y doy mi consentimiento para el acceso y utilización de los
datos en las condiciones detalladas en la hoja de información.
- Accedo a que las muestras de sangre o tejidos obtenidas para el estudio puedan ser
utilizadas en el futuro para nuevos análisis relacionados con la enfermedad o fármacos
del estudio no previstos en el protocolo actual (quedando excluidos los análisis
genéticos, siempre y cuando no formen parte de los objetivos del estudio):
□
□
SÍ
NO
Firma del representante:
Firma del investigador:
Nombre:
Fecha:
Nombre:
Fecha:
Versión
Fecha
Código del Estudio:
61
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
Yo (nombre y apellidos del testigo) ……………………………………………………………………...
Declaro bajo mi responsabilidad que (nombre y apellidos del participante)………………………...
……………………………………………………………………………………….ha leído (o se le ha
leído, en el caso en que el paciente no pueda leer), la hoja de información que se le ha
entregado.
Ha podido hacer preguntas sobre el estudio.
Ha recibido suficiente información sobre el estudio.
Ha hablado con:
…………………………………………………………………………………….
(nombre del investigador)
Comprende que su participación es voluntaria.
Comprende que puede retirarse del estudio:
1º.- Cuando quiera.
2º.- Sin tener que dar explicaciones.
3º.- Sin que esto repercuta en sus cuidados médicos.
- Ha expresado libremente su conformidad para participar en este estudio y da su
consentimiento para el acceso y utilización de los datos en las condiciones detalladas
en la hoja de información.
- Accede a que las muestras de sangre o tejidos obtenidas para el estudio puedan ser
utilizadas en el futuro para nuevos análisis relacionados con la enfermedad o fármacos
del estudio no previstos en el protocolo actual (quedando excluidos los análisis
genéticos, siempre y cuando no formen parte de los objetivos del estudio):
□
□
SÍ
NO
Firma del testigo:
Firma del investigador:
Nombre:
Fecha:
Nombre:
Fecha:
Este documento se firmará por duplicado quedándose una copia el investigador y otra el paciente.
:
Anexo 19
62
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]
Comité Ético de Investigación Clínica
de La Rioja (CEICLAR)
CAUSAS DE NO RECLUTAMIENTO
1. IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO
Título:
Código:
Promotor:
Investigador principal:
Centro:
Versión:
2. MOTIVOS
En el informe de seguimiento del proyecto arriba referenciado del que usted es
investigador hemos observado que no se pudo reclutar ningún paciente para el
estudio. Desde el Comité de Ética en la Investigación Clínica de La Rioja,
conocemos las dificultades que suelen presentarse en el reclutamiento de
pacientes para ensayos clínicos, pero nos gustaría conocer con más detalle las
causas que provocan este hecho. Por ello, le solicitamos que describa
brevemente cuales han sido las causas que han motivado que no se hayan
podido reclutar pacientes en su estudio.
Esperamos que el análisis de este tipo de problemas permita mejorar la
investigación clínica de La Rioja en el futuro.
Muchas gracias por su colaboración.
Logroño a ..... de ……………….... de
Firmado:
El Secretario del CEICLAR
63
Piqueras 98 - 3ª Planta . 26006 · Logroño · La Rioja · Tel.: 941 278855 Ext 89867·
Fax.: 941 278 887
[email protected]