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Cuerpo I - 16 DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE Lunes 18 de Abril de 2016 Considerando: Nº 41.435 Teniendo presente: Que, por medio del decreto supremo Nº 15, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, se aprobó el Reglamento que regula el Fondo Concursable de Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores, establecido en la Partida 21, Capítulo 08, Programa 01, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 721, Glosa Nº 10, de la Ley Nº 20.641 de Presupuestos del Sector Público para el año 2013. Que, a través de decreto supremo Nº 22, de 2015, del Ministerio de Desarrollo Social, que Aprueba Reglamento del Artículo 5º de la Ley Nº 20.379 y del Artículo 3º Letra f) de la ley N° 20.530, se reguló el nuevo “Sistema de Apoyo a la Selección de Usuarios de Prestaciones Sociales”. Que, atendido lo señalado en el párrafo precedente, se hace necesario modificar el referido decreto supremo para la utilización del nuevo “Sistema de Apoyo a la Selección de Usuarios de Prestaciones Sociales”. Decreto: 1.- Que, doña Julia Urquieta Olivares, Subsecretaria de Previsión Social, ha recibido invitación para asistir a la IV Asamblea General Extraordinaria de la Conferencia Interamericana de Seguridad Social, CISS, en ese marco, participará en la reunión “Economía Preventiva: un nuevo horizonte” los días 5 y 6 de noviembre próximo, en Sao Paulo, Brasil, correspondiéndole exponer el tema “Envejecimiento, mercado laboral y pensiones”, todo organizado por la Conferencia Interamericana de Seguridad Social y el Ministerio de Previsión Social de Brasil. 2.- Que, se cuenta con la autorización ministerial correspondiente, ya que dicha actividad se enmarca dentro del ámbito de competencia de la Subsecretaría de Previsión Social, resultando pertinente la asistencia de doña Julia Urquieta Olivares, Subsecretaria de Previsión Social. 3.- Que, la Subsecretaría de Previsión Social cuenta con presupuesto necesario para solventar los gastos que demande la presente comisión de servicios. Decreto: Artículo 1º.- Modifícase el decreto supremo Nº 15, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social, que aprueba el Reglamento del Fondo Concursable de Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores, establecido en la Partida 21, Capítulo 08, Programa 01, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 721, Glosa Nº 10, de la Ley Nº 20.641 de Presupuestos del Sector Público para el año 2013, en el siguiente sentido: 1.- Sustituyendo en el numeral 3 de su artículo 4, la expresión: “según se desprenda de la información obtenida por aplicación de la Ficha de Protección Social o del instrumento que la reemplace”, por el siguiente texto nuevo: “según se desprenda de la información obtenida por aplicación del instrumento de caracterización socioeconómica a que se refiere el artículo 5º de la ley Nº 20.379, que se encuentra contenida en el Registro Social de Hogares”. 2.- Sustituyendo el inciso segundo del artículo 7, por el siguiente texto nuevo: “Tratándose de los adultos mayores residentes incluidos en el proyecto que se postule, éstos deberán pertenecer al 60% más vulnerable de la población nacional según la información que se desprenda por aplicación del Instrumento de Caracterización Socioeconómica a que se refiere el artículo 5º de la ley Nº 20 379, la cual estará contenida en el Registro Social de Hogares”. Artículo 2º.- En todo lo no modificado por el presente acto, permanecerá vigente lo dispuesto en el decreto supremo Nº 15, de 2013, del Ministerio de Desarrollo Social. Anótese, tómese razón y publíquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Marcos Barraza Gómez, Ministro de Desarrollo Social. Lo que comunico a Ud. para su conocimiento.- Juan Eduardo Faúndez Molina, Subsecretario de Servicios Sociales. Desígnese en comisión de servicios al extranjero, del 4 al 7 de noviembre de 2015, a doña Julia Urquieta Olivares, Subsecretaria de Previsión Social, Planta, Directiva, Grado C EUS, cédula de identidad N° 7.191.936-6, para participar en la reunión “Economía Preventiva: un nuevo horizonte” los días 5 y 6 de noviembre próximo, en Sao Paulo, Brasil, correspondiéndole exponer el tema “Envejecimiento, mercado laboral y pensiones”, todo organizado por la Conferencia Interamericana de Seguridad Social y el Ministerio de Previsión Social de Brasil. Se declara que doña Julia Urquieta Olivares tendrá derecho a percibir las remuneraciones propias de su cargo durante el desempeño de esta Comisión; pasajes aéreos, tasas de embarque, y a un viático correspondiente a USD 100 diarios, incrementados en un 653,81%, equivalente a USD 753,81 diarios, por los días 5 y 6 de noviembre de 2015, y a un 40% de un viático normal, equivalente a USD 301,52 por el día 4 de noviembre de 2015, resultando un total de USD 1.809,14. Por razones de buen desempeño, doña Julia Urquieta Olivares deberá dar cumplimiento a la presente comisión de servicios, sin esperar la total tramitación de este decreto. Impútese el gasto que demanda el presente decreto a los siguientes ítems del Presupuesto Corriente para el año 2015, de la Superintendencia de Seguridad Social: 21-01-004-007.- Viáticos, comisiones de servicios al extranjero, personal de planta. 22-08-007-001.- Pasajes aéreos internacionales. 22-10-999.- Seguros - Otros. Tómese razón, regístrese y comuníquese.- MICHELLE BACHELET JERIA, Presidenta de la República.- Ximena Rincón González, Ministra del Trabajo y Previsión Social.- Edgardo Riveros Marín, Ministro de Relaciones Exteriores (S). Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Julia Urquieta Olivares, Subsecretaria de Previsión Social. Ministerio de Salud Ministerio del Trabajo y Previsión Social (IdDO 1015573) DESIGNA EN COMISIÓN DE SERVICIOS AL EXTRANJERO A DOÑA JULIA URQUIETA OLIVARES, SUBSECRETARIA DE PREVISIÓN SOCIAL Núm. 53.- Santiago, 28 de octubre de 2015. Vistos: El DFL N° 25, de 1959, del Ministerio de Hacienda, lo dispuesto en los artículos 75, 76, 77 y 78 del DFL N° 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, Estatuto Administrativo; en la ley N° 20.798, de Presupuesto para el año 2015; en la resolución N° 1600, de 2008, de la Contraloría General de la República; en el DS N° 269, de 2014, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en el DS N° 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; en el decreto supremo N° 33, de 2015, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, y (IdDO 1016101) MODIFICA DECRETO N° 122 EXENTO, DE 2016, DE LA ORDEN DE SUBROGANCIA AL CARGO DE SEREMI DE SALUD REGIÓN DE O’HIGGINS Núm. 126 exento.- Santiago, 12 de abril de 2016. Vistos: Considerando lo dispuesto en el artículo 35° de la Constitución Política de la República de Chile; lo establecido por la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y sus modificaciones; dictamen N° 14.164 de fecha 02.04.2008 de la Contraloría General de la República de Chile; ley N° 19.880 que establece Bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración Pública; lo dispuesto en el N° I, 22 del artículo 1° del decreto supremo N° 19 de 2001 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834; decreto ley N° 2.763, de 1979, del Ministerio de Salud, modificado por la ley N° 19.937 de 2004; decreto supremo N° 136, publicado en el D.O. con fecha 21 de abril de 2005 del Ministerio de Salud;