Download TRABAJA - Municipio de La Estrella

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
./
Acuerdo
N°OOS-MINIMO
VITAL
DE AGUA
ACUERDO Nro. 005
2 8 'ABR 2012
"POR MEDIO DEL CUAL SE INSTITUCIONALlZA El PROGRAMA MíNIMO
VITAL DE AGUA PARA lOS SUSCRIPTORES DE lA EMPRESA DE
SERVICIOS PUBLlCOS lA ESTREllA S.A. DEL MUNICIPO DE lA
ESTRELLA"
El Concejo Municipal
de la Estrella en uso de sus atribuciones
constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 313,
365 Y 366 de la Constitución Política, el artículo 32 de la ley 136 de 1994, el
artículo 76 de la ley 715 de 2001, el artículo 65 de la ley 99 de 1993 y el
artículo 5 de la ley 142 de 1994.
ACUERDA
ARTíCULO PRIMERO:
CREAR el programa "MíNIMO VITAL DE AGUA"
para el Municipio de la Estrella, el cual aplicará a la población Siderense
suscriptora de los servicios públicos de agua y saneamiento básico prestados
por lA E.S.P. lA ESTREllA S.A.
PARAGRAFO: Entiéndase como mínimo vital de agua aquella cantidad de
agua medida en metros cúbicos/mes que requiere un grupo familiar para
satisfacer sus necesidades básicas tanto fisiológicas como de preparación de
alimentos, higiene y saneamiento principalmente.
ARTíCULO SEGUNDO: En cumplimiento del programa aquí establecido, se
autoriza al Alcalde (sa) del Municipio de la Estrella para que auspicie hasta 10
metros cúbicos por mes del servicio público domiciliario de acueducto y de
alcantarillado
a cada uno de los suscriptores que cumplan requisitos para
beneficiarse con este programa,
PARÁGRAFO PRIMERO: El criterio de selección estará establecido conforme
a la estratificación de las viviendas, aplicando el auspicio a la población
ubicada en los estratos 1 y 2.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Para los suscriptores de la E.S.P. LA ESTRELLA
S.A., que no tengan medidor de consumo, el mínimo vital de agua auspiciado
corresponderá al 50% del valor de la tarifa plena que cancelan a la empresa.
ARTíCULO TERCERO: El Alcalde Municipal al realizar el presupuesto anual
de rentas y gastos para presentárselo al Concejo para su aprobación, tendrá
en cuenta la institucionalización de este programa y destinará los recursos
..necesarios para hacerlo efectivo.
Oñ" Concejo que
TRABAJA
...de Verdad
CAM calle
Teléfonos:
80 sur No. 58 - 78
3090901 - 3090921 - 3091904
WWW.concejolaestrella.gov.co
[email protected]
CONCEJO
MUNICIPAL
DELAESTRELLA
Acuerdo
N°005-MINIMO
VITAL DE AGUA
ARTíCULO CUARTO: AUTORICESE al Alcalde (sa) para que realice los
movimientos presupuestales necesarios para que cumpla con el objeto del
presente, y firme Convenio Interadministrativo con la ESP LA ESTREllA S. A.
ARTíCULO QUINTO: El Alcalde (sa) deberá encargar a un funcionario
dependencia de la administración para que asuma las siguientes funciones:
o
1. Determinar quiénes son beneficiarios del programa del mínimo vital de
agua potable de conformidad con el presente acto.
2. Brindar acompañamiento
y realizar el seguimiento a las familias
beneficiarías, con el fin de determinar el impacto que el programa del
mínimo vital tiene en su calidad de vida y en el consumo promedio de
agua.
3. Establecer las condiciones que permitan proveer el mínimo vital de
agua a las personas
beneficiarías
del programa,
de forma
ininterrumpida.
4. Presentar un informe al Concejo Municipal una vez por cada periodo de
sesiones ordinarias, con respecto al desarrollo del presente acuerdo.
ARTíCULO SEXTO: Quienes a la entrada en vigencia del presente acuerdo
tengan el servicio suspendido o cortado, podrán acceder al auspicio del mínimo
vital de agua, realizando el correspondiente acuerdo de pago sobre la
obligación pendiente con la E.S.P. lA ESTREllA S.A.
ARTíCULO SEPTIMO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su
sanción.
Dado en el Salón del Honorable Concejo del Municipio de la Estrella, a los
veintiocho (28) días del mes de abril de dos mil doce (2012), luego de haber
sido discutido y aprobado en dos debates y en fechas diferentes (24 de abril)
correspondiente a la Comisión Segunda o de Presupuesto,(28 de abril)
correspondiente
a la sesión plenaria durante el período de sesiones
extraordinarias de los meses de abril-mayo de 2012.
COMUNíQUESEY CUMPLi~
iiiA'~=a;f~~-;:-:~~~
44~
CARLOS MA~REPO
G.
Secretario General
2
Acuerdo
N°005-MINIMO
VITAL DE AGUA
CONCEJO
MUNICIPAL
DELAESTRELLA
CONSTANCIA SECRETARIAL
La Estrella - Antioquia, 28 de abril de 2012, por disposiciones de la Mesa
Directiva y dando cumplimiento al artículo 73 de la Ley 136 de 1994, en la
fecha se remite el presente Acuerdo N° 005 del 2012, al despacho del señor
Alcalde para lo de su competencia.
/!,i(L/
CARLOS MARI~~EPO
GARCÉS
Secretario General Concejo Municipal.
;',.~-ilJitUJ
¡>ov
ue
--11
¡I
Al D~cho
,-U.>GAL·UU:"
,!!Á
Ut>!i~J"~~
A,J.-
LA :::3T.:1E!..L.A
~cnHari"
DI ti
d"3
--
2------..~ ABj~
••",,,,,,,
··ft_~l·."
LU
lL,,_(!..? , 19_
i'-.~~
.~.n.
:._(IV
r~":-~L:QUE~E y ~..r.~:C~TU~~
t..:
I SccTelario
=TI
JUl"I-GU
i)ue el anterior
V\ CoV\cejo que
TRABAJA
...de Verdad
Hü:-
CAM calle 80 sur No. 58 - 78
Teléfonos:
309 09 01 - 309 09 21 - 3091904
www.concejolaestrella.gov.co
[email protected]