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Criterios de nutrición Libro Blanco Libro Blanco de Compromiso de la UE sobre nutrición Página 1 Índice Resumen ejecutivo………………………………………………………………………………………………………3 Descripción general de criterios nutricionales……………………………………………………………..5 Sección I: Antecedentes, enfoque y justificación Introducción………………………………………………………………………………………….…………………...9 Práctica actual…………………………………………………………………………………………..……………….11 Desarrollo de criterios comunes………………………….………………………………….…………………11 Enfoque general…………………………………………………………………………………………………..……13 Alcance y categorías de producto………………………………..……………………………………….....15 Unidades de referencia……………………………………………………………………………………………..16 Nutrientes a limitar………………………………………………………………..…………………………………16 Componentes a alentar………………………………………………………………..……………….………….17 Valores nutricionales……………………………………………………………………..………………….……..18 Siguientes pasos……………………………………………………………………………………..……….………..19 Sección II: Criterios nutricionales por categoría Aceites vegetales, mantequilla y grasas para untar y salsas emulsionadas................... 20 Frutas, verduras y semillas y sus productos con excepción del aceite...........................22 Productos a base de carne……………………………………………………………………………………….….28 Productos de pesca………….…………………………………………………………………………………….……29 Productos lácteos……………………………………………………………………………….…………………….…30 Productos a base de cereal………………………………………………………………….………………….…..33 Sopas, platos combinados, platos de fondo y emparedados rellenos.............................37 Comidas………………………………………………………………………………………………………………….....39 Hielos comestibles……………………………………………………………………………………………………...43 Referencias………………………………………………………………………………………………………….……..44 Anexo I - Valores energéticos…………………………………………………………………………………....47 Anexo II - Documentos claves de referencia...................................................................49 Libro Blanco de Compromiso de la UE sobre nutrición Página 2 Resumen ejecutivo El Compromiso de la UE es una iniciativa voluntaria por parte de importantes empresas para cambiar la publicidad de alimentos y bebidas dirigida a niños menores de doce años en televisión, medios impresos e Internet en la Unión Europea. Las empresas miembro se comprometen a no publicitar productos alimenticios y bebidas a niños menores de doce años, o a anunciar únicamente aquellos productos que cumplen con criterios nutricionales específicos. Lanzado en 2007 como un compromiso de la Plataforma de Acción sobre Alimentación, Actividad Física y Salud de la Unión Europea, el Compromiso de la UE ha evolucionado considerablemente desde su entrada en vigencia el 1 de enero de 2009, en especial la definición de "publicidad dirigida a niños" se ha fortalecido para que llegue a programas con 35% o más del público siendo niños menores de 12 años, del 50% original; el alcance del compromiso se ha extendido para cubrir sitios web propiedad de las empresas, así como la publicidad en línea de terceros; los miembros han aumentado de 11 empresas representando dos tercios del gasto de publicidad de alimentos y bebidas de UE, a 19 empresas que representan aproximadamente el 80% de la inversión publicitaria en la UE. Estas mejoras responden a la mayoría de las sugerencias para compromisos mejorados reflejadas en el Informe de progreso de la implementación de la estrategia de la UE en materia de nutrición, sobrepeso y problemas de salud relacionadas con la obesidad (documento de la Comisión Europea de 2010). Sin embargo, las empresas miembros del Compromiso de la UE están conscientes de que el uso de los criterios nutricionales específicos de las empresas, aunque estén basados en resultados científicos, plantea problemas potenciales de transparencia y coherencia. Por tanto, el Compromiso de la UE se embarcó en un proyecto para desarrollar criterios comunes, aplicables únicamente a aquellas empresas que actualmente utilizan criterios de nutrición -es decir, esas ocho empresas miembro que no publicitan de ninguna manera sus productos a todos los niños menores de doce años continuarán con la política de no publicidad. Los criterios nutricionales del Compromiso de la UE están diseñados con el propósito exclusivo de definir las mejores opciones para la salud en el contexto de la publicidad de alimentos y bebidas hacia los niños menores de doce años y, específicamente, para las categorías de productos cubiertas. Esto refleja los lineamientos internacionales que subrayan la necesidad de desarrollar criterios de nutrientes hechos a la medida para un propósito específico. El uso de los criterios nutricionales del Compromiso de la UE para otros fines, como por ejemplo reclamos o fiscalización de nutrición y de salud, podría no ser apropiado o científicamente creíble. Los criterios nutricionales comunes del compromiso de la UE fueron desarrollados sobre la base de las orientaciones internacionales disponibles y respaldados por algunos de principios fundamentales acordados desde un inicio, incluyendo: una base científica firme, integralidad, capacidad de hacer una diferencia, pertinencia en el contexto de toda la UE, idoneidad para su validación; y una justificación clara y comunicable. En todo el mundo se han adoptado diferentes enfoques para el desarrollo y la aplicación de criterios nutricionales. Un enfoque no es necesariamente mejor que otro, pero cada sistema tiene ventajas y desventajas específicas y todos tienen limitaciones inherentes. Sobre la base de un debate amplio e informado gracias a la evidencia y orientación disponibles; y apuntalado por los principios anteriores, el Compromiso de la UE optó por un enfoque basado en categorías, con base en umbrales para nutrientes clave. Se seleccionó un enfoque basado en categorías debido a que sirve mejor que un enfoque universal para reflejar el papel que juegan los diferentes tipos de alimentos y bebidas en la dieta promedio. También es mejor para discriminar entre los productos alimenticios dentro de las categorías y, por tanto, es apropiado para alcanzar el objetivo central del Compromiso de la UE; es decir, limitar los tipos de productos alimenticios y bebidas que son anunciados a los niños, mientras se incentiva la competencia por el desarrollo de opciones que son mejores para la salud, a través de la innovación y la reformulación. Libro Blanco de Compromiso de la UE sobre nutrición Página 3 Se prefirió un sistema basado en umbrales en lugar de un sistema de puntuación ya que un motor clave de los criterios comunes era mejorar la consistencia de los criterios específicos existentes de las empresas, la mayoría de los cuales estaban basados en sistemas de umbral. Otro factor a favor de un sistema basado en umbrales fue que aumentaba la transparencia, ya que es más transparente y más fácil de comunicar que un sistema de puntuación, en el que las puntuaciones nutricionales se elaboran sobre la base de un algoritmo. Los criterios nutricionales comunes no están pensados como un sistema de aplicación universal. Estos abarcan nueve categorías definidas producidas o comercializadas por las empresas miembros del Compromiso de la UE. La elección de categorías fue motivada por un lado, por la necesidad de equilibrar la necesidad de simplificar y de dar un tratamiento coherente a productos similares, y de otro lado, por la necesidad de evitar categorías tan amplias que sólo criterios nutricionales laxos pudiesen acoger a todos los tipos de productos representados en una categoría. A fin de garantizar tanto la solidez como la justicia del sistema, fue necesario crear subcategorías dentro de la mayoría de las nueve categorías. No se desarrollaron criterios nutricionales para ciertas categorías, como el chocolate, las golosinas y los refrescos. Esto refleja los compromisos existentes de varias empresas miembro activas en estas categorías y confirma que ninguna de las empresas miembro del Compromiso de la UE hará publicidad de estos productos dirigida a menores de 12, de acuerdo a lo definido en los compromisos del Compromiso de la UE. Los criterios nutricionales comunes se basan en un conjunto de "nutrientes a limitar" y "componentes a alentar" (nutrientes y grupos alimenticios). Un sistema que toma en cuenta ambos está más alineado con el objetivo central del Compromiso de la UE (fomentar la innovación, la reformulación y la competencia para un cambio hacia la publicidad de productos que son mejores para la salud) que un sistema basado exclusivamente en "nutrientes a limitar". Los "nutrientes a limitar" -sodio, grasas saturadas y azúcares totales- fueron elegidos con base en evidencias ampliamente disponibles que son de preocupación para la salud pública debido a que la ingesta media de la población es superior a la recomendada o a la deseable para la salud. Es importante destacar que, a diferencia de un sistema de puntuación, en los criterios nutricionales del Compromiso de la UE los "componentes a alentar" no compensan los "nutrientes a limitar": para que sea elegible para ser publicitado a niños menores de doce años, un producto deberá contener la cantidad necesaria de "componentes a alentar", además de estar por debajo de los umbrales de los "nutrientes a limitar" y debajo del tope de calorías fijado para cada categoría. En cada categoría se describe una justificación específica para la elección de topes energéticos y de valores nutricionales. Los criterios nutricionales comunes se aplicarán a partir de finales de 2014. Alineados con el enfoque del marco del Compromiso de la UE, en el que las empresas deben cumplir con un punto de referencia común, pero pueden ir más allá si así lo desean, las empresas miembro pueden utilizar criterios nutricionales diferentes de los criterios comunes, pero con la condición de que sean demostrablemente más estrictos que los comunes. Los criterios nutricionales del Compromiso de la UE deben verse en el contexto del gran reto de desarrollar criterios para toda la UE. Está claro que cualquier criterio nutricional tiene sus ventajas e inconvenientes y que todos los sistemas tendrán limitaciones inherentes. Sin embargo, las empresas miembro del Compromiso de la UE creen que estos criterios comunes son un importante avance en términos de la mejora de la transparencia y la coherencia. Estos criterios también harán una diferencia tangible en la práctica: para muchas de las empresas que actualmente utilizan criterios nutricionales, los nuevos criterios significan que considerablemente menos productos serán elegibles para que sean anunciados a niños menores de doce años que los que se anuncian en la actualidad. Libro Blanco de Compromiso de la UE sobre nutrición Página 4 Tabla 1: Descripción general de los criterios nutricionales del Compromiso de la UE Categoría 1: Aceites de origen vegetal y animal, grasas y grasa para untar y salsas emulsionadas Subcategoría A: Aceites de origen vegetal y animal, grasas y grasa para untar: todas las grasas y aceites de origen animal y vegetal utilizadas para untarse en el pan y/o en la 1 preparación de alimentos. Ejemplos Energía Sodio Grasas saturadas Azúcares totales Componentes a alentar (Kcal/porción*) (mg/100g o 100ml*) (g/100g o 100ml*) (g/100g o 100ml*) *Los valores energéticos son por porción y los valores nutricionales son por cada 100g, a menos que se especifique lo contrario Aceites y grasas (de todos los tipos), margarina < 85 < 500 < 33% de la grasa (5) > 25% de la grasa total es AGP normal y de dieta, mezclas de manteca, total es AGS (incl. productos de aceite/grasa sólidos o líquidos AGT) para asar y freír Subcategoría B: Salsas emulsionadas: salsas que constituyen sólo un componente menor de la comida a la que se añade un agente emulsionante O que tienen un contenido de grasa > 10% p/p. Mayonesa, aderezos para ensaladas, < 85 < 750 < 33% de la grasa <5 > 25% de la grasa total es AGP marinadas, vinagretas. total es AGS (incl. AGT) 2 Categoría 2: Frutas, verduras y semillas, con excepción de los aceites vegetales incluyendo legumbres y patatas. Las semillas incluyen semillas, granos, frutos secos. Los frutos secos incluyen los cacahuetes y los frutos de cáscara arbóreos. Subcategoría A: Productos de frutas y verduras con excepción de aceites y patatas (> 50 g de fruta y/o verduras por cada 100 gramos de producto terminado) que constituyen un componente sustancial de la comida. Gratinados de verduras, hortalizas en conserva, <170 < 300 < 1,5 < 15 Un mín. de ½ porción de nutrientes frijoles horneados, compota de frutas, frutas en de fruta y/o verd. entregado a través almíbar, ensalada de frutas de los ingredientes (frutas y/o verd.). Subcategoría B: Patatas y productos de patatas, con la excepción de productos de patatas deshidratadas: todos los platos a base de patata (> 50 g de patata por 100 g de los productos terminados) que constituyen un componente sustancial de la comida. Puré de patatas, ñoquis, gratinadas, albóndigas, <170 < 300 < 1,5 <5 Nutrientes suministrados a través del patatas fritas o asadas. ingrediente principal (patata) Subcategoría C: Patatas fritas y bocadillos en base a patatas, incl. productos a base de pasta Patatas fritas/chips <170 <670 < 10% Kcal de AGS < 10 Fibra: >3g/100g/ml; y/o >70% de GNS/grasa total 1 Las mantequillas tal como se definen en el Reglamento del Concejo (CE) 1234/2007 Anexo XV, se excluyen de esta categoría ya que no van a ser publicitadas hacia los niños. Excepciones: El 100% de las frutas y verduras y sus productos, incluyendo 100% de los jugos de frutas y verduras, así como el 100% de los frutos secos y semillas, y las mezclas de los mismos (sin sal, azúcar o grasa añadidas). Estos productos, presentados en estado fresco, congelados, secos, o bajo cualquier otra forma podrían ser objeto de publicidad hacia los niños sin restricciones. 2 Libro Blanco de Compromiso de la UE sobre nutrición Página 5 3 Bocadillos extruidos y peletizados, chips apilables Subcategoría D: Semillas y frutos secos <170 Ejemplos Energía Sodio Grasas saturadas Azúcares totales Componentes a alentar (Kcal/porción*) (mg/100g o 100ml*) (g/100g o 100ml*) (g/100g o 100ml*) *Los valores energéticos son por porción y los valores nutricionales son por cada 100g, a menos que se especifique lo contrario <200 <670 <10 <15 Nutrientes entregados a través de los ingredientes (frutos secos y semillas) <900 < 10% Kcal de AGS <10 Fibra: >3g/100g/ml; y/o >70% de GNS/grasa total Frutos secos salados o condimentados, frutos secos mixtos, mezclas de frutos secos y frutas, mantequilla de maní Subcategoría E: Salsas para comidas a base de frutas/verduras: todas las salsas a base de frutas/verduras (> 50 g de frutas y/o verduras por 100 g de los productos terminados) que constituyen un componente sustancial de la comida Salsa de tomate, salsa para pasta... < 100 < 500 < 1,5 < 10 Nutrientes entregados a través de los ingredientes (frutas y/o verduras) Subcategoría F: Condimentos a base de frutas/verduras: todos los condimentos a base de frutas/verduras (> 50 g de frutas y/o verduras por cada 100 g de los productos terminados) que constituyen sólo un componente menor de la comida Ketchup, salsa picante. < 85 < 750 < 1,5 < 25 Nutrientes entregados a través de los ingredientes (frutas y/o verduras) Categoría 3: Productos a base de carne: todo tipo de procesados de carne de res/carne de aves de corral y productos cárnicos, que consiste como mínimo de 50g de carne por cada 100g del producto terminado Albóndigas, salami, jamón a la plancha, filete < 170 < 800 <6 (< 5) > 12% de energía en forma de de pollo, salchichas. proteínas Categoría 4: Productos de pesca: todo tipo de pescados, crustáceos y mariscos procesados que consisten como min. de 50g de pescado, crustáceos y/o los moluscos por cada 100g de producto terminado Cortes de bacalao, filete frito de eglefino, < 170 < 450 < 33% de la grasa (<5) > 12% de energía en forma de dedos de pescado, mejillones en escabeche, O total es AGS proteínas conservas de atún > 170 SI > 25% (incluyendo AGT) de la grasa total es AGP Categoría 5: Productos lácteos Subcategoría A: Productos lácteos diferentes a los quesos: Deben contener un mínimo de 50% de productos lácteos (estándar del Codex Alimentarius) 3 Las empresas miembro individuales de la ESA pueden beneficiarse de un período más largo -hasta finales de 2015- en el caso de este valor, lo que refleja el avance desigual de los programas de reducción de sal entre los Estados miembro de la UE. Si algún miembro desea beneficiarse de esta exención, las empresas miembro individuales deberán especificarlo en sus compromisos corporativos del Compromiso de la UE publicados en el sitio web del Compromiso de la UE. Durante el período de transición adicional, el umbral de sodio aplicable no podrá ser superior a 970mg/100g. Libro Blanco de Compromiso de la UE sobre nutrición Página 6 Leches y sustitutos de la leche; yogures, dulce de queso fresco/suave, requesón y queso fresco; leches fermentadas; postres lácteos <170 < 300 < 2,6 < 13,5 Proteína: >12 E% o >2g /100g o 100ml Y/O Al menos 1 fuente de: Ca o Vit D o algo de Vit B Subcategoría B: Productos a base de queso y productos lácteos salados: Deben contener un mínimo de 50% de productos lácteos (estándar del Codex Alimentarius) Quesos semi-duros, duros Otros quesos, requesón y queso fresco y productos lácteos salados <85 <170 <900 <800 <15 <10 (< 5) <8 Al menos una fuente de: Ca, Vit B12, Vit B2 Categoría 6: Productos a base de cereales Subcategoría A: Galletas, productos de pastelería fina y otros productos a base de cereales dulces: los cereales deben figurar como ingrediente principal en la declaración de ingredientes. Ejemplos Energía Sodio Grasas saturadas Azúcares totales Componentes a alentar (Kcal/porción*) (mg/100g o 100ml*) (g/100g o 100ml*) (g/100g o 100ml*) *Los valores energéticos son por porción y los valores nutricionales son por cada 100g, a menos que se especifique lo contrario Todos los tipos de galletas y pasteles, barras de ≤200 < 450 ≤10 ≤35 Fibra (>3 g/100g) y/o cereal integral cereal, panqueques. (15% de los ingredientes totales) y/o 20%E de los ANS y >70% de ANS/grasa total Subcategoría B: Galletas, productos de pastelería fina y otros productos a base de cereales salados, incluyendo los productos a base de masa: los cereales deben figurar como ingrediente principal en la declaración de ingredientes. 4 Galletas saladas, bocadillos extruidos, ≤170 < 10% Kcal de AGS ≤10 <900 Fibra: >3 g/100g; y/o >70% de peletizados y a base de palomitas de maíz, ANS/grasa total palomitas de maíz, pretzels Subcategoría C: Cereales para el desayuno, incluyendo crema de avena Cereales para el desayuno listos para consumir ≤210 ≤450 ≤5 ≤30 Fibra (>3g/100g) y/o cereal integral como hojuelas de maíz, arroz inflado, crema de (15% de grano entero por avena ingredientes totales) Subcategoría D: Cereales y productos de cereales, exceptuando los cereales, galletas y productos de panadería fina para el desayuno: los cereales deben figurar como el ingrediente principal. Pan, bizcochos tostados, arroz, fideos, pasta, <340 ≤500 ≤5 ≤5 Fibra (>3 g/100 g) y/o cereal integral polenta (15% de los ingredientes totales) Categoría 7: Sopas, platos combinados, plato de fondo y emparedados rellenos 4 Véase la nota 3. Libro Blanco de Compromiso de la UE sobre nutrición Página 7 Subcategoría A: Sopas: todo tipo de sopas y caldos que contengan como mín. 1 de los siguientes: 30g de frutas, verduras, cereales, carne, pescado, leche o cualquier combinación de ellas (calculado como su equivalente fresco) por porción. (Los umbrales aplican a los alimentos reconstituidos, listos para el consumo, siguiendo las instrucciones del productor). Sopa de tomate enlatada, sopa de verduras < 170 < 350 < 1,5 < 7,5 Nutrientes entregados a través de los instantánea, sopa en bolsas ingredientes (frutas y/o verduras, cereales, carne, pescado, leche) Subcategoría B: Platos combinados, platos de fondo y emparedados rellenos: todo tipo de platos y emparedados que contengas un mín. de 2 de los siguientes: 30 g de frutas, verduras, cereales, carne, pescado, leche o cualquier combinación de ellas (calculado como sus equivalentes frescos) por porción. (Los umbrales aplican a los alimentos reconstituidos, listos para el consumo, siguiendo las instrucciones del productor). Ensalada de pasta con verduras, fideos con < 425 < 400mg <5 < 7,5 Nutrientes entregados a través de los salsa, pizza, croque-monsieur, musaca, ingredientes (frutas y/o verduras, panqueques rellenos cereales, carne, pescado, leche) Categoría 8: Comidas: La combinación de elementos servidos como una comida (plato principal, guarnición(es) y una bebida) para el desayuno, el almuerzo o la cena. Ejemplos Energía Sodio Grasas saturadas Azúcares totales Componentes a alentar (Kcal/porción*) (mg/100g o 100ml*) (g/100g o 100ml*) (g/100g o 100ml*) *Los valores energéticos son por porción y los valores nutricionales son por cada 100g/100ml, a menos que se especifique lo contrario a) Comidas para niños ≤ 510/comida ≤ 660/comida < 10% Kcal de la ≤ 20/comida Cada comida debe contener un mín. b) ≤ 340/comida grasa saturada (Menos el azúcar de: c) d) natural de 1 1 porción de frutas/verduras d) porción de o/y d) J/F/V/M/D) 1 porción de 100% jugo o/y d, e) 1 porción calificada de producto lácteo o leche o/y d) f) 1 porción de cereal integral Categoría 9: Hielos comestibles: todo tipo de helados comestibles (helados de agua y de crema) Helado de crema, helado de agua, paletas de < 110 < 120 <5 < 20 hielo, sorbetes de hielo Exclusiones (sin criterios nutricionales, no son anunciados a los niños menores de 12 por las empresas miembro del Compromiso de la UE) Productos de azúcar y con base de azúcar, que incluyen: chocolate o productos de chocolate; mermelada, azúcar, miel o jarabe; confitería sin chocolate u otros productos 5 de azúcar 6 Refrescos 5 El chicle sin azúcar y las mentas sin azúcar son excepciones; es decir, están fuera del alcance de las restricciones del Compromiso de la UE. Libro Blanco de Compromiso de la UE sobre nutrición Página 8 Notas: a) Para el almuerzo/cena (30% de la energía) b) Para el desayuno (20% de la energía) c) Si el contenido de azúcar es superior a 20 g para una comida y contiene más de 1 J/F/V/M/D. d) Las porciones son: Frutas (F)/Verduras (V): 60 a 80g 100% de jugo (J): 150 a 250ml Lácteos (D): por ejemplo, 30 g de queso/100 a 150g de yogur Leche (M): 150 a 250ml e) Cumplir con los requisitos de categoría individuales f) Producto calificado como fuente razonable de fibra que contiene ≥ 8g de cereal integral 6 La razón de esta exclusión es que en la actualidad algunas compañías del Compromiso de la UE se comprometieron en 2006 a no comercializar ningún refresco directamente a niños menores de 12 años (ver compromisos de UNESDA: http://www.unesda.org/our-unesda-commitments-act-responsibly#year2006 ). El debate continúa respecto a las bebidas energéticas. Mientras tanto, las empresas que no han firmado el compromiso de UNESDA continuarán utilizando sus propios criterios nutricionales para estas bebidas, incluyendo las bebidas a base de frutas. El agua embotellada está exenta de las restricciones del Compromiso de la UE. Libro Blanco de Compromiso de la UE sobre nutrición Página 9 Libro Blanco de Compromiso de la UE sobre nutrición Página 10