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INSTITUTO NACIÓ MAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES A C U E R D O No Por e! cual se crean excep ;ionalmeníe un js emplees c'9 cürácter témpora' o transitorio dentro de la Planta Globéi y Flexible de Persona! del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forrehses, en virtud de documento Con.pes No. 3590 de 2009 LA JUNTA DIRECTIVA en, ejercicio ds las fa uilades legales y, en especial les Cargadas mediante la Ley 938 del 3 1 de Diciembre de 2004, artículo 39, numeral 5, y CONSIDERANDO Que el Gobierno Nacional nediante el Decreto No. 4669 de! 27 de diciembre de 2006, modificó el régimen de nc menclatura, clasificación y remuneración de empleos del Instituto Nacional de Medie na Legal y Ciencias Forenses y dictó otras disposiciones en materia salaria! y prestacicr al. Que en virtud de lo anterior se expidió el A cuerJo 05 de! 20 de noviembre de 2u09, "Per el cual se modifica la Pía ía Giolai y Flexible C'G Personal de! Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias rorenses", la cual en la actualidad esta compuesta por un total de 1878 empleos. Que el Consejo Nacional d 3 Política Económica y Scc ; ?!, en procura de incrementar la eficacia de los mecanismo de búsqueda e identificación de personas desaparecidas con ocasión de la vio!enc: en el país y cci- el "(...) objetivo de ccnínbuir a! gcce efectivo de los derechos d las víctimas de desaparición a ¡a verdad, a !a justicia y, especialmente, a ia repare ción." Aprobó el documento CGf-'PES No. 3590 de! 1° de do los Mecanismos de Búsqueda e Ider'Jficación junio de 2009, titulc-do "Cor cuy-j ciclo ce consolidación inlcialmente se de Personas Desaparecida 3 en Colo extiende hasta 31 de dicierrib re de 2014. Que valorado el número de casos incluidos en e¡ Registro Nacional de Desaparecidos (RND) y la capacidad de pr cesamiento de ios mismos en !os diferentes laboratorios de! Instituto involucrados en el Droceso, se considera indispensable su fortalecimiento tanto tecnológico como de Recur o Humano. Que en el precitado docu :c;.ío Ccnpes ce presenta una relación c!o 'as principales organizaciones y dependería ias estatales a cargo cíe la operación de los mecanismos de búsqueda e ¡dentificac í>n de personas desaparecidas, dentro Je ellas el Instituto Nacional de Medicina Leg^l y Ciencias Forenses, ccn la indicación del tipo de rol o función que le corresponde Que de conformidad con el articulo 8° ds la Ley 539 del C ce julio do 2000, "Por medio de la cual se tipifica el gs '•cidio, ia dosaparición forzad, ci desplazamiento forzado y la tortura; y se dictan ot.afe disposiciones", el Instituto Nacional c'3 Medicina Lega! y Ciencias Forenses, fcrmp parte c'3 'a ocrnisión de búsqueda de personas desaparecidas, la cual esta integrada por las siguientes personas: •• INSTITUTO NACIOrx AL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES Hoja No. 2 de 3del/^cueido No. | 8 jñ Por el cual se crean excepciona'Tiente unos en )leos de carácter ierrt jre! o '•^nsitoro dentr^ de '3 PJPHÍÍ Global y Hexíb'e de Personal c'2l Instituto Nacio'-al de Medicina Legal y Ciencip? Forense , en vlitud ci'í docu:r°nto Conper .' :o. C5?T de 2003 El Fiscal Genera! ¿3 a Nación o su delegado pennarente. E! Procurador Gener ! de ¡a Nación ¿ su delegado permanente. El Defensor de! Pueb o o su delegado permanente. El Ministerio de Defehsa o un delegado a'e la Oficina de Derechos Humanos de! Ministerio de Defense El Consejero Presi Jencial para ios Derechos Humanos o su delegado permanente. El Director de! Proc a:na F¡osido;;.;iai pa~a ^ Defensa de 'a Libertad o su delegado permanent 5, hoy Dirección Operativa para !a defensa de la Libertad Personal. El Director de Instiíi Lo Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses o su delegado permanente Un Representante de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, ASFADDES. Un Representante d ¡ las Organizaciones no Gubernamentales de Deiechos Humanes escogidas j - w i elido -b¡ : le j. \ •- r\ o G *~*~ • r~ "~ • o r* 1 Que e! Director General de! mediante oficio No. T75-DG-2011 del 17 de junio de 2011, solicitó ar.fe la Dirección General del Presupuesto Púbüco Nacional del Ministerio de Hacie;.Ja y C edite Público, emitir !a "labilidad presupueslal para que la Junta Directiva del Instituto apruebe una planta de persona! transitoria por seis (6) meses que restan del añc que le permitan a la Entidad cumplir ios iineaiuientos definidos y las actividades ir herentes al desgrro"o deí documento CONFES 3590. Que el Director Genera! del Presupuesto Público Hacina! (t), mediante oficio No. 22011-022109 del 12dejuli; de 2011, r."r";iTiesta que esa Dirección no tiene objeción de carácter presunuestal, siemf re y cuando Ls ¿asL.s generados por !a planta de personal que se cree y les demás ga itos inherentes r.o superen e! mui.to asignado er. la Ley de Presupuesto para la actual vigencia per S.4.QC7.Ü muleros para Jar cumpl'miento a! CONPES 3590 de 2009, ni donstituya base de gasto adicional para la vigencia 2012. Que el artículo 21 de la Ley 809 del 23 de septiembre de 2004, por la cual se expiden normas que regulan el emp eo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se dictan otras disposiciones, don relación a les empleos u'c carácter témpora! establece lo siguiente: "1. De acuerdo co n sus necesidades, bs organismos y en'b'ades a ios cuales se les aplica la presente L y, podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de personal empleos de cara e¡ temporal c t'^naitcrio. Su creación deberá responder a una de las siguientes condi :iones: a) Cumpiir funciones qn no reatiza el personal de planta por no formar parte de las ac' ; v : dades per; parientes de la adrn'nisírabón ;b) Desarrollar programas o p oyysctos de duración determinada ;c) Suplir necesidades de personal por sobrecarga je trabajo, determinada por hechos excepcionales; d) Desarrollar labores de consulto ría y ascsc'la irctitucionai de duración toíaL no superior a doce (12) meses y que jarde relación direc'.^ con el objeto y la naturaleza de la institución." Norma api ¡caL ie ccn carácter sucletcrio, c,, este caso para el Instituto Nacional de Medicina Legal / Ciencias Fo-er.ses. INSTITUTO NACIÓN M DE McDICiNA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES Hoja No. 3 de 3 del Acuerdo No. Por e! cual se crean excepcionalrpente unos em 'eos de carác'er tet;ip.-:-?! o transitorio dentro de la Plan'.a Global y Flexible cíe Perscnai d»! Instituto Nac'onal de Medicina Legal y Ciencias Forense , en virtud de ciocurr.en: j Cernes No. 3590 de 2^9 PCUERDA ARTÍCULO PRÜV1ERO. u E LA CRH;C;ÓM DE EVFLEQS DE CARÁCTER TEMPORAL. Créanse los s guieníes empleos ccn carácter témpora! para io que resta de la vigencia fiscal 2011, adicionales a !a Planta Global y Flexible de Persona! del Instituto Nacional de Medie na Legai y Ciencias Forenses, para dar cumplimiento a! CONPES 3590 de 2009, así Nivel Profesfo<".;ií Clase Grado Adición Empleos CONPES 3590 PROFESIONAL ESPECIAL ZADO FGRE: -E V! 13 1: PROFES ! O'1AL ESPECIAL ZA r OFC^ENS^ PROFESIONAL ESPECIAL ZADOFCREMS'Í lil 10 10 II c, 15 PROFESIONAL ESPECIAL ZADO FORENSE I 3 17 PROFESIONAL UNIVERSI rARiO FORENSE '! 7 Denominac ion del Cargo | Süb Total Empleos Temporales Nivel Profesional Técnico Af'stencial TÉCNICO FORENSE Sub Total Empleos Tempprales Nivel Técnico 3., 82 I 5 20 20 ALÍSTENTE F^f'E.'^ c iil 3 ASISTENTE FOr^'SE II 2 5 ú ASISlENIc FC^ n '. : SE I -| •1 C 25 Sub Total Empleos Tempprales Nivel 127 Total Empleos Temporales hasta el 31 <Je Diciembre de 2011 ARTICULO SEGUNDO. DE LOS EMPLEOS TEMPORALES PARA TERMINAR EL CICLO DE CONSOLIDACIÓN DEL DOCUMENTO CONPES 3530 Condiciónase el número c! e empleos necesarios para la terminac'ón del ciclo de consolidación del Conpes 3' 90 de 2009, a! certificado de viabi'ided oresupuestai que ai respecte y para c?.cía una d< las viy anclas posteriores, expida la üireccicn Genera! de! Presupuesto Púbíico Nación a! ae¡ Minister; , de Hacienda y Crédito Público. ARTÍCULO TERCERO. DI: LA DÍSTRI3ÜCÍÓM DE EIVPLECS. Distribuyanse los empleos de la Planta Gíot a! y Flexib'o Je Personal a que ce refiere el presente Acuerdo, por intermed'o del Director General de! instituto Nacional de Medicna Lega! y Ciencias Forenses, con ob servancia de los üneainientos definidos y las adicidades inherentes al desarrollo del documento CONPES 3590, mediante acto administrativo acorde con la estructura inte rna, las necesidades del servicio y !os planes y programas establecidos por la Enlidad f ara e! CL¡ "r)!;m;enío da su misión. ARTÍCULO CUARTO. CE LA VIGENCIA Y irp v CGA7C ".:AS. El mésente Acuerdo rige-a partir de la fecha de su publicacicn y -'ercaa todas las disposiciones que ¡e sean contrarias. PUBLiQUESE, COMUNIQÚESE Y CÚMPLASE Dac.'oen Bogotá D.C./i // Q 5 AGü 2011 \-^ / v ^ 3^ '' ' VIVÍAME '«ORALES K OVOS Presidenta WatWA< I _ 4-^SK )!A ISA&HrNÍÑO/lZQUIERDO Secretaria