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PROCESO: PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES
PROCEDIMIENTO: DE ASESORIA Y ASISTENCIA TÉCNICA A ALCALDÍAS LOCALES
PARA LA FORMULACIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS DE
INVERSIÓN SOCIAL LOCAL
CRITERIOS TÉCNICOS PARA LA FORMULACIÓN DE
PROYECTOS DEL SECTOR DE INTEGRACIÓN
SOCIAL, CON CARGO A LOS
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LOCAL.
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Criterios técnicos para la formulación de proyectos del Sector
de Integración Social, con cargo a los presupuestos de los
Fondos de Desarrollo Local.
Subsecretaria
Dirección de Análisis y Diseño Estratégico
Subdirección de Diseño Evaluación y Sistematización
Dirección Territorial
Subdirección de Gestión Integral Local
Dirección Poblacional
Subdirección para la Infancia
Subdirección para la Juventud
Subdirección para la Familia
Subdirección para la Vejez
Dirección Corporativa
Subdirección de Plantas Físicas
Junio, 2013
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PROCESO: PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES
PROCEDIMIENTO: DE ASESORIA Y ASISTENCIA TÉCNICA A ALCALDÍAS LOCALES
PARA LA FORMULACIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS DE
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Presentación.
Teniendo como apuesta Distrital el proceso de descentralización administrativa que la Ciudad ha venido
desarrollando, soportado por el Decreto 101 de 2010, “por medio del cual se fortalece institucionalmente
a las Alcaldías Locales, se fortalece el esquema de gestión territorial de las entidades distritales en las
localidades se desarrollan instrumentos para una mejor gestión administrativa y se determinan otras
disposiciones”, y dando cumplimiento a la Directiva N. 005 de 2012, del Consejo Distrital de Política
Económica y Fiscal – CONFIS, “Lineamientos de Política para las Líneas de Inversión Local Plan de
Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de Obras Públicas para Bogotá D.C:, 2012- 2016 Bogotá
Humana”, se genera este documento como una de las herramientas de gestión para las Alcaldías
Locales, que les permita orientar su inversión de acuerdo a las necesidades que se han identificado y la
contribución a las apuestas del nuevo Plan de Desarrollo Bogotá Humana.
Bajo dicho contexto la coordinación entre las alcaldías, subdirecciones locales y el nivel central se
constituyen en requisito prioritario para lograr, por un lado, la coherencia de la intervención pública en
los diferentes territorios, y por el otro, alcanzar la pertinencia técnica y social que los procesos y las
múltiples dinámicas locales exigen.
La Secretaría Distrital de Integración Social, dentro de sus estrategias contempla la Territorialización
de la Política Social que se encuentra orientada a la planeación de acuerdo a las realidades en los
territorios y con ello poder generar respuestas integrales que permitan el reconocimiento, la
redistribución y el restablecimiento de los Derechos de los ciudadanos y ciudadanas como lo indica la
Misión Institucional:
“Somos una entidad distrital de integración social conformada por un equipo humano ético al servicio y
cuidado de lo público, que lidera y articula la territorialización de la política social con acciones
integrales y transformadoras para la disminución de la segregación, a través de la garantía de los
derechos, el reconocimiento y la generación de oportunidades con redistribución, en el ejercicio pleno
de las ciudadanías de todas y todos en lo urbano y lo rural de Bogotá”.
Es así, como la entidad en el marco del Plan de Desarrollo Bogotá Humana 2012 – 2016, formula veinte
proyectos de inversión que materializan las apuestas Distritales y se constituyen como los mecanismos
con los cuales es posible canalizar los recursos y generar la línea técnica a los Fondos de Desarrollo
Local para su inversión en lo relacionado con el Sector Integración Social.
Teniendo como precedente las anteriores consideraciones, este documento presenta los aspectos
técnicos de diseño y operación de los servicios y acciones que ofrece el Sector Integración Social y que
pueden ser implementadas por los Fondos de Desarrollo Local, por lo cual se presentan los
componentes que se deben tener en cuenta a la hora de formular los proyectos de inversión Social
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Local, tales como objetivo, población, criterios de ingreso, priorización y egreso, talento humano,
sistema de información, costos, seguimiento y control, esto sumado al compromiso y acompañamiento
de la Secretaria de Integración Social para materializar estas apuestas en los territorios.
En esta línea de compromiso y acompañamiento por parte de la Secretaria de Integración Social, cada
subdirección local cuentan con gestores locales, quienes tienen dentro de sus funciones especificas “
Brindar asistencia técnica a las Alcaldías locales para la formulación, ejecución y seguimiento de los
proyectos de línea de inversión social con cargo a los presupuestos de los FDL, de acuerdo a los
lineamientos de Política Pública Social, al procedimiento establecido por la SDIS y la normatividad
vigente”. Lo anterior contribuye a la búsqueda de garantizar la coherencia técnica y social entre los
proyectos formulados a nivel local y la atención a las realidades, necesidades y problemáticas sociales
que emergen de las dinámicas locales y a la materialización de las apuestas en el territorio.
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1. COMPONENTE Y/O AREA TEMATICA DOTACION JARDINES INFANTILES (ATENCIÓN A
NIÑOS, NIÑAS DE 0 A 5 AÑOS) Y CENTROS ACUNAR (ATENCIÓN A NIÑOS, NIÑAS DE 0 A 2
AÑOS 11 MESES).
1.1 Criterios de Elegibilidad y Viabilidad
A continuación se presentan los criterios de elegibilidad y viabilidad para la formulación de los proyectos
sociales con recursos de los Fondos de Desarrollo Local.
CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y VIABILIDAD
Concepto
Generales al sector
Específicos
Requiere concepto
SI
x
del Sector
X
NO
DOTACIÓN
Línea
de
Inversión Local
Actividad
(Gasto elegible)
Suministrar elementos, materiales, mobiliario,
apoyos logísticos que complementen las actividades
de tipo misional adelantadas por los sectores de la
administración Distrital.
Componente y/o DOTACION JARDINES INFANTILES (atención a niños, niñas de 0 a 5 años) Y
Área temática
CENTROS ACUNAR ( atención a niños, niñas de 0 a 2 años 11 meses )
Los proyectos de inversión local de los Fondos de Desarrollo Local relacionados con la
temática de dotación, serán formulados desde el marco político y normativo planteado
en Bogotá, desde el cual se ha definido la Atención Integral a la Primera Infancia, como
enfoque de la Educación Inicial inclusiva, diferenciada y con calidad.
Desde este enfoque la dotación básica para la atención de los niños y niñas de jardines
infantiles de 0 a 5 años y centros acunar atención a niños, niñas de 0 a 2 años 11
meses se define con base en los Lineamientos y Estándares de Educación Inicial
Descripción
definidos a partir de la Resolución 0325 de 2009 y el Decreto 057 del mismo año, en el
(Fundamentos
conceptuales y/o cual se establece la necesidad de reconocer las características particulares de ellos y
de enfoque)
ellas y así mismo del contexto en el que se realiza la atención.
Los proyectos serán diseñados con relación a la adquisición, distribución e instalación
de muebles, enseres y dotación pedagógica y en general aquellas que permite iniciar
el servicio, ampliar cobertura y/ o complementar los inventarios en las diferentes
Unidades Operativas de AIPI (Jardines Infantiles, Centros “Acunar”, modalidades no
convencionales de AIPI (Atención Integral a la Primera Infancia), y Puntos de Encuentro
de AIPI del ámbito familiar) operados por la Secretaría Distrital de Integración (SDIS).
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Definición de elementos de dotación:
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De acuerdo con la identificación de necesidades de dotación, se cuenta con una lista
maestra de dotación en la que se describen en detalle los elementos, especificidades y
cantidades que se requieren para la operación de una unidad operativa. En las
siguientes categorías:
 Equipos industriales o semi-industriales
 Material didáctico
 Menaje de cocina
 Muebles y enseres
 Lencería
 Primeros Auxilios
 Otros equipos de apoyo a la atención (equipos de audio, video)
Criterios
elegibilidad
Criterios
viabilidad
Se anexará a cada proyecto la lista de dotación específica que recoge las
características de la atención y de la población.
Los proyectos propuestos, en todos los casos, deben cumplir los
SI
siguientes criterios:
Dotar Unidades Operativas de Atención Integral a la Primera Infancia:
de Jardines Infantiles, Centros “Acunar”, modalidades no convencionales de
X
AIPI, y Puntos de Encuentro de AIPI del ámbito familiar operadas
directamente por la Secretaría Distrital de Integración (SDIS).
Los proyectos propuestos, en todos los casos, deben cumplir los
SI
siguientes criterios:
Las unidades que serán objeto de dotación son aquellas que presentan
alguna o algunas de las siguientes condiciones:
Tienen conceptos sanitarios emitidos por la Secretaría de Salud,
en los cuales se requiere renovar elementos por inexistencia o
mal estado.
X
Presentan evidente deterioro de elementos
de
Serán objeto de ampliación de cobertura.
Son nuevas unidades operativas.
NO
NO
Previo a la formulación del proyecto es necesario verificar si existen
elementos iguales o similares, adquiridos en vigencias anteriores que aún
no hayan sido entregados a las unidades operativas a dotar.
X
Es importante que en la formulación del proyecto se revisen y ajusten las
cantidades y especificaciones técnicas (medidas, condiciones de
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instalación, etc.) para que estos se adecuen a las condiciones de la
infraestructura, mobiliario, capacidad de almacenamiento y demás factores
que puedan afectar la adecuada utilización de los elementos adquiridos.
La Alcaldía Local deberá solicitar un documento firmado por el Subdirector
(a) Local de la SDIS donde se precise la siguiente información:
Listado de las unidades operativas que se van a dotar (jardines
infantiles, Centros Acunar, modalidades no convencionales de
AIPI y puntos de encuentros de AIPI del ámbito familiar).
Cuadro de información referente a los elementos requeridos por
las unidades operativas (jardines infantiles), en donde se
establezca: Componente, elemento, unidad de medida,
especificación técnica y cantidad.
Confirmación de que en el plan de compras de la SDIS no se tiene
prevista la adquisición de los elementos de dotación para las
unidades operativas seleccionadas, o que habiéndose previsto e
incorporado dentro del plan, estos resultan insuficientes, de tal X
manera que se hace necesaria su adquisición. Para la
confirmación de este tema las (Las Subdirecciones Locales
remitirán el listado de elementos a dotar a la Subdirección de
Gestión Integral Local para el trámite de validación.).
Justificación para la adquisición de los elementos de dotación
solicitados. (La Subdirección para la Infancia entrega un formato
para la justificación de adquisición de los elementos de dotación,
la cual será diligenciada por las Subdirecciones Locales y remitida
a la Alcaldía Local con copia a la Subdirección para la Gestión
Integral Local).
Concepto técnico por parte de la Subdirecciones Locales para la
Integración Social.
Anexos
(Señale los anexos
que acompañan
estos criterios sea
Específicos y/o de
requisitos de ley).
ANEXO No 1: LISTA DE ELEMENTOS PARA DOTACIONES AIPI 2013 FDL. COSTOS
(CON ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL OBJETO O BIEN A CONTRATAR) CATÁLOGO ACUNAR.
ANEXO No 2: FORMATO DE JUSTIFICACIÓN.
ANEXO No 3: FORMATO PLAN DE COMPRAS.
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1.2 GENERALIDADES PARA LA FORMULACION DEL PROYECTO:
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1.2.1 Desarrollo integral de la primera infancia en Bogotá.
Definición: El proyecto de atención integral a la primera infancia de la Secretaria Distrital de Integración
Social, de acuerdo con el enfoque de articulación e integralidad de las acciones de los sectores del
distrito, buscar avanzar en la garantía del desarrollo integral de la primera infancia, y hacer real sus
derechos al desarrollo, la protección, la participación y la existencia, en el marco de la atención integral
a la primera infancia, entendida como el conjunto de procesos y acciones pertinentes, suficientes y
oportunos, realizados por la familia, la sociedad y el Estado a través de los cuales se garantiza a los
niños y niñas el cuidado calificado, el potenciamiento de su desarrollo, las experiencias pedagógicas
significativas, el acceso a la cultura, el arte, el juego, la actividad física, la promoción de vida saludable,
la alimentación saludable, y la generación de ambientes seguros, sensibles y acogedores.
Población
Niños y niñas, de (0) cero meses a (2) dos años 11 meses atendidos y atendidas en los centros acunar,
o en otras modalidades de atención no convencionales operados por la SDIS en las diferentes
localidades.
Costos:
La Alcaldía Local deberá realizar los estudios económicos que considere necesario que permita
establecer los valores de los elementos a adquirir, conforme a las especificaciones técnicas de los
elementos.
Se adjunta en anexo, una base de datos elaborada por la Subdirección para la Infancia que contiene la
siguiente información:
OTROS EQUIPOS DE APOYO
A LA ATENCIÓN A LA
PRIMERA INFANCIA
ELEMENTOS
UNIDAD DE
MEDIDA
ESPECIFICACIONES
TÉCNICAS
PROPORCIÓN
COSTO
UNITARIO
OBSERVACIONES
Los valores unitarios indicados para cada elemento son una referencia que no reemplaza el estudio
económico necesario para determinar los costos del proyecto.
Entrega de los elementos a las unidades operativas:
La Subdirección Local designará a las personas responsables de los inventarios y las personas que
desde esa instancia realizarán las actividades de coordinación con la Alcaldía Local para el ingreso de
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los elementos asignados a cada unidad operativa, de acuerdo con los procedimientos establecidos por
la SDIS.
Posterior a la entrega de bienes la Subdirección Local deberá informar a la Subdirección para la
Infancia el listado de los bienes adquiridos con Recursos de los Fondos de Desarrollo Local, con el fin
de actualizar el listado teniendo en cuenta la Resolución 001 del 21 de septiembre de 2001 manual de
procedimientos administrativos y contables para el manejo y control de los bienes en los entes públicos
del distrito capital.
Seguimiento y Control:
De acuerdo con el Decreto 854 de 2001 la supervisión de los proyectos y contratos de dotación será
realizado por el Alcalde Local, quien podrá apoyarse en los Profesionales de la Oficina de Planeación y
Almacenista de los Fondos de Desarrollo Local.
Marco normativo
Del orden internacional
Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño, 1924.
Declaración Universal de Derechos Humanos establecida el 10 de Diciembre de 1948 por las
Naciones Unidas y que en su artículo 25 dice que la infancia tiene “derecho a cuidados y
asistencia especiales”.
Declaración de los Derechos del Niño, 1959.
Resolución 34 de 1981 de la Asamblea Mundial de la Salud – AMS Código Internacional de
Comercialización de Sucedáneos de la leche materna y subsiguientes resoluciones.
Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones
Unidas el 20 de noviembre de 1989;
Educación Para Todos, UNESCO, Jomtien-Dakar 1990-2000.
Educación Para Todos, Marco de Acción para las Américas. Santo Domingo, República
Dominicana, 2000.
Resolución 54 de 2001 y 55 de 2002 – AMS. Estrategia Mundial para la Alimentación del
Lactante y del niño pequeño.
Consultiva 17 de 2002 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: “los niños son
titulares de derechos y no sólo objeto de protección”.
Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley 1346 de
2009).
Convenio 169 de la OIT 1989.
Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural (2001).
Declaración de las Naciones Unidas sobre los pueblos indígenas (2007).
Del orden nacional.
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Ley 16 de 1972, establece que: “Todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su
condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado.”
Ley 12 de 1991, por medio de la cual se aprueba la Convención sobre los Derechos del Niño
adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989.
Constitución Política de Colombia de 1991, artículo 44º, 67º.
Ley 115 de 1994, ley general de educación: establece los niveles de la educación formal,
incluyendo el de Preescolar, definiendo como educación preescolar la “ofrecida al niño para su
desarrollo integral en los aspectos biológico, cognoscitivo, psicomotriz, socio afectivo y
espiritual, a través de experiencias de socialización pedagógicas y recreativas”.
CONPES 91 de 2005 (Objetivos del Milenio).
CONPES 115 de 2008. Distribución de recursos del SGP.
Plan Sectorial de Educación.
Plan Decenal de Educación.
Ley 1098 de 2006, artículos 17º, 27º, 29º, 36º, 39º, 41º, 44º, 46º.
CONPES 109 de 2007. Política Pública Nacional de Primera Infancia “Colombia por la Primera
Infancia”.
CONPES 113 de 2007 Política Nacional de Seguridad Alimentaría Y Nutricional (PSAN)
Estrategia Hechos y Derechos.
Política Educativa para la Primera Infancia (Desarrollo infantil y competencias en la Primera
Infancia, 2009), Ministerio de Educación Nacional (MEN).
Ley 1295 de 2009. Atención Integral – Sisben 1, 2 y 3.
CONPES Social 123 de 2009. Distribución de recursos del SGP para atención integral de la
primera infancia.
Ley 1361 de 2009. Protección integral a la familia.
Ley 1373 de 2010 (vacunación gratuita).
Marco para las Políticas Públicas y Lineamientos para la Planeación del Desarrollo de la
Infancia y la Adolescencia en el Municipio Guía para los Alcaldes− (2007).
Colombia: Niñas, Niños y Adolescentes Felices y con Igualdad de Oportunidades. Plan
Nacional para la Niñez y la Adolescencia - 2008 – 2017.
Plan Decenal de Lactancia Materna 2010-2020 Ministerio de Salud y Protección Social.
Decreto 4875 de 2011 -Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia –
AIPI.
Del orden distrital.
Política Pública Distrital de Discapacidad (Decreto 470 de 2007)
Acuerdo138 de 2004: "por medio del cual se regula el funcionamiento de los establecimientos
públicos y privados que prestan el servicio de educación inicial."
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Decreto 243 de 2006: "Por el cual se reglamenta el Acuerdo 138 de 2004 y se regula el
funcionamiento de los establecimientos públicos y privados que prestan el servicio de
educación inicial."
Decreto 508 de 2007. Política Distrital de Seguridad Alimentaría y Nutricional 2007-2015
Decreto 057 de 2009: "Por el cual se reglamenta el Acuerdo 138 de 2004, se regula la
inspección, vigilancia y control de las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, que
presten el servicio de Educación Inicial en el Distrito Capital, a niñas y niños entre los cero (0) y
menores de seis (6) años de edad y se deroga parcialmente el Decreto Distrital 243 de 2006"
Resolución 0325 de 2009: "Por medio de la cual se reglamenta parcialmente el Decreto 057
de 2009 respecto de la Asesoría, Inspección, Vigilancia y Control a la Educación Inicial desde el
Enfoque de Atención Integral a la Primera Infancia.
Resolución Conjunta 3241 y 1326 de 2010: “Por medio de la cual se establece el procedimiento
unificado y definitivo para el ejercicio de la función de inspección, vigilancia y control a las
instituciones que presten simultáneamente el servicio de educación Inicial, desde el enfoque de
Atención Integral a la Primera Infancia -AIPI- y de educación preescolar en el Distrito Capital, en
cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 057 de 2009.
Decreto Distrital 520 de 2011 (Política Pública de Infancia y Adolescencia de Bogotá D. C.).
Resolución 1613 de 2011 (Comité Operativo de Infancia y Adolescencia).
Decreto Distrital 121 de 2012 (Consejo Consultivo de Niños, Niñas y Adolescentes y
reconocimiento de los Consejos de Niños y Niñas).
Acuerdo 480 de 2011 del Concejo de Bogotá, por medio del cual “se establecen políticas para
la adopción de las Salas Amigas de la Familia Lactante en el ámbito laboral en las entidades
Distritales”.
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2. COMPONENTE Y/O ÁREA TEMÁTICA - DOTACION DE CENTROS AMAR
2.1 Criterios de Elegibilidad y Viabilidad
CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y VIABILIDAD
Concepto
Línea
de
Inversión Local
Actividad
(Gasto elegible)
Generales al sector
Específicos
Requiere concepto
SI
x
del Sector
X
NO
DOTACIÓN
Suministrar elementos, materiales, mobiliario,
apoyos logísticos que complementen las actividades
de tipo misional adelantadas por los sectores de la
administración Distrital.
Componente y/o
DOTACION DE CENTROS AMAR
Área temática
Los proyectos de los Fondos de Desarrollo Local relacionados con la temática de
dotación, serán formulados para la adquisición, distribución e instalación de bienes que
complementen los inventarios de los Centros Amar operados directamente por la
Secretaría Distrital de Integración (SDIS). La complementariedad de estas
adquisiciones busca contribuir a mejorar el funcionamiento en cada una de las
actividades que se desarrollan en los servicios a cargo de las unidades operativas
correspondientes.
Definición de elementos de dotación: De acuerdo con la identificación de
necesidades de dotación realizada por la Subdirección para la Infancia, las
Descripción
especialidades de elementos con las cuales se podrá complementar la dotación de las
(Fundamentos
unidades operativas de atención a la infancia y adolescencia, para la presente vigencia
conceptuales y/o
son:
de enfoque)
-
Criterios
Equipos industriales y semi- industriales
Material didáctico
Menaje de cocina
Muebles
Lencería
Colchonetas
Primeros Auxilios
Otros equipos de apoyo a la atención (equipos de audio, video)
de Los proyectos propuestos, en todos los casos, deben cumplir los
SI
NO
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LOCAL.
elegibilidad
siguientes criterios:
Se podrán dotar las siguientes Unidades Operativas: Centros Amar
operados por la SDIS.
Los proyectos propuestos, en todos los casos, deben cumplir los
SI NO
siguientes criterios:
Las unidades que serán objeto de dotación son aquellas que presentan
alguna o algunas de las siguientes condiciones:
Contar con conceptos sanitarios emitidos por la Secretaría de
Salud, en los cuales se requiere renovar elementos por X
inexistencia o mal estado.
Presentar evidente deterioro de elementos
Nuevas unidades operativas.
Previo a la formulación del proyecto es necesario verificar si existen
elementos iguales o similares, adquiridos en vigencias anteriores que aun
no hayan sido entregados a las unidades operativas a dotar.
Criterios
viabilidad
Es importante que en la formulación del proyecto se revisen y ajusten las X
cantidades y especificaciones técnicas (medidas, condiciones de
instalación, etc.) para que estos se adecuen a las condiciones de la
infraestructura, mobiliario, capacidad de almacenamiento y demás factores
que puedan afectar la adecuada utilización de los elementos adquiridos.
La Alcaldía Local deberá solicitar un documento firmado por el Subdirector
de
(a) Local de la SDIS donde se precise la siguiente información:
Listado de las unidades operativas que se van a dotar (Centros
Amar).
Cuadro de información referente a los elementos requeridos por
las unidades operativas centros amar, en donde se establezca:
Componente, elemento, unidad de medida, especificación técnica
X
y cantidad.
Confirmación de que en el plan de compras de la SDIS no se tiene
prevista la adquisición de los elementos de dotación para las
unidades operativas seleccionadas, o que habiéndose previsto e
incorporado dentro del plan, estos resultan insuficientes, de tal
manera que se hace necesaria su adquisición. Para la
confirmación de este tema (Las Subdirecciones Locales remitirán
el listado de elementos a dotar a la Subdirección de Gestión
Integral Local para el trámite de validación.).
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Justificación para la adquisición de los elementos de dotación
solicitados. (La Subdirección para la Infancia entrega un
formato para la justificación de adquisición de los elementos de
dotación, la cual será diligenciada por las Subdirecciones
Locales y remitida a la Alcaldía Local con copia a la
Subdirección para la Gestión Integral Local).
Concepto técnico por parte de la Subdirección local,
correspondiente del proyecto formulado por la alcaldía local
Anexos
ANEXO No 4: LISTADO DE FORMATO IDENTIFICACIÓN DE NECESIDADES
(Señale los anexos DOTACIÓN CENTROS AMAR CORABASTOS - CHAPINERO 24 HORAS
que acompañan
estos criterios sea ANEXO No 5: FORMATO IDENTIFICACIÓN DE NECESIDADES DOTACIÓN
Específicos y/o de CENTROS AMAR FONTIBON - CANDELARIA - MARTIRES
requisitos de ley).
2.2 GENERALIDADES PARA LA FORMULACION DEL PROYECTO:
2.2.1 Protección Integral y Desarrollo de Capacidades de niños, niñas y adolescentes.
Definición:
Incrementar las oportunidades para el desarrollo de capacidades y potencialidades de los niños, niñas
y adolescentes entre los 6 y los 17 años desde el enfoque de la protección integral 1, mediante la
prestación de servicios de atención integral y especializada, el diseño y difusión de estrategias de
prevención y promocionales, la atención integral a las familias y el fortalecimiento de los procesos de
participación con incidencia de niños, niñas y adolescentes, con el propósito de avanzar y consolidar
los logros alcanzados por la Ciudad en lo relacionado con la garantía de sus derechos y el ejercicio de
su ciudadanía en el marco del principio de corresponsabilidad del Estado, la familia y la sociedad.
Población:
Niños, niñas y adolescentes identificados en riesgo o explotación laboral operados por la SDIS en las
diferentes localidades.
1
Ley 1098 de 2008, Art. 7.
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Costos:
La Alcaldía Local deberá realizar los estudios económicos que considere necesarios que permitan
establecer los valores de los elementos a adquirir, conforme a las especificaciones técnicas de los
elementos.
Se adjunta en anexo, una base de datos elaborada por la Subdirección para la Infancia que contiene la
siguiente información:
ESPACIO
ELEMENTOS POR
ESPACIO
DESCRIPCIÓN TÉCNICA
COMPONENTE
CANTIDAD
Los valores unitarios para cada elemento deben realizarse mediante un estudio económico necesario
para determinar los costos del proyecto.
Entrega de los elementos a las unidades operativas:
La Subdirección Local designará a las personas responsables de los inventarios y las personas que
desde esa instancia realizarán las actividades de coordinación con la Alcaldía Local para el ingreso de
los elementos asignados a cada unidad operativa, de acuerdo con los procedimientos establecidos por
la SDIS.
Seguimiento y Control:
De acuerdo con el Decreto 854 de 2001 la supervisión de los proyectos y contratos de dotación será
realizado por el Alcalde Local, quien podrá apoyarse en los Profesionales de la Oficina de Planeación y
Almacenista de los Fondos de Desarrollo Local.
Marco normativo
Del orden internacional
Declaración de Ginebra sobre los Derechos del Niño, 1924.
Declaración Universal de Derechos Humanos establecida el 10 de Diciembre de 1948 por las
Naciones Unidas y que en su artículo 25 dice que la infancia tiene “derecho a cuidados y
asistencia especiales”.
Declaración de los Derechos del Niño, 1959.
Resolución 34 de 1981 de la Asamblea Mundial de la Salud – AMS Código Internacional de
Comercialización de Sucedáneos de la leche materna y subsiguientes resoluciones.
Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones
Unidas el 20 de noviembre de 1989;
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LOCAL.
Educación Para Todos, UNESCO, Jomtien-Dakar 1990-2000.
Educación Para Todos, Marco de Acción para las Américas. Santo Domingo, República
Dominicana, 2000.
Resolución 54 de 2001 y 55 de 2002 – AMS. Estrategia Mundial para la Alimentación del
Lactante y del niño pequeño.
Consultiva 17 de 2002 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: “los niños son
titulares de derechos y no sólo objeto de protección”.
Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley 1346 de
2009).
Convenio 169 de la OIT 1989.
Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural (2001).
Declaración de las Naciones Unidas sobre los pueblos indígenas (2007).
Del orden nacional.
Ley 16 de 1972, establece que: “Todo niño tiene derecho a las medidas de protección que su
condición de menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y del Estado.”
Ley 12 de 1991, por medio de la cual se aprueba la Convención sobre los Derechos del Niño
adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989.
Constitución Política de Colombia de 1991, artículo 44º, 67º.
Ley 115 de 1994, ley general de educación: establece los niveles de la educación formal,
incluyendo el de Preescolar, definiendo como educación preescolar la “ofrecida al niño para su
desarrollo integral en los aspectos biológico, cognoscitivo, psicomotriz, socio afectivo y
espiritual, a través de experiencias de socialización pedagógicas y recreativas”.
CONPES 91 de 2005 (Objetivos del Milenio).
CONPES 115 de 2008. Distribución de recursos del SGP.
Plan Sectorial de Educación.
Plan Decenal de Educación.
Ley 1098 de 2006, artículos 17º, 27º, 29º, 36º, 39º, 41º, 44º, 46º.
CONPES 109 de 2007. Política Pública Nacional de Primera Infancia “Colombia por la Primera
Infancia”.
CONPES 113 de 2007 Política Nacional de Seguridad Alimentaría Y Nutricional (PSAN)
Estrategia Hechos y Derechos.
Política Educativa para la Primera Infancia (Desarrollo infantil y competencias en la Primera
Infancia, 2009),Ministerio de Educación Nacional (MEN).
Ley 1295 de 2009. Atención Integral – Sisben 1, 2 y 3.
CONPES Social 123 de 2009. Distribución de recursos del SGP para atención integral de la
primera infancia.
Ley 1361 de 2009. Protección integral a la familia.
Ley 1373 de 2010 (vacunación gratuita).
Marco para las Políticas Públicas y Lineamientos para la Planeación del Desarrollo de la
Infancia y la Adolescencia en el Municipio − Guía para los Alcaldes− (2007).
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Colombia: Niñas, Niños y Adolescentes Felices y con Igualdad de Oportunidades. Plan
Nacional para la Niñez y la Adolescencia - 2008 – 2017.
Plan Decenal de Lactancia Materna 2010-2020 Ministerio de Salud y Protección Social.
Decreto 4875 de 2011 -Comisión Intersectorial para la Atención Integral de la Primera Infancia –
AIPI.
Del orden Distrital.
Política Pública Distrital de Discapacidad (Decreto 470 de 2007)
Acuerdo138de 2004: "por medio del cual se regula el funcionamiento de los establecimientos
públicos y privados que prestan el servicio de educación inicial."
Decreto 243 de 2006: "Por el cual se reglamenta el Acuerdo 138 de 2004 y se regula el
funcionamiento de los establecimientos públicos y privados que prestan el servicio de
educación inicial."
Decreto 508 de 2007. Política Distrital de Seguridad Alimentaría y Nutricional 2007-2015
Decreto 057 de 2009: "Por el cual se reglamenta el Acuerdo 138 de 2004, se regula la
inspección, vigilancia y control de las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, que
presten el servicio de Educación Inicial en el Distrito Capital, a niñas y niños entre los cero (0) y
menores de seis (6) años de edad y se deroga parcialmente el Decreto Distrital 243 de 2006"
Resolución 0325 de 2009: "Por medio de la cual se reglamenta parcialmente el Decreto 057
de 2009 respecto de la Asesoría, Inspección, Vigilancia y Control a la Educación Inicial desde el
Enfoque de Atención Integral a la Primera Infancia.
Resolución Conjunta 3241 y 1326 de 2010: “Por medio de la cual se establece el procedimiento
unificado y definitivo para el ejercicio de la función de inspección, vigilancia y control a las
instituciones que presten simultáneamente el servicio de educación Inicial, desde el enfoque de
Atención Integral a la Primera Infancia -AIPI- y de educación preescolar en el Distrito Capital, en
cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 057 de 2009.
Decreto Distrital 520 de 2011 (Política Pública de Infancia y Adolescencia de Bogotá D. C.).
Resolución 1613 de 2011 (Comité Operativo de Infancia y Adolescencia).
Decreto Distrital 121 de 2012 (Consejo Consultivo de Niños, Niñas y Adolescentes y
reconocimiento de los Consejos de Niños y Niñas).
Acuerdo 480 de 2011 del Concejo de Bogotá, por medio del cual “se establecen políticas para
la adopción de las Salas Amigas de la Familia Lactante en el ámbito laboral en las entidades
Distritales”.
16
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3. COMPONENTE Y/O ÁREA TEMÁTICA - ENTREGA DE SUBSIDIOS A ADULTOS MAYORES EN
SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD (TIPO C)
3.1 CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y VIABILIDAD
CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y VIABILIDAD
Generales al sector
Específicos
Requiere concepto
SI
x
del Sector
X
Línea
de Concepto
Inversión Local
(Gasto elegible)
Actividad
INCLUSIÓN
SOCIAL
Y
PARTICIPACIÓN
CIUDADANA
Entrega de subsidios a adultos mayores en
situación de vulnerabilidad (tipo C)
NO
Componente y/o
ENTREGA DE SUBSIDIO TIPO C
Área temática
Es un servicio social dirigido a las personas mayores en situación de vulnerabilidad y
segregación social de la ciudad de Bogotá, basado en un enfoque de derechos con
perspectiva territorial, de género y diferencial, que al situar como centro de atención a la
persona mayor, por un lado busca reconocer, desarrollar y fortalecer sus capacidades y
potencialidades para el desarrollo humano desde un trabajo grupal, haciendo énfasis en
el fortalecimiento de la participación, el cuidado y las redes sociales y familiares, y por
otro lado, entrega un apoyo económico individual encaminado a mejorar las
Descripción
condiciones materiales para un envejecimiento y una vejez con independencia y
(Fundamentos
autonomía, llevando a cabo el modo de atención integral planteado en el Modelo de
conceptuales y/o
Atención Integral para la Persona Mayor- MAIPM.
de enfoque)
Criterios
elegibilidad
El objetivo general del servicio es contribuir a la autonomía y la independencia de las
personas mayores en situación de vulnerabilidad y segregación social de la ciudad de
Bogotá, a través de un apoyo económico para mejorar las condiciones materiales y el
reconocimiento, desarrollo y fortalecimiento de sus capacidades y potencialidades
relacionadas con la participación, el cuidado social y mutuo y las redes sociales y
familiares para un envejecimiento y una vejez digna.
Los proyectos propuestos, en todos los casos, deben cumplir los
SI NO
siguientes criterios:
Debe garantizarse la implementación de un componente de Gestión
de
Social: Se refiere a la puesta en marcha del proceso de desarrollo
humano centrado en el reconocimiento, desarrollo y fortalecimiento de las X
capacidades y potencialidades de las personas mayores.
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Está liderada por un equipo de desarrollo humano que trabaja por
territorios sociales.
El componente de gestión social incluye las siguientes áreas:
Área: Ejerciendo mi ciudadanía.
Desarrollo de capacidades en la vejez (logros): Capacidad de
reconocerse como sujeto de derechos. (información, apropiación y
concienciación).
Temática. Derechos Humanos.
Área: Ejerciendo mi ciudadanía.
Desarrollo de capacidades en la vejez (logros): Capacidad de exigir mis
derechos.
Temática. Estado Social de Derecho.
Área: Ejerciendo mi ciudadanía.
Desarrollo de capacidades en la vejez (logros): Capacidad de
aprendizaje (asociado a factores de motivación).
Temática. Política Pública Social de Envejecimiento y Vejez.
Área: Ejerciendo mi ciudadanía.
Desarrollo de capacidades en la vejez (logros): Capacidades de
reflexión y análisis crítico.
Temática. Instituciones estatales. El territorio como escenario político y
social.
Área: Cuidando y cuidándome.
Desarrollo de capacidades en la vejez (logros): Capacidad de cuidar y
cuidarme.
Temática. Auto-cuidado. Acceso a la justicia y buen trato.
Área: Cuidando y cuidándome.
Desarrollo de capacidades en la vejez (logros): Capacidad para
transformar conflictos.
Temática. Ruta de protección. Trabajo doméstico y trabajo del cuidado.
Relaciones familiares e interpersonales.
Área: Compartiendo saberes y conocimientos
Desarrollo de capacidades en la vejez (logros): Capacidad de compartir
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saberes y conocimientos.
Temática. Relaciones generacionales, intergeneracionales e
interculturales.
Área: Compartiendo saberes y conocimientos
Desarrollo de capacidades en la vejez (logros): Capacidad para respetar
la diferencia y escuchar atentamente los argumentos.
Temática. Envejecimiento activo.
Área: Compartiendo saberes y conocimientos
Desarrollo de capacidades en la vejez (logros): Capacidad de
interactuar socialmente.
Temática. Relaciones interpersonales.
Área: Compartiendo saberes y conocimientos
Desarrollo de capacidades en la vejez (logros): Capacidad de ser
asertivo.
Temática. Reconocimiento de las artes, oficios, profesiones y talentos.
Área: Compartiendo saberes y conocimientos
Desarrollo de capacidades en la vejez (logros): Capacidad de ser
asertivo.
Temática. Reconocimiento de las artes, oficios, profesiones y talentos.
Área: Participando y decidiendo
Desarrollo de capacidades en la vejez (logros): Capacidad de tomar
decisiones.
Temática. Habilidades sociales.
Área: Participando y decidiendo
Desarrollo de capacidades en la vejez (logros): Capacidad de participar.
Temática. Transformación de conflictos.
Área: Participando y decidiendo
Desarrollo de capacidades en la vejez (logros): Capacidad de
organizarme y gestionar.
Temática. Organización y redes sociales
Igualmente el talento humano de este componente debe adelantar las X
siguientes acciones: identificación, seguimiento a las personas mayores
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beneficiarias del servicio social, atención ciudadanía y visitas domiciliarias
(Validación de condiciones de permanencia – cumplimiento de criterios),
encuentros intergeneracionales e interculturales.
Componente de Gestión Administrativa: Está relacionado con el
desarrollo del proceso operación, seguimiento y entrega del apoyo
económico a las personas mayores en situación de vulnerabilidad
beneficiarias del servicio.
Para la operación, seguimiento y entrega del apoyo económicos se debe
tener en cuenta los criterios vigentes de la SDIS así como los
procedimientos establecidos en la circular 04 y 010 de enero y marzo de
2011 respectivamente, expedida por la Secretaría Distrital de Integración
Social dentro de los cuales se encuentran implícitas las siguientes
actividades:
Registro de novedades Ingresos
Suspensiones
Bloqueos
Egresos
Reporte e informes mensuales
Abono del servicio a cada una de las personas mayores
Mecanismos de control y seguimiento
Alimentar el Sistema de Información
El talento humano de este componente debe adelantar los cruces de
bases de datos, seguimiento a saldos altos, visitas de validación de
condiciones, seguimiento y depuración cobros indebidos
Requerimientos mínimos del proceso de entrega del subsidio
económico
Criterios
viabilidad
Teniendo en cuenta que los subsidios económicos están dirigidos a
personas mayores en alta vulnerabilidad, las Alcaldías Locales requieren
de
que el proceso de entrega cumpla con las siguientes características:
X
-
Garantizar que el talento humano este contratado previo al inicio
de la operación del proyecto de inversión, lo anterior con el
objetivo de adelantar los procesos de identificación de la
población que ingresa al servicio, verificación del cumplimiento de
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LOCAL.
criterios de las personas que ingresan, seguimiento y control de
las personas beneficiarias del servicio, Registro de las novedades
en el Sistema de información de la SDIS- SIRBE (El estándar es
un profesional por cada 450 personas mayores beneficiarias del
Subsidio).
- Contar con un operador para la dispersión y entrega del Subsidio
Económico.
- Formular y viabilizar el proyecto.
- Expedición de actos administrativos por parte de la Alcaldía Local
en relación con ordenación de gasto y pago de Subsidio C, pago
de costos operativos.
- Adicionalmente, la Alcaldía Local debe expedir los actos
administrativos de ingreso, suspensión y egreso mensualmente,
con oportunidad para registrar en SIRBE. Lo anterior, a partir del
acta de comité Local de persona mayor en el que participa la
Alcaldía Local y sus delegados.
- La Alcaldía Local debe adelantar las actuaciones para dar
cumplimiento a las facultades delegadas mediante el Decreto 397
de 2011, correspondiente a cobro persuasivo.
En relación con el operador para dispersar los recursos, el mecanismo
para retirar el subsidio debe tener en cuenta que:
a) Sea sencillo, ágil y seguro.
b) Permita a la persona mayor retirar la totalidad del valor del subsidio en
una sola transacción, o parcialmente de acuerdo a sus necesidades.
c) El Subsidio debe estar exento del pago de impuestos y gravámenes.
d) No genere la apertura de cuentas bancarias o servicios financieros a
nombre de las personas mayores.
e) Garantizar el talento humano requerido para el acompañamiento y
seguimiento a las personas mayores con el fin de realizar una X
atención integral que propenda por el mejoramiento de la calidad de
vida de las personas mayores.
f) No incorpore ningún tipo de retención en dinero con ocasión de
donaciones.
g) Permita el control para el retiro del subsidio mediante presentación de
la cédula de ciudadanía de la persona mayor y/o la tarjeta en la red
transaccional. (De acuerdo a las especificaciones del proceso de
entrega)
h) Garantice la posibilidad de entrega a un tercero del subsidio
correspondiente a personas con discapacidad que no se puedan
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desplazar a retirarlo en los puntos de red, a través de un mecanismo
seguro de control en el que se exija cédula, tarjeta y la presentación
de un poder especial autenticado ante notario para efectuar el retiro.
i) Garantice la reserva y confidencialidad de la información que conozca
con ocasión de la operación, reportando información únicamente a las
personas autorizadas o a los entes de control.
j) Contemple la implementación y puesta en marcha de un plan piloto de
entrega por un mes que involucre como mínimo el 25% de la
población vinculada al servicio social subsidios económicos.
k) Permita realizar oportunamente los reportes y conciliaciones
requeridos por la Alcaldía Local.
l) Disponga de una plataforma que se armonice con el Sistema de
información de la Alcaldía Local, para garantizar la consolidación y
posterior generación de los reportes e informes solicitados.
m) Disponga del servidor y protocolos de transmisión para el intercambio
de archivos de manera segura y confiable, en el marco de las políticas
de Seguridad definidas con base en los lineamientos establecidos por
la Comisión Distrital de Sistemas.
n) Garantice la disponibilidad de los recursos en la red transaccional.
o) Garantice la aplicación de la totalidad de los abonos de acuerdo a la
información contenida en los archivos planos remitidos por la Alcaldía
Local.
p) Garantice un sitio WEB con acceso seguro, desde el cual la Alcaldía
Local pueda realizar la administración de los bloqueos y consulta de
transacciones de Tarjetas en línea.
Talento Humano
El equipo profesionales para el componente social y administrativo para la
ejecución del servicio social deberá estar conformado por talento humano
con formación profesional en ciencias sociales, humanas, administrativas,
contables, ingenierías y afines, con el objetivo de realizar las siguientes
actividades necesarias para la prestación del servicio social, es importante
tener presente que el número de integrantes del equipo estará X
determinado por el número de subsidios económicos programados
(Cobertura programada), es decir, por cada 450 personas a atender debe
haber un profesional y un técnico.
Garantizar que el talento humano este contratado previo al inicio de la
operación del proyecto de inversión, lo anterior con el objetivo de
adelantar los procesos de identificación, validación de condiciones y
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seguimiento a las personas mayores beneficiarias del servicio social Tipo
C.
Anexos
(Señale los anexos que
acompañan
estos
criterios sea Específicos
y/o de requisitos de ley).
La Alcaldía Local deberá solicitar concepto técnico del proyecto firmado
X
por el Subdirector (a) Local de la SDIS
Anexo No 6: RESOLUCIÓN DE ORDENACIÓN DE GASTO Y PAGO DE SUBSIDIO
C
Anexo No 7:
MODELO DE RESOLUCIÓN DE PAGO DE LOS COSTOS
OPERATIVOS
Anexo No 8:
MODELO RESOLUCIÓN INGRESOS
Anexo No 9:
MODELO RESOLUCIÓN SUSPENSIÓN
Anexo No 10: MODELO RESOLUCIÓN EGRESO
3.2 GENERALIDADES PARA LA FORMULACION DEL PROYECTO:
3.2.1 Desarrollo de Capacidades y Potencialidades con Apoyo Económico del Proyecto.
Población
El servicio social “Desarrollo De Capacidades Y Potencialidades Con Apoyo Económico-DCPAE”, está
dirigido a personas mayores residentes en Bogotá, que tengan como mínimo tres años menos de la
edad que rija para adquirir el derecho a la pensión de vejez, en quienes se identifique situación de
vulnerabilidad y de discriminación y segregación socioeconómica, que no cuenten con pensión o
carezca de ingresos o rentas suficientes para subsistir. Es un Servicio social dirigido a las personas
mayores en situación de discriminación y segregación socioeconómica de la ciudad de Bogotá, que se
basa en un enfoque de derechos con perspectiva territorial, de género y diferencial. Este
servicio social cuenta con dos componentes:
1) Gestión Social: Busca reconocer, desarrollar y fortalecer capacidades y potencialidades de las
personas mayores para el desarrollo humano desde un trabajo grupal, haciendo énfasis en el
fortalecimiento de la participación con incidencia, el cuidado y las redes sociales y familiares.
Acciones y actividades que adelanta este componte: Encuentros de Desarrollo Humano
mensuales, identificación, seguimiento a las personas mayores beneficiarias del servicio social,
atención ciudadanía y visitas domiciliarias (Validación de condiciones de permanencia –
cumplimiento de criterios), encuentros intergeneracionales e interculturales.
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LOCAL.
2) Gestión Administrativa: Orientado a la entrega de Apoyo Económico individual, encaminado a
mejorar las condiciones materiales de existencia para un envejecimiento y una vejez con
independencia y autonomía
Acciones y actividades que adelanta este componte: Atención a la Ciudadanía, sistema de
información (Registro, fichas SIRBE, Cruces de Bases de datos – SISPRO, FOSYGA, Catastro,
Registraduría, Rama judicial), gestión documental, elaboración informes de seguimiento (Saldos
altos, bloqueos, suspensiones), seguimiento depuración cobros indebidos, elaboración actos
administrativos (Ingresos, egresos, suspensiones).
Criterios de Ingreso, Egreso y Priorización
De acuerdo a lo establecido en la Resolución 0964 del 9 de agosto de 2010, expedida por la Secretaría
Distrital de Integración Social, los criterios son los siguientes:
Criterios de Ingreso.
Tener como mínimo tres años menos de la edad que rija para adquirir el derecho a la pensión
de vejez de los afiliados al Sistema General de Pensiones
No percibir pensión o declarar renta.
No ser propietario de más de un bien inmueble
Residir en el Distrito Capital
Criterios de priorización
Tener el menor puntaje de SISBEN entre los solicitantes del servicio.
Persona con mayor edad.
Condición de discapacidad.
Nivel de dependencia con compromiso de las ABC y AVD.
Remitido por la modalidad institucionalizada.
Persona Mayor con niños, niñas y adolescentes a su cargo.
Persona Mayor que no cuente con redes de apoyo.
Persona Mayor víctima del conflicto armado.
Persona Mayor perteneciente a etnias.
Mayor tiempo en solicitud de servicio.
Persona Mayor residente en Hogar Geriátrico o Gerontológico cuyos gastos de manutención no
superen el medio SMMLV.
Persona Mayor que se encuentre en riesgo de cualquier forma de violencia: (abandono,
encierro, violencia, habitabilidad en calle y vive de la caridad pública).
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Persona Mayor que vive en la calle o de la caridad pública.
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Criterios de egreso
Fallecimiento del beneficiario
Recibir una pensión u otra clase de renta superior al SMLMV.
Falsedad u omisión a la información suministrada.
Traslado a otro servicio con el que presente simultaneidad.
Retiro voluntario manifestado expresamente por escrito
No cobro consecutivo injustificado de subsidios programados en tres giros
Superar las condiciones que motivaron el ingreso al servicio
Traslado a otra Localidad o Municipio
Comprobación de actividades ilícitas
No acreditar la supervivencia en el lapso de tres meses injustificadamente
Restricciones por simultaneidad
Que la persona mayor se encuentre en un Centro de Protección Social operado por la
Secretaría Distrital de Integración Social.
Que la persona mayor reciba otro tipo de Subsidio Económico.
Nota: Los criterios son sujetos a actualizaciones; es de aclarar que las Alcaldías Locales deben adoptar
estos criterios mediante un acto administrativo o adoptarlos en la formulación del proyecto de inversión.
Talento Humano
El equipo profesional y de apoyo técnico requerido para la ejecución del servicio deberá estar
conformado por talento humano con formación profesional en ciencias sociales, humanas,
administrativas, contables, ingenierías y afines, con el objetivo de realizar las siguientes actividades
necesarias para la prestación del servicio, es importante tener presente que el número de integrantes
del equipo estará determinado por el número de subsidios económicos programados, es decir, por cada
450 personas a atender debe haber un profesional y un técnico.
Garantizar que el talento humano este contratado previo al inicio de la operación del proyecto de
inversión, lo anterior con el objetivo de adelantar los procesos de identificación, validación de
condiciones y seguimiento a las personas mayores beneficiarias del servicio social Tipo C.
PROFESIONAL SOCIAL: Prestar los servicios profesionales para la operación, prestación,
seguimiento y cumplimiento de los procedimientos administrativos, operativos y programáticos de los
servicios sociales del proyecto de Subsidio C, que contribuyan a la garantía de los derechos de la
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población mayor en el marco de la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito
Capital a cargo de la Alcaldía Local.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
1. Implementar los procedimientos relacionados con el componente social en la identificación, ingreso,
activación, seguimiento, suspensión y egreso en la prestación del servicio a las personas mayores
atendiendo las orientaciones de la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el
Distrito Capital, el Modelo de Atención integral para las personas mayores y la gestión territorial de
Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital.
2. Realizar acciones de seguimiento territorial y actualización de información que contribuyan al
procedimiento de prestación del servicio social, identificación, ingreso, activación y egreso de las
personas mayores al servicio, aplicando los instrumentos técnicos y tecnológicos previstos para tal
fin. (consulta en SIRBE y aplicativo Processa, así como los cruces con las bases de datos).
3. Elaborar, analizar y reportar mensualmente la información de meta física (encuentros de desarrollo
humano, intergeneracionales e interculturales), de acuerdo a los indicadores de gestión, y
realizando reportes sobre el componente la gestión social para remitir a la Subdirección para la
Vejez en los tiempos establecidos.
4. Emitir los conceptos que le sean requeridos y aportar elementos de juicio para la toma de
decisiones relacionadas con el desarrollo de las acciones de identificación, ingreso, activación,
suspensión, egreso y seguimiento en la prestación del servicio a las personas mayores atendiendo
las orientaciones de gestión territorial de Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en
el Distrito Capital.
5. Validar que las personas que ingresan cumplen los criterios, así como durante la prestación del
servicio, asociado a los proyectos que la Alcaldía Local formule para la prestación y operación de
los servicios.
6. Articular acciones e información entre los componentes administrativo y social, que permita la
consolidación de reportes de desempeño del servicio y novedades como: ingresos, egresos, saldos
altos, cobros y no cobros (Subsidios C), bloqueos y suspensiones al componente de gestión social
para seguimiento.
7. Aportar y dar cumplimiento al Sistema Integrado de Gestión (SIG) en el marco de la prestación del
servicio social subsidios económicos, así como de acuerdo a lo estipulado en la Política Pública
Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital 2010 - 2025 y el Modelo de Atención
integral para Personas Mayores.
8. Diseñar, implementar y evaluar las actividades relacionadas con los encuentros de desarrollo
humano, de acuerdo a los lineamientos técnicos brindados por la Subdirección para la Vejez
9. Atender, tramitar y dar respuesta oportuna a las solicitudes de las y los ciudadanos y entes de
control, teniendo en cuenta los lineamientos y términos establecidos.
10. Aplicar los instrumentos necesarios (fichas, formatos, entre otros.) para realizar seguimiento a las
actualizaciones del sistema de información SIRBE y bases de datos, realizando las respectivas
consultas.
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Realizar seguimiento y ejecutar los planes de mejoramiento derivados de auditorias internas y
externas, hallazgos administrativos y/o fiscales, con sus respectivos reportes, así como adelantar
oportunamente las actuaciones administrativas que correspondan.
Participar con el equipo local en la planeación, programación y ejecución de las actividades propias
de la Subdirección Local, para la Vejez, en los respectivos territorios y Alcaldías Locales.
Participar en la formulación, implementación, seguimiento, monitoreo y evaluación de propuestas de
trabajo, investigación y/o sistematización que den cuenta de la caracterización de la población que
accede a los servicios.
Revisar, verificar y garantizar la calidad, confidencialidad y discrecionalidad en el manejo de la
información en relación con el desarrollo del objeto contractual y de conformidad con las
instrucciones del supervisor del contrato.
Participar en las reuniones y diferentes actividades que programe la Secretaría Distrital de
Integración Social y la Subdirección Local, para la Vejez y la Alcaldía Local.
Presentar dentro de los tiempos estipulados, los informes y productos requeridos por el-la
Supervisor-a del contrato y el-la Subdirector-a para la Vejez, utilizando para ello los formatos
institucionales oficiales.
1Participar activamente en los procesos de atención a población en emergencias de origen natural
y antrópicos, aplicando protocolos y procedimientos adoptados dentro del Sistema de Prevención y
Atención de Emergencias en la ciudad.
Las demás inherentes a su obligaciones contractuales y que se requieran para el cabal
cumplimiento del contrato.
Profesional Administrativo: prestar los servicios profesionales para la implementación de los
procedimientos requeridos para el oportuno y adecuado registro, cruce y reporte de los datos en el
sistema de información –SIRBE, de las personas mayores que solicitan y son usuarias de los servicios
sociales del Proyecto de Subsidio Tipo C, dando aplicación a los procedimientos de prestación del
servicio social identificación, ingreso, activación y egreso.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS
1. Implementar los procedimientos relacionados con la identificación, ingreso, activación,
seguimiento, suspensión y egreso en la prestación del servicio a las personas mayores
atendiendo las orientaciones de la Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en
el Distrito Capital, el Modelo de Atención integral para las personas mayores y la gestión
territorial de Política Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital.
2. Realizar acciones de seguimiento y actualización de información que contribuyan al
procedimiento de prestación del servicio social, identificación, ingreso, activación y egreso de
las personas mayores al servicio, aplicando los instrumentos técnicos y tecnológicos previstos
para tal fin. (consulta en SIRBE y aplicativo Processa, así como los cruces con las bases de
datos)
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Elaborar, analizar y reportar mensualmente la información de meta física (apoyo económico),
de acuerdo a los indicadores de gestión, y realizando reportes sobre el componente de gestión
administrativa para remitir a la Subdirección para la Vejez en los tiempos establecidos.
Articular acciones e información entre los componentes administrativo y social, que permita la
consolidación de reportes de desempeño del servicio y novedades como: ingresos, egresos,
saldos altos, cobros y no cobros, bloqueos y suspensiones al componente de gestión social
para seguimiento.
Aplicar los instrumentos necesarios (fichas, formatos, entre otros) para realizar seguimiento a
las actualizaciones del sistema de información SIRBE y bases de datos, realizando las
respectivas consultas.
Proyectar y notificar los actos administrativos que se deriven de la prestación del servicio social
con la ciudadanía de acuerdo con los procedimientos definidos para tal fin.
Atender, tramitar y dar respuesta oportuna a las solicitudes de las y los ciudadanos y entes de
control, teniendo en cuenta los lineamientos y términos establecidos.
Emitir conceptos que le sean requeridos y aportar elementos de juicio para la toma de
decisiones relacionadas con el desarrollo de las acciones de identificación, ingreso, activación,
suspensión, egreso y seguimiento en la prestación del servicio a las personas mayores
atendiendo las orientaciones de gestión territorial de Política Pública Social para el
Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital.
Atender las orientaciones del Sistema Integrado de Gestión (SIG) en el marco de la prestación
del servicio social subsidios económicos así como de acuerdo a lo estipulado en la Política
Pública Social para el Envejecimiento y la Vejez en el Distrito Capital 2010 – 2025 y el Modelo
de Atención integral para Personas Mayores.
Controlar e informar periódicamente a la Subdirección para la Vejez, acerca del avance de las
decisiones administrativas relacionadas con las devoluciones efectuadas por los ciudadanos-as
en relación con cobros indebidos.
Realizar seguimiento y ejecutar los planes de mejoramiento derivados de los seguimientos
internos y auditorías externas, cobros indebidos, hallazgos administrativos y/o fiscales, con sus
respectivos reportes, así como adelantar oportunamente las actuaciones y procesos
administrativos que correspondan.
Participar con el equipo local en la planeación, programación y ejecución de las actividades
propias y brindar asistencia técnica de los Servicios Sociales de la Subdirección para la Vejez,
en los respectivos territorios y Alcaldías Locales.
Participar en la formulación, implementación, seguimiento, monitoreo y evaluación de
propuestas de trabajo, investigación y/o sistematización que den cuenta de la caracterización
de la población que accede a los servicios.
Revisar, verificar y garantizar la calidad, confidencialidad y discrecionalidad en el manejo de la
información en relación con el desarrollo del objeto contractual y de conformidad con las
instrucciones del supervisor del contrato.
Participar en las reuniones y diferentes actividades que programe la Secretaría Distrital de
Integración Social y la Subdirección para la Vejez.
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16. Presentar dentro de los tiempos estipulados, los informes y productos requeridos por el-la
Supervisor-a del contrato y el-la Subdirector-a para la Vejez, utilizando para ello los formatos
institucionales oficiales.
17. Participar activamente en los procesos de atención a población en emergencias de origen
natural y antrópicos, aplicando protocolos y procedimientos adoptados dentro del Sistema de
Prevención y Atención de Emergencias en la ciudad.
18. Las demás inherentes a su obligaciones contractuales y que se requieran para el cabal
cumplimiento del contrato.
Infraestructura
Contar con los materiales para el desarrollo de los encuentros de desarrollo humano y equipos de
cómputo para la prestación y entrega del subsidio.
Costos asociados a la formulación
El valor de subsidio a pagar a las personas vinculadas al servicio social de Subsidios económicos, se
determina teniendo en cuenta lo establecido en el documento CONPES 70 del 28 de mayo de 2003, el
cual “…tiene como objetivo formular la política del gobierno nacional frente al nuevo papel del Fondo de
Solidaridad Pensional de acuerdo con lo establecido en la reforma pensional, Ley 797 de 2003, L/797, y
en el contexto de la política encaminada a resolver los problemas económicos en la vejez”.
Es pertinente mencionar que en dicho documento se establecieron los rangos a pagar por concepto de
subsidio a las personas mayores en los siguientes términos que se cita a continuación:
(…).
“…3.2 Subcuenta de Subsistencia
Teniendo en cuenta que la población objetivo son los adultos mayores en estado de miseria o
indigencia, el subsidio debe ser al menos el nivel de ingreso mínimo que permita al beneficiario salir de
ese estado. Este nivel de ingreso corresponde a la línea de indigencia (LI), medida con base en el valor
de una canasta que cubre los requisitos nutricionales mínimos diarios y respeta, en lo posible, los
hábitos alimentarios de la población. La LI se ubica alrededor de $106.000 de 2003, según las últimas
cifras disponibles (Ver Anexo 1).
De esta manera, el valor máximo del subsidio para 2003 será equivalente al 32% de un smlmv, es decir
$106.000 mensuales, de los cuales se entregará una parte en efectivo que oscila entre el 33%
($35.000) y el 70%($75.000) del monto máximo del subsidio y otra parte en especie, equivalente al
30% ($31.000) del monto máximo del subsidio ($106.000), en los servicios sociales
complementarios que se definan en el Manual Operativo.
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Se establece un rango para la entrega del efectivo dado que en algunos municipios los beneficiarios
tienen algún ingreso mínimo y por otra parte, el poder de compra del dinero no es igual para todos los
entes territoriales. En todo caso, el monto exacto de este componente deberá ser un múltiplo de $5.000
dentro del rango establecido ($35.000-$75.000) y el componente en servicios sociales complementarios
siempre será de $31.000.
El subsidio se entregará en dos modalidades: un subsidio económico directo para beneficiarios no
residentes en Centros de Bienestar del Anciano y un subsidio económico indirecto para beneficiarios
residentes en dichos centros…”
Para 2013, los parámetros que se tienen en cuenta para el ajuste del valor del subsidio económico son
los establecidos en el Conpes 70 de 2003:
Cuadro. 1: Lineamientos Conpes 2003
Smlv 2012
$ 566.700
$ 181.344
$ 126.941
Smlv 2013
$ 589.500
$ 188.640
$ 132.048
70%
$ 54.403
$ 56.592
30%
Salario Mínimo Legal vigente
32%
Efectivo (SUBSIDIO)
Servicios Sociales
Complementarios
La Secretaría Distrital de Integración Social con el objetivo de disminuir la brecha de acuerdo al
lineamiento Conpes 70 de 2003 para el año 2012 realizó un incremento del subsidio, pasando de
$84.000.oo a $95.000.oo mensuales y para 2013 aumento a $120.000.oo. Esta normatividad y ajuste
anual se debe tener en cuenta por parte de las Alcaldías Locales, con el objetivo de garantizar el
principio de equidad e igualdad.
Igualmente, en el marco del Plan de Desarrollo Bogotá Humana, Eje: “Ciudad que disminuye la
Discriminación y la Segregación” y el programa “Lucha contra distintos tipos de violencia, segregación y
discriminación”, en el marco del cual, no debería presentarse esta diferenciación en el valor del
Subsidio. Por lo anterior, las Alcaldías Locales deben nivelar al valor del Subsidio establecido por la
Secretaría Distrital de Integración para 2013, es decir, ciento veinte mil pesos mcte $120.000.oo y
contemplar para los próximos proyectos el incremento anual del Subsidio, de acuerdo al Lineamiento
Conpes.
Actualmente de acuerdo a las fuentes de financiación y el monto mensual, los subsidios se clasifican
así:
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Tabla 1: Clasificación y fuentes de destinación - subsidios.
Tipo de Subsidio
Subsidio Tipo A*
Subsidio Tipo B
Subsidio Tipo B
Desplazados
Valor Mensual 2013
$ 165.000
Fuentes de financiación
Otros Distritos
$ 120.000
Financiados por el Distrito a través de los
Fondos de Desarrollo Local
Subsidio Tipo C**
Fuente: SDIS - Subdirección de Diseño, Evaluación y Sistematización –Subdirección para la Vejez
Es pertinente mencionar que el porcentaje de subsidio entregado en especie a las personas mayores,
se materializa a través del componente de Gestión Social cuyas actividades son programadas por cada
una de las Subdirecciones Locales para la Integración Social y Alcaldía Local.
Los costos relacionados con la entrega del subsidio económico están asociados a:
COSTOS
VALOR UNITARIO
OBSERVACIÓN
COSTOS GENERACION TARJETAS
PLASTICO
$ 1.084
PERSONALIZACION
$ 176
IMPRESIÓN DE ACTA
$ 51
BROCHURE y REGLAMENTO
$ 428
ENTREGA PERSONALIZADA*
$ 2.267
Subtotal
Tener en cuenta ampliación de
coberturas (reexpediciones y
creaciones)
$ 4.006
IVA
$ 641
Total Costo Generación y entrega por beneficiario
$ 4.647
-
Valor activación una sola vez por beneficiario
$ 836
-
Costo Administrativo Valor por beneficiario
$ 535
-
Costo Cargue Valor por beneficiario
$ 325
-
Costo Cuatro por Mil Valor por beneficiario
$ 480
Depende del valor del Subsidio
VALOR TOTAL
$ 5.483
Depende de valor de Subsidios a
pagar
Fuente: Estructura de Costos 2013 correspondiente al Convenio 4002 de 2011.
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Los costos operativos incrementan anualmente con base en el IPC.
 Dependiendo del tipo de contratación que se haga para la dispersión de los Subsidios, estos costos
pueden variar, los costos sugeridos hacen parte del convenio actual (Convenio Marco de
Asociación 4002 del 2011, suscrito entre los Fondos de desarrollo Local – Alcaldías Locales,
Secretaría Distrital de Integración Social y la Caja de Compensación Familiar Compensar.
De otra parte se presenta un costeo general para las actividades de Desarrollo humano en las
localidades, con un estándar para 50 personas, para lo cual, se requiere
Concepto
Cantidad
Valor
Unitario
Estándar
Valor Total
Psicólogo/a
1,00
1 por cada 50 (TC)
2.771.700
33.722.350
Trabajador/a Social
1,00
1 por cada 50 (TC)
2.771.700
33.722.350
Profesional en artes de plásticas
2,00
1 por cada 25 (TC)
2.771.700
67.444.700
134.889.400
Alimentación - Refrigerios
50
DIARIO
2.900
37.265.000
Papelería
50
MENSUAL
7.244
4.406.761
Materiales y Suministros (3 talleres)
50
MENSUAL
20.227
12.305.043
Transporte (Ruta Bus) Dos salidas
50
MENSUAL
20.000
2.000.000
Total de la Prestación del Servicio
55.976.804
Evaluación:
El seguimiento y evaluación se realizan a través de la creación de un Comité Técnico, y está
conformado por un representante del Fondo de Desarrollo Local, un representante de la Subdirección
Local, e integrantes de los equipos locales de la Alcaldía Local.
Seguimiento y Control:
De acuerdo con el Decreto 854 de 2001 la supervisión de los proyectos y contratos de dotación será
realizado por el Alcalde Local, quien podrá apoyarse en los Profesionales de la Oficina de Planeación y
Almacenista de los Fondos de Desarrollo Local.
De acuerdo a lo establecido en el artículo 8º del Decreto Distrital 101 de 2010, por expresa delegación
le compete a los Alcaldes o Alcaldesas Locales la facultad para contratar, ordenar los gastos y pagos
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LOCAL.
con cargo al presupuesto de los Fondos de Desarrollo Local, de acuerdo con la estructura establecida
en el Plan de Desarrollo Local que esté vigente.
Frente al caso concreto. Se advierte que las resoluciones de ingreso, egreso y suspensión
corresponden a acciones que permiten materializar o concretar los pagos, facultad que tienen a cargo
los ordenadores de gasto Subsidios Tipo C (Alcaldes/ Alcaldesas Locales). Tal como lo señala el
artículo 60 del Decreto Distrital 714 de 1996, que dispone en la parte final que la ordenación del gasto
conlleva la ordenación de pago.
Vale anotar que la facultad de ordenación de gasto prevista en el D.101/2010, por provenir de una
delegación no puede igualmente ser delegada conforme a lo prescrito en el artículo 11 numeral 2 de la
Ley 489 de 1998, lo que impide que los actos de pago en desarrollo del proyecto de subsidios
económicos con recursos de los FDL puedan ser suscritos desde la SDIS, competencia que se debe
articular con el procedimiento mencionado por el área técnica, en el que se aclara que:
A partir de la entrada en vigencia del decreto y pasado el periodo de transición, los actos administrativos
que se realizan para el proceso de prestación del servicio social Subsidios Económicos Tipo C
(Ingresos, suspensiones y egresos) deben ser firmados por el/la Alcalde, Alcaldesa Local, de acuerdo a
las decisiones tomadas en los comités locales de persona mayor que se realizan mensualmente,
igualmente comunicó que estos ingresos y egresos deben contar con el Visto bueno de los
profesionales contratados por la Alcaldía Local para el seguimiento y prestación del subsidio tipo C,
información que ha sido socializada con los profesionales de planeación, presupuesto y profesionales
contratados para el seguimiento de este servicio desde 2010, 2011 y 2012.
En este sentido, las Alcaldías locales generan los actos administrativos y notificaciones que garantizan
la operación y prestación del servicio, como lo son:
Resolución de Gasto y Pago de Subsidio C
Resolución de pago de costos operativos
Resolución mensual de ingresos, suspensiones y egresos, con las respectivas notificaciones
conforme a lo establecido en el Nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo
Contencioso Administrativo.
Gestión para adelantar cobro persuasivo según competencias conferidas mediante el Decreto
397 de 2011.
Es preciso aclarar que se requiere la participación en los comités mensuales de los/las delegados (as)
de la Alcaldía Local que avalen las actuaciones y por ende firmen las relaciones de abono desde la
Alcaldía Local y los responsables de las novedades (profesional de subsidio C, Alcalde Local)
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De igual manera, es necesario que se adelante por parte de la Alcaldía Local, en los casos en que
haya lugar las acciones tendientes a dar cumplimiento en lo establecido en el Decreto 397 de 2011, por
el cual se establece el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera en el Distrito Capital y se dictan
otras disposiciones. Artículo 2°.- Competencias para adelantar el cobro persuasivo, el cobro coactivo y
el otorgamiento de facilidades de pago. Son competentes para adelantar el proceso de cobro
persuasivo, el cobro coactivo y el otorgamiento de facilidades de pago, los siguientes servidores
conforme con la estructura de cada entidad u organismo: a) En las Localidades la competencia
funcional para adelantar el cobro persuasivo, es del (a) Alcalde (sa) Local.
Sistemas de Información:
En las actividades para prestar el servicio es necesario contar con un Sistema de Información, para lo
cual se requiere el reporte de la siguiente información, de manera oportuna:
Actividad
Variables
Número de documento de identidad, Nombre y Apellidos, Edad,
Dirección, Barrio, teléfono, ingresos, Sisbén, Carta Población
especial. Fecha de Actuación, estado Actual (activo, suspendido,
egresado), Localidad. Datos de acudientes (nombres y apellidos
completos, dirección, teléfono)
Instrumentos
Ficha SIRBE
Visita de Validación de condiciones
Ficha de seguimiento
Formato de Actualización
Recolección
Captura
Reporte
Descripción
Responsable del
Registro
Alcaldía Local
Software
Medio
Magnético y físico
Periodicidad
Mensual (Entre el día 20 y 30 de cada mes)
A quién
Subdirección Local correspondiente
La Alcaldía Local debe adelantar cruce de bases de datos de acuerdo a los lineamientos de la
SDIS.
Informes que envía el operador.
Marco Normativo
La normatividad asociada a la entrega de subsidios económicos para las personas mayores en el
Distrito capital es:
Artículos 14 y 17 del Convenio IV de Ginebra.
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Constitución Política Nacional, artículos 1, 13 y 46.
Artículo 1. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria,
descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista,
fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la
integran y en la prevalecía del interés general.
Artículo 13. Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y
trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna
discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política
o filosófica.
Artículo 46. El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las
personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria
Ley 100 de 1993, la cual establece en el Artículo 257, programa de auxilios para los ancianos
indigentes que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser Colombiano-a
b) Llegar a una edad de sesenta y cinco o más años
c) Residir durante los últimos diez años en el territorio nacional
d) Carecer de rentas o de ingresos suficientes para su subsistencia, o encontrarse en condiciones
de extrema pobreza o indigencia, de acuerdo con la reglamentación que para tal fin expida el
Consejo Nacional de Política Social
e) Residir en una institución sin ánimo de lucro para la atención de ancianos indigentes, limitados
físicos o mentales y que no dependan económicamente de persona alguna. En estos casos el
monto se podrá aumentar de acuerdo con las disponibilidades presupuestales y el nivel de
cobertura. En este evento parte de la pensión se podrá pagar a la respectiva institución.
Parágrafo 1o. El Gobierno Nacional reglamentará el pago de los auxilios para aquellas personas
que no residan en una institución sin ánimo de lucro y que cumplan los demás requisitos
establecidos en este artículo.
Parágrafo 2o. Cuando se trate de ancianos indígenas que residan en sus propias comunidades, la
edad que se exige es de cincuenta (50) años o más. Esta misma edad se aplicará para dementes y
minusválidos.
Parágrafo 3o. Las entidades territoriales que establezcan este beneficio con cargo a sus propios
recursos, podrán modificar los requisitos anteriormente definidos.
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Artículo 258. Objeto del programa. El programa para los ancianos tendrá por objeto apoyar
económicamente y hasta por el 50% del salario mínimo legal mensual vigente, a las personas que
cumplan las condiciones señaladas en el artículo anterior y de conformidad con las metas que el
CONPES establezca para tal programa.
El programa se financiará con los recursos del Presupuesto General de la Nación que el CONPES
destine para ello anualmente, y con los recursos que para tal efecto puedan destinar los
departamentos, distritos y municipios.
Artículo 261. Planes locales de servicios complementarios. Los municipios o distritos deberán
garantizar la infraestructura necesaria para la atención de los ancianos indigentes y la elaboración
de un plan municipal de servicios complementarios para la tercera edad como parte integral del plan
de desarrollo municipal o distrital.
Artículo 262. Servicios sociales complementarios para la tercera edad. El Estado a través de sus
autoridades y entidades, y con la participación de la comunidad y organizaciones no
gubernamentales prestaran servicios sociales para la tercera edad conforme a lo establecido en los
siguientes literales:
a) En materia de educación, las autoridades del sector de la educación promoverán acciones sobre
el reconocimiento positivo de la vejez y el envejecimiento;
b) En materia de cultura, recreación y turismo, las entidades de cultura, recreación, deporte y
turismo que reciban recursos del Estado deberán definir e implantar planes de servicios y
descuentos especiales para personas de la tercera edad;
c) El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social<1> promoverá la inclusión dentro de los programas
regulares de bienestar social de las entidades públicas de carácter nacional y del sector privado el
componente de preparación a la jubilación.
Parágrafo 2°. La entidad territorial o el resguardo, seleccionará los beneficiarios previa verificación
del cumplimiento de los requisitos. Con el fin de garantizar un mayor acceso, el Ministerio de la
Protección Social seleccionará los beneficiarios que residan en los Centros de Bienestar del Adulto
Mayor, previa convocatoria y verificación de requisitos.
Artículo 31. Modalidades de beneficios. Los beneficios de la subcuenta de subsistencia, serán
otorgados en las siguientes modalidades:
Un subsidio económico directo, que se otorga en dinero, el cual se gira directamente a los
beneficiarios.
Un subsidio económico indirecto, que se otorga en Servicios Sociales Básicos, el cual se entrega a
través de los Centros de Bienestar del Adulto Mayor, Centros Diurnos, Resguardos Indígenas o a
través del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar.
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Parágrafo 1°. En ambas modalidades, el subsidio económico podrá contener adicionalmente
Servicios Sociales Complementarios, siempre y cuando exista cofinanciación de las entidades
territoriales y/o resguardos indígenas.
Los aspectos procedimentales para la entrega de los subsidios indirectos otorgados a través del
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar serán los señalados en el Manual Operativo. La
población desplazada beneficiaria de estos subsidios, deberá acreditar tal condición a través de la
certificación que para el efecto expida la Agencia Presidencial para la Acción Social y la
Cooperación Internacional.
Parágrafo 2°. Los Servicios Sociales Básicos comprenden alimentación, alojamiento y
medicamentos o ayudas técnicas (elementos para atender una discapacidad y que favorecen la
autonomía personal y su calidad de vida) no incluidos en el Plan Obligatorio de Salud -POS- del
régimen subsidiado, ni financiadas con otras fuentes. Podrá comprender medicamentos o ayudas
técnicas incluidas en el POS, cuando el beneficiario del programa no esté afiliado al régimen
subsidiado de salud.
Los proyectos productivos también podrán formar parte de los Servicios Sociales Básicos para la
población beneficiaria, en consideración a las particularidades culturales, sociales y las condiciones
de habitación o residencia, propias de cada grupo social beneficiario de estos subsidios,
parametrizadas en el Manual Operativo.
Los Servicios Sociales Complementarios son aquellos que se enfocan al desarrollo de actividades
de educación, recreación, cultura, deporte, turismo y proyectos productivos. Los proyectos
presentados podrán incluir uno o varios de los componentes descritos.
Parágrafo 3°. La asignación de cupos, el valor del subsidio económico y los componentes que se
financien serán definidos por el Ministerio de la Protección Social de acuerdo con la disponibilidad
presupuestal y de conformidad con las metas de cobertura señaladas por el Consejo Nacional de
Política Económica y Social, Conpes. En todo caso, el valor del subsidio no podrá superar el (50%)
del salario mínimo legal mensual vigente.
 Documentos CONPES 70 del 28 de mayo de 2003 “Nuevo papel del Fondo de Solidaridad
Pensional” y CONPES 100 del 29 de junio de 2006“Lineamientos para la focalización del gasto
público social”.
 Decreto 4943 de 2009, “Por el cual se modifican los artículos 30 y 33 del Decreto 3771 de 2007"
 Resolución 0964 del 9 de agosto de 2010, “por medio de la cual se adoptan los Criterios de Ingreso,
Egreso, Priorización y Restricciones por Simultaneidad para el acceso a los Servicios Sociales en
los Proyectos de la Secretaría Distrital de Integración Social”
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 Decreto 101 de marzo de 2010, “por medio del cual se fortalece institucionalmente a las alcaldías
Locales, se fortalece el esquema de gestión territorial de las entidades distritales en las localidades,
se desarrollan instrumentos para una mejor gestión administrativa y se determinan otras
disposiciones”.
Decreto 153 de 2010 “Artículo 2° “…2. Delegar en los Alcaldes Locales de Bogotá, D.C., la
Gerencia General de los proyectos y la Supervisión General de los contratos que se
adelanten con cargo a los recursos de los Fondos de Desarrollo Local; “…Se entenderá por
Gerencia General de los proyectos todas las actividades de coordinación, organización,
planeación, control y seguimiento de los proyectos de inversión…” negrilla fuera de texto.
Ley 715 de Diciembre 21 de 2001, por la cual se dictan normas orgánicas en materia de
recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 de la
Constitución Política de Colombia y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación
de los servicios de educación y salud, entre otros.
Decreto 397 de 2011, por el cual se establece el Reglamento Interno del Recaudo de Cartera
en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones. Artículo 2°.- Competencias para adelantar
el cobro persuasivo, el cobro coactivo y el otorgamiento de facilidades de pago. Son
competentes para adelantar el proceso de cobro persuasivo, el cobro coactivo y el otorgamiento
de facilidades de pago, los siguientes servidores conforme con la estructura de cada entidad u
organismo: a) En las Localidades la competencia funcional para adelantar el cobro persuasivo,
es del (a) Alcalde (sa) Local.
Artículo 21°- Manual de procedimiento. Decreto 397 de 2011. Cada una de las entidades y
organismos del sector central del Distrito Capital debe contar con un Manual de Administración
y Cobro de Cartera que deberá contener los parámetros fijados en este Decreto de acuerdo con
su estructura y competencia funcional así como a la legislación y naturaleza de la renta o
caudal público de la que sea responsable. Parágrafo 2º. Para el sector de las Localidades, la
competencia para actualizar el Manual de Administración y Cobro Persuasivo de la Cartera,
será de la Secretaría Distrital de Gobierno.
Ley 1437 de 2011, por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo
Contencioso Administrativo.
Directiva 005 del 5 de julio de 2012, sobre los lineamientos de inversión Local.
Plan de Desarrollo Bogotá Humana, Eje 1: “Ciudad que disminuye Discriminación y
Segregación” y el programa “Lucha contra distintos tipos de violencia, segregación y
discriminación.
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4. COMPONENTE Y/O ÁREA TEMÁTICA - ADECUACION DE JARDINES INFANTILES
4.1 CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y VIABILIDAD
CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y VIABILIDAD
Concepto
Línea
de
Inversión Local
Actividad
(Gasto elegible)
Generales al sector
Requiere concepto del
Sector
Específicos
SI
X
X
NO
ADECUACION
Concurrir con la asignación de recursos para la
ampliación de coberturas mediante adecuación,
remodelación y dotación del equipamiento de los
espacios determinados para la Atención integral a la
Primera Infancia AIPI
Componente y/o
ADECUACION DE JARDINES INFANTILES
Área temática
El tipo de mantenimiento programado para estos Jardines infantiles es el
mantenimiento integral, que incluye todas aquellas obras menores que no implican
cambios en la estructura de los predios, pero que permiten adecuarlos de tal manera
que cumplan con los requisitos de seguridad y salubridad exigidos para la buena
prestación de los servicios y que son verificados por los entes de control tales como la
Secretaría Distrital de Salud, Cuerpo Oficial de Bomberos, etc., así como dar
cumplimiento a los estándares de cada uno de los servicios de la Entidad.
Las alcaldías locales al realizar la escogencia de las unidades operativas deberán
priorizar la inversión de recursos en aquellas en las cuales, con base en los inventarios
actualizados, se hayan detectado mayores necesidades.
Descripción
(Fundamentos
conceptuales y/o
La adecuación de jardines infantiles incluye:
de enfoque)
Mantenimiento de Cubierta (Incluye canales y bajantes).
Pintura general del inmueble (En el caso de zonas húmedas se realiza con material
que permita su limpieza).
Revisión y mantenimiento de la red eléctrica del predio.
Revisión y mantenimiento del sistema hidrosanitario del predio.
Instalación de todos aquellos elementos necesarios para garantizar la seguridad de
los usuarios. (Ej: Instalación de películas de seguridad en vidrios, cintas
antideslizantes, puertas antimachucón, esquineros redondeados, etc.)
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Instalación de elementos para la separación de ambientes cruzados
Arreglo y/o cambio de enchapes y pisos.
Especificaciones para cada unidad operativa ver Anexo.
Los proyectos propuestos, en todos los casos, deben cumplir los
siguientes criterios:
Criterios
elegibilidad
SI
NO
La Alcaldía Local deberá solicitar un documento firmado por el Subdirector
Local de la SDIS donde se precise la siguiente información:
· Ficha técnica de las unidades operativas a las que se le va a realizar
mantenimiento (jardines infantiles, casas vecinales).
de · Justificación para el mantenimiento solicitado.
· Confirmación de que en el plan de compras de la SDIS no se tiene
X
previsto el mantenimiento, para las unidades operativas seleccionadas, o
que habiéndose previsto e incorporado dentro del plan, estos resultan
insuficientes, de tal manera que se hace necesario el aporte del Fondo de
Desarrollo Local.
· Concepto técnico por parte de la Subdirección local para la Integración
Social del proyecto formulado por la alcaldía local
Anexos
(Señale los anexos Anexo No. 11 LISTADO MANTENIMIENTO JARDINES COSTO GLOBAL.
que acompañan Anexo No. 12 FICHAS TÉCNICAS MANTENIMIENTO JARDINES INFANTILES. SE
estos criterios sea DEBE SOLICITAR LA INFORMACIÓN POR LOCALIDAD A LA DADE.
Específicos y/o de
requisitos de ley).
4.2 GENERALIDADES PARA LA FORMULACION DEL PROYECTO
4.2.1 Mantenimiento de Jardines Infantiles
Definición: El proyecto consiste en construir, adecuar y mantener equipamientos, ajustándolos a la
normatividad vigente con el objeto de garantizar la prestación de servicios sociales a la población
beneficiaria en ambientes adecuados y seguros. Los componentes de proyecto para llegar a cumplir
dicho objetivo son:
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Construcción y dotación de nuevas sedes y centros, con el fin ampliar cobertura para la prestación de
servicios sociales de la Secretaria Distrital de Integración Social; para el cumplimiento de esta
estrategia, es necesario realizar la adquisición de lotes para construcción y ampliación de nuevas
infraestructuras.
Intervención estructural de los equipamientos administrados por la Secretaria Distrital de Integración
Social para dar cumplimiento a la norma sismoresistente vigente.
Mantenimiento preventivo y correctivo de los equipamientos administrados por la Secretaria Distrital de
Integración Social que ya han sido o no intervenidos anteriormente, teniendo como base el diagnostico
y presupuesto de las necesidades de infraestructura para que se dé cumplimiento a los estándares de
infraestructura en ambientes adecuados y seguros.
Los proyectos formulados para mantenimiento deberán ser concordantes con las líneas de inversión
definidas para la SDIS: Concurrir con la asignación de recursos para la ampliación de coberturas
mediante adecuación, remodelación y dotación del equipamiento de los espacios determinados
para la Atención Integral a la Primera Infancia- AIPI, adicionalmente, se deberán ajustar a los
programas, objetivos y metas del Plan de Desarrollo Económico, Social y Obras Públicas para Bogotá
D.C. 2012-2016 Bogotá Humana, al Plan de Desarrollo Local y al Plan Operativo Anual de Inversión POAI de cada una de las Localidades.
Los predios que pueden ser objeto de obras de mantenimiento integral son las siguientes:
Los costos del anexo son estimados de acuerdo con el diagnóstico realizado por la Subdirección de
Plantas Físicas de la Secretaría de Integración Social –SDIS- entre junio y agosto de 2012. Los
proyectos que se vayan a realizar en la vigencia 2013 deben ajustar los valores de acuerdo con los
precios actualizados y el estado de cada uno de los inmuebles en la fecha de intervención. La
Subdirección de Plantas físicas de la SDIS prestará el apoyo necesario para realizar los ajustes para los
costos definitivos para cada uno de los proyectos.
Población:
La población objetivo del proyecto reúne todos los grupos poblacionales:
Niños y niñas de 0 a 5 años
Niños y niñas
Adolescentes
Jóvenes
Adultos
Adultos mayores
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Marco Normativo.
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La Secretaría Distrital de Integración Social mediante el Decreto 316 de 2006 adopta el Plan Maestro de
Equipamientos de Bienestar Social para Bogotá Distrito Capital, el cual es un instrumento de
planeación, estructurante de primer nivel de jerarquización, mediante el cual se establecen objetivos,
políticas y estrategias de largo plazo, que orientan la programación de la inversión y los requerimientos
del suelo para el desarrollo de las infraestructuras y los equipamientos. Además define el ordenamiento
de cada uno de los servicios dotacionales y adopta programas arquitectónicos y parámetros
urbanísticos e indicadores que permiten una programación efectiva de los requerimientos del suelo y
unidades de servicio necesarias para atender las diferentes escalas del territorio distrital.
De acuerdo al Artículo 4. -Objetivo general. “El Plan Maestro de Equipamientos del Sector de Bienestar
Social tiene por objeto orientar la inversión pública hacia la dotación de nuevos equipamientos y el
mantenimiento de los existentes mediante estrategias que determinen su localización, incentiven la
acción interinstitucional, las sinergias en las relaciones de la ciudad región y la concurrencia de las
acciones públicas y privadas”.
Dentro del Decreto 316 de 2006, en el artículo 48, el Observatorio, es el Instrumento para el
seguimiento y evolución del plan, en consecuencia la información resultante del análisis desarrollado
dentro de este instrumento, por lo cual la Secretaría Distrital de Integración Social tiene como objetivo
su diseño, implementación y puesta en marcha, para dar soporte a la información de referencia desde la
cual debe partir la modificación del Plan Maestro de Equipamientos del Sector de Integración social.
De acuerdo con la norma sismo resistente NSR/10 y la ley 400 de 1997, se exige el reforzamiento
estructural de todos los equipamientos dotacionales de la ciudad, por lo que en el año 2004 se da inicio
al reforzamiento estructural de los equipamientos administrados por la Secretaría Distrital de Integración
Social con el objeto de llevar las edificaciones al cumplimiento de esta norma.
Decreto 57 de 2009 "Por el cual se reglamenta el Acuerdo 138 de 2004, se regula la inspección,
vigilancia y control de las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, que presten el servicio de
Educación Inicial en el Distrito Capital, a niñas y niños entre los cero (0) y menores de seis (6) años de
edad y se deroga parcialmente el Decreto Distrital 243 de 2006" y Resolución 325 de 2009 “Por medio
de la cual se reglamenta parcialmente el Decreto 057 de 2009 respecto de la Asesoría, Inspección,
Vigilancia y Control a la Educación Inicial desde el Enfoque de Atención Integral a la Primera Infancia”.
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INVERSIÓN SOCIAL LOCAL
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5. COMPONENTE Y/O ÁREA TEMÁTICA - DOTACION CENTROS DE DESARROLLO
COMUNITARIO
5.1 CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y VIABILIDAD
CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y VIABILIDAD
Concepto
Línea
de
Inversión Local
Actividad
(Gasto elegible)
Generales al sector
Específicos
Requiere concepto
SI
X
del Sector
X
NO
DOTACIÓN
Suministrar elementos, materiales, mobiliario,
apoyos logísticos que complementen las actividades
de tipo misional adelantadas por los sectores de la
administración Distrital.
Componente y/o
DOTACION CENTROS DE DESARROLLO COMUNITARIO
Área temática
Los proyectos de los Fondos de Desarrollo Local relacionados con la temática de
Descripción
dotación, serán formulados para la adquisición, distribución e instalación de bienes que
(Fundamentos
complementen los inventarios de los Centros de Desarrollo Comunitario de la
conceptuales y/o Secretaria Distrital de Integración Social. La complementariedad de estas adquisiciones
de enfoque)
busca contribuir a mejorar el funcionamiento en cada una de las actividades que se
desarrollan en los servicios a cargo de las unidades operativas correspondientes.
Los proyectos propuestos, en todos los casos, deben cumplir los
SI NO
siguientes criterios:
Las alcaldías locales al realizar la escogencia de los Centros de Desarrollo
Comunitario a dotar en la presente vigencia, deberán priorizar la inversión
de recursos en aquellas en las cuales, con base en los inventarios
actualizados, se detecten mayores necesidades de dotación por:
Criterios
elegibilidad
de
Unidades operativas que tienen conceptos sanitarios emitidos por la
Secretaría de Salud, en los cuales se requiere renovar elementos por
inexistencia o mal estado.
Unidades operativas que presentan evidente deterioro de elementos.
Creación de nuevas unidades operativas.
X
Previo a la formulación del proyecto es necesario verificar si existen
elementos iguales o similares, adquiridos en vigencias anteriores que aun X
no hayan sido entregados a los Centros de Desarrollo Comunitario a dotar.
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PROCESO: PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES
PROCEDIMIENTO: DE ASESORIA Y ASISTENCIA TÉCNICA A ALCALDÍAS LOCALES
PARA LA FORMULACIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS DE
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De acuerdo con la identificación de necesidades de dotación realizada por
la Subdirección para la Gestión Integral Local, las especialidades de
elementos con las cuales se podrá complementar la dotación de los
Centros de Desarrollo Comunitario, para la presente vigencia son:
- Equipos industriales o semi-indistriales
- Equipos de computo y fotocopiadora
- Mobiliario
X
- Mobiliario para piscina
- Seguridad (extintores)
- Gimnasio
- Material didáctico y artículos para piscina
- Menaje de cocina
- Enfermería
- Aula de belleza
Es importante que en la formulación del proyecto se revisen y ajusten las
cantidades y especificaciones técnicas (medidas, condiciones de
instalación, etc.) para que estos se adecuen a las condiciones de la
infraestructura, mobiliario, capacidad de almacenamiento y demás factores
que puedan afectar la adecuada utilización de los elementos adquiridos
Es conveniente que la Alcaldía Local cuente con un documento firmado
por el Subdirector Local de la SDIS donde se precise la siguiente
información:
Centro de Desarrollo Comunitario que se va a dotar.
Justificación para la adquisición de los elementos de dotación
solicitados.
Confirmación de que en el plan de compras de la SDIS no se tiene
prevista la adquisición de los elementos de dotación para las unidades
operativas seleccionadas, o que habiéndose previsto e incorporado
dentro del plan, estos resultan insuficientes, de tal manera que se
hace necesaria su adquisición.
- Cuadro de información referente a los elementos requeridos por los
Centros de Desarrollo Comunitario
- Concepto técnico por parte de la Subdirección local, correspondiente del
proyecto formulado por la alcaldía local
Anexos
X
Anexo No. 13 Dotación por grupos de compra - Centro de Desarrollo Comunitario.
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PROCEDIMIENTO: DE ASESORIA Y ASISTENCIA TÉCNICA A ALCALDÍAS LOCALES
PARA LA FORMULACIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS DE
INVERSIÓN SOCIAL LOCAL
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(Señale los anexos
que acompañan
Anexo No. 13 Listado dotación CDC.
estos criterios sea
Específicos y/o de
requisitos de ley).
5.2 GENERALIDADES PARA LA FORMULACION DEL PROYECTO:
5.2.1 DOTACION CENTROS DE DESARROLLO COMUNITARIO
Población
Habitantes de los territorios urbanos y rurales de las diferentes localidades de Bogotá.
Costos
La Alcaldía Local deberá realizar los estudios económicos que permitan establecer los valores de los
elementos a adquirir, conforme a las especificaciones técnicas de los elementos.
Se adjunta en medio magnética una base de datos elaborada por la Subdirección para la Gestión
Integral Local que contiene la siguiente información:
Estructura de costos y dotación por grupos de compra.
Los valores unitarios indicados para cada elemento son una referencia que no reemplaza el estudio
económico necesario para determinar los costos del proyecto. Se debe tener en cuenta de igual manera
el incremento anual de los costos.
Entrega de los elementos a las unidades operativas.
La Subdirección Local designará a las personas responsables de los inventarios y las personas que
desde esa instancia realizarán las actividades de coordinación con la Alcaldía Local para el ingreso de
los elementos asignados a cada Centro de Desarrollo Comunitario, de acuerdo con los procedimientos
establecidos por la SDIS.
Seguimiento y control
De acuerdo con el Decreto 854 de 2001 la supervisión de los proyectos y contratos de dotación será
realizado por el Alcalde Local, quien podrá apoyarse en los Profesionales de la Oficina de Planeación y
Almacenista de los Fondos de Desarrollo Local.
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Marco normativo
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Del orden internacional
Educación Para Todos, UNESCO, Jomtien-Dakar 1990-2000.
Educación Para Todos, Marco de Acción para las Américas. Santo Domingo, República
Dominicana, 2000.
Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley 1346 de
2009).
Convenio 169 de la OIT 1989.
Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural (2001).
Declaración de las Naciones Unidas sobre los pueblos indígenas (2007).
Del orden nacional.
Constitución Política de Colombia de 1991, artículo 44º, 67º.
Ley 115 de 1994, ley general de educación:
CONPES 91 de 2005 (Objetivos del Milenio).
CONPES 115 de 2008. Distribución de recursos del SGP.
Plan Sectorial de Educación.
Plan Decenal de Educación.
Ley 1098 de 2006, artículos 17º, 27º, 29º, 36º, 39º, 41º, 44º, 46º.
CONPES 113 de 2007 Política Nacional de Seguridad Alimentaría Y Nutricional (PSAN)
Estrategia Hechos y Derechos.
Ley 1295 de 2009. Atención Integral – Sisben 1, 2 y 3.
CONPES Social 123 de 2009. Distribución de recursos del SGP para atención integral de la
primera infancia.
Ley 1361 de 2009. Protección integral a la familia.
Marco para las Políticas Públicas y Lineamientos para la Planeación del Desarrollo de la
Infancia y la Adolescencia en el Municipio Guía para los Alcaldes− (2007).
Colombia: Niñas, Niños y Adolescentes Felices y con Igualdad de Oportunidades. Plan
Nacional para la Niñez y la Adolescencia - 2008 – 2017.
Del orden distrital.
Política Pública Distrital de Discapacidad (Decreto 470 de 2007).
Decreto 508 de 2007. Política Distrital de Seguridad Alimentaría y Nutricional 2007-2015.
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PROCEDIMIENTO: DE ASESORIA Y ASISTENCIA TÉCNICA A ALCALDÍAS LOCALES
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LOCAL.
Resolución 1613 de 2011 (Comité Operativo de Infancia y Adolescencia).
Decreto Distrital 121 de 2012 (Consejo Consultivo de Niños, Niñas y Adolescentes y
reconocimiento de los Consejos de Niños y Niñas).
6. COMPONENTE Y/O ÁREA TEMÁTICA - PREVENCIÓN, ORIENTACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO
INDIVIDUAL Y FAMILIAR A VÍCTIMAS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y SEXUAL
6.1 CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y VIABILIDAD
CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y VIABILIDAD
Generales al sector
Específicos
Requiere concepto
SI
x
del Sector
Concepto
Línea
de
Inversión Local
Actividad
(Gasto elegible)
Prevención para mejorar la convivencia ciudadana
Generación de espacios para evitar: la violación
de los derechos humanos, la comisión de
delitos, consumo de sustancias psicotrópicas
Componente y/o
Área temática
X
NO
PREVENCIÓN, ORIENTACIÓN Y ACOMPAÑAMIENTO INDIVIDUAL Y FAMILIAR A
VÍCTIMAS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR Y SEXUAL
El servicio consiste en desarrollar acciones de prevención de las violencias intrafamiliar
Descripción
y sexual con las familias habitantes en la localidad y realizar la orientación,
(Fundamentos
acompañamiento y seguimiento individual y familiar a grupos familiares, remitidos por
conceptuales y/o
Comisarías de Familia, Consejo Local de Atención a Víctimas de Violencias - Red de
de enfoque)
Buen Trato y el Comité Local de Seguimiento a Casos.
Los proyectos propuestos en todos los casos, deben cumplir los
SI NO
siguientes criterios:
Orientación y acompañamiento individual y familiar; lo que varía de
acuerdo al presupuesto de cada localidad y a las metas de los Planes de
Desarrollo locales, es el número de grupos familiares a atender.
X
En el desarrollo de este componente se deben contemplar un mínimo de
Criterios de
15 reuniones para casos de Violencia Intrafamiliar-VIF y 16 reuniones para
elegibilidad
casos de Violencia Sexual-VSX cada una de 45 minutos, así:
Recepción: mínimo 1 reunión para cada área profesional Previa al
X
acompañamiento: Psicología (1S), Trabajo Social (1S).
Acompañamiento individual y Familiar: Mínimo 4 reuniones a nivel
individual y mínimo 4 reuniones con la familia y/o pareja 1 semanal X
Psicología, Trabajo Social, Psiquiatría (de acuerdo con necesidades).
Visita Domiciliaria: mínimo 2 reuniones 1 mensual Trabajo Social.
X
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LOCAL.
Cierre: mínimo 1 reunión al finalizar objetivos del equipo psicosocial
X
Trabajo Social, Psicología.
Seguimiento: mínimo 2 reuniones para casos de VIF y 3 reuniones para
casos de VSX. Una vez concluida el acompañamiento para casos de VIF:
X
al mes y 3 meses; y para los casos de VSX: al mes, 6 meses y al año.
Trabajo Social, Psicología.
Recepción: Con el equipo psicosocial y el sistema familiar se definirá el
problema para iniciar un proceso de orientación dirigido a identificar la o
las situaciones que generaron la violencia como también los recursos y
X
capacidades para afrontarlas y resolverlas de manera no violenta
permitiendo diseñar y ejecutar un plan de acción y la apertura de la
historia psicológica.
Acompañamiento individual y familiar: Para facilitar la superación y
resolución de situaciones de violencia se propone la expresión de
sentimientos y emociones, los factores protectores a nivel individual y
familiar, procesos de comunicación entre otros aspectos que favorezcan la
convivencia y el desarrollo de un proyecto de vida conjunto.
En los casos de delitos sexuales, para garantizar la idoneidad de las
declaraciones de las afectados/as dentro del respectivo proceso judicial
del Sistema Penal Acusatorio Oral, debe evitarse que en las reuniones de
acompañamiento individual y familiar la persona narre los hechos que
dieron lugar al proceso, toda vez que esto puede alterar la fidelidad y
veracidad de la información en el proceso judicial, así como revictimizar a
la persona.
X
En el desarrollo del acompañamiento del grupo familiar se debe realizar el
trabajo con hombres maltratadores, desarrollando actividades grupales
(mínimo 15 sesiones) que promuevan la construcción de nuevas
masculinidades, además de brindar herramientas que contribuyan a la
construcción de contextos de afecto, respeto y comunicación asertiva.
Notas: De acuerdo con la dinámica de cada familia y los objetivos del
acompañamiento individual y familiar se determinará el número de
reuniones requeridas las cuales podrán ser inferiores a las mencionadas
en los lineamientos, las cuales se deberán argumentar en la historia de
cada grupo familiar. En caso de ser inferiores estas serán acumuladas
para otros grupos familiares.
Para los casos de delitos sexuales, el ejecutor del proyecto deberá
implementar el número de reuniones establecidas en los Lineamientos X
para el acompañamiento individual y familiar a víctimas de Violencia
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LOCAL.
Sexual construidos por el Consejo Distrital de Atención a Víctimas de
Violencia Intrafamiliar y Sexual.
Durante el proceso la entidad ejecutora debe tener en cuenta los
lineamientos para la atención a victimas de violencia sexual, establecidos
por el Consejo Distrital para la Atención Integral a Victimas de Violencia
intrafamiliar y violencia y abuso sexual y los lineamientos del Plan Local y
Plan Distrital para la Prevención de las Violencias Intrafamiliar, Sexual y
Maltrato infantil. En el evento de presentarse deserción en el proceso de X
acompañamiento individual y familiar, por parte de las personas solas,
parejas o familias, la entidad ejecutora deberá efectuar seguimiento, para
identificar las causas que motivaron la deserción, cuestión que deberá ser
documentada en el reporte de ejecución, e informar de la situación a la
entidad que remitió la familia de manera oportuna.
El ejecutor debe presentar un informe mensual sobre la evolución del
proceso de acompañamiento individual y familiar con las familias a la
entidad remitente. En los casos que por circunstancias ajenas a la entidad
ejecutora del proyecto (traslado de ciudad, muerte, abandono definitivo) no
X
se logre completar la cantidad mínima de sesiones establecidas, se
deberá llevar un registro del número de sesiones faltantes, las cuales
serán acumuladas para proceder a enviar nuevas personas, grupos y
familias, a quienes se les brindará la acompañamiento individual y familiar.
La identificación de casos de violencia intrafamiliar y sexual deberá ser
una actividad transversal a la ejecución de todos las acciones del
proyecto, para esto la entidad ejecutora deberá conocer y difundir las rutas
locales de atención y establecer la coordinación interinstitucional X
necesaria para la garantía de los derechos, en forma articulada con el
Comité Local de Atención y Seguimiento a casos de víctimas de la
violencia intrafamiliar y el abuso sexual
La entidad ejecutora debe llevar registros permanentes que den cuenta de
la evolución del proceso. Debe remitir en forma mensual el informe del
proceso de acompañamiento individual y familiar de cada caso a la
entidad responsable de la remisión. Este informe debe dar cuenta como
mínimo del número de sesiones realizadas, participantes en el proceso,
evolución del caso y recomendaciones.
X
Las certificaciones que se soliciten en el marco del proyecto para procesos
judiciales, deberán surtir trámite a través de la Comisaría de Familia
correspondiente. Adicionalmente el contratista únicamente deberá asistir a
audiencias en los casos en donde se identifique la problemática a través
del acompañamiento individual y familiar.
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LOCAL.
Prevención: En desarrollo de esta acción se dará a través de los
siguientes componentes, según lo establecido en el Plan Distrital para la
prevención de la violencia intrafamiliar, el maltrato infantil la violencia y X
explotación sexual, en adelante denominado Plan Distrital para la
Prevención.
Componente de comunicación: pretende promover la simetría de
poderes mediante la acción comunitaria, articulados tanto a nivel
institucional como social, comprende actividades en medios de
comunicación masiva y de impacto, en diversos ámbitos (hogares,
escuelas, instituciones, comunidad, lugares de trabajo, entre otros).
Proyecta los compromisos, principios y valores, así como las actividades, X
su impacto, logro dificultades observadas durante todo el proceso. Este
componente puede incluir diferentes piezas comunicativas (afiches,
volantes, folletos, material lúdico, entre otras) y actividades realizadas con
diferentes medios de comunicación (emisoras radiales locales, periódicos,
carteleras, entre otros).
Componente de formación: comprende labores de capacitación y
socialización de información, pretende el incentivo de valores, actitudes y
aptitudes que fomenten el desarrollo de la autonomía y el reconocimiento
de derechos como también su preservación, recuperación y restitución; su
objetivo es brindar herramientas a los niños, niñas, jóvenes, personas
adultas, mujeres, adultos-as mayores y sus familias para la construcción
de relaciones democráticas en las familias, promover el afecto y el buen
X
trato y con ello contribuir al desarrollo del eje II de la Política Pública para
las Familias en Bogotá, orientado a la promoción de la familia como
ámbito primordial de socialización humanística y democrática. También los
procesos de formación tienen el propósito de promover el desarrollo de
sujetos autónomos, solidarios y afectuosos, lo que supone promover las
relaciones y vínculos que se establecen en las familias.
Componente de investigación: Comprende la realización de
estudios que permitan profundizar en la comprensión de las causas y
manifestaciones concretas de los problemas, así como el desarrollo de
una respuesta integral a las mismas. Igualmente considera las acciones
de monitoreo, seguimiento y evaluación de las acciones acordadas en el
X
Plan Distrital para la prevención, que contribuyan a la adecuada toma de
decisiones.
Componente de construcción de nuevas iniciativas: Este
componente trabaja en la formulación, ampliación o creación de nuevas
acciones, que benefician el desarrollo del plan distrital para la prevención y
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PROCEDIMIENTO: DE ASESORIA Y ASISTENCIA TÉCNICA A ALCALDÍAS LOCALES
PARA LA FORMULACIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS DE
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Fecha: 23 Octubre 2013
SOCIAL, CON CARGO A LOS
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LOCAL.
permiten su continuidad. Estas iniciativas deben partir del conocimiento
previo del contexto y de sus territorios para determinar acciones
coherentes.
En tal sentido, se consideran como base fundamental, la participación
y organización de las comunidades en una de las actividades definidas
como parte del Plan Distrital de Prevención. Igualmente con este
componente se promueve el acceso a redes de servicios sociales de
bienestar, con una gestión transectorial (públicos, privados y sociales), así
como programas integrales desarrollados por el conjunto de los actores
públicos y privados para atender a poblaciones prioritarias con relación al
ejercicio y restitución de derechos.
Componente
Inter-sectorial: Hace posible que el abordaje
preventivo tenga mayor impacto, pues vincula a las instituciones a la
construcción de un tejido social coherente con las necesidades del
contexto y articulado, para la búsqueda de soluciones acertadas que
aporten conocimientos y generen cambios en las relaciones. En tal
sentido, el desarrollo de acciones debe orientarse al ajuste y dinamización
de los procesos a nivel institucional, de tal manera que se responda al
enfoque que orienta el Plan Distrital para la prevención en el abordaje de
la problemática, el diseño de programas y la atención específica a grupos
poblacionales.
X
Las estrategias y acciones desarrolladas en este componente deben
facilitar la identificación de casos de violencia intrafamiliar, maltrato infantil,
abuso sexual y/o explotación sexual comercial, los cuales deben ser
orientados y referenciados siguiendo la ruta distrital de atención de
violencia intrafamiliar o sexual según sea el caso. La formulación y
ejecución de este componente debe estar plenamente articulado con el
Plan Distrital y el Local de Prevención del maltrato infantil, violencia
intrafamiliar, violencia y explotación sexual.
Componente de Seguimiento: Su finalidad es contribuir al
proceso de Atención Integral a personas víctimas por violencias
intrafamiliar y sexual a través del apoyo y acompañamiento social.
Este proceso se brinda a las personas y sus familias, atendidas en
vigencias anteriores y que por la complejidad del caso luego del
acompañamiento individual y familiar requieren un seguimiento adicional;
superando la dificultad y reconocer recursos personales, familiares,
X
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PROCEDIMIENTO: DE ASESORIA Y ASISTENCIA TÉCNICA A ALCALDÍAS LOCALES
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sociales, comunitarios entre otros.
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El seguimiento se deberá ejecutar incluyendo las siguientes actividades:
visita domiciliaria con fines de acompañamiento familiar, encuentro o
entrevista individual y grupal, consulta interinstitucional y/o talleres
vivénciales de seguimiento en grupos pequeños. Cómo mínimo se deben
realizar ocho (8) sesiones de seguimiento Para ello el ejecutor debe
solicitar una capacitación para la aplicación de este Modelo a la Secretaria
Distrital de Integración Social, Subdirección para la Familia. Las sesiones
de seguimiento deben ser realizadas por profesionales en Psicología,
Trabajo Social y/o por los profesionales que conformen el grupo
interdisciplinario para la ejecución del proyecto.
Notas:
Los grupos familiares atendidos en este componente deberán ser
remitidos por Comisarías de Familia, Consejo Local de Atención a
Víctimas de Violencias - Red de Buen Trato y el Comité Local de
Seguimiento a Casos.
La estadística de los casos atendidos remitidos por Comisarías de
Familia, deberán ser entregados a la Subdirección para la Familia.
Si en el primer contacto con el profesional la familia muestra que
la dinámica y las relaciones son adecuadas y el problema X
disminuyó se deben realizar como mínimo tres (3) acciones de
seguimiento: entrevista telefónica, visita domiciliaria y entrevista
familiar. Las reuniones restantes deben ser dirigidas a las familias
que por su dinámica requieran mas acciones de seguimiento.
Se deberán realizar como mínimo tres acciones para ubicar al
grupo familiar dentro de las cuales podrán estar la llamada
telefónica y la visita domiciliaria, después de esto se deberá
realizar el correspondiente informe de cierre.
Componente de Coordinación: Para optimizar los recursos y
lograr los resultados esperados es importante desde el diseño del
proyecto realizar una permanente coordinación y articulación
interinstitucional e intersectorial, por medio de la realización de las
siguientes actividades:
X
Conformación del Comité Técnico del Proyecto: El Comité Técnico
tiene el propósito de monitorear y evaluar la ejecución del proyecto y de
cada uno de sus componentes. Este Comité se reunirá una vez al mes y
será convocado por el ejecutor. El Comité Técnico está conformado por:
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SOCIAL, CON CARGO A LOS
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LOCAL.
El/la coordinador/a del Proyecto.
El/la supervisor/a delegado por parte de la Alcaldía Local.
El/la Comisario/a de Familia o su delegado (en las localidades en
las que hay más de una Comisaría de Familia cada comisaría
debe enviar su delegado).
Referente Local de la Subdirección para la Familia.
El/la interventor/a del proyecto.
Un representante del Consejo Local de Atención a Víctimas o del
Comité Local de Atención a Víctimas.
Un representante del Comité Local de Seguimiento a casos.
Comité Técnico de Estudios de Caso: Este comité tiene el
propósito de hacer el seguimiento del estado de las familias remitidas al
proyecto, se realiza mensualmente y de manera conjunta con la/las
comisarías de familia de la localidad. En este Comité se verifica que las
familias remitidas hayan sido contactadas y acompañadas por el ejecutor.
También se evalúa el avance en el proceso de acompañamiento individual
y familiar, los logros y dificultades, así como se realizan recomendaciones
y sugerencias para mejorar, reorientar y ajustar los procesos de
intervención. El Comité estará conformado por:
X
El/la coordinador/a del Proyecto.
El/la Comisario/a de Familia o su delegado (en las localidades en
las que hay más de una Comisaría de Familia cada comisaría
debe enviar su delegado).
Criterios de
viabilidad
El contratista ejecutor deberá asistir al Consejo Local de Atención a
Víctimas, al Comité Local de Seguimiento a casos y a los diferentes
comités que sean requeridos en el marco de la implementación del
proyecto.
Los proyectos propuestos, en todos los casos, deben cumplir los
SI
siguientes criterios:
El talento humano para la ejecución de la totalidad de los componentes del
servicio deberá cumplir con los perfiles, cantidades y disponibilidades
descritas a continuación:
Coordinador-a General del Proyecto: Profesional de las Ciencias
Sociales o Humanas (Psicología, Trabajo Social entre otros). Experiencia
profesional mínima de 2 años en coordinación y ejecución de proyectos X
sociales de intervención con población en condición de violencia
intrafamiliar y/o sexual o en situación de vulnerabilidad.
NO
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PROCEDIMIENTO: DE ASESORIA Y ASISTENCIA TÉCNICA A ALCALDÍAS LOCALES
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SOCIAL, CON CARGO A LOS
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LOCAL.
Psicólogo/a y Trabajador/a Social: Profesionales en Psicología y
Trabajo Social con mínimo 2 años de experiencia en el trabajo de
X
acompañamiento individual y familiar con población víctima de violencia
Intrafamiliar, maltrato infantil y/o sexual infantil.
Asistente Administrativo: Bachiller con formación y/o experiencia de 1
X
año en funciones secretariales y de manejo de sistemas.
Todo el Recurso Humano participante en la ejecución del proyecto deberá
recibir la capacitación en violencia intrafamiliar y sexual, realizada por las X
Comisarías de familia.
Cada profesional debe realizar diariamente como máximo seis (6)
reuniones con seis (6) grupos familiares distintos. Se tendrá en cuenta la
participación de otros profesionales especializados (médico pediatra, X
psiquiatra, etc.) de acuerdo a la problemática que cada familia presente.
Adicionalmente para el componente de prevención se requiere el siguiente X
talento humano para la atención de 150 personas:
Un (1) Psicólogo (a)
Un (1) Trabajador (a) Social
Para la ejecución del proyecto se debe garantizar la ubicación de un (1) X
sitio de atención en un punto estratégico de la localidad, destinado para la
orientación psicológica, (2 consultorios adecuados con el mobiliario
necesario, en espacios que cuenten con buena ventilación, luz y
condiciones de higiene permanente, cerrados que permitan la privacidad
para la atención de los usuarios. El espacio contará igualmente con baños
y elementos de higiene. Igualmente deberá ser un punto de fácil
accesibilidad, teniendo en cuenta que muchos de los potenciales usuarios
no cuentan con medios económicos para su desplazamiento.
Especificaciones técnicas ver Anexo 1.
Anexos
(Señale los anexos
Anexo Nº 14 PIEZAS COMUNICATIVAS SUGERIDAS
que acompañan
estos criterios sea
Específicos y/o de
requisitos de ley).
6.2 GENERALIDADES PARA LA FORMULACION DEL PROYECTO:
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6.2.1 Prevención a las Violencias y Orientación y Acompañamiento a víctimas de las violencias
intrafamiliar, sexual y maltrato infantil.
COMPONENTES DEL PROYECTO
COMPONENTE 1: Atención, Protección y Restablecimiento: comprende el desarrollo de acciones de
atención en: detección, identificación, orientación, referenciación, acompañamiento y seguimiento a
familias en situación de violencias intrafamiliar y sexual, así como la adopción de medidas legales de
protección y restablecimiento de derechos vulnerados.
COMPONENTE 2: Promoción y prevención: este componente hace referencia al conjunto de acciones
orientadas a divulgar, informar, sensibilizar y formar individuos, familias, actores comunitarios e
institucionales en torno a temas relacionados con los derechos de las familias, los mecanismos de
resolución de conflictos, la asignación de roles, funciones y el desarrollo del potencial protector de la
familias y otros factores asociados a la violencia intrafamiliar como el consumo de SPA entre otros
temas relacionados con la dimensión de Convivencia y Democracia Familiar, contemplados en la
Política Pública para las Familias y en el Modelo de Atención Integral a las Familias.
COMPONENTE 3: Gestión: este componente recoge las acciones orientadas a la articulación,
coordinación e implementación de la Política Pública para las Familias y el Modelo de Atención Integral
a Familias en el Distrito y en la Secretaria Distrital de Integración Social.2
DESARROLLO DEL ACOMPAÑAMIENTO DEL GRUPO FAMILIAR: Los grupos para hombres
ayudaran a los participantes a ponerle fin al maltrato mediante el logro de seis objetivos:3:
Ayudar al participante a comprender como su abuso se origina en creencias de privilegio que
respaldan el control que él tiene sobre las acciones, pensamientos y sentimientos de su pareja.
Aumentar la comprensión del participante respecto de las causas de su violencia mediante un
análisis de los contextos culturales y sociales en los que utiliza la violencia hacia su pareja.
Fortalecer la voluntad del participante de cambiar su proceder mediante un análisis de los
efectos negativos de su conducta en relación, su pareja, sus hijos, sus amigos y en el mismo.
Motivar al participante a responsabilizarse ante quienes ha herido con su uso de la violencia
ayudándolo a reconocer su abuso, aceptar su responsabilidad por el efecto que esto causa en
su pareja y en los demás, y tomar las medidas necesarias para cambiar.
Aumentar la comprensión del participante y su voluntad de cambio explorando las acciones, las
intenciones y creencias que apoyan la igualdad con la mujer.
2
3
Tomado de la ficha EBI, Nov de 2012
“Creando un Proceso de Cambio para Hombres Maltratadores”. Modelo Duluth
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Darle al hombre la oportunidad de que encuentre el amor, la confianza y el compromiso en sus
relaciones con mujeres e hijos, al aprender nuevas formas de actuar en la relación.
Para el desarrollo de las reuniones semanales, se propone organizarlas en torno a diez temas que se
presentan en las gráficas: rueda de la igualdad y rueda del poder y control 4.
Temas propuestos: Conducta no amenazante, respeto, confianza y apoyo, honestidad y
responsabilidad, asumir paternidad responsable, responsabilidad compartida, economía compartida,
respeto sexual y negociación justa.
Las conductas y aspectos de una relación igualitaria descritos en la Rueda de la igualdad se convierten
en el modelo presentado a los participantes para construir relaciones igualitarias e interdependientes
con las mujeres. La Rueda del poder y el control representa las tácticas y conductas que los
abusadores individuales utilizan para establecer y mantener el control en sus relaciones.
Cada tema consiste en tres partes, a saber:
1. La parte uno explora un tema de la Rueda de la Igualdad.
2. La parte dos explora la táctica correspondiente de la Rueda del poder y el control.
3. La parte tres se concentra en cómo no ser violento, es decir, volverse mas responsable,
respetuoso, confiado y solidario, etc.
Si bien cada tema tiene un punto central especifico, todos funcionan conjuntamente para integrarse en
un todo. Dado que la reunión se desarrollo en un proceso de diálogo y se base en ejemplos que los
hombres ofrecen de sus propias vidas, cada reunión cubre diversas tácticas y/o temas de igualdad.
4
. “Creando un Proceso de Cambio para Hombres Maltratadores”. Modelo Duluth
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Para mayor conocimiento sobre este modelo se puede consultar material o solicitar inducción en la
Subdirección para la Familia.
P OB L A C I ÓN
Víctimas, agresores y sus familias afectados por episodios de maltrato infantil, violencia intrafamiliar y/o
abuso sexual.
Criterios de Priorización e Ingreso
Niños, niñas y adolescentes afectados por episodios de maltrato infantil, violencia intrafamiliar
y/o abuso sexual, que no presenten diagnóstico de trastornos del desarrollo por Comisarías de
Familia, el Consejo local de atención a Víctimas de Violencia y el Comité Local de Seguimiento
a Casos.
Familias (personas solas, parejas y familias extensas) afectadas por conflicto familiar, violencia
intrafamiliar, violencia sexual y/o maltrato infantil, remitidas por las Comisarías de Familia,
Consejo Local de Atención a Víctimas de Violencia y el Comité Local de Seguimiento a Casos.
Grupos familiares que fueron atendidos en la contratación de vigencias anteriores, los cuales,
por el riesgo y la gravedad de la problemática, que requieren seguimiento y acompañamiento.
Niños, niñas adolescentes y familias (personas solas, parejas y familias extensas), que se
encuentren en riesgo frente a las violencias intrafamiliar y sexual comercial.
Egreso
Finalización del proceso de acompañamiento
Deserción del proceso
Eventos de fuerza mayor (muerte, enfermedad, viaje entre otros)
Rompimiento de las normas establecidas y acordadas con la institución
Talento Humano
Talento humano mínimo requerido para la atención de 56 grupos familiares:
Un Coordinador General del proyecto
Un Asistente Administrativo
Un Psicólogo (a)
Un Trabajador (a) Social
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Cada profesional debe realizar diariamente como máximo seis (6) sesiones con seis (6) grupos
familiares distintos. Se tendrá en cuenta la participación de otros profesionales especializados (médico
pediatra, psiquiatra, etc.) de acuerdo a la problemática que cada familia presente.
Adicionalmente para el componente de prevención se requiere el siguiente talento humano para la
atención los grupos que se establezcan para tal propósito
Mínimo un Psicólogo y una Psicóloga
Mínimo un Trabajador Social y una Trabajadora Social
Perfil del Talento Humano
Responsabilidades del talento humano
Coordinador(a) General
Además de los aspectos administrativos propios del cargo y aquellas que considere pertinente la
Alcaldía Local, el coordinador deberá:
Elaborar un cronograma y un plan de trabajo que dé respuesta a los objetivos de la atención.
Coordinar el cumplimiento del cronograma establecido.
Acompañar el proceso de desarrollo de las diferentes actividades previstas en cada uno de los
componentes del proyecto.
Consolidar la información y los datos pertinentes en un informe final que dé cuenta de los
resultados de la ejecución de los componentes del presente servicio.
Establecer canales de comunicación y participación permanente entre todos los actores que
participan en el servicio.
Consolidar los insumos y/o productos del proyecto y entregarlos con los informes finales.
Convocar el Comité de estudios de caso que se realicen con la comisaría de familia.
Planificar, coordinar y verificar el cumplimiento de las actividades de cada componente del
proyecto.
Asistir a las reuniones convocadas por el supervisor/a y/o interventor/a.
Entregar la información requerida por el/la supervisor/a y/o interventor/a o por las Comisarías
de Familia de la localidad, según sea el caso.
Consolidar y elaborar los informes mensuales e informe final que debe ser entregado a el/la
supervisor/a y/o interventor/a y a los miembros delegados para el Comité Técnico.
Entregar oportunamente a el/la supervisor-a y/o interventor, las bases de datos o información
de los grupos familiares atendidos.
Mantener informado a el /la supervisor/a y/o interventor/a sobre el estado del proyecto en
cuanto a familias atendidas, cupos disponibles, logros, avances y dificultades en la ejecución.
Coordinar la articulación con entidades públicas y privadas a nivel distrital y nacional en cuanto
a la vinculación con redes institucionales y sociales para la atención integral a las familias, en
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especial, lo atinente a la efectiva coordinación con el Consejo Local de Atención a Víctimas y el
Comité Local de Seguimiento a casos.
Apoyo Administrativo
Realizar las tareas administrativas que le sean asignadas por el coordinador del proyecto.
Psicólogo/a Clínico y Trabajador/a Social para el Componente de Atención Terapéutica y
Seguimiento
Brindar la Orientación y acompañamiento a las familias que le sean asignadas de acuerdo con
el lineamiento técnico.
Liderar, planificar y ejecutar todas las actividades del componente
Socializar los avances, dificultades o acontecimientos que en el desarrollo de las técnicas y
estrategias se consideren relevantes, con el fin de fortalecer el proceso de atención.
Diligenciar los formatos de registro de cada una de las sesiones.
Realizar un análisis de los registros cualitativos que se originen en cada una de las sesiones.
Mantener actualizadas las historias sociales de cada familia, en cada intervención.
Participar en la construcción de los informes, aportando la información correspondiente a sus
labores.
Mantener una permanente comunicación y coordinación con la Comisaría de Familia respecto
de las familias remitidas para la atención.
Psicóloga/o y Trabajador/a Social para el Componente de Prevención
Socializar los avances, dificultades o acontecimientos que en el desarrollo de las técnicas y
estrategias se consideren relevantes, con el fin de fortalecer el proceso.
Diligenciar los formatos de registro de cada una de las actividades del componente.
Realizar un análisis de los registros cualitativos y cuantitativos que se originen en cada una de
las actividades.
Realizar el diseño metodológico y de contenido de los talleres.
Rendir los informes correspondientes al desarrollo de los procesos de promoción y prevención
Participar en la construcción de los informes del, aportando la información correspondiente a
sus labores.
Realizar contacto con las instituciones educativas, entidades locales, grupos y organizaciones
comunitarias para la identificación de padres, madres, cuidadores, docentes de colegios
públicos y privados locales, para ser vinculados a la estrategia de sensibilización.
Conformar los grupos, elaborar el cronograma de las jornadas, planificar y ejecutar las
actividades de sensibilización y formación.
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Infraestructura
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Para la ejecución del proyecto se debe garantizar la ubicación de un (1) sitio de atención en un punto
estratégico de la localidad, destinado para la atención terapéutica (2 consultorios adecuados con el
mobiliario necesario, en espacios que cuenten con buena ventilación, luz y condiciones de higiene
permanente, cerrados que permitan la privacidad para la atención de los usuarios. El espacio contará
igualmente con baños y elementos de higiene. Igualmente deberá ser un punto de fácil accesibilidad,
teniendo en cuenta que muchos de los potenciales usuarios no cuentan con medios económicos para
su desplazamiento.
AREA REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS
Consultorio con espacio suficiente para el seguimiento y acompañamiento en sesiones, individuales,
familiares y grupal, dotado con mobiliario y materiales necesarios.
Recepción y sala de espera, debe ser un lugar cómodo dotado con computador, teléfono y fax, cuya
ambientación visual y auditiva propicie un ambiente tranquilo y agradable a los beneficiarios del servicio.
Baño mínimo uno con los implementos de aseo necesarios (toalla para manos, jabón, papel higiénico,
papelera).
Estado del inmueble, debe permanecer durante la ejecución del proyecto en óptimas condiciones de
higiene, aseo y presentación, libre de humedad y goteras, con adecuada ventilación e iluminación y
disponer de los servicios públicos domiciliarios de manera permanente.
Notas: Los espacios deberán cumplir con la normatividad vigente de acuerdo a las actividades a
desarrollar.
Costos asociados a la formulación
Se debe contemplar todos los costos asociados a la ejecución del proyecto. A manera de ejemplo de
presenta una estructura de costos, correspondiente a 84 grupos familiares en el componente de
orientación y acompañamiento. Y 150 personas en el componente de prevención.
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Cuadro: Estructura de costos
DESCRIPCIÓN UNIDAD DE
MEDIDA CANTIDAD VR.
UNITARIO
COORDINACION DE PROYECTO
Coordinador del proyecto
Asistente administrativo
Papelería(Formatos, Fotocopias, Carpetas de
Historias, lapiceros
COMPONENTE TERAPEUTICO
Equipo de trabajo
Psicólogo
Trabajador social
Transporte
3. COMPONENTE DE PREVENCION (Para 150
personas)
Psicólogo
Trabajador Social
Materiales para actividades con participantes
(Marcadores, Cartulina, plastilina, temperas, papel
periódico)
Teatro, pantomima, mimos, sheck clown: para
estrategias de sensibilización y formación diecinueve
horas (19). Para recorridos itinerantes por la localidad:
3 recorridos con 4 horas por recorrido:12 horas
Refrigerios
Plegables carta abierta. Plegado en tres cuerpos,
tricromía, papel propalcote 90 gramos.
TOTAL
UNIDAD DE
MEDIDA
CANTIDAD
VR. UNITARIO
VR. TOTAL
Mes
Mes
6
6
Global
$ 2.854.900
$1.075.300
$ 24.481.200
$ 17.129.400
$ 6.451.800
$ 900.000
$ 30.907.000
Mes
Mes
Mes
5
5
5
$ 2.740.700
$ 2.740.700
$ 700.000
$ 13.703.500
$ 13.703.500
$ 3.500.000
$ 34.187.000
Mes
Mes
5
5
Global
$ 2.740.700
$ 2.740.700
$ 1.400.000
$ 13.703.500
$ 13.703.500
$ 1.400.000
Hora
31
$90.000
$ 2.790.000
Refrigerio
Plegable
540
350
$3.500
$2.000
$ 1.890.000
$ 700.000
$ 89.575.200
Para la impresión de las piezas comunicativas presentadas en el anexo 2, se debe solicitar el archivo
para impresión en la Subdirección para la Familia con el/la referente de comunicaciones.
Evaluación
Conformación del Comité Técnico del Proyecto
El Comité Técnico tiene el propósito de monitorear y evaluar la ejecución del proyecto y de cada uno de
sus componentes. Este Comité se reunirá una vez al mes y será convocado por el ejecutor. El Comité
Técnico está conformado por:
El/la coordinador/a del Proyecto.
El/la supervisor/a delegado por parte de la Alcaldía Local.
El/la Comisario/a de Familia o su delegado (en las localidades en las que hay más de una
Comisaría de Familia cada comisaría debe enviar su delegado).
Referente Local de la Subdirección para la Familia.
El/la interventor/a del proyecto.
Un representante del Consejo Local de Atención a Víctimas o del Comité Local de Atención a
Víctimas.
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Un representante del Comité Local de Seguimiento a casos.
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Comité Técnico de Estudios de Caso
Este comité tiene el propósito de hacer el seguimiento sobre las intervenciones realizadas en el marco
del acompañamiento, avances dificultades y recomendaciones para reorientar y ajustar los procesos
El Comité estará conformado por:
El/la coordinador/a del Proyecto.
El/la Comisario/a de Familia o su delegado (en las localidades en las que hay más de una
Comisaría de Familia cada comisaría debe enviar su delegado).
El o los profesionales responsable del proceso de acompañamiento, quienes deberán asistir al
Consejo Local de Atención a Víctimas y al Comité Local de Atención y Seguimiento a casos y
a los demás comités que sean requeridos en el marco de la implementación del proyecto.
Productos y resultados esperados:
Un informe que de cuenta de las acciones realizadas durante el desarrollo del proyecto.
Un documento que contenga los elementos conceptuales, metodológicos que orientaron el
proyecto como también deberá contener un capitulo de conclusiones en donde se describan las
principales logros y dificultades del proceso de orientación y acompañamiento individual y
grupal.
Un documento con indicadores de logro y de gestión (cualitativos y cuantitativos) aplicados
durante la ejecución del proyecto que permitan evaluar los resultados del proceso de
orientación y acompañamiento, seguimiento y prevención.
Una base de datos que contenga información de ubicación de las familias que han sido
atendidas en el componente de orientación y acompañamiento que por considerarse de muy
alto riesgo ameritan un seguimiento posterior.
Interventoria
Se recomienda que para este proyecto se contrate una interventoria que garantice la adecuada
ejecución y cumplimiento del proyecto.
Sistemas de Información
Por sistema de información debe entenderse, el conjunto de elementos o recursos (procedimientos,
instrumentos, personas y equipos) dispuestos de una manera predeterminada y que se relacionan entre
sí para obtener información acerca del servicio o de los servicios que se han prestado o de las personas
que se han beneficiado de él o de ellos, en un periodo de tiempo determinado.
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Cómo opera el sistema de información:
El servicio se ofrece a una población específica, es decir, la población se diferencia de las
demás por tener unas características específicas.
El operador del servicio debe identificar las características de la población beneficiaria.
El operador del servicio debe garantizar que la población beneficiaria cumple con los criterios
de ingreso, teniendo en cuenta los criterios de priorización y las restricciones por simultaneidad.
El operador del servicio debe utilizar un instrumento para obtener información de la población y
poder determinar si cumple o no con los criterios de ingreso.
La Secretaría Distrital de Integración Social pone a disposición de los Fondos de Desarrollo
Local, el instrumento para obtener información de la población, la Ficha Única de Identificación.
El operador del servicio debe solicitar formalmente la Ficha Única de Identificación a la
Secretaría Distrital de Integración Social – Dirección de Análisis y Diseño Estratégico.
Las variables que debe recolectar el operador son las que comprende la Ficha Única de
Identificación.
El operador del servicio debe registrar la información recolectada en un aplicativo que le
permita ordenarla por cada beneficiario(a).
Una vez recolectada la información del beneficiario(a), es decir, de la persona que puede recibir
el servicio, el operador, cada vez que preste o entregue un beneficio, debe registrar dicha
información en el aplicativo informático. De esta forma llevará un control de las personas que
han recibido beneficios y de aquellas que no lo han hecho.
El operador del servicio debe garantizar el registro de las novedades que se presenten durante
la prestación del servicio con base en los criterios de permanencia y egreso. El registro de la
información debe realizarse en tiempo real con el fin de evitar cargue de información
extemporánea.
El operador del servicio debe reportar mensualmente, dentro de los primeros tres días hábiles
de cada mes, la información relacionada con el número de personas beneficiadas con el
servicio, es decir, el listado de personas atendidas durante el periodo reportado.
El reporte de personas atendidas incluye a todas las personas que estuvieron activas en el
servicio, es decir, aquellas que hayan recibido el beneficio una vez o más durante el periodo
reportado, recolectadas en la Ficha Única de Identificación.
La Secretaría Distrital de Integración Social a través de la Subdirección de Investigación e
Información está en capacidad de suministrar y administrar la infraestructura de Datos y
Comunicaciones y prestar la asistencia y apoyo tecnológico que requieran las Alcaldías Locales
para garantizar el desarrollo y ejecución de los Proyectos de inversión social, lo que significa
que el operador podrá utilizar el Sistema de Información y Registro de Beneficiarios SIRBE,
adoptado por la SDIS mediante resolución 2313 del 26 de diciembre de 2000 y reglamentado
mediante resolución 1551 del 28 de diciembre de 2007, como herramienta oficial y única fuente
para almacenar, administrar y registrar la información misional de la entidad, previa solicitud
oficial del Fondo de Desarrollo Local dirigida a la Dirección de Análisis y Diseño Estratégico. El
tiempo de duración de la asistencia y apoyo tecnológico, será el estrictamente necesario para
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que las Alcaldías Locales puedan contar con infraestructura propia que les permita desarrollar y
ejecutar los proyectos.
Todos los activos de Infraestructura Tecnológica - IT y de Comunicaciones en la Secretaria
Distrital de Integración Social hacen parte del inventario de la entidad, lo que significa que los
usuarios del sistema son responsables por el manejo que den a los activos que les sean
asignados para el cumplimiento de su labor, procurando el uso adecuado, a fin de lograr y
mantener la protección.
Los usuarios del sistema deben ser conscientes que la contraseña es de uso personal e
intransferible y son responsables por el manejo adecuado que den a la misma, la cual no
deberá ser revelada, divulgada o expuesta por ningún motivo, evitando exponer a los sistemas
informáticos de abuso intencional o accidental, cualquier acción que sea llevada a cabo bajo
esta circunstancia no exime al funcionario de la responsabilidad por algún tipo de daño,
pérdida, modificación, sustracción o eliminación de información sensible para la entidad. De
acuerdo a lo anterior, los usuarios de la red de datos no deberán intentar acceder a la
configuración de los activos de IT, o intentar acceder a información considerada confidencial
que está almacenada en bases de datos o cualquier otro medio digital.
Los costos de implementar el aplicativo de la Secretaría Distrital de Integración Social estarán a
cargo del Fondo de Desarrollo Local, por lo cual deberán garantizar la disposición oportuna de
los recursos económicos y de talento humano necesarios para la utilización de la plataforma
tecnológica y bases de datos de la Secretaría Distrital de Integración Social, garantizando el
adecuado manejo y absoluta confidencialidad de la información. Estos costos, serán estimados
por la Dirección de Análisis y Diseño Estratégico de la Secretaría Distrital de Integración Social,
previo análisis de las condiciones en las que operará el servicio.
En caso de no estar en línea con el aplicativo de la Secretaría Distrital de Integración Social, el
operador del servicio deberá realizar el reporte mensual de personas atendidas, el cual debe
estar depurado, es decir, el operador garantiza la calidad de la información reportada
(oportunidad, completitud, pertinencia, claridad y exactitud) y lo entregará a la Subdirección de
Investigación e Información para su respectivo cargue (base de datos en Excel que incluya
todas las variables registradas en la ficha única) en las fechas establecidas para tal fin.
Marco Normativo
Acuerdo 152 de 2005, del Concejo de Bogotá D.C. que crea el Consejo Distrital para la
Atención Integral a Víctimas de Violencia intrafamiliar y Violencia y Explotación Sexual; como
cuerpo consultor y asesor encargado de formular políticas que articulen los programas de las
entidades responsables en Bogotá.
Artículo 42 de la Constitución Política de Colombia, dispone que la familia es el núcleo
fundamental de la sociedad; el Estado y la sociedad garantizan la protección integral de la
familia y cualquier forma de violencia en la familia se considera destructiva de su armonía y
unidad, y será sancionada conforme a la Ley.
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LOCAL.
El Constituyente de 1991 en armonía con la calidad especial de sujeto de derechos de niño,
niña y adolescente, consagró principios de protección integral, interés superior y prevalecía de
sus derechos respecto de los demás y estableció una protección especial contra toda forma
de “ abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o
económica y trabajos riesgosos”, además de señalar la obligación conjunta entre el Estado, la
sociedad y la Familia, para asistirlos y tutelarlos de tal suerte que se garantice su desarrollo
armónico e integral y el pleno ejercicio de sus derechos.
Ley 74 de 1968 aprobó el pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en su
artículo 10 estableció una protección especial a la familia, niños y adolescentes.
Ley 51 de 1981, la cual aprobó la Convención sobre la eliminación de todas las formas de
discriminación contra la mujer. - CEDAW
Ley 12 de 1991 adoptó la Convención sobre derechos del niño.
Ley 248 de 1995, que acoge la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar
la violencia contra la mujer. Belem do Pará.
Ley 294 de 1996, modificada por la Ley 575 de 2000, desarrolla el artículo 42 de la Constitución
Política, mediante el tratamiento integral de las diferentes formas de violencia en la familia, a
efectos de asegurar a esta su armonía y unidad.
Ley 360 de 1997 que promulga y protege los Derechos de las víctimas de violencia sexual,
modificada por la ley 599 de 2000 y 1146 de 2007.
Ley 679 de 2001, que expide un estatuto para prevenir y contrarrestar la explotación, la
pornografía y el turismo sexual con menores, en desarrollo del artículo 44 de la Constitución.
Ley 747 de 2001, que establece los mecanismos para prevenir y contrarrestar la explotación, la
pornografía y el turismo sexual con los niños, niñas y adolescentes.
Artículo 18 del Estatuto de la Infancia y Adolescencia, dispone que los niños, las niñas y los
adolescentes tengan derecho a ser protegidos contra todas las acciones o conductas que
causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico. En especial, tienen derecho a la
protección contra el maltrato y los abusos de toda índole por parte de sus padres, de sus
representantes legales, de las personas responsables de su cuidado y de los miembros de su
grupo familiar, escolar y comunitario.
Artículo 96 de la Ley 1098 de 2006, señala como responsables del restablecimiento de
derechos de los niños, niñas y adolescentes a los Defensores y Comisarios de Familia,
estableciendo que el seguimiento de las medidas de protección o restablecimiento adoptadas
por dichos funcionarios, estará a cargo del respectivo coordinador del Centro Zonal del Instituto
Colombiano de Bienestar Familiar.
Artículo 205 de la Ley 1098 e 2006, señala que el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
como rector del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, tiene a su cargo la articulación de las
entidades responsables de la garantía de los derechos, la prevención de su vulneración, la
protección y el restablecimiento de los mismos, en los ámbitos nacional, departamental, distrital,
municipal y resguardos o territorios indígenas.
Ley 1146 de 2007, tuvo por objeto expedir normas para la prevención de la violencia sexual y
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atención integral de los niños, niñas y adolescentes abusados sexualmente.
Ley 1257 de 2008, dicta normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de
violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman el Código Penal, de Procedimiento
Penal y la Ley 294 de 1996.
Ley 1336 de 2009, adiciona y robustece la Ley 679 de 2001, en lucha contra la explotación, la
pornografía y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes.
Acuerdo 365 de 2009, que crea el registro único Distrital RUDPA para los casos de violencia
sexual en el Distrito Capital
Acuerdo 406 de 2009 que fortalece la atención terapéutica como un componente de salud
mental para los casos de violencia intrafamiliar y sexual en Bogotá, D.C.
Decreto 166 de 2010 Adopta la política pública de Mujeres y Equidad de Género en el Distrito
Capital, en el marco del reconocimiento, garantía y restitución de los derechos de las mujeres
en todo el territorio Distrital.
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7. COMPONENTE Y/O ÁREA TEMÁTICA: INICIATIVAS JUVENILES
7.1 CRITERIOS ELEGIBILIDAD Y VIABILIDAD
CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD Y VIABILIDAD
Concepto
Línea de Inversión
Local
(Gasto
Actividad
elegible)
Generales al sector
Específicos
Requiere concepto del Sector SI
X
CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN
X
NO
Implementar programas, proyectos y acciones orientadas:
Aprendizaje extraescolar
Desarrollo de capacidades artísticas, la organización, el
control social (apoyar iniciativas juveniles para el uso del
tiempo libre, para el fortalecimiento de la organización social
y la creación de redes sociales, etc.)
Componente y/o
INICIATIVAS JUVENILES
Área temática
Se entienden e por INICIATIVAS JUVENILES las propuestas de los y las jóvenes que
surgen de procesos organizativos locales, de grupos juveniles organizados –y /o de
jóvenes asociados para un objetivo común. . Involucran una amplia gama temática, y
desde la Secretaría Distrital de Integración Social, Subdirección para la Juventud, el
énfasis se realiza en procesos de protección a la vida, prevención Integral de violencias
entre los y las jóvenes y contra los mismos a través de propuestas artísticas,
deportivas, culturales, de prevención integral de consumo de SPA y de Promoción de
Derechos sexuales y procreativos y procesos ambientales, entre otros, que aporten a
la población juvenil un saldo pedagógico en lo relacionado con la gestión y ejecución
Descripción
de recursos ,y que beneficien a sus familias y comunidades.
(Fundamentos
conceptuales y/o Tiene como objetivo fortalecer las potencialidades, capacidades de los y las jóvenes y
de enfoque)
contribuir al ejercicio efectivo de sus derechos mediante el apoyo técnico y financiero
de iniciativas juveniles que promuevan su desarrollo integral, generen espacios de
movilización y participación incidente, permitan la expresión juvenil y la apropiación de
sus territorios, apoyen procesos relacionados con el cuidado y protección de si mismos,
de sus pares y de otras poblaciones , así como del medio ambiente y la prevención de
diferentes formas de violencia y delincuencia, a través de la promoción de la
convivencia.
Cuentan con un componente pedagógico fundamental que fortalece la capacidad de
gestión y de interlocución con la institucionalidad y con otros actores sociales.
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LOCAL.
Igualmente, se busca que el desarrollo de estas iniciativas impacte también al entorno
familiar y/o social donde se implementan.
Se espera que los y las participantes adquieran elementos formativos para la
formulación y ejecución de procesos en el marco de una estrategia participativa y de
cogestión con las instituciones, que les reporte un saldo pedagógico de participación
ética y responsable, beneficiando también a otros sectores de población.
Criterios
elegibilidad
Teniendo en consideración que la secretaría Distrital de Integración Social lidera las
acciones adelantadas por la Administración Distrital para y con los y las jóvenes de
Bogotá, específicamente a través de la Subdirección para la Juventud, es necesario
que la ejecución de las iniciativas juveniles apoyadas por los Fondos de Desarrollo
Local , se articulen con los lineamientos establecidos por esta Subdirección a través de
los y/o las gestoras de juventud y los y/o las coordinadoras de juventud de la Secretaría
Distrital de Integración Social.
Igualmente, y de acuerdo con las dinámicas particulares de las iniciativas juveniles,
se hace necesario la participación y articulación con los gestores locales de juventud
de otros sectores de la Administración Distrital para su ejecución, teniendo en cuenta
los lineamientos presentados en el Sistema Distrital de Juventud y en la Mesa Distrital
de Trabajo de Juventud, en la que participan representantes de la población juvenil y
de las diferentes entidades y/o sectores del distrito.
Los proyectos propuestos, en todos los casos, deben cumplir los
SI NO
siguientes criterios:
Los procesos deben corresponder a los lineamientos de política
x
pública de juventud y a los enunciados del PDD.
Los procesos de las iniciativas deben aportar al disfrute y garantía de
x
derechos de las/los jóvenes.
de
Las iniciativas deben contribuir a la solución de una situación
x
problemática de la localidad.
Deben beneficiar a otros sectores de población y a la reconstrucción
x
de tejido social local.
Se otorgará prioridad a los y las jóvenes y grupos de los estratos 1, 2 y 3 x
Criterios de
viabilidad
Los proyectos propuestos, en todos los casos, deben cumplir los
siguientes criterios:
SI
NO
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Deberán realizarse como mínimo las siguientes etapas (ver
anexo2)
Planeación: Diseño técnico y metodológico; Diseño de criterios de
selección y evaluación de iniciativas; Diseño del proceso de convocatoria
e inscripción de jóvenes y de organizaciones de jóvenes; Plan de trabajo.
Conformación del equipo de trabajo de coordinación, facilitadores
y/o profesionales.
Convocatoria e inscripción.
Formación:
Diseño técnico y metodológico. máximo 40 horas
Formulación de iniciativas: Proyecto, estructura de costos,
cronograma
Selección de las iniciativas
Implementación de las iniciativas.
x
Ejecución de las iniciativas con asesoría y acompañamiento a los
grupos juveniles.
Plan de acción colectivo: Con miras al fortalecimiento de la organización
y movilización juvenil, en esta etapa los grupos participantes por localidad
deberán articularse para generar un proceso colectivo en los territorios,
que se concretará en una o varias acciones que contribuyan a la
transformación de situaciones identificadas como problemáticas por las y
los jóvenes dentro de la localidad, contribuyendo así a la visibilización de
los procesos y a generar agendas comunes de trabajo entre las iniciativas
apoyadas.
Socialización:
Muestra local y /o zonal y /o distrital de los procesos
Evaluación: Participativa de todo el proceso.
DEL OPERADOR O ASOCIADO
Deberá ajustarse a los lineamientos técnicos impartidos por La
Secretaría o Sector Distrital que está liderando la ejecución de los
x
procesos de apoyo a las iniciativas.
Deberá tener una capacidad administrativa y financiera instalada que
le permita responder a los retos de la implementación de las acciones.
Deberá disponer del recurso humano idóneo para la ejecución de
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cada uno de los pasos del proceso.(ver Anexo 2.)
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DE LAS INICIATIVAS
Cada iniciativa que se formule debe contener como mínimo lo siguiente:
Tema - Área de interés.
Necesidad.
Objetivo.
Justificación.
Situación problemática.
Enfoque metodológico.
Tiempo de ejecución. Mínimo de cuatro meses.
Población y cobertura a la que va dirigida la iniciativa: la propuesta
debe especificar el número de personas a las que se dirigió la
iniciativa , que no podrá ser inferior a treinta (30) personas;
Podrán estar dirigidas a diferentes grupos poblacionales del
territorio en el que serán implementadas: niños, niñas y
adolescentes, familias, jóvenes diferentes a los miembros del
grupo, líderes comunitarios adultos-as, personas mayores,
población diferencial, entre otros.
X
Análisis de costos.
Para definir la VIABILIDAD de la iniciativa (ver anexo2) serán tenidos en
cuenta los siguientes criterios:
Relación de la iniciativa con las siguientes áreas de interés
relacionadas con los derechos contemplados en la política pública
de juventud: expresiones culturales, artísticas, deportivas, de
recreación, ambientales, de formación política, de prevención de
consumos emergentes, de violencias, de promoción de derechos
sexuales reproductivos y procreativos, y en general, todas
aquellas que contribuyan en la construcción del plan de vida de
los y las jóvenes y sus familias en los territorios.
Contribución de la iniciativa al ejercicio de los derechos
contemplados en la política pública de juventud.
Proyección de la iniciativa hacia los diferentes grupos
poblacionales del territorio en que será implementada niños, niñas
y adolescentes, familias, jóvenes diferentes a los miembros del
grupo, líderes comunitarios adultos-as, personas mayores,
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población diferencial, entre otros.
Enfoque de género.
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FINANCIEROS
La mayor parte del presupuesto se debe invertir en el componente
específico de implementación de las iniciativas, tratando de reducir al
máximo gastos de orden administrativo y logístico, con el fin de
beneficiar a más jóvenes.
Rubros Financiables: Los recursos que se asignen para la implementación
de las iniciativas juveniles deberán ser utilizados para:
Materiales fungibles, por ejemplo materiales de papelería u
oficina.
Materiales de comunicación, por ejemplo para fortalecer la
estrategia de implementación de la iniciativa previa aprobación de
la oficina de comunicaciones de la SDIS (impresos, publicaciones,
difusión y comunicación de la organización).
Pago de talento humano o servicios que se requieran para la
ejecución de la iniciativa, como talleristas, facilitadores e
x
instructores, refrigerios y alquiler de equipos.
Transporte.
Alquileres de salones. (Tómese en cuenta que se debe preveer de
los espacios públicos de las localidades que pueden ser utilizados
sin cobro alguno. Por ejemplo: Centros de Desarrollo Comunitario)
Rubros No Financiables: No se financiará los siguientes rubros:
Compra de bienes muebles.
Compra de bienes inmuebles.
Adquisición de vehículos y terrenos.
Adecuaciones o remodelaciones de cualquier tipo de bienes
inmuebles.
Pagos de arriendos o servicios públicos o de telecomunicaciones.
Pagos de impuestos y deudas.
Gastos de viaje y desplazamiento que no estén relacionados con
las actividades inherentes a la implementación de la iniciativa.
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DE LAS Y LOS JÓVENES PARTICIPANTES
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Ser adolescentes y jóvenes en el rango de edad de 14 a 28 años.
Adolescentes y jóvenes pertenecientes a población diversa:
Afrodescendientes o LGBT o Indígenas o Palenqueros o ROM o
pertenecientes a otros grupos diversos).
Habitar en la localidad donde se inscribe, formula e implementa la
iniciativa.
Estar vinculados-as a procesos juveniles locales con la SDIS o
con otras entidades distritales o nacionales, públicas o privadas.
X
Adolescentes, jóvenes o grupos juveniles con diferentes niveles
de organización que presenten iniciativas que vinculen en su
implementación niños o niñas o jóvenes o adultos o personas
mayores o familias del territorio donde se inscribe, formula e
implementa la iniciativa.
Adolescentes, jóvenes o grupos juveniles que NO hayan recibido
apoyo financiero de una entidad del Distrito más de dos veces en
los últimos dos años o durante el tiempo establecido como plazo
de ejecución del presente proceso de contratación.
Anexos
(Señale los anexos
que acompañan
Anexo No 15 : Instructivo para iniciativas juveniles
estos criterios sea
Específicos y/o de
requisitos de ley).
7.2 GENERALIDADES PARA LA FORMULACION DEL PROYECTO
7.2.1. Servicio: Proyecto “764 Jóvenes Activando su Ciudadanía”.
La Secretaria de Integración Social formuló el proyecto 764 Jóvenes Activando su Ciudadanía, el cual
tiene como objetivo general , fortalecer potencialidades y capacidades en los ámbitos individuales,
familiares, sociales y organizativos de las/los jóvenes.
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Adicionalmente, se deberán ajustar a los programas, objetivos y metas del Plan de Desarrollo
Económico, Social y Obras Públicas para Bogotá D.C. 2012-2016 Bogotá Humana, al Plan de
Desarrollo Local y al Plan Operativo Anual de Inversión - POAI de cada una de las Localidades.
Descripción del servicio o acción
Se entienden e por INICIATIVAS JUVENILES las propuestas de los y las jóvenes que surgen de
procesos organizativos locales, de grupos juveniles organizados –y /o de jóvenes asociados para un
objetivo común. . Involucran una amplia gama temática, y desde la Secretaría Distrital de Integración
Social, Subdirección para la Juventud, el énfasis se realiza en procesos de protección a la vida,
prevención Integral de violencias entre los y las jóvenes y contra los mismos a través de propuestas
artísticas, deportivas, culturales, de prevención integral de consumo de SPA y de Promoción de
Derechos sexuales y procreativos y procesos ambientales, entre otros, que aporten a la población
juvenil un saldo pedagógico en lo relacionado con la gestión y ejecución de recursos ,y que beneficien
a sus familias y comunidades.
Tiene como objetivo fortalecer las potencialidades, capacidades de los y las jóvenes y contribuir al
ejercicio efectivo de sus derechos mediante el apoyo técnico y financiero de iniciativas juveniles que
promuevan su desarrollo integral, generen espacios de movilización y participación incidente, permitan
la expresión juvenil y la apropiación de sus territorios, apoyen procesos relacionados con el cuidado de
los y las jóvenes entre sí y hacia otras poblaciones ,con el cuidado y protección del medio ambiente y la
prevención de diferente formas de violencia.
Cuentan con un componente pedagógico fundamental que fortalece la capacidad de gestión y de
interlocución con la institucionalidad y con otros actores sociales. Igualmente, se busca que el desarrollo
de estas iniciativas impacte también al entorno familiar y/o social donde se implementan. Es posible que
algunas se transformen en emprendimientos sostenibles que generen ingresos.
Se espera que los y las participantes adquieran elementos formativos para la formulación y ejecución
de procesos en el marco de una estrategia participativa y de cogestión con las instituciones, que les
reporte un saldo pedagógico de participación ética y responsable, beneficiando también a otros sectores
de población.
La Secretaria Distrital de Integración Social, Subdirección para la juventud, presta apoyo técnico y
pedagógico para la formulación, implementación y evaluación de las iniciativas.
Población
Está dirigido a las y los jóvenes entre 14 y 28 años de edad, incluyendo a sus familias, ubicados en las
20 localidades de Bogotá, pertenecientes a organizaciones o grupos juveniles, organizaciones
gubernamentales y no gubernamentales, consejos locales de juventud, centros de desarrollo
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comunitario y jóvenes independientes que realicen acciones en los territorios que beneficien otro sector
de la población.
Año
2012
2013
2014
2015
2016
Grupo de etario
13-17 (adolescentes)
18-26 (jóvenes)
13-17 (adolescentes)
18-26 (jóvenes)
13-17 (adolescentes)
18-26 (jóvenes)
13-17 (adolescentes)
18-26 (jóvenes)
13-17 (adolescentes)
18-26 (jóvenes)
Hombres
Mujeres
Total
261.703
315.255
576.958
584.618
573.600
1.158.218
323.029
312.916
635.945
590.570
576.493
1.167.063
320.753
310.358
631.111
596.233
581.176
1.177.409
318.468
307.332
625.800
601.130
586.680
1.187.810
318.468
307.332
625.800
601.130
586.680
1.187.810
Criterios de Ingreso y Priorización.
Ser adolescentes y jóvenes en el rango de edad de 14 a 28 años.
Adolescentes y jóvenes pertenecientes a población diversa: Afrodescendientes o LGBTI o
Indígenas o Palenqueros o ROM o pertenecientes a otros grupos diversos).
Habitar en la localidad donde se inscribe, formula e implementa la iniciativa.( Habitar se
diferencia de residir. Ejemplo los estudiantes universitarios que transitan mucho tiempo por la
localidad donde se desarrolla la iniciativa , son habitantes de la localidad aunque su residencia
sea en otra localidad).
Estar vinculados-as a procesos juveniles locales con la SDIS o con otras entidades distritales o
nacionales, públicas o privadas.
Adolescentes, jóvenes o grupos juveniles con diferentes niveles de organización: inicial o
emergente, intermedio y avanzado (ver instructivo de iniciativas juveniles .Anexo1)) que
presenten iniciativas que vinculen en su implementación niños o niñas o jóvenes o adultos o
personas mayores o familias del territorio donde se inscribe, formula e implementa la iniciativa.
Adolescentes, jóvenes o grupos juveniles que NO hayan recibido apoyo financiero de una
entidad del Distrito más de dos veces en los últimos dos años o durante el tiempo
establecido como plazo de ejecución del presente proceso de contratación.
Se otorgará prioridad a los y las jóvenes y grupos de los estratos 1, 2 y 3.
COMPONENTES SERVICIO O PROYECTO. Comprende el desarrollo de 5 componentes, según las
características propias del proceso; y puede ser diseñado de manera específica para los territorios de
acuerdo con los intereses de los y las jóvenes donde se implemente el proyecto
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LOCAL.
PRIMER COMPONENTE: PROCESO FORMATIVO
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Planeación y ejecución del proceso formativo
Incluye como mínimo los siguientes ejes temáticos:
Plan de Desarrollo Bogotá Humana y/o Plan de Desarrollo Local
Conocimiento del Estado y del Territorio
Política pública de juventud y organización juvenil y Proyecto 764 “Jóvenes activando su
ciudadanía”.
Legislación Nacional y Distrital para Juventud: Ley Nacional de Juventud, Decreto 499 de 2011.
3. Sistemas Nacional y Distrital de Juventud, Decreto 687.Consejos Locales de Juventud.
Enfoques y Estrategias de Promoción de derechos para la Juventud de Bogotá.
Prevención Integral del consumo de spa y promoción de derechos sexuales y procreativos
Fortalecimiento de capacidades para la formulación, gestión y ejecución de proyectos en el
marco de lo dispuesto por el Distrito para la población Juvenil. Es recomendable hacer énfasis
en aspectos administrativos y financieros de los proyectos con el fin de que los participantes
adquieran competencias en este aspecto
Las y los jóvenes deberán asistir como mínimo al 90 % de las sesiones de formación para continuar en
el proceso.
La metodología del proceso de formación será específica de cada localidad según las características
específicas de la misma.
Selección de las iniciativas
El proceso de selección de iniciativas se realizara en coherencia con los criterios de ingreso y
priorización presentados en este documento y cada localidad construirá unos criterio según las
características específicas de la misma.
Evaluación del proceso formativo
Se aplicará un instrumento de evaluación a cada participante. Este instrumento debe contener como
mínimo la siguiente información:
-
Edad
Localidad en la que habita
Percepción y calificación en escala numérica de los siguientes criterios:
o Contenidos
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PROCESO: PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES
PROCEDIMIENTO: DE ASESORIA Y ASISTENCIA TÉCNICA A ALCALDÍAS LOCALES
PARA LA FORMULACIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS DE
INVERSIÓN SOCIAL LOCAL
o
o
o
o
CRITERIOS TÉCNICOS PARA LA FORMULACIÓN DE
PROYECTOS DEL SECTOR DE INTEGRACIÓN
SOCIAL, CON CARGO A LOS
PRESUPUESTO DE LOS FONDOS DE DESARROLLO
LOCAL.
Formadores
Metodología
Condiciones logísticas
Expectativas de los participantes sobre la oferta institucional
Código: F-PS-AL-002
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Fecha: 23 Octubre 2013
Página: 76 de 82
Se recomienda la elaboración de un informe escrito que consigne el análisis, conclusiones y
recomendaciones para el proceso formativo, enfatizando en los resultados obtenidos frente a las
percepciones y expectativas de los y las jóvenes acerca de la oferta institucional, ya que esto ofrecerá
elementos para nuevos procesos.
SEGUNDO COMPONENTE: FORMULACIÓN DE INICIATIVAS (segunda etapa)
En el desarrollo de este componente se finalizará la formulación de las iniciativas que quedaron
planteadas como resultado del desarrollo del componente 1 Proceso Formativo; acompañarán el
proceso de formulación en cada una de las localidades los profesionales vinculados por la entidad
asociada u operadora, quienes brindarán la orientación y a los y las jóvenes que integran las
iniciativas.
Para la finalización de la formulación de las iniciativas se desarrollan MÍNIMO 6 sesiones de dos (2)
horas cada una, con cada uno de los grupos; aunque esto puede variar según las condiciones grupales.
TERCER COMPONENTE: IMPLEMENTACIÓN DE LAS INICIATIVAS
Implementación de las iniciativas seleccionadas: Se implementan en los territorios con acompañamiento
y seguimiento permanente.
En este momento se hará entrega de los recursos financieros asignados y se suscribirán los
compromisos que como agentes corresponsables, adquieren los y las jóvenes frente a la Entidad.
Se recomienda repensar los procesos administrativos por cuanto la ley 80 no permite la adquisición de
elementos., siendo ésta una de las necesidades más sentidas de los grupos juveniles pues estas
dotaciones permiten generar sostenibilidad en los procesos.
El seguimiento y evaluación se realizan a través de la creación de un Comité Técnico que estará
conformado por un representante del Fondo de Desarrollo Local, un representante de la Subdirección
Local, integrantes de los equipos locales de juventud de la SDIS y un representante del operador o
asociado .
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PROCEDIMIENTO: DE ASESORIA Y ASISTENCIA TÉCNICA A ALCALDÍAS LOCALES
PARA LA FORMULACIÓN, EJECUCIÓN Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS DE
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Fecha: 23 Octubre 2013
SOCIAL, CON CARGO A LOS
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Página: 77 de 82
LOCAL.
CUARTO COMPONENTE: PLAN DE ACCIÓN COLECTIVO: Con miras al fortalecimiento de la
organización y movilización juvenil, en esta etapa los grupos participantes deberán articularse por
localidades para generar un proceso colectivo en los territorios, que inicie, fortalezca y sostenga
procesos de organización juvenil, articulados a la Política Pública de juventud. Se concretará en la
generación de espacios de encuentro (foros, movilizaciones, eventos y otros ) y en la realización de
una o varias acciones que contribuyan a la transformación de situaciones identificadas como
problemáticas por las y los jóvenes, generando impacto tanto al interior de los grupos como en los
territorios y propiciando agendas comunes entre las iniciativas apoyadas.
QUINTO COMPONENTE: SOCIALIZACIÓN LOCAL DE INICIATIVAS JUVENILES
Se realizarán eventos Locales y/o Distritales para la Socialización de las Iniciativas Juveniles. Estos
eventos serán organizados por los y las jóvenes vinculados al proceso con el acompañamiento
de los equipos locales de juventud.
SEXTO COMPONENTE: COMUNICACIONAL: Producción de videos y programas de radio y TV y
difusión en medios alternativos que posibiliten la socialización de las iniciativas juveniles desarrolladas.
Se desarrolla o no dependiendo de las condiciones presupuestales.
Talento Humano :Cuando el proceso se realiza a través de un asociado u operador y de acuerdo con
las características técnicas y de presupuesto , se vincula talento humano que desempeña diferentes
roles tales como:
Coordinador general: Profesional en ciencias sociales o afines; Con estudios de Postgrado
relacionados con uno o más de los temas objeto del presente; Con amplia experiencia en el
trabajo con jóvenes y organizaciones juveniles (mínimo de 2 años).
Profesionales para seguimiento a la implementación de las iniciativas: Profesionales en
ciencias sociales y afines con experiencia en el trabajo con jóvenes y organizaciones juveniles
(mínimo de 1 año)
Jóvenes líderes de procesos que tengan la posibilidad de actuar como facilitadores.
Infraestructura
Espacios Físicos
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LOCAL.
Oficinas Locales de Juventud, Subdirecciones Locales de la SDIS, Centros de Desarrollo Comunitario,
Casas de la Juventud, Sedes de las organizaciones juveniles, salones comunales y otros de uso
cotidiano de los jóvenes (parques, tiendas, locales comerciales, centros comerciales y otros)
Infraestructura Tecnológica y de Comunicaciones
Los y las jóvenes, en algunos casos requieren de esta infraestructura para el desarrollo de sus
iniciativas
Infraestructura comunicacional
Publicidad en medios masivos y alternativos para las etapas de convocatoria y
socialización de las iniciativas.
Producción de piezas comunicacionales alusivas al proceso (afiches, volantes,
comunicados y otros que se requieran).
Material didáctico para el desarrollo de sesiones de formación.
Costos asociados a la formulación: La estructura de costos varía de acuerdo con los componentes
del proceso, los cuales como ya fue señalado en la descripción, varían según las condiciones
presupuestales y técnicas.
En este punto es importante anotar que un criterio fundamental es que la mayor parte del presupuesto
se invierta en el componente específico de implementación de las iniciativas, tratando de reducir al
máximo gastos de orden administrativo y logístico, con el fin de beneficiar a más jóvenes.
Si la figura técnico-administrativa y operativa es a través de convenio de asociación, es recomendable
que la elección de los asociados u operadores esté dirigida a organizaciones juveniles de base que
cumplan con los requisitos establecidos.
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Se presenta un ejemplo de estructura de costos que cumple con este requisito y que orientaría este
ejercicio:
RECURSO HUMANO
FACTOR DE COSTO
Coordinador general
del Proyecto
Profesional de
seguimiento a las
iniciativas
UNIDAD DE MEDIDA
Profesionales en ciencias
sociales o afines con
manejo de los temas a
desarrollar en el proceso
Con amplia experiencia en
el trabajo con jóvenes y
organizaciones
juveniles
(mínimo de 13 meses)
Profesionales en ciencias
sociales o afines con
manejo de los temas a
desarrollar en el proceso
Con experiencia mínima de
6 meses en el trabajo con
jóvenes y organizaciones.
CANTIDAD
PERIODICIDAD
VALOR
UNITARIO
1
5 MESES
$ 2.700.000
3
5 MESES
$ 2.152.800
TOTAL COMPONENTE
FACTOR DE COSTO
Refrigerios para el
proceso de formación
(120 por sesión) y 20
personas
que
acompañan
la
actividad
Carpetas
Cajas de CDS
Lapiceros
VALOR TOTAL
$
$
32.292.000
$
PRIMER COMPONENTE: PROCESO FORMATIVO EN FORMULACION DE PROYECTOS
CARACTERISTICAS DEL PROCESO FORMATIVO
VALOR
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD
PERIODICIDAD
UNITARIO
Deben
brindarse
120
refrigerios por sesión de
los cuales
son para
2 sesiones de 4
jóvenes participantes y 20
280
$
3.000
$
horas
para el personal que
acompañe la actividad cada
día del proceso
Carpetas tamaño oficio en
150
1 sola vez
$
400
$
cartón
150
1 sola vez
$
800
$
150
1 sola vez
$
1.000
$
TOTAL COMPONENTE
13.500.000
45.792.000
VALOR TOTAL
840.000
60.000
120.000
150.000
$
1.170.000
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SEGUNDO COMPONENTE: :FORMULACION DE INICIATIVAS JUVENILES
CARACTERISTICAS DEL PROCESO DE FORMULACION Y PRESENTACIÒN DE INICIATIVAS
VALOR
FACTOR DE COSTO
UNIDAD DE MEDIDA
CANTIDAD PERIODICIDAD
VALOR TOTAL
UNITARIO
Deben
brindarse
280
refrigerios para un día de
los cuales 240 destinados
para los jóvenes y 40 para
el comité técnico que
acompañe la actividad cada
día del proceso
Valor que se entregará a las
y los jóvenes cuyas
iniciativas
sean
seleccionadas
para
iniciativas
financiación. Las mismas
deben cumplir con los
criterios de elegibilidad que
se han señalado en el
anexo técnico.
Refrigerios para el
proceso de formación y
sustentación
de
presentación
y
sustentación
de
Iniciativas
280
1 sesiones de 8
hora
Apoyo a
Juveniles
84
N.A
$
3.000
$
840.000
$ 3.000.000
$
252.000.000
$
252.840.000
TOTAL COMPONENTE
TOTAL
$ 299,827,792
$
298.632.000
PRESUPUESTO
Nota: En cuanto a talento humano, pueden vincularse jóvenes bachilleres o técnicos o tecnólogos, y /o
profesionales, según las necesidades particulares del proceso.
Evaluación. Es importante realizar un proceso de evaluación participativa en el que todas y todos losas actores del proceso expongan sus observaciones y recomendaciones.
Es de anotar que se realiza también una evaluación participativa con los y las jóvenes participantes que
apunta a conocer sus percepciones sobre el proceso desarrollado, así como realizar modificaciones de
acuerdo con sus observaciones.
Indicadores de Gestión:
Nombre del indicador: Iniciativas juveniles apoyadas que contribuyan en el ejercicio efectivo de
sus derechos.
Indicador: # de iniciativas juveniles apoyadas/ total iniciativas plasmadas *100
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LOCAL.
Factor crítico de éxito: Convocar, seleccionar y ejecutar las iniciativas juveniles que contribuyan
en el ejercicio efectivo de sus derechos.
Sistema de información
A través del sistema SIRBE
Ficha de formulación de iniciativas juveniles diseñas en la Subdirección para la juventud de la
SDIS.
Marco normativo
Directiva 05 /2012. Alcaldía Mayor
Plan Distrital de Desarrollo “Bogotá Humana”
Políticas Públicas Distritales
Política Pública de Infancia y adolescencia
Política Pública de juventud.
Política Pública para las Familias de Bogotá D.C.
Política Pública Mujer y géneros
Política Pública Adultez
Política Pública Lesbianas, gay, travestis y bisexuales. LGTB
Política Pública de Prevención y atención del consumo de SPA
Constitución Política de Colombia
Ley 1421 de 1993
Plan Distrital de Desarrollo 2012-2016 Bogotá Humana
Acuerdo Distrital 13 del 2000
Ley 1098 de 2006. Código de la infancia y la adolescencia
Ley Nacional de Juventud
Convenciones aprobadas por Colombia:
Convención sobre eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer aprobada
por la ley 51 de 1981.
Convención internacional de derechos de los niños y las niñas.
Tratados Internacionales
Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena (1993).
Conferencia Mundial del CAIRO de 1994.
Conferencia Mundial de BEIJÍN de 1995
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Fecha: 23 Octubre 2013
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8. RELACIÓN DE ANEXOS
La siguiente es la relación de anexos que acompañan los criterios de elegibilidad y viabilidad.
ANEXO N. 1:
ANEXO N. 2:
ANEXO N. 3:
ANEXO N. 4:
ANEXO N. 5:
ANEXO N. 6
ANEXO N. 7
ANEXO N. 8
ANEXO N. 9
ANEXO N. 10
ANEXO N. 11
ANEXO N. 12
ANEXO N. 13
ANEXO N.14
ANEXO N. 15
Lista de elementos para dotaciones AIPI 2013 FDL. Costos (con
especificaciones técnicas del objeto o bien a contratar) - catálogo acunar.
Formato de justificación.
Formato de confirmación de plan de compras.
Listado de formato identificación de necesidades dotación Centros Amar
Corabastos - Chapinero 24 horas.
Formato identificación de necesidades dotación centros amar Fontibón Candelaria – Mártires.
Resolución de ordenación de gasto y pago de subsidio C.
Modelo de resolución de pago de los costos operativos.
Modelo resolución ingresos.
Modelo resolución suspensión.
Modelo resolución egreso.
Listado mantenimiento jardines costo global.
Fichas técnicas mantenimiento jardines infantiles.
Listado dotación CDC.
Piezas comunicativas sugeridas.
Instructivo para iniciativas juveniles.
ELABORO
REVISO
APROBO
NOMBRE
DANIEL ANDRES MORA AVILA
MARIA ANTONIA VELASCO GUERRERO
JORGE ALBERTO BLANCO DUARTE
HAROL GOMEZ MARTINEZ
CARGO
DIRECTOR TERRITORIAL
DIRECTORA POBLACIONAL
DIRECTOR DE ANALISIS Y DISEÑO
ESTRATEGICO
SUBSECRETARIO
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