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VIVIENDA Y POLÍTICA DE VIVIENDA EN EUROPA: UN ANÁLISIS COMPARADO DARINKA CZISCHKE Observatorio Europeo de la Vivienda Social del CECODHAS INTRODUCCIÓN Al abordar un análisis comparado de la vivienda en Europa, es necesario llamar la atención sobre el hecho de que no existe una política común ni tampoco un mercado común de vivienda en la Unión Europea (UE). En efecto, la vivienda no figura dentro de las competencias comunitarias; ninguno de los tratados le hace referencia. Sin embargo, en la práctica, un sinnúmero de directivas, comunicaciones y leyes comunitarias provenientes de otros campos tienen un efecto significativo sobre la situación de la vivienda a nivel de los estados miembros. Es más, el rol de los mercados y políticas nacionales y regionales de vivienda para el logro de los objetivos de la UE está alcanzando creciente reconocimiento, como se observa, por ejemplo, en el caso de la estrategia de Lisboa y de la política de comunitaria cohesión social, tal como elaboraré en mayor detalle más adelante. Ahora bien, a pesar de las reconocidas interacciones entre el marco regulatorio comunitario y la vivienda en los estados miembros, la falta de competencia directa de la UE en vivienda ha resultado en una ausencia de un monitoreo regular y sistemático de las políticas y tendencias en vivienda a lo largo de la UE. En efecto, no existe ningún órgano o agencia a nivel europeo que recoja estadísticas de manera regular o que realice estudios comparativos sobre vivienda. Cabe notar, en este punto, la excepción que constituye la publicación del informe anual sobre estadísticas de vivienda en la Unión Europea, una iniciativa de los ministerios de vivienda de los estados miembros. Esta publicación pretende en parte llenar este vacío a través de la compilación de estadísticas existentes en materia de vivienda a nivel nacional, para lo cual un país diferente asume cada año la responsabilidad de reunir la información disponible sobre la vivienda a escala nacional. Esta publicación constituye sin duda el principal referente para cualquier intento de análisis comparativo; sin embargo, cabe notar la disparidad de definiciones, métodos y ciclos de recolección de un gran número de los indicadores presentados en este informe, lo cual dificulta un análisis comparado de significación.1 1. A modo de ilustración, véase la amplia variedad de ‘definiciones’ o categorías de régimen de tenencia presentes en el informe. C. BELLET; J. GANAU Y J. M. LLOP, eds., Vivienda y sociedad: nuevas demandas, nuevos instrumentos, Lleida, Milenio, 2008. DARINKA CZISCHKE 76 Por otra parte, si bien existe una gran variedad de estudios temáticos sobre vivienda en Europa, la investigación comparada sobre vivienda a nivel europeo tiende a tener un carácter regional o temático, es decir, se restringe a grupos de países o temas específicos. A esto se suma el hecho de que generalmente no existe un seguimiento de los resultados de estas investigaciones a lo largo del tiempo. Por ende, todo lo anterior hace difícil hablar de la existencia de investigación comparada en vivienda con un carácter sistemático. Sin duda, este constituye uno de los desafíos para el sector académico e intelectual y para lograr una mayor integración europea en esta materia. Con el objeto de intentar, al menos en parte, llenar este vacío, el Comité europeo de coordinación de la vivienda social (CECODHAS) estableció en 2004 el Observatorio Europeo de la Vivienda Social. El objetivo del observatorio es hacer seguimiento a las principales tendencias y políticas en materia de vivienda a nivel europeo, participar en grupos de expertos y conducir estudios comparativos en temas estratégicos para el sector de vivienda social. Esta ponencia se basa en el trabajo desarrollado por el observatorio en los dos primeros años de su existencia. Este artículo se divide en cuatro partes. En la primera presentaré una breve reseña histórica sobre las políticas públicas de vivienda en Europa desde mediados del siglo XIX hasta hoy. Esta reseña me parece necesaria para comprender los procesos de cambio que el sector viene experimentando en las últimas décadas. La segunda parte abordará las principales tendencias actuales en vivienda en los estados miembros de la Unión Europea. En tercer lugar, me referiré a las interacciones entre el marco regulatorio de la UE y la vivienda a nivel de los Estados miembros, para culminar con una discusión de las concepciones nacionales de provisión de vivienda en la UE a través de la proposición de una tipología de clasificación. RESEÑA HISTÓRICA Para una mejor comprensión de los procesos y tendencias actuales en materia de vivienda a lo largo de la Unión Europea, es importante comenzar por una mirada a los albores de los sistemas nacionales de vivienda en Europa. Puede decirse que un punto de partida de la tematización de la vivienda como problema social lo constituye la revolución industrial y el proceso de urbanización masiva que ella acarreó a lo largo de Europa a mediados del siglo XIX. En efecto, un masivo proceso de migración ruralurbana tiene lugar, a través del cual la población se desplaza a las grandes ciudades para trabajar en las nuevas industrias. Destacan las condiciones de hacinamiento y los problemas sanitarios y sociales creados por esta situación de pobreza y escasez de vivienda adecuada. Es en este periodo cuando las primeras iniciativas de vivienda “social” surgen para dar respuesta a estas necesidades. Cabe señalar que en esta época no es el Estado quien se hace cargo, sino organizaciones privadas, por ejemplo, instituciones de beneficencia (ejército de salvación, la Iglesia, etc.) y en algunos casos compañías privadas que construyen conjuntos de vivienda para sus obreros. VIVIENDA Y POLÍTICA DE VIVIENDA EN EUROPA. UN ANÁLISIS COMPARADO 77 Gradualmente van surgiendo cuadros legislativos nacionales que enmarcan estas iniciativas en distintos países europeos —notablemente en aquellos donde la industrialización ocurre con mayor fuerza—, a través de los cuales la responsabilidad por proveer vivienda adecuada a las capas desfavorecidas de la población va siendo gradualmente asumida por los gobiernos nacionales, como parte de una misión de interés público. En efecto, la vivienda social deviene un elemento indispensable del desarrollo económico e industrial de la época, así como de la manutención de la paz social y del acelerado proceso de urbanización de las grandes ciudades europeas que acompaña este proceso de industrialización creciente. Una nueva etapa se abre tras la destrucción creada por ambas guerras mundiales y la resultante escasez de vivienda para gran parte de la población. Este hecho, unido a las exigencias de reconstrucción masiva ligadas al desarrollo económico de tres décadas de industrialización y urbanización a gran escala, el boom demográfico y los procesos de descolonización en marcha en las antiguas potencias coloniales europeas, no harán sino acentuar la determinación de los estados nacionales por enmarcar y promover el desarrollo de sistemas públicos de vivienda social. Es entonces que la vivienda pasa a ser decididamente una tarea de los gobiernos nacionales en los países europeos de posguerra, los cuales se ven forzados a construir gran cantidad de viviendas en muy corto plazo. Es así como surgen los primeros grandes conjuntos de vivienda social, que responden a una política con énfasis cuantitativo. A partir de los años cinquenta, el movimiento arquitectónico modernista se impone en la construcción de vivienda social de altura a través de la tecnología de paneles, que permitió abaratar costos y acelerar el proceso de producción. Es importante destacar que las políticas públicas de vivienda en esta época se concentraron en proveer vivienda para las clases medias y trabajadoras. Cabe distinguir aquí la bifurcación de las políticas de vivienda en Europa occidental y oriental tras la división de posguerra en dos bloques. En Europa occidental, las políticas públicas de vivienda experimentan un gradual énfasis en lo cualitativo y se comienzan a ejecutar programas de renovación urbana en varios países (por ejemplo Francia). En 1970 comienza un notorio cambio en el rol del Estado, reflejado en la reducción del gasto público, y en una reorientación de las políticas de vivienda al mercado. A partir de la década de los ochenta, en el marco de un contexto internacional macroestructural caracterizado por las sucesivas crisis del petróleo, el estancamiento del crecimiento económico y la aparición de un desempleo estructural, se agudizan estos procesos, focalizándose el gasto público en vivienda para los llamados “grupos vulnerables” de la población (ya sea en términos socio-económicos o de precariedad personal o social) y optándose gradualmente por subsidios a la demanda en detrimento de los subsidios a la piedra (Priemus et al. 2002). En algunos países, estas políticas van acompañadas de un proceso de transferencia del parque de vivienda pública a los privados. Por ejemplo, el Reino Unido, donde el parque de vivienda municipal es gradualmente entregado a organizaciones privadas sin fines de lucro creadas para tal 78 DARINKA CZISCHKE propósito, las Housing Associations; algo similar ocurre en Holanda con las Corporaties (véase Malpass et al. 2002; Murie et al. 1994; Priemus 1996). Entre tanto, desde los años sesenta en Europa del Este se consolida un sistema estatal de vivienda de alquiler de propiedad pública, lo que no excluye la formación de sub-mercados de vivienda de alquiler privado. Este sistema tiene variaciones por país. Tras la caída del telón de acero a comienzos de los noventa hay un vuelco dramático en el régimen de tenencia en estos países, a través de la privatización a gran escala que se lleva a cabo por los gobiernos en el marco de programas de venta a precio simbólico a los residentes. Se da paso así a lo que se ha venido en llamar el fenómeno de los “propietarios pobres” (quienes en algunos países alcanzan sobre el 90% de los hogares), es decir, gente que es dueña de su vivienda pero carece de los medios económicos para afrontar las obligaciones financieras (manutención, reparaciones, etc.) que conlleva la propiedad. A esto se suma el hecho de que en la mayoría de estos países el proceso de privatización se llevó a cabo sin el establecimiento de un régimen legal que regulase la situación de condominios o de viviendas multifamiliares. Como lo señalan varios autores (véase UNECE 2005; Hegedus 2007), esta situación ha creado numerosos problemas sociales y un severo estado de degradación física del stock de vivienda, los que afectan tanto a los privados como a los gobiernos, y que persisten hasta hoy. PRINCIPALES EUROPEA TENDENCIAS EN VIVIENDA EN LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN A continuación nos referiremos, en primer lugar, a las principales tendencias actuales en los mercados y políticas de vivienda en la Unión Europea. En segundo lugar, nos centraremos en las tendencias en materia de demanda y políticas de vivienda social en la UE. Tendencias en materia de mercados y políticas de vivienda En primer lugar, cabe señalar la gran diversidad de mercados nacionales y regionales de vivienda. No obstante, es posible observar algunas tendencias comunes. Un primer rasgo común a lo largo de la UE es el desequilibrio entre oferta y demanda, tanto a nivel nacional como regional. A escala regional, esta situación se traduce en una demanda insatisfecha y en elevados precios en aquellas regiones que gozan de un mayor dinamismo económico, mientras que en el resto del país ocurre la situación inversa (Fribourg 2006), incluso registrándose altos índices de viviendas vacías. Resulta interesante constatar que si bien en ciertos países (por ejemplo, República Checa, Finlandia, Grecia y Rumanía) la demanda de vivienda ha sido relativamente satisfecha por la oferta a nivel nacional, estos mismos países exhiben un déficit de oferta en ciertas regiones, en particular en zonas urbanas con una fuerte actividad económica. Por otro lado, si comparamos en el ámbito nacional el desequilibrio entre VIVIENDA Y POLÍTICA DE VIVIENDA EN EUROPA. UN ANÁLISIS COMPARADO 79 oferta y demanda de vivienda es particularmente grave en Bélgica, Bulgaria, Francia, Alemania, Grecia, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Holanda, Polonia, Eslovenia, España y el Reino Unido, donde la demanda de vivienda excede significativamente la oferta (Norris et al. 2004). Sin embargo, cabe notar que la magnitud de estas diferencias varía fuertemente entre países. En general, destaca la gravedad de esta situación en los nuevos estados miembros de la UE. GRÁFICO 1. Porcentaje de alza en los precios de la vivienda en Europa (países seleccionados) % de alza en los precios de la vivienda Dinamarca Noruega Grecia Irlanda Suecia Islandia España Reino Unido Francia Holanda Austria Italia Suiza Alemania Portugal -5 0 5 10 2006 Fuente: RICS 2007 15 20 25 2005 30 35 DARINKA CZISCHKE 80 En general, uno de los factores que explican esta demanda insatisfecha es el incremento en el número de hogares, usualmente asociado a la disminución del tamaño de los hogares. Este hecho, sumado a la tendencia generalizada hacia la liberalización del mercado de alquileres y al incremento del precio de la vivienda (gráfico 1) por encima del nivel de inflación (Norris y Shields 2004), han contribuido a las crecientes dificultades de acceso a la vivienda experimentadas por un gran número de hogares en varios países europeos. Esta situación —que ha sido calificada en gran parte de los países de la UE, notablemente en Francia y el Reino Unido, de “crisis de la vivienda”— ha redundado, entre otros, en el diseño de políticas de vivienda específicamente orientadas a las clases medias y a los llamados key workers2 en varios países de la Unión Europea. En efecto, se trata de hogares de ingresos medios que están siendo progresivamente excluidos del mercado privado y deben recurrir al apoyo estatal para obtener una vivienda adecuada. GRÁFICO 2. Estructura del régimen de tenencia de la vivienda en los estados miembros de la Unión Europea 100 90 80 70 60 50 40 30 20 10 UE in o Lu Un i xe d m o bu rg o Ita lia G re cia M alt Po a rtu ga Irl l an d Le a to ni Es a pa Es ña lo ve ni Es a Es ton lo ia va qu Hu ia ng r Li ía tu an ia Re lic Re p úb Al Su ec i em a an ia a C Di hec na a m ar Ho ca lan d Fr a an cia Au st Fi ria nl an di Po a lo ni a Ch ip re Bé lg ica 0 Alquiler social Alquiler privado Propietarios 2. El término key workers se refiere a aquellos empleados de servicios públicos y/o sociales (por ejemplo, profesores, enfermeras, policías, etc.) a quienes no les es posible encontrar viviendas adecuadas a precio asequible en zonas urbanas de alta plusvalía. La justificación de este tipo de política de asistencia al acceso a la vivienda por parte de estos grupos radica en la resultante escasez de profesionales de estos rubros en zonas urbanas de alta demanda de estos servicios. VIVIENDA Y POLÍTICA DE VIVIENDA EN EUROPA. UN ANÁLISIS COMPARADO 81 Otra característica común en el conjunto de la UE es el alto porcentaje de viviendas ocupadas por sus propietarios en la mayoría de los estados miembros (gráfico 2). En efecto, el tipo de tenencia es el mayoritario en la UE (gráfico 3), una tendencia que continúa al alza (Doling et al. 2007). A este fenómeno han contribuido en gran medida las bajas tasas de interés de los últimos años, lo cual ha tenido por efecto favorecer la adquisición de viviendas. Sin embargo, se observa también un creciente ratio entre la deuda hipotecaria y el ingreso, lo que ha afectado principalmente a los hogares más pobres, para los cuales el gasto en vivienda representa gran parte del presupuesto familiar (cuadro 1). Una de las consecuencias negativas de esta situación es el creciente ratio de endeudamiento (cuadro 2) experimentado por cada vez más hogares a lo largo de la UE, en particular (y de forma más preocupante), de los hogares de menores ingresos, para quienes —como hemos indicado arriba— el costo de la vivienda representa un mayor porcentaje relativo de sus ingresos (Doling 2007). GRÁFICO 3. Distribución de viviendas según régimen de tenencia en la UE-15 otros 5% alquiler privado 23% propiedad 61% alquiler social 11% Fuente: Observatorio de la vivienda social del CECODHAS DARINKA CZISCHKE 82 CUADRO 1. Proporción del ingreso familiar mensual gastado en alquiler (países seleccionados) País Hogares pobres Hogares no pobres Dinamarca 31.4 22.5 Holanda 33.2 21.7 Bélgica 26.5 20.5 Francia 21.3 20.9 Irlanda 13.8 11.4 Italia 24.3 18.4 Grecia 35.3 20.8 España 20.5 15.2 Portugal 14.5 8.1 Austria 24.2 15.3 Suecia 35 28.4 Alemania 38.7 24.1 Reino Unido 25.3 18.5 UE 28.8 21.6 Fuente: Stephens & Lynch (2005) CUADRO 2. Endeudamiento de los hogares en Europa (países seleccionados) Crédito sector privado como % del PGB % Diferencia 2004-2005 2005 2006 Holanda 9 173 183 Dinamarca 8 171 182 Suiza 4 167 175 Reino Unido 6 166 179 Irlanda 20 162 192 Portugal 4 147 160 España 17 146 166 Luxemburgo 24 133 185 Austria 7 113 118 Suecia 7 112 - Alemania 0 111 113 Fuente: RICS 2007 Con el fin de afrontar el fuerte incremento del costo de la vivienda en el mercado, en los últimos años el énfasis en materia de políticas de vivienda social ha sido puesto crecientemente en la focalización de la provisión de este tipo de vivienda hacia ciertos grupos con necesidades especiales (por ejemplo, los discapacitados, población mayor, familias jóvenes, etc.) o bien en base a su nivel relativo de ingresos. Sin embargo, esto ha creado una creciente segmentación de la estructura del régimen de tenencia según el nivel de ingresos. Como consecuencia de esta tendencia se observa la concentración espacial de viviendas sociales. Esta situación ha dado pie a una serie VIVIENDA Y POLÍTICA DE VIVIENDA EN EUROPA. UN ANÁLISIS COMPARADO 83 de debates sobre los méritos relativos de políticas urbanas, habitacionales y sociales que favorecen la mixtura social como forma de evitar la estigmatización de residentes de estas concentraciones y la formación de guetos, frente a políticas que enfatizan la satisfacción de las necesidades de vivienda más urgentes de parte de grupos vulnerables (véase Feantsa 2005; Musterd et al. 2006, Tunstall et al. 2006, entre otros). Vivienda social en los estados miembros de la UE: principales tendencias en materia de demanda y políticas — Cambio en el tipo de demanda Históricamente, la vivienda social en Europa ha tenido como misión la provisión de viviendas de calidad a asalariados y a hogares con necesidades especiales (ver reseña histórica, más arriba). Actualmente, el proceso de cambio demográfico en Europa está llevando al envejecimiento de la población, lo cual hace necesario el diseño de viviendas y políticas relacionadas, que respondan a las necesidades específicas de este tipo de demanda. En la Unión Europea, actualmente la tendencia es hacia hogares de menor tamaño respecto a décadas anteriores y se ha pronosticado que en 2010 alrededor de un tercio (32%) de las personas mayores (sobre 65 años de edad) en los antiguos estados miembros vivirán solos (Comisión Europea 2004). Este grupo precisa viviendas adaptadas a sus requerimientos específicos, así como acceso a servicios de calidad y apoyo especial que les permitan mantenerse viviendo de manera independiente en sus viviendas. Por otro lado, como hemos mencionado más arriba, destacan las dificultades sufridas por un creciente número de hogares jóvenes para acceder al mercado de la vivienda (ya sea de alquiler o de propiedad), las cuales están haciendo de éste un grupo prioritario a la hora de diseñar políticas de vivienda social en gran parte de los estados miembros. — Políticas de vivienda social Como parte del gradual receso del estado de bienestar en Europa, la provisión de vivienda social ha disminuido en varios estados miembro excepto en aquellos países donde el incremento de la oferta de vivienda social constituye una política prioritaria, tales como España, Francia, Hungría, Reino Unido e Irlanda. Por otra parte, los subsidios a la piedra han sido complementados en un sinnúmero de países por subsidios a la demanda, tales como vouchers o asistencia a la vivienda. En general, la oferta de vivienda se ha orientado crecientemente hacia el mercado. La inversión en vivienda social en muchos países ha decrecido en términos reales (Priemus et al. 1993). Es más, la tendencia ha sido hacia políticas que promueven la venta del stock de vivienda pública, ya sea a través de políticas del tipo right-to-buy, vale decir, aquellas 84 DARINKA CZISCHKE que otorgan derecho a la compra de una vivienda social por el inquilino que la habita (política iniciada en los años ochenta por el gobierno conservador en el Reino Unido y seguida en algunos otros países), o bien a través de operaciones de transferencia de activos como las descritas más arriba (por ejemplo, la devolución del stock de vivienda social a las corporaties en Holanda; o en el caso del Reino Unido, la transferencia del stock de vivienda municipal (council housing) a las housing associations (asociaciones de vivienda)). En este punto cabe destacar la reciente venta a gran escala de compañías de vivienda municipal en Alemania a fondos de pensiones extranjeros, como forma de contribuir a cubrir el déficit presupuestario municipal. En este contexto, se ha puesto énfasis en la focalización de la provisión de vivienda social en ciertos grupos con necesidades especiales (por ejemplo, los discapacitados, personas mayores, familias jóvenes, etc.) o bien en grupos considerados “desfavorecidos”, en relación a sus ingresos relativamente bajos. — El sector de vivienda social en la UE hoy en día Un primer rasgo a destacar si se quiere entender la vivienda social a lo largo de Europa, es la gran diversidad que la caracteriza. En efecto, no existe una definición única de vivienda social que sea compartida por todos los estados miembros de la UE. Es más, esta diversidad se expresa en términos del tamaño relativo del sector país por país (ver gráfico 1); de los modelos de provisión de vivienda social; de las formas legales y organizacionales que la vivienda social asume en cada país; y por último, en la variedad de formas de ocupación o tenencia de carácter “social” que pueden encontrarse a lo largo de la UE (por ejemplo, propiedad compartida o shared ownership, cooperativas de propietarios, etc.). Sin embargo, a pesar de las características únicas del marco institucional de cada Estado miembro, puede decirse que hay semejanzas en la mayor parte de Europa en cuanto a la adjudicación general de responsabilidades de provisión de vivienda social entre el Estado, el sector privado, organizaciones voluntarias y hogares particulares (UNECE 2006). En la mayoría de los países europeos, la vivienda social fue creada y desarrollada como iniciativa privada, ya sea en forma de asociaciones o compañías. Estas iniciativas privadas fueron integradas más tarde por los estados nacionales, en el contexto del generalizado déficit de vivienda tras la segunda guerra mundial, como hemos visto más arriba. No obstante, actualmente se constata en gran parte de Europa una tendencia a la devolución de esta tarea al sector privado con o sin fines de lucro, aunque con asistencia continuada por parte del sector gubernamental, y dentro de un marco regulatorio y programático sectoral. Sin embargo, lo que hoy por hoy llamamos “vivienda social” consiste en una combinación de stock público de vivienda (perteneciente y gestionado por gobiernos centrales y/o locales, dependiendo del país) y un abanico VIVIENDA Y POLÍTICA DE VIVIENDA EN EUROPA. UN ANÁLISIS COMPARADO 85 de organizaciones que proveen vivienda social, dentro de las cuales se cuentan: asociaciones voluntarias o sin fines de lucro, fundaciones, compañías públicas o privadas sin fines de lucro, cooperativas de vivienda e inversionistas privados. Cabe señalar, por otro lado, que aunque el término de vivienda social es generalmente equiparado al de vivienda de alquiler social, las organizaciones de vivienda social también cuentan entre sus actividades la provisión de viviendas para la propiedad a precio asequible. — Residualización de la vivienda social y concentración especial de la pobreza La venta del stock de vivienda social o pública ha repercutido en una reducción del porcentaje de la vivienda social dentro del stock total de vivienda. Como consecuencia, la vivienda social ha tendido a focalizarse crecientemente en los sectores más desfavorecidos de la población (UNECE 2006), llevando un proceso de “residualización” de la vivienda social. Mientras que algunos actores consideran la focalización de la vivienda social como una forma más eficiente de provisión (FEANTSA 2005), existen también evidencias de que, al concentrarse en sectores de bajos ingresos, este tipo de vivienda se estigmatiza crecientemente (Priemus et al. 2002; Kingsley et al. 1993; Stewart 1992). Por lo tanto, con el objeto de prevenir la estigmatización de estas poblaciones así como la segregación espacial, algunos creen que es aconsejable un sector de vivienda social de base amplia (es decir, que incluya residentes de diferentes segmentos socioeconómicos), manteniendo así un perfil residencial diferenciado (Priemus et al. 1997). Como veremos más adelante, este enfoque está representado principalmente por el modelo “universalista” de provisión de vivienda social, como lo muestra el cuadro 2. INTERACCIONES ENTRE EL MARCO REGULATORIO DE LA UNIÓN EUROPEA Y LA VIVIENDA EN LOS ESTADOS MIEMBROS No fue sino hasta el año 1986 que el Acta Única sentó las bases del mercado interior de la Unión Europea, abriendo paso a políticas basadas en los principios de la libre circulación, de importantes repercusiones en el sector vivienda a escala de los estados miembros. Este hecho dio pie a una variedad de esfuerzos para dar seguimiento a estas interacciones, tales como la primera reunión informal de ministros de vivienda en 1989.3 Cabe destacar que en aquel entonces también la Comisión Europea se involucró en el tema vivienda, como lo demuestra, por ejemplo, la publicación en 1993 del primer informe sobre estadísticas de vivienda en los estados miembro por 3. Esta reunión se lleva a cabo anualmente desde hace 17 años con el objetivo de discutir esfuerzos de coordinación del sector a lo largo de los estados miembros de la UE así como el seguimiento de las principales tendencias y políticas en materia de vivienda. 86 DARINKA CZISCHKE parte de la misma Comisión Europea, a través de la Dirección General de Asuntos Sociales. Cabe citar aquí al comisario de Asuntos Sociales de la Unión Europea de la época, quien escribió en el prefacio de este informe: “La vivienda y el desarrollo urbano constituyen instrumentos importantes para combatir el desempleo y fomentar la integración social, dos objetivos principales de la política social de la Comunidad Europea”.4 Sin embargo, a partir de 1998, la fuerte invocación del principio de subsidiaridad5 por parte de los estados miembros llevó a una disminución del interés por la cuestión vivienda a nivel de la Unión Europea. No obstante, a partir del año 2000, la implementación de la Estrategia de Lisboa en todos sus aspectos (económico, social y medioambiental), así como la importancia creciente de la coordinación de las políticas económicas en el ámbito europeo ha hecho renacer el interés por el tema vivienda a nivel comunitario. Es más, la creación en 2005 del intergrupo parlamentario Vivienda-Urbanismo en el Parlamento Europeo es considerado por muchos como el comienzo de una nueva etapa entre el marco regulatorio de la UE y la vivienda en los estados miembros. No obstante, esta renovada “toma de conciencia” sobre la importancia de la cuestión vivienda entre actores institucionales europeos ha generado temores entre algunos actores en los estados miembros relativos a la eventual erosión del principio de subsidiaridad en favor de un intervencionismo “injustificado” por parte de la UE en los asuntos locales y nacionales. Como veremos más adelante, el nivel europeo constituye un nivel de acción pertinente —aunque de ningún modo predominante— en materia de vivienda. Como vemos en la figura 1, entre las disposiciones legales y políticas que tienen un impacto significativo en la vivienda se encuentran, respectivamente: ley de la competencia, concesiones y servicios, contratación pública, servicios de interés general, etc.; políticas de desarrollo sustentable, cohesión social, inmigración, directivas antidiscriminación, performance energética, etc. De la figura se desprende la multiplicidad y complejidad de estas interacciones. Esta complejidad es aun mejor si se toma en cuenta que la legislación en la mayoría de estas materias es altamente dinámica, es decir, está en constante discusión y proceso de modificación. Para simplificar la comprensión de estas interacciones, en este artículo me centraré en cuatro tendencias principales que refieren a varias de estas áreas de acción. 4. Fuente: Statistics on Housing in the European Community, European Communities, 1993. 5. El principio de subsidiariedad estipula que la Unión Europea no interviene hasta que resulta innegable que la acción común será más eficaz que una acción llevada aisladamente. VIVIENDA Y POLÍTICA DE VIVIENDA EN EUROPA. UN ANÁLISIS COMPARADO 87 FIGURA 1. Interacciones entre el marco regulatorio de la UE y vivienda Carta de los Derechos • Fundamentales • Ayudas de Estado Cohesión social • • Servicios de interés general Estrategia de inclusión social • Desarrollo urbano sostenible • Performance energética • • Directiva de transparencia Políticas Europeas Ley Comunitaria • IVA • Corte de Justicia Inmigración • Consumo e Hipotecas • • Estandarización Instrumentos Objetivos • Productos de construcción Estandarización • Empleo • Actores Salud • Financiamento Europeo Antidiscriminación • Ley Comunitaria • Concesiones de servicios • Directiva de transparencia • Derechos exclusivos • Estatutos europeos • Contratación pública • PPP Fuente: CECODHAS (2006) Cuatro tendencias principales Es posible identificar cuatro tendencias que tienen relación con la creciente visibilidad adquirida por la cuestión vivienda a escala de la UE, a saber: 1. 2. 3. 4. Consideración de la vivienda como derecho Reconocimiento del impacto de las directivas del mercado interno en los servicios de vocación social Reconsideración de los objetivos de la agenda social de la UE Redescubrimiento progresivo del rol de las ciudades en la política de cohesión territorial de la UE e interés creciente en un desarrollo urbano sostenible A continuación desarrollaré cada uno de estos puntos en mayor detalle. 1. Consideración de la vivienda como derecho Actualmente es posible constatar la tendencia al reconocimiento del derecho a la vivienda a distintos niveles. En el plano internacional, la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) reconoce el derecho a la vivienda como derecho social. A escala europea, en la Carta Social revisada del Consejo de Europa los sig- 88 DARINKA CZISCHKE natarios se comprometen a implementar medidas que aseguren el cumplimiento del derecho a la vivienda. En el ámbito comunitario, la Carta Europea de los Derechos Fundamentales reconoce el “derecho a una ayuda social y a una ayuda a la vivienda” en su artículo 34 (capítulo sobre la solidaridad): “Con el fin de luchar contra la exclusión social y la pobreza, la Unión reconoce y respeta el derecho a una ayuda social y a una ayuda a la vivienda destinadas a garantizar una existencia digna a todos los que no disponen de recursos suficientes, según las modalidades establecidas por el derecho comunitario y las legislaciones y prácticas nacionales”.6 Si bien la carta no goza (aún) de valor jurídico, su contenido constituye un fuerte mensaje político, al invocar principios y derechos que merecen atención especial de un abanico de instituciones. Por último, en los estados miembros el derecho a la vivienda forma parte de diversas Constituciones nacionales (por ej. Bélgica, Finlandia, Grecia, Portugal, etc.). En la práctica, el derecho a la vivienda es de difícil implementación. Sin embargo, cabe destacar el uso que diferentes actores hacen de estas declaraciones, en particular organizaciones no gubernamentales que abogan por el derecho a la vivienda de grupos vulnerables (por ejemplo, los sin techo, minorías étnicas, etc.) ante la Corte Europea de Justicia. 2. Reconocimiento del impacto de las directivas del mercado interno en los servicios de vocación social Desde su creación, la UE ha tenido como objetivo principal la creación de un mercado único libre de todo obstáculo a la competencia. En la práctica, los principios fundamentales sobre los cuales descansa el mercado interno —libre circulación de personas, bienes, servicios y capital; libre competencia; no discriminación— han redundado en el diseño de políticas que tienen un impacto considerable en un sinnúmero de aspectos de la vida de las personas, incluyendo la vivienda. Entre tales áreas de políticas se cuentan, por ejemplo: fiscalidad, competencia, ayudas estatales, prestación de servicios, etc. En efecto, el punto crucial es que, a pesar de no ser competencia directa de la UE, las políticas de vivienda en los estados miembros deben ser compatibles con los principios generales del tratado de la UE. Cabe señalar que esta situación concierne en particular al sector de la vivienda social en Europa, debido a que este sector es, por un lado, receptor de ayudas estatales (las cuales están a priori prohibidas por el tratado) y por el otro, un sector en que se han desarrollado operadores especializados en casi la totalidad de los estados miembros para la prestación de este servicio. Este carácter especial de las organiza- 6. La Carta de los derechos fundamentales se encuentra disponible en: http://ec.europa.eu/ justice_home/unit/charte/fr/charter-preamble.html VIVIENDA Y POLÍTICA DE VIVIENDA EN EUROPA. UN ANÁLISIS COMPARADO 89 ciones de vivienda social (el cual implica que en la práctica estas se benefician de regímenes de protección especiales en sus respectivos estados miembros) está en contradicción con los principios del mercado interno, los que —como hemos visto— persiguen la eliminación de toda restricción a cualquier operador interesado en prestar un servicio a lo largo de la Unión. Por lo tanto, estas dos características del sector de vivienda social son objeto de las proposiciones que actualmente se debaten en la Unión Europea con el fin de hacer compatibles la provisión de vivienda social en los estados miembros con la ley comunitaria. 3. Reconsideración de los objetivos de la agenda social de la UE En el año 2000, el Consejo Europeo lanzó la Agenda Social Europea, que establece las prioridades para las políticas sociales de la UE. Esta agenda es sometida a revisión cada 5 años. La agenda cuenta con una variedad de instrumentos para su implementación, tales como legislación, diálogo social, instrumentos financieros, el Método Abierto de Coordinación (el cual tiene como finalidad la modernización del mercado laboral y de los sistemas de protección en los estados miembros) y el principio de mainstreaming, entre otros. En su primer periodo de implementación, los objetivos de la Agenda social incluyeron una provisión de “acceso a vivienda decente y salubre para todos”. Sin embargo, como parte de un esfuerzo de racionalización de las políticas sociales de la UE para el periodo 2005-2010, los objetivos comunes en relación a inclusión social y jubilaciones fueron reemplazados por una serie de “objetivos globales”. Una de las consecuencias de este cambio es la desaparición del objetivo específico de mejoramiento del acceso a la vivienda. Esta reforma constituye sin duda un paso atrás para el sector vivienda. Fue, de hecho, a través de esta estrategia donde, por primera vez, las políticas de vivienda aparecieron como objetivo en el ámbito comunitario. Adicionalmente, tras la revisión se exige a los estados miembros en sus informes sobre la implementación de esta estrategia concentrarse solamente en aquellas prioridades donde los objetivos son cuantificables. En la práctica, es poco probable que los gobiernos prioricen en sus informes el “acceso a vivienda de calidad decente”, un objetivo que carece de indicadores cuantitativos, mientras que otras prioridades tales como la reducción de la pobreza infantil o del número de personas sin techo son claramente cuantificables. Es muy probable entonces que este nuevo enfoque se traduzca en un foco en los grupos desfavorecidos, algo que es consecuente con la definición adoptada por la Comisión Europea en la segunda versión de su Directiva de Servicios. En este contexto, la ausencia de indicadores comunes para monitorear el acceso a una vivienda decente y asequible es preocupante. En efecto, urge la formulación e implementación de indicadores para medir el impacto de las políticas públicas en este material. 90 DARINKA CZISCHKE 4. Redescubrimiento progresivo del rol de las ciudades en la política de cohesión territorial de la UE e interés creciente en un desarrollo urbano sostenible Durante el periodo de programación 2000-2006 que llega a su fin este año, la iniciativa comunitaria URBAN constituyó un instrumento específicamente diseñado para estimular la creación de empleo, el avance en material de inclusión social y la calidad del ambiente construido y natural en áreas urbanas degradadas. Sin embargo, la iniciativa URBAN se ha extendido al próximo periodo de programación. El propósito esta vez es integrar la dimensión urbana de la política de cohesión a través de una variedad de acciones y programas. El nuevo enfoque ha dado pie a numerosas discusiones y negociaciones entre la Comisión Europea y actores nacionales y locales con el fin de fortalecer la dimensión de inclusión social en la nueva política de cohesión. Para el logro de su potencial como motores de crecimiento y desarrollo regional e innovación, las ciudades deben afrontar una serie de problemas ligados a la inclusión social. La vivienda es considerada parte de este propósito general en tanto componente principal de una política integrada de desarrollo urbano sostenible de áreas urbanas que persiga fortalecer la inclusión social en la Unión Europea. Sin embargo, cabe señalar que el tema vivienda no se ha beneficiado de los mismos esfuerzos de coordinación interinstitucional en comparación con las políticas urbanas. CONCEPCIONES NACIONALES DE PROVISIÓN DE VIVIENDA EN LA UE Tras años de discusiones interinstitucionales, en 2005 una serie de documentos han establecido las bases para un marco regulatorio de la vivienda a nivel europeo. Este marco, sin embargo, parece estar en contradicción con ciertos modelos de provisión de vivienda social en algunos estados miembros. A continuación vamos a ilustrar esta situación a través de una clasificación de los distintos enfoques de provisión de vivienda social en los estados miembros de la UE. A nivel general, es posible identificar una gran variedad de enfoques. Intentaré una clasificación tomando dos ejes de análisis: por un lado, el tamaño del sector de vivienda social de alquiler7 (figura 2). Como vemos en el cuadro 2, se distinguen tres grupos de países según el porcentaje de vivienda social de alquiler respecto del total de viviendas del país respectivo.8 7. Cabe señalar que, para efectos de la presente clasificación, se ha considerado la “vivienda social de alquiler” como equivalente a la “vivienda social” en general, debido a la disponibilidad de estadísticas comparables a nivel europeo únicamente en esta categoría. Esto no excluye, sin embargo, el hecho de que en diversos países existen operadores que construyen y gestionan viviendas para la “propiedad social”. Sin embargo, la falta de datos estadísticos comparables sobre esta última, hace imposible una clasificación que tome en cuenta este régimen de ocupación. 8. Fuente: Encuesta General del CECODHAS 2005 (2006) y Housing Statistics in the European Union (2005). Los porcentajes de vivienda de alquiler están calculados en base al total de viviendas en los estados respectivos. VIVIENDA Y POLÍTICA DE VIVIENDA EN EUROPA. UN ANÁLISIS COMPARADO 91 El segundo eje es criterio de adjudicación. Aquí es posible identificar claramente dos grupos: el primero, que llamaremos el modelo “universalista” (también conocido como “vivienda de utilidad pública”), que emana de una concepción de bienestar social particular, cuyo objetivo es proveer de vivienda de calidad decente a precio asequible a toda la población. En este modelo, la vivienda es considerada una responsabilidad pública que es provista por una amplia gama de operadores que van desde compañías de vivienda municipales (por ejemplo, en Suecia) a fundaciones y operadores sin fines de lucro (Austria, Países Bajos). Con el fin de garantizar el acceso a una vivienda de calidad a un precio asequible a toda la población, la vivienda social tiene un rol regulador del mercado (por ejemplo, a través del control de alquileres). Por último, un objetivo clave de este modelo es asegurar la “mixtura social” como mecanismo de prevención de formación de guetos. El segundo modelo, que llamaremos “focalizado”, se basa en el supuesto de que es posible lograr los objetivos de la política de vivienda por el libre mercado (es decir, a través de la asignación de recursos por medio de la oferta y la demanda). Bajo este supuesto, solo aquellos hogares para los cuales el mercado es incapaz de proveer vivienda de calidad decente a un precio asequible son beneficiarios de vivienda social. En este enfoque, sin embargo, existe gran variedad respecto al tipo de operadores, tamaño del sector y criterios de adjudicación. Con el fin de intentar afinar nuestra clasificación, hemos creado dos subcategorías en este último parámetro, a saber: vivienda social para “empleados” o “asalariados”, y vivienda social para los grupos desfavorecidos. Si bien la primera subcategoría corresponde a la concepción tradicional de grupo beneficiario de vivienda social en la mayoría de los estados de bienestar de posguerra en Europa, la segunda subcategoría representa la tendencia de las últimas tres décadas en materia de focalización de recursos públicos en vivienda en un número creciente de estados miembros (UNECE 2006). Resulta interesante constatar que, si bien la vivienda social es considerada uno de los pilares de la protección social en el modelo social europeo (véase sección anterior), la concepción focalizada de vivienda social que favorece la Comisión Europea parece ignorar la función reguladora que esta ejerce sobre los mercados locales de vivienda. Es más, la Comisión Europea considera la vivienda social como “vivienda para los más desfavorecidos”,9 un concepto que no corresponde, como hemos visto arriba, a modelos de vivienda de interés publico o “universalista” como, por ejemplo, el escandinavo o el austriaco. En suma, esta visión de la Comisión Europea no está tomando en cuenta especificidades del sistema de vivienda de cada país, no sólo en términos de los mercados de vivienda o de los modelos de provisión, sino del sistema de bienestar social en sentido amplio que predomina en los distintos estados 9. Véase, por ejemplo, la discusión del “caso holandés” sobre ayudas estatales y vivienda social, en Gruis, V. y Priemus, H. (2006); Elsinga y otros (2006). DARINKA CZISCHKE 92 CUADRO 3. Enfoques de provisión de vivienda social en la Unión Europea Tamaño del secor de vivienda social Criterio de adjudicación >=20% 11% - 19% =< 10% Focalizado Universalista 'Clase asalariada' o empelados Grupos desfavorecidos Suecia Países Bajos Dinamarca Austria Asutrua Reino Unido Finlandia República Checa Finlandia Francia Francia Bélgica Grecia Italia Luxemburgo Alemania Bélgica Estonia Hungría Irlanda Portugal España Alemania Fuente: Observatorio Europeo de la Vivienda Social del CECODHAS (2006) miembros, el cual incluye modelos institucionales y organizacionales que han evolucionado históricamente en cada país para proveer este servicio. CONCLUSIÓN Como hemos visto, la vivienda no figura dentro de las competencias de la Unión Europea. Sin embargo, en este artículo hemos mostrado que existe una legislación comunitaria de impacto creciente en el sector a escala nacional y local. Más aun, se constatan significativas interacciones entre, por una parte, los mercados y políticas de vivienda en los estados miembro, y por otra, los objetivos de las políticas comunitarias. Un ejemplo de esto es la estrategia de Lisboa, donde los objetivos de crecimiento económico y mayor inclusión social dependen en gran medida de un mejor equilibrio entre la oferta y demanda de vivienda de calidad para toda la población, a modo de facilitar la integración laboral y social. Sin embargo, alcanzar el máximo potencial de estas interacciones implica reconocer la diversidad de enfoques en materia de políticas de vivienda —y en particular, de vivienda social— en los distintos estados miembros. Como hemos señalado, cada país ha establecido condiciones de acceso a vivienda social que obedecen a objetivos sociales y económicos que se enmarcan dentro de tradiciones de política pública propias. De este modo, la conciliación de los objetivos comunitarios con el respeto por las concepciones específicas de política social y habitacional vigentes en cada país se impone como uno de los principales desafíos en el ámbito de la UE. En este sentido, destaca una variedad de iniciativas relativamente recientes que buscan formas de cooperación transversal (por ejemplo, redes de intercambio y coordinación entre actores de distintos países) y a distintos niveles (local-nacional- VIVIENDA Y POLÍTICA DE VIVIENDA EN EUROPA. UN ANÁLISIS COMPARADO 93 comunitario, como la reunión anual de ministros de vivienda, el intergrupo parlamentario vivienda-urbanismo, etc.) en esta materia. Así, a falta de una política comunitaria formal de vivienda, tal vez puede hablarse de la gradual emergencia de una forma de “gobernanza” (governance) de la vivienda en la UE, vale decir, una nueva forma de aproximarse a estas interacciones sobre la base de asociaciones y cooperación entre actores a distintos niveles. 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