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Servicios de calidad en los Establecimientos de Larga Estadía Servicio Nacional del Adulto Mayor Introducción El Servicio Nacional del Adulto Mayor (Senama), tiene por misión garantizar y promover el conocimiento y ejercicio de los derechos de las personas mayores, fomentar su plena integración a la sociedad y articular un sistema de protección social por medio de la coordinación, implementación y evaluación de políticas, planes y programas específicos. La visión de SENAMA es convertirse para fines de la presente década en un Servicio Público Moderno, orientado a sus usuarios, que busca lograr la plena integración del adulto mayor a la sociedad, su protección ante la vulnerabilidad, el abandono y el ejercicio de sus derechos. Lo anterior se enmarca en la necesidad de articular un sistema de protección social, donde sean prioritarias la resolución de las necesidades de las personas mayores. En síntesis, Senama trabaja con los mayores para: Avanzar en la constitución de un Sistema de Protección Social destinado a garantizar igualdad de oportunidades y protección de los derechos de las personas mayores, minimizando sus riesgos ante la vulnerabilidad social, por medio de alianzas y acuerdos con instituciones públicas y privadas. Posicionar la temática de la vejez y el envejecimiento como un desafío y una oportunidad país, visibilizando la realidad y los derechos de las personas mayores, asegurando el diseño e implementación de políticas sectoriales y territoriales dirigidas a este segmento etario, sustentadas en la generación de conocimiento que permita su evaluación y ajuste continuo. Promover la participación social, autonomía y autogestión de las personas mayores y facilitar su asociatividad, mediante programas específicos. Establecimientos de Larga Estadía Una de las formas que adquiere la entrega de servicios de cuidado a las personas mayores lo constituyen los Establecimientos de Larga Estadía (ILE), regidos por un Reglamento dictado a través del D.S. 134/94 de MINSAL, y fiscalizados por las Unidades de Profesiones Médicas de los distintos Servicios de Salud. Según el artículo 2 del Reglamento, éstos se definen como lugares “en que residen adultos mayores que, por motivos biológicos, psicológicos o sociales, requieren de un medio ambiente protegido y cuidados diferenciados para la mantención de su salud y funcionalidad, los cuales cuentan con autorización para funcionar en esa calidad, otorgada por la Secretaría Regional Ministerial de Salud competente del lugar en que se encuentran ubicados”. A partir de los datos del último Censo se ha podido estimar que en Chile, al año 2002, habría 26.854 personas mayores institucionalizadas (1,56% del total de AM).