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Transcript
Un cambio de paradigma:
La Convención de la ONU para
los Derechos Humanos de las
Personas con discapacidad
Ana Sastre Campo
Delegada del CERMI para la Convención de la
ONU
Sesión informativa sobre la CDPD
“Un nuevo marco para las políticas de discapacidad”
1
EL CERMI
•
•
•
Asociación de interés general
Creada en 1996
Integrada por organizaciones representativas:
–
–
–
•
•
34 miembros
4.000 asociaciones
Más de 4 millones de pcd + sus familias
Misión: plataforma de encuentro y acción política.
Ámbito de actuación: defensa y promoción de los
derechos de las personas con discapacidad.
www.cermi.es
2
ANTECEDENTES DE LA CONVENCION
• Declaración Universal de los Derechos Humanos
1948* : Pacto Internacional de los Derechos Económicos,
Sociales y Culturales* 1966; Pacto Internacional de los
Derechos Civiles y Políticos* 1966;
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles,
Inhumanos o Degradantes 1984; Convención sobre los
Derechos del Niño 1989; Convención sobre la eliminación e
todas las formas de discriminación contra la mujer 1982;
Convención sobre la Eliminación de todas las formas de
discriminación racial de 1963.
*Carta Internacional de Derechos Humanos
•
Otros Instrumentos específicos de protección: Soft
Law (resoluciones, declaraciones, Normas uniformes sobre
la igualdad de oportunidades para las PCD de 1993…)
3
¿POR QUÉ UNA CONVENCION para las
Personas con discapacidad?
•
Ciudadanos invisibles
–
–
Violación de los derechos de este colectivo en
el acceso a la educación, el empleo
Discriminación y exclusión social
•
Las PCD son el 10% de la población
mundial, índice en constante crecimiento
(OMS)
•
Herramienta preventiva
4
LA CONVENCION PARA LAS PCD
• Aprobación el 13 de diciembre de 2006 de la
Convención sobre los derechos de las pcd:
– Acuerdo celebrado por escrito entre los Estados
– Regido por el Derechos internacional
– De obligado cumplimiento si lo ratifican: vinculante
• España ratifica el texto el 3 de diciembre de 2007 y
entra en vigor el 3 de mayo de 2008.
5
OBJETO DE LA CONVENCION
• Propósito de la Convención…(Art.1)
Promover, proteger y asegurar el goce
pleno y en condiciones de igualdad de
TODOS los derechos humanos y libertades
fundamentales por TODAS las personas con
discapacidad, y promover el respeto de su
dignidad inherente
6
CONCEPTO DE LA DISCAPACIDAD
Concepto de persona con discapacidad
Art.1: Concepto de persona con discapacidad
… aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales,
intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar
con diversas barreras, puedan impedir su participación plena
y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones que las
demás.
Concepto flexible y dinámico:
DEFICIENCIAS permanentes+ BARRERAS en la
sociedad =impedimento para ejercer sus derechos
en igualdad de condiciones
7
MODELOS DE LA “DISCAPACIDAD”
• MODELO MÉDICO REHABILITADOR: La
discapacidad es un problema individual de
la personas que por sus limitaciones no es
capaz de enfrentarse a la sociedad.
• MODELO SOCIAL: La discapacidad surge
cuando existen barreras que impiden a los
ciudadanos el ejercicio de sus derechos
humanos.
8
CONCEPTO DE DISCRIMINACIÓN
Por «discriminación por motivos de discapacidad» se entenderá
cualquier distinción, exclusión o restricción por motivos de
discapacidad que tenga el propósito o el efecto de
obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o
ejercicio, en igualdad de condiciones, de todos los derechos
humanos y libertades fundamentales en los ámbitos político,
económico, social, cultural, civil o de otro tipo. Incluye todas
las formas de discriminación, entre ellas, la denegación de
ajustes razonables
Tutela preventiva, “motivos de discapacidad”, accesibilidad y
ajustes razonables.
9
CONTENIDO DE LA CONVENCION
DERECHOS QUE PROTEGE
•
Contiene los mismos Derechos civiles, políticos , culturales,
económicos, y sociales ya reconocidos para todos los hombres y
mujeres ,sobre la base del derecho a la igualdad ante la ley y no
discriminación…
a la vida, a la educación, a la libertad, a la salud, al trabajo, a la integridad
personal (física y mental), a la protección ante situaciones de riesgo, contra la
tortura, la explotación, la violencia y el abuso,…
•
La novedad ¿Cómo se entiende satisfechos los Derechos Humanos
para las personas con discapacidad? OBLIGACIONES, PRINCIPIOS y
MEDIDAS que la CDPD establece para los Estados
10
OBLIGACIONES…
Los Estados parte asumen tres obligaciones:
• Respetar: reconociendo el derecho y no
injiriendo en su ejercicio.
• Proteger: penalizando la vulneración por
terceros.
• Realizar: tomando MEDIDAS que garanticen
la igualdad de oportunidades en el ejercicio
de los derechos.
11
MEDIDAS…
• MEDIDAS que los Estados deben adoptar para
garantizar los derechos del colectivo de personas
con discapacidad
Accesibilidad,
Diseño Universal y Ajustes razonables
Apoyo a la toma de decisiones
Habilitación y rehabilitación
Recopilación de datos y estadísticas
Divulgación
DERECHO A LA IGUALDAD ANTE LA LEY
DERECHO A LA NO DISCRIMINACION
12
ARTÍCULO 12 CDPD
Igual reconocimiento como persona ante la ley
• Capacidad jurídica y de obrar en Igualdad de
Condiciones
• Se adoptarán las medidas de apoyo como sistema
de protección:
– Orientadas a capacitar no a sustituir: Prevalece la voluntad
de la PCD
– Salvaguardias de la Convención: Control periódico por un
órgano judicial que las limite en el tiempo, adaptadas a las
necesidades individuales de la persona, proporcionales al
grado en que afecten a los derechos de la persona.
13
CONCLUSIONES
EL CAMBIO DE PARADIGMA
Modelo Médico
rehabilitador
Modelo Social
• La discapacidad una
cuestión personal;
minusválidos…
• Un concepto flexible de la
“discapacidad”:
consecuencia.
• Políticas asistenciales
basadas en la caridad
• Políticas transversales
basadas en derechos
• Derechos Sociales
• Derechos Humanos
• Dependencia institucional
• Autonomía Personal
• Incapacidad
• Capacidad
• “Normalizar” a la persona
• Respetar la diversidad
14
EL CERMI Y LA CONVENCION
Plan de trabajo:
– La Convención Internacional en el
ordenamiento jurídico español (ssp).
– Seguimiento de la Convención:
ComCDPD y art.33
– Informe Anual…
– Información y Difusión: implicación de
todos los actores
www.convenciondiscapacidad.es
15
IMPACTO DEL ARTÍCULO 12 CDPD
•
Nuevo Sistema de modificación de la capacidad :
1.- Respetar la voluntad de la personas con discapacidad, utilizando
los mecanismos y apoyos necesarios para establecer una
adecuada comunicación.
2.- Individualizar el sistema de protección teniendo en cuenta las
capacidades de los sujetos, con el objetivo de establecer y
adecuar los mecanismos de apoyo, para el ejercicio de aquellos
derechos en los que de forma exclusiva se requieran.
3.- No sustituir en ningún caso, y por razón de la discapacidad, la
voluntad de la persona en el ejercicio de sus derechos
personalísimos.
4.- Asegurar que los sistemas de apoyo coadyuvan al efectivo
ejercicio de todos los derechos, y no solo los de carácter
patrimonial.
5.- Gozar de las garantías y salvaguardas para evitar el conflicto de
intereses y la vulneración de los derechos del individuo, por esta
razón las medidas adoptadas deberán de ser proporcionales y
estar sometidas a revisiones periódicas.
EL VALOR DE LAS ASOCIACIONES CON DISCAPACIDAD EN
EL NUEVO PARADIGMA DE LA CONVENCIÓN
• Nuevo marco de ACCIÓN para nosotros…
– Promoción de los derechos: incorporar los principios de la
Convención en la provisión de servicios, desarrollo de
nuevos sistemas de apoyo y capacitación en el marco de la
Convención… sensibilización y difusión
– DEFENSA ACTIVA DE LOS DERECHOS:
• Nueva herramienta jurídica
• Como entidad
– litigar estratégicamente: prevención
– Denunciar las discriminaciones
• Capacitar para la defensa de los derechos individuales:
formando y acompañando a las pcd y sus familias.
17
gracias
[email protected]
Ana Sastre Campo
Delegada del CERMI para la Convención
de la ONU
18