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CONVENIO
DE
COLABORACIÓN
ENTRE
LA
DIPUTACIÓN
VALLADOLID Y EL AYUNTAMIENTO DE
IMPLANTACIÓN
DEL
PROYECTO
de
de 20
DE
PARA LA
“VALLADOLID:
PROVINCIA
DIGITAL”.
En Valladolid, a
, intervienen, de una parte D. Ramiro Ruiz
Medrano, Presidente de la Diputación Provincial, y de otra D.
Alcalde
Presidente del Ayuntamiento de
Ambas partes, que están exceptuadas de reseñar sus circunstancias personales al
intervenir por razón de sus cargos, MANIFIESTAN:
Que la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los
Servicios Públicos reconoce el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las
Administraciones Públicas -y entre ellas, con las Administraciones Locales- por medios
electrónicos.
Esta Ley consagra un nuevo sistema de relaciones en la propia actividad
administrativa interna, en las relaciones entre las Administraciones Públicas y en las
relaciones de los ciudadanos con las mismas. Por ello regula los aspectos básicos de la
utilización de las tecnologías de la información, para asegurar la garantía de los
derechos de los ciudadanos, un tratamiento común ante las Administraciones y la
validez y eficacia de la actividad administrativa en condiciones de seguridad jurídica.
El reconocimiento general del derecho de acceder electrónicamente a las
Administraciones Públicas tiene muchas consecuencias en el funcionamiento general de
las Administraciones, consecuencias a las que la Ley pretende dar solución,
configurando un nuevo sistema de procedimiento administrativo que se ha dado en
llamar “Administración electrónica”.
La Disposición final tercera de la Ley permite a los ciudadanos la posibilidad de
ejercer los derechos que la misma les reconoce en el ámbito de las Entidades que
integran la Administración Local a partir del 31 de diciembre de 2009, siempre que lo
permitan sus disponibilidades presupuestarias y habilita a las Diputaciones Provinciales
para que presten los medios precisos para garantizar tal efectividad en el ámbito de los
municipios que no dispongan de los medios técnicos y organizativos necesarios para
prestarlos.
Sin perjuicio de esta previsión legal, una de las competencias esenciales de las
Diputaciones Provinciales, que les viene atribuida por la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las Bases de Régimen Local es la asistencia y la cooperación jurídica,
económica y técnica a los municipios, especialmente a los de menor capacidad
económica y de gestión.
Por todo ello, la Diputación Provincial ha puesto en marcha el proyecto
“VALLADOLID: PROVINCIA DIGITAL” dirigido a los Ayuntamientos de la
provincia y que pretende ofrecer los instrumentos necesarios para que éstos puedan
cumplir las determinaciones de la Ley 11/2007.
Para la puesta en marcha de este proyecto, resulta conveniente acudir a la figura
del Convenio de Colaboración, que establezca el marco de relaciones entre ambas
partes y los compromisos y facultades que la incorporación al proyecto conlleva.
Por todo ello, las partes CONVIENEN las siguientes cláusulas:
1.- OBJETO DEL CONVENIO:
El presente Convenio tiene por objeto determinar las condiciones de colaboración
entre la Diputación Provincial de Valladolid y el Ayuntamiento………………….de
para implantar en el mismo, los servicios incluidos en el proyecto “VALLADOLID:
PROVINCIA DIGITAL”
A los efectos del presente convenio se entiende por proyecto “VALLADOLID:
PROVINCIA DIGITAL”
el conjunto de servicios relacionados con las nuevas
tecnologías, dirigidos a implantar en los municipios de la provincia la “Administración
electrónica” y el “Portal del ciudadano”.
Estos servicios, a la fecha de firma del convenio, son los siguientes:

Portal web municipal

Registro electrónico

Gestor de expedientes en el que se irán implementando procedimientos
municipales.
Los servicios incluidos en el proyecto “VALLADOLID: PROVINCIA DIGITAL”
irán aumentando de forma progresiva.
2.- FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO:
1.- Utilizar, a su elección todos o algunos de los servicios disponibles del proyecto
“VALLADOLID: PROVINCIA DIGITAL”.
2.- Recibir información de los nuevos servicios disponibles y de las condiciones
para poder disponer de los mismos.
3.- Acceder a cursos de formación sobre la implantación de los servicios de
“Administración Electrónica” y “Portal del Ciudadano”.
4.- Recibir asistencia técnica de los servicios correspondientes de la Diputación de
Valladolid.
3.-COMPROMISOS DEL AYUNTAMIENTO:
En virtud de este convenio el Ayuntamiento se compromete a:
1.- Utilizar los servicios de conformidad con los modelos y condiciones que
establezca la Diputación Provincial de Valladolid.
2.- Realizar las instalaciones y adquisiciones de carácter complementario que sean
necesarias para la utilización de los servicios.
3.- Poner a disposición del proyecto “VALLADOLID: PROVINCIA DIGITAL” y
por tanto, a disposición de la Diputación Provincial y de todos los ayuntamientos de la
provincia toda aplicación o dispositivo relacionado con la “Administración Electrónica”
y el “Portal del Ciudadano” que hayan desarrollado directamente o mediante
contratación o sobre el que ostenten la titularidad. Esta condición deberá tenerse en
cuenta al realizar la correspondiente contratación.
No obstante, en función de las circunstancias de cada caso concreto, la Diputación
podrá colaborar económicamente con el Ayuntamiento para asegurar la posibilidad de
implantación en toda la provincia.
4.- Autorizar el alojamiento en los servidores, propiedad de la Diputación
Provincial, de las diferentes aplicaciones de gestión local de su Ayuntamiento (padrón
de habitantes, contabilidad, nóminas, etc.) y de la de Registro de Entrada y Salida de
documentos, y de los datos propios del municipio contenidos en las mismas, así como
de las aplicaciones que en un futuro pueda facilitarle la Diputación Provincial. Dicha
autorización faculta a los servicios correspondientes de la Diputación Provincial para
realizar actualizaciones, reparaciones o copias de seguridad de las aplicaciones.
5.- Autorizar a la Diputación Provincial a que actualice o modifique aquella
información, contenida en el portal municipal, que se refiere exclusivamente a datos de
la propia Diputación o a información institucional de la misma.
4.- COMPROMISOS DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL:
La Diputación Provincial de Valladolid se compromete a:
1.- Encargarse de la implantación y gestión de los dispositivos y servicios que
requiere el Proyecto “Valladolid: Provincia Digital” directamente o suscribiendo en su
caso los contratos necesarios para asegurar su adecuado funcionamiento.
2.- Respetar y proteger la confidencialidad de los datos que, siendo de titularidad del
Ayuntamiento, se hallan alojados en los servidores de su propiedad, adoptando las
medidas de seguridad que sean necesarias para tal fin.
3.- Organizar los cursos de formación necesarios para que el personal del
Ayuntamiento pueda conocer adecuadamente el contenido de los servicios de
“Administración Electrónica” y del “Portal del Ciudadano” así como prestar la
asistencia técnica que el ayuntamiento necesite.
4.- Ir aumentando progresivamente los servicios que se incluyen en el proyecto
“VALLADOLID: PROVINCIA DIGITAL” hasta cumplir todos los objetivos de la
Administración electrónica.
5.- Comunicar al Ayuntamiento cualquier modificación en la prestación de los
servicios de administración electrónica debida a cambios tecnológicos o legales.
6.- Poner a disposición de los ayuntamientos de la provincia que en virtud de
convenio se han adherido al proyecto “VALLADOLID: PROVINCIA DIGITAL”,
aquellas aplicaciones, servicios, bases de datos, etc, que se faciliten por alguno de los
ayuntamientos adheridos, realizando, en su caso, las adaptaciones oportunas para
asegurar el acceso de los ayuntamientos.
5.- VIGENCIA DEL CONVENIO:
El presente Convenio entrará en vigor a partir del día siguiente al de su firma y
finalizará por denuncia de cualquiera de las partes realizada con una antelación mínima
de un mes.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio
a de
.
de 2010.
en