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INSTITUTO NACIÓ MAL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES
A C U E R D O No
Por e! cual se crean excep ;ionalmeníe un js emplees c'9 cürácter témpora' o transitorio
dentro de la Planta Globéi y Flexible de Persona! del Instituto Nacional de Medicina
Legal y Ciencias Forrehses, en virtud de documento Con.pes No. 3590 de 2009
LA JUNTA DIRECTIVA
en, ejercicio ds las fa uilades legales y, en especial les Cargadas mediante
la Ley 938 del 3 1 de Diciembre de 2004, artículo 39, numeral 5, y
CONSIDERANDO
Que el Gobierno Nacional nediante el Decreto No. 4669 de! 27 de diciembre de 2006,
modificó el régimen de nc menclatura, clasificación y remuneración de empleos del
Instituto Nacional de Medie na Legal y Ciencias Forenses y dictó otras disposiciones en
materia salaria! y prestacicr al.
Que en virtud de lo anterior se expidió el A cuerJo 05 de! 20 de noviembre de 2u09, "Per
el cual se modifica la Pía ía Giolai y Flexible C'G Personal de! Instituto Nacional de
Medicina Legal y Ciencias rorenses", la cual en la actualidad esta compuesta por un
total de 1878 empleos.
Que el Consejo Nacional d 3 Política Económica y Scc ; ?!, en procura de incrementar la
eficacia de los mecanismo de búsqueda e identificación de personas desaparecidas
con ocasión de la vio!enc: en el país y cci- el "(...) objetivo de ccnínbuir a! gcce
efectivo de los derechos d las víctimas de desaparición a ¡a verdad, a !a justicia y,
especialmente, a ia repare ción." Aprobó el documento CGf-'PES No. 3590 de! 1° de
do los Mecanismos de Búsqueda e Ider'Jficación
junio de 2009, titulc-do "Cor
cuy-j ciclo ce consolidación inlcialmente se
de Personas Desaparecida 3 en Colo
extiende hasta 31 de dicierrib re de 2014.
Que valorado el número de casos incluidos en e¡ Registro Nacional de Desaparecidos
(RND) y la capacidad de pr cesamiento de ios mismos en !os diferentes laboratorios de!
Instituto involucrados en el Droceso, se considera indispensable su fortalecimiento tanto
tecnológico como de Recur o Humano.
Que en el precitado docu :c;.ío Ccnpes ce presenta una relación c!o 'as principales
organizaciones y dependería ias estatales a cargo cíe la operación de los mecanismos
de búsqueda e ¡dentificac í>n de personas desaparecidas, dentro Je ellas el Instituto
Nacional de Medicina Leg^l y Ciencias Forenses, ccn la indicación del tipo de rol o
función que le corresponde
Que de conformidad con el articulo 8° ds la Ley 539 del C ce julio do 2000, "Por medio
de la cual se tipifica el gs '•cidio, ia dosaparición forzad, ci desplazamiento forzado y
la tortura; y se dictan ot.afe disposiciones", el Instituto Nacional c'3 Medicina Lega! y
Ciencias Forenses, fcrmp parte c'3 'a ocrnisión de búsqueda de personas
desaparecidas, la cual esta integrada por las siguientes personas:
••
INSTITUTO NACIOrx AL DE MEDICINA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES
Hoja No. 2 de 3del/^cueido No.
| 8 jñ
Por el cual se crean excepciona'Tiente unos en )leos de carácter ierrt jre! o '•^nsitoro dentr^ de '3 PJPHÍÍ Global y Hexíb'e de Personal c'2l Instituto
Nacio'-al de Medicina Legal y Ciencip? Forense , en vlitud ci'í docu:r°nto Conper .' :o. C5?T de 2003
El Fiscal Genera! ¿3 a Nación o su delegado pennarente.
E! Procurador Gener ! de ¡a Nación ¿ su delegado permanente.
El Defensor de! Pueb o o su delegado permanente.
El Ministerio de Defehsa o un delegado a'e la Oficina de Derechos Humanos de!
Ministerio de Defense
El Consejero Presi Jencial para ios Derechos Humanos o su delegado
permanente.
El Director de! Proc a:na F¡osido;;.;iai pa~a ^ Defensa de 'a Libertad o su
delegado permanent 5, hoy Dirección Operativa para !a defensa de la Libertad
Personal.
El Director de Instiíi Lo Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses o su
delegado permanente
Un Representante de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos,
ASFADDES.
Un Representante d ¡ las Organizaciones no Gubernamentales de Deiechos
Humanes escogidas j - w i elido -b¡ : le j.
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1
Que e! Director General de!
mediante oficio No. T75-DG-2011 del 17 de junio
de 2011, solicitó ar.fe la Dirección General del Presupuesto Púbüco Nacional del
Ministerio de Hacie;.Ja y C edite Público, emitir !a "labilidad presupueslal para que la
Junta Directiva del Instituto apruebe una planta de persona! transitoria por seis (6)
meses que restan del añc que le permitan a la Entidad cumplir ios iineaiuientos
definidos y las actividades ir herentes al desgrro"o deí documento CONFES 3590.
Que el Director Genera! del Presupuesto Público Hacina! (t), mediante oficio No. 22011-022109 del 12dejuli; de 2011, r."r";iTiesta que esa Dirección no tiene objeción de
carácter presunuestal, siemf re y cuando Ls ¿asL.s generados por !a planta de personal
que se cree y les demás ga itos inherentes r.o superen e! mui.to asignado er. la Ley de
Presupuesto para la actual vigencia per S.4.QC7.Ü muleros para Jar cumpl'miento a!
CONPES 3590 de 2009, ni donstituya base de gasto adicional para la vigencia 2012.
Que el artículo 21 de la Ley 809 del 23 de septiembre de 2004, por la cual se expiden
normas que regulan el emp eo público, la carrera administrativa, gerencia pública y se
dictan otras disposiciones, don relación a les empleos u'c carácter témpora! establece lo
siguiente: "1. De acuerdo co n sus necesidades, bs organismos y en'b'ades a ios cuales
se les aplica la presente L y, podrán contemplar excepcionalmente en sus plantas de
personal empleos de cara e¡ temporal c t'^naitcrio. Su creación deberá responder a
una de las siguientes condi :iones: a) Cumpiir funciones qn no reatiza el personal de
planta por no formar parte de las ac' ; v : dades per; parientes de la adrn'nisírabón ;b)
Desarrollar programas o p oyysctos de duración determinada ;c) Suplir necesidades de
personal por sobrecarga je trabajo, determinada por hechos excepcionales; d)
Desarrollar labores de consulto ría y ascsc'la irctitucionai de duración toíaL no superior
a doce (12) meses y que jarde relación direc'.^ con el objeto y la naturaleza de la
institución." Norma api ¡caL ie ccn carácter sucletcrio, c,, este caso para el Instituto
Nacional de Medicina Legal / Ciencias Fo-er.ses.
INSTITUTO NACIÓN M DE McDICiNA LEGAL Y CIENCIAS FORENSES
Hoja No. 3 de 3 del Acuerdo No.
Por e! cual se crean excepcionalrpente unos em 'eos de carác'er tet;ip.-:-?! o transitorio dentro de la Plan'.a Global y Flexible cíe Perscnai d»! Instituto
Nac'onal de Medicina Legal y Ciencias Forense , en virtud de ciocurr.en: j Cernes No. 3590 de 2^9
PCUERDA
ARTÍCULO PRÜV1ERO. u E LA CRH;C;ÓM DE EVFLEQS DE CARÁCTER
TEMPORAL. Créanse los s guieníes empleos ccn carácter témpora! para io que resta
de la vigencia fiscal 2011, adicionales a !a Planta Global y Flexible de Persona! del
Instituto Nacional de Medie na Legai y Ciencias Forenses, para dar cumplimiento a!
CONPES 3590 de 2009, así
Nivel
Profesfo<".;ií
Clase
Grado
Adición
Empleos
CONPES 3590
PROFESIONAL ESPECIAL ZADO FGRE: -E
V!
13
1:
PROFES ! O'1AL ESPECIAL ZA r OFC^ENS^
PROFESIONAL ESPECIAL ZADOFCREMS'Í
lil
10
10
II
c,
15
PROFESIONAL ESPECIAL ZADO FORENSE
I
3
17
PROFESIONAL UNIVERSI rARiO FORENSE
'!
7
Denominac ion del Cargo
|
Süb Total Empleos Temporales Nivel Profesional
Técnico
Af'stencial
TÉCNICO FORENSE
Sub Total Empleos Tempprales Nivel Técnico
3.,
82
I
5
20
20
ALÍSTENTE F^f'E.'^ c
iil
3
ASISTENTE FOr^'SE
II
2
5
ú
ASISlENIc FC^ n '. : SE
I
-|
•1 C
25
Sub Total Empleos Tempprales Nivel
127
Total Empleos Temporales hasta el 31 <Je Diciembre de 2011
ARTICULO SEGUNDO. DE LOS EMPLEOS TEMPORALES PARA TERMINAR EL
CICLO DE CONSOLIDACIÓN DEL DOCUMENTO CONPES 3530
Condiciónase el número c! e empleos necesarios para la terminac'ón del ciclo de
consolidación del Conpes 3' 90 de 2009, a! certificado de viabi'ided oresupuestai que ai
respecte y para c?.cía una d< las viy anclas posteriores, expida la üireccicn Genera! de!
Presupuesto Púbíico Nación a! ae¡ Minister; , de Hacienda y Crédito Público.
ARTÍCULO TERCERO. DI: LA DÍSTRI3ÜCÍÓM DE EIVPLECS. Distribuyanse los
empleos de la Planta Gíot a! y Flexib'o Je Personal a que ce refiere el presente
Acuerdo, por intermed'o del Director General de! instituto Nacional de Medicna Lega! y
Ciencias Forenses, con ob servancia de los üneainientos definidos y las adicidades
inherentes al desarrollo del documento CONPES 3590, mediante acto administrativo
acorde con la estructura inte rna, las necesidades del servicio y !os planes y programas
establecidos por la Enlidad f ara e! CL¡ "r)!;m;enío da su misión.
ARTÍCULO CUARTO. CE LA VIGENCIA Y irp v CGA7C ".:AS. El mésente Acuerdo
rige-a partir de la fecha de su publicacicn y -'ercaa todas las disposiciones que ¡e
sean contrarias.
PUBLiQUESE, COMUNIQÚESE Y CÚMPLASE
Dac.'oen Bogotá D.C./i
//
Q 5 AGü 2011
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^ 3^ '' '
VIVÍAME '«ORALES K OVOS
Presidenta
WatWA<
I _ 4-^SK
)!A ISA&HrNÍÑO/lZQUIERDO
Secretaria