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REVISTA BIT@CORA DIGITAL Nº 46 ABRIL 2009 Las Redes Sociales Se alaba su potencia y preocupa su uso sin control Facebook, LinkedIn, Tuenti, MySpace o Xing son algunas de las redes sociales más conocidas y utilizadas por los internautas. Su impacto ha sido tal que frases como “Si no estás en las redes sociales, no existes” no se encuentran muy lejos de una realidad que se inició allá por el año 1995. En pleno auge de este fenómeno, nos estamos encontrando con las irremediables controversias de aquellos que opinan que se trata de un mundo necesitado de una regulación y quienes ven en ellas el nuevo y potente medio de revolución social e incluso profesional a través de Internet. Una de las primeras medidas a nivel de regulación la ha tomado Tuenti, la cual ha llegado a un acuerdo con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) por el que la red social se compromete a partir de ahora, a tomar medidas para restringir el acceso a los internautas que sean menores de 14 años de edad. Y completa esta medida con la depuración paulatina de los perfiles que actualmente se encuentran en esa situación para que en un plazo de 3 meses dejen de tener acceso a la red social. Otra de las polémicas que asaltó no hace mucho a Facebook fue su intención fallida de cambiar los términos del servicio, por los cuales el usuario cedería irrevocablemente y a perpetuidad la propiedad de todo el contenido publicado. Esto ha provocado que las autoridades dirijan sus miradas hacia este fenómeno social que tanta repercusión ha tenido. Por ello aquí en España, la AEPD ha comenzado a analizar las políticas de seguridad y privacidad de Facebook, MySpace y Tuenti con el objeto prioritario de identificar qué aspectos no son acordes con la legislación. Mientras, a nivel europeo, se está preparando un dictamen para que las redes sociales se adapten fielmente a la legislación vigente sobretodo en materia de privacidad. A pesar de ello, el efecto sobredimensionador imparable del que hace gala Internet, ha provocado incluso que Facebook se utilice como prueba en juicios. Sirva el ejemplo de que en Canadá, una persona reclamaba daños y perjuicios tras un accidente de tráfico ya que esto le había provocado una pérdida de actividad física y social. Finalmente se revocó la reclamación de la parte social ya que el tribunal pidió www.coiicv.org 1 acceder al perfil que esta persona mantenía en un de las redes sociales (Facebook) donde se comprobó que éste disponía de mas de 300 amigos en su red. En definitiva, estamos ante un fenómeno social que es necesario cuidar para que refleje adecuadamente sus verdaderas aplicaciones a nivel tanto profesional como social. Las redes sociales a escena - La mitad de los internautas españoles se ha dado de alta en alguna de estas redes, según la Asociación para la Investigación de Medios de Comunicación. A finales de 2008, Universal McCann cifraba en 272 millones el número de usuarios en el mundo. - Si LA AEPD determina que se ha vulnerado la normativa de protección de datos, puede establecer una sanción económica que oscila entre los 600 y 600.000 euros. Recomendaciones de uso Generales 1. Leer el aviso legal y la política de privacidad. Según Ernst & Young, no todas las redes se adaptan a la legislación española. 2. Facilitar la información imprescindible. No ofrecer datos de localización. Utilizar contraseñas seguras en el registro. 3. Si se suben fotos o vídeos, que sea material del que no nos vayamos a arrepentir o que un tercero pueda usar comercialmente. 4. Restringir el acceso a fotos personales. «Por subirlas a la web, no cedemos su propiedad a la red social», dicen en Ernst & Young. 5. No aceptar solicitudes de amistad de forma compulsiva. Configurar el perfil en el mayor grado de privacidad. Para menores 1. La legislación española prohibe a los menores de 14 años darse de alta en estas redes. Debería haber fórmulas de comprobación. 2. No hay que prohibirles las redes pues son una forma de socialización, pero sí advertirles de los riesgos que hay. 3. Comprobar el perfil del joven para verificar que no hay datos sensibles. No permitir que ofrezcan datos que permitan localizarles. 4. Informarles de que no pueden subir fotos o vídeos de terceros sin su consentimiento. No publicar fotos suyas sensibles. 5. Insistir en que no admitan solicitudes de amistad de desconocidos. No deben establecer nunca citas presenciales. esos de enseñanza-aprendizaje. www.expansion.com Redacción COIICV Recopilación web www.coiicv.org 2