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Salut humana i producció primària
Juan Ramón Hidalgo Moya
Director FOOD LEGAL SOLUTIONS
Advocat especialitzat en Dret Alimentari
President de la Sociedad Española de Seguridad Alimentaria-SESAL
Director Postgrau en Dret Qualitat I Seguretat Alimentària EPSI-UAB
1.- Salud y seguridad: derecho fundamental
2.- Seguridad de los alimentos
3.- Riesgo alimentario/Información
4.- Prevención/Responsabilidad
5.- Estrategia de actuación
LEGISLACIÓN ALIMENTARIA
características principales
definición amplia
contribuir a alcanzar un
nivel elevado de
protección de la salud
en la Unión
fin de reducir, eliminar o
evitar un riesgo para la
salud
base científica y técnica
Derecho alimentario UE
Fuente: Bernd MJ. van der Meulen y Ana Sanhueza Martín; La estructura del Derecho alimentario europeo.
SALUD PÚBLICA,
SEGURIDAD
ALIMENTARIA Y
CONSUMO
La prestación de salud
pública comprende las
siguientes actuaciones
La protección y
promoción de la
seguridad
alimentaria
Seguridad
Alimentaria
Incluye:
Riesgos
Alimentarios
Seguridad alimentaria
Existe Seguridad Alimentaria cuando los consumidores, dentro de un marco
general orientado a la protección de su salud e intereses, tienen la garantía
de que los alimentos y los piensos comercializados cumplen su legítima
expectativa de seguridad en cuanto a la observancia de la legislación, en
cuanto a su inocuidad (control, eliminación o reducción de los peligros hasta
niveles aceptables)*, a la fiabilidad y suficiencia de la información que los
acompaña (referida a los aspectos nutricionales y de composición, de uso,
precauciones generales y específicas relacionadas con la sensibilidad
individual del consumidor) y que, asimismo, debe permitirles efectuar una
elección consciente para aquellos otros factores relacionados con las
condiciones de calidad, éticas, ecológicas y de sostenibilidad en las que se
obtuvo o produjo el alimento, y en cuanto a que garantiza un entorno de
equivalencia de las condiciones de competencia en las transacciones
comerciales entre los operadores alimentarios (definición alumno postgrado).
Seguridad alimentaria
La Seguridad Alimentaria es un bien común que
cubre y compete a todos los sectores
industriales de la cadena alimentaria, a la
Administración y al propio consumidor,
distribuyendo las responsabilidades entre estos
actores en un marco regido por el cumplimiento
de la ley, la evidencia científica, la transparencia
y el más elevado grado de comunicación de la
información (definición alumno postgrado).
Seguridad alimentaria:
definición amplia
Sanidad animal y
vegetal
CONTAMINACIÓN
AMBIENTAL
CALIDAD
ALIMENTARIA
NUTRICIÓN
INFORMACIÓN
ALIMENTARIA
NUEVOS ALIMENTOS
TECNOLOGÍA
Legislación alimentaria
definición-R.178/2002
Principal
objetivo
• asegurar un alto nivel de
protección de la salud pública y
de los intereses de los
consumidores
Acciones
• establece los principios generales
• establece procedimientos para
alertas/crisis alimentarias
• responsabilidad “explotadores”
ALIMENTO SEGURO
Concepto
• UNICOS PRODUCTOS COMERCIALIZABLES
S
E
G
U
R
I
D
A
D
• NO NOCIVO PARA LA SALUD HUMANA
• APTO PARA EL CONSUMO HUMANO
ALIMENTO SEGURO
Elementos de la seguridad
EVALUAR LA SEGURIDAD
CONDICIONES
NORMALES DE USO
DEL ALIMENTO POR
LOS
CONSUMIDORES
INFORMACIÓN
OFRECIDA AL
CONSUMIDOR
SOBRE PREVENCIÓN
PRODUCCIÓN
TRANSFORMACIÓN DE DETERMINADOS
EFECTOS
DISTRIBUCIÓN
PERJUDICIALES
FASES
ARTÍCULO 14 REGLAMENTO 178/2002
ALIMENTO SEGURO
Elementos de la seguridad
INOCUIDAD
PROBABLES EFECTOS:
INMEDIATOS
A CORTO PLAZO
A LARGO PLAZO
para consumidor y
descendientes
POSIBLES EFECTOS
TOXICOS
ACUMULATIVOS
SENSIBILIDAD
PARTICULAR DE ORDEN
ORGÁNICO DE UNA
CATEGORIA ESPECIFICA
DE CONSUMIDORES
alimento destinado a
dicha categoría
ARTÍCULO 14 REGLAMENTO 178/2002
RESPONSABILIDAD
Sujetos en el Derecho Alimentario
las autoridades
los
consumidores
las empresas
RESPONSABLE LEGAL PRINCIPAL
DE LA SEGURIDAD ALIMENTARIA
El explotador de la empresa
alimentaria es quien está
mejor capacitado para
diseñar un sistema seguro
de suministro de alimentos
y conseguir que los
alimentos que suministra
sean seguros.
¿también en este supuesto?
Los mismos requisitos deben
aplicarse a los piensos y a los
explotadores de empresas de
piensos.
USO ADECUADO
USO RESPONSABLE
EL PRINCIPIO DE RESPONSABILIDAD
Nuevas
técnicas de
producción
Nuevos
riesgos
ADAPTACIÓN
PERMANENTE
Nuevos
productos
Nuevos
hábitos
alimentarios
PROTECCIÓN DEL
CONSUMIDOR
DERECHOS FUNDAMENTALES
SEGURIDAD Y SALUD
INTERESES
ECONÓMICOS
DERECHOS
FUNDAMENTALES
INFORMACIÓN
Y
EDUCACIÓN
REPRESENTACIÓN Y
AUDIENCIA
Consumidor medio
concepto TJUE
PERSONA a quien se le exige cierta diligencia, perspicacia,
atención y conocimiento en el ámbito del consumo
alimentario, especialmente cuando los máximos
responsables de la seguridad alimentaria (los operadores
alimentarios) han cumplimentado con aquellas
obligaciones que le son propias en el ámbito de protección
al consumidor y, específicamente, con aquellas que tienen
su relación directa con las características propias del
producto y su composición, información nutricional,
conservación y, en su caso, de sus posibles riesgos.
Riesgos salud/seguridad
Los bienes y servicios
destinados a las personas
consumidoras no pueden
comportar riesgos para su
salud ni para su seguridad
salvo los que sean
usuales o legalmente
admisibles en
condiciones normales o
previsibles de utilización
Los riesgos usual o
reglamentariamente
admitidos en condiciones
normales y previsibles de
utilización
deben ponerse en
conocimiento de las
personas consumidoras
de forma clara y con los
medios adecuados
Información del riesgo
Todos los bienes y servicios puestos a disposición de los
consumidores y usuarios deberán incorporar, acompañar o,
en último caso, permitir de forma clara y comprensible,
información veraz, eficaz y suficiente sobre sus
características esenciales, en particular sobre las siguientes:
e) Instrucciones o indicaciones
para su correcto uso o consumo,
advertencias y riesgos previsibles.
Artículo 18 .2 RDL 1/2007
Obligación empresarios
Quienes produzcan, importen, distribuyan, manipulen o
comercialicen bienes y servicios, en su calidad de
profesionales
obligación de suministrar bienes o prestar servicios seguros
deben
actuar con diligencia para evitar bienes y servicios
inseguros.
Muchas gracias! Moltes gràcies!
[email protected]
Food Law Consultant-FOOD LEGAL SOLUTIONS-DRET ALIMENTARI
Twitter: @JRAMONHIDALGO