Download Manual de Procedimientos de Servicio Cívico

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Transcript
1
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE SUPERVISIÓN
Y PAGO DE SERVIDORES CÍVICOS SOCIALES
SEGUNDA VERSIÓN
AÑO: 2014
2
3
CONSEJO NACIONAL DE LA JUVENTUD –CONJUVEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
AUTORIDADES
Licda. Mayra Alejandra Carrillo De León
Directora General
Héctor Alfredo Ruíz Fuentes
Director Ejecutivo
CUERPO DE ASESORES
Lic. Hamilton Estuardo Espina González
Asesor Financiero
Licda. Ana Roxana Urrutia Oliva
Asesora de Recursos Humanos
Licda. Ingrid Ofelia Castillo Barrientos
Asesora Jurídica
COLABORACIÓN
Lic. Marvin Eli Omar Calderón Abrego
Auditor Interno
Lic. Álvaro Augusto Álvarez Diéguez
Subdirector Financiero
Lic. Jesper Mario Fuentes Orozco
Encargado de Planificación y Programación
Silvia Aida Lemus Quevedo
Departamento de Planificación y Programación
William Alejandro Yup de León
Departamento de Planificación y Programación
Enlace CONJUVE – Servicio Cívico
Guatemala, Febrero 2014
4
ÍNDICE GENERAL
Dirección Ejecutiva, Consejo Nacional de la Juventud
Presidencia de la República
i.
ii.
iii.
iv.
v.
vi.
vii.
viii.
ix.
x.
1.
1.1.
1.2.
Introducción.
Objetivos.
Justificación.
Alcance.
Disposiciones legales.
Derechos y obligaciones de los Servidores Cívicos.
Estructura organizacional.
Responsabilidades.
Definiciones.
Documentos de respaldo para el Comprobante Único de Registro
–CUR-.
Control de pago de Servidores Cívicos Sociales del Consejo
Nacional de la Juventud.
Procedimiento.
Flujograma.
2.1.
2.2.
Supervisión de Servidores Cívicos Sociales del Consejo
Nacional de la Juventud.
Procedimiento.
Flujograma.
3.
Anexos.
2.
5
6
7
8
9
10
11
12
15
16
17
18
22
23
24
25
26
5
INTRODUCCIÓN
El presente Manual de Procedimientos tiene como propósito contar con una guía clara y específica
que garantice la óptima operación y desarrollo de las diferentes actividades del Servicio Cívico
Social; presentando un instrumento de apoyo y mejora institucional.
Para su empleo, el manual comprende en forma ordenada, secuencial y detallada los
procedimientos a seguir en cuanto a la supervisión y pago de servidores cívicos; así como la
documentación de soporte que debe contener el comprobante único de registro –CUR- para
proceder al registro del gasto.
Está orientado al personal involucrado en desarrollo del proyecto del Servicio Cívico Social, además
de aquellos ajenos a la misma con interés de conocer su funcionamiento organizacional1; por
tratarse de un documento normativo y de consulta deberá permanecer en los centros de trabajo, por
lo que se recomienda realizar su revisión y actualización constante; así como la socialización del
mismo, con el personal de la institución.
1
DECRETO 57-2008, LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA.
6
OBJETIVOS
GENERAL
Garantizar la supervisión y pago oportuno de los Servidores Cívicos Sociales asignados al Consejo
Nacional de la Juventud –CONJUVE- Presidencia de la República de Guatemala, así como proveer
los medios necesarios para que cumplan las setecientas veintiocho (728) horas establecidas en el
-Artículo 40- de la Ley de Servicio Cívico y -Artículo 5- su reglamento. (Decreto 20-2003 y Acuerdo
Gubernativo 345-2010)
ESPECÍFICOS
1.
Que los ciudadanos conozcan y se involucren en la realidad social, económica y cultural de
nuestro país.
2.
Estimular, a través del conocimiento social de la Nación, la solidaridad entre los
guatemaltecos.
3.
Promover la participación ciudadana en forma directa en la solución de los problemas
comunales y nacionales
4.
Velar que el Servidor Cívico Social cumpla con responsabilidad, cumpliendo con los
principios y objetivos fijados en la Ley de Servicio Cívico y su reglamento.
5.
Servir como material de consulta para la inducción y capacitación de personal.
7
JUSTIFICACIÓN
El presente trabajo surge de la necesidad de actualizar los procedimientos de supervisión y pago de
Servidores Cívicos Sociales asignados al
Consejo Nacional de la Juventud –CONJUVE-
Presidencia de la República de Guatemala; lo que permitirá simplificar los métodos de trabajo, evitar
duplicidad de procesos, optimización de recursos, obteniendo una mayor eficiencia en los procesos
operativos.
Su vigencia servirá de base para la orientación de personal de nuevo ingreso, al proveerle la
herramienta técnica que facilite su incorporación al puesto de trabajo.
8
ALCANCE
El contenido del presente manual tiene aplicación práctica en todas las operaciones que tengan
relación en cuanto a supervisión y pago de Servidores Cívicos Sociales asignados al Consejo
Nacional de la Juventud –CONJUVE- Presidencia de la República de Guatemala, donde cada
funcionario y empleado tiene definido el grado de responsabilidad en la ejecución de los
procedimientos de acuerdo al puesto de trabajo que desempeña.
9
DISPOSICIONES LEGALES
1.
Constitución Política de la República de Guatemala.
2.
Acuerdo Gubernativo 405-96, Creación del Consejo Nacional de la Juventud.
3.
Decreto 20-2003 Ley de Servicio Cívico y su reglamento (Acuerdo Gubernativo 345-2010).
4.
Decreto 57-2008, Ley de Acceso a la Información Pública.
10
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES CÍVICOS
Según Acuerdo Gubernativo número 345-2010 de fecha 26 de noviembre de 2010, del
Reglamento de la Ley de Servicio Cívico, artículo 6 Derechos, indica que en los ciudadanos
guatemaltecos que realicen Servicios Cívicos gozan de los derechos siguientes:
·
Recibir trato justo y respetuoso en el desempeño del Servicio Cívico.
·
Recibir insumos necesarios para la ejecución del Servicio Cívico.
·
Contar con credencial o identificación que le acredite su condición de Servidor Cívico.
·
Recibir constancia de haber prestado el servicio o haber exceptuado del mismo;
·
Recibir la remuneración correspondiente.
El artículo 7 Obligaciones, del mismo reglamento hace referencia a los compromisos que debe
cumplir los Servidores Cívicos, siendo estos:
·
Presentarse puntualmente a las actividades en la institución en la que presta el Servicio
Cívico.
·
Cumplir con responsabilidad y honestidad.
·
Acatar las disposiciones de las instituciones donde se preste el servicio.
·
Informar por escrito a la institución en la que presta el servicio de la interrupción del
mismo.
·
Utilizar debidamente la credencial, los distintivos e insumos, que la institución ponga a su
disposición durante la realización del servicio.
11
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL
CONSEJO NACIONAL DE LA JUVENTUD PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
CONJUVE
___________________________________________________________________
Fuente: Subdirección de Recursos Humanos
12
RESPONSABILIDADES
DIRECCIÓN GENERAL
Coordina y supervisa el desarrollo de las actividades administrativas del Consejo Nacional de la
Juventud de la Presidencia de la República, dentro del marco de las políticas, programas y
estrategias de conllevan a la eficacia, racionalización y transparencia en el manejo y uso de los
recursos, con la finalidad de agilizar las acciones del Consejo2.
Es la unidad responsable de cumplir con el número de Servidores Cívicos Sociales asignados a
la Institución.
DIRECCIÓN EJECUTIVA
Estará a cargo de un Director Ejecutivo, quien llevará a cabo las funciones Ejecutivas de la
Institución de conformidad con los lineamientos e instrucciones del Director (a) General. Tendrá a
su cargo la administración de los bienes y fondos del Consejo, cumplirá y ejecutará las
disposiciones emanadas de la Dirección General, a quien mantendrá informada acerca del
funcionamiento de su Dirección y sobre los asuntos que requieran. Propondrá a la Dirección
General la creación de los servicios necesarios para su buen funcionamiento y ejercerá de las
demás funciones y facultades que le correspondan de conformidad con los reglamentos que se
dicten y las normas que fueran aplicadas3.
Es el ente responsable de verificar que los informes de los Servidores Cívicos Sociales coincidan
con las actividades programadas y el número de horas establecidas en cada etapa, aprobándolos
con visto bueno, para su posterior pago por parte de la Subdirección Financiera.
DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN Y PROGRAMACIÓN
Ejecuta y coordina proyectos y programas con el fin de mantener al día los Planes Operativos
Anuales de la Institución. Se encarga de orientar técnicamente a los Coordinadores del Consejo
Nacional de la Juventud en la realización el POA anual4.
2
Manual de Organización y Descripción de Puestos del Consejo Nacional de la Juventud –CONJUVE- Guatemala septiembre 2013, página 12.
3
Ibid, página 14.
4
Ibid, página 19.
13
Es el responsable de llevar el control de servidores en coordinación con los registros de la
Secretaría Ejecutiva del Servicio Cívico, así como la revisión y recopilación de la documentación
de soporte. En virtud de lo anterior, debe emitir un informe general del Servicio Cívico Social, que
incluya la situación del proyecto y las actividades realizadas, así como indicar las deserciones,
permisos y ausencias.
Es la unidad responsable de elaborar los programas de actividades, que deberán ser
presentados a más tardar en el mes de abril de cada año a la Junta Nacional de Servicio Cívico
a través de la Secretaría Ejecutiva del Servicio Cívico. 5
SUBDIRECCIÓN FINANCIERA
Planifica, coordina, registra y controla la ejecución presupuestaria del Consejo Nacional de la
Juventud; también se encarga de dar cumplimiento a los compromisos de carácter constitucional
e institucional programados en las obligaciones presupuestarias de las obligaciones del
CONJUVE. Deberá estar actualizado en las leyes que rigen el quehacer de la Subdirección
manteniéndose en constante capacitación6.
Es el ente responsable de velar que exista disponibilidad presupuestaria y financiera para el
pago de Servidores Cívicos Sociales; y de efectuar la etapa de pago en el Sistema de
Contabilidad Integrada –SICOIN- , previa autorización de la Dirección Ejecutiva, girando sus
instrucciones al Contador General para que elabore documento de aviso al Banco de Desarrollo
Rural –BANRURAL- para las respectivas transferencias a cada cuenta, así como el traslado y
firma de oficio a la Unidad de Transparencia.
DEPARTAMENTO DE PRESUPUESTO
Se encarga del análisis, evaluación, control y ejecución del Presupuesto de Ingresos y Egresos
del Consejo Nacional de la Juventud, así como lo relacionado a gestiones de modificaciones,
ampliaciones, disminuciones, cuota financiera y anticipo, fondo rotativo, seguimiento físico y plan
anual de presupuesto de la institución7.
5
Ley de Servicio Cívico, Decreto 20-2003 y su reglamento, Acuerdo Gubernativo 345-2010, artículo 8. inciso a).
6
Manual de Organización y Descripción de Puestos del Consejo Nacional de la Juventud –CONJUVE- Guatemala septiembre 2013, página 15.
7
Ibid, página 15.
14
Es el responsable de mantener la disponibilidad presupuestaria, así como realizar la
programación de la cuota financiera de acuerdo a la fechas estipuladas por el Ministerio de
Finanzas Públicas; y efectuar el registro de la etapa de compromiso en el Sistema de
Contabilidad Integrada –SICOIN-.
DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD
Planifica, organiza y coordina todas las actividades relacionadas con el área contable, con el
objeto de obtener las consolidaciones requeridas por la Institución8.
Es responsable de realizar los registros correspondientes en el Sistema Informático de Gestión
–SIGES-, y realizar las etapas de devengado en el Sistema de Contabilidad Integrada –SICOIN-;
así como las siguientes actividades:
·
Llevar un registro de saldos de la cuenta bancaria.
·
Revisar la documentación de soporte de pago de Servidores Cívicos Sociales, y que la
misma cumpla con los requisitos básicos establecidos en el presente Manual.
·
Verificar que la transferencia de fondos se haya efectuado en cada cuenta de los
Servidores Cívicos Sociales.
SECRETARIA EJECUTIVA DE SERVICIO CÍVICO
La Secretaría estará a cargo de una unidad administrativa especializada, bajo la dirección de un
Secretario Ejecutivo. Esta unidad dispondrá de los recursos y el personal necesario para cumplir
las tareas que le encomiende la Junta9 Nacional de Servicio Cívico.
Se encargará de aperturar las cuentas monetarias en el Banco de Desarrollo Rural –BANRURALa cada uno de los Servidores Cívicos Sociales, enviando al Consejo Nacional de la Juventud las
nóminas de la cuentas aperturadas.
8
Ibid, página 15.
9
Ley de Servicio Cívico, Decreto 20-2003 y su reglamento, Acuerdo Gubernativo 345-2010, artículo 11.
15
DEFINICIONES
REMUNERACIÓN
Se entenderá por remuneración, el pago que reciba el Servidor Cívico por el cumplimiento de su
deber constitucional10.
SERVIDOR CÍVICO
Es el ciudadano guatemalteco que se encuentre prestando un servicio al país, de conformidad
con las disposiciones contenidas en la Ley de Servicio Cívico y su reglamento11.
SERVICIO CÍVICO
Es la actividad que efectúan los ciudadanos guatemaltecos de forma personal y determinada,
para contribuir al desarrollo del país o servir a la defensa de la patria12.
SERVICIO CÍVICO SOCIAL
Es la actividad que los ciudadanos guatemaltecos deben prestar a favor del país en instituciones
civiles, públicas o privadas no lucrativas, para lograr un bien común y contribuir al desarrollo de la
nación13.
SERVICIO CÍVICO SOCIAL ORDINARIO
Es la realización del Servicio Cívico Social de forma continua diaria, alterna o fines de semana a
escogencia del guatemalteco14.
EDADES
El Servicio Cívico deberán prestarlo los guatemaltecos aptos, comprendidos entre los dieciocho
(18) y veinticuatro (24) años de edad15.
TIEMPO DE SERVICIO
El tiempo requerido para la realización de Servicio Cívico Social en su forma ordinaria, debe de
ser de setecientas veintiocho (728) horas acumuladas.
10
Ley de Servicio Cívico, Decreto 20-2003 y su reglamento, Acuerdo Gubernativo 345-2010, artículo 2. inciso c).
11
Ibid, inciso d), página 3.
12
Ibid, inciso e), página 3.
13
Ibid, inciso g), página 3.
14
Ibid, inciso h), página 3.
15
Ibid, artículo 3, Edades, página 3.
16
DOCUMENTOS DE RESPALDO PARA EL
COMPROBANTE ÚNICO DE REGISTRO –CURA continuación se presenta la documentación de respaldo para CUR de gasto:
·
Copia del Acuerdo Interno que aprueba el pago para cada Servidor Cívico Social.
·
Informe General del Servicio Cívico suscrito por el Encargado de Planificación y
Programación con el visto bueno del Director Ejecutivo, que incluya la situación del
proyecto y las actividades realizadas, así como indicar las deserciones, permisos y
ausencias.
·
Informe de actividades por cada Servidor Cívico Social, con el visto bueno del Director
Ejecutivo del Consejo Nacional de la Juventud.
·
Fotocopia del Documento Personal de Identificación –DPI- de cada Servidor Cívico
Social.
·
Cuenta Monetaria del Banco de Desarrollo Rural –BANRURAL- de cada Servidor Cívico
Social.
·
Planilla debidamente firmada por cada Servidor Cívico Social que recibe el pago,
indicando: lugar donde presta el servicio, nombres y apellidos completos, número de
horas prestadas por cada servidor, número de DPI, firma del servidor, valor de la hora
prestada y monto total a recibir.
17
CONTROL DE PAGO DE SERVIDORES CÍVICOS SOCIALES DEL CONSEJO
NACIONAL DE LA JUVENTUD –CONJUVE- PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
DE GUATEMALA
18
PROCEDIMIENTO
Descripción del Procedimiento
Nombre de la Unidad: Dirección Ejecutiva –Departamento de Planificación y ProgramaciónTítulo del Procedimiento: Control de pago de Servidores Cívicos Sociales del Consejo Nacional de
la Juventud Presidencia de la Republica.
Hoja: 1 / 3
Inicia: Dirección General
Finaliza: Subdirección Financiera
Puesto
Paso
Departamento
Actividad
Responsable
No.
Dirección General
Directora
General
Departamento de
Planificación y
Programación
Encargado de
Planificación y
Programación
1
2
3
Dirección Ejecutiva
Director
Ejecutivo
Departamento de
Planificación y
Programación
Encargado de
Planificación y
Programación
4
5
6
Dirección Ejecutiva
16
Director
Ejecutivo
7
Cumple con el número de Servidores Cívicos Sociales
y traslada documentos de respaldo al Departamento
de Planificación y Programación.
Recibe y revisa los documentos idóneos para las
prestación del Servicio Cívico, siendo estos los
siguientes :
· Hoja de responsabilidad. (ver anexo I)
· Solicitud de alistamiento. (ver anexo II)
· Ficha socioeconómica. (ver anexo III)
· Fotocopia de documento personal de
identificación –DPI-.
En caso de faltar algún documento, será el ente
responsable de solicitar dicha papelería.
Realiza la programación de actividades, trasladando
al Director Ejecutivo para visto bueno.
Recibe y verifica la programación de actividades de
Servidores Cívicos Sociales, autorizando con visto
bueno (si se cumple con lo descrito en el presente
Manual continúa proceso); en caso contrario devuelve
al Encargado de Planificación y Programación para
realizar las correcciones pertinentes.
Recibe planificación de actividades de Servidores
Cívicos con visto bueno de la Dirección Ejecutiva,
permitiendo realizar las supervisiones planificadas16.
(ver procedimiento de supervisión de Servidores
Cívicos Sociales del Consejo Nacional de la Juventud)
Recibe y revisa expedientes de soporte por parte de
los Servidores Cívicos, posteriormente traslada a la
Dirección Ejecutiva para aprobación.
Recibe y verifica los expedientes que respaldan las
actividades de los Servidores Cívicos Sociales
autorizando con visto bueno (si se cumple con lo
descrito en el presente Manual continúa proceso); en
caso contrario devuelve al Encargado de Planificación
y Programación para realizar las correcciones
pertinentes.
La programación de actividades debe presentarse a más tardar en el mes de abril de cada año a la Junta Nacional de Servicio Cívico a través de la
Secretaría Ejecutiva del Servicio Cívico, cumpliendo así con lo descrito en el artículo 8, Etapas, inciso a) del Reglamento de Servicio Cívico, Acuerdo
Gubernativo número 345-2010, de fecha Guatemala 26 de noviembre de 2010.
19
Descripción del Procedimiento
Nombre de la Unidad: Dirección Ejecutiva –Departamento de Planificación y ProgramaciónTítulo del Procedimiento: Control de pago de Servidores Cívicos Sociales del Consejo Nacional de
la Juventud Presidencia de la Republica.
Hoja: 2 / 3
Inicia: Dirección General
Finaliza: Subdirección Financiera
Puesto
Paso
Departamento
Actividad
Responsable
No.
Departamento de
Planificación y
Programación
Encargado de
Planificación y
Programación
8
Subdirección
Financiera
Subdirector
Financiero
9
Subdirección
Financiera /
Departamento de
Contabilidad
Contador
General
10
11
Subdirección
Financiera /
Departamento de
Presupuesto
Encargado de
Presupuesto
Subdirección
Financiera /
Departamento de
Contabilidad
Contador
General
13
Subdirección
Financiera
Subdirector
Financiero
14
Subdirección
Financiera /
Departamento de
Contabilidad
Contador
General
12
15
16
Recibe expedientes que respaldan las actividades de
los Servidores Cívicos Sociales con visto bueno de la
Dirección Ejecutiva, trasladando a Subdirección
Financiera para trámite de pago.
Recibe y revisa documentación soporte de las
actividades de los Servidores Cívicos Sociales, (si se
cumple con lo descrito en el presente Manual continúa
proceso); en caso contrario devuelve al Encargado de
Planificación y Programación para realizar las
correcciones pertinentes.
Recibe expediente aprobado por el Subdirector
Financiero y procede a solicitar la cuota financiera,
posteriormente traslada la departamento de
Presupuesto para programación de cuota.
Recibe
expediente y procede a realizar la
programación de cuota.
Aprobada la cuota financiera, procede a comprometer
el gasto en el Sistema de Contabilidad Integrada
–SICOIN- y traslada al Contador General para
registrar el gasto.
Recibe expediente con la programación de cuota
aprobada y procede a regístralo en el Sistema
Informático de Gestión –SIGES-, para posteriormente
devengar el gasto en el sistema SICOIN, trasladando
al Subdirector Financiero para generar orden de pago.
Recibe expediente con el gasto devengado en
SICOIN, posteriormente da solicitud de pago,
verificando la transferencia de la Tesorería Nacional
del Banco de Guatemala, trasladado documentos al
Contador General.
Recibe expediente aprobado por el Subdirector
Financiero, posteriormente traslada los recursos
financieros a la cuenta monetaria del Banco de
Desarrollo Rural – BANRURAL-.
Elabora oficio para transferencia a cada cuenta de los
Servidores Cívicos y tramita firmas del Subdirector
Financiero, Director General o quien haga sus veces.
20
Descripción del Procedimiento
Nombre de la Unidad: Dirección Ejecutiva –Departamento de Planificación y ProgramaciónTítulo del Procedimiento: Control de pago de Servidores Cívicos Sociales del Consejo Nacional de
la Juventud Presidencia de la Republica.
Hoja: 3 / 3
Inicia: Dirección General
Finaliza: Subdirección Financiera
Puesto
Paso
Departamento
Actividad
Responsable
No.
Subdirección
Financiera /
Departamento de
Contabilidad
Contador
General
Subdirección
Financiera
Subdirector
Financiero
17
18
19
Envía oficio de transferencia al BANRURAL y nómina
por medio de correo electrónico a través de un archivo
encriptado para que solo el Banco pueda abrirlo, para
acreditar a cada cuenta de los servidores cívicos
sociales, el monto que corresponda.
Archiva documentación de soporte.
Verifica que se hayan efectuado los depósitos
correspondientes en cada cuenta.
21
FLUJOGRAMA
22
23
SUPERVISIÓN DE SERVIDORES CÍVICOS SOCIALES DEL CONSEJO NACIONAL
DE LA JUVENTUD –CONJUVE- PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE
GUATEMALA
24
PROCEDIMIENTO
Descripción del Procedimiento
Nombre de la Unidad: Dirección Ejecutiva –Departamento de Planificación y ProgramaciónTítulo del Procedimiento: Supervisión de Servidores Cívicos Sociales del Consejo Nacional de la
Juventud Presidencia de la Republica.
Hoja: 1 / 1
Inicia: Departamento de Planificación y Finaliza: Departamento de Planificación y
Programación.
Programación.
Puesto
Paso
Departamento
Actividad
Responsable
No.
Encargado de
Departamento de
Planificación y
Recibe planificación de actividades de Servidores
Cívicos con visto bueno de la Dirección Ejecutiva,
Planificación y
Programación o
1
permitiendo realizar las supervisiones planificadas 17.
Programación
quien haga sus
veces
Encargado de
Departamento de
Planificación y
Supervisa y monitorea al Delegado Departamental y
realiza visitas aleatorias a los Servidores Cívicos
Planificación y
Programación o
2
Sociales.
Programación
quien haga sus
veces
Programa de
Realizan actividades, informes y bitácoras
Servidores
correspondientes al proyecto de Servicio Cívico
Servicio Cívico
3
Cívicos
Social.
Social
17
Departamento de
Supervisión
Departamental
Delegados
Departamentales
Departamento de
Planificación y
Programación
Encargado de
Planificación y
Programación o
quien haga sus
veces
4
5
6
Recopilan informes (ver anexo IV) y bitácoras de
horas (ver anexo V) de los Servidores Cívicos
Sociales y trasladan al Encargado de Planificación y
Programación.
Recibe de los delegados departamentales los
informes y bitácoras de horas de los Servidores
Cívicos Sociales.
Realiza un informe general de las horas y visitas
realizadas a los Servidores Cívicos Sociales,
adjuntando los informes individuales por cada
servidor, trasladando al Director Ejecutivo para visto
bueno.
La programación de actividades debe presentarse a más tardar en el mes de abril de cada año a la Junta Nacional de Servicio Cívico a través de la
Secretaría Ejecutiva del Servicio Cívico, cumpliendo así con lo descrito en el artículo 8, Etapas, inciso a) del Reglamento de Servicio Cívico, Acuerdo
Gubernativo número 345-2010, de fecha Guatemala 26 de noviembre de 2010.
25
FLUJOGRAMA
26
ANEXOS
27
ANEXO I
28
ANEXO II
29
ANEXO III
30
ANEXO IV
31
ANEXO V
32
Presidencia de la República de Guatemala
Guatemala, Marzo 2014
Dirección Ejecutiva
Manual de Procedimientos de Pago y Supervisión de Servidores Cívicos Sociales