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PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE GRADO EN TRABAJO SOCIAL
1. ¿Qué es el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES)?
2. ¿Qué tipo de Enseñanza Universitaria se implanta a partir de la nueva
ordenación?
3. ¿Qué diferencias van a existir entre ambos sistemas de estudios?
4. ¿Qué son los estudios de Grado?
5. ¿Cómo serán los nuevos estudios universitarios de Grado?
6. ¿Quién puede establecer un Título Oficial de Grado?
7. ¿Cómo se van a denominar los nuevos títulos de Grado?
8. ¿Qué es el crédito E.C.T.S.?
9. ¿Cuál será la duración de los títulos de Grado?
10. ¿Qué deben hacer los/ as estudiantes que hayan iniciado estudios de
una titulación según normas anteriores?
11. ¿Qué ocurrirá con nuestros actuales Titulados/ as?
12. ¿Cómo podemos obtener los/ as antiguos/ as Diplomados/ as la
Titulación de Grado?
13. ¿Dónde podrá realizarse esta adaptación de estudios de Grado para
Diplomados/ as ?
14. Si soy Diplomado/ a en Trabajo Social y Licenciado/ a en otra
titulación, ¿se utilizará un sistema distinto de convalidación para
obtener la titulación de Grado?
15. Si soy Diplomado/ a en Trabajo Social y tengo un título propio (no
oficial) de una Universidad (Experto, Especialista o similar, o un
Máster) ¿pueden convalidarme alguna asignatura para obtener la
titulación de Grado?
16. ¿La práctica profesional desarrollada como Trabajador/ a Social,
podrá ser convalidada?
17. ¿Y después del Grado?
18. ¿Cómo se denomina el Máster?
19. ¿Qué finalidad persiguen los estudios de Máster?
20. Los estudios de Máster ¿podrán incorporar especialidades?
21. ¿Quién decide la duración de un título de un Máster?
22. ¿Puede un Diplomado/ a acceder a un Máster Oficial?
23. ¿Dónde podrá cursarse un Máster oficial en el ámbito del Trabajo
Social?
24.¿Cómo se denomina el Doctorado?
25. ¿Qué es el Programa de Doctorado?
26. ¿Qué objetivo persiguen los estudios de Doctorado?
27. ¿Cómo se articula la formación doctoral?
28. ¿Cómo se accede a las enseñanzas de Doctorado?
29.¿Podrán impartir las Universidades otras enseñanzas, además de las
oficiales?
30. ¿Cuál es la posición del Colegio Oficial de Trabajadores Sociales de
Madrid en el asunto de la nueva titulación de Grado en Trabajo
Social?
31. Legislación a la que puedo recurrir
32. Web de interés para más información
Documento elaborado por el Colegio Oficial de Trabajadores Sociales de Madrid Última Revisión: abril 2009 Página 1 1.
¿Qué es el Espacio Europeo de Educación Superior (EEES)?
La Declaración de Bolonia (1999), suscrita por 29 estados europeos, entre
ellos España, sentó las bases para la construcción del Espacio Europeo de
Educación Superior (EEES),extendiéndose el plazo temporal para su
implantación hasta 2010.
En las posteriores Conferencias de Ministros de los
países participantes en este proceso de convergencia
europea se han ido definiendo objetivos concretos y los
plazos para conseguirlos. En la última de las
conferencias el número de países participantes se ha
ampliado hasta 45.
Uno de los principales objetivos a alcanzar es que todos
los países adopten un sistema flexible, comparable y
compatible de titulaciones que facilite la movilidad de
estudiantes y titulados/ as. La adopción, por parte de España, de un
sistema de titulaciones que cumplan estas características es el objetivo
principal del decreto: R.D.1393/2007 por el que se establece la ordenación
de las Enseñanzas Universitarias Oficiales. Se completa con ellos el marco
normativo para el desarrollo en nuestro país del EEES toda vez que ya se
encuentran en vigor las normas relativas al sistema europeo de créditos y
calificaciones y sobre la expedición por las universidades del suplemento
europeo al titulo.
2.
¿Qué tipo de Enseñanza Universitaria se implanta a partir de la
nueva ordenación?
Las enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de títulos de
carácter oficial y validez en todo el territorio nacional se estructurarán en
tres ciclos, denominados respectivamente Grado, Máster y Doctorado.
Fuente: http://web.micinn.es
Documento elaborado por el Colegio Oficial de Trabajadores Sociales de Madrid Última Revisión: abril 2009 Página 2 3.
¿Qué diferencias van a existir entre ambos sistemas de
estudios?
Fuente: http://www.eees.es/
LOS ESTUDIOS DE GRADO
4.
¿Qué son los estudios de Grado?
Grado será el primer nivel de enseñanza, al que se accede con el título de
bachiller, o equivalente, y la superación de la prueba de acceso a la
universidad.
Las enseñanzas de Grado tienen como finalidad la obtención por parte del/
la estudiante de una formación general, en una o varias disciplinas,
orientada a la preparación para el ejercicio de actividades de carácter
profesional
5.
¿Cómo serán los nuevos estudios universitarios de Grado?
La titulación de Grado estará configurada por materias de formación básica,
principalmente en el primer y segundo año, materias obligatorias, optativas
y trabajo fin de Grado, debiéndose desarrollar éste en los cursos finales.
Asimismo, se pueden ofertar también prácticas externas. El título obtenido
en este primer nivel de los estudios universitarios debe tener relevancia en
el mercado laboral y permite el acceso a éste de los egresados.
6.
¿Quién puede establecer un Título oficial de Grado?
Serán establecidos por el Gobierno, bien por propia iniciativa, previo
informe del Consejo de Coordinación Universitaria, o a propuesta de este
Consejo. El establecimiento de un título universitario oficial de grado
comportará su inclusión en el Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales.
Documento elaborado por el Colegio Oficial de Trabajadores Sociales de Madrid Última Revisión: abril 2009 Página 3 7.
¿Cómo se van a denominar los nuevos títulos de Grado?
A partir de la puesta en marcha de las nuevas enseñanzas de grado, la
nueva denominación será “Graduado/a en Trabajo Social por la Universidad
de...
8.
¿Qué es el crédito E.C.T.S.?
ECTS significa European Credit Transfer System (Sistema Europeo de
Transferencia de Créditos). Se trata de la unidad de medida que refleja los
resultados del aprendizaje y el volumen de trabajo realizado por el/ la
estudiante para alcanzar los objetivos establecidos para el plan de estudios.
A diferencia de los antiguos créditos, éste pone en valor la motivación y el
esfuerzo del estudiante para aprender.
El crédito ECTS está pensado de manera que un curso completo siempre
equivalga a 60 créditos. Cada crédito debe tener entre 25 y 30 horas de
actividad, que incluyen tanto clases teóricas como prácticas, seminarios,
horas de estudio y preparación y realización de exámenes. El concepto
enfatiza la necesidad de implicación del/de la alumno/a en el proceso de
aprendizaje. De esta forma la actividad de un/a alumno/a a tiempo
completo durante todo un curso académico debe suponer entre 1500 y
1800 horas de trabajo.
Esta asignación de créditos y la estimación de su correspondiente número
de horas, se entenderá referida a un estudiante dedicado a cursar a tiempo
completo estudios universitarios durante un mínimo de 36 y un máximo de
40 semanas por curso académico.
Documento elaborado por el Colegio Oficial de Trabajadores Sociales de Madrid Última Revisión: abril 2009 Página 4 9.
¿Cuál será la duración de los Títulos de Grado?
El número total de créditos de las enseñanzas y actividades académicas
conducentes a la obtención de Títulos Oficiales de Grado será de 240
créditos europeos (ECTS). Culminarán con un trabajo de fin de grado de
una extensión mínima de 6 y máxima de 30 créditos, (incluidos en los 240).
Por tanto 4 años de duración.
En los supuestos en que ello venga exigido por el cumplimiento de normas
de derecho comunitario, el Gobierno, previo informe del Consejo de
Coordinación Universitaria, podrá asignar un número distinto de créditos a
determinadas enseñanzas.
10. ¿Qué deben hacer los/as estudiantes que hayan iniciado
estudios de una titulación según normas anteriores?
Podrán continuar con el mismo plan de estudios, ya que los planes de
estudio se extinguirán curso por curso. Los títulos que obtengan otorgarán
todas las competencias académicas y profesionales establecidas
actualmente para cada uno de ellos.
Una vez extinguido cada curso y sin perjuicio de las normas de permanencia
que sean de aplicación, las universidades deberán garantizar
procedimientos que posibiliten la superación de dicho curso por los/ las
estudiantes en los dos cursos académicos siguientes.
Además, cuando la universidad elabore la propuesta de un nuevo plan de
estudios debe incluir las necesarias previsiones sobre los mecanismos de
reconocimiento de créditos para los/ as estudiantes que estuvieran
cursando estudios dentro de planes anteriores.
11.
¿Qué ocurrirá con nuestros actuales titulados/as?
Los Títulos Universitarios oficiales obtenidos conforme a los planes de
estudios anteriores a la entrada en vigor del presente Decreto mantendrán
todos sus efectos académicos, y en su caso, profesionales.
12.
¿Cómo podemos obtener los/as antiguos/as Diplomados/as la
Titulación de Grado?
Actualmente, la normativa (Disposición adicional cuarta y artículo 13 del
Real Decreto 1393/2007) señala que la obtención del nuevo título de Grado
por parte de los/as Diplomados/as en Trabajo Social será mediante una
tabla de equivalencias (convalidaciones) de asignaturas, entre el plan de
estudios que se haya cursado en la Diplomatura en Trabajo Social, y el plan
de estudios del Grado en Trabajo Social que se quiera obtener en una
Universidad concreta. Por este motivo, las tablas de equivalencias variarán
en función cada Universidad.
Documento elaborado por el Colegio Oficial de Trabajadores Sociales de Madrid Última Revisión: abril 2009 Página 5 13. ¿Dónde podrá realizarse esta adaptación de estudios de Grado
para Diplomados/as?
Cada Universidad tiene autonomía para establecer el sistema para la
obtención del Título de Grado para Diplomados/ as.
La Conferencia de Directores/as de Centros y Departamentos de Trabajo
Social, (en la que participa el Consejo General de Trabajo Social) tiene
prevista la elaboración de un documento técnico orientativo que pueda
guiar a las Universidades en la elaboración de sus planes de “convalidación”
(paso de Diplomatura a Grado).
En el actual curso 2008-2009, este proceso se está realizando en la
Universidad Pontificia Comillas de Madrid
(http://www.upcomillas.es/estudios/estudiar_GTS.aspx). La denominación
que esta Universidad le ha dado es de “Curso de Obtención al Grado en
Trabajo Social”.
14. Si soy Diplomado/ a en Trabajo Social y Licenciado/ a en otra
titulación, ¿se utilizará un sistema distinto de convalidación para
obtener la titulación de Grado?
Al igual que ocurre con el título de Diplomado/a, la transferencia y
reconocimiento de créditos en las enseñanzas de grado deberán respetar las
siguientes reglas básicas (Art. 13 Real Decreto 1393/2007):
a. “Siempre que el título al que se pretende acceder pertenezca a la misma
rama de conocimiento, serán objeto de reconocimiento los créditos
correspondientes a materias de formación básica de dicha rama.
b. Serán también objeto de reconocimiento los créditos obtenidos en aquellas
otras materias de formación básica pertenecientes a la rama de
conocimiento del título al que se pretende acceder.
c. El resto de los créditos podrán ser reconocidos por la Universidad teniendo
en cuenta la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a
las restantes materias cursadas por el estudiante y los previstos en el plan
de estudios o bien que tengan carácter transversal.”
15. Si soy Diplomado/ a en Trabajo Social y tengo un título propio
(no oficial) de una Universidad (Experto, Especialista o similar, o un
Máster) ¿pueden convalidarme alguna asignatura para obtener la
titulación de Grado?
Según la normativa (Art. 6.2 Real Decreto 1393/2007):“A los efectos
previstos en este Real
una universidad de los
oficiales, en la misma
efectos de la obtención
Decreto, se entiende por reconocimiento la aceptación por
créditos que, habiendo sido obtenidos en unas enseñanzas
u otra universidad, son computados en otras distintas a
de un título oficial”.
Documento elaborado por el Colegio Oficial de Trabajadores Sociales de Madrid Última Revisión: abril 2009 Página 6 16. ¿La práctica profesional desarrollada como Trabajador/ a Social,
podrá ser convalidada?
De momento, según el Real Decreto 1393/2007, no.
Sin embargo, se está trabajando en procedimientos en relación al
reconocimiento profesional, donde pudieran establecerse la forma en como
se contemplaría la experiencia a Diplomados/ as en su acceso al Grado.
EL MÁSTER
17. ¿Y después del Grado?
Puedes ampliar tu formación cursando el Postgrado mediante Másteres
(entre uno y dos años y que constarán de 60 / 120 créditos ECTS). Una de
las novedades de esta reforma es la posibilidad de realizar la investigación
de la tesis doctoral una vez cursado un Máster orientado a la investigación
(60 créditos ECTS). Además, quienes quieran dedicarse a la labor
investigadora y no deseen cursar un Máster pueden, alternativamente,
cursar un periodo de formación de un año (60 créditos ECTS), y el periodo
de investigación corresponderá con el tiempo necesario para la elaboración
y defensa de la tesis.
18. ¿Cómo se denomina el Máster?
La denominación de los títulos de Master serán: Master Universitario de ...
por la Universidad de .... Las Administraciones Públicas velarán por que la
denominación del titulo sea acorde a su contenido y en su caso, con la
normativa especifica de aplicación y no conduzca a error sobre su nivel o
efectos académicos ni a confusión sobre su contenido y, en su caso, efectos
profesionales.
19. ¿Qué finalidad persiguen los estudios de Máster?
Las enseñanzas de Máster tienen como finalidad la adquisición por el
estudiante de una formación avanzada, de carácter especializado o
multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional, o
bien a promover la iniciación en tareas investigadoras.
20. Los estudios de Máster ¿podrán incorporar especialidades?
Sí. En la programación de sus enseñanzas se podrán incorporar
especialidades que se correspondan con su ámbito científico, humanístico,
tecnológico o profesional.
Documento elaborado por el Colegio Oficial de Trabajadores Sociales de Madrid Última Revisión: abril 2009 Página 7 21. ¿Quién decide la duración de un título de un Máster?
La Universidad responsable de su organización.
El número de créditos a cursar por los/as estudiantes para obtener un título
de máster estará comprendido entre 60 y 120, dependiendo de su
formación previa y de los requisitos del programa.
22. ¿Puede un/a Diplomado/a acceder a un Master Oficial?
Según la Disposición adicional cuarta del Real Decreto 1393/2007 “Quienes,
estando en posesión de un Título Oficial de Diplomado, Arquitecto Técnico o
Ingeniero Técnico, (.....) Los/ as titulados/ as a que se refiere el párrafo
anterior podrán acceder, igualmente, a las enseñanzas oficiales de Máster
sin necesidad de requisito adicional alguno,(....). En todo caso, las
universidades, en el ámbito de su autonomía, podrán exigir formación
adicional necesaria teniendo en cuenta la adecuación entre las
competencias y los conocimientos derivados de las enseñanzas cursadas en
los planes de estudios de origen y los previstos en el plan de estudios de las
enseñanzas de Máster solicitadas”.
23. ¿Dónde podrá cursarse un Máster oficial en el ámbito del
Trabajo Social?
Las Universidades están preparando sus programas de Máster para los
próximos cursos.
La Universidad Complutense ya cuenta con un Master Oficial (R. D.
56/2005 de 21 de enero por el que se regulan los estudios universitarios
oficiales de Posgrado ) “Programa Oficial de Posgrado: Trabajo Social
Comunitario,
Gestión
y
Evaluación
de
Servicios
Sociales”
http://www.ucm.es/centros/webs/etsoc/index.php?tp=Posgrado&a=docenci
a&d=5515.php
EL DOCTORADO
24. ¿Cómo se denomina el Doctorado?
La denominación de los títulos de Doctor serán: Doctor o Doctora por la
Universidad de...
La denominación de Doctor/ a será genérica para todos/as en la que solo se
incluirá a la Universidad que corresponda.
Así mismo, de acuerdo con lo que establezca la normativa sobre expedición
de títulos, se incluirá información que especifique la disciplina en la que se
ha elaborado la Tesis electoral.
Documento elaborado por el Colegio Oficial de Trabajadores Sociales de Madrid Última Revisión: abril 2009 Página 8 25. ¿Qué es el Programa de Doctorado?
Para obtener el título de Doctor o Doctora es necesario haber superado un
periodo de formación y un periodo de investigación organizado. Al conjunto
organizado de todas las actividades formativas y de investigación
conducentes a la obtención del título se denomina Programa de Doctorado.
26. ¿Qué objetivo persiguen los estudios de doctorado?
Las enseñanzas de Doctorado tienen como finalidad la formación avanzada
del estudiante en las técnicas de investigación, podrán incorporar cursos,
seminarios u otras actividades orientadas a la formación investigadora e
incluirá la elaboración y presentación de la correspondiente tesis doctoral,
consistente en un trabajo original de investigación.
27. ¿Cómo se articula la formación doctoral?
Las universidades establecerán las líneas de investigación, las actividades
de formación investigadora, la relación de profesores/as e investigadores/as
encargados/ as de la tutela de los/as estudiantes y la dirección de tesis
doctorales, así como el número máximo de estudiantes y los criterios de
selección y admisión de los mismos/as.
28. ¿Cómo se accede a las enseñanzas de Doctorado?
Para acceder al Programa de Doctorado en su periodo de formación, será
necesario cumplir las mismas condiciones que para el acceso a las
enseñanzas oficiales de Máster.
Para acceder al Programa de Doctorado en su periodo de investigación será
necesario estar en posesión de un título oficial de Máster Universitario, u
otro del mismo nivel, Asimismo, se podrá acceder habiendo cumplido
alguna de las siguientes condiciones:
- Haber superado 60 créditos incluidos en uno o varios Másteres
Universitarios, de acuerdo con la oferta de la Universidad o estar en
posesión de un título de Graduado o Graduada cuya duración, conforme
a normas de derecho comunitario sea de, al menos, 300 créditos.
ENSEÑANZAS NO OFICIALES UNIVERSITARIAS
29. ¿Podrán impartir las Universidades otras enseñanzas, además
de las oficiales?
Según el Real Decreto1393/2007, las universidades en uso de
autonomía, podrán impartir otras enseñanzas conducentes a la obtención
otros títulos distintos a los expresados. La expedición de estos títulos
realizará del modo que determine la universidad, sin que ni
Documento elaborado por el Colegio Oficial de Trabajadores Sociales de Madrid Última Revisión: abril 2009 su
de
se
su
Página 9 denominación ni el formato en que se confeccionen los
correspondientes títulos puedan inducir a confusión con los títulos oficiales
que se establecen en dicho decreto.
EL COLEGIO DE MADRID
30. ¿Cuál es la posición del Colegio Oficial de Trabajadores Sociales
de Madrid en el asunto de la nueva titulación de Grado en Trabajo
Social?
El Colegio considera un logro el Título de Grado, y reconocer la importancia
que en este recorrido hasta esta nueva titulación tuvo la reivindicación de la
Licenciatura.
En cuanto al proceso de ”convalidación” u obtención del Título de Grado por
parte de Diplomados/ as en Trabajo Social, el Colegio Oficial de
Trabajadores sociales de Madrid, junto al resto de la organización colegial,
reivindica el reconocimiento de la experiencia profesional así como de la
Formación continua de los/ as profesionales del Trabajo social, ya que son
elementos que aportan los conocimientos y competencias requeridos por
dicha titulación.
LEGISLACIÓN
R. D. 1393/2007, 29 de octubre, por el que se establece la ordenación
de las enseñanzas universitarias oficiales (BOE 30-10-2007)
Orden ECI/2514/2007, de 13 de agosto, sobre expedición de títulos
universitarios oficiales de Máster y Doctor (BOE 21-08-2007)
R.D. 56/2005 de 21 de enero por el que se regulan los estudios
universitarios oficiales de Posgrado (BOE 25-01-2005), modificado por R.D.
189/2007 de 9 de febrero
R.D. 1509/2008, de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro
de Universidades, Centros y Títulos (BOE 25-09-2008)
ENLACES DE INTERÉS
Colegio Oficial de Trabajadores
Sociales de Madrid
Secretaría General del Consejo de
Coordinación Universitaria
Universidad Complutense de Madrid
Universidad Pontificia Comillas de
Madrid
UNED
www.comtrabajosocial.com
http://web.micinn.es
http://www.ucm.es/
http://www.upcomillas.es/
http://portal.uned.es/
Documento elaborado por el Colegio Oficial de Trabajadores Sociales de Madrid Última Revisión: abril 2009 Página 10